n

n REGISTRO OFICIAL

n

n AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

n MiĆ©rcoles, 25 de Abril de 2012 – R. O. No. 690

n

n SUMARIO

n

n SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica:

n

n Ejecutivo

n

n Acuerdos

n

n 1102DeclĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la seƱora Ivonne Baki, Jefa del Equipo Negociador de la Iniciativa YasunĆ­-ITT

n

n 1103 ConcƩdese licencia con cargo a vacaciones al doctor JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior

n

n 1104 ModifĆ­case el Acuerdo NĀŗ 1075 de 25 de febrero del 2012

n

n 2498 DeclĆ”rase la nulidad de la ResoluciĆ³n No. 2011-0976-CS-PN de 20 de septiembre del 2011, emitida por el Consejo Superior de la PolicĆ­a Nacional

n

n 2522 EstablĆ©cese el valor de USD 4,00 diarios por alimentaciĆ³n, a favor de las trabajadoras y trabajadores, que laboran en Planta Central, ComisiĆ³n de LĆ­mites Internos de la RepĆŗblica, Jefatura PolĆ­tica del cantĆ³n Quito, CoordinaciĆ³n EstratĆ©gica, Intendencia General de PolicĆ­a de Pichincha, comisarĆ­as nacionales y de la Mujer y la Familia del cantĆ³n Quito

n

n 2522-A EncƔrgase este Ministerio al Viceministro de Gobernabilidad

n

n 2524 DispĆ³nese a la ComisiĆ³n TĆ©cnica Especializada de Pases de la PolicĆ­a Nacional, que luego de los cursos de capacitaciĆ³n y/o ascenso de los/las servidores/as y de los servidores policiales pertenecientes a las unidades especiales del (GIR y GOE), se les asigne funciones

n

n Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

n

n 0326 ApruĆ©base el estatuto y otĆ³rgase personalidad jurĆ­dica a la ?AsociaciĆ³n Defensa Ciudadana?, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito

n

n 0327 RefĆ³rmase el Estatuto de la ?FundaciĆ³n Hermanos Terciarios de los Sagrados Corazones de JesĆŗs y de MarĆ­a de la Madre Virgen de La Cascada? con domicilio en el cantĆ³n Ibarra, provincia de Imbabura

n

n Ministerio de Salud PĆŗblica:

n

n Acuerdos

n

n 00000548 DelĆ©gase a la doctora Fadya Orozco, Subsecretaria Nacional de PrevenciĆ³n, PromociĆ³n de la Salud e Igualdad, para que presida la delegaciĆ³n de esta Cartera de Estado a la VIII ComisiĆ³n Mixta Permanente de CoordinaciĆ³n Ecuador – Bolivia, a realizase en la ciudad de La Paz

n

n 00000585 RefĆ³rmase el Acuerdo Ministerial NĀŗ 0000183 de 11 de marzo del 2011

n

n SecretarĆ­a Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n:

n

n 2012-012 Califƭcase como emblemƔtico al proyecto denominado Ciudad del Conocimiento ?YACHAY? de la SENESCYT

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n Resoluciones

n

n 865 ApruĆ©base el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto ?ConstrucciĆ³n y OperaciĆ³n de la EstaciĆ³n Repetidora de TelefonĆ­a Celular Shumiral?, ubicada en el cantĆ³n Ponce EnrĆ­quez, provincia de Azuay y otĆ³rgase la licencia ambiental a OTECEL S. A. para la ejecuciĆ³n de dicho proyecto

n

n

n

n Consejo Nacional de AviaciĆ³n Civil:

n

n 003-DP-CNAC-2012 ExpĆ­dese el Reglamento para declarar en comisiĆ³n de servicios en el exterior a las autoridades y servidores

n

n CNAC-DP-004/2012 DelĆ©gase atribuciones al seƱor IvĆ”n GordĆ³n Mora, Director de Talento Humano

n

n Consejo Nacional de Telecomunicaciones:

n

n RTV-156-06-CONATEL-2012 AvĆ³case conocimiento de los informes DGJ-2012-0508, asĆ­ como de la ResoluciĆ³n CITDT-2012-01-012 emitida por el CITDT y del informe CITDT-GATR-2012-001 del grupo de aspectos tĆ©cnicos y regulatorios dispuesto por el CITDT

n

n Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

n

n 12-016 P-IEPI DelƩgase atribuciones provisionalmente al abogado JosƩ Manuel Martƭnez, Director Nacional de Propiedad Industrial

n

n SecretarĆ­a de Hidrocarburos Ecuador:

n

n 0278 DelƩganse atribuciones al Coordinador General Administrativo Financiero

n

n 0279 DelƩganse atribuciones al Jefe de Transportes

n

n SecretarĆ­a Nacional de Transparencia de GestiĆ³n:

n

n SNTG-RH-008-2012 NĆ³mbrase a la ingeniera Silvana Maritza GonzĆ”lez GonzĆ”lez como Directora Financiera

n

n SNTG-RH-009-2012 NĆ³mbrase al licenciado Fabricio Vicente ProaƱo Moreno, Subsecretario TĆ©cnico de Transparencia, PrevenciĆ³n de la CorrupciĆ³n y RendiciĆ³n de Cuentas

