n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Viernes, 21 de Octubre de 2011 – R. O. No. 561

n

n

n

n

n n

n Decreto Ejecutivo

n

n

n

n 910Decláranse el 12 de octubre de cada año como ?Día de la Interculturalidad y Plurinacionalidad?

n

n

n

n 911Ratifícase en todos sus artículos el Acuerdo Marco de Cooperación entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados para la Creación de Equipos Conjuntos de Investigación

n

n

n

n

n

n 912Ratifícase en todos sus artículos el Convenio entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Italiana para el Reconocimiento Recíproco en Materia de Canje de Licencias de Conducir

n

n

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n

n

n 893Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Staynley Vera Prieto, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

n

n

n

n

n

n 894Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Staynley Vera Prieto, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

n

n

n

n 895Legalízase la comisión de servicios en el exterior del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración

n

n

n

n 896 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al Vicealmirante Homero Arellano Lascano, Ministro Coordinador de Seguridad

n

n

n

n Ministerio de Cultura:

n

n

n

n 188-2011Legalízase la declaración en comisión de servicios en el exterior con remuneración a favor de la señora Ivett Katherine Celi Piedra, Subsecretaria de Patrimonio Cultural

n

n

n

n Ministerio de Defensa Nacional:

n

n

n

n 1300Refórmase el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

n

n

n

n Ministerio de Educación:

n

n

n

n 347-11Dispónese que la Coordinación General Administrativa y Financiera, proceda a desconcentrar en las unidades financieras de las subsecretarías de Educación del Distrito Metropolitano de Quito, del Distrito de Guayaquil y de las coordinaciones zonales, la competencia de consolidar las modificaciones a los presupuestos institucionales

n

n

n

n Ministerio de Finanzas, Coordinación General Administrativa Financiera:

n

n

n

n 230Dispónese que el doctor Marco Almeida Costa, Director Jurídico de Contratación Pública, Administrativo y Laboral, subrogue las funciones de Coordinador General Jurídico

n

n

n

n Ministerio de Industrias y Productividad, Subsecretaría de la Calidad:

n

n

n

n 11 277Oficialízase con el carácter de obligatorio el Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 057 ?Tableros, gabinetes, cajas de paso, cajas de alumbrado, racks y accesorios de racks?

n

n

n

n Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social:

n

n

n

n C.D.381Expídese el Reglamento para la participación del IESS en fideicomisos de administración y encargos fiduciarios

n

n

n

n

n

n C.D.382Refórmase el Reglamento para la afiliación voluntaria al IESS de ecuatorianos domiciliados en el exterior

n

n

n

n Dirección Nacional de los Espacios Acuáticos:

n

n

n

n 010/11Refórmase el Reglamento de Operaciones, Seguridad, Protección y Control de Contaminación para el Terminal Petrolero de la Libertad aplicable al tráfico internacional y de cabotaje

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Nabón: Para la organización, administración y funcionamiento del Registro de la Propiedad

n

n

n

n

n

n Gobierno Municipal Autónomo del Cantón El Triunfo: De creación del Registro de la Propiedad y Mercantil

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Echeandía: Para el cobro de tasas del Registro de la Propiedad

n

n

n

n

n

n No. 910

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Ecuador al igual que la mayoría de los países hispanoamericanos ha denominado al 12 de octubre de 1942 como Día de la Raza en conmemoración a la conquista y colonización de las tierras que actualmente se han denominado América;

n

n

n

n Que, el concepto de raza; basada en rasgos físicos hereditarios, emerge de forma innegable de las concepciones y categorizaciones básicas provenientes del sistema colonial que se instauró en América;

n

n

n

n

n

n Que, a pesar de haber sido superado en América el colonialismo como sistema político formal a partir del triunfo de las guerras de independencia del Siglo XVIII; las estructuras sociales de nuestras sociedades están todavía cimentadas sobre criterios coloniales, entre los que destaca el considerar la «cultura e historia universal» como sinónimo de los valores culturales e historia de la sociedad dominante;

