n

n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Lunes, 23 de Abril del 2012 – R. O. No. 688

n

n

n

n SUMARIO

n

n Ejecutivo

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública

n

n

n

n Acuerdos

n

n

n

n 1090 Concédese un día de licencia con cargo a vacaciones, al licenciado Xavier Antonio Miranda Ycaza, Subsecretario de Imagen Gubernamental

n

n 1091 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la socióloga Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura

n

n 1092 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la abogada Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra de Ambiente

n

n 1093 Legalízase la comisión de servicios en el exterior del señor Francisco Hagó, Secretario Nacional del Migrante

n

n 1094 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al arquitecto Pedro Antonio Jaramillo Castillo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda

n

n 1095 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al señor Edwin Jarrín Jarrín, Secretario Nacional de Transparencia de Gestión

n

n

n

n Ministerio de Cultura:

n

n DM-2012-044 Legalízase la declaración en comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la señora Sara Cristina Bolaños Muñoz, Directora de Bibliotecas

n

n Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

n

n 0324 Acéptase la solicitud de repatriación del ciudadano holandés Adriaan Andreas Fictorie y dispónese que sea trasladado a un centro de rehabilitación social en territorio holandés

n

n 0325 Acéptase la solicitud de repatriación de la ciudadana Desislava Dimitrova Dimitrova y dispónese que sea trasladada a un centro de rehabilitación social en territorio búlgaro

n

n Ministerio de Salud Pública:

n

n

n

n 00000546 Refórmase el Distributivo de Sueldos de este Ministerio

n

n 00000547 Derógase el Acuerdo Ministerial Nº 00000370 ?A?, expedido el 28 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 459 de 31 de mayo del 2011

n

n Electoral

n

n Consejo Nacional Electoral:

n

n

n

n Convocatoria

n

n

n

n PLE-CNE-5-10-4-2012 Convócase el 26 de agosto del 2012 a las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos aptos para sufragar, domiciliados en la parroquia rural ?10 de Agosto?, del cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos

n

n Ministerio de Industrias y Productividad, Subsecretaría de la Calidad:

n

n Resoluciones

n

n 12 077 Otórgase la renovación de la designación a Intertek International Limited, como Organismo de Inspección para que realice la actividad de inspección para el alcance RTE INEN 013:2006 ?Etiquetado y rotulado de textiles y prendas de vestir, calzado y accesorios afines?

n

n

n

n 12 081 Otórgase la designación al Laboratorio de Control de Calidad de INTEROC S. A., para que realice varias actividades

n

n

n

n Consejo Nacional de Electricidad:

n

n

n

n DE-11-114 Otórgase la licencia ambiental Nº 040/11, para la operación de la Línea de Subtransmisión Ibarra – Lafarge a 69 kV de tensión de 22 kilómetros de extensión ubicada en las parroquias San José de Quichinche, Otavalo, San Juan de Ilumán, San Roque, San Francisco de Natabuela, Atuntaqui, San Antonio de Ibarra, cantones Otavalo, Antonio Ante e Ibarra, provincia de Imbabura

n

n Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia:

n

n

n

n 02-CNNA-2012 Emítese el Reglamento para la regulación de programas y espectáculos públicos

n

n Fondo de Liquidez del Sistema Financiero Ecuatoriano:

n

n

n

n DFL-2012-018 Autorízase el desembolso de la cuota de participación del LLOYDS TSB BANK PIC (Sucursal Ecuador)

n

n Secretaría de Hidrocarburos Ecuador:

n

n

n

n 0247 Deléganse funciones al Coordinador General Administrativo Financiero

n

n Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos:

n

n

n

n SNGR-030-2012 Deléganse atribuciones al abogado Jorge Quincy Félix Romero, Coordinador General de Asesoría Jurídica

n

n

n

n Superintendencia de Bancos:

n

n

n

n Amplíase y califícanse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:

