n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves, 13 de Octubre de 2011 – R. O. No. 555

n

n

n

n Acuerdos Ejecutivos

n

n

n

n Secretaría Nacional de la Administración Pública:

n

n

n

n 863 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable, para su desplazamiento a Viena-Austria, a fin de asistir a la Quincuagésima Reunión Ordinaria de la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica

n

n

n

n

n

n 872 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al ingeniero Jaime Hernán Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, quien participará en el 11vo. Simposio Mundial para Organismos Reguladores y en el Foro de Líderes de la Industria Global, a celebrarse en la ciudad de Armenia-República de Colombia

n

n

n

n

n

n 873 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios a la ingeniera Ximena Ponce León, Ministra de Inclusión Económica y Social, quien participará en el Sexto Seminario Internacional sobre Programas de Transferencias Condicionadas (PTC), a celebrarse en Vitacura, Santiago de Chile – Chile

n

n

n

n

n

n 875 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al doctor Fernando Alvarado Espinel, Secretario Nacional de Comunicación, quien viajará a la ciudad de Nueva York – Estados Unidos, para cumplir con la agenda en la visita oficial del Jefe de Estado Ecuatoriano y coordinar el enlace ciudadano en ese país

n

n

n

n

n

n 876 Legalízase la comisión de servicios del doctor David Eduardo Chiriboga Allnutt, Ministro de Salud Pública, en la ciudad de New York – Estados Unidos, con motivo de asistir a la Reunión de Alto Nivel sobre Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles

n

n

n

n

n

n 877 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al señor José Francisco Cevallos Villavicencio, Ministro del Deporte, para que asista a la Feria ?Ecuador Itinerante?, en la ciudad de New York – Estados Unidos

n

n

n

n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

n

n

n

n 319 Desígnase a la economista María Alejandra Pareja Armendáriz, Subsecretaria de Comercialización del MAGAP, para que actúe como delegada del titular de esta Cartera de Estado, ante el Comité de Comercio Exterior, COMEX

n

n

n

n

n

n 328 MAGAP Delégase al Viceministro de Desarrollo Rural para que dentro de sus respectivas competencias, ejecute varias atribuciones y responsabilidades

n

n

n

n Ministerio de Educación:

n

n

n

n 317-11 Autorízase a los docentes con nombramiento que laboran en las instituciones educativas públicas a nivel nacional y en todos los niveles y modalidades de la educación, para que utilicen hasta el 10% de su jornada laboral semanal, para cursos de formación continua del Sistema Integral de Desarrollo Profesional Educativo -SIPROFE-

n

n

n

n

n

n 324-11 Responsabilízase a las máximas autoridades de las instituciones educativas para que dichos establecimientos sean espacios de convivencia social pacífica, en los que se promueva una cultura de paz y de no violencia entre las personas y contra cualquiera de los actores de la comunidad educativa, así como la resolución pacífica de conflictos en todos los espacios de la vida personal, escolar, familiar y social

n

n

n

n Ministerio del Interior:

n

n

n

n 2249 Delégase al Coordinador/a Estratégico/a, para que ejerza de conformidad con la ley, varias funciones y atribuciones

n

n

n

n

n

n 2251 Encárganse atribuciones y facultades, mientras dure la ausencia del país del Ministro del Interior, al Viceministro de Seguridad Interna, Leonardo Berrezueta Carrión

n

n

n

n

n

n 2252 Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del doctor Jorge Villacreses Guillén, Asesor 2 del Ministro y otros funcionarios, quienes participaron en las reuniones sobre temas de seguridad, efectuadas en la ciudad de Bogotá Colombia

n

n

n

n

n

n 2335 Desígnase al señor Gustavo Fabián Rosero Jaramillo, Asesor del Ministro, como delegado del Ministro del Interior, para que integre el Comité Nacional de Soberanía Energética (CONSE) de carácter permanente y como apoyo operativo de este Consejo

n

n

n

n

n

n 2336 Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la delegación de esta Cartera de Estado, integrada por el Teniente Coronel Augusto Sandoval Chávez, Director de Policía Preventiva de la Subsecretaría de Policía y otros funcionarios, que participaron en la Primera Ronda de Encuentros Técnicos preparatoria de la XXX Reunión de Ministros del Interior y Justicia del MERCOSUR y Estados Asociados, celebrada en Montevideo Uruguay

