n REGISTRO OFICIAL

n

n AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

n MiĆ©rcoles, 03 de Agosto de 2011 – R. O. No. 505

n

n

n n

n
n
n FUNCIƓN EJECUTIVA
n
n ACUERDOS:
n
n SECRETARƍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIƓN PƚBLICA:
n
n 792 AutorĆ­zase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior al economista Diego Borja Cornejo, Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador.
n
n MINISTERIO DE CULTURA:
n
n 081-2011 ConcĆ©dese en calidad de auspicio a favor del seƱor JoaquĆ­n Endara Ruiz, el valor correspondiente a un pasaje aĆ©reo internacional en la ruta Quito – ParĆ­s – Quito.
n
n MINISTERIO DEL INTERIOR:
n
n 1998 DelƩganse facultades y atribuciones al Coordinador EstratƩgico(a) de este Ministerio.
n
n MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
n
n Acuerdo Complementario al Acuerdo BĆ”sico de CooperaciĆ³n TĆ©cnica entre el Gobierno de la RepĆŗblica Federativa de Brasil y el Gobierno de la RepĆŗblica de Ecuador para la ImplementaciĆ³n del Proyecto ?Apoyo TĆ©cnico a la ImplementaciĆ³n de la TelevisiĆ³n Digital Terrestre en Ecuador?.
n
n MemorĆ”ndum de Entendimiento entre el Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador y el Gobierno de la RepĆŗblica Federativa del Brasil para el Establecimiento del Mecanismo de Consultas Bilaterales Ecuador – Brasil.
n
n MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:
n
n MRL-2011-00182 DispĆ³nese que el doctor JosĆ© Francisco Vacas DĆ”vila, Viceministro de Trabajo, subrogarĆ” las funciones del seƱor Ministro.
n
n MRL-2011-00183 IncorpĆ³ranse al Sistema General de ClasificaciĆ³n de Puestos del Servicio PĆŗblico, varios puestos de las juntas parroquiales rurales y fĆ­janse los pisos y techos de las remuneraciones mensuales unificadas del Ejecutivo de los gobiernos parroquiales rurales.
n
n MINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIƓN:
n
n 161 ApruĆ©base el Estatuto de la CorporaciĆ³n de Segundo Grado denominada AsociaciĆ³n Ecuatoriana de Instituciones de EnseƱanza de IngenierĆ­a, ASECEI.
n
n MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PƚBLICAS:
n
n 059 Desƭgnase al seƱor CƩsar Enrique MenƩndez Vinces, vocal principal, ante Autoridad Portuaria de Esmeraldas.
n
n EXTRACTOS:
n
n MINISTERIO DE INCLUSIƓN ECONƓMICA Y SOCIAL:
n
n ApruĆ©banse, disuĆ©lvense, refĆ³rmanse los estatutos y concĆ©dese personalidad jurĆ­dica a las siguientes organizaciones:
n
n 01-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n de Mujeres de Vilcabamba.
n
n 02-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n de Extrabajadores del Servicio Nacional de la Malaria de la Zona IV-Sur Loja.
n
n 03-PHAJ-DP-MIES-LOJA Centro de Desarrollo Infantil Manitos Traviesas.
n
n 04-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n de Desarrollo Rural Comunitario ?La Libertad?.
n
n 05-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n de Trabajadores AutĆ³nomos ?Luz del Camino?.
n
n 06-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n de Jubilados y Pensionistas de MontepĆ­o del IESS de la ciudad de Alamor del cantĆ³n Puyango, provincia de Loja.
n
n 07-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n de Maestros de la Zona Escolar de Malacatos-ADEMAL.
n
n 08-PHAJ-DP-MIES-LOJA ComitƩ Pro Mejoras ?Barrio Huacapamba?.
n
