Administración
del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del
Ecuador

Lunes 25 de Abril de 2016 – R. O. No. 740

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración
Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

1541 Autorícese y legalícese los viajes al
exterior y otórguese licencia con cargo a vacaciones a las siguientes personas:

Miguel Eduardo Egas Peña, Ministro de
Indus-trias y Productividad

1542 Fernando Alvarado Espinel, Ministro de
Turismo

1544 René Ramírez Gallegos, Secretario de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación

1545 María de los Ángeles Duarte Pesantes,
Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda

1546 Fausto Eduardo Herrera Nicolalde,
Ministro de Finanzas

1547 María Soledad Barrera A., Presidenta del
Directorio de la Corporación Financiera Nacional

1548 Roberto Antonio Murillo Cavagnaro,
Gerente General de la Corporación Financiera Nacional

Ministerio de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura y Pesca: Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del
AGRO – AGROCALIDAD –

Resoluciones

0022 Establécese dentro del Sistema
Gestionador Unificado de Información Agrocalidad GUIA los módulos de ?Solicitud
de Permisos y Vacaciones?

0025 Modifíquese la Resolución 0111 de 29 de
abril del 2014

0026 Levántese la cancelación del Registro
Nro. 008-N-1 perteneciente al producto ELTRA 48 EC (Carbosulfán 480 g/l CE)

0034 Amplíese el periodo de vacunación de la
segunda fase 2015 anti fiebre aftosa

Ministerio del Ambiente:

Resoluciones

001?2016-SUIA-CGZ2-DPAN-MAE Apruébese el
Estudio de Impacto Ambiental Ex Antes del Proyecto: ?Primera etapa del Proyecto
de Agua Potable Ríos Orientales, Ramal Chalpi Grande-Papallacta y Central
Hidroeléctrica Chalpi Grande?, ubicado en el cantón Quijos de la provincia de
Napo

003-2016-DPAN/MAE Declárese no conveniente la
venta y realícese la donación al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Archidona de varios productos forestales

Ministerio de Industrias y Productividad:
Subsecretaría del Sistema de la Calidad de la Productividad:

16 098 Apruébese y oficialícese con el
carácter de Obligatorio el Reglamento TécnicoEcuatoriano RTE INEN 270 ?Guantes
de Protección?

Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero:

002-DIRECTORIO-ARCH-2016 Agradécese al
ingeniero Roberto Lara Lovato por los servicios prestados en calidad de
Director Ejecutivo Encargado

003-2016-DIRECTORIO-ARCH Refórmese los
Reglamentos para ?Autorización de Actividades de Comercialización de Gas
Licuado de Petróleo?

004-2016-DIRECTORIO-ARCH Expídese las Normas
para Acciones de Control de Comercialización de Derivados de Petróleo

Secretaría del Agua:

2016-1282 Desígnese como Fedatarios
Administrativos a varios funcionarios

Gobiernos Autónomos Descentralizados:
Ordenanza Municipal:

012 ?GAD Z-2015 Cantón Zapotillo: Que regula
el cobro por costos de levantamiento de textos, reproducción y edición de los
pliegos en todos los procesos de contratación pública, excepto los procesos de
ínfima cuantía

CONTENIDO


No. 1541

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15,
literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la
ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el
Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos
de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de
2014, publicado en el (Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015) R. O. (3SP) enero 22 No. 422 de 2015,
el Secretario Nacional de la Administración Pública o su delegado, previo aval
del Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Ministros de Estado y
Miembros del Gabinete Ampliado;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior
No. 50808 de 02 de marzo de 2016, Miguel Eduardo Egas Peña, Ministro de
Industrias y Productividad, solicitó a la Secretaría Nacional de la
Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de Lima-Perú, el 07 de
marzo de 2016, con la finalidad de mantener reuniones de trabajo con la
Ministra de Comercio Exterior y Turismo de Perú;

Que, el 04 de marzo de 2016, Santiago Efraín
León Abad, Delegado del Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y
Competitividad, avala el desplazamiento de Miguel Eduardo Egas Peña, Ministro
de Industrias y Productividad;

