n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Lunes, 12 de Diciembre de 2011 – R. O. No. 594

n

n

n

n

n n

n Decretos Ejecutivos:

n

n

n

n 929-ANómbrase al licenciado Luis Latorre Tapia, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante el Gobierno de la República de San Marino

n

n

n

n

n

n 942 Déjese sin efecto la delegación conferida a la economista Nathalie Cely Suárez y delégase al economista Santiago León Abad, para que integre el Comité de Industrias de la Defensa Nacional

n

n

n

n

n

n 943Desígnase al doctor Fander Falconí Benítez, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, delegado permanente del señor Presidente Constitucional de la República ante el Consejo Nacional de Competencias y derógase el Decreto Ejecutivo No. 520 de 22 de octubre del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 315 de 8 de noviembre del 2010

n

n

n

n

n

n 944Colócase en situación de disponibilidad al CPNV-CSM Nelsida María de los Ángeles Larrea Méndez

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 166Revócase el Acuerdo Ministerial Nº 134 del 29 de julio del 2011

n

n

n

n Ministerio del Interior:

n

n

n

n 2350Refórmase el Estatuto Social de la Cámara de la Seguridad Privada del Ecuador ?CASEPEC?

n

n

n

n

n

n 2402Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la arquitecta María Daniela Idrovo Alvarado, Coordinadora General de Planificación; ingeniero Raúl Espinoza Paredes, Coordinador General Estratégico; y, coroneles de Policía Romel Tapia Coral y Byron Vallejo Martínez, funcionarios de la Coordinación Estratégica y la Dirección Nacional de Comunicaciones de la Policía Nacional

n

n

n

n Secretaría Nacional del Agua:

n

n

n

n 2011-379Delégase competencias a los señores Coordinador General Administrativo Financiero y al Coordinador Regional de la Demarcación Hidrográfica Puyango – Catamayo

n

n

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n

n

n DGN-DNR-DTA-JCC-OF-2011-0062 Consulta de clasificación arancelaria – Línea completa de silos con transportadores y dispositivos mecánicos para el almacenamiento y descarga de cereales sin montar todavía

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 519Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental de la Estación Base Celular ?Ingaurco?, ubicada en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua y otórgase la licencia ambiental para dicho estudio

n

n

n

n Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro -AGROCALIDAD:

n

n

n

n 0171Establécese desde el día 1 de noviembre hasta el día 16 de diciembre del 2001, se realice la segunda fase de vacunación contra la fiebre aftosa en todo el territorio nacional, con excepción de la provincia Insular de Galápagos

n

n

n

n

n

n 0178Derógase la Resolución Nº 160 de 30 de septiembre del 2011

n

n

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n

n

n RC2-SRERDFI11-00003Deléganse atribuciones a la ingeniera Yesenia Elizabeth Ortega Mosquera, servidora de la Dirección Regional Centro II

n

n

n

n

n

n RNO-SRERDFI11-00003Deléganse atribuciones al ingeniero José David Vaca Álvarez, servidor de la Dirección Regional Norte

n

n

n

n

n

n PCA-SPRRDFI11-00003Deléganse atribuciones al doctor Miguel Ángel Ramírez Ponce, servidor de la Dirección Provincial del Carchi

n

n

n

n Superintendencia de Bancos y Seguros:

n

n

n

n Califícanse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:

n

n

n

n SBS-INJ-2011-830Ingeniero tecnológico en diseño y construcción Humboldt Chevandier Arroyo Rodríguez

n

n

n

n

n

n SBS-INJ-2011-849Licenciado en administración de empresas Fernando Patricio Álvarez Bravo

n

n

n

n

n

n SBS-INJ-2011-854Ingeniero comercial con mención en contabilidad y auditoría Jorge Enrique Brito Cifuentes

n

n

n

n

n

n SBS-INJ-2011-857Ingeniero en administración de procesos Byron Orlando Morán Castro

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Aguarico: Que 0reforma a la Ordenanza que regula la administración, del impuesto de patente municipal

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Francisco de Puebloviejo: Que regula la implantación de estaciones radioeléctricas, centrales fijas y de base de los servicios móvil terrestre de radio comunicaciones, televisión, y otras comunicaciones de trasmisiones; fijación de las tasas correspondientes a la utilización u ocupación del espacio aéreo municipal, uso de la vía pública, suelo y subsuelo