n 09-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n ?RaĆ­ces y Flor? de la parroquia El Arenal.
n
n 10-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n Campesina ?Manantial de Agua Dulce?.
n
n 11-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n de Gay, Lesbianas, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales de Loja-G.L.B.T.I.Loja.
n
n 12-PHAJ-DP-MIES-LOJA AsociaciĆ³n de Distribuidores de ComputaciĆ³n de Loja.
n
n CONSULTA:
n
n ADUANA DEL ECUADOR:
n
n DGN-CGA-DVN-JNC-OF-0016 Consulta de ClasifijaciĆ³n Arancelaria del producto VehĆ­culo todo terreno (anfibio), marca MAX, modelo IV.
n
n CONVOCATORIA:
n
n CONSEJO NACIONAL ELECTORAL:
n
n PLE-CNE-2-21-7-2011 ConvĆ³case a las ciudadanas y ciudadanos aptos para sufragar, registrados en la parroquia Quingue del cantĆ³n Muisne de la provincia de Esmeraldas, para contestar la siguiente pregunta: ĀæEstĆ” usted de acuerdo en revocar el mandato del seƱor Roberto Hinojosa Chila, Vocal Presidente de la Junta Parroquial de Quingue del cantĆ³n Muisne provincia de Esmeraldas?.
n
n RESOLUCIONES:
n
n MINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n 179 ApruĆ©base el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto UrbanizaciĆ³n Valle Real, ubicado en la parroquia ProaƱo del cantĆ³n Morona, provincia de Morona Santiago y otĆ³rgase la licencia ambiental a la Inmobiliaria y Servicios Copueno CĆ­a. Ltda., para la ejecuciĆ³n de dicho proyecto.
n
n FUNCIƓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL:
n
n DesĆ­gnanse como delegados principal al doctor Fernando JosĆ© Yavar Umpierrez y alterna a la abogada Mariella Sophia DĆ”vila Zambrano de Varas, para que integren el Consejo de la Judicatura de TransiciĆ³n.
n
n COMITƉ DE COMERCIO EXTERIOR (COMEX):
n
n 16 RefĆ³rmase la ResoluciĆ³n NĀŗ 4 del COMEX, publicada en el Registro Oficial NĀŗ 423 de 8 de abril del 2011.
n
n SERVICIO DE ADUANA DEL ECUADOR:
n
n DDG-1083-2011 DĆ©jase sin efecto la ResoluciĆ³n NĀŗ DDG-351-2011 de 1 de marzo del 2011.
n
n SERVICIO ECUATORIANO DE CAPACITACIƓN PROFESIONAL:
n
n SECAP-DE-002-2011 DelƩganse atribuciones a el/la Director/a de Desarrollo Institucional.
n
n SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y SEGUROS:
n
n SBS-2011-555 DerĆ³gase el artĆ­culo 2 de la ResoluciĆ³n NĀŗ SBS-2002-0737 de 25 de septiem-bre del 2002, y consecuentemente el CapĆ­tulo I ?Normas para la constituciĆ³n de las entidades depositarias del ahorro previsional (EDAP?s)?; y, la ResoluciĆ³n NĀŗ SBS-2002-0926 de 17 de diciembre del 2002, y consecuentemente el CapĆ­tulo II ?Normas para la organizaciĆ³n y funciona-miento de las entidades depositarias del ahorro previsional (EDAP?s) del TĆ­tulo I ?De la constituciĆ³n y organizaciĆ³n de las instituciones que conforman el sistema nacional de seguridad social? y renumerar el restante capĆ­tulo.
n
n ORDENANZAS MUNICIPALES:
n
n 009-2011 Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal de RumiƱahui: Que expide la primera Ordenanza reformatoria a la Ordenanza para la aplicaciĆ³n y cobro del impuesto a las utilidades en la transferencia de predios urbanos y plusvalĆ­a de los mismos.
n
n Gobierno Municipal del CantĆ³n San Pedro de Pelileo: Sustitutiva que regula el cobro de tasas por el uso de los servicios de alcantarillado.
n
n Gobierno Municipal del CantĆ³n San Pedro de Pelileo: Sustitutiva que regula el cobro de tasas por el servicio de agua potable.