Que, la solicitud de viaje al exterior
referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue recibida en la
Secretaría Nacional de la Administración Pública el 04 de marzo de 2016, a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se
procedió a su análisis en el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-
2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias
y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje al
exterior de Miguel Eduardo Egas Peña, Ministro de Industrias y Productividad,
ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, con número 50808, con la finalidad de mantener
reuniones de trabajo con la Ministra de Comercio Exterior y Turismo de Perú, en
la ciudad de Lima-Perú, el 07 de marzo de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de
desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje autorizado en el
artículo que precede serán cubiertos con Recursos del Ministerio de Industrias
Productividad, de conformidad con la documentación ingresada a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente
Acuerdo a Miguel Eduardo Egas Peña, Ministro de Industrias y Productividad.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al
Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco
de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, a los tres (03) días del mes de marzo de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario
Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 30 de marzo de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1542

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15,
literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la
ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el
Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos
de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No. 998 de
23 de diciembre de 2014, publicado en el (Registro Oficial No. 422 de 22 de
enero de 2015) R. O. (3SP) enero 22 No. 998 de 2015,
cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la anticipación requerida,
la entidad deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la
debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior
No. 50803 de 02 de marzo de 2016, Femando Alvarado Espinel, Ministro de Turismo
solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso
extemporáneo de su desplazamiento a la ciudad de Miami- Estados Unidos, desde
el 23 hasta el 25 de febrero de 2016, viaje en el que asistió a reuniones de
trabajo con operadores turísticos y de cruceros; y, participó en el vuelo
inaugural de Jet Blue con el fin de promover el desarrollo del país;

Que, el 04 de marzo de 2016, Santiago Efraín
León Abad, Delegado del Ministro Coordinador de la Producción, Empleo y
Competitividad, avala el desplazamiento de Fernando Alvarado Espinel, Ministro
de Turismo;?

Que, la solicitud de viaje al exterior
referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue recibida en la
Secretaría Nacional de la Administración Pública el 04 de marzo de 2016, a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se
procedió a su análisis en el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-
2013-000551-O de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y.

En ejercicio de las facultades reglamentarias
y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar el viaje al
exterior de Fernando Alvarado Espinel, Ministro de Turismo, ingresado a esta
Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al

Exterior y en el Exterior, con número 50803,
viaje en el que asistió a reuniones de trabajo con operadores turísticos y de
cruceros; y, participó en el vuelo inaugural de Jet Blue con el fin de promover
el desarrollo del país, en la ciudad de Miami-Estados Unidos, desde el 23 hasta
el 25 de febrero de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de
desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje autorizado en el
artículo que precede fueron cubiertos con recursos del Ministerio de Turismo,
de conformidad con la documentación ingresada a través del sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente
Acuerdo a Fernando Alvarado Espinel, Ministro de Turismo.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al
Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco
de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, a los cuatro (04) días del mes de marzo de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario
Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 30 de marzo de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1544

Ab. Pedro Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio Nro. SENESCYT-SESCT-2016-
0166-CO de 09 de marzo de 2016, René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, solicitó autorización de licencia
con cargo a vacaciones el 11 de marzo de 2016;

Que, mediante Oficio Nro. SENESCYT-SESCT-2016-
0168-CO de 10 de marzo de 2016, René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, efectuó un alcance a la solicitud
de autorización de licencia con cargo a vacaciones, para el día 14 de marzo de
2016;

Que, en ejercicio de las facultades y
atribuciones conferidas en el artículo 15, literal u), del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, que establece:?… El
Secretario Nacional de la Administración Pública, a más de las competencias
señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y funciones: … u)
Expedir acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con y sin
remuneración y permisos para autoridades de la Función Ejecutiva comprendidas
en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico superior…?