n

n

n

n

n

n Que, de conformidad con el artículo 5 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas ONU, «Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean en la vida política, económica, social y cultural del Estado»;

n

n

n

n

n

n Que, según el Convenio 169 de la OIT en su artículo 2 numeral 1, establece que «Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad»;

n

n

n

n Que, en el Ecuador coexisten diversas nacionalidades: Kichwa de la Sierra, integrada por los pueblos: Panzaleo, Salasaca, Saraguro, Kitu Kara, Karanki, Natabuela, Chibuleo, Waranka, Kañari, Puruhá, Otavalo, Kisapincha, Kayambi, Tomabela, Pasto y Paltas; en la Costa, las nacionalidades Awá, Chachi, Epera y Tsáchila, y los pueblos Manta y Huancavilca; y en la Amazonía, las nacionalidades Cofán, Siona, Secoya, Waorani, Shuar, Shiwiar, Zápara, Andoa, Achuar y Kichwa;

n

n

n

n Que, la Constitución de la República del Ecuador, entre sus principios rectores define al país como un Estado Constitucional de derechos y justicia, social, intercultural, plurinacional y laico;

n

n

n

n Que, conforme al artículo 10 de la Carta Magna las comunas, comunidades, nacionalidades y pueblos indígenas son titulares de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales; y,

n

n

n

n En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 147 numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo 1.- Declara el 12 de octubre de cada año como ?Día de la Interculturalidad y Plurinacionalidad?, destinado a reconocer y rectificar el verdadero significado del acontecimiento del 12 de octubre, promover el diálogo entre las diversas culturas y saberes, fortalecer la unidad nacional en la diversidad de construir el nuevo Estado incluyente de paz y justicia.

n

n

n

n Artículo 2.- Incorporar como política pública del Estado Ecuatoriano la celebración del 12 de octubre como ?Día de la Interculturalidad y Plurinacionalidad? conforme a los principios establecidos y garantizados en la Constitución de la República e instrumentos internacionales de derechos humanos.

n

n

n

n Artículo 3.- Exhortar a los organismos internacionales especializados en culturas, como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), Organización Internacional de Trabajo, OIT y otros, para que actualicen un verdadero calendario universal de naturaleza intercultural, con el concurso de todas las nacionalidades y pueblos indígenas.

n

n

n

n Artículo 4.- El Estado Ecuatoriano, en el marco del presente decreto, asignará los recursos económicos, técnicos, humanos necesarios para su efectiva aplicación y cumplimiento.

n

n

n

n Artículo 5.- Exhortase a la Asamblea Nacional a que reforme el decreto legislativo de 12 de octubre de 1950, publicado en el Registro Oficial No. 639 de 13 de los mismos mes y año.

n

n

n

n

n

n Disposición final.- De la ejecución del presente decreto encárguese al Ministro de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, Ministerio Coordinador de Patrimonio, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, Ministerio de Educación, Ministerio de Cultura, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Finanzas, Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana y Secretaría Nacional de Comunicación.

n

n

n

n El presente decreto entrará en vigencia a partir del esta fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en Chanduy, a los diez días del mes de octubre del dos mil once.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 911

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Acuerdo Marco de Cooperación entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados para la Creación de Equipos Conjuntos de Investigación, suscrito en Argentina el 2 de agosto del 2010;

n

n

n

n Que, el objetivo específico del acuerdo crear un Equipo Conjunto de Investigaciones de conductas delictivas que por sus características requieran la actuación coordinada de más de un Estado Parte;

n

n

n

n Que, el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

n

n

n

n Que, el Pleno de la Corte Constitucional en sesión ordinaria efectuada el 1 de septiembre del 2011 resolvió aprobar el informe del Juez sustanciador que establece que el referido convenio no requiere de aprobación de la Asamblea Nacional;

n

n

n

n Que, de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con oficio No. T.6023-SNJ-11-1224, de fecha 26 de septiembre del 2011, a la Asamblea Nacional el contenido del acuerdo; y,

n

n

n

n En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo primero.- Ratifícase en todos sus artículos el Acuerdo Marco de Cooperación entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados para la Creación de Equipos Conjuntos de Investigación, suscrito el 2 de agosto del 2010.

