n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves, 15 de Septiembre de 2011 – R. O. No. 535

n

n

n n

n

n

n Ministerio de Cultura:

n

n

n

n 122-2011Concédese en calidad de auspicio a favor del señor Fernando Xavier Mieles Peña, un pasaje aéreo en la ruta Guayaquil – Génova/Italia – Guayaquil

n

n

n

n Ministerio de Educación:

n

n

n

n 306-11 Apruébase, con carácter obligatorio para el Sistema Nacional de Educación, el documento de actualización y fortalecimiento curricular de la Educación General Básica

n

n

n

n Ministerio de Finanzas, Coordinación General Administrativa Financiera:

n

n

n

n 181Dispónese que el ingeniero Carlos Barrionuevo, Director de Operaciones Financieras, subrogue las funciones de Subsecretario de Crédito Público

n

n

n

n

n

n 182 Dispónese que la ingeniera Cristina Olmedo, Directora de Soluciones Conceptuales, subrogue las funciones de Subsecretaria de Innovación y Desarrollo de las Finanzas Públicas

n

n

n

n

n

n 183 Dispónese la baja y destrucción de varias especies valoradas, que se mantienen en la bodega de este Ministerio, cortados al 30 de septiembre del 2010

n

n

n

n Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos:

n

n

n

n 0606Apruébase la reforma y Codificación del Estatuto de la Iglesia Cristiana Evangélica Pacto Eterno de Dios, con domicilio en el cantón Guamote, provincia de Chimborazo

n

n

n

n Ministerio del Interior:

n

n

n

n 2160Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior,a favor del Dr. Javier Felipe Córdova Unda, Subsecretario de Seguridad Interna

n

n

n

n Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:

n

n

n

n 0289Dispónese que la abogada Carmen Amalia Simone Lasso, Viceministra de Justicia, subrogue las funciones de la señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos y Cultos

n

n

n

n Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración:

n

n

n

n Acuerdo de Sede entre la República del Ecuador y el Comité Internacional de la Cruz Roja.

n

n

n

n Ministerio de Relaciones Laborales:

n

n

n

n 00210Declárase licencia con remuneración para el cumplimiento de servicios institucionales en el exterior, a la ingeniera Paulina Paz Ojeda, Gerente de la Red Socio Empleo

n

n

n

n 00215 Modifícase el Acuerdo Ministerial 00093 de 14 de abril del 20011

n

n

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n

n

n DGN-DNR-DTA-JCC-OF-2011-0022Consulta de clasificación arancelaria para el producto denominado Estación Manual SUMMIT SPS-201

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 212 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Área Edén Alto para la Fase de Desarrollo y Producción y otórgase la licencia ambiental a PETROAMAZONAS EP, para la ejecución de dicho proyecto

n

n

n

n Ministerio de Industrias y Productividad, Subsecretaría de Comercio e Inversiones:

n

n

n

n 11 264Modifícase la Resolución 11-248 de 10 de agosto del 2011, publicada en el Registro Oficial Nº 534 del miércoles 14 septiembre del 2011

n

n

n

n Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

n

n

n

n 14-2011-DNDAyDC-IEPIDeléganse facultades temporales a la abogada María Rosela Abad

n

n

n

n

n

n 018-2011-DNPI-IEPIDeléganse facultades temporales a la abogada María Rosela Abad

n

n

n

n

n

n 19-2011-DPI-IEPIDeléganse facultades a la abogada Ana Pontón

n

n

n

n

n

n 20-2011-DPI-IEPIDeléganse facultades al abogado Julio Jaramillo

n

n

n

n 79-2011-SG-IEPIAmplíase la delegación para cumplir funciones de esta Secretaría, a la abogada Gabriela Romero Romero

n

n

n

n Superintendencia de Bancos:

n

n

n

n SBS-INJ-2011-587Califícanse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:

n

n Ingeniero agrónomo Pedro José Andrade Alvarado

n

n

n

n SBS-INJ-2011-588Arquitecto Jorge Napoleón Albuja Cajamarca

n

n

n

n SBS-INJ-2011-589Señor Vicente Antonio Villacís Salazar.