n n

n

n n

n

n

n

n

n No. 792

n

n

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIƓN PƚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 11604 del 14 de julio del 2011 a favor del economista Diego Borja Cornejo, Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, para su desplazamiento a Cartagena de Indias-Colombia del 20 al 22 del mes presente, a fin de asistir a la LXV SesiĆ³n Extraordinaria de Directorio del Fondo Latinoamericano de Reservas -FLAR-; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios al economista Diego Borja Cornejo, Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, para que asista a la LXV SesiĆ³n Extraordinaria de Directorio del Fondo Latinoamericano de Reservas – FLAR-, que tendrĆ” lugar en la ciudad de Cartagena de Indias-Colombia del 20 al 22 de julio del 2011.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO SEGUNDO.- El FLAR financiarĆ” los pasajes aĆ©reos y viĆ”ticos.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 19 de julio del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrĆ³nicas.

n

n

n

n NĀŗ 081-2011

n

n

n

n Ivonne Marisela Rivera YƔnez

n

n VICEMINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 6 del artĆ­culo 380 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, establece: SerĆ”n responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estĆ­mulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicaciĆ³n promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales;

n

n

n

n Que, el numeral 7 del artĆ­culo 380 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone: ?SerĆ”n responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producciĆ³n nacional de los bienes culturales, asĆ­ como su difusiĆ³n masiva?;

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 104 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, establece: ?ProhibiciĆ³n de donaciones.- ProhĆ­base a las entidades y organismos del sector pĆŗblico realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurĆ­dicas de derecho privado, con excepciĆ³n de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la RepĆŗblica, establecidos en el Reglamento de este CĆ³digo, siempre que exista la partida presupuestaria?;

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 1 del reglamento del artĆ­culo 104 del CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas, establece: ?Los ministerios, secretarĆ­as nacionales y demĆ”s instituciones del sector pĆŗblico podrĆ”n realizar transferencias directas de recursos pĆŗblicos a favor de personas naturales o jurĆ­dicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecuciĆ³n de programas o proyectos de inversiĆ³n en beneficio directo de la colectividad?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 135-2010, expide el Reglamento de auspicios que asigna esta Cartera de Estado para actividades culturales, cuyo objeto es conceder auspicios en favor de personas naturales, jurĆ­dicas, organizaciones sociales y comunitarias, establecidas en el Ecuador, o en el exterior de nacionalidad ecuatoriana, que en razĆ³n de sus actividades culturales y de gestiĆ³n en el Ć”rea cultural requieren del apoyo ministerial para realizarlas, desarrollarlas, fomentarlas y difundirlas en razĆ³n de que dichas actividades sean prioritarias en el marco de las polĆ­ticas institucionales;

n

n

n

n Que, mediante comunicaciĆ³n de 19 de abril del 2011, el seƱor JoaquĆ­n Endara Ruiz, solicita el auspicio econĆ³mico del Ministerio de Cultura para la compra de un pasaje aĆ©reo de ida y vuelta en la ruta: Quito – ParĆ­s – Quito, a fin de exponer 80 obras representativas del Ecuador para difundir y promover por medio de la plĆ”stica la belleza del Ecuador MultiĆ©tnico, Biodiverso y Pluricultural, que tendrĆ” lugar en ParĆ­s del 1 al 5 de junio del 2011;

n

n

n

n Que, mediante acta NĀŗ 0013-CA-MC-2011 de 26 de abril del 2011, el ComitĆ© de Auspicios resuelve aprobar el auspicio solicitado por el seƱor JoaquĆ­n Endara Ruiz, otorgĆ”ndole un pasaje de aviĆ³n en la ruta Quito-ParĆ­s- Quito;

n

n

n

n Que, con fecha 4 de mayo del 2011, la DirecciĆ³n de GestiĆ³n Financiera emite la certificaciĆ³n de disponibilidad presupuestaria NĀŗ 443 por la cantidad de: dos mil seiscientos ochenta y uno 12/100 dĆ³lares de los Estados Unidos de AmĆ©rica (U S 2.681.12) con cargo a la partida presupuestaria nĆŗmero 730205 denominada ?EspectĆ”culos Culturales y Sociales?;

n

n

n

n Que, mediante memorando NĀŗ 1528-MC-DADM-11 de 9 de mayo del 2011, la DirecciĆ³n de GestiĆ³n Administrativa solicita a la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a JurĆ­dica elaborar el correspondiente proyecto de acuerdo ministerial; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Auspicios que asigna el Ministerio de Cultura para actividades culturales, expedido mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 135-2010 de 14 de julio del 2010,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Acoger la resoluciĆ³n del ComitĆ© de Auspicios contenida en el acta NĀŗ 0013-CA-MC-2011 de 26 de abril del 2011, y conceder en calidad de auspicio a favor del seƱor JoaquĆ­n Endara Ruiz , el valor correspondiente a un pasaje aĆ©reo internacional en la ruta Quito – ParĆ­s – Quito, a fin de exponer 80 obras representativas del Ecuador, para difundir y promover por medio de la plĆ”stica la belleza del Ecuador MultiĆ©tnico, Biodiverso y Pluricultural, que tendrĆ” lugar en ParĆ­s del 1 al 5 de junio del 2011;

n

n

n

n Art. 2.- El seƱor JoaquĆ­n Endara Ruiz, en retribuciĆ³n del auspicio concedido a su favor por parte del Ministerio de Cultura, realizarĆ” una exposiciĆ³n de la obra en una de las salas de esta Cartera de Estado, en coordinaciĆ³n con la DirecciĆ³n Provincial de Pichincha.

