Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 07 de Mayo de 2015 – R. O. No. 495

SUMARIO

Ministerio de Coordinación de Seguridad:

Ejecutivo:

Acuerdos

013 Modifíquese el Acuerdo Ministerial No. 001-2014 de 08 de
octubre de 2014

Ministerio de Finanzas:

0086 Expídese la Norma Técnica para la aplicación de la
disposición general vigésima tercera del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas

0091 Deléguese a la abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera,
Asesora Ministerial, para que asista a la sesión del Directorio del COSEDE

0095 Legalícense las comisiones de servicios al exterior y
subróguense funciones a varios funcionarios:

Ingeniero Carlos Iván Barrionuevo Toasa, Analista de
Mercados Financieros

0096 Economista Madeleine Leticia Abarca Runruil,
Viceministra de Finanzas

0097 Economista Madeleine Abarca, Viceministra de Finanzas y
otros

0098 Doctor Paúl Villarreal, Asesor del Despacho Ministerial

0100 Economista Daniel Roberto Falconí Heredia como
Subsecretario de Política Fiscal

0101 Licenciado Daniel Torres, Director Nacional del Resto
del Sector Público

0102 Economista Juan Hidalgo, Asesor de la Subsecretaría de
Financiamiento Público y otra

0103 Ingeniero Víctor Rubén Tobar Horna, Director Nacional
de Egresos Permanentes, subrogará al Subsecretario de Presupuesto

0104 Ingeniero Luis Villafuerte, Director Nacional de
Negociación y Financiamiento Público

Acuerdos

0106 Economista Patricia Cobos, Gerente Institucional y otra

0107 Refórmese el Acuerdo No. 095, de 06 de marzo de 2015

0108 Incorpórese al Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social -IESS a la herramienta e- Sigef para su uso único y exclusivo en el
manejo administrativo de sus recursos financieros, presupuestarios, contables y
de tesorería

0110 Tecnólogo Byron Marcelo Zúñiga Vásconez, Servidor
Público 7 de la Dirección Nacional de Gobiernos Autónomos Descentralizados de
la Subsecretaría de Relaciones Fiscales

0111 Ingeniero Víctor Rubén Tobar Horna, Director Nacional
de Egresos Permanentes como Subsecretario de Presupuesto

0112 Doctora Sonia de las Mercedes Proaño Viteri, Directora
Nacional de Estados Financieros, como Subsecretaria de Contabilidad
Gubernamental

0115 Ingeniero Carlos Iván Barrionuevo Toasa, Analista de
Mercados Financieros

0117 Ingeniero Víctor Rubén Tobar Horna, Director Nacional
de Egresos Permanentes

0121 Licenciado Carlos Fernando Soria Balseca, Subsecretario
de Presupuesto como Viceministro de Finanzas

0122 Ingeniero Carlos Iván Barrionuevo Toasa, Analista de
Mercados Financieros, como Subsecretario de Financiamiento Público

0129 Deróguese el Acuerdo Ministerial Nro. 002 de 06 de
enero de 2014

Ministerio de Turismo:

20150030 Constitúyese el Comité de Transparencia del MINTUR,
conforme lo determina el artículo 10 de la Resolución No. 007-DDP-2010, de 15
de enero 2015

20150032 Desígnese al ingeniero Byron Patricio Ortiz
Analuisa, como delegado ante el Directorio de Empresa Pública de Turismo Ciudad
Mitad del Mundo EP

20150039 Desígnese a la doctora Susana del Pilar Suarez
Román ante el Consejo Nacional de Aviación Civil

20150040 Deléguese al señor arquitecto David Eugenio Parra
Bozzano, Viceministro de Gestión Turística

Ministerio de Industrias y Productividad:

Resoluciones

15 127 Apruébense y oficialícense con el carácter de
obligatorio, las modificatorias de los siguientes reglamentos técnicos
ecuatorianos:

RTE INEN 254 ?Espejos de vidrio plano plateado?

15 128 RTE INEN 256
?Alambre esmaltado o magneto?