n

n

n

n SBS-INJ-2012-071 Arquitecto Carlos Jorge Ayala Reyes

n

n

n

n SBS-INJ-2012-072 Ingeniero civil Carlos Alberto Aguilar Rodríguez

n

n SBS-INJ-2012-073 Arquitecto Edgar Aníbal Iza Chicaiza

n

n

n

n SBS-INJ-2012-075 Señor Esteban Ayala Hidalgo

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

  • n
  • n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Chone: Que reforma a la Ordenanza de determinación y recaudación de la tasa de recolección de basura y aseo público n

n

  • n
  • n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Las Lajas: Que establece la contribución especial de mejoras a los propietarios de los inmuebles urbanos del cantón Las Lajas, provincia de El Oro, por la apertura, pavimentación, ensanche y construcción de vías de toda clase, repavimentación urbana, construcción de aceras, mercados, plazas y parques, y demás obras públicas ejecutadas n

n

n

n

n OM-022-2011 Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Francisco de Orellana: Que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto sobre la propiedad rural para el bienio 2012-2013

n
n CONTENIDO n

n

n n n

n No. 1090

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO GENERAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Que mediante memorando No. PR-SSIGB-2012- 000462-M del 12 de marzo del 2012 del licenciado Xavier Antonio Miranda Ycaza, Subsecretario de Imagen Gubernamental, solicita se autorice un día de permiso con cargo a vacaciones el 16 de marzo del 2012; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15, letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder un día de licencia con cargo a vacaciones, al licenciado Xavier Antonio Miranda Ycaza, Subsecretario de Imagen Gubernamental, para que haga uso del permiso correspondiente al 16 de marzo del 2012.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n

n

n No. 1091

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior 16600 de 13 de marzo del 2012 que se respalda en el aval del Ministerio Coordinador de Patrimonio de 16 del presente mes, para el desplazamiento de la socióloga Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura a la ciudad de Bogotá – Colombia el 16 de marzo, a fin de participar en la I Reunión del Consejo Andino de Ministros de Cultura y de Culturas, en atención a la invitación emitida por la Ministra de Cultura de ese país; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15, letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la socióloga Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura, para su desplazamiento a la ciudad de Bogotá-Colombia el 16 de marzo del 2012, a fin de participar en la I Reunión de Consejo Andino de Ministros de Cultura y de Culturas.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Todos los gastos relacionados con este desplazamiento, se cubrirán del presupuesto del Ministerio de Cultura.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1092

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior 15878 de 10 de febrero del 2012 que respalda el aval del Ministerio de Coordinación de Patrimonio de fecha 16 del presente mes, para el desplazamiento de la abogada Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente a la ciudad de Lima-Perú del 20 al 22 de marzo, a fin de asistir a la II Reunión de Ministros de Ambiente de los Países Miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica – OTCA; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la abogada Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra de Ambiente, para su desplazamiento a la ciudad de Lima-Perú del 20 al 22 de marzo del 2012, a fin de asistir a la II Reunión de Ministros de Ambiente de los Países Miembros de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica – OTCA.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Todos los gastos relacionados con este desplazamiento, se cubrirán del presupuesto del Ministerio del Ambiente.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1093

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. SENAMI-DRRH-2012-0020-OF del 15 de marzo del 2012 el doctor Paúl Suárez Viera, Director de Administración de Talento Humano de la Secretaría Nacional del Migrante, pone en conocimiento la autorización de viaje emitida por el Ministerio Coordinador de Desarrollo Social del 12 del presente, para el desplazamiento del señor Francisco Hagó, Secretario Nacional del Migrante a las ciudades de New York- Estados Unidos; Madrid, Murcia y Barcelona-España; Milán Génova y Roma-Italia; Londres-Reino Unido del 8 al 29 de presente, con el fin de cumplir agendas de trabajo preparatorias a los encuentros de los señores Presidente y Vicepresidente de la República; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la comisión de servicios del señor Francisco Hagó, Secretario Nacional del Migrante, quien cumple con las agendas de trabajo preparatorias a los encuentros de los señores Presidente y Vicepresidente de la República con las representaciones de la SENAMI y organizaciones sociales de personas migrantes, en New York-Estados Unidos; Madrid, Murcia y Barcelona – España; Milán-Génova y Roma-Italia; Londres-Reino Unido del 8 al 29 de marzo del 2012.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1094