n

n

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n

n

n NAC-DGECCGC11-00012 A los administradores y concesionarios de peajes a nivel nacional

n

n

n

n Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

n

n

n

n 291 Dispónese que la Subsecretaría de Riego y Drenaje asuma la administración y supervisión de todos los contratos suscritos en virtud de la emergencia declarada por el Decreto Ejecutivo No. 900 de 31 de enero del 2008

n

n

n

n Empresa Pública Cementera del Ecuador:

n

n

n

n EPCE-GG-2011-006-CO Autorízase el viaje al exterior de la comisión integrada por el Gerente General y el Asesor Jurídico, con el fin de reunirse con un posible socio estratégico, que permita el cumplimiento del Plan Estratégico de la Empresa Pública Cementera del Ecuador

n

n

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n

n

n RMA-SRERDFI11-00002 Deléganse atribuciones a la ingeniera Aida Cecilia Intriago Párraga, servidora de la Dirección Regional Manabí del SRI

n

n

n

n

n

n PSD-DPRRDFI11-00002 Deléganse atribuciones al ingeniero Nilo Arturo de la Torre López, Jefe del Departamento de Servicios Tributarios de la Dirección Provincial del SRI de Santo Domingo de los Tsáchilas

n

n

n

n

n

n RC1-SRERDRI11-00324 Asígnanse facultades al señor Israel David Gaibor González, Jefe de Agencia Sur del SRI

n

n

n

n

n

n NAC-DNRRSGE11-00373 Delégase expresamente en el ámbito nacional a: directores nacionales, jefes nacionales de departamento, Lcda. Cecilia Crisanto y otros funcionarios, para que en calidad de delegados de la autoridad nominadora conformen los respectivos tribunales de méritos y oposición y tribunales de apelaciones contemplados en la Norma del Subsistema de Reclutamiento y Selección

n

n

n

n

n

n NAC-DGERCGC11-00374 Delégase expresamente en el ámbito nacional a: jefes nacionales del Departamento de Recursos Humanos, jefes nacionales del Área de Recursos Humanos, Jefe Oficina Nacional, Ing. Fátima Morales A. y otros funcionarios, y dentro de su respectiva jurisdicción, a los jefes regionales del Área de Recursos Humanos y a los jefes regionales del Departamento Administrativo Financiero para que, en calidad delegados de la Dirección Nacional de Recursos Humanos o las UATH´s institucionales, conformen los respectivos tribunales de méritos y oposición y tribunales de apelaciones contemplados en la Norma del Subsistema de Reclutamiento y Selección de Personal

n

n

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n

n

n DGN-263-2011 Autorízase previo a la celebración de los convenios especiales de recaudación, que se debe realizar el procedimiento para la selección de las instituciones del Sistema Financiero Nacional que se encargarán de la recaudación de valores que por cualquier concepto le corresponda al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador

n

n

n

n

n

n DGN-2011-0495 Deléganse atribuciones a la Dirección Nacional de Auditoría e Inspecciones y a las direcciones regionales de intervención de la Dirección Nacional de Intervención del Servicio de Aduana del Ecuador

n

n

n

n Unidad de Análisis Financiero, Consejo Nacional contra el Lavado de Activos:

n

n

n

n UAF-DG-2011-0062 Notifícase a todos los registradores de la propiedad y mercantiles a nivel nacional, como sujetos obligados a informar a la UAF, en los términos previstos en la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos y en otros documentos legales

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Concejo Cantonal de San Cristóbal (provincia de Galápagos): Para la organización, administración y funcionamiento del Registro de la Propiedad

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Sucre: Reformatoria a la Ordenanza que regula el ejercicio del Registro de la Propiedad

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía: Que regula la administración y funcionamiento del Registro de la Propiedad

n

n

n

n

n

n No. 863

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 12494 del 13 de septiembre del 2011 a favor del doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable, para su desplazamiento a Viena-Austria del 17 al 25 del mes presente, a fin de asistir a la Quincuagésima Reunión Ordinaria de la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al doctor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable, para su desplazamiento a Viena-Austria del 17 al 25 de septiembre del 2011, a fin de asistir a la Quincuagésima Reunión Ordinaria de la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica.

n

n

n

n Artículo segundo.- Todos los gastos relacionados con este desplazamiento se cubrirán con recursos del Ministerio de Electricidad de Energía Renovable.

