n REGISTRO OFICIAL
n
n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
n
n Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
n
n MiĆ©rcoles, 21 de Septiembre de 2011 – R. O. No. 539
n
n
n n
n
n
n SecretarĆa Nacional de la Administración PĆŗblica:
n
n 842 LegalĆzase la comisión de servicios en el exterior del seƱor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional
n
n 843AutorĆzase el viaje y declĆ”rase en comisión de servicios en el exterior a la economista Nathalie Cely SuĆ”rez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad
n
n 844Concédese vacaciones al ingeniero Leonardo J. Reyes B., Mba, Subsecretario de Gestión Estratégica e Innovación
n
n 845ModifĆcase el Acuerdo NĀŗ 833 del 15 de agosto del 2011 mediante el cual se autorizó la comisión de servicios en el exterior al seƱor Guillermo Solórzano Ph.D., Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano
n
n Ministerio de Agricultura, GanaderĆa, Acuacultura y Pesca:
n
n 300 MAGAP Transfiérese a la Coordinación General de Innovación del Viceministerio de Desarrollo Rural, los programas: Nacional de Negocios Rurales, Inclusivos (PRONERI), y De Innovación Tecnológica
n
n Ministerio de Cultura:
n
n 144-2011ConcĆ©dese en calidad de auspicio a favor del seƱor Juan Gabriel Reyes Loor, 5 pasajes aĆ©reos en la ruta Guayaquil – MĆ©xico – Guayaquil
n
n
n
n Ministerio de Educación:
n
n
n
n 311-11Instaúranse en las instituciones educativas públicas, particulares y fiscomisionales bilingües en lengua extranjera (en idioma inglés), a nivel nacional, el otorgamiento de un diploma debidamente certificado
n
n Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:
n
n 0292Refórmase el estatuto con el cambio de denominación como ?Misioneras del Evangelio?, con domicilio en el cantón Ibarra, provincia de Imbabura
n
n Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración:
n
n Addéndum Nº 1 al Convenio de Financiación entre la Unión Europea y la República del Ecuador ?Fortalecimiento Institucional de la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional y del Sistema Ecuatoriano de Cooperación Internacional? (FORTISEC)
n
n Ministerio de Salud PĆŗblica:
n
n 00000691EncƔrgase las funciones del Despacho Ministerial, al doctor NicolƔs Jara Orellana, Subsecretario General de Salud
n
n 00000692Ejecútase el Proyecto ?Estrategia Nacional Intersectorial de Planificación Familiar? desde el 1 de junio del 2011 hasta el 31 de diciembre del 2013
n
n SecretarĆa Nacional de Educación Superior, Ciencia, TecnologĆa e Innovación:
n
n 2011-048DesĆgnase al economista Augusto Xavier Espinosa Andrade, Subsecretario General de Educación Superior, delegado ante el Consejo Sectorial de Desarrollo Social
n
n 2011-049CalifĆcase al ?Proyecto Prometeo Viejos Sabios? como Proyecto EmblemĆ”tico del SENESCYT
n
n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:
n
n DGN-DNR-DTA-ECB-OF-2011-0027 Consulta de clasificación arancelaria para el producto denominado comercialmente Sensor Infrarrojo Pasivo MS-100E
n
n Ministerio del Ambiente:
n
n 326RatifĆcase la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental de la Concesión Minera Selva Alegre (Código 122), para la fase minera de explotación de minerales no metĆ”licos (caliza), ubicada en el cantón Otavalo, parroquia Selva Alegre, sector Cerro Quinde Guagua, provincia de Imbabura y otórgase la licencia ambiental para dicho estudio
n
n Ministerio de Relaciones Laborales:
n
n 00235ApruƩbase el Reglamento Electoral de la Junta Nacional de Defensa del Artesano para las Elecciones del 2011
n
n Unidad de AnƔlisis Financiero:
n
n UAF-DG-2011-0059NotifĆcanse a todos los casinos y salas de juego, que hasta la fecha no hayan recibido una notificación previa, como sujetos obligados a informar a la UAF, su obligación de conocer y aplicar la ?Estructura para el reporte de operaciones y transacciones económicas que igualen o superen el umbral para los casinos y salas de juego?
