n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Martes, 06 de Septiembre de 2011 – R. O. No. 528

n n

n
n FUNCIÓN EJECUTIVA
n
n ACUERDOS:
n
n MINISTERIO COORDINADOR DE PATRIMONIO:
n
n 013-MCP-2011 Encárganse este Ministerio al sociólogo Juan Carlos Coellar, Secretario Técnico de esta Cartera de Estado, y la Secretaría Técnica, al ingeniero Javier Cervantes Esparza, Coordinador General de Análisis e Información
n
n
n MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD:
n
n 11 266 Refórmase el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
n
n
n MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACIÓN:
n
n Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia de Conocimientos y Asistencia Técnica para la Aplicación de la Campaña de Alfabetización «Yo, sí puedo», entre el Ministerio de Educación del Ecuador y el Ministerio de Educación de Cuba, el Instituto Pedagógico Latinoamericano y Caribeño (IPLAC) y la Empresa Editorial Pueblo y Educación
n
n
n MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS:
n
n 006-2011 Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Asociación de Conservación Vial ?EL ROSARIO?, con domicilio en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua
n
n 007-2011 Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica a la Asociación de Conservación Vial ?CHIQUICHA CHICO?, con domicilio en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua
n
n
n MINISTERIOS DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA Y DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD:
n
n 11 289 Autorízase la exportación de 18.214 toneladas métricas de azúcar crudo, cuota asignada al Ecuador por parte del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA), para el período comprendido entre octubre del 2010 y septiembre del 2011
n
n
n CONSULTA:
n
n SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR:
n
n DGN-DNR-DTA-JCC-OF-2011-0032 Consulta de clasificación arancelaria – balines para pistola de juguetes
n
n
n RESOLUCIONES:
n
n MINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n 193 Apruébase el ?Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para la Fase de Desarrollo y Producción de la Plataforma Kupi E (nueva ubicación), construcción de la plataforma mencionada y de su vía de acceso, perforación de 8 pozos de desarrollo y construcción y operación de líneas de flujo para pruebas y producción?, dentro del Bloque 14, ubicado en la parroquia Dayuma del cantón y provincia Orellana
n
n
n BANCO ECUATORIANO DE LA VIVIENDA:
n
n 138-2011-DIR Expedir el Reglamento para el funcionamiento del Comité de Seguridad de la Información
n
n
n CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD:
n
n DE-11-067 Otórgase la Licencia Ambiental Nº 028/11, para la ampliación y operación de la S/E QUININDÉ, ubicada en la ciudad de Quinindé, provincia de Esmeraldas
n
n
n SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
n
n REO-JURRDRI11-00391 Déjanse sin efecto las resoluciones No. REO-JURRDRI09-00109 y No. REO-JURRDRI09-00687, publicadas en los registros oficiales No. 600 del 28 de mayo del 2009 y No. 69 del 18 de noviembre del 2009
n
n
n CONVENIO DE MANCOMUNIDAD DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS PROVINCIALES DE LA REGIÓN AMAZÓNICA DEL ECUADOR, CONGA:
n
n Apruébase la creación de la Mancomunidad de los Gobiernos Autónomos Provinciales de la Región Amazónica, CONGA
n
n
n ORDENANZA MUNICIPAL:
n
n 014-2011 Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui: Que expide la primera reforma a la Ordenanza de arrendamientos en la jurisdicción
n
n
n AVISOS JUDICIALES:
n
n Muerte presunta del señor Fabián Eugenio Zhingri Angamarca (3ra. publicación)
n
n Muerte presunta de Blanca Yolanda Cáceres Martínez y otros (3ra. publicación)