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior 16683 de 16 de marzo del 2012 que respalda el aval del Ministerio Coordinador de Desarrollo Social de la misma fecha, para el desplazamiento del arquitecto Pedro Antonio Jaramillo Castillo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda a la ciudad de Buenos Aires-Argentina del 21 al 26 de marzo, a fin de asistir a la Primera Reunión Preparatoria de la XXI Asamblea General de MINURVI y XV Foro Iberoamericano de ministros y autoridades máximas del sector vivienda y urbanismo; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al arquitecto Pedro Antonio Jaramillo Castillo, Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda, para su desplazamiento a la ciudad de Buenos Aires-Argentina del 21 al 26 de marzo, a fin de asistir a la Primera Reunión Preparatoria de la XXI Asamblea General de MINURVI y XV Foro Iberoamericano de ministros y autoridades máximas del sector vivienda y urbanismo.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Todos los gastos relacionados con este desplazamiento, se cubrirán del presupuesto del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de marzo del 2012.

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 1095

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior 16654, que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de la Política y gobiernos autónomos descentralizados del 19 de marzo, para el desplazamiento del señor Edwin Jarrín Jarrín, Secretario Nacional de Transparencia de Gestión a la ciudad de La Paz-Bolivia del 24 al 31 de marzo, a fin de realizar una visita in situ para realizar una evaluación en su proceso de implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción-CICC; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Edwin Jarrín Jarrín, Secretario Nacional de Transparencia de Gestión, para su desplazamiento a la ciudad de La Paz-Bolivia del 24 al 31 de marzo, a fin de realizar una visita in situ para realizar una evaluación en su proceso de implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción-CICC.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Todos los gastos relacionados con este desplazamiento, se cubrirán del presupuesto de la Secretaría Nacional de Transparencia de Gestión.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. DM-2012-044

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n

n

n

n Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público en concordancia con el artículo 50 de su reglamento de aplicación, regula las comisiones de servicios con remuneración para reuniones, conferencias, pasantías y visitas que se sustentará con los documentos habilitantes que respalden su concesión;

n

n

n

n Que, mediante comunicación de 23 de febrero del 2011, el señor Salvador Arriola, Secretario para la Cooperación de la

n

n

n

n Secretaría General Iberoamericana, comunica a la señora Ministra de Cultura que la Secretaría General Iberoamericana, la Biblioteca Nacional de Colombia, el Ministerio de Cultura de Colombia y la Biblioteca Piloto de Medellín convoca a la ?Reunión del Consejo Intergubernamental del Programa de Cooperación Cultural en Materia de Bibliotecas Públicas IBERBIBLIOTECAS?, que se celebrará en la ciudad de Medellín-Colombia, el 21 y 22 de marzo del 2012;

n

n

n

n

n

n Que, mediante memorando No. MC-DM-12-0095 de 19 de marzo del 2012, la señora Ministra de Cultura informa a la Coordinación General Administrativa Financiera que: ?En relación a la invitación emitida por la Secretaría General Iberoamericana, para participar en la reunión del Consejo Intergubernamental del Programa de Cooperación Cultural en Materia de Bibliotecas Públicas IBERBIBLIOTECAS, que tendrá lugar en la ciudad de Medellin-Colombia, los días 21 y 22 de marzo del 2012, informo que en representación de esta Cartera de Estado, asistirá la señora Sara Cristina Bolaños Muñoz, Directora de Bibliotecas, por lo que agradeceré realizar los trámites pertinentes para la declaratoria de la comisión de servicios, la compra de pasajes aéreos del 20 al 23 de marzo de 2012, cabe indicar que los organizadores cubrirán los gastos, alojamiento y alimentación.?;

n

n

n

n Que, mediante dictamen No. MC-UATH-012-2012 de 20 de marzo del 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, emite dictamen favorable para la declaración en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 20 al 23 de marzo del 2012, de la señora Sara Cristina Bolaños Muñoz, Directora de Bibliotecas, a fin de que asista en representación de esta Cartera de Estado, en la ?Reunión del Consejo Intergubernamental del Programa de Cooperación Cultural en Materia de Bibliotecas Públicas IBERBIBLIOTECAS?, a realizarse en la ciudad de Medellín-Colombia el 21 y 22 de marzo del 2012;