n
n Ordenanzas Municipales:
n
n GADMS 004-2011Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Salitre: Normativa para la determinación, gestión, recaudación e información de las contribuciones especiales de mejoras, por obras ejecutadas
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Portovelo: De ampliación urbana, que incorpora a los centros poblados de las parroquias, sitios y recintos
n
n Fe de Erratas:
n
n A la publicación de la Resolución No. 007-2011 del Consejo de la Judicatura en Transición, mediante la cual se expide el Instructivo para el concurso de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social, para la selección y designación de juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, efectuada en el Suplemento del Registro Oficial Nº 520 de 25 de agosto del 2011
n
n NĀŗ 842
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n Vista la solicitud de viaje al exterior Nº 12192 del 24 de agosto del 2011 a favor del señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional, para su desplazamiento a Moscú-Rusia del 27 de agosto al 3 de septiembre próximo, a fin de asistir a la Primera Reunión de la Comisión Intergubernamental Ecuatoriano-Rusa para la Cooperación Técnica Militar, y participar en las reuniones de trabajo con ROSOBORONEXPORT sobre el Proyecto ?Recuperación de la Infraestructura de Transporte Terrestre, Aéreo y de Comunicaciones de la Fuerza Terrestre Ecuatoriana?; y,
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 433 de 25 de iguales mes y aƱo,
n
n Acuerda:
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios al seƱor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional, en MoscĆŗ-Rusia del 27 de agosto al 3 de septiembre del 2011, con motivo de asistir a la Primera Reunión de la Comisión Intergubernamental Ecuatoriano- Rusa para la Cooperación TĆ©cnico Militar, y a las reuniones de trabajo con ROSOBORONEXPORT sobre el Proyecto ?Recuperación de la Infraestructura de Transporte Terrestre, AĆ©reo y de Comunicaciones de la Fuerza Terrestre Ecuatoriana?.
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento son cubiertos del presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional.
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de agosto del 2011.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.
n
n
n
n NĀŗ 843
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Vista la solicitud de viaje al exterior Nº 12254 del 26 de agosto del 2011 a favor de la economista Nathalie Cely SuÔrez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y
n
n
n
n
n
n Competitividad, para su desplazamiento a Lima-PerĆŗ el 31 del mes presente, a fin de asistir al evento para inversionistas que se encuentra organizando la Embajada del Ecuador en PerĆŗ; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporada mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 433 de 25 de iguales mes y aƱo,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios a la economista Nathalie Cely SuĆ”rez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad, para su desplazamiento a Lima-PerĆŗ el 31 de agosto del 2011, a objeto de participar en el evento para inversionistas que se encuentra organizando la Embajada del Ecuador en PerĆŗ.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Los valores correspondientes a los viĆ”ticos y movilización, serĆ”n financiados por el Ministerio de Coordinación de la Producción, Empleo y Competitividad, igualmente los demĆ”s egresos que sean permitidos y que demande el cumplimiento de la mencionada misión oficial.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de agosto del 2011.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento con firmas electrónicas.
n
n
n
n NĀŗ 844
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante memorando NĀŗ SIGE-M-11-00714 del 29 de agosto del 2011, el ingeniero Leonardo J. Reyes B., Mba, Subsecretario de Gestión EstratĆ©gica e Innovación solicita autorizarle vacaciones del martes 30 de agosto al viernes 2 de septiembre del presente aƱo, con el fin de atender asuntos de Ćndole personal; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 433 de 25 de iguales mes y aƱo,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Conceder al seƱor ingeniero Leonardo J. Reyes B., Mba, Subsecretario de Gestión EstratĆ©gica e Innovación, vacaciones en el perĆodo del 30 de agosto al 2 de septiembre del 2011
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- En ausencia del titular, se encarga la SubsecretarĆa de Gestión EstratĆ©gica e Innovación al seƱor abogado Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración PĆŗblica.
n
n
n
n ARTĆCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 30 de agosto del 2011.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento con firmas electrónicas.
