Registro Oficial No 703 – Miércoles 02 de Marzo de 2016
Administración
del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del
Ecuador
Miércoles 02 de Marzo de 2016 – R. O. No. 703
SUMARIO
Presidencia de la República:
Ejecutivo:
Decretos
881 Nómbrese como representante del señor
Presidente de la República ante el Consejo de Regulación y Desarrollo de la
Información y Comunicación, al señor magíster Marco Patricio Zambrano Restrepo
882 Confiérese la condecoración de la Orden
Nacional ?Al Mérito?, en el grado de GRAN CRUZ, al señor Héctor Marcos Timerman.
ex Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina
883 Agradécese los servicios prestados por el
Embajador del Servicio Exterior Jaime Augusto Barberis Martínez, como Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante el Gobierno de
Rumania, con sede en Budapest, Hungría
884 Nómbrese a la Embajadora del Servicio
Exterior, María del Carmen González Cabal, como Embajadora Extraordinaria y
Plenipotenciaria Concurrente de la República del Ecuador ante el Gobierno de
Rumania, con sede en Budapest, Hungría
885 Nómbrese al señor Crnl. Emc. Ramírez
Sandoya Ronier Bladimir, como Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en
los Estados Unidos de Norteamérica, con sede en la ciudad de Washington D.C.
886 Nómbrese al señor Crnl. Emc. Tapia
Calvopiña Marco Raúl, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa (Asesor Militar de la
Misión Permanente del Ecuador ante la O.N.U.), a la Embajada del Ecuador en los
Estados Unidos de Norteamérica, con sede en la ciudad de New York
Secretaría Nacional de la Administración
Pública:
Acuerdos
1510 Dispónese que las instituciones
pertenecientes a la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva, prioricen para uso en áreas urbanas, la
adquisición de vehículos eléctricos sobre los de combustión
Ministerio de Finanzas:
Acuerdos
0003 Deléguense funciones y atribuciones a las
siguientes personas:
Economista Madeleine Abarca Runruil,
Viceministra de Finanzas
0007 Señor Francisco Borja Cevallos, Embajador
de la República del Ecuador en la ciudad de Washington D.C.- Estados Unidos de
Norteamérica
0008 Economista Madeleine Leticia Abarca
Runruil, Viceministra de Finanzas
0010 Abogado Willam Vásconez Rubio,
Subsecretario de Financiamiento Público
0011 Viceministro de Finanzas y otros
Ministerio de Transporte y Obras Públicas:
004-2016 Modifíquese el Acuerdo Ministerial
No. 019 de 1 abril de 2015, publicado en el Registro Oficial No. 487 de 24 de
abril de 2015
005-2016 Modifíquese el Acuerdo Ministerial
No. 025 de 27 abril de 2015, publicado en el Registro Oficial 503 de 19 de mayo
de 2015
006-2016 Confórmese el Consejo Ciudadano
Sectorial de carácter nacional
Ministerio del Ambiente: Programa de
Reparación Ambiental y Social – PRAS:
Resoluciones
0008-PRAS-2016 Refórmese el Plan Anual de
Contrataciones del Programa de Reparación Ambiental y Social (PRAS)
Ministerio de Salud Pública: Agencia Nacional
de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria:
ARCSA-DE-003-2016-GGG Reemplácese en toda
normativa interna la denominación: ?Registro Sanitario? por el siguiente texto:
?Notificación Sanitaria?
Ministerio de Transporte y Obras Públicas:
010-2016 Dese de baja a varios bienes que se
encuentran obsoletos para la chatarrización
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social:
C.D. 501 Consolídese las tablas de
distribución de las tasas de aportación al IESS
C.D. 0502 Sustitúyense 298 partidas de
contratos ocasionales por partidas de nombramiento provisional que serán
sometidas a concursos de méritos y oposición de Médicos Generales 1,
Odontólogo/a General 2 y Auxiliares de Enfermería
Procuraduría General del Estado:
045 Deléguense funciones y atribuciones al
Director o Directora del Centro de Mediación y otros
Servicio de Rentas Internas:
PCH-DPRRAFI16-00000001 Deléguense atribuciones
al señor José Ignacio Pazmiño Meza
Empresa Pública?YACHAY EP?
YACHAY EP-GG-2016-0003 Establécese un vínculo
entre la Ciudad del Conocimiento ?YACHAY? y la ?Red de Ciudades por la
Accesibilidad REDCA4ALL?