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n – Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal del CantĆ³n JunĆ­n: Que regula la tasa por el uso del servicio de alcantarillado sanitario

n

n – Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal del CantĆ³n BolĆ­var: Que regula la formaciĆ³n de los catastros prediales urbanos y rurales, la determinaciĆ³n, administraciĆ³n y recaudaciĆ³n del impuesto a los predios urbanos y rurales para el bienio 2012 – 2013

n

n GADMM 37-2011 Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal del CantĆ³n San Francisco de Milagro: Para la determi-naciĆ³n y recaudaciĆ³n del impuesto a los bienes inmuebles urbanos del cantĆ³n Milagro para el bienio 2012-2013

n

n

n

n CONTENIDO

n

n No. 1102

n n n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

n

n Considerando:

n

n Que mediante memorando Nro. PR-IYITT-2012-000166- M del 20 de marzo del 2012, la seƱora Alicia Margarita Castillo Velastegui, Coordinadora General de la Iniciativa Yasunƭ-ITT, encargada comunica que la seƱora Ivonne Baki, Jefa del Equipo Negociador, se desplazarƔ a New York y Miami-Estados Unidos, DubƔi-Emiratos Ɓrabes y Beirut-Lƭbano del 24 de marzo al 4 de abril del 2012, para continuar con el proceso de recaudaciones para la Iniciativa Yasunƭ-ITT; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15, letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTƍCULO PRIMERO.- Declarar en comisiĆ³n de servicios a la seƱora Ivonne Baki, Jefa del Equipo Negociador de la Iniciativa YasunĆ­-ITT del 24 de marzo al 4 de abril del 2012, en las ciudades de New York y Miami- Estados Unidos, DubĆ”i-Emiratos Ɓrabes y Beirut-LĆ­bano, con el fin de continuar con el proceso de recaudaciones para la Iniciativa YasunĆ­-ITT cumpliendo la siguiente agenda:

n

n

n

n 24 al 27 de marzo en New York:

n

n

n

n ReuniĆ³n con corporaciones y posicionamiento de la Iniciativa vinculados a la sociedad civil.

n

n

n

n Reuniones con filƔntropos.

n

n

n

n Entrevista de prensa.

n

n

n

n 28 al 31 de marzo, DubƔi-Emiratos Ɓrabes:

n

n

n

n Reuniones con empresarios, representantes y autoridades del mundo Ɣrabe.

n

n

n

n 1 y 2 de abril Beirut:

n

n

n

n ReuniĆ³n con el Primer Ministro de LĆ­bano.

n

n

n

n 3 y 4 Miami-Florida:

n

n

n

n Evento de recaudaciĆ³n organizado por Miami Dade Comunity College.

n

n

n

n ARTƍCULO SEGUNDO.- Los viĆ”ticos de acuerdo al cronograma seƱalado y pasajes aĆ©reos en la ruta Quito, Miami, New York, DubĆ”i, Miami, Quito, serĆ”n cubiertos del presupuesto de la Presidencia de la RepĆŗblica.

n

n

n

n ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 23 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrĆ³nicas

n

n

n

n NĀŗ 1103

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. 2012-DMI-04172 del 23 de marzo del 2012, el doctor JosĆ© Serrano Salgado, Ministro del Interior solicita autorizaciĆ³n para hacer uso de tres dĆ­as de licencia con cargo a vacaciones a partir del 23 al 26 de marzo, con el fin de tratar temas de carĆ”cter personal; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15, letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTƍCULO PRIMERO.- Conceder licencia con cargo a vacaciones al doctor JosĆ© Serrano Salgado, Ministro del Interior, a partir del 23 al 26 marzo del 2012.

n

n

n

n ARTƍCULO SEGUNDO.- El seƱor Ministro del Interior encargarĆ” dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 23 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrĆ³nicas.

n

n

n

n NĀŗ 1104

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante memorando No. PR-IYITT-2012-000164-M del 15 de marzo del 2012, alcance al memorando No. PRIYITT- 2012-000151-M del 12 del mismo mes, relacionado con la comisiĆ³n de servicios a la ciudad de Palm Beach y Miami-Estados Unidos del 2 al 7 de marzo a favor la seƱora Ivonne Baki, Jefa del Equipo Negociador de la Iniciativa YasunĆ­-ITT con el fin de difundir y obtener contribuciones para la iniciativa YasunĆ­-ITT, el seƱor Carlos Alberto Velastegui, Coordinador General del Equipo Negociador de YasunĆ­-ITT manifiesta que debido a la necesidad de atender varios temas urgentes sugeridos en la agenda de trabajo de la Secretaria de Estado debido al evento organizado por el Dade Comunity College, la seƱora Ivonne Baki tuvo que permanecer en Miami los dĆ­as 6 y 7 de marzo por lo que se suspendiĆ³ el viaje previsto a Toronto-CanadĆ”, y solicita se disponga realizar un nuevo cĆ”lculo de los viĆ”ticos entregados a la seƱora Baki; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15, letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTƍCULO PRIMERO.- Como alcance al Acuerdo No. 1075 de 25 de febrero del 2012 mediante el cual se declarĆ³ en comisiĆ³n de servicios a la seƱora Ivonne Baki, Jefa del Equipo Negociador de la Iniciativa YasunĆ­-ITT, a las ciudades de Palm Beach y Miami-Estados Unidos y Toronto-CanadĆ” del 2 al 7 de marzo del 2012, se cancela el viaje a Toronto-CanadĆ” legalizĆ”ndola del 2 al 7 de marzo del 2012 a la ciudades de Palm Beach y Miami-Estados Unidos.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO SEGUNDO.- Los viĆ”ticos y pasajes aĆ©reos se legalizarĆ”n del presupuesto de la Presidencia de la RepĆŗblica.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 26 de marzo del 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento con firmas electrĆ³nicas.