n
n
n
n NĀŗ 845
n
n
n
n Vinicio Alvarado Espinel
n
n SECRETARIO NACIONAL DE LA
n
n ADMINISTRACIĆN PĆBLICA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que mediante oficio Nº MCCTH-ST-2011-0034-O del 28 de agosto del 2011 dirigido al señor Secretario Nacional de la Administración Pública el señor abogado Marcelo Xavier Calderón Vintimilla, Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, subrogante comunica que el Ministro Guillermo Solórzano por cuestiones fortuitas y de fuerza mayor que son de conocimiento público (HuracÔn Irene que estÔ afectando todas las actividades en la Costa Este de los Estados Unidos) no pudo arribar al Ecuador el 28 de este mes, y por motivo de itinerarios y conexiones, su retorno estÔ previsto para el 31 de agosto; y,
n
n
n
n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆculo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 433 de 25 de iguales mes y aƱo,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n ARTĆCULO PRIMERO.- Modificar el Acuerdo NĀŗ 833 del 15 de agosto del 2011 mediante el cual se autorizó la comisión de servicios del seƱor Guillermo Solórzano Ph. D., Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano para su desplazamiento a Boston-Estados Unidos del 21 al 28 de agosto del 2011 en el sentido que la misma se amplĆa en tres dĆas mĆ”s legalizĆ”ndola hasta el 31 del mes presente, en base al justificativo expuesto en el primer considerando del presente acuerdo.
n
n
n
n ARTĆCULO SEGUNDO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha.
n
n
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 30 de agosto del 2011.
n
n
n
n f.) Vinicio Alvarado Espinel.
n
n
n
n Documento con firmas electrónicas.
n
n
n
n
n
n
n EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERĆA, ACUACULTURA Y PESCA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, el Art. 1 del Decreto Ejecutivo No. 437 del 22 de junio, publicado en el Registro Oficial No. 120 de 5 de julio del 2007, que puso en vigencia el Estatuto de RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que ?SerĆ” facultad expresa de los Ministros de Estado, establecer la organización de cada uno de sus ministerios…?;
n
n
n
n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 195 de 29 de diciembre del 2009, publicado en Registro Oficial Suplemento No. 111 de 19 de enero del 2010, se emiten los lineamientos estructurales para organizar las unidades administrativas en los niveles de dirección, asesorĆa, apoyo y operativo, de los ministerios de Coordinación y sectoriales, secretarias e institutos nacionales pertenecientes a la Función Ejecutiva;
n
n
n
n Que, la SecretarĆa Nacional TĆ©cnica del actual Ministerio de Relaciones Laborales por medio de oficio No. DISENRES- 2009-003400 del 6 de junio del 2009, emite dictamen favorable, al proyecto de acuerdo ministerial, en el cual consta el Estatuto OrgĆ”nico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Agricultura, GanaderĆa, Acuacultura y Pesca;
n
n
n
n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 007 de 7 de enero del 2011, se reforma el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del MAGAP, con la creación del Viceministerio de Desarrollo Rural;
n
n
n
n Que, por medio de Acuerdo Ministerial 219 de 29 de julio del 2011, se reforma el Estatuto OrgĆ”nico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Agricultura, GanaderĆa, Acuacultura y Pesca incorporando a la estructura del Viceministerio de Desarrollo Rural varias unidades administrativas;
n
n
n
n Que, la SecretarĆa Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES- ha establecido directrices tĆ©cnicas, dirigidas a las distintas carteras de Estado para que establezcan su modelo de gestión, acorde al plan nacional de desarrollo y a los objetivos del Gobierno Nacional, para el desarrollo armónico del paĆs; y,
n
n
n
n En uso de las facultades determinadas en los artĆculos 154, numeral 1 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador y 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la Función Ejecutiva y atribuciones que le confiere el artĆculo 1 del Decreto Ejecutivo No. 437 del 22 de junio del 2007,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n Art. 1.- Transferir a la Coordinación General de Innovación del Viceministerio de Desarrollo Rural, los siguientes programas: Programa Nacional de Negocios Rurales, Inclusivos (PRONERI), Programa de Innovación Tecnológica.