Superintendencia de Economía Popular y
Solidaria:
Transparencia y Control Social
SEPS-ISFPS-INEPS-IGPJ-2015-155 Expídese la
Norma para la calificación de auditores de las entidades del sector financiero
popular y solidario y del sector no financiero de la economía popular y
solidaria
CONTENIDO
Rafael
Correa Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 47 de la Ley Orgánica de Comunicación creó el Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Información y Comunicación;
Que el
artículo 48 del mencionado cuerpo legal, el Consejo de Regulación y Desarrollo
de la Información y Comunicación se integra: con un representante de la Función
Ejecutiva; de los Consejos Nacionales de Igualdad; del Consejo de Participación
Ciudadana y Control Social; de los Gobiernos Autónomos Descentralizados y un representante
del Defensor del Pueblo;
Que
mediante decreto ejecutivo No. 44 de 4 de julio de 2013, se designó
representante de la Función Ejecutiva al señor licenciado Patricio Barriga
Jaramillo;
Que el
citado licenciado Patricio Barriga Jaramillo presentó la renuncia a la
representación de la referencia.
En
ejercicio de la atribución conferida por el número 9 del Artículo 147 de la
Constitución de la República y los indicados de la Ley Orgánica de
Comunicación.
Decreta:
Artículo
Único.- Nómbrese como representante del señor Presidente de la República ante
el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, al
señor magister Marco Patricio Zambrano Restrepo.
Este
Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado
en Quito, a 29 de enero de 2016.
f.)
Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
Quito
18 de Febrero del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del
original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis
Mera Giler.
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.
Secretaría
General Jurídica.
Rafael
Correa Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
señor Héctor Marcos Timerman, ex Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de
la República Argentina ha tenido una activa participación en los comunes
propósitos de profundizar y ampliar los vínculos que unen a nuestros pueblos y
Gobiernos, habiendo demostrado una franca y cordial disposición hacia el
Ecuador.
Que el
señor Héctor Marcos Timerman, como principal ejecutor de la diplomacia de ese
país, se ha destacado por su manifiesto compromiso con la defensa de la
democracia y los derechos humanos y ha contribuido al fortalecimiento de las
relaciones de amistad y cooperación entre el Ecuador y Argentina;
Que es
deber del Estado reconocer las virtudes y resaltar los méritos de
personalidades como, el señor Héctor Marcos Timerman, y dar prueba, al mismo
tiempo, de su homenaje al pueblo argentino en la persona de su ex Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto; y,
En
virtud de las disposiciones que le confiere el artículo 6 del Decreto número
3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficial 671 de los
mismos mes y año, mediante el cual se reglamenta la concesión de la Medalla de
la Orden Nacional ?Al Mérito? creada por Ley de 8 de octubre de 1921.
Decreta:
Art.
1º. Confiérase la Condecoración de la Orden Nacional ?Al Mérito?, en el Grado
de GRAN CRUZ, al señor Héctor Marcos Timerman, ex Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto de la República Argentina.
Art.
2° Encárguese de la ejecución del presente Decreto al señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Dado
en Quito, en el Palacio Nacional, el 29 de Enero de 2016.
f.)
Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República del Ecuador.
f.)
Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Quito
18 de Febrero del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del
original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis
Mera Giler.
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.
Secretaría
General Jurídica.
Rafael
Correa Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que,
el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República del Ecuador,
prevé como una de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y
remover a embajadores y jefes de misión;
Que,
mediante Decreto Ejecutivo 966, de 13 de diciembre de 2011, de conformidad con
la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Servicio Exterior, el
Embajador del Servicio Exterior Jaime Augusto Barberis Martínez, fue designado
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante el
Gobierno de Rumania, con sede en Budapest; y,
En
ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y
la ley.
Decreta:
ARTÍCULO
PRIMERO- Agradecer los servicios prestados por el Embajador del Servicio
Exterior Jaime Augusto Barberis Martínez, como Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante el Gobierno de Rumania, con sede
en Budapest, Hungría.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- Dar por terminadas las funciones del Embajador del Servicio Exterior
Jaime Augusto Barberis Martínez, como Embajador Extraordinario Plenipotenciario
Concurrente del Ecuador ante el Gobierno de Rumania, con sede en Budapest.
Hungría.
ARTÍCUI.O
TERCERO.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo que entrará en
vigencia a partir de la fecha de suscripción, encárguese al Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Dado
en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de Enero de 2016.
f.)
Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.)
Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Quito
18 de Febrero del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del
original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis
Mera Giler.
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.
Secretaría
General Jurídica.
Rafael
Correa Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que,
el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República del Ecuador,
prevé con una de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y
remover a embajadores y jefes de misión;
Que,
el artículo 113 de la Codificación de la Ley Orgánica del Servicio Exterior
establece que el nombramiento de jefes titulares de misiones diplomáticas se
hará mediante Decreto, una vez que se cumplan los requisitos legales de orden
interno y se obtenga el asentimiento del gobierno ante el cual serán
acreditados;
Que,
el Gobierno de Rumania, ha otorgado el beneplácito de estilo, para la
designación de la Embajadora del Servicio Exterior, María del Carmen González
Cabal, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria Concurrente de la
República del Ecuador ante el Gobierno de la República de Rumania, con sedeen
Budapest, Hungría; y,
En
ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y
la Ley.
Decreta:
ARTÍCULO
PRIMERO.- Nombrar a la Embajadora del Servicio Exterior, María del Carmen
González Cabal, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria Concurrente de
la República del Ecuador ante el Gobierno de Rumania, con sede en Budapest,
Hungría.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo que entrará en
vigencia a partir de la fecha de suscripción, encárguese al Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Dado
en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de Enero de 2016.
f.)
Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.)
Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Quito
18 de Febrero del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del
original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis
Mera Giler.
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.
Secretaría
General Jurídica.
Rafael
Correa Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone: ?Los
agregados militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados
militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a
solicitud del Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los comandantes generales
de fuerza respectivos, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.?;
Que el
Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, en sesión permanente
llevada a cabo los días 30, 31 de marzo, y 15, 16 de abril de 2015, ha resuelto
seleccionar al señor CRNL. EMC.RAMÍREZ SANDOYA RONIER BLADIMIR, para que
desempeñe las funciones de Agregado de Defensa, de conformidad con lo que estipula
el artículo 38 letra d) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional;
Que
con Oficio No. 2015-E1-v-a2-346 de 29 de septiembre de 2015, el señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre, remite al Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor CRNL.
EMC. RAMÍREZ SANDOYA RONIER BLADIMIR, para que desempeñe las funciones de Agregado
de Defensa en la Embajada del Ecuador en los Estados Unidos de Norteamérica,
con sede en la ciudad de Washington D.C.;
Que
con Oficio Nro. 15-G-1-a1-420 de 08 de octubre de 2015, el señor Jefe del
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa
Nacional, el expediente para el nombramiento del señor CRNL. EMC. RAMÍREZ
SANDOYA RONIER BLADIMIR, para que desempeñe las funciones de Agregado de
Defensa en la Embajada del Ecuador en los Estados Unidos de Norteamérica, con
sede en la ciudad de Washington D.C., del 03 de febrero de 2016 hasta el 03 de
febrero de 2018. Reemplaza al señor CRNL. EMC. ACOSTA YACELGA FRANKLIN GUSTAVO,
cuyo período de gestión concluye el 02 de febrero de 2016; y,
En
ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República del
Ecuador; en concordancia con el artículo 41 de la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido
de la Comandancia General de la Fuerza Terrestre, a través del Comando Conjunto
de las Fuerzas Armadas;
Decreta:
Art. 1.
Nombrar al señor CRNL. EMC. RAMÍREZ SANDOYA RONIER BLADIMIR, como Agregado de Defensa
en la Embajada del Ecuador en los Estados Unidos de Norteamérica, con sede en
la ciudad de Washington D.C., del 03 de febrero de 2016 hasta el 03 de febrero
de 2018, en reemplazo del señor CRNL. EMC. ACOSTA YACELGA FRANKLIN GUSTAVO,
cuyo período de gestión concluye el 02 de febrero de 2016.
Art.
2. El mencionado señor Oficial, percibirá las asignaciones económicas
determinadas en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del
Ministerio de Defensa Nacional, sección Fuerza Terrestre.
Art. 3.
Encárguese de la ejecución del presente Decreto Ejecutivo al señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y al señor Ministro de Defensa Nacional.
Dado
en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de Enero de 2016.
f.)
Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.)
Fernando Cordero Cueva, Ministro de Defensa Nacional.
f.)
Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Quito
18 de Febrero del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del
original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis
Mera Giler.