Acuerda:

ARTÍCULO ÚNICO.- Otorgar a René Ramírez
Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
licencia con cargo a vacaciones el 14 de marzo de 2016.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente
Acuerdo a René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al
Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los
diez (10) días del mes de marzo de 2016.

f.) Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional
de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 30 de marzo de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1545

Ab. Pedro Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio Nro.
MIDUVI-DESP-2016-0333-O de 09 de marzo de 2016, María de los Ángeles Duarte
Pesantes, Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda, solicitó autorización de licencia
con cargo a vacaciones del 21 al 24 de marzo de 2016;

Que, en ejercicio de las facultades y
atribuciones conferidas en el artículo 15, literal u), del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, que establece:?… El Secretario
Nacional de la Administración Pública, a más de las competencias señaladas en
el artículo 14 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y funciones: … u) Expedir
acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con y sin remuneración y
permisos para autoridades de la Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de
la escala del nivel jerárquico superior…?;

Acuerda:

ARTÍCULO ÚNICO.- Otorgar a María de los
Ángeles Duarte Pesantes, Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda, licencia con
cargo a vacaciones del 21 al 24 de marzo de 2016.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente
Acuerdo a María de los Ángeles Duarte Pesantes, Ministra de Desarrollo Urbano y
Vivienda.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al
Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los
nueve (09) días del mes de marzo de 2016.

f.) Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional
de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 30 de marzo de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1546

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15,
literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la
ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el
Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos
de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No. 998 de
23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22 de
enero de 2015, el Secretario Nacional de la Administración Pública o su
delegado, previo aval del Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los
Ministros de Estado y Miembros del Gabinete Ampliado;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior
No. 50841, de 04 de marzo de 2016, Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro
de Finanzas, solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública
que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se autorice
su desplazamiento a la ciudad de Panamá-Panamá, desde el 14 hasta el 15 de
marzo de 2016, con la finalidad de asistir a la CLVI Reunión del Directorio de
la CAF;

Que, el 08 de marzo de 2016, Byron Cueva
Altamirano, Delegado del Ministro de Coordinación de la Política Económica,
avala el desplazamiento de Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de
Finanzas;

Que, la solicitud de viaje al exterior
referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue recibida en la
Secretaría Nacional de la Administración Pública el 08 de marzo de 2016, a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se
procedió a su análisis en el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-
2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias
y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje al
exterior de Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, ingresado a
esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, con número 50841, con la finalidad de asistir a la CLVI Reunión del
Directorio de la CAF, en la ciudad de Panamá – Panamá, desde el 14 hasta el 15
de marzo de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de
desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje autorizado en el
artículo que precede fueron cubiertos con Recursos de la Organización
Anfitriona Ministerio de Finanzas, de conformidad con la documentación
ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente
Acuerdo a Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

SEGUNDO.- Remitir el presente Acuerdo al
Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco
de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, a los nueve (09) días del mes de marzo de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario
Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 30 de marzo de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1547

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15,
literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la
ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el
Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos
de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No. 998 de
23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22 de
enero de 2015, el Secretario Nacional de la Administración Pública o su
delegado, previo aval del Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los
Ministros de Estado y Miembros del Gabinete Ampliado;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior
No. 50902 de 08 de marzo de 2016, María Soledad Barrera A., Presidenta del
Directorio de la Corporación Financiera Nacional, solicita a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de
Panamá-Panamá, desde el 14 hasta el 15 de marzo de 2016, a fin de asistir a la
CLVI Reunión del Directorio de la CAF;

Que, el 09 de marzo de 2016, Byron Cueva
Altamirano, Delegado del Ministro de Coordinación de la Política Económica,
avala el desplazamiento de María Soledad Barrera A., Presidenta del Directorio
de la Corporación Financiera Nacional;

Que, la solicitud de viaje al exterior
referida, con la correspondiente documentación de respaldo, fue recibida en la
Secretaría Nacional de la Administración Pública el 09 de marzo de 2016, a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo que se
ha procedido a su análisis en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP-2013-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su
autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias
y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje al
exterior de María Soledad Barrera A., Presidenta del Directorio de la
Corporación Financiera Nacional, ingresado a esta Secretaría de Estado a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 50902, con la
finalidad de asistir a la CLVI Reunión del Directorio de la CAF, en la ciudad
Panamá-Panamá, desde el 14 hasta el 15 de marzo de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de
desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje autorizado en el
artículo que precede serán cubiertos con Recursos de la Organización
Anfitriona, de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior,

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente
Acuerdo a María Soledad Barrera A., Presidente del Directorio de la Corporación
Financiera Nacional.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al
Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco
de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, a los nueve (09) días del mes de marzo de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario
Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 30 de marzo de 2016.


