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REGISTRO OFICIAL
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AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
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MiĆ©rcoles, 04 de Noviembre de 2009 – R. O. No. 59
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FUNCION EJECUTIVA
n n DECRETO: n n
104……… DĆ©jase sin efecto la baja de las filas policiales al Coronel de PolicĆa de E.M. Milton HernĆ”n MartĆnez Chamorro
n n ACUERDOS: n n VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA: n n
0085……. DelĆ©ganse atribuciones administrativas al seƱor Homero Arellano Lascano, Secretario General
n n
0086……. DelĆ©gase a la SubsecretarĆa Administra-tiva Financiera de esta Cartera de Estado la responsabilidad del manejo de los procedimientos para las contrataciones de Ćnfima cuantĆa conforme lo establecido en el Art. 60 del Reglamento General de la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica
n n MINISTERIO DE CULTURA: n n
153-2009 ApruĆ©base la inscripciĆ³n y registro de la directiva definitiva de la āAsociaciĆ³n de Cineastas de Guayaquilā, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas
n n
157-2009 ApruĆ©base la inscripciĆ³n y registro de la directiva definitiva de la FundaciĆ³n Charles Hirtz, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
n n MINISTERIO DE GOBIERNO: n n
0143……. ApruĆ©base la Ordenanza municipal expedida por el I. Concejo Cantonal de Guayaquil, provincia del Guayas, mediante la cual se crea la parroquia urbana de Pascuales
n n
0171……. ApruĆ©base la Ordenanza municipal expedida por el I. Concejo Cantonal de Taisha, provincia de Morona Santiago, mediante la cual se crea la parroquia rural āPumpuentsaā
n n MINISTERIO DE RELACIONES n EXTERIORES: n n
–………. Convenio BĆ”sico de CooperaciĆ³n TĆ©cnica y Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y PROSUD
n n MINISTERIO DE RELACIONES n LABORALES: n n
MRL-2009-00022 ExpĆdese el Reglamento para la concesiĆ³n de anticipos y forma de pago de la remuneraciĆ³n mensual unificada
n n RESOLUCIONES: n n MINISTERIO DEL AMBIENTE: n n
303……… ApruĆ©base el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para la perforaciĆ³n de los pozos Sacha 203D, 206D, 243D y 244D desde la Plataforma del Pozo Sacha 94, ubicados en el cantĆ³n Joya de los Sachas, provincia de Orellana y otĆ³rgase la licencia ambiental a PETROPRODUCCION, para la perforaciĆ³n de dichos pozos
n n
304……… RatifĆcase la aprobaciĆ³n del alcance al Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para la perforaciĆ³n de los pozos direccionales Sacha 232D y 205D desde la Plataforma del Pozo Sacha 49, ubicado en la provincia de Orellana y otĆ³rgase la licencia ambiental a PETROPRODUCCION, para la perforaciĆ³n de dichos pozos
n n
309……… ApruĆ©base el Estudio de Impacto Ambiental para el tendido de una lĆnea de transferencia de 8ā desde la EstaciĆ³n Sacha Norte hasta la EstaciĆ³n Sacha Central, ubicada en el cantĆ³n Joya de los Sachas, provincia de Orellana y otĆ³rgase la licencia ambiental a ENAP SIPETROL S. A., para la ejecuciĆ³n de dicho proyecto
n n CORPORACION ADUANERA n ECUATORIANA: n n
GDQ-DAJQ-RE-040 DelĆ©ganse facultades al Director de AsesorĆa JurĆdica de la Gerencia Distrital de Quito
n n
GDQ-DAJQ-RE-054 DelĆ©ganse facultades al Supervisor(a) de RegĆmenes Especiales de la Gerencia Distrital de Quito
n n INSTITUTO ECUATORIANO DE LA n PROPIEDAD INTELECTUAL: n n
29-2009 SG-IEPI DelƩganse atribuciones a la doctora Melania Osorio De La Torre, Experta Legal en Propiedad Intelectual 4
n n
31-2009 SG-IEPI DelĆ©ganse atribuciones a la doctora MarĆa Rosela Abad, Auxiliar en AdministraciĆ³n de la SubdirecciĆ³n de Cuenca