n

n

n

n

n

n Art. 3.- La DirecciĆ³n Provincial de Cultura de Pichincha, actuarĆ” como administrador del presente auspicio.

n

n

n

n

n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n ComunĆ­quese y publĆ­quese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 9 de mayo del 2011.

n

n

n

n

n

n f.) Marisela Rivera YƔnez, Viceministra de Cultura.

n

n

n

n NĀŗ 1998

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 1107 de 22 de mayo del 2008, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 354 de 6 de junio del 2008, se creĆ³ la Unidad de EjecuciĆ³n Especializada adscrita al Ministerio de Gobierno y PolicĆ­a, actualmente denominado Ministerio del Interior, que se encargarĆ” de la ejecuciĆ³n de las acciones contempladas en el ?Plan Nacional de Seguridad Ciudadana?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 632 de 17 de enero del 2011, promulgado en el Registro Oficial NĀŗ 372 de 27 de enero del 2011 se otorgĆ³ la representaciĆ³n legal, judicial y extrajudicial de la instituciĆ³n policial al Ministerio del Interior;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 784 de 23 de mayo del 2011, el Ministerio del Interior asume las competencias de la Unidad de EjecuciĆ³n Especializada creada mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 1107 de 22 de mayo del 2008, como instancia administradora de la ejecuciĆ³n de las acciones contempladas en el ?Plan Nacional de Seguridad Ciudadana?; como consecuencia las contrataciones de bienes y servicios previstos en el referido plan;

n

n

n

n Que el Art. 3 del Decreto Ejecutivo 784 dispone que el Ministerio del Interior subrogarĆ” a la Unidad de EjecuciĆ³n Especializada en todos los derechos y obligaciones;

n

n

n

n Que, los Arts. 17 y 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, faculta a los ministros de Estado delegar sus atribuciones y deberes a funcionarios de inferior jerĆ”rquico;

n

n

n

n Que, el Art. 1 de la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica establece los principios y normas para regular los procedimientos de contrataciĆ³n para la adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de obras y prestaciĆ³n de servicios, incluidos los de consultorĆ­a, que realicen las instituciones del Estado;

n

n

n

n Que, el Art. 61 de la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica faculta a las mĆ”ximas autoridades de las instituciones comprendidas dentro de su Ć”mbito, delegar la suscripciĆ³n de los contratos a sus servidores, mediante resoluciĆ³n que deberĆ” ser publicada en el portal www.compraspublicas.gob.ec;

n

n

n

n Que, el Art. 4 del Reglamento General de la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica establece expresamente que son delegables todas las facultades previstas para la mĆ”xima autoridad tanto en la ley como en el reglamento general;

n

n

n

n Que, el Art. 134 numeral 4 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, seƱala que los actos administrativos pueden ser convalidados por el Ć³rgano competente; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar al Coordinador EstratĆ©gico(a) del Ministerio del Interior, el ejercicio de las facultades y atribuciones previstas para la mĆ”xima autoridad tanto en la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica como en su reglamento general, para la adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de obras y prestaciĆ³n de servicios, incluidos los de consultorĆ­a.

n

n

n

n Art. 2.- Las atribuciones delegadas, expresadas a continuaciĆ³n para la adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de obras y prestaciĆ³n de servicios, incluidos los de consultorĆ­a, que se requieran para la ejecuciĆ³n de las acciones contempladas en el ?Plan Nacional de Seguridad Ciudadana?; y, que constan en la presente resoluciĆ³n, son de exclusiva responsabilidad del Coordinador EstratĆ©gico(a) del Ministerio del Interior, quien tendrĆ” la obligaciĆ³n de ejercerlas con sujeciĆ³n y estricto apego a las normas que rigen el Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica:

n

n

n

n Expedir la resoluciĆ³n de autorizaciĆ³n de inicio del proceso de contrataciĆ³n para la adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de obras y prestaciĆ³n de servicios, incluidos los de consultorĆ­a;

n

n

n

n Aprobar los pliegos, sus aclaraciones y sus modificaciones y segĆŗn el caso, absolver preguntas sobre el contenido de dichos pliegos;

n

n

n

n Designar a los integrantes de las comisiones tƩcnicas, de conformidad con la ley;

n

n

n

n Aprobar los estudios y diseƱos completos, definitivos y actualizados, planos y cĆ”lculos, especificaciones tĆ©cnicas, que incluirĆ”n el anĆ”lisis de desagregaciĆ³n tecnolĆ³gica o de compra de inclusiĆ³n cuando corresponda;

