Administración
del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del
Ecuador

Martes 02 de Febrero de 2016 – R. O. No. 682

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración
Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

1437 Otórguese licencia con cargo a vacaciones
a los siguientes funcionarios:

Señor Freddy Arturo Ehlers Zurita, Secretario
de la Iniciativa Presidencial

1438 Ing. Salvador Jaramillo Vivanco, Director
General del Servicio de Contratación de Obras

1439 Autorícese el viaje al exterior de los
siguientes funcionarios:

Señor Walter Solís Valarezo, Ministro de
Transporte y Obras Públicas

1440 Señor Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro
de Hidrocarburos

1441 Señor Andrés David Arauz Galarza,
Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano

Ministerio de Comercio Exterior:

MCE-DM-2015-0019 Apruébese la disolución
voluntaria de la Cámara de Comercio Ecuatoriano Rusa

MCE-DM-2015-0020 Deléguense atribuciones y
responsabilidades a los viceministros/as; subsecretarios/as/; coordinadores/as;
y, a los directores/as

Ministerio de Educación:

MINEDUC-ME-2015-00177-A Refórmese el Acuerdo
Ministerial No. MINEDUC-ME-2015-00069-A de 01 de abril de 2015

Ministerio de Electricidad y Energía
Renovable:

268 Encárguese el Ministerio, al ingeniero
Medardo Cadena Mosquera, Viceministro de Energía

Ministerio de Finanzas:

0345 Modifíquense el Clasificador
Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público y el Catálogo General de
Cuentas

Ministerio de Minería:

Acuerdos

2016-001 Confórmese el Tribunal de Reclamos de
Evaluación del Desempeño

Ministerio de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana:

000007 Dispónese la apertura de una oficina
consular honoraria del Ecuador, con categoría de Consulado Honorario, en la
ciudad de Busan

Ministerio del Trabajo:

MDT-2015-0288-A Desígnese al señor master
Pablo Andrés Calle Figueroa, para que desempeñe las funciones de Viceministro
del Servicio Público

Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

0099 Concédese personalidad jurídica a la
Asociación de Transporte Escolar e Institucional Santa Catalina, domiciliada en
la ciudad de Cuenca, provincia de Azuay

Procuraduría General del Estado:

Extractos


De consultas de diciembre de 2015

Instrumentos Internacionales: Ministerio de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana:


Comunicado conjunto para elestablecimiento de relaciones diplomáticas entre la República del Ecuador y laRepública de Yibuti


Canje de Notas Ecuador-Italia para
prórroga de Acuerdo sobre la Conversión de la Deuda en Proyectos de Desarrollo

Ministerio del Ambiente: Dirección Provincial
del Ambiente de Pastaza:

Resoluciones

MAE-DPAP-035-2015 Realícese la donación de
varios productos forestales a la Unidad de Educación Especializada de Puyo

Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero:

268-ARCH-DAJ-2015 Deléguense funciones y
atribuciones a las siguientes personas:

Ingeniera Paulina Viviana Herrera Montero

269-ARCH-DJ-2015 Ingeniera Mariela Nathalie
Arias Espinosa, Directora de Control Técnico Hidrocarburífero encargada

270-ARCH-DAJ-2015 Ing. Fernando Patricio
Rosero Tapia, Director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

271-ARCH-DAJ-2015 Lcdo. Guerrero Ross
Alejandro Dumas, Director Regional de Control de Hidrocarburos y
Combustibles?Loja

Banco Central del Ecuador:

BCE-126-2015 Expídese la ?Normativa para el
pago de viáticos, subsistencias, movilizaciones, alimentación y gastos de
transporte, para las comisiones de servicio, en el ámbito nacional, del
personal del Banco Central del Ecuador, legalmente nombrado o contratado y el
personal en comisión de servicios de otras instituciones?

Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.:

500-2015 Apruébese la Emisión Postal
denominada ?Don Quijote en el Arte Ecuatoriano?