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Francisco de Puebloviejo: Modificatoria a la Ordenanza sustitutiva que reglamenta el cobro de la tasa por servicios técnicos administrativos

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Coronel Marcelino Maridueña: Que establece el pago de remuneraciones al Ejecutivo, a las concejalas y a los concejales

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Coronel Marcelino Maridueña: Reformatoria para el cobro de la patente municipal de comercio, con aplicación en todo el territorio

n

n

n

n

n

n No. 929-A

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 10 del artículo 147 de la Constitución de la República, prevé como una de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión;

n

n

n

n Que, el Gobierno de la República de San Marino ha otorgado el Beneplácito de Estilo, para la designación del licenciado Luis Latorre Tapia como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante la República de San Marino; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y la ley,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Nombrar al licenciado Luis Latorre Tapia como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente del Ecuador ante el Gobierno de la República de San Marino.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo, encárguese al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) Kintto Lucas López, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, subrogante.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 942

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la Disposición Transitoria Tercera a la Ley Orgánica de Empresas Públicas dispone que se constituya el Comité de Industria de la Defensa Nacional, para recomendar al Gobierno Nacional si debe mantener o no el control o administración de las empresas que actualmente se hallan bajo la dependencia o control de las Fuerzas Armadas;

n

n

n

n Que la referida disposición transitoria tercera señala que el Comité de Industria de la Defensa Nacional estará integrado por un delegado del Presidente Constitucional de la República, un delegado del Ministerio de Defensa Nacional y un delegado de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 223 de 14 de enero del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 119 de 29 del mismo mes y año, el Presidente Constitucional de la República delegó a la economista Nathalie Cely Suárez para que integre el referido Comité de Industrias;

n

n

n

n Que en virtud de que la economista Nathalie Cely Suárez, mediante Decreto Ejecutivo No. 938 del 14 de noviembre del 2011, fue nombrada como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Ecuador en los Estados Unidos de América, resulta necesario delegar, por parte del Presidente Constitucional de la República, a una nueva persona para que integre el Comité de Industria de la Defensa Nacional; y,

n

n

n

n En ejercicio de la atribución conferida por la letra f) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo 1.- Déjese sin efecto la delegación conferida a la economista Nathalie Cely Suárez, para que integre el Comité de Industrias de la Defensa Nacional.

n

n

n

n Artículo 2.- Deléguese al economista Santiago León Abad, para que integre el Comité de Industrias de la Defensa Nacional, de conformidad con lo que determina la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Empresas Públicas.

n

n

n

n Disposición Final.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 21 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firma electrónica.

n

n

n

n No. 943

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el artículo 239 de la Constitución de la República determina que el régimen de gobiernos autónomos descentralizados se regirá por la ley correspondiente, que establecerá un sistema nacional de competencias de carácter obligatorio y progresivo y definirá las políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo;

n

n

n

n Que el artículo 117 del Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización -COOTAD-, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 303 de 19 de octubre del 2010, establece que el Consejo Nacional de Competencias es el organismo técnico del Sistema Nacional de Competencias;

n

n

n

n Que el artículo 118 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización -COOTAD-, dispone que el Consejo Nacional de competencias se integrará por un delegado permanente del Presidente de la República, quien lo presidirá con voto dirimente, y por un representante de cada nivel de gobierno;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 520, publicado en el Registro Oficial No. 315 de 8 de noviembre del 2010, se designó al economista René Ramírez Gallegos en su calidad de Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, como delegado permanente del señor Presidente Constitucional de la República ante el Consejo Nacional de Competencias;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo No. 934 de 10 de noviembre del 2011 se designó al doctor Fander Falconí Benítez como Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones previstas en los números 9 y 5 del artículo 147 de la Constitución de la República, y letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo 1.- Designar al doctor Fander Falconí Benítez, en su calidad de Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, como delegado permanente del señor Presidente Constitucional de la República ante el Consejo Nacional de Competencias.

n

n

n

n Artículo 2.- Deróguese el Decreto Ejecutivo No. 520 de 22 de octubre del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 315 de 8 de noviembre del 2010.

n

n

n

n Disposición Final.- Este decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 21 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firma electrónica.