n

n

n

n Aprobar los tƩrminos de referencia y el presupuesto referencial;

n

n

n

n Ejercer las funciones de ordenador de gasto de todos los procedimientos de contrataciĆ³n pĆŗblica gestionados en la unidad;

n

n

n

n Enviar al Instituto Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, los pliegos elaborados para la contrataciĆ³n de consultorĆ­a, en los cuales se requiera la participaciĆ³n de consultores extranjeros;

n

n

n

n Requerir al Instituto Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, la autorizaciĆ³n necesaria para realizar invitaciones a consultores internacionales para participar en un concurso pĆŗblico;

n

n

n

n Cancelar procedimientos precontractuales en marcha, cuidando la oportunidad prevista en el ordenamiento jurĆ­dico;

n

n

n

n Requerir a los oferentes la convalidaciĆ³n de errores de forma, presentes en las ofertas;

n

n

n

n Fundamentada y justificadamente autorizar cambios de fechas en los cronogramas previstos para el desarrollo de los procedimientos precontractuales los mismos se elevarĆ”n al portal, cuidando la oportunidad establecida en la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, su reglamento y las resoluciones expedidas por el Instituto Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, INCOP.

n

n

n

n Analizar las actas de calificaciĆ³n de las ofertas tĆ©cnicas y resolver la adjudicaciĆ³n de los contratos; o cuando corresponda, declarar total o parcialmente desierto el procedimiento precontractual mediante acto administrativo motivado;

n

n

n

n Conocer las actas de calificaciĆ³n de las ofertas tĆ©cnicas de los oferentes participantes en la subasta inversa electrĆ³nica y disponer que los oferentes calificados presenten sus oferta econĆ³micas iniciales por medio del portal www.compraspublicas.gob.ec, conocer el informe de resultados de la puja y adjudicar el contrato o declararlo desierto mediante acto administrativo motivado;

n

n

n

n En los casos que determinan las normas legales realizar la sesiĆ³n Ćŗnica de negociaciĆ³n en los casos en que no se realizara la puja;

n

n

n

n Emitir las Ć³rdenes de compra para la provisiĆ³n de bienes y servicios normalizados efectuados dentro del procedimiento de catĆ”logo electrĆ³nico;

n

n

n

n Conforme lo seƱala los numerales 1 y 3 del Art. 51 de la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, seleccionar directamente y adjudicar los contratos en el procedimiento de menor cuantĆ­a, al oferente que cumpla los requerimientos y requisitos;

n

n

n

n Conforme lo seƱala el numeral 2 del Art. 51 de la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, adjudicar el contrato a un proveedor inscrito en el Registro ƚnico de Proveedores escogido por sorteo pĆŗblico;

n

n

n

n Realizar de forma directa las contrataciones para la ejecuciĆ³n de obras, adquisiciĆ³n de bienes o prestaciĆ³n de servicios en el procedimiento de Ć­nfima cuantĆ­a, para lo cual se observarĆ” lo previsto en el Art. 60 del reglamento general y en la ResoluciĆ³n NĀŗ 43-10 del 22 de abril del 2010 expedida por el INCOP;

n

n

n

n Adjudicar y suscribir los contratos en el Ɣmbito de las atribuciones y competencias delegadas mediante el presente instrumento;

n

n

n

n Disponer la reapertura o el archivo de los procedimientos pre contractuales declarados desiertos;

n

n

n

n Establecer el procedimiento pre contractual y aprobar el presupuesto referencial del contrato cuando se requiera contratar consultorĆ­a; aprobar los pliegos del proceso y los tĆ©rminos de referencia, adjudicar el contrato o declarar terminado el procedimiento cuando el consultor invitado no aceptase la invitaciĆ³n o no se llegare a un acuerdo en la fase de negociaciĆ³n; resolver el inicio de un nuevo proceso de contrataciĆ³n directa;

n

n

n

n Designar al administrador del contrato y de ser el caso, al fiscalizador en el ofertas tĆ©cnicas y resolver la corresponda, declarar total o pre contractual mediante acto evento de que existan profesionales en la entidad, de lo contrario se deberĆ” dar inicio al proceso de contrataciĆ³n;

n

n

n

n Declarar mediante resoluciĆ³n motivada adjudicatario fallido y contratista incumplido de conformidad con el procedimiento establecido en la ley y reglamento ibĆ­dem y notificar de este particular al INCOP, para la inclusiĆ³n en el registro de contratistas incumplidos y adjudicatarios fallidos;