Superintendencia de Economía Popular y
Solidaria:

Transparencia y Control Social

SEPS-IGPJ- ISA-2015-149 Liquídense en el plazo
de hasta dos años a las siguientes instituciones:

Cooperativa de Ahorro y Crédito Kuri Wasi
Ltda., domiciliada en el cantón Pelileo, provincia de Tungurahua

SEPS-IGPJ-ISA-2015-150 Cooperativa de Ahorro y
Crédito ?Tungurahua Ltda.?, domiciliada en la ciudad de Ambato, provincia de
Tungurahua

SEPS-IGPJ-ISA-2015-151 Cooperativa de Ahorro y
Crédito ?Tres Esquinas? Ltda., domiciliada en el cantón Ambato, provincia de
Tungurahua

Gobiernos Autónomos Descentralizados:
Ordenanza Municipal:

Ordenanza


Cantón Ambato: Que determina el
régimen administrativo de regularización de excedentes o diferencias de áreas
de terreno provenientes de errores de medición

CONTENIDO


No. 1437

Ab.
Pedro Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
mediante Oficio Nro. PR-SIPCSBV-2015-0142-O de 24 de noviembre de 2015, el
señor Freddy Arturo Ehlers Zurita, Secretario de la Iniciativa Presidencial
para la Construcción de la Sociedad del Buen Vivir, solicitó autorización de
licencia con cargo a vacaciones el 27 de noviembre de 2015;

Que,
en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece:?… El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior…?·;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar al señor Freddy Arturo Ehlers Zurita, Secretario de la
Iniciativa Presidencial para la Construcción de la Sociedad del Buen Vivir,
licencia con cargo a vacaciones el 27 de noviembre de 2015.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo al señor Freddy Arturo Ehlers
Zurita, Secretario de la Iniciativa Presidencial para la Construcción de la
Sociedad del Buen Vivir.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a veinticuatro (24) días del mes de noviembre
de 2015.

f.)
Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
14 de diciembre del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S),
Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1438

Ab.
Pedro Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
mediante Oficio Nro. SECOB-DG-2015-1460-O de 25 de noviembre de 2015, el Ing.
Salvador Jaramillo Vivanco, Director General del Servicio de Contratación de
Obras, solicitó autorización de licencia con cargo a vacaciones desde el 26
hasta el 30 de noviembre de 2015;

Que,
en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece:?… El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior…?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar al Ing. Salvador Jaramillo Vivanco, Director General del
Servicio de Contratación de Obras, licencia con cargo a vacaciones desde 26
hasta el 30 de noviembre de 2015.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo al Ing. Salvador Jaramillo Vivanco,
Director General del Servicio de Contratación de Obras.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a veinticinco (25) días del mes de noviembre de
2015.

f.)
Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
14 de diciembre del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S),
Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1439

Pedro
Enrique Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador
autorizará los viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete
Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 49090 de 24 de noviembre de 2015,
Walter Solís Valarezo, Ministro de Transporte y Obras Públicas, solicitó a la
Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de Santiago de Chile-Chile, desde
el 29 de noviembre hasta el 02 de diciembre de 2015, con la finalidad de
asistir a una visita técnica al Ministerio de Transporte de Chile;

Que,
el 25 de noviembre de 2015, Santiago Efraín León Abad, Delegado del Ministro
Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, avala el desplazamiento
de Walter Solís Valarezo, Ministro de Transporte y Obras Públicas;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 25 de noviembre de 2015, a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a su análisis
en el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de
julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Walter Solís Valarezo, Ministro de
Transporte y Obras Públicas, ingresado a esta Secretaría de Estado a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 49090, con la finalidad
de asistir a una visita técnica al Ministerio de Transporte de Chile, en la
ciudad de Santiago de Chile-Chile, desde el 29 de noviembre hasta el 02 de diciembre
de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede, serán cubiertos con Recursos del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, de conformidad con la documentación ingresada a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Walter Solís Valarezo, Ministro
de Transporte y Obras Públicas.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los veintiséis (26)
días del mes de noviembre de 2015.

f.)
Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
14 de diciembre del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S),
Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1440

Pedro
Enrique Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el (Registro
Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015) R. O. (3SP) enero 22 No. 422 de 2015,
el Secretario Nacional de la Administración Pública o su delegado, previo aval del
Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Ministros de Estado y
Miembros del Gabinete Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 49071 de 24 de noviembre de 2015,
Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro de Hidrocarburos, solicitó a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de
Viena-Austria, desde el 30 de noviembre hasta el 05 de diciembre de 2015, con
la finalidad de participar en la Reunión Nro. 168 de la Organización de Países Exportadores
de Petróleo (OPEP) y asistir a una reunión de ministros a nivel mundial con la finalidad
de exponer posiciones respecto al mercado petrolero;