n

n

n

n NĀŗ 2498

n

n

n

n Leonardo Berrezueta CarriĆ³n

n

n VICEMINISTRO DE SEGURIDAD INTERNA

n

n DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante ResoluciĆ³n No. 2011-0682-CS-PN de 8 de junio del 2011, el H. Consejo Superior ha resuelto solicitar al Comandante General de PolicĆ­a Nacional, alcanzar el correspondiente acuerdo ministerial, mediante el cual y con fecha de su expediciĆ³n, el seƱor Teniente de PolicĆ­a de Servicios de AdministraciĆ³n MARTƍNEZ MARTƍNEZ LUIS FERNANDO, sea colocado a disposiciĆ³n del Ministerio del Interior, de conformidad con lo previsto en los Arts. 52, 53 y 54 de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional;

n

n

n

n Que, el citado consejo, mediante ResoluciĆ³n No. 2011-0976-CS-PN de 20 de septiembre del 2011, resuelve ratificar en todo su contenido la ResoluciĆ³n No. 2011-0682-CS-PN de 8 de junio del 2011, en lo que respecta a la situaciĆ³n profesional del seƱor Teniente de PolicĆ­a de Servicios de AdministraciĆ³n MARTƍNEZ MARTƍNEZ LUIS FERNANDO;

n

n

n

n Que, el seƱor Comandante General de la PolicĆ­a Nacional, con oficio No. 2011-1518-CS-PN de 28 de septiembre del 2011, remite a esta Cartera de Estado, copia de la ResoluciĆ³n No. 2011-0976-CS-PN de 20 de septiembre del 2011, emitida por el Consejo Superior de la PolicĆ­a Nacional; en virtud de la cual solicita que se emita el correspondiente acuerdo ministerial, mediante el cual y con fecha de su expediciĆ³n, sea colocado a DisposiciĆ³n del Ministerio del Interior el seƱor Teniente de PolicĆ­a de Servicios de AdministraciĆ³n MARTƍNEZ MARTƍNEZ LUIS FERNANDO;

n

n

n

n Que, el Art. 76 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone: ?En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurarĆ” el derecho al debido proceso que incluirĆ” las siguientes garantĆ­as bĆ”sicas: ?4. Las pruebas obtenidas o actuadas con violaciĆ³n de la ConstituciĆ³n o la ley no tendrĆ”n validez alguna y carecerĆ”n de eficacia probatoria??? 7. El derecho de las personas a la defensa incluirĆ” las siguientes garantĆ­as: I) Las resoluciones de los poderes pĆŗblicos deberĆ”n ser motivadas. No habrĆ” motivaciĆ³n si en la resoluciĆ³n no se enuncia las normas o principios jurĆ­dicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicaciĆ³n a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se considerarĆ”n nulos. Las servidoras o servidores responsables serĆ”n sancionados?;

n

n

n

n Que, el Art. 53 de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional exige: ?? para que un miembro de la instituciĆ³n sea colocado en situaciĆ³n a disposiciĆ³n, deben existir suficientes antecedentes que hagan presumir su mala conducta profesional, de acuerdo con lo estipulado en el artĆ­culo 54 de esta Ley??;

n

n

n

n Que, el Art. 77 del Reglamento a la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆ­a Nacional dispone: ?Los informes jurĆ­dicos serĆ”n indispensables para la toma de decisiones que corresponde a los Organismos Directivos y Superiores de la InstituciĆ³n?;

n

n

n

n Que, la CoordinaciĆ³n General de AsesorĆ­a JurĆ­dica del Ministerio del Interior, mediante informe No. 2011-798- CGJ de 20 de diciembre del 2011, determina que el Consejo Superior de la PolicĆ­a Nacional, al emitir la ResoluciĆ³n No. 2011-0976-CS-PN de 20 de septiembre del 2011, con la cual se ratifica la ResoluciĆ³n No. 2011-0682- CS-PN de 8 de junio del 2011, en la que solicita sea colocado a disposiciĆ³n del Ministerio del Interior al seƱor TENIENTE DE POLICƍA LUIS FERNANDO MARTƍNEZ MARTƍNEZ, no ha dado cumplimiento a la disposiciĆ³n del Art. 77 del Reglamento a la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆ­a Nacional, ya que los seƱores vocales del referido Consejo, han tomado decisiones sin considerar que el informe jurĆ­dico constante en oficio No. 2011- 1081-AJ-CS-PN de 11 de agosto del 2011, se establece que no existen suficientes antecedentes que hagan presumir la mala conducta profesional del seƱor TENIENTE DE POLICƍA LUIS FERNANDO MARTƍNEZ MARTƍNEZ, como exige el segundo inciso del Art. 53 de la Ley de Personal; lo cual atenta al debido proceso y a la seguridad jurĆ­dica garantizada en la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, acarreando la nulidad de la ResoluciĆ³n No. 2011-0976-CS-PN de 20 de septiembre del 2011, por falta de motivaciĆ³n conforme lo dispuesto en el Art. 76, numeral 7, literal L) de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; y,

n

n

n

n En ejercicio de la delegaciĆ³n conferida por el seƱor Ministro del Interior mediante Acuerdo Ministerial No. 1966 de 20 de mayo del 2011,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Declarar la nulidad de la ResoluciĆ³n No. 2011- 0976-CS-PN de 20 de septiembre del 2011, emitida por el Consejo Superior de la PolicĆ­a Nacional, por no estar debidamente motivada al ratificar el contenido de la ResoluciĆ³n No. 2011-0682-CS-PN de 8 de junio del 2011, en lo que respecta a la situaciĆ³n profesional del seƱor Teniente de PolicĆ­a de Servicios de AdministraciĆ³n MARTƍNEZ MARTƍNEZ LUIS FERNANDO, incumpliendo las disposiciones del Art. 53 de la Ley de Personal de la PolicĆ­a Nacional y Art. 77 del Reglamento a la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆ­a Nacional.

n

n

n

n Art. 2.- Disponer al Consejo Superior de la PolicĆ­a Nacional, que proceda a la reconsideraciĆ³n de la ResoluciĆ³n No. 2011-0682-CS-PN de 8 de junio del 2011, acogiendo el informe jurĆ­dico constante en el oficio No. 2011-1081-AJ-CS-PN de 11 de agosto del 2011, conforme lo dispuesto en el Art. 77 del Reglamento a la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆ­a Nacional.

