n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Martes, 25 de Octubre de 2011 – R. O. No. 563

n

n

n

n

n n

n Acuerdos Ejecutivos

n

n

n

n

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n

n

n 901Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n

n

n

n

n 902Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo, Secretaria Nacional del Migrante

n

n

n

n

n

n 903 Concédese vacaciones a la arquitecta María de los Ángeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras Públicas

n

n

n

n

n

n 904Déjase insubsistente el Acuerdo Nº 887 del 28 de septiembre del 2011

n

n

n

n Ministerio de Finanzas:

n

n

n

n MF-2011-219Créase el Comité Interno para la Gestión de Buenas Prácticas Ambientales

n

n

n

n

n

n MF-2011-231Apruébase las condiciones financieras de la emisión de Bonos del Estado de Deuda Interna, por un monto de hasta USD 22?497,723.41 para financiar parcialmente ?El Relleno de 141 Hectáreas Correspondientes a la Etapa 1: Área Nacional de Recreación los Samanes?

n

n

n

n Ministerio de Relaciones Laborales:

n

n

n

n MRL-2011-00284Emítese la Norma que regula el régimen de pasantías pre laborales para las y los jóvenes, contempladas en la Ley de la Juventud

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 403Apruébase el alcance al Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para la construcción de las plataformas de desarrollo EDEN H, I y K, vías de acceso, líneas de flujo y la correspondiente perforación de desarrollo; para la perforación de 10 pozos adicionales en la plataforma EDEN K

n

n

n

n Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados:

n

n

n

n MCPGAD-DAJ-2011-195Desígnase a los ordenadores de gasto y de pago de esta Cartera de Estado

n

n

n

n Ministerio de Finanzas:

n

n

n

n MF-2011-287Apruébase los términos, límites, características y condiciones financieras de la emisión de Bonos del Estado de Deuda Interna, por un monto de hasta USD 22?497,723.41, destinados a financiar parcialmente ?El Relleno de 141 Hectáreas Correspondientes a la Etapa 1: Área Nacional de Recreación Los Samanes?

n

n

n

n Ministerio de Industrias y Productividad, Subsecretaría de la Calidad:

n

n

n

n

n

n 11 291Apruébase y oficialízase con el carácter de obligatoria la primera revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 82:2011 (Queso Mozarella. Requisitos)

n

n

n

n

n

n 11 292Amplíase el Anexo 5 de la Resolución Nº 11 282 de 5 de septiembre del 2011

n

n

n

n Consejo Nacional de Valores:

n

n

n

n CNV-007-2011Dispónese a las corporaciones civiles Bolsa de Valores de Quito y Bolsa de Valores de Guayaquil, la utilización de un solo sistema transaccional de negociación bursátil

n

n

n

n Consejo Nacional de la Judicatura de Transición:

n

n

n

n 014-2011Expídese el Reglamento de administración del fondo de caja chica del Consejo de la Judicatura, Corte Nacional de Justicia y direcciones provinciales

n

n

n

n

n

n 015-2011Expídese el Reglamento de Sesiones del Pleno de este Consejo

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Cantón Gualaceo:Para la estructuración y administración del Registro de la Propiedad

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Francisco de Puebloviejo: Que crea y regula la dependencia pública para el funcionamiento del Registro de la Propiedad

n

n

n

n

n

n 026-2011Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Playas: Reformatoria de la Ordenanza mediante la cual se creó y reguló el Concejo Cantonal de Turismo

n

n

n

n Aviso Judicial:

n

n

n

n Rehabilitación de la señora Mercedes Margarita Cambisaca Duch

n

n

n

n

n

n No. 901

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 13299 del 30 de septiembre del 2011 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad de fecha 4 de octubre del presente año, a favor del señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, economista Ricardo Patiño Aroca, quien en su periplo internacional tiene previsto viajar a la ciudad de México-México del 23 al 25 del mes presente, a fin de atender la invitación de la Universidad Autónoma Metropolitana; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, para su desplazamiento a México-México del 23 al 25 de octubre del 2011, a fin de atender la invitación de la Universidad Autónoma Metropolitana.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos incurridos en este desplazamiento serán cubiertos por la Universidad Autónoma Metropolitana.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 4 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 902