n

n

n

n No. 944

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el artículo 65, literal a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala que la situación militar para los oficiales generales, y dentro de los oficiales superiores a los coroneles y capitanes de navío, se establecerá por decreto ejecutivo;

n

n

n

n Que el artículo 75 de la ley en mención, establece que el militar tendrá derecho hasta seis meses de disponibilidad, si acreditare por lo menos cinco años de servicio activo y efectivo ininterrumpidos, pudiendo renunciar a todo o parte del tiempo de disponibilidad, para solicitar directamente su baja;

n

n

n

n Que el artículo 76, letra a) de la ley antes mencionada, establece que el militar será puesto en disponibilidad, entre otras causales, por solicitud voluntaria;

n

n

n

n Que la señora CPNV-CSM Larrea Méndez Nelsida María de los Ángeles, ha presentado la solicitud de disponibilidad voluntaria, de acuerdo a lo que establece el artículo 76, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 147, numeral 5 de la Constitución de la República, y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1º.- De conformidad con lo previsto en el artículo 76, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas en vigencia que textualmente señala: ?Solicitud voluntaria?, colócase en situación de disponibilidad, con fecha 31 de octubre del 2011, a la señora 0906774211 CPNV-CSM LARREA MÉNDEZ NELSIDA MARÍA DE LOS ÁNGELES.

n

n

n

n Art. 2º.- El señor Ministro de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución del presente decreto.

n

n

n

n Publíquese y comuníquese.

n

n

n

n Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 21 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 166

n

n

n

n Marcela Aguiñaga Vallejo

n

n MINISTRA DEL AMBIENTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, faculta a las ministras y ministros de Estado, expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

n

n

n

n Que, los incisos agregados a continuación del primer inciso artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, conceden a los ministros de Estado la facultad de delegar sus atribuciones y deberes mediante acuerdo ministerial, al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen necesario;

n

n

n

n Que, el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que la delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que la haya conferido y se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya expedición o ejecución se delegó;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 830, el Presidente de la República creó la Empresa Pública de parques naturales y espacios públicos EP. para administrar los bienes y servicios del Área Nacional de Recreación los Samanes;

n

n

n

n Que, el artículo 6 de Decreto Ejecutivo No. 830 establece que el Directorio de la empresa pública de parques naturales y espacios públicos EP, estará conformado por la Ministra del Ambiente o su delegado permanente, quien lo presidirá; el titular del Organismo Nacional de Planificación o su delegado permanente y, un miembro designado por el Presidente de la República;

n

n

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo No. 134 del 29 de julio del 2011, se delegó al Gerente del Proyecto Guayaquil Ecológico, señor Pedro Caicedo, para que a nombre y representación de la Ministra del Ambiente, forme parte en calidad de miembro del Directorio de la empresa pública de parques naturales y espacios públicos EP y lo presida; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República y el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- Revocar el Acuerdo Ministerial No. 134 del 29 de julio del 2011, en el cual se delegó al Gerente del Proyecto Guayaquil Ecológico, señor Pedro Caicedo, para que a nombre y representación de la Ministra del Ambiente, forme parte en calidad de miembro del Directorio de la Empresa Pública de parques naturales y espacios públicos EP y lo presida.

n

n

n

n Artículo 2.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en Quito, a 14 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente.

n

n

n

n No. 2350

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Presidente de la CÁMARA DE LA SEGURIDAD PRIVADA DEL ECUADOR ?CASEPEC?, con domicilio en la ciudad de Quito, ha informado la resolución de la asamblea general de sus socios, solicitando el registro de la reforma de su estatuto social;

n

n

n

n Que con Acuerdo Ministerial No. 0090 de 5 de abril del 2006, se otorgó personería jurídica a la CÁMARA DE SEGURIDAD PRIVADA DEL ECUADOR ?CASEPEC?, aprobándose por consiguiente se estatuto social, para el ejercicio de su objeto;

n

n

n

n Que mediante informe No. 2011-568-DGSC-UCESP-ao de 16 agosto del 2011, se emite pronunciamiento favorable para el registro de la reforma de estatuto social solicitado, por cumplir con la normativa legal que rige su actividad; y, Conforme establece el Reglamento de personal jurídicas sin fines de lucro y su reforma,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Registrar la reforma de estatuto social de la CÁMARA DE LA SEGURIDAD PRIVADA DEL ECUADOR ?CASEPEC?.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- La CÁMARA DE LA SEGURIDAD PRIVADA DEL ECUADOR ?CASEPEC?, deberá sujetarse estrictamente a lo que manda la Constitución de la República, el Reglamento de personas jurídicas sin fines de lucro, su reforma y más normas que rijan su actividad.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- El permiso de funcionamiento de la CÁMARA DE LA SEGURIDAD PRIVADA DEL ECUADOR ?CASEPEC?, está sujeta al control de este Ministerio, sobre la verificación de sus documentos, el cumplimiento del objeto y fines, en el registro de directiva, nómina de socios y todas las demás establecidas en la normativa pertinente.