n

n

n

n Que, el 20 de marzo del 2012, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la solicitud de viaje al exterior No. 16731, a favor de la señora Sara Cristina Bolaños Muñoz, Directora de Bibliotecas, a fin de que en delegación de la señora Ministra de Cultura, asista en representación a la ?Reunión del Consejo Intergubernamental del Programa de Cooperación Cultural en Materia de Bibliotecas Públicas IBERBIBLIOTECAS?;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. MC-UATH-12-0488 de 22 de marzo del 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica, elaborar el correspondiente acuerdo ministerial para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 20 al 23 de marzo del 2012, a favor de la señora Sara Cristina Bolaños Muñoz, Directora de Bibliotecas, de acuerdo con la disposición de la señora Ministra de Cultura emitida mediante memorando No. MC-DM-12-0095 de 19 de marzo del 2012, la norma establecida en el artículo 30 Inciso Cuarto de la Ley Orgánica de Servicio Público, LOSEP en concordancia con los artículos 45 inciso primero, 46 y 50 del reglamento general de aplicación; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la declaración en comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la señora Sara Cristina Bolaños Muñoz, Directora de Bibliotecas, realizada entre el 20 y 23 de marzo del 2012, quien en calidad de delegada de la señora Ministra de Cultura, participó en representación de esta Cartera de Estado en la ?Reunión del Consejo Intergubernamental del Programa de Cooperación Cultural en Materia de Bibliotecas Públicas IBERBIBLIOTECAS?, desarrollado en la ciudad de Medellín-Colombia el 21 y 22 de marzo del 2012.

n

n

n

n Art. 2.- La Secretaría General Iberoamericana cubrió los gastos de alojamiento y alimentación. El Ministerio de Cultura con recursos de su presupuesto institucional cubrirá los pasajes aéreos y otros gastos que legal y reglamentariamente correspondan.

n

n

n

n Art. 3.- De la ejecución de este acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 26 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n Nº 0324

n

n

n

n Dra. Johana Pesántez Benítez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión ministerial;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo 748 de 14 de noviembre del 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento Nº 220 de 27 de noviembre del 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo 410 de 30 de junio del 2010, publicado en el Registro Oficial Nº 235 de 14 de julio del 2010, el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 592 de 22 de diciembre del 2010, publicado en el Registro Oficial Nº 355 de 5 de enero del 2011, el señor Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como autoridad central para el conocimiento y aplicación de todos los convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 772 de 13 de mayo del 2011, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;

n

n

n

n Que, mediante sentencia de 11 de enero del 2010, dictada por el Tribunal Décimo Segundo de Garantías Penales del Guayas, se determina que el ciudadano holandes Adriaan Andreas Fictorie, ha sido privado de su libertad;

n

n

n

n Que, mediante carta de 26 de agosto del 2011, dirigida a esta Cartera de Estado, el señor Adriaan Andreas Fictorie expresa su voluntad de que se inicien los trámites de repatriación en virtud del Convenio de Estrasburgo; y,

n

n

n

n Que, en virtud de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados en los artículos 3, 5, 6, 7 Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas de Estrasburgo,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aceptar la solicitud de repatriación del ciudadano holandés Adriaan Andreas Fictorie y disponer que sea trasladado a un centro de rehabilitación social en territorio holandés, donde cumplirá el resto de su sentencia privativa de libertad.

n

n

n

n Art. 2.- Entregar la custodia del ciudadano holandés Adriaan Andreas Fictorie, a las autoridades competentes que Holanda para el efecto hubiere designado con miras al cumplimiento de dicho traslado.

n

n

n

n Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial a: Adriaan Andreas Fictorie y las demás entidades involucradas en el procedimiento, quienes prestarán las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriación.