Agencia de Regulación y Control Minero:

026-ARCOM-2015 Deléguese atribuciones al Diretor
Administrativo Financiero de la Agencia de Regulación y Control Minero

027-DE-ARCOM-2015 Deléguese funciones al Director(a) de
Asesoría Jurídica titular o encargado(a), en representación de la Directora
Ejecutiva de la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM)

Banco Central del Ecuador:

BCE-016-2015 Deléguese funciones al Coordinador(a) General
Administrativo(a) Financiero(a)

Resoluciones

BCE-017-2015 Créase la Unidad de Auditoría Interna Bancaria

BCE-018-2015 Expídese el Reglamento interno para la
utilización de vehículos

BCE-023-2015 Deléguense funciones al Director(a) de
Administración de Recursos Humanos

CONTENIDO


No. 013

Ing. César
Navas Vera

MINISTRO DE
COORDINACIÓN

DE SEGURIDAD

Considerando:

Que, el señor
Contralor General del Estado mediante Acuerdo No. 005-CG-2014 publicado en el
Registro Oficial No. 178 de 6 de febrero de 2014, expidió el ?Reglamento para
el Control de Vehículos del Sector Público y de las Entidades de Derecho
Privado que disponen de Recursos Públicos?, en cuyo artículo sexto inciso
segundo se dispone que: ?La autorización previa al desplazamiento de los
servidores fuera de la jornada ordinaria de trabajo, en días feriados y/o fines
de semana será otorgada por la máxima autoridad o su delegado; en tal caso, la
orden de movilización se tramitará únicamente mediante el aplicativo
cgeMovilización, publicado en la página web de la Contraloría General del
Estado?;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 001-2014 de 8 de octubre de 2014, el señor Ministro de
Coordinación de Seguridad delegó atribuciones y responsabilidades a la/el Viceministra/o,
a la/el Coordinadora/or General Administrativo Financiero y a otros servidores
públicos de esta Cartera de Estado; y,

Que, en el
artículo 5 del Acuerdo Ministerial No. 001-2014 de 8 de octubre de 2014, el
señor Ministro de Coordinación de Seguridad delegó a la Responsable de la Unidad
de Transporte la organización y control del parque automotor institucional,
para cuyo efecto se le autoriza suscribir las correspondientes órdenes de
movilización para el desplazamiento de servidores en días y horas laborales,
fuera de jornada ordinaria de trabajo, en días feriados o fines de semana o que
impliquen el pago de viáticos y subsistencias, normativa que es necesario reformular,
a fin de que la autorización del uso de vehículos por parte de las/los
Subsecretarios y Coordinadores fuera de la jornada ordinaria de trabajo, en días
feriados y/o fines de semana, sea emitida por la/el Viceministra/o,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el Art. 154 numeral 1 de la Constitución de
la República y el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de
la Función Ejecutiva;

Acuerda:

Artículo 1.
Incluir luego del literal e) del artículo 1 del Acuerdo Ministerial No.
001-2014 de 08 de octubre de 2014, la siguiente atribución y responsabilidad:

?f) Autorizar
el uso de vehículos institucionales fuera de la jornada ordinaria de trabajo,
en días feriados y/o fines de semana a Subsecretarios y Coordinadores, para
cuyo efecto, la orden de movilización la tramitará únicamente mediante el
aplicativo cgeOrdenMovilización, publicado en la página web de la Contraloría
General del Estado?.

Artículo 2.
Sustituir el artículo 5 del Acuerdo Ministerial No. 001-2014 de 08 de octubre
de 2014, por el siguiente texto:

?Delegar a la/el
Encargada/o o Responsable de la Unidad de Transporte, la organización y control
del parque automotor institucional, para el efecto, deberá suscribir las
correspondientes órdenes de movilización para el desplazamiento en días y horas
laborables, fuera de la jornada ordinaria de trabajo, en días feriados o fines
de semana o que implique el pago de viáticos o subsistencias de las/los
servidoras/es del Nivel Jerárquico Superior y servidores públicos comprendidos
dentro de la escala de 20 grados y trabajadores que laboran en esta Cartera de Estado
de conformidad con el Reglamento para el Control de Vehículos del Sector
Público y de las Entidades de Derecho Privado que disponen de Recursos
Públicos.

Solo en el
caso de Subsecretarios y Coordinadores, las órdenes de movilización requeridas
fuera de la jornada ordinaria de trabajo, en días feriados y/o fines de semana serán
emitidas por la/el Viceministra/o?.

Artículo 3. Suprimir
del literal b) del artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 001-2014 de 08 de
octubre de 2014, la palabra ?Generales?.

El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en Quito,
Distrito Metropolitano, a 9 de abril de 2015.

f.) Ing. César
Navas Vera, Ministro de Coordinación de Seguridad.

Fiel copia del
original.- f.) Ilegible.- 21 de abril de 2015.