n

n

n

n Comuníquese.-

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 17 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en una fojas útiles reposa en los archivos de la Subsecretaría de Seguridad Interna.- Quito, 24 de noviembre del 2011.- f.) Ilegible, Subsecretaría de Seguridad Interna.

n

n

n

n Nº 2402

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial Nº 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana. y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando 2011-COOR-PLA-DAI-220 del 19 de octubre del 2011, la Arq. Daniela Idrovo, Coordinadora General de Planificación, comunica a la señora Coordinadora General Administrativa Financiera, la programación del viaje a Bogotá – Colombia, donde se desplazará en compañía del Ing. Raúl Espinoza Paredes, Coordinador General Estratégico; coroneles de Policía Romel Tapia y Byron Vallejo, funcionarios de la Coordinación Estratégica y la Dirección Nacional de Comunicaciones de la Policía Nacional; con el propósito de recibir asesoría sobre el ensamblaje de radios de comunicación de paquete de voz y datos, a cargo del Coronel Jairo Gordillo, Jefe de la Oficina de Telemática de la Policía Nacional de Colombia, el 20 de octubre del 2011, la misma que fue autorizada;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución Nº DA TH-2011-041 del 19 de octubre del 2011, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados funcionarios públicos;

n

n

n

n Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 13925, 13926, 13927 y 13928 del 20 de octubre del 2011, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de los funcionarios señalados;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió las certificaciones presupuestarias Nos. 1504, 1505, 1506 y 1507 del 31 de octubre del 2011, respectivamente, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria descripción viáticos y subsistencias en el exterior, para el pago de los gastos que demandó el desplazamiento de los funcionarios a la ciudad de Bogotá Colombia, el 20 de octubre del 2011; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la Arq. María Daniela Idrovo Alvarado, Coordinadora General de Planificación; Ing. Raúl Espinoza Paredes, Coordinador General Estratégico; Coroneles de Policía Romel Tapia Coral y Byron Vallejo Martínez, funcionarios de la Coordinación Estratégica y la Dirección Nacional de Comunicaciones de la Policía Nacional, respectivamente; quienes se desplazaron a la ciudad de Bogotá Colombia, con el propósito de recibir asesoría sobre el ensamblaje de radios de comunicación de paquete de voz y datos, por parte del Coronel Jairo Gordillo, Jefe de la Oficina de Telemática de la Policía Nacional de Colombia, el 20 de octubre del 2011.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática – SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demande la referida comisión de servicios al exterior serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 16 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, 23 de noviembre del 2011..- f.) Ilegible, Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n No. 2011-379

n

n

n

n EL SECRETARIO NACIONAL

n

n DEL AGUA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, de conformidad con lo previsto en el Art. 318, inciso final, de la Constitución de la República del Ecuador, el Estado, a través de la autoridad única del agua, será responsable directo de la planificación y gestión de los recursos hídricos que se destinarán a consumo humano, riego que garantice la soberanía alimentaria, caudal ecológico y actividades productivas, en este orden de prelación;

n

n

n

n Que, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador, Eco. Rafael Correa Delgado, mediante Decreto Ejecutivo 1088 de 15 de mayo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 346 de 27 de los mismos mes y año, creó la Secretaría Nacional del Agua como una entidad de derecho público, adscrita a la Presidencia de la República, con patrimonio y presupuesto propio, con independencia técnica, operativa, administrativa y financiera, que tiene por finalidad conducir los procesos de gestión de los recursos hídricos de una manera integrada y sustentable en los ámbitos de cuencas, subcuencas, microcuencas o demarcaciones hidrográficas e hidrogeológicas, de acuerdo a la Ley de Aguas y su reglamento, y más disposiciones aplicables;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo No. 2009-48 de 4 de diciembre del 2009, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 109 de 15 de enero del 2010, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría Nacional del Agua, con el cual se crean nueve demarcaciones hidrográficas, a nivel nacional, como unidades desconcentradas;