n

n

n

n Art. 3.- De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo, encĆ”rguese el Comandante General de la PolicĆ­a Nacional.

n

n

n

n Art. 4.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 3 de enero del 2012.

n

n

n

n f.) Leonardo Berrezueta CarriĆ³n, Viceministro de Seguridad Interna, delegado del Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a tres fojas reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.

n

n

n

n Quito, a 2 de abril del 2012.

n

n

n

n f.) MarĆ­a del Cisne LĆ³pez, C., Secretaria General.

n

n

n

n No. 2522

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Art. 3 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece como uno de los deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin discriminaciĆ³n alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la ConstituciĆ³n y en los instrumentos internacionales, en particular la educaciĆ³n, la salud, la alimentaciĆ³n, la seguridad social y el agua para sus habitantes;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 225 del 18 de enero del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 123 del 4 de febrero del 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, reformĆ³ el Decreto Ejecutivo No. 1701, publicado en el Registro Oficial No. 592 del 18 de mayo del 2009, y establece que el Ministerio de Relaciones Laborales fijarĆ” los lĆ­mites correspondientes a subsidios, compensaciones sociales, gratificaciones, bonificaciones y aniversarios institucionales;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial MRL No. 2011-00098 de fecha 25 de abril del 2011, emitido por el Ministerio de Relaciones Laborales y publicado en el Registro Oficial No. 451 del 18 de mayo del 2011, se establece que para los puestos que por la naturaleza de las actividades que realizan, han sido determinadas como trabajadoras y trabajadores por tanto sujetos al rĆ©gimen del CĆ³digo del Trabajo, para el servicio de alimentaciĆ³n el techo de negociaciĆ³n serĆ” de USD 4,00 dĆ³lares por persona y por dĆ­a laborado;

n

n

n

n Que, en razĆ³n de la estructura y Ć”mbito de funciones y atribuciones de esta Cartera de Estado, las y los trabajadores sujetos al CĆ³digo del Trabajo, no se encuentran concentrados en un solo lugar, lo cual impide contar con un solo sitio para el servicio de alimentaciĆ³n;

n

n

n

n Que, la Directora Financiera, mediante memorando No. DF-CE-2011-766 de fecha 13 de septiembre del 2011, emite la certificaciĆ³n presupuestaria No. 218, para el pago del servicio de alimentaciĆ³n del personal que se encuentran bajo el RĆ©gimen del CĆ³digo del Trabajo; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y el

n

n artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Establecer el valor de USD 4,00 por cada dĆ­a laborado y por concepto de alimentaciĆ³n, a favor de las trabajadoras y trabajadores, sujetos al Ć”mbito del CĆ³digo del Trabajo, que laboran en Planta Central, ComisiĆ³n de LĆ­mites Internos de la RepĆŗblica, Jefatura PolĆ­tica del CantĆ³n Quito, CoordinaciĆ³n EstratĆ©gica, Intendencia General de PolicĆ­a de Pichincha, comisarĆ­as nacionales y de la Mujer y la Familia del cantĆ³n Quito.

n

n

n

n Art. 2.- El valor del servicio de alimentaciĆ³n serĆ” pagado como adicional de la remuneraciĆ³n mensual unificada.

n

n

n

n Art. 3.- Este beneficio se pagarĆ” a las y los trabajadores que se encuentran laborando, por tanto exceptĆŗase aquellos que se encuentran en uso de vacaciones, en comisiĆ³n de servicios o con permisos provisionales.

n

n

n

n Art. 4.- La DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n de Talento Humano y las diferentes unidades de AdministraciĆ³n de Talento Humano, serĆ”n las responsables de elaborar el listado de las y los trabajadores que percibirĆ”n el beneficio, asĆ­ como determinar los dĆ­as efectivamente laborados, los mismos que servirĆ”n de base para el pago del valor por concepto de alimentaciĆ³n, por parte de la DirecciĆ³n Financiera.

n

n

n

n Art. 5.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial y de su ejecuciĆ³n encĆ”rguese a la Coordinadora General Administrativa Financiera.

n

n

n

n ComunĆ­quese.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 24 de enero del 2012.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 2 de abril del 2012.- f.) MarĆ­a del Cisne LĆ³pez, C., Secretaria General.

n

n

n

n No. 2522-A

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, conforme dispone el Art. 23 de la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico, entre los derechos irrenunciables de las servidoras y los servidores pĆŗblicos consta: ?g) Gozar de vacaciones, licencias, comisiones y permisos de acuerdo con lo prescrito en esta ley?;

n

n

n

n Que, la DisposiciĆ³n General Primera del Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior dispone que en caso de ausencia temporal del Ministro lo reemplazarĆ” el Viceministro de Gobernabilidad; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones establecidas en el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Encargar al Viceministro de Gobernabilidad, el 30 y 31 de enero del 2012, el ejercicio de las atribuciones y facultades inherentes al cargo de Ministro del Interior, determinados en la ConstituciĆ³n y leyes de la RepĆŗblica.

n

n

n

n Art. 2.- El presente acuerdo pĆ³ngase en conocimiento de la SecretarĆ­a Nacional de la AdministraciĆ³n PĆŗblica y entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 27 de enero del 2012.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a una foja reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 2 de abril del 2012.- f.) MarĆ­a del Cisne LĆ³pez, C., Secretaria General.