n
n
n
n Art. 2.- El Proyecto Integral para el Desarrollo AgrĆcola Ambiental y Social de forma Sostenible del Ecuador (PIDAASSE), reportarĆ” los resultados de su gestión mensualmente a la Coordinación General de Innovación del Viceministerio de Desarrollo Rural, sin perjuicio de su continuidad operacional en las provincias de Guayas y Santa Elena y mantendrĆ” su dependencia administrativa respecto de la SubsecretarĆa de Fomento AgrĆcola. El Coordinador General de Innovación Tecnológica, queda delegado para intervenir a nombre de esta Cartera de Estado en el citado proyecto.
n
n
n
n Art. 3.- El Proyecto de Competitividad Agropecuaria y Desarrollo Rural Sostenible (CADERS), reportarĆ” los resultados de su gestión mensualmente a la Coordinación General de Innovación del Viceministerio de Desarrollo Rural, sin perjuicio de su continuidad operacional como unidad ejecutora del Ministerio de Agricultura, GanaderĆa Acuacultura y Pesca. El Coordinador General de Innovación Tecnológica, queda delegado para intervenir a nombre de esta cartera de estado en el citado proyecto.
n
n
n
n Art. 4.- Encargar a la Coordinación General de Innovación la evaluación de los programas y proyectos y del personal que labora en cada uno de los programas.
n
n
n
n Art. 5.- De la ejecución del presente acuerdo, encÔrguese al Viceministerio de Desarrollo Rural.
n
n
n
n El presente acuerdo entrarÔ en vigencia, a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n
n
n ComunĆquese y publĆquese.
n
n
n
n Dado en Quito, a 19 de agosto del 2011.
n
n
n
n f.) Staynley Vera Prieto, Ministro de Agricultura, GanaderĆa, Acuacultura y Pesca.
n
n
n
n Ministerio de Agricultura GanaderĆa, Acuacultura y Pesca.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Secretario General, MAGAP.- Fecha, 29 de agosto del 2011.
n
n
n
n
n
n
n Ivonne Marisela Rivera YƔnez
n
n VICEMINISTRA DE CULTURA
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, el numeral 6 del artĆculo 380 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, establece: SerĆ”n responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estĆmulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales;
n
n
n
n Que, el numeral 7 del artĆculo 380 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone: ?SerĆ”n responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, asĆ como su difusión masiva?;
n
n
n
n Que, el artĆculo 104 del Código OrgĆ”nico de Planificación y Finanzas PĆŗblicas, establece: ?Prohibición de donaciones.-ProhĆbase a las entidades y organismos del sector pĆŗblico realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurĆdicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la RepĆŗblica, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria?;
n
n
n
n Que, el artĆculo 1 del reglamento del artĆculo 104 del Código OrgĆ”nico de Planificación y Finanzas PĆŗblicas, establece: ?Los ministerios, secretarĆas nacionales y demĆ”s instituciones del sector pĆŗblico podrĆ”n realizar transferencias directas de recursos pĆŗblicos a favor de personas naturales o jurĆdicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad?;
n
n
n
n Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 135-2010, expide el reglamento de auspicios que asigna esta Cartera de Estado para actividades culturales, cuyo objeto es conceder auspicios en favor de personas naturales, jurĆdicas, organizaciones sociales y comunitarias, establecidas en el Ecuador, o en el exterior de nacionalidad ecuatoriana, que en razón de sus actividades culturales y de gestión en el Ć”rea cultural requieren del apoyo ministerial para realizarlas, desarrollarlas, fomentarlas y difundirlas en razón de que dichas actividades sean prioritarias en el marco de las polĆticas institucionales;
n
n
n
n Que, mediante comunicación de 16 de junio del 2011, el seƱor Juan Gabriel Reyes Loor, representante de la ?CompaƱĆa Ceibadanza de Manta? solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura para la compra de pasajes aĆ©reos en la ruta Guayaquil – MĆ©xico – Guayaquil, a fin de participar en el XXXI Festival Internacional de Danza ContemporĆ”nea ?Lila López? del 22 al 31 de julio del 2011;
n
n
n
n Que, mediante acta NĀŗ 0022-CA-MC-2011 de 7 de julio del 2011, el ComitĆ© de Auspicios resuelve aprobar el auspicio solicitado por el seƱor Juan Gabriel Reyes Loor, otorgĆ”ndole 5 pasajes aĆ©reos en la ruta Guayaquil – MĆ©xico – Guayaquil;
n
n
n
n Que, mediante comunicación de 18 de julio del 2011, el seƱor Juan Gabriel Reyes Loor, solicita el cambio de fecha del 23 de julio al 7 de agosto por cuanto la CompaƱĆa Ceibadanza de Manta ha sido invitado a tomar clases de Danza clĆ”sica contemporĆ”nea del 1 al 7 de agosto;
n
n
n
n
n
n Que, mediante acta Nº 0023-CA-MC-11 de 18 de julio del 2011, el Comité de Auspicios resuelve aprobar el cambio de fechas para el viaje siempre y cuando en caso de haber diferencia en el valor de los pasajes aéreos ésta sea cubierta por los beneficiarios;
n
n
n
n Que, con fecha 21 de julio de 2011, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria Nº 698 por la cantidad de siete mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 7.000,00), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada ?EspectÔculos Culturales y Sociales?;
n
n
n
n Que, mediante memorando NĀŗ 2563-MC-DADM-11 de 27 de julio del 2011, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de AsesorĆa JurĆdica elaborar el correspondiente proyecto de acuerdo ministerial; y,
n
n
n
n En uso de las atribuciones conferidas en el reglamento de auspicios que asigna el Ministerio de Cultura para actividades culturales, expedido mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 135-2010 de 14 de julio del 2010,
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n Art. 1.- Acoger las resoluciones del ComitĆ© de Auspicios contenidas en las actas No. 0022-CA-MC-2011 de 7 de julio del 2011 y NĀŗ 0023-CA-MC-2011 de 18 de julio del 2011 y conceder en calidad de auspicio a favor del seƱor Juan Gabriel Reyes Loor, 5 pasajes aĆ©reos en la ruta Guayaquil – MĆ©xico – Guayaquil, a fin de participar en el XXXI Festival Internacional de Danza ContemporĆ”nea ?Lila López? y otros del 23 de julio al 7 de agosto del 2011.
n
n
n
n Art. 2.- El seƱor Juan Gabriel Reyes Loor, y los beneficiarios, en retribución del auspicio concedido a su favor por parte del Ministerio de Cultura, realizarĆ”n dos presentaciones gratuitas en coordinación con la Dirección Provincial de ManabĆ.
n
n
n
n Art. 3.- La Dirección Provincial de ManabĆ, actuarĆ” como administrador del presente auspicio.
n
n
n
n Art. 4.- El presente acuerdo entrarÔ en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n
n
n
n ComunĆquese y publĆquese.- Dado en la ciudad de Quito, a 21 de julio del 2011.
n
n
n
n f.) Marisela Rivera YƔnez, Viceministra de Cultura.