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 872

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 12729 del 14 de septiembre del 2011 a favor del ingeniero Jaime Hernán Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información para su desplazamiento a la ciudad de Armenia-República de Colombia del 19 al 21 del mes presente, para que participe en el 11vo. Simposio Mundial para Organismos Reguladores y en el Foro de Líderes de la Industria Global, organizado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) en colaboración con el Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicación y la Comisión Reguladora de Colombia (CRC); y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al ingeniero Jaime Hernán Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, quien participará en el 11vo. Simposio Mundial para Organismos Reguladores y en el Foro de Líderes de la Industria Global, a celebrarse en la ciudad de Armenia-República de Colombia del 19 al 21 de septiembre del 2011.

n

n

n

n Artículo segundo.- El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información cubrirá el valor de pasajes aéreos y viáticos.

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 873

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 12260 del 19 de septiembre del 2011 a favor de la Ministra de Inclusión Económica y Social, ingeniera Ximena Mercedes Ponce León, para su desplazamiento a Vitacura, Santiago de Chile-Chile, del 28 de septiembre al 1 de octubre próximo, para que participe en el Sexto Seminario Internacional sobre Programas de Transferencias Condicionas (PTC), en atención a la invitación de la FAO, CEPAL y ACNUDH; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la ingeniera Ximena Ponce León, Ministra de Inclusión Económica y Social, quien participará en el Sexto Seminario Internacional sobre Programas de Transferencias Condicionadas (PTC), a celebrarse en Vitacura, Santiago de Chile-Chile del 28 de septiembre al 1 de octubre del 2011.

n

n

n

n Artículo segundo.- Los organizadores del evento cubrirán los gastos de traslado y viáticos (FAO, CEPAL, ACNUDH).

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 875

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante memorando No. SNCOM-M-11-1955 de 19 de septiembre del 2011 el economista Pablo Yánez Saltos, Coordinador General solicita el acuerdo a favor del doctor Fernando Alvarado Espinel, Secretario Nacional de Comunicación, ya que viajará a Nueva York-Estados Unidos del 22 al 25 del mes presente, a fin de cumplir la agenda en la visita oficial del señor Presidente Constitucional de la República, además de coordinar el enlace ciudadano; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al doctor Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de Comunicación, quien viajará a la ciudad de Nueva York-Estados Unidos del 22 al 25 de septiembre del 2011, para cumplir con la agenda en la visita oficial del Jefe de Estado Ecuatoriano, y coordinar el enlace ciudadano en ese país.

n

n

n

n Artículo segundo.- Los viáticos se aplicarán al presupuesto de la Presidencia de la República. Se indica que el viaje lo efectuará en vuelo chárter.

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 876

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 12700 del 19 de septiembre del 2011 a favor del señor Ministro de Salud Pública, doctor David Eduardo Chiriboga Allnutt, para su desplazamiento a New York-Estados Unidos del 18 al 20 del mes presente, quien asiste a la Reunión de Alto Nivel sobre Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, con el aval respectivo del Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social de fecha 16 de septiembre del 2011; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Legalizar la comisión de servicios del doctor David Eduardo Chiriboga Allnutt, Ministro de Salud Pública en la ciudad de New York-Estados Unidos del 18 al 20 de septiembre del 2011, con motivo de asistir a la Reunión de Alto Nivel sobre Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles.

n

n

n

n Artículo segundo.- Los gastos en concepto de alimentación, estadía y pasajes de ida-retorno son financiados en su totalidad por el Ministerio de Salud Pública.

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 20 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 877

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 12890 del 20 de septiembre del 2011 que se respalda en el aval del Ministerio de Coordinación de Patrimonio, para el desplazamiento del señor Ministro del Deporte, José Francisco Cevallos Villavicencio, a la ciudad de New York- Estados Unidos del 21 al 26 del mes presente para que participe en la Feria ?Ecuador Itinerante?; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo primero.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor José Francisco Cevallos Villavicencio, Ministro del Deporte, para que asista a la Feria ?Ecuador Itinerante?, en la ciudad de New York- Estados Unidos del 21 al 26 de septiembre del 2011.

n

n

n

n Artículo segundo.- Los gastos de viáticos, pasajes aéreos y tasas aeroportuarias serán cancelados por el Ministerio del Deporte.