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 13473 del 4 de octubre del 2011 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social de igual fecha, a favor de la ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo, Secretaria Nacional del Migrante, para su desplazamiento a Barcelona, Murcia y Madrid-Reino de España del 5 al 11 del mes presente, funcionaria que se unirá a la visita oficial del señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración en la ciudad de Barcelona el 7 de octubre, para la difusión y promoción del Convenio de Seguridad Social suscrito entre Ecuador y España; el 8 de octubre mantendrá una reunión de trabajo con representantes de colectivos ecuatorianos entre el señor Canciller y la delegación oficial; y posteriormente se trasladará a Madrid para realizar la difusión y promoción del Convenio de Seguridad Social a la comunidad ecuatoriana en dicha ciudad. El día 9 de octubre se trasladará a Murcia para realizar la difusión y promoción del evento mencionado anteriormente, ciudad en la que concluirá su visita oficial; y regresará a la ciudad de Madrid, el 10 de octubre del 2011, a fin de reunirse con el equipo de SENAMI-España para una evaluación sobre los eventos de seguridad social entre ambos países; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la señora ingeniera Ana Beatriz Tola Bermeo, Secretaria Nacional del Migrante, para su desplazamiento a España del 5 al 11 de octubre del 2011, funcionaria que se unirá a la visita oficial del señor Canciller de la República del Ecuador en Barcelona el 7 de octubre, para la difusión y promoción del Convenio de Seguridad Social suscrito entre Ecuador y España; el 8 de octubre a la reunión de trabajo con representantes de colectivos ecuatorianos entre el señor Canciller y la delegación oficial; posteriormente se trasladará a Madrid para realizar la difusión y promoción del Convenio de Seguridad Social a la comunidad ecuatoriana en dicha ciudad; el 9 de octubre se trasladará a Murcia para la difusión y promoción del evento mencionado anteriormente, ciudad en la que concluirá su visita oficial, y regresará a Madrid el 10 del mes presente, a fin de reunirse con el equipo de SENAMI-España para una evaluación sobre los eventos de seguridad social entre ambos países.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos correspondientes a viáticos y subsistencias y pasajes vía aérea desde la ciudad de Quito hasta la ciudad de Madrid; y desde la ciudad de Madrid hasta la ciudad de Quito, serán cubiertos por la Secretaría Nacional del Migrante.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 5 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 903

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. DM-11-1943-OF del 3 de octubre del 2011, la arquitecta María de los Ángeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras Públicas comunica que se acogerá a doce días de vacaciones a partir del lunes 26 de diciembre del 2011 hasta el viernes 6 de enero del 2012, a fin de que se le conceda la autorización respectiva; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder a la arquitecta María de los Ángeles Duarte Pesantes, Ministra de Transporte y Obras Públicas, vacaciones en el período del 26 de diciembre del 2011 al 6 de enero del 2012.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- La Ministra de Transporte y Obras Públicas encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 5 de octubre del 2011.

n

n

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 904

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante oficio No. MIPRO-DM-2011-1485-OF del 5 de octubre del 2011, la economista Verónica Sión de Josse, Ministra de Industrias y Productividad informa que por tener que cumplir actividades inherentes a su función y por asistir al Gabinete Ampliado el 5 de octubre y al Gabinete Itinerante el 8 del mes presente en la provincia de Santa Elena, no realizó el viaje a República Dominicana previsto del 4 al 8 de octubre, a fin de participar en la Reunión de Ministros de Economía, Industrias y Comercio de las Américas en el marco del V Foro de Competitividad de las Américas; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Dejar insubsistente el Acuerdo No. 887 del 28 de septiembre del 2011 expedido a favor de la señora Ministra de Industrias y Productividad, economista Verónica Sión de Josse, a la ciudad de Santo Domingo-República Dominicana, del 4 al 8 de octubre del 2011, por el motivo expuesto en el primer considerando del presente acuerdo.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 5 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n

n

n Nº MF-2011-219

n

n

n

n EL MINISTRO DE FINANZAS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 15 de la Constitución de la República, determina que ?El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua…?;

n

n

n

n Que, el numeral 2 del artículo 278 de la Carta Magna prevé que para la consecución del buen vivir, a las personas y a las colectividades les corresponde producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con responsabilidad social y ambiental;

n

n

n

n Que, el numeral 2 del artículo 395 ibídem, reconoce los principios ambientales, entre el que consta ?las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales y jurídicas en el territorio nacional…?;

n

n

n

n Que, con Acuerdo Nº 131, publicado en el Registro Oficial Nº 284 de 22 de septiembre del 2010, el Ministerio de Ambiente, considerando que el cuidado ambiental es compromiso y responsabilidad de todas las ecuatorianas y ecuatorianos y a fin de reducir la contaminación del ambiente, expidió para conocimiento y aplicación de las entidades del sector público las políticas generales que, en este ámbito deberán acatarse y cumplirse;