f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1548

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15,
literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la
ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el
Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos
de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No. 998 de
23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22 de
enero de 2015, el Secretario Nacional de la Administración Pública o su
delegado, previo aval del Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los
Ministros de Estado y Miembros del Gabinete Ampliado;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior
No. 50918, de 09 de marzo de 2016 Roberto Antonio Murillo Cavagnaro, Gerente
General de la Corporación Financiera Nacional, solicitó a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de
Panamá-Panamá, desde el 14 hasta el 15 de marzo de 2016, con la finalidad de
asistir a la CLVI Reunión del Directorio de la CAF;

Que, el 09 de marzo de 2016, Byron Cueva
Altamirano, Delegado del Ministro de Coordinación de la Política Económica,
avala el desplazamiento de Roberto Antonio Murillo Cavagnaro, Gerente General
de la Corporación Financiera Nacional;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida,
con la correspondiente documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría
Nacional de la Administración Pública el 09 de marzo de 2016, a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a
su análisis en el marco de lo establecido en el Oficio No.
PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su
autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias
y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje al
exterior de Roberto Antonio Murillo Cavagnaro, Gerente General de la
Corporación Financiera Nacional, ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior, con número 50918, con la finalidad de asistir a la CLVI Reunión del
Directorio de la CAF, en la ciudad de Panamá-Panamá, desde el 14 hasta el 15 de
marzo de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de
desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje autorizado en el
artículo que precede fueron cubiertos con Recursos de la Organización
Anfitriona Ministerio de finanzas, de conformidad con la documentación
ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente
Acuerdo a Roberto Antonio Murillo Cavagnaro, Gerente General de la Corporación
Financiera Nacional.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al
Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a su publicación

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir
de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco
de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, a los nueve (09) días del mes de marzo de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario
Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 30 de marzo de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de
Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA,
ACUACULTURA Y PESCA

No. 0022

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA

ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA

CALIDAD DEL AGRO-AGROCALIDAD

Considerando:

Que, el artículo 226 de la Constitución de la
República del Ecuador, dispone que: ?Las instituciones del Estado, sus
organismos dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley,
tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y
hacer efectivo el goce y ejercicio de
los derechos reconocidos en la Constitución.?;

Que, el artículo 227 de la Constitución de la
República, establece que ?la administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad,
jerarquía, desconcentración, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación?;

Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica de
Servicio Público LOSEP, establece que ?Serán servidoras o servidores públicos
todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen,
presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector
público;

Que, el artículo 23 literal g) Son derechos
irrenunciables de las servidoras y servidores públicos: Gozar de vacaciones,
licencias, comisiones y permisos de acuerdo con lo prescrito en esta Ley;

Que, el 27 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Servicio Público establece que Para la concesión de las vacaciones
se considerará básicamente la fecha de ingreso, y el cronograma del plan de
vacaciones establecido por la UATH, a fin de que en el período al cual
correspondan las mismas se garantice continuidad en la atención de los
servicios que presta la institución y el goce del derecho de la o el servidor;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1449,
publicado en el Registro Oficial No. 479 de 2 de diciembre del 2008, se
reorganizó el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuario, transformándolo en
Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD, como
una entidad técnica de derecho Público, con personería jurídica, patrimonio y
fondos propios, desconcentrada, con independencia administrativa, económica,
financiera y operativa, con sede en Quito y competencia a nivel nacional,
adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

Que, mediante Acción de Personal No. 290 del
19 de junio del 2012, el Sr. Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura,
Ganadería, Acuicultura y Pesca, designa al Ing. Diego Vizcaíno como Director
Ejecutivo de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro –
AGROCALIDAD;

Que, mediante Memorando Nro. MAGAP-DARH/
AGROCALIDAD-2016-000012-M, de 15 de enero de 2016, la Directora de
Administración de Recursos Humanos encargada informa al Director Ejecutivo
subrogante de AGROCALIDAD, que han sido finalizados los módulos de vacaciones ?
permisos y capacitación, estos procesos pueden ser revisados por auditorías
internas y externas y por entidades como el Ministerio de Trabajo o Contraloría
General del Estado, solicita se disponga a quien corresponda realizar la respectiva
resolución, este requerimiento fue aprobado mediante sumilla por el Director
Ejecutivo Subrogante, y;

En uso de las atribuciones legales que le
confiere el Decreto Ejecutivo Nº 1449 publicado en R.O. Nº 479 de 2 de
diciembre de 2008 y el Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por procesos de AGROCALIDAD.