n

n

n

n Artículo tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 21 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 319

n

n

n

n EL MINISTERIO DE AGRICULTURA,

n

n GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Código de la Producción Comercio e Inversiones, publicado en el Registro Oficial Suplemento 351 de 29-dic- 2010, crea el Comité de Comercio Exterior, COMEX, cuerpo colegiado de carácter intersectorial público que aprueba las políticas públicas nacionales en materia de política comercial, encargado de la regulación de todos los asuntos y procesos vinculados a esta materia;

n

n

n

n Que el artículo 71 del citado código señala a los integrantes del referido comité entre los cuales consta el titular o delegado del Ministerio Rector de la Política Agrícola, que es el titular del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca;

n

n

n

n Que en el mismo artículo 71 se señala que los delegados deberán tener por lo menos el rango de Subsecretario; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República y al artículo 17 del estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- Designar a la economista María Alejandra Pareja Armendáriz, Subsecretaria de Comercialización del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, para que actúe como delegada del titular de esta Cartera de Estado, ante el Comité de Comercio Exterior, COMEX.

n

n

n

n Artículo 2.- Déjese sin efecto cualquier acuerdo ministerial que se oponga al presente.

n

n

n

n Artículo 3.- De la ejecución del presente acuerdo que entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese la Subsecretaria de Desarrollo Organizacional quien dará a conocer de esta designación al COMEX.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en Quito, Distrito metropolitano, a 31 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Staynley Vera Prieto, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n

n

n

n

n

n MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 16 de septiembre del 2011.- f.) Secretario General ?MAGAP?.

n

n

n

n No. 328 MAGAP

n

n

n

n EL MINISTRO DE AGRICULTURA,

n

n GANADERÍA ACUACULTURA Y PESCA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Art. 227 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que: La Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que el Art. 154 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que son atribuciones de las ministras y ministros de Estado: ?1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n

n

n Que la Ley de Modernización del Estado, promulgada en el Registro Oficial 349 del 31 de diciembre de 1993, establece en su Art. 35 que: ?Cuando la importancia económica o geográfica de la zona a la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones…?;

n

n

n

n Que el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en sus artículos 17 y 55 regula las atribuciones de delegación administrativa;

n

n

n

n Que mediante Acuerdo Ministerial No. 080 de 28 de febrero del 2011, se delegó al Viceministro de Desarrollo Rural, Sociólogo Miguel Carvajal Aguirre, atribuciones y responsabilidades adicionales, para facilitar la gestión operativa del referido Viceministerio;

n

n

n

n Que en el ámbito de competencia del Viceministro de Desarrollo Rural también se contempla el relacionamiento directo con organismos públicos y privados interesados en establecer mecanismos de coordinación y colaboración para el desarrollo y aplicación de las políticas de desarrollo rural a cargo de esta dependencia, lo cual requiere de una mayor desconcentración de sus funciones que le permitan optimizar tiempo y recursos;

n

n

n

n Que para impulsar esta gestión, es necesario que el Viceministro de Desarrollo Rural esté en capacidad de suscribir convenios y demás instrumentos de cooperación interinstitucional que faciliten la consecución de los objetivos del desarrollo rural; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades establecidas en el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 35 de la Ley de Modernización del Estado y los Arts. 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar al Viceministro de Desarrollo Rural para que bajo su responsabilidad y a nombre y en representación del titular de esta Cartera de Estado, dentro de sus respectivas competencias, ejecute las siguientes atribuciones y responsabilidades:

n

n

n

n Celebre y suscriba, con sujeción a la ley, los convenios y demás instrumentos de cooperación interinstitucional con los organismos del sector público y/o privado, destinados a instrumental los planes, programas y proyectos a cargo del Viceministerio de Desarrollo Rural.

n

n

n

n Art. 2.- El funcionario delegado en virtud del presente acuerdo, será responsable civil, administrativa y penalmente de sus actos u omisiones en el ejercicio de su delegación.

n

n

n

n Art. 3.- El funcionario delegado en virtud del presente acuerdo, informará trimestralmente al titular de esta Cartera de Estado, sobre todas las acciones realizadas al amparo de esta delegación; así como, la evaluación de los logros y objetivos institucionales y nacionales alcanzados.

n

n

n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción, sin perjuicio de su promulgación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 7 de septiembre del 2011.

n

n

n

n f.) Staynley Vera Prieto, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n

n

n

n MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 16 de septiembre del 2011.- f.) Secretario General ?MAGAP?.