n

n

n

n Que, el Art. 7 del referido Acuerdo Ministerial prescribe que: ?Las instituciones sujetas a este Acuerdo Ministerial implementarán programas de difusión para la disposición adecuada de los desechos, ahorro de energía, prohibición de fumar, entre otras disposiciones que sean buenas prácticas ambientales…?;

n

n

n

n Que, el Ministerio del Ambiente, mediante oficio circular Nº MAE-D-2010-0007 de 22 de octubre del 2010, solicitó al Ministerio de Finanzas información sobre la situación ambiental de esta Secretaría de Estado y la implementación de varias acciones institucionales a fin de promover las buenas prácticas en las entidades del sector público;

n

n

n

n Que, es necesario promover las buenas prácticas ambientales al interior del Ministerio de Finanzas del Ecuador; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 154, numeral 1 de la Constitución de la República; y, 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- Crear el Comité Interno para la Gestión de Buenas Prácticas Ambientales, con las siguientes atribuciones y responsabilidades:

n

n

n

n Coordinar el cumplimiento de los lineamientos emitidos por el Ministerio del Ambiente sobre la aplicación de buenas prácticas ambientales en el Ministerio de Finanzas;

n

n

n

n Promover el uso de tecnologías ambientalmente limpias y energías no contaminantes y de bajo impacto, en función de los requerimientos que realiza el Ministerio del Ambiente para todas las entidades del sector público;

n

n

n

n Promover el uso adecuado de los recursos institucionales: luz, agua. papel, energía, transporte, manejo de desechos y otros; y,

n

n

n

n Establecer estrategias que permitan dotar de insumos necesarios, capacitar permanentemente a los funcionarios, servidores y trabajadores del Ministerio de Finanzas, así como difundir los temas inherentes al cuidado del medio ambiente.

n

n

n

n Artículo 2.- Conformación del Comité Técnico.- El Comité Técnico estará integrado de la siguiente manera:

n

n

n

n El(la) Viceministro(a) de Finanzas, o su delegado(a), quien lo presidirá y tendrá voto dirimente.

n

n

n

n El(la) Coordinador(a) General de Planificación, o su delegado(a).

n

n

n

n El(la) Coordinador(a) General Administrativo Financiero, o su delegado(a).

n

n

n

n El(la) Director(a) de Planificación e Inversión, o su delegado (a), actuará como Secretario del Comité, con derecho a voz.

n

n

n

n Todos los miembros del Comité tendrán derecho a voz y voto, con excepción del Secretario que actuará únicamente con voz.

n

n

n

n Podrán actuar con voz informativa, a petición del Comité Técnico:

n

n

n

n Los(as) subsecretarios(as), coordinadores(as) generales y/o directores(as) de las unidades administrativas que presenten iniciativas respecto a gestión de riesgos.

n

n

n

n El(la) Director(a) Administrativo o su delegado(a).

n

n

n

n El(la) Director(a) de Administración de Recursos Humanos o su delegado(a).

n

n

n

n El(la) Director(a) de Comunicación Social o su delegado(a).

n

n

n

n Artículo 3.- De la ejecución del presente acuerdo, encárguese la Coordinación General de Planificación.

n

n

n

n

n

n Artículo 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, el cual deberá ser publicado en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 28 de septiembre del 2011.

n

n

n

n

n

n f.) Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas.

n

n

n

n

n

n Es copia.- Certifico.

n

n

n

n

n

n f.) Ing. Xavier Orellana Páez, Director de Certificación y Documentación del Ministerio de Finanzas.

n

n

n

n Nº MF-2011-231

n

n

n

n EL MINISTRO DE FINANZAS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante acta resolutiva Nº 016 de 7 de septiembre del 2011, el Comité de Deuda y Financiamiento autorizó la emisión de bonos de deuda interna del Estado, por el monto de hasta USD 300 millones, destinada a ?Financiar total o parcialmente los programas y proyectos constantes en el Plan Anual de Inversiones?;

n

n

n

n Que, la emisión de Bonos del Estado de Deuda Interna que fue autorizada por el Comité de Deuda y Financiamiento, mediante acta resolutiva Nº 016 de 7 de septiembre del 2011, emitidos a través de escritura pública fue otorgada el 20 de septiembre del 2011, ante el Notario Séptimo de Quito, D. M., legalmente inscrita en el ente rector de las Finanzas Públicas, en el Libro de la Deuda Pública con el Registro Nº 1937 en la Pg. 0357 de 22 de septiembre del 2011 y en el SIGADE con el Nº DI000021;