n

n

n

n Que, a través del Acuerdo No. 2010-66 de 20 de enero del 2010, el Secretario Nacional del Agua delimita las nueve demarcaciones hidrográficas en unidades administrativas desconcentradas en lo administrativo y financiero, a través de las cuales la SENAGUA ejercerá la planificación y gestión integrada de los recursos hídricos e integral del agua en todo el territorio nacional;

n

n

n

n Que, el artículo 3 del Acuerdo No. 2010-73 de 27 de febrero de 2010 dispone que se entenderán comprendidos dentro de la denominación ?autoridad por demarcación hidrográfica, los Subsecretarios Regionales y los Coordinadores Regionales?;

n

n

n

n Que, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y el Reglamento General de la Ley, publicadas en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 de 4 de agosto del 2008; y, el Registro Oficial No. 588 del 12 de mayo del 2009 respectivamente, regulan los principios y normas sobre los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, que realicen los organismos y dependencias de las funciones del Estado, según lo establecido en el artículo 1 de la referida ley;

n

n

n

n Que, el Art. 227 de la Constitución de la República del Ecuador prevé que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad, que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que, a excepción de las provincias de Guayas y Manabí, que cuentan con delegación para ejecutar contrataciones, contenida en los acuerdos Nos. 10-100 de 1 de junio del 2010 y 2010-99 de 1 de junio del 2010, respectivamente, a fin de garantizar un adecuado manejo administrativofinanciero desconcentrado de la Secretaría Nacional del Agua, es necesario delegar a la Subsecretaría Regional de Puyango Catamayo, como a la Coordinación General Administrativa Financiera de la SENAGUA, las contrataciones cuyo presupuesto referencial, no sobrepase el valor que resulte multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva; 4 del Decreto Ejecutivo No. 1088; y, artículo 61 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y artículo 4 de su reglamento general,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- Delegar al señor COORDINADOR GENERAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO, como al COORDINADOR REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PUYANGO – CATAMAYO, para que en su representación asuma las siguientes competencias, en coordinación con las áreas técnicas especializadas de la Secretaría Nacional del Agua:

n

n

n

n Contratar la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, cuyo presupuesto referencial, no sobrepase el valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,000015 por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;

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n Aprobar los pliegos, autorizar el inicio de procesos, negociar de acuerdo a las disposiciones que la ley y el reglamento así lo disponen, adjudicar el respectivo contrato acorde con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su reglamento general, y conforme al presente acuerdo, cancelar o declarar desiertos los procesos, designar la conformación de la comisión técnica conforme a la ley, designar al funcionario o funcionarios responsables del uso del control del portal compras públicas; y,

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n Suscribir los contratos de acuerdo a lo establecido a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, así como ejecutar los mismos, nombrar administradores y fiscalizadores, recibir los bienes, servicios u obras que de estos contratos se deriven y darlos por terminado bajo cualquiera de las modalidades establecidas en la ley.

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n Artículo 2.- El Coordinador General Administrativo – Financiero y el Coordinador Regional de la Demarcación Hidrográfica Puyango – Catamayo, enmarcarán todas sus actuaciones en el ejercicio de la presente delegación dentro de los lineamientos, disposiciones y la política que para el efecto determine el señor Secretario Nacional del Agua, a quien informarán sobre los procedimientos señalados antes de iniciarlos, y de manera mensual sobre los avances en los mismos, quienes además serán personal y pecuniariamente responsables del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y resoluciones del Instituto Nacional de Contratación Pública (INCOP), aplicables a la celebración y ejecución de las contrataciones que se delegan en virtud de la presente resolución.

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n Artículo 3.- Comuníquese de la presente delegación a todos los organismos pertinentes para su inmediato cumplimiento y registro correspondiente.

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n El presente acuerdo de delegación, entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción y será incorporado al portal del INCOP, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, y de su ejecución encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera; la Coordinación Regional de la Demarcación Hidrográfica Puyango – Catamayo, así como la Coordinación General de Asesoría Jurídica.

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n Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 28 de octubre del 2011.

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n f.) Ing. Cristóbal Punina Lozano, Secretario Nacional del Agua (E).

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n SENAGUA.- Secretaría Nacional del Agua.- Certifico que es fiel copia del original que reposa en los archivos de la Coordinación General de Asesoría Jurídica.- Quito, a 7 de noviembre del 2011.- Firma Autorizada.- Ilegible.

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n SERVICIO NACIONAL DE ADUANA

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n DEL ECUADOR

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n Oficio No. DGN-DNR-DTA-JCC-OF-2011-0062

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