n

n

n

n Resolver la terminaciĆ³n de los contratos por mutuo acuerdo; y de manera anticipada y unilateral de acuerdo con las causales previstas en la ley, cumpliendo estrictamente con el procedimiento previsto para el efecto;

n

n

n

n Conocer y resolver las controversias y reclamaciones que se suscitasen en la ejecuciĆ³n de los contratos, asĆ­ como tambiĆ©n los recursos de reposiciĆ³n que fueren interpuestos por los oferentes dentro de los plazos previstos en el ordenamiento jurĆ­dico; y,

n

n

n

n Autorizar el inicio y llevar adelante los procedimientos que por emergencia fueren necesarios para cumplir con la ejecuciĆ³n de las acciones contempladas en el ?Plan Nacional de Seguridad Ciudadana?, en las etapas pre contractual, contractual y post contractual, de conformidad con lo establecido en la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, su reglamento general y resoluciones del INCOP.

n

n

n

n Art. 3.- Las competencias y atribuciones delegadas al Coordinador EstratĆ©gico del Ministerio del Interior se circunscribirĆ”n a los procedimientos para la adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de obras y prestaciĆ³n de servicios, incluidos los de consultorĆ­a, procedimientos que se aplicarĆ”n de acuerdo al monto de contrataciĆ³n determinado en el presupuesto referencial hasta un valor de US $ 800.000,00 y se los ejecutarĆ” con sujeciĆ³n a las normas establecidas en la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica, su reglamento general de aplicaciĆ³n y resoluciones aplicables emitidas por el INCOP.

n

n

n

n Art. 4.- El Coordinador EstratĆ©gico del Ministerio del Interior responderĆ” civil y pecuniariamente por los actos realizados en ejercicio de la presente delegaciĆ³n, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar.

n

n

n

n Art. 5.- ConvalĆ­dase los actos realizados por el Coordinador EstratĆ©gico del Ministerio del Interior, que tienen que ver con el ejercicio de las facultades y atribuciones previstas para la mĆ”xima autoridad tanto en la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica como en su reglamento general, para la adquisiciĆ³n o arrendamiento de bienes, ejecuciĆ³n de obras y prestaciĆ³n de servicios, incluidos los de consultorĆ­a desde el 22 de junio del 2011 hasta la presente fecha.

n

n

n

n Art. 6.- Se encarga la publicaciĆ³n de la presente resoluciĆ³n en el portal www.compraspublicas.gov.ec a la Directora Administrativa Financiera del Ministerio del Interior, de acuerdo con lo establecido en el Art. 61 de la Ley OrgĆ”nica del Sistema Nacional de ContrataciĆ³n PĆŗblica.

n

n

n

n Art. 7.- DerĆ³guese el Acuerdo Ministerial NĀŗ 01988 de 15 de junio del 2011.

n

n

n

n Art. 8.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n ComunĆ­quese.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 27 de junio del 2011.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, 29 de junio del 2011.- f.) Ilegible, CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera.

n

n

n

n MINISTERIO DE RELACIONES

n

n EXTERIORES

n

n

n

n ACUERDO COMPLEMENTARIO AL ACUERDO

n

n BƁSICO DE COOPERACIƓN TƉCNICA ENTRE

n

n EL GOBIERNO DE LA REPƚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL Y EL GOBIERNO DE LA REPƚBLICA DE

n

n ECUADOR PARA LA IMPLEMENTACIƓN DEL

n

n PROYECTO ?APOYO TƉCNICO A LA

n

n IMPLEMENTACIƓN DE LA TELEVISIƓN DIGITAL

n

n TERRESTRE EN ECUADOR?

n

n

n

n El Gobierno de la RepĆŗblica Federativa del Brasil y el Gobierno da la RepĆŗblica del Ecuador (en adelante denominados ?Partes?) Considerando que sus relaciones de cooperaciĆ³n han sido fortalecidas al amparo del Acuerdo BĆ”sico de CooperaciĆ³n TĆ©cnica entre el Gobierno de la RepĆŗblica Federativa del Brasil y el Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador, firmado en Brasilia, el 9 de febrero de 1982;

n

n

n

n Convencidos del deseo comĆŗn de promover la cooperaciĆ³n para el desarrollo; y,

n

n

n

n Considerando que la cooperaciĆ³n tĆ©cnica en el Ć”rea de telecomunicaciones, con base en el beneficio mutuo, reviste especial interĆ©s para las Partes,

n

n

n

n Acuerdan lo siguiente:

n

n

n

n ArtĆ­culo I

n

n

n

n El presente Acuerdo Complementario tiene como objetivo la implementaciĆ³n del Proyecto ?Apoyo TĆ©cnico a la ImplementaciĆ³n de la TelevisiĆ³n Digital Terrestre en Ecuador?, en adelante denominado ?Proyecto?, cuya finalidad es apoyar al Gobierno ecuatoriano en la formaciĆ³n de recursos humanos para la implementaciĆ³n de la televisiĆ³n digital terrestre, teniendo como base la experiencia del Sistema Nipon-BrasileƱo de TelevisiĆ³n Digital Terrestre (ISDB-T).