n

n

n

n Artículo segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 10 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 912

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

n

n DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el Convenio entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Italiana para el Reconocimiento recíproco en materia de canje de licencias de conducir fue suscrito en Roma el 31 de mayo del 2011;

n

n

n

n Que, el objetivo del convenio es reconocer recíprocamente las licencias de conducir no provisionales y en curso de validez que hayan sido emitidas por las autoridades competentes de los Estados Parte, según su propia normativa interna, a favor de los titulares de licencias de conducir que tengan la residencia en su territorio;

n

n

n

n Que, el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

n

n

n

n Que, el Pleno de la Corte Constitucional en sesión ordinaria efectuada el 1 de septiembre del 2011 resolvió aprobar el informe del Juez sustanciador que establece que el referido convenio no requiere de aprobación de la Asamblea Nacional;

n

n

n

n Que, de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con oficio No. T.5996-SNJ-11-1225, de fecha 26 de septiembre del 2011, a la Asamblea Nacional el contenido del acuerdo; y,

n

n

n

n En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo primero.- Ratifícase en todos sus artículos el Convenio entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Italiana para el Reconocimiento recíproco en materia de canje de licencias de conducir, suscrito en Roma el 31 de mayo del 2011.

n

n

n

n Artículo segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 10 de octubre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 893

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 13254 del 29 de septiembre del 2011 que se respalda en el aval del Ministerio de la Producción, Empleo y Competitividad de igual fecha, para el desplazamiento del señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, economista Staynley Vera Prieto, a la ciudad de Roma-Italia del 4 al 7 de octubre próximo, a fin de asistir a las reuniones con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola (FIDA), y al seminario ?Haciendo que el diálogo de políticas funcione para los pobres rurales?, y organizado por el FIDA; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista Staynley Vera Prieto, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en la ciudad de Roma-Italia del 4 al 7 de octubre del 2011, a fin de asistir a las reuniones con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola (FIDA), y al seminario ?Haciendo que el diálogo de políticas funcione para los pobres rurales?.

n

n

n

n

n

n Artículo segundo.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida-retorno, viáticos y otros, serán cubiertos en su totalidad por el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n

n

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 894

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 13255 del 29 de septiembre del 2011 que se respalda en el aval del Ministerio de la Producción, Empleo y Competitividad de igual fecha, para el desplazamiento del economista Staynley Vera Prieto, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, a la ciudad de París-Francia del 7 al 9 de octubre próximo, a fin de atender la invitación del señor Philippe Ame, Jefe del Departamento de la Oficina de Cooperación Internacional Operations Bureau, para asistir a la Feria Internacional de Sommet de lelevage en Clermont Ferrand-Francia, en la que sostendrá reuniones de intercambios con expertos del Instituto de la Ganadería de la Secretaría de Agricultura y de Organizaciones Ganaderas, y gira técnica con el Instituto Nacional de la Ganadería en las regiones de Bretagne y de Pays de la Loire; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios en París-Francia del 7 al 9 de octubre del 2011 al economista Staynley Vera Prieto, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, quien asistirá a la Feria Internacional de Sommet de lelevage en Clermont Ferrand-Francia, en la que sostendrá reuniones de intercambios con expertos del Instituto de la Ganadería de la Secretaría de Agricultura y de Organizaciones Ganaderas, y realizará una gira técnica con el Instituto Nacional de la Ganadería en las regiones de Bretagne y de Pays de la Loire.

n

n

n

n Artículo segundo.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida-retorno, viáticos y otros, serán cubiertos en su totalidad por el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 895