n n

n

n n

n

n

n No. 013-MCP-2011

n

n

n

n María Fernanda Espinosa Garcés

n

n MINISTRA COORDINADORA DE PATRIMONIO

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 117/A, publicado en el Registro Oficial No. 33 de 5 de marzo del 2007 se creó el Ministerio de Coordinación de Patrimonio Natural y Cultural, hoy denominado Ministerio de Coordinación de Patrimonio;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 102 de 19 de octubre del 2009, se nombra a la Dra. María Fernanda Espinosa Garcés como Ministra de Coordinación de Patrimonio;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. MCP-2313-2011 de 28 de julio del 2011, la Dra. María Fernanda Espinosa Garcés, Ministra de Coordinación de Patrimonio, solicita a la Presidencia de República permiso, con cargo a vacaciones, del 15 al 22 de agosto del 2011, a fin de atender asuntos personales;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo No. 808 de 1 de agosto del 2011 y su alcance, el Sr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública, concede el permiso requerido, con cargo a vacaciones;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. MCP-2460-2011 de 10 de agosto del 2011, la Dra. María Fernanda Espinosa Garcés, Ministra de Coordinación de Patrimonio, comunica al Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública, que hará uso de su permiso solamente 5 días correspondientes al periodo del 15 al 19 de agosto del 2011, a fin de que se realice la modificación en el acuerdo respectivo; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador; y, de los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Encargar el Ministerio de Coordinación de Patrimonio, del 15 al 19 de agosto del 2011, al sociólogo Juan Carlos Coellar, Secretario Técnico de esta Cartera de Estado, por cuanto su titular ha solicitado permiso.

n

n

n

n Art. 2.- Encargar la Secretaría Técnica del Ministerio de Coordinación de Patrimonio, del 15 al 19 de agosto del 2011, al Ing. Javier Cervantes Esparza, Coordinador General de Análisis e Información.

n

n

n

n Art. 3.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.- Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a once días del mes de agosto del año dos mil once.

n

n

n

n f.) María Fernanda Espinosa Garcés, Ministra Coordinadora de Patrimonio.

n

n

n

n Nº 11 266

n

n

n

n LA MINISTRA DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, la Constitución Política de la República establece que es deber primordial del Estado preservar el crecimiento sustentable de la economía y el desarrollo equilibrado y equitativo en beneficio colectivo;

n

n

n

n Que, la Carta Política impone al Estado la obligación de reconocer y garantizar a las personas el derecho fundamental a disponer de bienes y servicios, públicos y privados, de óptima calidad; dispone que la ley establecerá mecanismos de control de calidad y, determina como objetivo permanente de la economía la participación competitiva y diversificada de la producción ecuatoriana en el mercado internacional;

n

n

n

n Que, en el Suplemento al Registro Oficial Nº 26 del 22 de febrero del 2007, se publicó la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, que tiene por objeto establecer el marco jurídico del Sistema Ecuatoriano de la Calidad;

n

n

n

n Que, el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 351 del 29 de diciembre del 2010, en su disposición reformatoria novena establecieron reformas a la Ley del Sistema Ecuatoriano de Calidad;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Presidencial Nº 756 de 6 de mayo del 2011, se expide el Reglamento General a la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, publicado en el Suplemento al Registro Oficial Nº 450 de 17 de mayo del 2011;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial Nº 09-452-A de 10 de diciembre del 2009, publicado en el Suplemento al Registro Oficial Nº 53 de 15 de julio del 2010, se aprobó el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Industrias y Competitividad, reformado por el Acuerdo Ministerial Nº 356, publicado en el Registro Oficial Nº 269 de 1 de septiembre del 2010 y por el Acuerdo Ministerial Nº 331, publicado en el Registro Oficial Nº 278 de 14 de septiembre del 2010;

n

n

n

n Que, mediante oficio Nº SENPLADES-SGDE-2011-0079 de 28 de abril del 2011, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, emite su informe favorable, para la implementación de la Subsecretaría de la Calidad en el Ministerio de Industrias y Productividad;

n

n

n

n Que, de conformidad con el artículo 51 de la Ley Orgánica del Servicio Público, publicado en el Suplemento al Registro Oficial Nº 294, de 24 de octubre del 2010; y, el artículo 136 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Servicio Público publicado en el Suplemento al Registro Oficial Nº 418 de 1 de abril del 2011, el Ministerio de Relaciones Laborales, es la institución encarga de emitir el informe favorable para proceder a reformar el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Industrias y Productividad;

n

n

n

n Que, mediante oficio Nº MINFIN-DM-2011-0223 de 14 de julio del 2011, el Ministerio de Finanzas emite Dictamen Presupuestario Favorable al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Industrias y Productividad;

n

n

n

n Que, mediante oficio Nº MRL-FI-2011 de 20 de julio del 2011, el Ministerio de Relaciones Laborales, emite el dictamen técnico favorable al Proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión por Procesos del Ministerio de Industrias y Productividad; y,

n

n

n

n En uso de las facultades y atribuciones que confiere el Art. 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Expedir la siguiente Reforma al ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS del Ministerio de Industrias y Productividad.