n

n

n

n SBS-INJ-2011-592Arquitecto Manuel Bolívar Cabrera Cornejo

n

n

n

n SBS-INJ-2011-593Arquitecto Washington Alejandro Vásquez González

n

n

n

n SBS-INJ-2011-638Compañía Ayala & Ayala Consultores Compañía Limitada

n

n

n

n Tribunal Contencioso Electoral:

n

n

n

n 755-18-08-2011Declárase periodo electoral para el proceso de elección de miembros principales y suplentes de las juntas parroquiales rurales de ?La Canela? y ?Nuevo Paraíso?, de los cantones Palanda y Nangaritza, de la provincia de Zamora Chinchipe; parroquia Pumpuentsa, del cantón Taisha, provincia de Morona Santiago; y, parroquia San Juan de Muyuna, cantón Tena, provincia de Napo

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Gobierno Municipal de Centinela del Cóndor:Que regula la administración y funcionamiento del Complejo Recreacional ?Playas de Zumbi?

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mejía:Que regula la aplicación y cobro del impuesto anual a los vehículos

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Piñas:Reformatoria que regula el cobro de las tasas por servicios técnicos y administrativos

n

n

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Camilo Ponce Enríquez: Para la aplicación y recaudación del impuesto a las utilidades en la transferencia de predios urbanos y plusvalía

n

n

n

n Fe de Erratas:

n

n

n

n 001 A la publicación de la Ordenanza que regula el cobro de las contribuciones especiales de mejoras por obras públicas que se ejecutan, emitida por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Pedro de Pimampiro, efectuada en el Registro Oficial Nº 509 de 9 de agosto del 2011

n

n

n n

n

n n

n

n

n Nº 122-2011

n

n

n

n Ivonne Marisela Rivera Yánez

n

n VICEMINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 6 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: Serán responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales;

n

n

n

n Que, el numeral 7 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: ?Serán responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, así como su difusión masiva?;

n

n

n

n Que, el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Prohibición de donaciones.- Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria?;

n

n

n

n Que, el artículo 1 del reglamento del artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Los ministerios, secretarías nacionales y demás instituciones del sector público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial Nº 135-2010, expide el reglamento de auspicios que asigna esta Cartera de Estado para actividades culturales, cuyo objeto es conceder auspicios en favor de personas naturales, jurídicas, organizaciones sociales y comunitarias, establecidas en el Ecuador, o en el exterior de nacionalidad ecuatoriana, que en razón de sus actividades culturales y de gestión en el área cultural requieren del apoyo ministerial para realizarlas, desarrollarlas, fomentarlas y difundirlas en razón de que dichas actividades sean prioritarias en el marco de las políticas institucionales;

n

n

n

n Que, mediante comunicación de 1 de junio del 2011, el señor Fernando Xavier Mieles Peña, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura para la compra de un pasaje aéreo en la ruta Guayaquil – Génova/Italia – Guayaquil, a fin de asistir al Festival de Cine de Génova como Director y Guionista de la Película ?Prometeo Deportado? del 25 de junio al 5 de julio del 2011;

n

n

n

n Que, mediante acta Nº 0019-CA-MC-2011 de 16 de julio del 2011, el Comité de Auspicios resuelve aprobar el auspicio solicitado por el señor Fernando Xavier Mieles Peña, otorgándole un pasaje aéreo en la ruta Guayaquil – Génova/Italia – Guayaquil para que pueda participar en el Festival de Cine de Génova con la Película ?Prometeo Deportado?;

n

n

n

n Que, con fecha 22 de junio del 2011, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria Nº 592 por la cantidad de tres mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 3.000,00), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada ?Espectáculos Culturales y Sociales?;

n

n

n

n Que, mediante memorando Nº 2527-MC-DADM-11 de 25 de julio del 2011, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente proyecto de acuerdo ministerial; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas en el reglamento de auspicios que asigna el Ministerio de Cultura para actividades culturales, expedido mediante Acuerdo Ministerial Nº 135-2010 de 14 de julio del 2010,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Acoger la resolución del Comité de Auspicios contenida en el acta Nº 0019-CA-MC-2011 de 16 de julio del 2011, y conceder en calidad de auspicio a favor del señor Fernando Xavier Mieles Peña, un pasaje aéreo en la ruta Guayaquil – Génova/Italia – Guayaquil, a fin de que asista al Festival de Cine de Génova como Director y Guionista de la Película ?Prometeo Deportado? del 25 de junio al 5 de julio del 2011.