n
n
n
n
n
n
n Pablo Cevallos Estarellas
n
n MINISTRO DE EDUCACIĆN (E)
n
n
n
n Considerando:
n
n
n
n Que, la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, en su Art. 27 expresa ?La educación se centrarĆ” en el ser humano y garantizarĆ” su desarrollo holĆstico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; serĆ” participativa, obligatoria, intercultural, democrĆ”tica, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsarĆ” la equidad de gĆ©nero, la justicia, la solidaridad y la paz; estimularĆ” el sentido crĆtico, el arte y la cultura fĆsica; la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar.- La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un paĆs soberano, y constituye un eje estratĆ©gico para el desarrollo nacional?;
n
n
n
n Que, el Art. 154, numeral 1, de la Carta Magna, prescribe que ?? las ministras y ministros de Estado, ademĆ”s de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectorĆa de las polĆticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;
n
n
n
n Que, el Art. 25 de la Ley OrgĆ”nica de Educación Intercultural, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 417 de 31 de marzo del 2011, en concordancia con lo dispuesto en el artĆculo 344 de la Carta Magna, determina que ?La Autoridad Educativa Nacional ejerce la rectorĆa del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y le corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantĆas y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena y permanente de la Constitución de la RepĆŗblica?;
n
n
n
n Que, es deber de esta Cartera de Estado, garantizar la eficacia y eficiencia de las acciones tĆ©cnicas, administrativas y pedagógicas en las diferentes instancias del sistema educativo del paĆs;
n
n
n
n Que, en la actualidad, el idioma Inglés es uno de los mÔs uti1izados a nivel mundial, por ello su enseñanzaaprendizaje debe desarrollarse en el sistema nacional de educación, pues constituye una herramienta fundamental para la formación y desarrollo de destrezas, capacidades y competencias para estudiar crear y trabajar en beneficio individual y social;
n
n
n
n Que, el Ministerio de Educación ha orientado sus esfuerzos hacia el mejoramiento en el tratamiento pedagógicocurricular de este idioma, tanto asà que con Acuerdo Ministerial No. 746 de fecha 9 de marzo del 2000, ratifica la carga horaria de cinco periodos clase a la semana para el aprendizaje del idioma Inglés en el octavo, noveno y décimo años de Educación BÔsica (Ciclo BÔsico) y en los tres años de Bachillerato (Ciclo Diversificado);
n
n
n
n Que, la licenciada Rosa Hurtado Morejón, Directora Nacional de CurrĆculo, con memorando No. 260- DINCU-2011 de 2 de mayo del 2011, adjunta un informe tĆ©cnico mediante el cual solicita que dada la importancia que tiene el idioma InglĆ©s dentro del proceso enseƱanzaaprendizaje, con acuerdo ministerial se establezca el otorgamiento de un diploma a los estudiantes que se hayan destacado en el citado idioma, en el nivel de bachillerato, reconociendo de esta manera su esfuerzo y espĆritu de superación; y,
n
n
n
n En uso de las atribuciones que le confieren los artĆculos 154, numeral 1 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador; 22, literales j), t) y u) de la Ley OrgĆ”nica de Educación Intercultural, y artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n
n
n
n
n Acuerda:
n
n
n
n Art. 1. Instaurar en las instituciones educativas públicas, particulares y fiscomisionales bilingües en lengua extranjera (en idioma Inglés), a nivel nacional, el otorgamiento de un diploma debidamente certificado, a la o el estudiante que haya obtenido el mayor puntaje en la asignatura del idioma Inglés, El estudiante acreedor de dicho diploma, deberÔ preparar un discurso en esa lengua extranjera, el mismo que serÔ disertado ante sus compañeros y público en general, en el acto solemne de la ceremonia de graduación de bachilleres.
n
n
n
n Art. 2. Responsabilizar a la mÔxima autoridad de las instituciones educativas, la conformación oportuna de una comisión que se encargarÔ del estudio y anÔlisis del record estudiantil en el idioma Inglés, comisión que estarÔ integrada por:
n
n
n
n El/la Rector/a, quien la presidirĆ”.
n
n
n
n El Presidente del Gobierno Escolar.
n
n
n
n EI Presidente del Consejo Estudiantil.
n
n
n
n El Secretario/a del plantel darĆ” fe de lo actuado (actĆŗa con voz informativa).
n
n
n
n
n
n Art. 3. Determinar que los promedios de calificación en el idioma Inglés, para designar a la o el estudiante con mayor puntaje, corresponderÔn a los años octavo, noveno, décimo de Educación BÔsica y primero y segundo de Bachillerato. En caso de empate se calcularÔ el promedio hasta con tres decimales; si se mantiene el empate, se reconocerÔ a los estudiantes que poseen el promedio mÔs alto.
n
n
n
n Art. 4. Establecer que para que un estudiante sea acreedor a este diploma, no es necesario que haya permanecido todo el tiempo en la misma institución educativa. También serÔn considerados los estudiantes extranjeros cuyo idioma materno no sea el Inglés y que acrediten los promedios de los cinco años.
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n Art. 5. Determinar que la designación de la o el estudiante con mayor puntaje en el idioma Inglés, se realice en la misma fecha de elección de abanderados sea régimen Sierra o régimen Costa.