Que,
el 25 de noviembre de 2015, Rafael Poveda Bonilla, Ministro de Coordinación de
los Sectores Estratégicos, avala el desplazamiento de Carlos Pareja
Yannuzzelli, Ministro de Hidrocarburos;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 25 de noviembre de 2015, a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a su análisis
en el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de
julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro
de Hidrocarburos, ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 49071, con la finalidad de
participar en la Reunión Nro. 168 de la Organización de Países Exportadores de
Petróleo (OPEP) y asistir a una reunión de ministros a nivel mundial con la finalidad
de exponer posiciones respecto al mercado petrolero, en la ciudad de
Viena-Austria, desde el 30 de noviembre hasta el 05 de diciembre de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede, serán cubiertos con Recursos del
Ministerio de Hidrocarburos, de conformidad con la documentación ingresada a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Carlos Pareja Yannuzzelli,
Ministro de Hidrocarburos.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los veintiséis (26)
días del mes de noviembre de 2015.

f.)
Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
14 de diciembre del 2015. f.) Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de
Asesoría Jurídica (S), Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. 1441

Pedro
Enrique Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública
Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido
mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial
No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la Administración
Pública o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador autorizará los
viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 49111 de 24 de noviembre de 2015,
Andrés David Arauz Galarza, Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento
Humano, solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se autorice su
desplazamiento a la ciudad de Moscú-Federación Rusa, desde el 28 de noviembre
hasta el 03 de diciembre de 2015, con la finalidad de mantener reuniones de
trabajo con Altas Autoridades y Ministros de Rusia y Belarús;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 24 de noviembre de 2015, a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a su análisis
en el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de
julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Andrés David Arauz Galarza,
Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, ingresado a esta
Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior,
con número 49111, con la finalidad de mantener reuniones de trabajo con Altas
Autoridades y Ministros de Rusia y Belarús, en la ciudad de Moscú-Federación
Rusa, desde el 28 de noviembre hasta el 03 de diciembre de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede, serán cubiertos con Recursos del Ministerio
Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Andrés David Arauz Galarza,
Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los veintiséis (26)
días del mes de noviembre de 2015.

f.)
Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
14 de diciembre del 2015.

f.)
Abg. Andrea Dávalos O., Coordinadora General de Asesoría Jurídica (S),
Secretaría Nacional de la Administración Pública.

Nro.
MCE-DM-2015-0019

Sr.
Econ. Diego Esteban Aulestia Valencia

MINISTRO
DE COMERCIO EXTERIOR

Considerando:

Que,
mediante Acuerdo Ministerial 146 de 23 de mayo de 1994, el entonces Ministro de
Industrias, Comercio, Integración y Pesca, aprobó los Estatutos de la CÁMARA DE
COMERCIO ECUATORIANO RUSA.

Que, a
través de oficio MCE-CGAJ-2015-0032-O de 30 de septiembre de 2015, el
Coordinador General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior,
registró en el expediente de la Cámara de Comercio Ecuatoriano ? Rusa, la
exclusión de varios socios, por el incumplimiento de las obligaciones
establecidas en el artículo 7, literal i) de los Estatutos de la referida Cámara.

Que,
con oficio MCE-CGAJ-2015-0034-O de 8 de octubre de 2015, el Coordinador General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior, registró en el
expediente de la Cámara de Comercio Ecuatoriano Rusa, la elección de
Presidente, Vicepresidente, Tesorero y Secretaria.

Que,
en sesión de la Asamblea General Extraordinaria de Socios de la Cámara de
Comercio Ecuatoriano Rusa, efectuada el 16 de octubre de 2015, la unanimidad de
sus miembros resolvieron DISOLVER voluntariamente la referida Cámara y
designaron al socio Alejandro Rafael Pérez León, como liquidador, a quien se le
encomienda que en un plazo de 90 días entregue el informe de liquidación correspondiente.

Que,
el artículo 577, inciso primero del Código Civil, prescribe que ?Las corporaciones
no pueden disolverse por sí mismas, sin la aprobación de la autoridad que
legitimó su establecimiento?.

Que,
el artículo 23 del Decreto Ejecutivo 739 publicado en el Registro Oficial 570 de 21 de agosto de
2015
, que contienen la Codificación y Reformas al Decreto Ejecutivo 16
del 4 de Junio de 2013, publicado en el Suplemento del Registro Oficial 19 del 20
de junio de 2013
y sus Reformas, dispone que ?Las organizaciones
sujetas a este Reglamento, podrán ser disueltas y liquidadas por voluntad de
sus socios, mediante resolución en Asamblea General, convocada expresamente
para el efecto y con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes.?.