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.
Secretaría
General Jurídica.
Rafael
Correa Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone: ?Los
agregados militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados
militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a
solicitud del Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los comandantes
generales de Fuerza respectivos, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas?;
Que el
Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, en sesión permanente
llevada a cabo los días 30, 31 de marzo, y 15, 16 de abril de 2015, ha resuelto
seleccionar al señor CRNL. EMC. TAPIA
CALVOPIÑA MARCO RAÚL, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa,
de conformidad, con lo que estipula el artículo 38 letra d) de la Ley Orgánica
de la Defensa Nacional;
Que
con Oficio No. 2015-E1-v-a2-345 de 29 de septiembre de 2015, el señor Comandante
General de la Fuerza Terrestre, remite al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,
el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor CRNL. EMC. TAPIA
CALVOPIÑA MARCO RAÚL, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa
(Asesor Militar de la Misión Permanente del Ecuador ante la O.N.U.), a la
Embajada del Ecuador en los Estados Unidos de Norteamérica, con sede en la
ciudad de New York;
Que
con Oficio Nro. 15-G-1-a1-421 de 08 de octubre de 2015, el señor Jefe del
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa
Nacional, el expediente para el nombramiento del señor CRNL. EMC. TAPIA
CALVOPIÑA MARCO RAÚL, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa
(Asesor Militar de la Misión Permanente del Ecuador ante la O.N.U.), a la
Embajada del Ecuador en los Estados Unidos de Norteamérica, con sede en la
ciudad de New York, del 13 de febrero de 2016 hasta el 13 de febrero de 2018.
Reemplaza al señor CRNL. EMC. GALLARDO CARMONA JOSÉ ALFONSO, cuyo período de
gestión concluye el 12 de febrero de 2016; y,
En
ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República del
Ecuador; en concordancia con el artículo 41 de la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido
de la Comandancia General de la Fuerza Terrestre, a través del Comando Conjunto
de las Fuerzas Armadas;
Decreta:
Art. 1.
Nombrar al señor CRNL. EMC. TAPIA CALVOPIÑA MARCO RAÚL, para que desempeñe las
funciones de Agregado de Defensa (Asesor Militar de la Misión Permanente del
Ecuador ante la O.N.U.), a la Embajada del Ecuador en los Estados Unidos de
Norteamérica, con sede en la ciudad de New York, del 13 de febrero de 2016
hasta el 13 de febrero de 2018, en reemplazo del señor CRNL. EMC. GALLARDO
CARMONA JOSÉ ALFONSO, cuyo período de gestión concluye el 12 de febrero de 2016
Art. 2.
El mencionado señor Oficial, percibirá las asignaciones económicas determinadas
en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa
Nacional, sección Fuerza Terrestre.
Art.
3. Encárguese de la ejecución del presente Decreto Ejecutivo al señor Ministro
de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y al señor Ministro de Defensa Nacional.
Dado
en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de Enero de 2016.
f.)
Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.)
Fernando Cordero Cueva, Ministro de Defensa Nacional.
f.)
Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Quito
18 de Febrero del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del
original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis
Mera Giler.
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.
Secretaría
General Jurídica.
Pedro
Enrique Solines Chacón
SECRETARIO
NACIONAL
DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Considerando:
Que,
el artículo 14 de la Constitución de la República, reconoce el derecho de la
población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que
garantice la sostenibilidad y el buen vivir, ?sumak kawsay? y declara de
interés público la preservación del ambiente, la conservación de los
ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país,
la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales
degradados;
Que,
el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, determina que
los ministros/as de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde ?Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su
cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requieran su
gestión?;
Que,
el artículo 51 de la Ley Orgánica del Servicio Público determina que:
?Corresponde a la Secretaría Nacional de la Administración Pública establecer
las políticas, metodología de gestión institucional y herramientas necesarias
para el mejoramiento de la eficiencia en la administración pública central,
institucional y dependiente [de la Función Ejecutiva]…?;
Que,
el artículo 15 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva establece entre las atribuciones y funciones del Secretario Nacional
de la Administración Pública las siguientes: ?…b) Ejercer la rectoría en políticas
públicas de mejora de eficiencia, eficacia, calidad, desarrollo institucional e
innovación del Estado; […] n) Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones
conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia…?;
Que,
con Acuerdo Ministerial No. 263, publicado en el Registro Oficial No. 148 de 20 de diciembre
de 2013, la Secretaría Nacional de la Administración Pública, expidió las
políticas sobre el uso de vehículos
institucionales de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen
de la Función Ejecutiva;
Que,
mediante Resolución No. INCOP No. 50-2011 publicada en el Registro Oficial No.