n

n El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.- Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 18 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Dra. Johana Pezántes Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del documento que a dos fojas reposa en los archivos de la Secretaría General.- Fecha: 16 de diciembre del 2011.- f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n Nº 0325

n

n

n

n Dra. Johana Pesántez Benítez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión ministerial;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 748 de 14 de noviembre del 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento Nº 220 de 27 de noviembre del 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 410 de 30 de junio del 2010, publicado en el Registro Oficial Nº 235 de 14 de julio del 2010, el Econ. Rafael Correa Delgado, cambia la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 592 de 22 de diciembre del 2010, publicado en el Registro Oficial Nº 355 de 5 de enero del 2011, el señor Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como autoridad central para el conocimiento y aplicación de todos los convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 772 de 13 de mayo del 2011, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;

n

n

n

n Que, mediante sentencia de 17 de septiembre del 2010, dictada por el Tribunal Primero de Garantías Penales del Carchi, se determina que Desislava Dimitrova Dimitrova, ciudadana de nacionalidad búlgara, ha sido privada de su libertad;

n

n

n

n Que, mediante carta de fecha 12 de abril del 2011, dirigida al Dr. José Serrano Salgado, ex-Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, la señora Desislava Dimitrova Dimitrova otorga su consentimiento para ser repatriada a la República de Bulgaria, con el fin de cumplir con el resto de dicha sentencia privativa de libertad; y,

n

n

n

n Que, en virtud de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados en los artículos 3, 5, 6, 7 del Convenio sobre Traslado de Personas condenadas de Estrasburgo;

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aceptar la solicitud de repatriación de la ciudadana Desislava Dimitrova Dimitrova y disponer que sea trasladada a un centro de rehabilitación social en territorio búlgaro, donde cumplirá el resto de su sentencia privativa de libertad.

n

n

n

n Art. 2.- Entregar la custodia de la señora Desislava Dimitrova Dimitrova, a las autoridades competentes búlgaras que para el efecto hubieren sido designadas con miras al cumplimiento de dicho traslado.

n

n

n

n Art. 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial a: Desislava Dimitrova Dimitrova y las demás entidades involucradas en el procedimiento, quienes prestarán las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriación.

n

n

n

n El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.- Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 21 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Dra. Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del documento que a dos fojas reposa en los archivos de la Secretaría General.- Fecha: 16 de diciembre del 2011.- f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n

n

n No. 00000546

n

n

n

n LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA, ENCARGADA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que en el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos, ejercerán solamente las competencias y facultades que la Constitución les atribuye y tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines;

n

n

n

n Que el artículo 361 de la Constitución establece que: ?El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad sanitaria nacional, será responsable de formular la política nacional de salud, y normará, regulará y controlará todas las actividades relacionadas con la salud, así como el funcionamiento de las entidades del sector.?;

n

n

n

n Que la Ley Orgánica de Salud en su Art. 1 dispone como finalidad regular las acciones que permitan efectivizar el derecho universal a la salud consagrado en la Constitución;

n

n

n

n Que con oficios Nos. SENPLADES-SGE-2011-0059 y SENPLADES-SGDE-2011-0151 de 3 de marzo y 3 de agosto del 2011, respectivamente, la Subsecretaria General de Democratización del Estado, Mgs. Ana María Larrea, emite informe favorable a fin de que el Ministerio de Salud Pública continúe con la implementación del proceso de reestructuración organizativa a través del Ministerio de Relaciones Laborales y del Ministerio de Finanzas;

n

n

n

n Que el Ministerio de Finanzas emite dictamen presupuestario favorable mediante oficio No. MINFINDM- 2012-0107 de fecha 27 de febrero del 2012, de conformidad con la competencia que le otorga el literal c) del artículo 132 de la Ley Orgánica de Servicio Público;

n

n

n

n Que el Ministerio de Relaciones Laborales, mediante Resolución MRL-2012-0077 de fecha 1 de marzo del 2011, resuelve:

n

n

n

n ?Art. 1.- Cambiar la denominación y revisar la valoración y clasificación de diez y nueve (19) puestos vacantes del Ministerio de Salud Pública, acorde a la lista de asignación adjunta. Art. 2.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del mes de marzo del 2012, de conformidad a lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas según el oficio No. MINFINDM- 2012-0107 de 27 de febrero del 2012?; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones concedidas por los artículos 151 y 154 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Reformar el distributivo de sueldos del Ministerio de Salud Pública de la siguiente manera:

n

n

n n

n
n

n n

n

n

n

n
n

n

n

n

n

n

n n

n
n

n n

n

n

n Art. 2.- Crear e incorporar nueve (9) puestos aprobados por el Ministerio de Finanzas, con las denominaciones detalladas en la lista indicada en el anterior numeral. De este proceso se encargará la instancia que administra el distributivo de sueldos en coordinación con la Dirección Nacional de Talento Humano. Además deberá realizar los trámites respectivos ante el Ministerio de Finanzas para la aprobación de las modificaciones presupuestarias correspondientes.

n
n

n

n

n Art. 3.- Responsabilizar a la Dirección Nacional de Talento Humano para la elaboración de las acciones de personal y del trámite respectivo.

n

n

n

n

n

n Disposición final.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción sin prejuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 30 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública, encargada.

n

n

n

n Es fiel copia del documento que consta en el archivo de Dirección de Secretaría General, al que me remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito, 4 de abril del 2012.- f.) Dra. Nelly Cecilia Mendoza Orquera, Secretaria General, Ministerio de Salud Pública.

n

n

n

n No. 00000547

n

n

n

n LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA, ENCARGADA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 26 de la Constitución de la República del Ecuador, manda ?La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo?;

n

n

n

n Que, el artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador, ordena que para alcanzar un desarrollo pleno del derecho a la salud, este requiere del ejercicio interrelacionado y vinculante con otros derechos fundamentales como es el de la educación;

n

n

n

n Que, el artículo 353 de la Constitución de la República dispone que: ?El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva. 2. Un organismo público técnico de acreditación y aseguramiento de la calidad de instituciones, carreras y programas, que no podrá conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulación.?;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo que establece el artículo 363 de la Constitución de la República del Ecuador en sus numerales 3 y 8, ?El Estado será responsable de: 3. Fortalecer los servicios estatales de salud, incorporar el talento humano y proporcionar la infraestructura física y el equipamiento a las instituciones públicas de salud. 8. Promover el desarrollo integral del personal de salud.?;

n

n

n

n Que, el numeral 29 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Salud establece entre las responsabilidades del Ministerio de Salud Pública: ?29. Desarrollar y promover estrategias, planes y programas de información, educación y comunicación social en salud, en coordinación con instituciones y organizaciones competentes.?;

n

n

n

n Que, el Art. 122 de la Ley Orgánica de Educación Superior dispone que corresponde privativamente a las instituciones del Sistema de Educación Superior la competencia y facultad de conferir los títulos profesionales y grados académicos correspondientes, tanto en tercer como en cuarto nivel;

n

n

n

n Que, el Art. 169, literal j) de la ley ibídem establece que es atribución del Consejo de Educación Superior: ?Aprobar la creación de carreras y programas de grado y postgrado en las instituciones universitarias y politécnicas?;

n

n

n

n Que, mediante Resolución No. 015-002-2011 de 7 de diciembre del 2011, el Consejo de Educación Superior resuelve la creación de una comisión interinstitucional conformada por el Ministerio de Salud Pública, el Consejo de Educación Superior y la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) con la finalidad de abordar temas de interés prioritario del área de la salud, vinculados con la educación superior;

n

n

n

n Que, mediante Resolución No. RPC-SE-02-No 006-2012 de 25 de febrero del 2012, el Consejo de Educación Superior solicitó al Ministerio de Salud Pública, entre otros aspectos, la derogatoria del Acuerdo Ministerial 00000370 ?A? del Ministerio de Salud Pública, expedido el 28 de abril del 2011; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones otorgadas por el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Derogar el Acuerdo Ministerial 00000370 ?A? del Ministerio de Salud Pública, expedido el 28 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial 459 de 31 de mayo del 2011, así como todo instrumento jurídico o norma que se oponga al contenido de este acuerdo ministerial.