n n
32-2009 SG-IEPI DĆ©jase sin efecto la delegaciĆ³n al abogado Diego Morales OƱate, Experto en Signos Distintivos 2 de la Unidad de GestiĆ³n de Signos Distintivos
n n
33-2009 SG-IEPI DelĆ©ganse atribuciones a la abogada Ana PontĆ³n Ochoa, Experta en Signos Distintivos 2 de la Unidad de GestiĆ³n de Signos Distintivos
n n
034-2009 DNPI-IEPI DĆ©jase sin efecto la ResoluciĆ³n NĀŗ 030-2009-DNPI-IEPI de 3 de agosto del 2009, en la cual se delegĆ³ varias facultades a la doctora Melania Osorio De La Torre, Experta Legal en Propiedad Intelectual 4
n n SUPERINTENDENCIA DE BANCOS: n n
CalifĆcanse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:
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SBS-INJ-2009-589 Contador licenciado en contabilidad y auditorĆa – contador pĆŗblico auditor Mauro Eligario CarriĆ³n Jara
n n
SBS-INJ-2009-590 Licenciado en auditorĆa y contabilidad – contador pĆŗblico autorizado RamĆ³n Fernando Guadalupe Ramos
n n
SBS-INJ-2009-591 Licenciada en contabilidad y auditorĆa – contadora pĆŗblica auditora Gloria Susana Carrera CampaƱa
n n
SBS-INJ-2009-596 Doctora en contabilidad y auditorĆa Gladis Mireya Herrera Guerrero
n n SBS-INJ-2009-597 CompaƱĆa de Peritaje VA & P S. A n n ORDENANZAS MUNICIPALES: n n
–………. Gobierno AutĆ³nomo del CantĆ³n Nobol: Que reglamenta el pago de dietas a los concejales, por su asistencia a las sesiones ordinarias y extraordinarias
n n
–………. Gobierno Cantonal de Pindal: De desig-naciĆ³n del Gobierno Cantonal
n n
–………. Gobierno Municipal AutĆ³nomo del CantĆ³n Palestina: Reformatoria del Reglamento OrgĆ”nico Funcional que crea la Unidad de Laboratorio de Calidad de Agua Potable o Agua Segura para el Consumo Humano
n n AVISOS JUDICIALES: n n
–………. Juicio de expropiaciĆ³n seguido por la CorporaciĆ³n Reguladora del Manejo HĆdrico de ManabĆ – CRM en contra del seƱor Kleber Francisco Vera Parraga (1ra. publicaciĆ³n)
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–………. Juicio de expropiaciĆ³n seguido por la CorporaciĆ³n Reguladora del Manejo HĆdrico de ManabĆ – CRM en contra de la seƱora Carmen Amelia Vera Parraga (1ra. publicaciĆ³n)
n n
–………. Muerte presunta del seƱor Julio Alfonso SucuzhaƱay AmendaƱo (1ra. publicaciĆ³n)
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–………. Muerte presunta del seƱor Javier Antonio LĆ³pez Mera (3ra. publicaciĆ³n)
n n n– Juicio de expropiaciĆ³n que sigue el Municipio de Guayaquil en contra de los herederos presuntos de la difunta seƱora Vicenta Emilia MejĆa Magallanes (3ra. publicaciĆ³n) n n n n
n n n n n n n n n
No. 104 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPUBLICA n n Considerando: n n
La ResoluciĆ³n del H. Consejo de Generales de la PolicĆa Nacional Nro. 2009-704Ā-CsG-PN del 2 de septiembre del 2009;
n n n
El pedido del seƱor Ministro de Gobierno y PolicĆa, formulado mediante oficio Nro. 2009-2868-SPN del 24 de septiembre del 2009, previa solicitud del seƱor Comandante General de la PolicĆa Nacional, con oficio Nro. 2009-777-DGP-PN del 16 de septiembre del 2009;
n n n
La disposiciĆ³n constante en el Art. 58 de la Ley de Control Constitucional; y,
n n n
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆa Nacional,
n n n Decreta: n n
Art. 1.- Dejar sin efecto la baja de las filas policiales, Ćŗnicamente en lo relacionado al seƱor Coronel de PolicĆa de E.M. Milton HernĆ”n MartĆnez Chamorro, constante en el Decreto Ejecutivo No. 1114 de 29 de mayo del 2008 en cumplimiento a la ResoluciĆ³n No. 144-2008-RA del 26 de mayo del 2009, dictada por el Pleno de la Corte Constitucional dentro de la acciĆ³n de amparo formulado por el recurrente.