611 de 5 de enero de 2012, el Instituto Nacional de Contratación Pública (INCOP),
hoy Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), expidió el Instructivo
para la Adquisición de Vehículos por parte de las Entidades Contratantes;
Que,
los bienes del sector público deben reunir condiciones ecológicas, de calidad y
vigencia tecnológica, a fin de cumplir con eficiencia y eficacia los fines para
los que son requeridos y de esta forma aportar a la mejora de la gestión pública
y a la prevención de cualquier daño ambiental.
En
ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el numeral 1 del
artículo 154 de la Constitución de la República; y, el artículo 15 literal n)
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo
único.- Las instituciones pertenecientes a la Administración Pública central,
institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), priorizarán para
uso en áreas urbanas, la adquisición de vehículos eléctricos sobre los de
combustión.
DISPOSICIÓN
GENERAL ÚNICA.- El Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) verificará
el cabal cumplimiento del presente Acuerdo en los procesos precontractuales y
contractuales que se desarrollen por las entidades de la APCID para la adquisición
de vehículos.
DISPOSICIÓN
FINAL ÚNICA.- De la ejecución del presente Acuerdo encárguese al Servicio
Nacional de Contratación Pública y a las instituciones pertenecientes a la
Administración Pública central, institucional y que dependen de la Función Ejecutiva.
El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado
en el Palacio Nacional de la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., al 28 de
enero del 2016.
f.)
Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.
Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.
Quito,
28 de enero del 2016.
f.)
Dr. Freddy Ordoñez Bermeo, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.
EL
MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
Que,
la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial
No. 449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras
y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que,
el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de
octubre de 2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su
artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas,
podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;
Que,
el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en
sus artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;
Que,
el artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I, crea la
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, parte de la Función
Ejecutiva, responsable de la formulación de las políticas públicas y la regulación
y supervisión monetaria, crediticia, cambiaría, financiera, de seguros y
valores. La Junta estará conformada con plenos derechos por los titulares de
los ministerios de Estado responsables de la política económica, de la
producción, de las finanzas públicas, el titular de la planificación del Estado
y un delegado del Presidente de la República. Participarán en las
deliberaciones de la Junta, con voz pero sin voto, el Superintendente de
Bancos, el Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, el Superintendente
de Economía Popular y Solidaria, el Gerente General del Banco Central del
Ecuador y el Presidente del Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos,
Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados;
Que,
por disposición del señor Presidente de la Junta, economista Patricio Rivera
Yánez, amparado en el Código Orgánico Monetario y Financiero, y las Normas para
el Funcionamiento de la Junta, se convoca a la sesión extraordinaria presencial
y a la sesión extraordinaria reservada que se llevará a cabo en la ciudad de
Quito, en el lugar destinado para el efecto, el miércoles 06 de enero de 2016;
y,
En
ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la
Constitución de la República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación
y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídica y Administrativo
de la Función Ejecutiva,
Acuerda:
Art.
1.- Delegar a la economista Madeleine Abarca Runruil, Viceministra de Finanzas, para que asista a la
sesión extraordinaria presencial y a la sesión extraordinaria reservada de la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, a realizarse el día miércoles
06 de enero de 2016.
Art.
2.- La delegada queda facultada a suscribir todos los documentos, participar en
las diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación y deberá presentar los informes
de sus actuaciones a la máxima autoridad.
Art.
3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado,
en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 06 de
enero del 2016.
f.)
Econ. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.
MINISTERIO
DE FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.- 11 de febrero del 2016.