n

n

n

n No. 317 ? 11

n

n

n

n Gloria Vidal Illingworth

n

n MINISTRA DE EDUCACIÓN

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el artículo 26 de la Constitución de la República prescribe que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado, la sociedad y la familia, área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el ?buen vivir?, y que es responsabilidad del Estado definir y ejecutar políticas que permitan alcanzar estos propósitos;

n

n

n

n Que el artículo 344 del mismo ordenamiento determina que ?El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad educativa nacional, que formulará la política nacional de educación; asimismo regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades del sistema?;

n

n

n

n Que el artículo 25 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 417 de 31 de marzo del 2011, concordante con lo dispuesto en el artículo 344 de la Carta Magna, establece que ?La Autoridad Educativa Nacional ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y le corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la Constitución de la República?;

n

n

n

n Que el artículo 349 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el Estado garantizará al personal docente, en todos los niveles y modalidades, estabilidad, actualización, formación continua y mejoramiento pedagógico y académico; una remuneración justa, de acuerdo a la profesionalización, desempeño y méritos académicos;

n

n

n

n Que el artículo 112 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural define el desarrollo profesional como ?un proceso permanente e integral de actualización psicopedagógica y en ciencias de la educación? y además establece que ?el desarrollo profesional de las y los educadores del sistema educativo fiscal conduce al mejoramiento de sus conocimientos, habilidades y competencias lo que permitirá ascensos dentro de las categorías del escalafón y/o la promoción de una función a otra?;

n

n

n

n Que es deber del Estado, a través del Ministerio de Educación, en cumplimiento a las políticas 6 y 7 del Plan Decenal de Educación, aprobado para el período 2006 – 2015, propiciar el mejoramiento de la calidad y equidad de la educación; así como, la revalorización de la profesión docente y mejoramiento de la formación inicial, desarrollo profesional, condiciones de trabajo y calidad de vida;

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n Que el artículo 117 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural establece que ?la jornada semanal de trabajo será de cuarenta horas reloj, de la siguiente manera: seis horas pedagógicas diarias, cumplidas de lunes a viernes. El tiempo restante hasta cumplir las ocho horas diarias estará distribuido en actualización, capacitación pedagógica, coordinación con los padres, actividades de recuperación pedagógica, trabajo en la comunidad, planificación, revisión de tareas, coordinación de área y otras actividades contempladas en el respectivo Reglamento?;

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n Que el Ministerio de Educación tiene como uno de sus objetivos institucionales facilitar la asistencia de los docentes y otros profesionales educativos a los cursos de formación continua del SIPROFE, y de esa manera contribuir al perfeccionamiento profesional de los actores del sistema educativo fiscal; y,

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n En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; 22 literales t) y u), y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

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n Acuerda:

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n Art. 1.- Autorizar a los docentes con nombramiento que laboran en las instituciones educativas públicas a nivel nacional y en todos los niveles y modalidades de la educación, para que utilicen hasta el diez por ciento (10%) de su jornada laboral semanales decir, cuatro horas reloj semanales- para cursos de formación continua del Sistema Integral de Desarrollo Profesional Educativo -SIPROFEdel Ministerio de Educación.

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n Art. 2.- Disponer que las autoridades de las instituciones educativas públicas acuerden con sus docentes que participan en cursos del SIPROFE, la forma cómo usarán esas cuatro horas de su jornada laboral, sin afectar sus treinta (30) horas pedagógicas; y que autoricen y presten las facilidades al docente para que, luego de concluir sus clases, pueda participar en los cursos de formación continua del SIPROFE.

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n Art. 3.- Disponer que las autoridades de las instituciones educativas públicas lleven un registro escrito y firmado por los docentes de este uso que hacen de las cuatro horas de su jornada laboral fuera de clases, para cursos de formación continua del SIPROFE.

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n Art. 4.- Prohibir el uso de las cuatro horas de la jornada laboral para cursos del SIPROFE con carácter retroactivo, es decir, no se aplica a cursos ya tomados y concluidos. Solamente es aplicable a cursos que se estén tomando o se tomarán en el futuro.

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n Art. 5.- Encargar a los/las señores/as coordinadoras zonales, subsecretarias metropolitanas de Educación y directores/as provinciales de educación, bajo su responsabilidad, que controlen el cumplimiento del presente acuerdo y dispongan el inicio de los correspondientes procesos disciplinarios ante las comisiones de defensa profesional, en contra de las máximas autoridades de los establecimientos educativos públicos que desacaten esta disposición.

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n Art. 6.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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n DISP