n n n
Art. 2.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto encĆ”rguese el Ministro de Gobierno y PolicĆa.
n n
Dado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de Quito, a 20 de octubre del 2009.
n n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n n
f.) Gustavo Jalkh Rƶben, Ministro de Gobierno y PolicĆa.
n n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 20 de octubre del 2009.
n n
f.) Ab. Oscar Pico SolĆ³rzano, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n n No. 0085 n n Lenin Moreno GarcƩs n VICEPRESIDENTE CONSTITUCIONAL n DE LA REPUBLICA n n Considerando: n n
Que, el Art. 226 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dice que las instituciones del Estado las servidoras y servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas por la ConstituciĆ³n y la ley;
n n
Que, el Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva en sus artĆculos del 55 al 59 permite la delegaciĆ³n de atribuciones a autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆa, excepto las que se encuentren prohibidas por ley;
n n
Que, el Art. 59 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, dispone que cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegaciĆ³n, se harĆ” constar expresamente esta circunstancia y se considerarĆ”n dictados por la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que actĆŗa;
n n
Que, el Art. 4 del Reglamento a la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, permite, en aplicaciĆ³n a los principios de derecho administrativo delegar las facultades previstas para la mĆ”xima autoridad tanto en la ley como en su reglamento general, debiendo determinarse el contenido y el alcance de la delegaciĆ³n, estableciendo que el Ć”mbito de responsabilidades derivadas de las actuaciones, producto de las delegaciones o poderes emitidos, se estarĆ” al rĆ©gimen aplicable en la materia;
n n
Que, el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por Procesos, en su artĆculo 9.1) 1.1) b) numeral 8, determina que el Vicepresidente de la RepĆŗblica autorizarĆ” el gasto y la contrataciĆ³n de bienes y servicios y cuando fuere el caso delegarĆ” su autorizaciĆ³n y otras atribuciones y competencias a funcionarios de la Vicepresidencia;
n n
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
n n Acuerda: n n
Art. 1.-Delegar atribuciones administrativas al seƱor Secretario General, para aplicar las disposiciones mandatarias, permisibles y prohibitivas que constan en la normativa que rige al poder pĆŗblico, como son la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, LOAFYC, Ley OrgĆ”nica de la ContralorĆa General del Estado, Ley OrgĆ”nica de la ProcuradurĆa General del Estado, Ley OrgĆ”nica del Servicio Civil y Carrera Administrativa, Reglamento de Bienes del Sector PĆŗblico y otras afines.