n

n

n

n

n

n No. 2524

n

n

n

n Dr. JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n Que, la PolicĆ­a Nacional serĆ” obediente y no deliberante; y cumplirĆ” su misiĆ³n con estricta sujeciĆ³n al poder civil y a la ConstituciĆ³n y que las autoridades de la PolicĆ­a Nacional, serĆ”n responsables por las Ć³rdenes que impartan, conforme lo dispuesto en el Art. 159 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador;

n

n

n

n Que, el Ministerio del Interior ostenta la representaciĆ³n legal, judicial y extrajudicial de la PolicĆ­a Nacional, de conformidad con lo dispuesto por el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, mediante Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero del 2011, publicado en Registro Oficial No. 372 de 27 de enero del 2011;

n

n

n

n Que, las unidades especiales Grupo de IntervenciĆ³n y Rescate (GIR) y Grupo de Operaciones Especiales (GOE); son comandos tĆ”cticos de reacciĆ³n inmediata, flexibles y de gran capacidad de maniobra y movilizaciĆ³n, con adiestramiento especializado y apto para utilizarlos en diversas acciones policiales; de conformidad con el Art. 49 de la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆ­a Nacional;

n

n

n

n Que, los servidores policiales de las unidades especiales: Grupo de IntervenciĆ³n y Rescate (GIR) y Grupo de Operaciones Especiales (GOE), luego de los cursos de capacitaciĆ³n y/o ascenso al inmediato grado superior, han sido designados a cumplir funciones especĆ­ficas en otras dependencias policiales diferentes a las de su especializaciĆ³n, restando la capacidad operativa de las unidades especiales de la PolicĆ­a Nacional;

n

n

n

n Que, en la ciudad de Babahoyo, el Comandante Provincial de PolicĆ­a de la provincia de Los RĆ­os, a dispuesto arbitrariamente al personal del servicio urbano, que cumplan labores del GOE, sin tener la preparaciĆ³n necesaria para el cumplimiento de actividades de esa unidad;

n

n

n

n Que, en muchos casos el personal capacitado de las unidades especiales GIR y GOE, han sido distraĆ­dos en su funciones por disposiciĆ³n arbitraria de los comandantes provinciales, sin cumplir con las designaciones de pase dispuestas por el mando institucional;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo No. 2405 de 17 de noviembre del 2011, publicado en Registro Oficial No. 595 de 13 de diciembre del 2011, se conforma la comisiĆ³n tĆ©cnica especializada, para que se encargue del trĆ”mite y autorizaciĆ³n de pases, presidida por el Viceministro de Seguridad Interna del Ministerio del Interior; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero del 2011, publicado en Registro Oficial No. 372 de 27 de enero del 2011,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Disponer a la ComisiĆ³n TĆ©cnica Especializada de Pases de la PolicĆ­a Nacional, que luego de los cursos de capacitaciĆ³n y/o ascenso de las servidoras y de los servidores policiales pertenecientes a las unidades especiales de la PolicĆ­a Nacional (GIR y GOE), se les asigne funciones en las respectivas unidades especiales de acuerdo a la capacitaciĆ³n y adiestramiento especializado de las servidoras y de los servidores policiales, garantizando de esta manera la capacidad operativa en las diversas acciones policiales de estas unidades.

n

n

n

n Art. 2.- Disponer, a la ComisiĆ³n TĆ©cnica Especializada de Pases de la PolicĆ­a Nacional, a los comandantes provinciales y jefes de las diferentes unidades de la PolicĆ­a Nacional, que se abstengan de designar al personal del servicio urbano, para el cumplimiento de actividades policiales propias del GIR Y GOE, sin tener la preparaciĆ³n necesaria para el cumplimiento de actividades especializadas.

n

n

n

n Art. 3.- Disponer a los directores generales, directores nacionales, comandantes de distrito, comandantes provinciales y jefes de las diferentes unidades de la Policƭa Nacional, que se abstengan de distraer funciones propias del personal capacitado de las unidades especiales GIR y GOE, quienes deberƔn cumplir con el servicio policial especializado, de acuerdo a las designaciones de pase, en la ciudad y reparto policial destinado.

n

n

n

n Art. 4.- EncĆ”rguese de la ejecuciĆ³n del presente acuerdo, el Viceministro de Seguridad Interna y el Comandante General de la PolicĆ­a Nacional.

n

n

n

n Art. 5.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 6 de febrero del 2012.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 2 de abril del 2012.- f.) MarĆ­a del Cisne LĆ³pez, C., Secretaria General.

n

n

n

n NĀŗ 0326

n

n

n

n Dra. Johana PesƔntez Benƭtez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

n

n Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĆ³n ministerial;

n

n

n

n Que, el 14 de noviembre del 2007, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, Economista Rafael Correa Delgado, crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a travĆ©s del Decreto Ejecutivo NĀŗ 748, publicado en el Suplemento del Registro Oficial NĀŗ 220 de 27 de noviembre del 2007;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 410 de 30 de junio del 2010, publicado en el Registro Oficial 235 de 14 de julio del 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa, cambia la denominaciĆ³n, de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 772 de 13 de mayo del 2011, publicado en el Registro Oficial 460 de 1 de junio de 2011, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica designa como Ministra de Justicia Derechos Humanos y Cultos a la doctora Johana Farina PesĆ”ntez BenĆ­tez;

n

n

n

n Que, el numeral 13 del artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica seƱala lo siguiente: Se reconoce y garantizarĆ” a las personas: 13 ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria?;

n

n

n

n Que, mediante comunicaciĆ³n de 19 de octubre del 2011, el Presidente Provisional de la ASOCIACIƓN DEFENSA CIUDADANA, debidamente autorizado, presenta la solicitud y documentaciĆ³n anexa para el otorgamiento de la personalidad jurĆ­dica de dicha asociaciĆ³n;