Nº 0086

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que el
artículo 154 de la Constitución de la República faculta a las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, a
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el
artículo 70 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas define
como Sistema Nacional de Finanzas Públicas, SINFIP, al conjunto de normas, políticas,
instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades
y organismos del Sector Público deben realizar con el objeto de gestionar en
forma programada los ingresos, gastos y financiamiento públicos con sujeción al
Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en dicha
ley;

Que el
artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, numeral
6, establece que es atribución del ente rector del SINFIP dictar las normas,
manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catálogos, glosarios, y
otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del
sector público para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP y sus
componentes;

Que la
Disposición General Vigésima Tercera del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas fue modificado con la Disposición Reformatoria Tercera, Numeral
10 del Código Orgánico Monetario y Financiero que refiere a que los recursos
que se cobren por concepto de las multas impuestas por los tribunales y
juzgados de la República, serán cobradas de acuerdo a la norma técnica que el
ente rector de las finanzas públicas dicte para el efecto y serán transferidas
a la Cuenta Única del Tesoro Nacional, como parte de recursos fiscales que
forman parte del Presupuesto General del Estado;

Que todas las
entidades, instituciones y organismos comprendidos en los artículos 225, 297 y
315 de la Constitución de la República se sujetarán al SINFIP, en los términos
previstos en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, sin
perjuicio de la facultad de gestión autónoma de orden administrativo,
económico, financiero, presupuestario y organizativo que la Constitución o las leyes
establecen para determinadas entidades;

En ejercicio
de la facultad que le confiere el numeral 6 del artículo 74 del Código Orgánico
de Planificación y Finanzas Públicas.

Acuerda:

EXPEDIR LA
NORMA TÉCNICA PARA LA

APLICACIÓN DE
LA DISPOSICIÓN GENERAL

VIGÉSIMA
TERCERA DEL CÓDIGO ORGÁNICO

DE
PLANIFICACIÓN Y FINANZAS PÚBLICAS,

MODIFICADO CON
LA DISPOSICIÓN

REFORMATORIA
TERCERA, NUMERAL 10 DEL

CÓDIGO
ORGÁNICO MONETARIO Y

FINANCIERO

Art. 1.-
Ámbito de Aplicación.- La presente norma técnica será de aplicación exclusiva
del Consejo de la Judicatura.

Art. 2.- El
Consejo de la Judicatura mantendrá la responsabilidad del manejo de la
información respecto de los valores determinados por concepto de multas
impuestas por los tribunales y juzgados y definirá el procedimiento para el
control de la recaudación de estos valores en quince días posterior a la
emisión del presente acuerdo.

Art. 3.- El
mecanismo de recaudación que el Consejo de la Judicatura ha utilizado por este
concepto será el mismo con el que opera hasta la presente fecha; es decir,
utilizará las cuentas recolectoras autorizadas por el Banco Central del Ecuador
y para el registro la herramienta de gestión financiera oficial aplicando la
ruta: Ejecución de Ingresos, Registro y Control de la Ejecución, Comprobante de
Ejecución de Ingresos.

Art, 4.- El
Consejo de la Judicatura conciliará las cuentas recolectoras y verificará que
la transferencia a las cuentas vinculadas (sub cuentas de la Cuenta Corriente
Única del Tesoro Nacional) en el Banco Central del Ecuador cumpla con los
tiempos dispuestos por las regulaciones que esa entidad financiera emita por
este concepto.

Art. 5.- El
Consejo de la Judicatura deberá comunicar vía oficio y de forma mensual a la
Dirección Nacional de Presupuestos del Tesoro el valor ingresado en la Cuenta Corriente
Única del Tesoro Nacional por el concepto antes señalado.

Art. 6.- El
Consejo de la Judicatura realizará diariamente el registro de la recaudación
por concepto de multas impuestas por los tribunales y juzgados, utilizando el
ítem presupuestario de ingreso 170499 ?Otras Multas?.

Art. 7.- En el
evento de que se generen reclamos que conlleven la devolución de los valores de
las multas, el Consejo de la Judicatura validará y determinará la pertinencia
de la solicitud y previamente provisionará recursos para las devoluciones que
procedan, para posterior reintegro en la cuenta del peticionario.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 27 de febrero del 2015.

f.) Econ.
Madeleine Abarca Runruil, Ministra de Finanzas (S).

MINISTERIO DE
FINANZAS – Es fiel copia del original.- 1 foja.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.