n

n

n

n Art. 1.- En el artículo 4 agréguese a continuación de Subsecretario de Comercio e Inversiones, ?Subsecretario de la Calidad?.

n

n

n

n Art. 2.- Sustitúyase el artículo 5 por el siguiente:

n

n

n

n ?Art. 5.- Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional.- El Ministerio de Industrias y Productividad de conformidad a lo establecido en el Art. 138 del Reglamento General a la Ley Orgánica Servicio Público -LOSEP- mantiene un Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional integrado por: el Ministro de Industrias o su delegado, los Subsecretarios, Coordinadores Generales, Directores y el Responsable de la Unidad de Administración del Talento Humano (UATH).?.

n

n

n

n Art. 3.- En el artículo 6 cámbiese el primer párrafo ?El Comité de Gestión de Desarrollo Institucional del Ministerio de Industrias y Productividad, de acuerdo al Reglamento de la LOSCCA, tendrá las siguientes responsabilidades? por ?El Comité de Gestión de la Calidad y el Desarrollo Institucional del Ministerio de Industrias y Productividad, tendrá las siguientes responsabilidades?, y a continuación cámbiese en el literal b) ?UARHs? por ?UATH?, y cámbiese en el último párrafo ?El Comité de Desarrollo Institucional?, por ?El Comité de Gestión de la Calidad y el Desarrollo institucional del Ministerio de Industrias y Productividad?.

n

n

n

n Art. 4.- A continuación del artículo 6 agréguese los siguientes artículos:

n

n

n

n ?Art. 6.1.- Comité Interministerial de la Calidad.- Instancia de coordinación y articulación y formulación integral de las políticas y acciones de la calidad intersectorial, que estará integrado por las siguientes entidades públicas:

n

n

n

n 1. Ministra(o) Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad.

n

n

n

n 2. Ministra(o) de Industrias y Productividad, quien lo presidirá o su delegado permanente.

n

n

n

n 3. Ministra(o) del Ambiente o su delegado permanente.

n

n

n

n 4. Ministro(a) de Turismo o su delegado permanente.

n

n

n

n 5. Ministro(a) de Agricultura, Acuacultura, Ganadería y Pesca.

n

n

n

n 6. Ministro(a) de Salud Pública o su delegado permanente.

n

n

n

n 7. Ministra(o) de Transporte y Obras Públicas o su delegado permanente.

n

n

n

n 8. Ministro(a) de Electricidad y Energía Renovable o su delegado permanente.

n

n

n

n Actuará como Secretario del Comité la Subsecretaria o el Subsecretario de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad.

n

n

n

n Art. 6.2.- El Comité Interministerial de la Calidad tendrá como atribuciones las siguientes:

n

n

n

n 1. Aprobar el Plan Nacional de Calidad.

n

n

n

n 2. Formular las políticas para la ejecución de la presente ley y el cumplimiento de los objetivos que en ella se plantean.

n

n

n

n 3. Formular las políticas en base a las cuales se definirán los bienes y productos cuya importación deberá cumplir obligatoriamente con reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad; coordinar las actividades con las entidades que integran el Sistema Ecuatoriano de la Calidad.

n

n

n

n 4. Conocer los resultados de gestión en las actividades del Instituto Ecuatoriano de Normalización – INEN, así como del Organismo de Acreditación Ecuatoriano/OAE, e impartir las recomendaciones del caso a los organismos públicos que conforman el Sistema Ecuatoriano de la Calidad.

n

n

n

n 5. Resolver en última instancia los conflictos que en el ámbito de esta ley, se hayan originado por acciones u omisiones de las entidades que integran el Sistema Ecuatoriano de la Calidad.

n

n

n

n 6. Emitir las directrices para los procedimientos de evaluación de la conformidad relacionados con la certificación obligatoria de productos, de sistemas y de personas que ejerzan labores especializadas.

n

n

n

n 7. Coordinar y facilitar la ejecución de manera integral de las políticas nacionales pertinentes a la calidad.

n

n

n

n 8. Promover y solicitar la preparación de investigaciones, estudios e insumos técnicos y legales para el desarrollo y ajuste de la política de calidad.