n

n

n

n Que, mediante pronunciamiento jurĆ­dico MJDHC-DJ- 0079-2011 de 7 de noviembre del 2011, el Coordinador de AsesorĆ­a JurĆ­dica emite pronunciamiento favorable, para la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n del estatuto de la referida organizaciĆ³n civil, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en el Reglamento para la AprobaciĆ³n de Estatutos, Reformas y Codificaciones, LiquidaciĆ³n y DisoluciĆ³n y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el CĆ³digo Civil y en las leyes especiales; y,

n

n

n

n Conforme a lo dipsuesto en el artĆ­culo 154, numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica; el artĆ­culo 17 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva; y el artĆ­culo 7 del Reglamento para la AprobaciĆ³n de Estatutos, Reforma y Codificaciones, LiquidaciĆ³n y DisoluciĆ³n, y Registro de Socios y Directivas, de las organizaciones previstas en el CĆ³digo Civil y en las leyes especiales, emitido mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 3054 y reforma con Decreto Ejecutivo NĀŗ 982, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 311 de 8 de abril del 2008,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aprobar el estatuto y otorgar personalidad jurƭdica a la ?ASOCIACIƓN DEFENSA CIUDADANA?, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito.

n

n

n

n Art. 2.- Disponer a la ?ASOCIACIƓN DEFENSA CIUDADANA?, ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en el estatuto; integrantes de su gobierno interno; inclusiĆ³n y salida de miembros; y, registrarse en la pĆ”gina www.sociedadcivil.gob.ec conforme establece el Decreto Ejecutivo NĀŗ 982, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 311 de 8 de abril del 2008; y, en caso de percibir recursos pĆŗblicos deberĆ” obtener la respectiva acreditaciĆ³n de acuerdo a los tĆ©rminos seƱalados en el referido decreto ejecutivo.

n

n

n

n Art. 3.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organizaciĆ³n.

n

n

n

n Art. 4.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artĆ­culo 126 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva.

n

n

n

n El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n ComunĆ­quese y publĆ­quese.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Dra. Johana PesƔntez Benƭtez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del documento que a dos fojas reposan en los archivos de la SecretarĆ­a General.- Fecha: 16 de diciembre del 2011.- f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n NĀŗ 0327

n

n

n

n Dra. Johana PesƔntez Benƭtez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS

n

n Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestiĆ³n ministerial;

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, numerales 8 y 13 en su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria.?;

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial NĀŗ 547 de 23 de julio de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s, para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarĆ”n al Ministerio de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n de sus bienes, asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ” el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y renovaciĆ³n del mismo y las facultades de que estuviere investido.?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 410, publicado en el Registro Oficial 235 de 14 de julio de 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, economista Rafael Correa, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominaciĆ³n, por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n Que, mediante Acuerdo NĀŗ 0704 de 7 de julio de 1995, el Secretario de Gobierno del Ministerio de Gobierno de esa Ć©poca, Abg. Roberto Passilaigue Baquerizo, aprueba el Estatuto de la FundaciĆ³n Hermanos Terciarios de los Sagrados Corazones de JesĆŗs y de MarĆ­a de la Madre Virgen de la Cascada; y, mediante Acuerdo NĀŗ 083 de 28 de abril del 2008, el Subsecretario de CoordinaciĆ³n PolĆ­tica del Ministerio de Gobierno de esa Ć©poca, Lcdo. Felipe Abril Mogrovejo, aprueba el estatuto reformado de la fundaciĆ³n antes mencionada;

n

n

n

n Que, con fecha 22 de septiembre de 2011, la entidad religiosa denominada ?FUNDACIƓN HERMANOS TERCIARIOS DE LOS SAGRADOS CORAZONES DE JESƚS Y DE MARƍA DE LA MADRE VIRGEN DE LA CASCADA?, presenta la documentaciĆ³n pertinente y solicita se realice el trĆ”mite de reforma de estatutos de dicha entidad;

n

n

n

n Que, mediante informe jurĆ­dico MJDHC-DPRLEC-005- 2011 de 27 de septiembre del 2011, el Director de PolĆ­ticas de RegulaciĆ³n para el Libre Ejercicio de Cultos, emite pronunciamiento favorable para la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n de la reforma del estatuto de la referida entidad religiosa, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en la Ley de Cultos y su reglamento; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confiere los artĆ­culos 154, numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, 17 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva; y, 1 de la Ley de Cultos,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Ordenar la reforma del estatuto de la entidad religiosa denominada ?FUNDACIƓN HERMANOS TERCIARIOS DE LOS SAGRADOS CORAZONES DE JESƚS Y DE MARƍA DE LA MADRE VIRGEN DE LA CASCADA? en el Registro de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del CantĆ³n Ibarra, Provincia de Imbabura, domicilio de la entidad.

n

n

n

n Art. 2.- Disponer a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en los estatutos; integrantes de su gobierno interno; ingreso y egreso de miembros; y, representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n

n

n

n Art. 3.- Disponer se incorpore al Registro General de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el estatuto y expediente de la entidad religiosa denominada ?FUNDACIƓN HERMANOS TERCIARIOS DE LOS SAGRADOS CORAZONES DE JESƚS Y DE MARƍA DE LA MADRE VIRGEN DE LA CASCADA?.