Resuelve:

Artículo 1.- Establecer dentro del Sistema
Gestionador Unificado de Información Agrocalidad GUIA los módulos de ?SOLICITUD
DE PERMISOS Y VACACIONES?

Artículo 2.- Los Servidores Públicos de
Agrocalidad deben procesar de manera obligatoria su solicitud de Permisos,
Vacaciones a través del sistema GUIA.

Artículo 3.- Procedimiento para uso del módulo
de solicitud de permisos y vacaciones.

El servidor genera su solicitud de Permisos y
Vacaciones a través del sistema GUIA.

La solicitud generada por el servidor la
recibe su jefe inmediato, quien aceptará o negará.

En caso de que el Jefe inmediato lo rechace el
trámite se archivará, en caso de que se acepte la solicitud esta será remitida
automáticamente a través del sistema a la Dirección General de Administración
de Recursos Humanos o a las Unidades de Administración de Recursos Humanos
según sea el caso.

La Dirección General o la Unidades de
Administración de Recursos Humanos validará la información y se generará la
Acción de Personal del servidor en el sistema.

Por cuanto el sistema GUIA genera una base de
datos no será necesario la impresión de la Acción de Personal del servidor, de
ser el caso y de solicitarse la certificación, el fedatario constatara que
dicha información este en el sistema y emitirá una certificación de la
información.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única.- De los permisos y vacaciones que han
sido autorizados entre el 01 de diciembre del 2015 y hasta la presente fecha,
los mismos deberán ser ingresados obligatoriamente por los servidores en el
módulo ?solicitud de permisos y vacaciones?, del Sistema Gestionador Unificado
de Información Agrocalidad GUIA, hasta el 15 de febrero del 2016.

Para constancia de esta Disposición encárguese
a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- De la ejecución de la presente
Resolución encárguese a la Dirección General de Administración de Recursos
Humanos y a las Direcciones Distritales y Articulación Territorial de
AGROCALIDAD.

Segunda.-La presente Resolución entrará en
vigencia a partir de su suscripción sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Quito, D.M. 03 de febrero del 2016.

f.) Ing. Diego Vizcaíno Cabezas, Director
Ejecutivo de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del
Agro-Agrocalidad.

No. 0025

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA

ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA

CALIDAD DEL AGRO-AGROCALIDAD

Considerando:

Que, el artículo 52 de la Constitución de la
República del Ecuador, establece que: ?Las personas tienen derecho a disponer
de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a
una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características?;

Que, el artículo 226 de la Constitución de la
República del Ecuador, establece que: ?Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.
Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución?;

Que, el artículo 227 de la Constitución de la
República del Ecuador establece que ?la administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación?;

Que, el artículo 51 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, establece que ?la Secretaría Nacional de Administración
Pública instituye políticas, metodologías de administración institucional y
herramientas necesarias para el mejoramiento de la Administración Pública,
Institucional y dependiente de la Función Ejecutiva?;

Que, en el artículo 116 del Reglamento General
a la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que ?La Secretaría Nacional
de la Administración Pública tendrá como responsabilidad la determinación de
las políticas, metodología de gestión institucional y las herramientas que aseguren
una gestión y mejoramiento continuo de le eficiencia, de las instituciones que
comprende Administración Pública Central e Institucional, cuya aplicación e
implementación estarán consideradas en las normas y la estructura institucional
y posicional aprobados por el Ministerio de Relaciones Laborales?;

Que, el artículo 138 del Reglamento General a
la Ley Orgánica del Servicio Público, contempla la obligación de establecer un
Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional;

Que, el artículo 89 del Estatuto de Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva ERJAFE establece que los actos
administrativos que expidan los órganos y entidades sometidos a este estat