Que,
el informe emitido por la Coordinación General de Asesoría Jurídica de esta
Cartera de Estado, contenido en el memorando MCE-CGAJ-2015-0235-M de 21 de
diciembre de 2015, el Coordinador General, manifiesta que el pedido de la
Cámara de Comercio Ecuatoriano Rusa cumple con lo dispuesto en el artículo 23
del Decreto Ejecutivo 739 publicado en el Registro Oficial 570 de 21 de agosto
de 2015, así como con lo dispuesto en su Estatuto vigente, en sus artículos 15
literal k) y 47.

En
ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 154 numeral 1 de la
Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 577 inciso primero del
Código Civil y en el artículo 23, inciso segundo del Decreto Ejecutivo 739
publicado en el Registro Oficial 570 de 21 de agosto de 2015,

Acuerda:

Artículo
1.- Aprobar la disolución voluntaria de la CÁMARA DE COMERCIO ECUATORIANO RUSA,
conforme lo dispuesto por la unanimidad de socios, en la sesión de Asamblea
General Extraordinaria de 16 de octubre de 2015.

Artículo
2.- Registrar la designación del socio, señor Alejandro Rafael Pérez León con
número de cédula de ciudadanía 1708033194, como liquidador de la Cámara de Comercio
Ecuatoriano Rusa, quien en un plazo de 90 días deberá entregar a la Asamblea
General de Socios, el informe de liquidación de la Cámara, al amparo de lo
dispuesto en el Código Civil, el Decreto Ejecutivo 739 publicado en el Registro
Oficial 570 de 21 de agosto de 2015 y el Estatuto de la Cámara de Comercio
Ecuatoriano Rusa.

Artículo
3.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la fecha de
su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado
en Quito, a los 29 día(s) del mes de Diciembre de dos mil quince.

Documento
firmado electrónicamente.

Sr.
Econ. Diego Esteban Aulestia Valencia, Ministro de Comercio Exterior.

Nro.
MCE-DM-2015-0020

Sr.
Econ. Diego Esteban Aulestia Valencia

MINISTRO
DE COMERCIO EXTERIOR

Considerando:

Que,
la Constitución de la República en su artículo 226 señala que las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos
y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la
ley;

Que,
el mismo texto constitucional señala en su artículo 227, que la Administración
Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que,
el artículo 233 de la Norma Suprema, establece que ninguna servidora/or público
estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus
funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y
penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos
públicos;

Que,
mediante Decreto Ejecutivo 25 de 12 de junio de 2013, publicado en el
suplemento al Registro Oficial 19 de 20 de junio de 2013, se crea el Ministerio
de Comercio Exterior, como organismo de derecho público, con personalidad jurídica,
patrimonio y régimen administrativo y financiero propios, con sede en la ciudad
de Guayaquil, como rector de la política de comercio exterior e inversiones y,
en tal virtud, el encargado de formular, planificar, dirigir, gestionar y
coordinar la política de comercio exterior, la promoción comercial, la
atracción de inversiones, las negociaciones comerciales bilaterales y
multilaterales, la regulación de importaciones y la sustitución selectiva y
estratégica de importaciones;

Que,
mediante Acuerdo Ministerial 012 de 15 de noviembre de 2013, se expidió el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de
Comercio Exterior, en el cual se establecen los procesos institucionales en
función de su grado de contribución o valor agregado que aporten al
cumplimiento de la misión institucional;

Que,
el Presidente Constitucional de la República, mediante Decreto Ejecutivo 585 de
18 de febrero de 2015 designó en calidad de Ministro de Comercio Exterior al
economista Diego Aulestia Valencia;

Que,
el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República faculta a las
Ministras y Ministros de Estado a expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;

Que,
el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado establece que los máximos
personeros de las Instituciones del Estado
dictarán los acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar
sus atribuciones, determinando el ámbito institucional en el cual los
funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones;

Que,
la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, en el artículo 40
determina que las autoridades, dignatarios, funcionarios y demás servidores de
las instituciones del Estado, actuarán con la diligencia y empeño que emplean generalmente
en la administración de sus propios negocios y actividades, caso contrario
responderán, por sus acciones u omisiones, de conformidad con lo previsto en
esta ley;

Que,
la Ley Orgánica de Servicio Público, en su artículo 22 señala los deberes y
responsabilidades de los servidores públicos, respecto al cumplimiento de la
Constitución de la República, leyes, reglamentos y más disposiciones expedidas
de acuerdo con la Ley;

Que el
numeral 9 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, establece que son delegables todas las facultades y
atribuciones previstas en dicha Ley para la máxima autoridad de las entidades y
organismos que son parte del sistema nacional de contratación pública, en
armonía con lo que prescribe, además, el artículo 61de la misma Ley;