n

n

n

n 9. Solicitar la preparación y validación de parámetros para promover la concientización de una cultura de calidad tanto en bienes como en servicios.

n

n

n

n 10. Solicitar la participación, asesoría y la conformación de grupos de trabajo con instituciones y organismos que requiera para el cumplimiento de sus funciones.

n

n

n

n 11. Impulsar las actividades de formación, capacitación, y asistencia técnica, especialización y difusión de temas de calidad en bienes y servicios.

n

n

n

n 12. Impulsar la consecución de recursos adicionales y complementarios de asistencia y cooperación interministerial para temas de cambio climático, a través de la institucionalidad establecida para el efecto.

n

n

n

n 13. Expedir las normas necesarias para su funcionamiento y para regular el ejercicio de sus atribuciones. En todo lo que no se encuentre normado sobre su funcionamiento se estará a lo dispuesto por lo contemplado en el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n

n

n

n

n

n Art. 6.3.- Consejo Consultivo del Comité Interministerial de la Calidad.- Instancia de carácter consultivo para la definición y la evaluación de la política pública de la calidad, estará conformado de la siguiente manera:

n

n

n

n 1. Siete representantes de las federaciones nacionales de las cámaras de: Producción, Industrias, Comercio, Artesanos, Microempresa, Exportadores, Pequeña Industria y Turismo.

n

n

n

n 2. Siete representantes permanentes de la academia, hasta una universidad por región, que esté acreditada por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.

n

n

n

n 3. Un representante por parte de las asociaciones de consumidores legalmente constituidas.

n

n

n

n Art. 6.4.- Son funciones y atribuciones del Consejo Consultivo del Comité Interministerial de la Calidad:

n

n

n

n 1. Absolver las consultas que le realice el Comité Interministerial de la Calidad en asuntos de su competencia.

n

n

n

n 2. Asesorar al Comité Interministerial de la Calidad en cuestiones técnicas, en su ámbito de competencia.

n

n

n

n 3. Revisar los documentos técnicos para la mejor interpretación y aplicación de normas, políticas, guías, métodos, criterios, procedimientos y directrices emitidos por el Comité Interministerial de la Calidad.

n

n

n

n 4. Las demás que le asigne el Comité Interministerial de la Calidad.

n

n

n

n Art. 5.- En el artículo 7 literal c) agréguese a continuación del numeral 15 los siguientes numerales:

n

n

n

n 16. Elaborar políticas, programas y proyectos encaminados a mejorar la cultura de la calidad y competitividad.

n

n

n

n 17. Formular políticas y normas orientadas a salvaguardar los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente.

n

n

n

n 18. Elaborar programas de evaluación de la conformidad para evitar prácticas engañosas contra el consumidor.

n

n

n

n 19. Aprobar informes sobre presuntas infracciones a esta ley y su reglamento y proceder a su resolución.

n

n

n

n 20. Designar en forma temporal organismos evaluadores de la conformidad.

n

n

n

n Art. 6.- En el artículo 8 numeral 1.1 cambiar ?DIRIGIR EL DESARROLLO SOSTENIDO Y PRODUCTIVO? por ?DIRIGIR EL DESARROLLO SOSTENIDO, PRODUCTIVO Y DE CALIDAD?, y a continuación del numeral 2.3 agréguese el numeral:

n

n

n

n 2.5. SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD

n

n

n

n 2.5.1. Dirección de Control – Evaluación.

n

n

n

n 2.5.2. Dirección de Gestión de la Calidad.

n

n

n

n 2.5.3. Dirección de Promoción de la Calidad-Notificación.

n

n

n

n Art. 7.- En el artículo 9 literal a) añadir en las segundas actividades primarias a continuación de ?CAPACITACIÓN EN? añadir ?CALIDAD Y?, en el literal b) Procesos Agregadores de Valor a continuación de ?Comercio e Inversiones? añadir ?Calidad con los subprocesos de: Control – Evaluación, Gestión de la Calidad y Promoción de la Calidad – Notificación?, y en el literal c) agregar en el nivel operativo la Subsecretaría de la Calidad integrada por las Direcciones de: Control-Evaluación, Gestión de la Calidad y Promoción de la Calidad – Notificación?, de acuerdo al siguiente gráfico:

n

n

n n

n

n n

n

n

n REPRESENTACIONES GRÁFICAS.