Nº 0091

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde
ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75
dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá
delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que, el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que, el
artículo 83 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I, señala que el
Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo
de Seguros Privados tendrá un directorio integrado por tres miembros plenos: un
delegado del Presidente de la República, que lo presidirá, el titular de la
secretaría de Estado a cargo de la política económica o su delegado y el titular
de la secretaría de Estado a cargo de las finanzas públicas o su delegado;

Que, el
artículo 84 de la norma supra dispone que los delegados de las entidades
públicas miembros del directorio serán designados mediante acto administrativo
y deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Ciudadano ecuatoriano; 2.
Título profesional de tercer nivel en economía, finanzas, administración,
derecho o áreas relacionadas; 3. Experiencia profesional en áreas relacionadas
por lo menos cinco años; 4. No estar incurso en conflictos de interés; y, 5.
Cumplir los requisitos exigidos para ser funcionario o servidor público;

Que, la
Secretaria del Directorio de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondos de
Liquidez y Fondo de Seguro Privados, remite la convocatoria a sesión del Directorio
el día jueves 5 de marzo de 2015 a las 14h00 y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
a la abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial, para que
asista a la sesión del Directorio del COSEDE, a realizarse el día 05 de marzo
de 2015, en representación del señor
Ministro de Finanzas.

Art. 2.- La
delegada queda facultada a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación y. deberá presentar los informes
de sus actuaciones a la máxima autoridad.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 04 de marzo
del 2015.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- 1 foja.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.

Nº 0095

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo
que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que, el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación
procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él
servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la
remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma
institución;

Que, con
Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas
delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera
todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta
Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica
del Servicio Público y Código del Trabajo;

Que, mediante
Memorando Nro. MINFIN-DM-2015-087 de 6 de marzo de 2015, suscrito por el
abogado Willam Vásconez Rubio, Subsecretario de Financiamiento Público, menciona
a la economista Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General
Administrativa Financiera, que el ingeniero Carlos Barrionuevo Toasa Analista
de Mercados Financieros, subrogará las funciones como Subsecretario de
Financiamiento Público, desde el 07
hasta el 18 de marzo de 2015, debido a que el titular de la mencionada
Subsecretaría estará fuera del país cumpliendo la comisión de servicios en el
exterior por disposición del señor Ministro; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial
No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- El
Ingeniero Carlos Iván Barrionuevo Toasa, Analista de Mercados Financieros,
subrogará las funciones de Subsecretario de Financiamiento Público a partir del
07 hasta el día 18 de marzo de 2015, inclusive.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 06 de marzo
del 2015.

f.) Econ.
Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- 1 foja.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificado.

Nº 0096

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
294 de 6 de octubre de 2010
, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General de la LOSEP, dispone que la subrogación
procederá de conformidad al anotado artículo 126 de LOSEP, considerando que la
o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista
entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución;

Que por
motivos laborales en mi calidad de Ministro de Finanzas, encabezaré la
delegación de esta Cartera de Estado, en distintas reuniones oficiales fuera
del país, inherentes a las actividades institucionales del 9 al 19 de marzo de
2015;

Que la
economista Madeleine Abarca en su calidad de Viceministra de Finanzas,
integrara la delegación de esta Cartera de Estado, en reuniones oficiales a
llevarse a cabo fuera del país, inherentes a las actividades institucionales del
14 al 18 de marzo de 2015; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley,

Acuerda:

Art. 1.- La
economista Madeleine Leticia Abarca Runruil, Viceministra de Finanzas,
subrogará las funciones de Ministra de Finanzas del lunes 9 al viernes 13 y el
jueves 19 de marzo de 2015.

Art. 2.- El
economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de Política Fiscal, subrogará
las funciones de Viceministro de Finanzas del lunes 9 al viernes 13 y el jueves
de marzo de 2015.

Art. 3.- El
licenciado Carlos Fernando Soria Balseca, Subsecretario de Presupuesto,
subrogará las funciones de Ministro de Finanzas del sábado 14 al miércoles 18
de marzo de 2015.

Art. 4.- La
economista Magdalena Del Pilar Vicuña Cevallos, Subsecretaría de Contabilidad
Gubernamental, subrogará las funciones de Viceministra de Finanzas del sábado
14 al miércoles 18 de marzo de 2015.

Art. 5.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 06 de marzo
del 2015.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- 1 foja.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.