EL
MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
Que el
numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
manda que a las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión;
Que el
Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74, numeral
16, relativo a los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de
Finanzas Públicas, establece entre otras, la de celebrar a nombre del Estado
ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los
contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que
corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de
sus competencias;
Que el
artículo 75 del invocado Código dispone que, el Ministro a cargo de las
Finanzas Públicas podrá delegar por escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo;
Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en su
artículo 55, faculta a las Autoridades de la Administración Pública Central e institucional,
delegar las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades;
Que el
Comité de Deuda y Financiamiento en ejercicio de la facultad que le confieren
los artículos 289 de la Constitución de la República y 139 del Código Orgánico
de Planificación y Finanzas Públicas, mediante Acta Resolutiva No. 001 de 18 de
enero de 2016, autorizó la contratación
y aprobó los términos y condiciones financieras del Contrato de Préstamo que
celebrará la República del Ecuador, por intermedio del Ministerio de Finanzas,
con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento B1RF, por el monto de
hasta USD 178.000.000,00 destinados a financiar la ejecución del ?Proyecto de
Apoyo a la Reforma Educativa en los Circuitos Focalizados, como parte del Macro
– Proyecto Nueva Infraestructura Educativa?, cuya ejecución estará a cargo del
Ministerio de Educación; y,
En
ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 154 de la Constitución
de la República, 74 y 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo
1.- Delegar al señor Francisco Borja Cevallos, para que en su calidad de
Embajador de la República del Ecuador en la ciudad de Washington D.C. – Estados
Unidos de Norteamérica, suscriba con el Banco Internacional de Reconstrucción y
Fomento, BIRF, a nombre y representación del Gobierno Nacional, el Contrato de
Préstamo que celebrará la República del Ecuador, por intermedio del Ministerio
de Finanzas, con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF, por
el monto de hasta USD 178.000.000,00 destinados a financiar la ejecución del
?Proyecto de Apoyo a la Reforma Educativa en los Circuitos Focalizados, como
parte del Macro – Proyecto Nueva Infraestructura Educativa?, cuya ejecución
estará a cargo del Ministerio de Educación.
Artículo
2.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial
COMUNÍQUESE.-
Quito, 18 de enero del 2016.
f.)
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.
MINISTERIO
DE FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.- 11 de febrero del 2016.
EL
MINISTRO DE FINANZAS
Considerando:
Que la
Ley Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del
Registro Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone
que cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad
competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un
puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente
ausente, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que
corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de
la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular;
Que el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la
subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que
la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista
entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma
institución;
Que
por motivos laborales en mi calidad de Ministro de Finanzas, encabezaré la
delegación de esta Cartera de Estado, en distintas reuniones oficiales fuera
del país, inherentes a las actividades institucionales del 19 al 27 de enero de
2016; y,
En
ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley
Orgánica del Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1
del Acuerdo Ministerial No. 2,
Acuerda:
Art.
1.- La economista Madeleine Leticia Abarca Runruil Viceministra de Finanzas,
subrogará las funciones de Ministra de Finanzas del 19 al 27 de enero de 2016, inclusive.
Art.
2.- El economista Juan Carlos García Folleco Subsecretario de Política Fiscal,
subrogará las funciones de Viceministro de Finanzas del 19 al 27 de enero de
2016, inclusive.
Art.
3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Dado,
en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 18 de
enero del 20126.
f.)
Econ. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.
MINISTERIO
DE FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 1 fojas.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.- 11 de febrero del 2016.
LA
MINISTRA DE FINANZAS SUBROGANTE
Considerando:
Que,
el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la que, a las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que,
el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74,
numeral 16, relativo a los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema
Nacional de Finanzas Públicas, establece
entre otras, la de celebrar a nombre del Estado ecuatoriano, en representación
del Presidente o Presidenta de la República, los contratos o convenios
inherentes a las finanzas públicas, excepto los que corresponda celebrar a
otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de sus competencias;
Que,
el artículo 75 del invocado Código dispone que, el Ministro a cargo de las
Finanzas Públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo;
Que,
el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en
sus artículos 17 y 55, faculta a los Ministros y autoridades del Sector
Público, delegar sus atribuciones y deberes;
Que,
el Comité de Deuda y Financiamiento en ejercicio de la facultad que le confieren
los artículos 289 de la Constitución de la República y 139 del Código Orgánico
de Planificación y Finanzas Públicas, mediante Acta Resolutiva No. 003 de 20 de
enero del 2016, autorizó la contratación y aprobó los términos y condiciones financieras
del Convenio de Crédito a celebrarse entre el ICBC Shangai Pilot Free Trade
Zone Branch, Industrial and Commercial Bank of China Limited (ICBC), el Export
Import Bank of China y China Minsheng Banking Corp. Ltd., Deutsche Bank AG y
otra institución financiera en calidad de Prestamistas; y, EP PETROECUADOR, en
su calidad de Prestataria, con Garantía Soberana del Est