n

n

n

n

n

n El presente acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n ComunĆ­quese y publĆ­quese.- Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Dra. Johana PesƔntez Benƭtez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del documento que a dos fojas reposa en los archivos de la SecretarĆ­a General.- Fecha: 16 de diciembre del 2011.- f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n No. 00000548

n

n

n

n LA MINISTRA DE SALUD PƚBLICA,

n

n ENCARGADA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador manda: ?Art. 154.- A las ministras y ministros de Estado, ademĆ”s de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n. ??;

n

n

n

n Que, el Art. 35 de la Ley de ModernizaciĆ³n del Estado, Privatizaciones y PrestaciĆ³n de Servicios PĆŗblicos por Parte de la Iniciativa Privada permite que, cuando la conveniencia institucional lo requiera los mĆ”ximos personeros de las instituciones del Estado dictarĆ”n acuerdos, resoluciones y oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones;

n

n

n

n Que, el Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva dispone: ?Art. 17. DE LOS MINISTROS.- Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorizaciĆ³n alguna del Presidente de la RepĆŗblica, salvo los casos expresamente seƱalados en leyes especiales.?;

n

n

n

n Que, del 1 al 4 de abril del presente aƱo, una delegaciĆ³n de este Portafolio viajarĆ” a La Paz – Bolivia para asistir a la VIII ComisiĆ³n Mixta Permanente de CoordinaciĆ³n Ecuador – Bolivia; y,

n

n

n

n Que, mediante oficio No. MSP-SDM-10-2012-0233-O de 28 de marzo del 2012, la infrascrita autoridad delegĆ³ a la Dra. Fadya Orozco, Subsecretaria Nacional de PrevenciĆ³n, PromociĆ³n de la Salud e Igualdad, para que asista a la VIII ComisiĆ³n Mixta Permanente antes referida; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones legales concedidas por los artĆ­culos 151 y 154, numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y el artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar a la Dra. Fadya Orozco, Subsecretaria Nacional de PrevenciĆ³n, PromociĆ³n de la Salud e Igualdad, para que presida la delegaciĆ³n de esta Cartera de Estado a la VIII ComisiĆ³n Mixta Permanente de CoordinaciĆ³n Ecuador – Bolivia, a realizarse en la ciudad de La Paz del 1 al 4 de abril del 2012 y suscriba las actas de compromiso que se lleven a efecto durante dicho evento.

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo ministerial, que entrarĆ” en vigencia a partir de la fecha de su suscripciĆ³n sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese al Viceministro de AtenciĆ³n Integral en Salud.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 30 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Carina Vance Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica, encargada.

n

n

n

n Es fiel copia del documento que consta en el archivo de la DirecciĆ³n de SecretarĆ­a General, al que me remito en caso necesario.- Lo certifico.

n

n

n

n Quito, 4 de abril del 2012.

n

n

n

n f.) Dra. Nelly Cecilia Mendoza Orquera, Secretaria General, Ministerio de Salud PĆŗblica.

n

n

n

n No. 00000585

n

n

n

n LA MINISTRA DE SALUD PƚBLICA,

n

n ENCARGADA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, ordena: ?Art. 45.- Las niƱas, niƱos y adolescentes gozarĆ”n de los derechos comunes del ser humano, ademĆ”s de los especĆ­ficos de su edad. El Estado reconocerĆ” y garantizarĆ” la vida, incluido el cuidado y protecciĆ³n desde la concepciĆ³n.?;

n

n

n

n Que la Ley OrgĆ”nica de Salud manda: ?Art. 17.- La autoridad sanitaria nacional conjuntamente con los integrantes del Sistema Nacional de Salud, fomentarĆ”n y promoverĆ”n la lactancia materna durante los primeros seis meses de vida del niƱo o la niƱa, procurando su prolongaciĆ³n hasta los dos aƱos de edad. ? .?;

n

n

n

n Que el CĆ³digo de la NiƱez y Adolescencia ordena:

n

n

n

n ?Art. 24.- Derecho a la lactancia materna.- Los niƱos y niƱas tiene derecho a la lactancia materna para asegurarle el vĆ­nculo afectivo con su madre, adecuada nutriciĆ³n, crecimiento y desarrollo.

n

n

n

n Es obligaciĆ³n de los establecimientos de salud pĆŗblicos y privados desarrollar programas de estimulaciĆ³n de la lactancia materna.?;

n

n

n

n

n

n Que el artĆ­culo 27 de este mismo cĆ³digo hace referencia a que el derecho a la salud de los niƱos, niƱas y adolescentes comprende, entre otras cosas:

n

n

n

n Acceso a servicios que fortalezcan el vƭnculo afectivo entre el niƱo o niƱa y su madre y padre.

n

n

n

n El derecho de las madres a recibir atenciĆ³n sanitaria prenatal y postnatal apropiadas;

n

n

n

n Que en la PolĆ­tica Nacional de Lactancia Materna creada por el Ministerio de Salud PĆŗblica con la colaboraciĆ³n del Ministerio de

n

n InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social (2009), se establecen como objetivos:

n

n

n

n Fomentar la prĆ”ctica de lactancia materna involucrando a mujeres, hombres, familias y comunidad mediante la promociĆ³n de la lactancia materna exclusiva durante los 6 primeros meses de vida de niƱos y niƱas.

n

n

n

n Fortalecer la capacidad de los servicios de salud para asegurar la prƔctica adecuada de la lactancia materna mediante:

n

n

n

n El cumplimiento obligatorio del apego precoz dentro de los primeros 30 minutos de vida en todas las unidades de salud pĆŗblica y de la red complementaria que atiende los partos; y,

n

n

n

n El cumplimiento obligatorio del alojamiento conjunto en todas las unidades de salud pĆŗblica y de la red complementaria que atienden partos y reciĆ©n nacidos;

n

n

n

n Que la Ley de Fomento, Apoyo y ProtecciĆ³n a la Lactancia Materna dispone: ?Art. 1.- La lactancia materna es un derecho natural del niƱo y constituye el medio mĆ”s idĆ³neo para asegurarle una adecuada nutriciĆ³n y favorecer su normal crecimiento y desarrollo.?;

n

n

n

n Que el Consejo Nacional de la NiƱez y Adolescencia, en el Plan Nacional Decenal de ProtecciĆ³n Integral a la NiƱez y Adolescencia, Quito, CNNA, mayo, 2004 hace referencia a:

n

n

n

n PolĆ­tica 1. ProtecciĆ³n y cuidado de la salud de la mujer en edad reproductiva mediante la atenciĆ³n gratuita y universal durante el embarazo, parto y posparto.