Que,
el artículo 4 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública faculta que son delegables todas las facultades previstas para
la máxima autoridad tanto en la Ley como en su Reglamento General;

Que,
el numeral 16 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, establece que la Máxima Autoridad es quien ejerce
administrativamente la representación legal de la Entidad Contratante;

Que,
el inciso primero del artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva -ERJAFE- dispone que las atribuciones
propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública
Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de
inferior jerarquía, excepto las que se encuentre prohibidas por Ley o por
Decreto;

Que,
el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, en su
artículo 54 señala que la titularidad y el ejercicio de las competencias
atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente
dependientes de aquellos, cuyo efecto será el traslado de la competencia al
órgano desconcentrado; y,

Sobre
la base de los considerandos expuestos y en uso de las atribuciones que le
concede la Ley,

Acuerda:

Artículo
1.- DELEGACION GENERAL.- Delegar a los Viceministros/as; Subsecretarios/as/;
Coordinadores/ as; y, a los Directores/as previstos en el Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos del
Ministerio de Comercio Exterior, para que a nombre del Ministerio, en el área
de su competencia, expidan y suscriban los actos y hechos necesarios para el
cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades determinadas en el citado
Estatuto Orgánico.

Artículo
2.- DELEGACIONES ESPECÍFICAS

A)
GESTION DE TALENTO HUMANO

Al
Coordinador/a General Administrativo Financiero:

Aprobará
y reformará los planes anuales de Talento Humano; de Evaluación del Desempeño;
de Capacitación; de Salud Ocupacional y otros.

Autorizará
el inicio del proceso para la selección del personal de carrera administrativa,
mediante concursos públicos de méritos y oposición.

Integrará
los tribunales de méritos y oposición, y los de apelación para dichos
concursos.

Resolverá
las impugnaciones que se presenten a la máxima autoridad del Ministerio en
contra de los actos y hechos administrativos cumplidos en los procesos de selección
de personal.

Suscribirá
los nombramientos provisionales del personal que ha sido seleccionado y declarado
ganador de los concursos públicos de méritos y oposición.

Autorizará
y suscribirá los contratos y demás instrumentos jurídicos que las unidades
requieran para el cumplimiento de sus funciones:

Los
contratos de servicios ocasionales, contratos civiles de servicios
profesionales o contratos técnicos especializados sin relación de dependencia;
las adendas; así como las resoluciones y actas de terminación de la relación
contractual;

Los
nombramientos, provisionales, permanentes y de periodo fi jo; así como las
resoluciones y actas de terminación, en caso de cesación de funciones.

Los
contratos previstos en el Código del Trabajo de trabajadores/as en el sector
público, y sus respectivas adendas.

Las
resoluciones por comisión de servicios; y,

Los
acuerdos específicos de confidencialidad y convenios de pago relacionados con
el talento humano.

Impondrá
las sanciones disciplinarias.

Suscribirá,
previa autorización del Ministro/a o Viceministros/as, según corresponda, las
acciones de personal de encargos y/o
subrogaciones de las autoridades del Ministerio.

Aceptará
las renuncias formalmente presentadas.

Suscribirá
comunicaciones y consultas que se remitan a las diferentes instituciones del
sector público, relacionadas con las atribuciones de su cargo.

Autorizará
el gasto por concepto de viáticos, por gasto de residencia, con sustento en el
informe del Director/a de Talento Humano y disponibilidad presupuestaria.

Al
Director/a de Talento Humano:

Autorizará
las vacaciones anuales y permisos con cargo a vacaciones de los servidores de
la institución, previa aprobación del inmediato superior. En el caso de los
Viceministros/as y Subsecretarios/as autorizará el Ministro.

Concederá
licencias con remuneración de acuerdo a lo establecido en la Ley.

Autorizará
licencias sin remuneración hasta por 60 días durante cada año de servicio.

Concederá
permisos de hasta dos horas diarias.

Autorizará,
previa solicitud del Jefe inmediato y la obtención de la certificación
presupuestaria, laboren en horas suplementarias y extraordinarias.

Autorizará
el gasto de nómina, anticipos de sueldo y los gastos que se generen por beneficios
sociales de transporte, guardería, alimentación y uniformes.

B)
VIATICOS, MOVILIZACIONES Y SUBSISTENCIAS

A los
Viceministros/as, Delegado, Subsecretarios/as Nacionales, Coordinadores
Generales de los Procesos Habilitantes de Apoyo y Asesoría, Coordinador del COMEX,
Jefe de Despacho, Director de Comunicación Social, Director Est