n

n

n

n Art. 2.- El señor Fernando Xavier Mieles Peña, en retribución del auspicio concedido a su favor por parte del Ministerio de Cultura, no deberá cobrar el derecho de exhibición de la película en el proyecto Alliance en Resonante, realizará un cine foro en Oña – Azuay y utilizará la imagen institucional.

n

n

n

n Art. 3.- La Subsecretaria Regional Centro Sur, actuará como administrador del presente auspicio.

n

n

n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, a 23 de junio del 2011.

n

n

n

n f.) Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura.

n

n

n

n No. 306-11

n

n

n

n Pablo Cevallos Estarella

n

n MINISTRO DE EDUCACIÓN (E)

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 27, expresa: ?La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física; la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional?;

n

n

n

n Que, el artículo 154, numeral 1 de la Carta Magna prescribe que ?? (a) las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que, la Ley Orgánica de Educación Intercultural, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 417 del 31 de marzo del 2011, en su artículo 25, concordante con lo dispuesto en el artículo 344 de la Carta Magna, determina que ?La Autoridad Educativa Nacional ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y le corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la Constitución de la República?;

n

n

n

n Que, el artículo 26 de la Constitución de la República exige ?desarrollar la educación como un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado?, ya que la educación ?constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el Buen Vivir?;

n

n

n

n Que, el artículo 343 determina que ?el sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes y cultura. El sistema tendrá como centro al sujeto que aprende, y funcionará de manera flexible y dinámica, incluyente, eficaz y eficiente. El sistema nacional de educación integrará una visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país y el respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades?;

n

n

n

n Que, el artículo 347 de la Constitución de la República determina como responsabilidad del Estado, entre otras: Fortalecer la educación pública y la coeducación, asegurar el mejoramiento permanente de la calidad, la ampliación de la cobertura, la infraestructura física y el equipamiento necesario de las instituciones educativas públicas. Asegurar que todas las entidades educativas impartan una educación en ciudadanía, sexualidad y ambiente, desde el enfoque de derechos. Garantizar el respeto del desarrollo psicoevolutivo de los niños, niñas y adolescentes, en todo el proceso educativo. Incorporar las tecnologías de la información y comunicación en el proceso educativo y propiciar el enlace de la enseñanza con las actividades productivas o sociales. Garantizar el sistema de educación intercultural bilingüe, en el cual se utilizará como lengua principal de educación la de la nacionalidad respectiva y el castellano como idioma de relación intercultural, bajo la rectoría de las políticas públicas del Estado y con total respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades. Garantizar la participación activa de estudiantes, familias y docentes en los procesos educativos;

n

n

n

n Que, la política 6 del Plan Decenal de Educación 2006- 2015 plantea el ?Mejoramiento de la calidad y equidad de la educación e implementación de un sistema nacional de evaluación y rendición social de cuentas del sistema educativo?;

n

n

n

n Que, la evaluación de la aplicación de la Reforma Curricular de la Educación General Básica, realizada a nivel nacional en el año 2007, ha arrojado como conclusiones, entre otras, las siguientes:

n

n

n

n Pérdida de vigencia del documento curricular de 1996.

n

n

n

n Incongruencia entre los contenidos planteados en el documento curricular y el tiempo asignado para su cumplimiento.

n

n

n

n Desarticulación curricular entre años y niveles de la Educación General Básica.

n

n

n

n Ausencia de homogeneidad en la presentación de la estructura de cada área.

n

n

n

n Insuficiente claridad en la definición de las destrezas, lo que dificulta la planificación curricular, la operatividad en el aula y su evaluación.

n

n

n

n Excesivo número de ejes transversales, y ausencia de orientaciones sobre cómo concatenarlas con las áreas básicas para su aplicación en el aula.

n

n

n

n Ausencia de criterios explícitos de evaluación de destrezas, lo que tuvo como consecuencia que la evaluación se limitará a los contenidos.

n

n

n

n Ausencia de objetivos desagregados por año, lo que ocasiona que los contenidos se presenten sin una adecuada secuencia de complejidad progresiva.

n

n

n

n Desactualización e insuficiencia de los objetivos planteados, considerados como elaboraciones teóricas poco aplicables al aula escolar.

n

n

n

n Desactualización de algunos contenidos del documento curricular, frente a las transformaciones culturales, académicas, sociales, económicas, tecnológicas y científicas más recientes.