n

n

n

n En el Proyecto constarƔn los objetivos, las actividades a realizar y los resultados esperados.

n

n

n

n El Proyecto serĆ” aprobado y firmado por las instituciones coordinadoras y ejecutoras.

n

n

n

n ArtĆ­culo II

n

n

n

n 1. El Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador designa a:

n

n

n

n La SecretarĆ­a TĆ©cnica de CooperaciĆ³n Internacional como la instituciĆ³n responsable de la coordinaciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n de las acciones resultantes del presente Acuerdo Complementario; y,

n

n

n

n El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciĆ³n como instituciĆ³n responsable de la ejecuciĆ³n de las actividades resultantes del presente Acuerdo Complementario.

n

n

n

n 2. El Gobierno de la RepĆŗblica Federativa del Brasil designa a:

n

n

n

n A la Agencia BrasileƱa de CooperaciĆ³n del Ministerio de Relaciones Exteriores (ABC/MRE) como instituciĆ³n responsable de la coordinaciĆ³n, seguimiento y evaluaciĆ³n de las acciones resultantes del presente Acuerdo Complementario; y,

n

n

n

n El Ministerio de las Comunicaciones – SecretarĆ­a de Telecomunicaciones como instituciĆ³n responsable de la ejecuciĆ³n de las actividades resultantes del presente Acuerdo Complementario.

n

n

n

n ArtĆ­culo III

n

n

n

n 1. Corresponde al Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador:

n

n

n

n Designar tĆ©cnicos ecuatorianos para participar en la capacitaciĆ³n;

n

n

n

n Poner a disposiciĆ³n instalaciones e infraestructura adecuadas para la ejecuciĆ³n de las actividades de cooperaciĆ³n tĆ©cnica previstas en el Proyecto;

n

n

n

n Otorgar apoyo a los tĆ©cnicos enviados por el Gobierno brasileƱo, mediante el suministro de toda la informaciĆ³n necesaria para la ejecuciĆ³n del Proyecto;

n

n

n

n Asegurar la continuidad de los salarios y demĆ”s ventajas del cargo o funciĆ³n a los tĆ©cnicos ecuatorianos involucrados en el Proyecto;

n

n

n

n Tomar providencias para que las acciones desarrolladas por los tĆ©cnicos enviados por el Gobierno brasileƱo sean continuadas por los tĆ©cnicos de la instituciĆ³n ejecutora ecuatoriana; y,

n

n

n

n Realizar el seguimiento y evaluaciĆ³n del desarrollo del Proyecto.

n

n

n

n 2. Corresponde al Gobierno de la RepĆŗblica Federativa de Brasil:

n

n

n

n Designar y enviar tĆ©cnicos para desarrollar en Ecuador las actividades de cooperaciĆ³n tĆ©cnica prevista en el Proyecto; y,

n

n

n

n Hacer el seguimiento y evaluaciĆ³n del desarrollo del Proyecto.

n

n

n

n 3. El presente Acuerdo Complementario no implica ningĆŗn compromiso de transferencia de recursos financieros o cualquier otra actividad onerosa al patrimonio nacional de las Partes.

n

n

n

n ArtĆ­culo IV

n

n

n

n En la ejecuciĆ³n de las actividades previstas en el Proyecto, objeto de el presente Acuerdo Complementario, las Partes podrĆ”n disponer de recursos de instituciones pĆŗblicas y privadas, de organizaciones no gubernamentales, de organismos internacionales, de agencias de cooperaciĆ³n tĆ©cnica, de fondos y de programas regionales e internacionales, que deberĆ”n estar previstos en otros instrumentos legales, distintos del presente Acuerdo Complementario.

n

n

n

n ArtĆ­culo V

n

n

n

n Todas las actividades mencionadas en este Acuerdo Complementario estarĆ”n sujetas a las leyes y a los reglamentos vigentes en la RepĆŗblica Federativa de Brasil y en la RepĆŗblica del Ecuador.