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n Art. 6. Responsabilizar a la Dirección Nacional de CurrĆculo, subsecretarĆas metropolitanas, coordinaciones zonales, distritos y direcciones provinciales, en lo venidero direcciones distritales, el control y fiel cumplimiento de la ejecución del presente acuerdo.
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n Art. 7. Derogar el Acuerdo Ministerial 210-11 de 7 de junio del 2011.
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n Disposición final.- Este acuerdo ministerial entrarÔ en vigencia a partir su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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n ComunĆquese, publĆquese y cĆŗmplase.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 26 de agosto del 2011.
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n f.) Pablo Cevallos Estarellas, Ministro de Educación (E).
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n Ministerio de Educación.- Coordinación General de AsesorĆa JurĆdica.- Certifico.- Que esta copia es igual a su original.- Fecha.- 30 de agosto del 2011.- f.) Ilegible.
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n NĀŗ 0292
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n Dra. Johana Pesantez BenĆtez
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n MINISTRA DE JUSTICIA,
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n DERECHOS HUMANOS Y CULTOS
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n Considerando:
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n Que, corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión ministerial;
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n Que, el artĆculo 66 de la Constitución de la RepĆŗblica del Ecuador, numerales 8 y 13 en su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en pĆŗblico o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria.?;
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n Que, el artĆculo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial NĀŗ 547, de 23 de julio de 1937, seƱala: ?Las diócesis y las demĆ”s organizaciones religiosas de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆs, para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarĆ”n al Ministerio de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administración de sus bienes, asĆ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ” el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elección y renovación del mismo y las facultades de que estuviere investido.?;
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n Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 410, publicado en el Registro Oficial 235, de 14 de julio del 2010, el señor Presidente Constitucional de la República, Economista Rafael Correa, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominación, por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;
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n Que, dicha organización religiosa fue reconocida jurĆdicamente mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 4810 de 26 de octubre de 1994, con el nombre de ?Instituto de Misioneras de MarĆa Auxiliadora?;
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n Que, la Coordinadora General del Instituto de Misioneras de MarĆa Auxiliadora, con domicilio en el cantón Ibarra, provincia de Imbabura, solicita a este Ministerio el registro del estatuto reformado con el cambio de denominación de Instituto de Misioneras de ?MarĆa Auxiliadora? a ?MISIONERAS DEL EVANGELIO?, resolución aprobada en Asamblea General realizada el 16 de junio del 2011
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n Que, mediante pronunciamiento jurĆdico MJDHC-DJ-053- 2011 de 21 de junio del 2011, el Coordinador de AsesorĆa JurĆdica subrogante emite pronunciamiento favorable para la inscripción y publicación del estatuto reformado con el cambio de denominación de la referida entidad religiosa, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en la Ley de Cultos y su reglamento; y,
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n En uso de las atribuciones que le confiere los artĆculos 154, numeral 1, de la Constitución de la RepĆŗblica, 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la Función Ejecutiva; y, 1 de la Ley de Cultos,
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n Acuerda:
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n Art. 1.- Disponer al Registrador de la Propiedad del cantón Ibarra, domicilio de la entidad religiosa, tome nota en el respectivo registro de la reforma al estatuto con el cambio de denominación como ?MISIONERAS DEL EVANGELIO?, al tenor de lo dispuesto en el Art. 4 de Decreto Nº 212, publicado en el Registro Oficial Nº 547 de 23 de julio de 1937 y Art. 12 del Reglamento de Cultos Religiosos.
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n Art. 2.- Ordenar que la entidad religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, siempre que asà lo resolviere, cualquier modificación en el estatuto, ingreso o salida de miembros, cambios en el personal del gobierno interno o del representante legal de la entidad, a efectos de disponer su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.
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n Art. 3.- El presente acuerdo entrarÔ en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
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n ComunĆquese y publĆquese.
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n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 1 de agosto del 2011.
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n f.) Dra. Johana PesĆ”ntez BenĆtez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
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n Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los archivos de la SecretarĆa General.- Fecha: 11 de agosto del 2011.
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n f.) Giovanna Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
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