n

n

n

n Que, el artículo 4 del acta resolutiva Nº 016 de 7 de septiembre del 2011, dispone que, el Ministerio de Finanzas aprobará mediante acuerdo ministerial las condiciones financieras para cada proyecto, siempre que estas se encuentren dentro de los límites y parámetros establecidos en dicha acta resolutiva y cumplan con los requisitos de endeudamiento público, para lo cual, el Ministerio de Finanzas remitirá al Comité de Deuda y Financiamiento junto con el acuerdo ministerial la prioridad conferida por SENPLADES del proyecto correspondiente;

n

n

n

n Que, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES, mediante oficios Nos. SENPLADES-SIPdipp- 2011-695 y SENPLADES-SIP-dipp-2011-1011 de 7 de junio y 10 de agosto del 2011, respectivamente, emitió dictamen favorable a la modificación presupuestaria en el Plan Anual de Inversiones 2011, solicitada por el Ministerio de Ambiente, a través de oficios Nos. MAE-CGPA- 2011-0138 y MAE-CGPA-2011-0208, respectivamente;

n

n

n

n Que, la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución Nº Q.IMV.2011.4261 de 26 de septiembre del 2011, dispuso la inscripción, en el Registro del Mercado de Valores, la emisión de bonos de deuda interna del Estado, por el monto de hasta USD 300 millones;

n

n

n

n Que, el artículo tercero de la resolución mencionada en el considerando anterior, dispone que se remita una copia de la misma a las corporaciones civiles Bolsa de Valores de Quito y Bolsa de Valores de Guayaquil, una vez que el Ministerio de Finanzas comunique a dicha institución, su solicitud de inscripción en las referidas corporaciones de la emisión de bonos, para cada proyecto, acorde a los términos del acta resolutiva Nº 016 de 7 de septiembre del 2011;

n

n

n

n Que, con cargo a la emisión autorizada con acta resolutiva Nº 016, referida, se ha suscrito el contrato de ?El Relleno de 141 Hectáreas correspondientes a la Etapa 1: Área Nacional de Recreación Los Samanes?, entre el Estado Ecuatoriano, a través de la Subsecretaría de Gestión Marina y Costera del Ministerio del Ambiente y la empresa Daewoo Shipbuilding & Marine Engineering Co. LTD., por un monto de hasta USD 24?997,470.45, para financiar, ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la entidad contratante ?El Relleno de 141 Hectáreas Correspondientes a la Etapa 1: Área Nacional de Recreación los Samanes?;

n

n

n

n Que, el Subsecretario de Crédito Público, subrogante, mediante oficio Nº MF-SCP-2011-0662 de 10 de octubre del 2011, solicitó a la Coordinación General Jurídica de esta Cartera de Estado, disponer la elaboración del presente acuerdo ministerial, con las condiciones financieras remitidas por dicha Subsecretaría y que se encuentran dentro de los límites y parámetros autorizados por el Comité de Deuda y Financiamiento a través de acta resolutiva Nº 016 de 7 de septiembre del 2011; y,

n

n

n

n En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 15 del artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y el artículo 4 del acta resolutiva Nº 016 de 7 de septiembre del 2011 del Comité de Deuda y Financiamiento,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aprobar las condiciones financieras de la emisión de Bonos del Estado de Deuda Interna, por un monto de hasta USD 22?497,723.41 para financiar parcialmente ?El Relleno de 141 Hectáreas Correspondientes a la Etapa 1: Área Nacional de Recreación los Samanes?.

n

n

n

n Art. 2.- Las condiciones financieras que se aprueban por el artículo 1 del presente acuerdo, son las siguientes:

n

n

n n

n

n n

n

n n

n OBJETO DE LA EMISIÓN:

n n

n Financiar parcialmente ?EL RELLENO DE 141 HECTÁREAS CORRESPONDIENTES A LA ETAPA 1: ÁREA NACIONAL DE RECREACIÓN LOS SAMANES?.

n n

n MONTO NOMINAL TOTAL:

n n

n Hasta USD 22?497,723.41.

n n

n TRAMO A

n n

n MONTO NOMINAL:

n n

n USD 12?498,735.23.

n n

n PLAZO:

n n

n 5 años, contados a partir de la fecha de pago del anticipo.

n n

n FECHA DE EMISIÓN:

n n

n A partir de la fecha de pago del anticipo.

n n

n PAGO DE CAPITAL:

n n

n Al vencimiento.

n n

n TASA DEL CUPÓN DE INTERÉS:

n n

n Tasa fija anual de 5.07%.