n n
Art. 2.- Para este efecto el seƱor Secretario General Homero Arellano Lascano, amparado en la presente delegaciĆ³n tiene las siguientes atribuciones:
n n
a. Representar judicial y extrajudicialmente a la Vicepresidencia de la RepĆŗblica para actuaciĆ³n en los organismos de Control y de AdministraciĆ³n de Justicia del paĆs;
n n
b. Dirigir la administraciĆ³n general para lo cual podrĆ” expedir conforme a la Ley y el Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, resoluciones, Ć³rdenes y disposiciones, asĆ como autorizar todos los actos y contratos necesarios para la gestiĆ³n administrativa de la Vicepresidencia de la RepĆŗblica;
n n
c. Ordenar y autorizar el gasto de la instituciĆ³n por los montos iguales o que superen el coeficiente 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio econĆ³mico;
n n
d. Autorizar y suscribir actos, contratos, convenios, con instituciones pĆŗblicas y privadas;
n n
e. Adoptar las resoluciones administrativas correspondientes para la aplicaciĆ³n del Reglamento General de Bienes del Sector PĆŗblico, particularmente en lo referente a remates y baja de bienes;
n n
f. En lo que se refiere a la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica y su reglamento, podrĆ” emitir las aprobaciones y autorizaciones para los procedimientos precontractuales y contractuales; emitir las resoluciones necesarias para la correcta aplicaciĆ³n de las disposiciones legales, determinar procedimientos a aplicarse, adjudicar, declarar desiertos procesos, realizar contrataciones directas, contrataciones de rĆ©gimen especial; y, en general adoptar decisiones administrativas para lograr la contrataciones de bienes y servicios, arrendamiento de inmuebles y todo acto y hecho administrativo, que conlleve a la aplicaciĆ³n de la ley referida;
n n
g. Emitir decisiones, resoluciones y actos administrativos para el cumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley OrgƔnica de Servicio Civil y Carrera Administrativa, como suscribir acciones de personal, de nombramientos, contrataciones, licencias, subrogaciones, encargos administrativos, traslados, destituciones, aplicar sanciones disciplinarias, para los efectos previstos en la ley;
n n
h. Autorizar y suscribir resoluciones presupuestarias internas; e,
n n
i. Cumplir las atribuciones y obligaciones especificas del Art. 77 de la Ley OrgĆ”nica de la ContralorĆa General del Estado, en especial lo dispuesto en el literal e) que dice: āDictar reglamentos y demĆ”s normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y econĆ³mico funcionamiento de la InstituciĆ³nā.
n n
Art. 3.- En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 60 y 61 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, el seƱor Vicepresidente de la RepĆŗblica podrĆ” avocar para sĆ el conocimiento de un asunto cuya resoluciĆ³n corresponda por atribuciĆ³n propia o por delegaciĆ³n a los Ć³rganos dependientes, cuando lo estimen pertinente por motivos de oportunidad tĆ©cnica, econĆ³mica, social, jurĆdica o territorial.
n n
Art. 4.- En caso de que la avocaciĆ³n dejase sin efecto la competencia delegada, se requerirĆ” notificar al Secretario General. Si no es este el caso, la notificaciĆ³n no serĆ” necesaria y el avocante podrĆ” adoptar las decisiones particulares que estime pertinentes.
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Art. 5.- DerĆ³guese el Acuerdo Vicepresidencial No. 062 del 1 de septiembre del 2008; y todos aquellos que se opongan a lo dispuesto en el presente acuerdo.
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Art. 6.-De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo que entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese la SecretarĆa General y la SubsecretarĆa Administrativa Financiera.
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Dado, en San Francisco de Quito, D. M., a 4 de junio del 2009.
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f.) Lenin Moreno GarcĆ©s, Vicepresidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n n Certifica. n n
f.) Valm. J. Homero Arellano L., Secretario General.
n n n n n n n n No. 0086 n n Lenin Moreno GarcƩs n VICEPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA n n Considerando: n n
Que, el Art. 226 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dice que las instituciones del Estado las servidoras y servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas por la ConstituciĆ³n y la ley;
n n n
Que, el Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva en sus artĆculos del 55 al 59 permite la delegaciĆ³n de atribuciones a autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆa, excepto las que se encuentren prohibidas por ley;
n n n
Que, el Art. 59 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, dispone que cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegaciĆ³n, se harĆ” constar expresamente esta circunstancia y se considerarĆ”n dictados por la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que actĆŗa;
n n n
Que, el Art. 4 del Reglamento a la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, permite, en aplicaciĆ³n a los principios de derecho administrativo delegar las facultades previstas para la mĆ”xima autoridad tanto en la ley como en su reglamento general, debiendo determinarse el contenido y el alcance de la delegaciĆ³n, estableciendo que el Ć”mbito de responsabilidades derivadas de las actuaciones, producto de las delegaciones o poderes emitidos, se estarĆ” al rĆ©gimen aplicable en la materia;
n n n
Que, el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por Procesos, en su artĆculo 9.1) 1.1) b) numeral 8, determina que el Vicepresidente de la RepĆŗblica autorizarĆ” el gasto y la contrataciĆ³n de bienes y servicios y cuando fuere el caso delegarĆ” su autorizaciĆ³n y otras atribuciones y competencias a funcionarios de