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 12673 del 14 de septiembre del 2011 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Seguridad de fecha 29 del mes presente, relacionado con el desplazamiento del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, economista Ricardo Patiño Aroca, a la ciudad de Nueva York-Estados Unidos, del 20 al 24 de septiembre, con el fin de anticipar en el 66 Período de la Asamblea General de las Naciones Unidas; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, en la ciudad de Nueva York- Estados Unidos, del 20 al 24 de septiembre del 2011, por su asistencia al 66 Período de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

n

n

n

n Artículo segundo.- Los gastos relacionados con este desplazamiento se legalizarán del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 896

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 13258 del 29 de septiembre del 2011 a favor del señor Vicealmirante Homero Arellano Lascano, Ministro Coordinador de Seguridad, para su desplazamiento A Ipiales-Colombia el 29 de este mes, a fin de asistir a la XVI Reunión Plenaria de la Comisión de Vecindad Ecuatoriano-Colombiana- COVIEC; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Vicealmirante Homero Arellano Lascano, Ministro Coordinador de Seguridad, en la ciudad de Ipiales-Colombia el 29 de septiembre del 2011, a objeto de asistir a la XVI Reunión Plenaria de la Comisión de Vecindad Ecuatoriano-Colombiana-COVIEC.

n

n

n

n Artículo segundo.- Los gastos relacionados con este desplazamiento se cubrirán del presupuesto del Ministerio de Coordinación de Seguridad.

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n Nº 188-2011

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n

n

n

n Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, regula las comisiones de servicios con remuneración;

n

n

n

n Que, el artículo 123 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que la reglamentación para el reconocimiento y pago de viáticos, movilizaciones y subsistencias será expedida mediante acuerdo del Ministerio de Relaciones Laborales de conformidad con la ley;

n

n

n

n Que, mediante correo electrónico de 11 de abril del 2011, la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación de la República de Argentina, invitó a la señora Ministra de Cultura a participar en el IV Congreso Iberoamericano de Cultura ?Cultura, Política y Participación Cultural?, que se realizó en la ciudad de Mar de Plata (República de Argentina) del 15 al 17 de septiembre del 2011;

n

n

n

n Que, mediante oficio Nº 0685-MC-DM-11 de 26 de abril del 2011, la señora Ministra de Cultura confirma su participación en el referido evento al señor Jorge Coscia, Secretario de Cultura de Argentina;

n

n

n

n Que, mediante memorando Nº 0407-MC-DM-11 de 13 de septiembre del 2011, la señora Ministra de Cultura, solicita a las direcciones de Administración del Talento Humano, Asesoría Jurídica y Gestión Administrativa tramitar la declaratoria en comisión de servicios al exterior de la señora Ivett Katherine Celi Piedra, Subsecretaria de Patrimonio Cultural;

n

n

n

n Que, mediante informe Nº MC-DATH-060-2011 de 13 de septiembre del 2011, la Dirección de Administración del Talento Humano, emite dictamen favorable para la declaración en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 14 al 17 de septiembre del 2011, de la señora Ivett Katherine Celi Piedra, Subsecretaria de Patrimonio Cultural, para que en misión institucional y en cumplimiento de tareas oficiales asista en calidad de expositora al IV Congreso Iberoamericano de Cultura ?Cultura, Política y Participación Popular?, evento desarrollado en la ciudad de Mar de Plata – República de Argentina del 14 al 17 de septiembre del 2011;

n

n

n

n Que, con fecha 14 de septiembre del 2011, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la solicitud de viaje al exterior Nº 12683, a favor de la señora Ivett Katherine Celi Piedra, Subsecretaria de Patrimonio Cultural, a fin de que asista en calidad de expositora al IV Congreso Iberoamericano de Cultura ?Cultura, Política y Participación Popular?, evento desarrollado en la ciudad de Mar de Plata – República de Argentina del 14 al 17 de septiembre del 2011;