n

n

n

n Art. 2.- Solicitar al Consejo de Educación Superior, que en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, emita, a la brevedad posible, una normativa transitoria que permita crear, por una sola vez, programas de postgrado en universidades o escuelas politécnicas preferentemente de categorías A o B para los médicos residentes asistenciales que hubieren permanecido dos o más años ininterrumpidos, en un solo servicio especializado y en un hospital de segundo o tercer nivel de atención. Esta excepción regirá exclusivamente para el período comprendido entre el 1 de noviembre del 2000 hasta la fecha de expedición del presente acuerdo.

n

n

n

n Art. 3.- El presente acuerdo ministerial, entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 30 de marzo del 2012.

n

n

n

n f.) Carina Vance Mafla, Ministra de Salud Pública, encargada.

n

n

n

n Es fiel copia del documento que consta en el archivo de Dirección de Secretaría General, al que me remito en caso necesario.- Lo certifico.- Quito, 4 de abril del 2012.- f.) Dra. Nelly Cecilia Mendoza Orquera, Secretaria General, Ministerio de Salud Pública.

n

n

n

n No. PLE-CNE-5-10-4-2012

n

n

n

n ?EL PLENO DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, de conformidad con lo señalado en el numeral 1 del artículo 219 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 25 numeral 1 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, el Consejo Nacional Electoral, tiene la facultad para organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente y eficaz los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados y posesionar a los ganadores de las elecciones;

n

n

n

n Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, en uso de las atribuciones constantes en los artículos: 7, 25, 26 y 57 literal v, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, dicta la Ordenanza de CREACIÓN DE LA PARROQUIA RURAL ?10 DE AGOSTO?, en la jurisdicción político-administrativa del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, publicada en el Registro Oficial Nº 252, de lunes 27 de febrero del 2012;

n

n

n

n Que, los artículos 84 y 85 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, determinan que el Consejo Nacional Electoral, hará la convocatoria para las elecciones con al menos ciento veinte días de anticipación al de las votaciones;

n

n

n

n Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 91 inciso quinto de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, es competencia del Consejo Nacional Electoral, convocar a las elecciones para los cargos que correspondan, en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, posteriores a la promulgación de la creación de la nueva circunscripción territorial en el Registro Oficial; y,

n

n

n

n En uso de sus facultades constitucionales y legales,

n

n

n

n

n

n CONVOCA:

n

n

n

n 1.- A las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos aptos para sufragar, domiciliados en la parroquia rural ?10 DE AGOSTO?, del cantón Lago Agrio, de la provincia de Sucumbíos, a elecciones por medio de voto popular que será universal, igual, periódico, directo, secreto y escrutado públicamente para elegir las siguientes dignidades:

n

n

n

n Cinco (5) vocales principales con sus respectivos suplentes de la Junta Parroquial Rural ?10 DE AGOSTO?, del cantón Lago Agrio, de la provincia de Sucumbíos.

n

n

n

n 2.- Este proceso electoral tendrá lugar el día domingo 26 de agosto de 2012, desde las 07h00 (siete de la mañana) hasta las 17h00 (cinco de la tarde), debiendo las ciudadanas y ciudadanos concurrir con el original de su cédula de ciudadanía, de identidad o pasaporte, a la Junta Receptora del Voto correspondiente al recinto electoral donde consten inscritos.

n

n

n

n 3.- El período de campaña electoral se iniciará el sábado 04 de agosto de 2012 y finalizará a las 24h00 del jueves 23 de agosto de 2012.

n

n

n

n 4.- El control del gasto electoral de la campaña electoral de las dignidades de elección popular determinadas anteriormente y de conformidad con lo establecido en el Título Tercero de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, establece como límite máximo de gasto para cada sujeto político que participe, el siguiente:

n

n

n

n PARROQUIA ?10 DE AGOSTO? USD $ 2.000,00

n

n

n

n 5.- Las candidaturas a vocales de las juntas parroquiales rurales, que constituyen elecciones pluripersonales deberán cumplir con los principios de equidad, paridad, alternabilidad, secuencialidad entre mujeres y hombres, tanto de principales como de suplentes.