n

n

n

n ArtĆ­culo VI

n

n

n

n Las instituciones ejecutoras mencionadas en el Artƭculo II, deberƔn elaborar informes sobre los resultados alcanzados por el Proyecto desarrollado en el Ɣmbito del presente Acuerdo Complementario, las que deberƔn presentar a las instituciones coordinadoras.

n

n

n

n Los documentos resultantes de las actividades desarrolladas en el Ɣmbito del Proyecto serƔn propiedad conjunta de las Partes. Las versiones oficiales de los documentos de trabajo serƔn elaboradas en el idioma del paƭs de origen del trabajo. En caso de que se publiquen los referidos documentos, se deberƔ consultar previa y formalmente a las Partes, las que deberƔn ser mencionadas en el documento publicado.

n

n

n

n

n

n ArtĆ­culo VI

n

n

n

n El presente Acuerdo Complementario entrarƔ en vigor en la fecha de su firma, y tendrƔ vigencia de dos (2) aƱos, renovables automƔticamente, hasta el cumplimiento de su objetivo, excepto si una de las Partes manifiesta lo contrario.

n

n

n

n ArtĆ­culo VIII

n

n

n

n El presente Acuerdo Complementario podrƔ ser enmendado, mediante consentimiento mutuo de las Partes, por vƭa diplomƔtica.

n

n

n

n

n

n ArtĆ­culo IX

n

n

n

n Cualquiera de las Partes podrĆ” notificar, en cualquier momento, por la vĆ­a diplomĆ”tica, su decisiĆ³n de denunciar el presente Acuerdo Complementario, siendo las Partes responsables de decidir sobre la continuidad de las actividades que se encuentren en ejecuciĆ³n. La denuncia tendrĆ” efecto tres (3) meses despuĆ©s de la fecha de recepciĆ³n de la respectiva notificaciĆ³n.

n

n

n

n

n

n ArtĆ­culo X

n

n

n

n Para las cuestiones no previstas en este Acuerdo Complementario, se aplicarĆ”n las disposiciones del Acuerdo BĆ”sico de CooperaciĆ³n TĆ©cnica entre el Gobierno de la RepĆŗblica Federativa del Brasil y el Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador, firmado en Brasilia, el 9 de febrero de 1982.

n

n

n

n Hecho en Quito, el 15 de julio de 2011, en dos ejemplares originales, en idioma portuguƩs y espaƱol, siendo ambos textos igualmente autƩnticos.

n

n

n

n POR EL GOBIERNO DE LA REPƚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

n

n

n

n f.) Ilegible.

n

n

n

n POR EL GOBIERNO DE LA REPƚBLICA DE ECUADOR.

n

n

n

n f.) Ilegible.

n

n

n

n

n

n MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACIƓN.- Certifico que es fiel copia del documento original que se encuentra en los archivos de la DirecciĆ³n de Instrumentos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.- Quito, a 18 de julio del 2011.- f.) AnacĆ©lida Burbano JĆ”tiva, Directora de Instrumentos Internacionales.

n

n

n

n MINISTERIO DE RELACIONES

n

n EXTERIORES

n

n

n

n MEMORƁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPƚBLICA DEL ECUADOR Y

n

n EL GOBIERNO DE LA REPƚBLICA FEDERATIVA

n

n DEL BRASIL PARA EL ESTABLECIMIENTO

n

n DEL MECANISMO DE CONSULTAS BILATERALES

n

n ECUADOR ? BRASIL

n

n

n

n El Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador y el Gobierno de la RepĆŗblica Federativa del Brasil (en adelante denominados las ?Partes?),

n

n

n

n Motivados por la trayectoria histĆ³rica de entendimiento entre los dos paĆ­ses;

n

n

n

n Realzando el grado elevado de convergencia en los asuntos bilaterales y la amplia sintonƭa de posiciones respecto de los mƔs diversos temas de la agenda internacional;

n

n

n

n Convencidos de la necesidad de ampliar y diversificar la cooperaciĆ³n bilateral, en favor del bienestar de los habitantes de ambos paĆ­ses; y

n

n

n

n Emprendiendo esfuerzos para reforzar una sociedad mutuamente provechosa,

n

n

n

n ACUERDAN LO SIGUIENTE:

n

n

n

n ArtĆ­culo Primero

n

n

n

n Queda constituido el Mecanismo de Consultas Bilaterales Brasil-Ecuador (en adelante ?Mecanismo de