Nº 0097

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
memorando Nro. MINFIN-DM-2015-0108 de 19 de febrero de 2015, el Economista
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, solicitó a la Economista Rosana
Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera, se
realicen los trámites pertinentes para la comisión de servicios al exterior de
la Economista Madeleine Abarca, Viceministra de Finanzas, Doctor Marco Almeida,
Coordinador General Jurídico, e Ingeniero Carlos Barrionuevo, Analista de
Análisis de Mercados Financieros, para que asistan a varias reuniones de trabajo para tratar temas
relacionados con endeudamiento público, en Boston, Estados Unidos, del 20 al 21
de febrero de 2015;

Que, según lo
dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público; y Art. 5 del Acuerdo No. 1101, de 22 de marzo del 2012, mediante el
cual se expidió el Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos
de la Función Ejecutiva y Entidades Adscritas, de la Presidencia de la
República, el mismo que fue modificado mediante Acuerdo No. 699 de 15 de julio de
2014; la Dirección de Administración del Talento Humano y la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, han emitido el informe favorable para
legalizar la comisión de servicios con remuneración al exterior, a favor de la
Economista Madeleine Abarca, Viceministra de Finanzas, Doctor Marco Almeida,
Coordinador General Jurídico, e Ingeniero Carlos Barrionuevo, Analista de Análisis
de Mercados Financieros, quienes asistieron a varias reuniones de trabajo para
tratar temas relacionados con endeudamiento público, en Boston, Estados Unidos,
del 20 al 21 de febrero de 2015, conforme se desprende del Informe No.
MINFIN-DATH-2015-065, de 06 de marzo de 2015, y de las autorizaciones de los
viajes Nos. 41537, 41540 y 41541, de 05 de marzo de 2015, emitidas por la Coordinación
General de Gestión Interinstitucional de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del 2012.

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la
Ley Orgánica del Servicio Público, legalizar la comisión de servicios con
remuneración al exterior, en el lapso del 20 al 21 de febrero de 2015, a favor
de la Economista Madeleine Abarca, Viceministra de Finanzas, Doctor Marco
Almeida, Coordinador General Jurídico, e Ingeniero Carlos Barrionuevo, Analista
de Análisis de Mercados Financieros, quienes asistieron a varias reuniones de trabajo
para tratar temas relacionados con endeudamiento público, en Boston, Estados
Unidos.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- El presente viaje al exterior deberá ser justificado mediante informe
sometido al análisis de la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control, y
a su vez registrado en el Sistema de Información para la Gobernabilidad
Democrática – SIGOB, conforme consta en la disposición del doctor Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública y Comunicación,
contenida en el oficio No. SUBP-0-08- 09097 de 24 de noviembre del 2008.

ARTÍCULO
TERCERO.- Los gastos de boletos aéreos, movilización, alojamiento y
alimentación fueron financiados con cargo al vigente presupuesto del Ministerio
de Finanzas.

Quito, a f.)
Econ. Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa
Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- 1 foja.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación.

Nº 0098

LA COORDINADORA
GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
memorando Nro. MINFIN-DM-2015-0157, de 03 de marzo de 2015, el Economista
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, solicitó a la Economista Rosana
Cevallos Zaidumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera, se
realicen los trámites pertinentes para la comisión de servicios al exterior del
suscrito y del Doctor Paúl Villarreal, Asesor del Despacho Ministerial, para
asistir a la XXV Reunión de representantes del FLAR, en Bogotá, Colombia, y a
la Reunión Anual del BID, en Busan, Corea del Sur;

Que, según lo
dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público; y Art. 4 del Acuerdo No. 1101, de 22 de marzo del 2012, mediante el
cual se expide el Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos
de la Función Ejecutiva y Entidades Adscritas, de la Presidencia de la
República; la Dirección de Administración del Talento Humano y la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, han emitido el informe favorable para la comisión
de servicios con remuneración en el exterior, del 23 al 30 de marzo de 2015, a
favor del Doctor Paúl Villarreal, Asesor del Despacho Ministerial, para que
asista a la XXV Reunión de representantes del FLAR, en Bogotá, Colombia, y a la
Reunión Anual del BID, en Busan, Corea del Sur, conforme se desprende del
Informe No. MINFIN-DATH- 2015-070, de 09 de marzo de 2015, y de las
autorizaciones de viajes Nos. 41790 y 41791, de 05 de marzo de 2015, emitidas
por la Coordinación General de Gestión Interinstitucional de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del 2012.

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la
Ley Orgánica del Servicio Público, conceder la comisión de servicios con
remuneración en el exterior, a favor del Doctor Paúl Villarreal, Asesor del
Despacho Ministerial, del 23 al 30 de marzo de 2015, para que asista a la XXV Reunión
de representantes del FLAR, en Bogotá, Colombia, y a la Reunión Anual del BID,
en Busan, Corea del Sur.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de boletos aéreos, movilización, alojamiento y
alimentación serán financiados con cargo al vigente presupuesto del Ministerio
de Finanzas.

Quito, a 09 de
marzo del 2015.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.-1 foja.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.

Nº 0100

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la
subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que
la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista
entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución;

Que con
Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas
delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera
todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta
Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica
del Servicio Público y Código del Trabajo;

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