n n

n PAGO DE CUPONES DE INTERÉS:

n n

n Pagaderos semestralmente, la primera cuota de interés se pagará al final del primer semestre contados a partir de la fecha de emisión.

n n

n TRAMO B

n n

n MONTO NOMINAL:

n n

n USD 9?998,988.18.

n n

n PLAZO:

n n

n 5 años, contados a partir de la fecha de pago de la primera planilla fiscalizada.

n n

n FECHA DE EMISIÓN:

n n

n A partir de la fecha de pago de la primera planilla fiscalizada.

n n

n PAGO DE CAPITAL:

n n

n Al vencimiento.

n n

n TASA DEL CUPÓN DE INTERÉS:

n n

n Tasa fija anual de 5.07%.

n n

n PAGO DE CUPONES DE INTERÉS:

n n

n Pagaderos semestralmente, la primera cuota de interés se pagará al final del primer semestre contados a partir de la fecha de emisión.

n n

n PARA EL TRAMO A Y B

n n

n PAGO CON BONOS:

n n

n De conformidad al artículo 131 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

n n

n La autorización de pago con bonos de la presente emisión la realizará la Subsecretaría de Gestión Marina y Costera del Ministerio del Ambiente, conforme la modalidad de pago que se haya acordado dentro del marco legal vigente.

n n

n DECLARACIÓN:

n n

n Los pagos de amortización de capital y de intereses de la presente emisión son irrevocables por parte de la República del Ecuador, por tanto estos bonos no se verán afectados por circunstancias ajenas que pudieran llegar a oponerse al objeto contractual.

n n

n TIPO DE EMISIÓN:

n n

n Desmaterializada con DCV-BCE.

n n

n

n

n

n n

n

n n

n

n

n El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, D. M., a 1 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas.

n

n

n

n Es copia.- Certifico.

n

n

n

n f.) Ing. Xavier Orellana Páez, Director de Certificación y Documentación del Ministerio de Finanzas.

n

n

n

n Nº MRL-2011-00284

n

n

n

n EL MINISTRO DE RELACIONES

n

n LABORALES

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 39 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del país, fomentando su incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento;

n

n

n

n Que, el artículo 329 de la Constitución de la República establece que las jóvenes y los jóvenes tendrán derecho de ser sujetos activos en la producción y en tal razón se impulsarán condiciones y oportunidades con este fin;

n

n

n

n Que, el literal f) del artículo 11 de la Ley de la Juventud, establece como un deber de las jóvenes y los jóvenes el estudiar y capacitarse;

n

n

n

n Que, el literal c) del artículo 14 de la Ley de la Juventud, prescribe como política de fomento de los derechos de las y los jóvenes, en cuanto a la educación, la capacitación técnica, y la formación artesanal y profesional;

n

n

n

n Que, el literal i) del artículo 14 de la antes mencionada ley, prescribe como política de promoción del derecho a la educación de los jóvenes, la promoción de pasantías laborales en los sectores público y privado enfocadas en el desarrollo del país y la oferta de empleo;

n

n

n

n Que, el literal a) del artículo 17 del mismo cuerpo legal, dentro de las políticas de promoción de la participación juvenil señala que se promocionará la participación en los campos cívico, social y económico de los jóvenes; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones y facultades que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n EMITIR LA NORMA QUE REGULA EL RÉGIMEN DE PASANTÍAS PRE LABORALES PARA LAS Y LOS JÓVENES, CONTEMPLADAS EN LA LEY DE LA JUVENTUD.

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n Art. 1.- Ámbito.- Las disposiciones de la presente norma que regula el régimen de pasantías pre laborales, son aplicables a las y los jóvenes comprendidos entre los 18 y 29 años de edad conforme lo determina el artículo 1 de la Ley de la Juventud.

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n Las disposiciones de esta norma estarán dirigidas a las y los jóvenes que participen en programas de capacitación teórico – práctico en instituciones públicas o privadas en el desarrollo de actividades del sector productivo o de servicios del país, y que no, necesariamente, requieran de estudios superiores.

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n Art. 2.- Objeto.- La presente norma tiene como objeto regular las prácticas pre laborales que, dentro de procesos de capacitación teórico – práctico, realicen las y los jóvenes en entidades públicas o privadas, en virtud de programas de capacitación y promoción de empleo.

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n Art. 3.- Ausencia de relación laboral.- Las pasantías pre laborales son de carácter temporal y en tal razón no generan vinculación laboral entre los pasantes y las entidades públicas o privadas que brinden la capacitación o el entrenamiento pre laboral.