n

n

n

n Que, con Acuerdo Ministerial No. 0611-09 del 16 de diciembre del 2009, el licenciado Raúl Vallejo Corral, Ministro de Educación en esa fecha, pone en vigencia el documento de actualización y fortalecimiento curricular de la Educación

n

n

n

n

n

n General Básica, en los años 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º, a partir de septiembre del 2010 en régimen de Sierra; y en los establecimientos con régimen de Costa en los años 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º 8º, 9º y 10º a partir de abril del 2011;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 19, inciso 4 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, la autoridad educativa nacional tiene como objetivo ??diseñar y asegurar la aplicación obligatoria de un currículo nacional, tanto en las instituciones públicas, municipales, privadas y fiscomisionales, en sus diversos niveles: inicial, básico y bachillerato, y modalidades: presencial, semipresencial, a distancia y virtual. En relación a la diversidad cultural y lingüística se aplicará en los idiomas oficiales de las diversas nacionalidades del Ecuador. El diseño curricular considerará siempre la visión de un estado plurinacional e intercultural. El Currículo podrá ser complementado de acuerdo a las especificidades culturales y peculiaridades propias de la región, provincia, cantón o comunidad de las diversas Instituciones Educativas que son parte del Sistema Nacional de Educación?;

n

n

n

n Que, la doctora Rosa Hurtado Morejón, Directora Nacional de Currículo, mediante informe técnico enviado con memorando No. 260-DINCU-2011 del 2 de mayo del 2011, manifiesta que dada la importancia de la aplicación del currículo de la Educación General Básica actualizado y fortalecido para el mejoramiento de la calidad de la educación, es necesario dotar del instrumento legal que oriente a los docentes en la organización, planificación y ejecución de sus labores profesionales, así como de otras instancias ministeriales relacionadas con ellas, unificando y actualizando los criterios técnicos y legales acordes con la normativa constitucional y legal vigentes a la fecha;

n

n

n

n

n

n Que, es deber de esta Cartera de Estado garantizar la eficacia y eficiencia de las acciones técnicas, administrativas y pedagógicas en las diferentes instancias del sistema educativo del país; y,

n

n

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; 22, literales j), t) y u) de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, y artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Aprobar, con carácter obligatorio para el sistema nacional de educación, el documento de actualización y fortalecimiento curricular de la Educación General Básica, con su nueva malla curricular, en los años 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º de Educación General Básica, que consta como anexo del presente acuerdo ministerial.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- Aprobar la siguiente malla curricular de la Educación General Básica, con su respectiva carga horaria:

n n

n

n n

n

n

n MALLA CURRICULAR DE LA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA ECUATORIANA

n

n

n n

n Asignatura

n n

n AÑOS DE EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

n n

n

n n

n 1º

n n

n 2º

n n

n 3º

n n

n 4º

n n

n 5º

n n

n 6º

n n

n 7º

n n

n 8º

n n

n 9º

n n

n 10º

n n

n Lengua y Literatura

n n

n

n n

n 12

n n

n 12

n n

n 9

n n

n 9

n n

n 8

n n

n 8

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n Matemática

n n

n

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n Entorno Natural y Social

n n

n

n n

n 5

n n

n 5

n n

n —

n n

n —

n n

n —

n n

n —

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n n

n —

n n

n —

n n

n Ciencias Naturales

n n

n

n n

n

n n

n —

n n

n 4

n n

n 4

n n

n 4

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n 4

n n

n 6

n n

n 6

n n

n 6

n n

n Estudios Sociales

n n

n

n n

n

n n

n —

n n

n 4

n n

n 4

n n

n 5

n n

n 5

n n

n 5

n n

n 5

n n

n 5

n n

n Educación Estética

n n

n

n n

n 3

n n

n 3

n n

n 3

n n

n 3

n n

n 3

n n

n 3

n n

n 3

n n

n 3

n n

n 3

n n

n Educación Física

n n

n

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n Lengua Extranjera

n n

n

n n

n —

n n

n —

n n

n —

n n

n —

n n

n —

n n

n —

n n

n 5

n n

n 5

n n

n 5

n n

n Optativa

n n

n

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n 2

n n

n Subtotal

n n

n

n n

n 30

n n

n 30

n n

n 30

n n

n 30

n n

n 30

n n

n 30

n n

n 35

n n

n 35

n n

n 35

n n

n Actividades adicionales*

n n

n

n n

n 5

n n

n 5

n n

n 5

n n

n 5

n n

n 5

n n

n