n

n

n

n Que, mediante memorando Nº 1113-MC-DRRHH-11 de 15 de septiembre del 2011, la Dirección de Administración del Talento Humano, solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente acuerdo ministerial con la declaratoria en comisión de servicios en el exterior del 14 al 17 de septiembre del 2011, a favor de la señora Ivett Katherine Celi Piedra, Subsecretaria de Patrimonio Cultural, de acuerdo con la disposición de la señora Ministra de Cultura emitida mediante memorando Nº 0407-MC-DM-11 de 13 de septiembre del 2011, la norma establecida en el artículo 30, inciso cuarto de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP en concordancia con los artículos 45 inciso primero, 46 y 50 del reglamento general de aplicación; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la declaración en comisión de servicios en el exterior con remuneración a favor de la señora Ivett Katherine Celi Piedra, Subsecretaria de Patrimonio Cultural, del 14 al 17 de septiembre del 2011, quien en representación de esta Cartera de Estado, asistió en calidad de expositora en el IV Congreso Iberoamericano de Cultura ?Cultura, Política y Participación Popular?, evento desarrollado en la ciudad de Mar de Plata – República de Argentina.

n

n

n

n Art. 2.- Los organizadores del IV Congreso Iberoamericano de Cultura ?Cultura, Política y Participación Popular? cubrirán los gastos de alojamiento, transporte terrestre y alimentación. El Ministerio de Cultura con recursos de su presupuesto institucional financiará los gastos de pasajes aéreos y el reembolso de otros gastos que legal y reglamentariamente correspondan.

n

n

n

n Art. 3.- De la ejecución de este acuerdo, encárguese a la Dirección de Administración del Talento Humano, Dirección de Gestión Administrativa y Dirección de Gestión Financiera.

n

n

n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 19 de septiembre del 2011

n

n

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n Nº 1300

n

n

n

n Javier Ponce Cevallos

n

n MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que a las ministras o ministros de Estado les corresponde expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera la gestión ministerial;

n

n

n

n Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que de conformidad con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, los ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales;

n

n

n

n Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 1484, el Presidente de la República imparte las disposiciones que regularán el proceso de extinción de la H. Junta de Defensa Nacional en cuyo artículo 2 se determina que ?Las contrataciones de Bienes Estratégicos para la Defensa Nacional se ejecutarán a través del Ministerio de Defensa Nacional, institución que, dentro de su estructura orgánica, podrá crear Unidades para el cumplimiento de dicho objetivo?;

n

n

n

n Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 1643 de 17 de septiembre del 2010, publicado en el Registro Oficial Nº 085 de 15 de noviembre del 2010, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Defensa Nacional;

n

n

n

n Que el Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público en su Art. 151, establece que la autoridad nominadora, sobre la base de las políticas, normas e instrumentos emitidos por el Ministerio de Relaciones Laborales en el área de su competencia, por razones técnicas, funcionales, de fortalecimiento institucional, podrá disponer, previo informe de la UATH y del Ministerio de Finanzas, de ser necesario, la creación de unidades, áreas y puestos, que sean indispensables, para la consecución de las metas y objetivos trazados, en la Administración Pública Central e Institucional;

n

n

n

n Que mediante informe técnico UATH-2011-043 de 28 de junio del 2011, la Dirección de Recursos Humanos de esta Cartera de Estado, emite el informe respectivo para la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos;

n

n

n

n Que con oficio Nº MINFIN-DM-2011-0279 de 9 de agosto del 2011, el Ministerio de Finanzas emite dictamen presupuestario favorable a la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Defensa Nacional; y,

n

n

n

n Que el Ministerio de Relaciones Laborales, con oficio Nº MRL-FI-2011-0014036 de 17 de agosto del 2011, dictaminó favorablemente el Proyecto de Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de esta institución; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el Art. 154, numeral 1 de la Constitución de la República, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, y el Art. 10 literal g) de Ley Orgánica de la Defensa Nacional,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Expedir la siguiente REFORMA AL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n Artículo 1.- Reformar el ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS de la siguiente forma:

n

n

n

n En el artículo 5, de los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional:

n

n

n

n Inclúyase, a continuación de la Dirección de Secretaría General lo siguiente:

n

n

n

n ?Coordinador/a General de Bienes Estratégicos

n

n

n

n Director/a de Proceso Precontractual

n

n

n

n