n

n

n

n Polƭtica 2. Garantizar una vida saludable a los niƱos y niƱas menores de 6 aƱos.

n

n

n

n Polƭtica 4. Asegurar condiciones nutricionales adecuadas y oportunas a todos los niƱos y niƱas;

n

n

n

n Que mediante Acuerdo Ministerial No. 00000183 de 11 de marzo del 2011, se aprobĆ³ varias normas de nutriciĆ³n con el fin de promover la lactancia materna;

n

n

n

n

n

n Que en esa fecha no se logrĆ³ incluir en el mencionado acuerdo ministerial el documento que contiene las ?Normas y Protocolos de AlimentaciĆ³n para NiƱos y NiƱas menores de 2 aƱos?, mismas que forman parte de nutriciĆ³n infantil y complementan la normativa sobre este tema;

n

n

n

n

n

n Que la coordinaciĆ³n del subproceso del modelo de atenciĆ³n integral, mediante memorando SSS-11-2011-1301 de 29 de agosto del 2011, solicita la elaboraciĆ³n del presente acuerdo ministerial; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones concedidas por los artĆ­culos 151 y 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y el artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Reformar el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 0000183 de 11 de marzo del 2011, el mismo que dirĆ”:

n

n

n

n ?Art. 1.- Aprobar y expedir las siguientes Normas de NutriciĆ³n: Para manejo de Bancos de Leche Humana; ImplementaciĆ³n y Funcionamiento de Lactarios Institucionales en el Sector PĆŗblico y Privado; ImplementaciĆ³n de la Iniciativa Hospital Amigo del NiƱo y Normas y Protocolos de AlimentaciĆ³n para NiƱos y NiƱas menores de 2 AƱos, con el fin de promover la lactancia materna en las instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Salud.?.

n

n

n

n Art. 2.- El presente acuerdo ministerial entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 5 de abril del 2012.

n

n

n

n f.) Carina Vance Mafla, Ministra de Salud PĆŗblica, encargada.

n

n

n

n

n

n Es fiel copia del documento que consta en el archivo de DirecciĆ³n de SecretarĆ­a General, al que me remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito, 4 de abril del 2012.- f.) Dra. Nelly Cecilia Mendoza Orquera, Secretaria General, Ministerio de Salud PĆŗblica.

n

n

n

n No. 2012-012

n

n

n

n RenƩ Ramƭrez Gallegos

n

n SECRETARIO NACIONAL DE EDUCACIƓN

n

n SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGƍA E

n

n INNOVACIƓN

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el artĆ­culo 25 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que ?Las personas tienen derecho a gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso cientĆ­fico y de los saberes ancestrales?;

n

n

n

n Que el artĆ­culo 386 de la Carta Magna, seƱala que: ??el sistema nacional de ciencia, tecnologĆ­a y saberes ancestrales, comprenderĆ” programas y polĆ­ticas, recursos, acciones, e incorporarĆ” a instituciones del Estado, universidades y escuelas politĆ©cnicas, institutos de investigaciĆ³n pĆŗblicos y particulares, empresas pĆŗblicas y privadas, organismos no gubernamentales y personas naturales o jurĆ­dicas, en tanto realizan actividades de investigaciĆ³n, desarrollo tecnolĆ³gico, innovaciĆ³n y aquellas ligadas a los saberes ancestrales??;

n

n

n

n Que el artĆ­culo 388 de la norma ibĆ­dem, seƱala que el ?Estado destinarĆ” los recursos necesarios para la investigaciĆ³n cientĆ­fica, el desarrollo tecnolĆ³gico, la innovaciĆ³n, la formaciĆ³n cientĆ­fica, la recuperaciĆ³n y desarrollo de saberes ancestrales y la difusiĆ³n de conocimiento??;

n

n

n

n Que el artĆ­culo 183 de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior, establece que serĆ”n funciones de la SecretarĆ­a Nacional de EducaciĆ³n Superior, Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n las siguientes: ??g) Establecer desde el gobierno nacional, polĆ­ticas de investigaciĆ³n cientĆ­fica y tecnolĆ³gica de acuerdo con las necesidades de desarrollo del paĆ­s y crear los incentivos para que las universidades y escuelas politĆ©cnicas puedan desarrollarlas, sin menoscabo de sus polĆ­ticas internas??;

n

n

n

n Que la DisposiciĆ³n Transitoria DĆ©cima Quinta de la Ley OrgĆ”nica de EducaciĆ³n Superior establece que: ?Durante los cinco aƱos posteriores a la promulgaciĆ³n de esta Ley no se crearĆ” ninguna nueva instituciĆ³n de educaciĆ³n superior. Se exceptĆŗan de esta moratoria la Universidad Nacional de EducaciĆ³n ?UNAE?, prevista en la DisposiciĆ³n Transitoria VigĆ©sima de la ConstituciĆ³n, cuya matriz estarĆ” en al ciudad de Azogues, Provincia del CaƱar; la Universidad Regional AmazĆ³nica cuya matriz estarĆ” en la ciudad de Tena, Provincia del Napo; la Universidad de las Artes con sede en la ciudad de Guayaquil y una universidad de investigaciĆ³n de tecnologĆ­a experimental (?)?;

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n Que la DisposiciĆ³n General Octava del Decreto Ejecutivo No. 195 de 29 de diciembre del 2009, publicado en el Suplemento del Registro Ofici