n

n

n

n Se definen las siguientes representaciones gráficas:

n

n

n

n a) CADENA DE VALOR

n

n

n n

n CADENA DE VALOR MINISTERIO INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD

n n n n

n

n

n

n n n n n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n n

n UNIDADES DESCONCENTRADAS

n n

n

n

n

n

n

n

n DE ASESORÍA DE APOYO

n

n

n n n n

n GESTIÓN FINANCIERA Y DE SERVICIOS

n n n n n n n

n GESTIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA

n n n n

n CL

n

n

n

n

n n n n n n n n n n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n

n n

n GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN

n n

n

n n

n GESTIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO INSTITUCIONAL

n n

n

n

n b) PROCESOS

n

n

n

n

n

n

n

n c) ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL INSTITUCIONAL

n

n

n

n

n

n

n n

n

n

n

n

n Art. 8.- En el artículo 10 numeral 1 sustituir ?Dirigir el desarrollo sostenido y productivo del fomento? por ?Dirigir el desarrollo sostenido, productivo y de calidad?.

n

n

n

n Art. 9.- A continuación del artículo 10 numeral 2.4.2. literal c) agregar el siguiente numeral:

n

n

n

n 2.5. SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD

n

n

n

n a) Misión

n

n

n

n Implementar, controlar, promover y mejorar el Sistema Ecuatoriano de la Calidad para generar una oferta de productos y servicios que contribuyan al desarrollo competitivo de las micro, pequeñas, medianas, grandes empresas, artesanías y que protejan al consumidor en general, demostrando al mismo tiempo que los fondos públicos se usan eficientemente; y,

n

n

n

n

n

n b) Atribuciones y responsabilidades

n

n

n

n 1. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad el Plan Nacional de la Calidad y posterior presentación al Comité Interministerial de la Calidad, para su aprobación.

n

n

n

n 2. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad los lineamientos generales de la política de acción del INEN.

n

n

n

n 3. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad informes previos a la suscripción de acuerdos de reconocimiento mutuo con instituciones internacionales y convenios de cooperación, asistencia técnica y/o financiera, en el área de competencia del INEN.

n

n

n

n 4. Proponer al Comité Interministerial de la Calidad, para su aprobación, los procedimientos y mecanismos de vigilancia para el cumplimiento de los protocolos o de las formalidades en el campo obligatorio, para las instituciones que conforman el Sistema Ecuatoriano de la Calidad.

n

n

n

n 5. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad estudios sobre las tasas por los servicios que preste el INEN.

n

n

n

n 6. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad informes técnico-legales respecto de presuntas infracciones a la Ley y Reglamento de la Calidad para que a su vez disponga al Director General del INEN inicie las investigaciones y presente el informe para la respectiva resolución.

n

n

n

n 7. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad el informe técnico respecto de los planes estratégicos de conformidad a las políticas y directrices emanadas por el Comité Interministerial de la Calidad e informes técnicos relacionados al plan operativo y presupuesto del INEN.

n

n

n

n 8. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad el informe respecto del Reglamento Orgánico y Funcional del INEN.

n

n

n

n 9. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad el informe sobre el funcionamiento del INEN de conformidad a la normativa vigente.

n

n

n

n 10. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad el informe técnico respecto de los planes estratégicos de conformidad a las políticas y directrices emanadas por el Comité Interministerial de la Calidad e informes técnicos relacionados al plan operativo y presupuesto del OAE.

n

n

n

n 11. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad el estudio sobre el Reglamento Interno del OAE.

n

n

n

n 12. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad el informe sobre el funcionamiento del OAE de conformidad a la normativa vigente.

n

n

n

n 13. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad los procedimientos de evaluación de la conformidad que serán cumplidos obligatoriamente por organismos que conforman el sistema nacional de la calidad; para su expedición.

n

n

n

n 14. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad estudios respecto de las tasas por los servicios que preste la OAE.

n

n

n

n 15. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad informes técnico-legales respecto de presuntas infracciones a la Ley y Reglamento de la Calidad, para que a su vez disponga al Director General del OAE inicie las investigaciones y presente el informe para la respectiva resolución.

n

n

n

n 16. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad informes previos a la suscripción de acuerdos de reconocimiento mutuo con instituciones internacionales y convenios de cooperación, asistencia técnica y/o financiera, en el área de competencia del OAE.