n

n

n

n 6.- Las inscripciones de las candidaturas se receptarán en la Delegación Provincial Electoral del Consejo Nacional Electoral de Sucumbíos, desde el día jueves 26 de abril de 2012, hasta las 18:00 horas (6 de la tarde) del día viernes 25 de mayo de 2012, debiendo los candidatos cumplir con los requisitos constitucionales y legales pertinentes, además, no estarán incursos en las inhabilidades previstas en el ordenamiento jurídico vigente.

n

n

n

n 7.- El período de desempeño de las dignidades electas en este proceso electoral, durará hasta el 14 de mayo del 2014, fecha en la que serán reemplazados por las autoridades electas en el proceso electoral 2014.

n

n

n

n 8.- El voto es obligatorio para las ciudadanas y ciudadanos mayores de dieciocho años de edad, registrados en la parroquia rural ?10 DE AGOSTO?, del cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos; y, facultativo para mayores de sesenta y cinco (65) años; comprendidos entre los dieciséis (16) y los dieciocho (18) años de edad, las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior, las y los integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo, las personas con discapacidad y para los extranjeros con derecho al voto.

n

n

n

n Las ciudadanas y ciudadanos que no cumplan con esta obligación, serán sancionados conforme a las disposiciones legales correspondientes.

n

n

n

n 9.- El certificado de votación de esta elección, será el único documento válido para los electores de esta circunscripción, en cualquier trámite ante las instituciones públicas y privadas.

n

n

n

n La presente convocatoria se publicará en el Registro Oficial, se difundirá en la página web del Consejo Nacional Electoral, y en los medios de comunicación de mayor circulación y sintonía en el cantón Lago Agrio.

n

n

n

n Dado en Quito, Distrito Metropolitano, en la sala de sesiones del Consejo Nacional Electoral, a los diez días del mes abril del año dos mil doce.- f) Dr. Domingo Paredes Castillo, PRESIDENTE; Ing. Paul Salazar Vargas, VICEPRESIDENTE; Lcda. Magdala Villacís Carreño, CONSEJERA; Dra. Roxana Silva Chicaiza, CONSEJERA; Abg. Christian Proaño Jurado, SECRETARIO GENERAL.

n

n

n

n LO CERTIFICO.- Quito, 10 de abril del 2012.

n

n

n

n f.) Ab. Christian Proaño Jurado, Secretario General del Consejo Nacional Electoral.

n

n

n

n No. 12 077

n

n

n

n MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD

n

n SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 52 establece que ?las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características?;

n

n

n

n Que la designación de organismos de evaluación de la conformidad es atribución del Ministerio de Industrias y Productividad de acuerdo con la Ley No. 76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, reformada por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 de 29 de diciembre del 2010;

n

n

n

n Que el artículo 12 literal e) de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, sustituido por el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, dispone que para la ejecución de las políticas que dictamine el Comité Interministerial de la Calidad, el Ministerio de Industrias y Productividad tendrá entre otras, la atribución de designar temporalmente laboratorios, organismos evaluadores de la conformidad y otros órganos necesarios para temas específicos, siempre y cuando estos no existan en el país;

n

n

n

n Que el artículo 25 del Reglamento a la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, vigente mediante Decreto 756, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 450 de 17 de mayo del 2011, establece que la Ministra de Industrias y Productividad en base al informe presentado por el Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE) resolverá conceder o negar la designación; y, dispone que transcurridos los dos años, el OEC podrá solicitar la renovación de la designación por una vez, siempre y cuando evidencie el mantenimiento de las condiciones iniciales de designación mediante un informe anual de evaluación de seguimiento realizado por el OAE y si hubiere iniciado un proceso de acreditación ante el OAE para el alcance en cuestión;

n

n

n

n Que en el artículo 27 del Reglamento a la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, se establece las obligaciones que los organismos evaluadores de la conformidad designados deben cumplir;

n

n

n

n Que mediante Acuerdo Ministerial No. 11 446 de 25 de noviembre del 2011, la Ministra de Industrias y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la facultad de conceder o negar la designación al organismo de evaluación de la conformidad solicitante, en el ámbito de su competencia de conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su reglamento general;

n

n

n

n Que la Subsecretaría de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad conoció