n

n

n

n 17. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad informes sobre infracciones incurridas por los entes acreditados e informadas por el Director General del OAE.

n

n

n

n 18. Presentar al Ministro/a de Industrias y Productividad informes técnicos-legales sobre la procedencia de acreditación a organismos de evaluación de la conformidad en concordancia con los lineamientos internacionales sobre acreditación.

n

n

n

n 19. Actuar como Secretario del Comité Interministerial de la Calidad.

n

n

n

n 20. Orientar la organización del servicio nacional de notificación e información sobre normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad.

n

n

n

n

n

n 21. Evaluar y monitorear el cumplimiento de las resoluciones del Comité Interministerial de la Calidad.

n

n

n

n 22. Actuar como Secretario del Consejo Consultivo del Comité Interministerial de la Calidad.

n

n

n

n 23. Convocar a representantes sectoriales o académicos y a representantes de laboratorios de calibración, de ensayo, organismos de certificación y de inspección para que participen en el Consejo Consultivo del Comité Interministerial de la Calidad a fin de tratar temas específicos.

n

n

n

n 24. Convocar públicamente a representantes de federaciones nacionales de cámaras de la producción, industrias, comercio, artesanos, microempresa, exportadores, pequeña industria y turismo a formar parte del Consejo Consultivo del Comité Interministerial de la Calidad.

n

n

n

n 25. Ejecutar las políticas emanadas del Comité Interministerial de la Calidad.

n

n

n

n 26. Informar a la Ministro/a de Industrias y Productividad sobre la compatibilidad o no de los servicios que preste un OEC para la resolución respectiva.

n

n

n

n 27. Presentar a la Ministro/a de Industrias y Productividad el requerimiento de elaboración de programas de evaluación de la conformidad por parte de las instituciones que forman el Sistema Ecuatoriano de la Calidad.

n

n

n

n 28. Calificar a peritos para temas de infracciones a la ley y su reglamento.

n

n

n

n 29. Imponer sanciones establecidas en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, una vez resuelto el juzgamiento correspondiente.

n

n

n

n 30. Determinar medidas alternativas para suspender la infracción actual o inminente a la Ley y Reglamento del Sistema Ecuatoriano de la Calidad.

n

n

n

n 31. Disponer las directrices para la coordinación de las entidades involucradas en los procedimientos de evaluación de la conformidad.

n

n

n

n 32. Determinar los lineamientos para el desarrollo del manual de procedimientos previo a la nacionalización, comercialización y vigilancia en el mercado en todas sus etapas para bienes y servicios importados y comercializados.

n

n

n

n 33. Suspender las autorizaciones y documentos habilitantes para la comercialización, producción e importación de bienes y servicios hasta que se dé cumplimiento la resolución administrativa o se regularice su situación.

n

n

n

n 34. Revocar los certificados y acreditaciones o para la negativa de renovación de los mismos.

n

n

n

n 35. Establecer directrices para la elaboración del manual de procedimientos para la emisión de códigos, registro, trazabilidad, control y manejo de los certificados emitidos por los OECs en todas sus etapas.

n

n

n

n La Subsecretaría de la Calidad se estructurará a través de las siguientes direcciones:

n

n

n

n

n

n 2.5.1. Dirección de Control-Evaluación

n

n

n

n a) Misión

n

n

n

n Promover y facilitar el desarrollo, aplicación de los reglamentos técnicos, el control regulatorio y la vigilancia de mercado que protejan la salud humana, vegetal y animal, la seguridad, el ambiente y el bienestar de los consumidores y usuarios;

n

n

n

n

n

n b) Atribuciones y responsabilidades

n

n

n

n 1. Elaborar y presentar el informe de evaluación del Plan Nacional de la Calidad para aprobación del Subsecretario de la Calidad.

n

n

n

n 2. Desarrollar y presentar al Subsecretario/a de la Calidad estudios sobre las tasas por los servicios que preste el INEN.

n

n

n

n 3. Presentar al Subsecretario/a de la Calidad informes técnico-legales respecto de presuntas infracciones a la Ley y Reglamento de la Calidad.

n

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n 4. Presentar al Subsecretario de la Calidad el informe técnico respecto de los planes estratégicos d