Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 30 de Abril de 2015 – R. O. No. 491

SUMARIO

Ministerio Coordinador de Sectores Estratégicos:

Ejecutivo:

Acuerdos

07-2015 Desígnese al licenciado Leonardo Morejón Coral,
Asesor Ministerial delegado a la Reunión de Directorio de la Compañía de
Economía Mixta Austrogas

08-2015 Reclasifíquese y cámbiese la denominación de doce
(12) puestos del Nivel Jerárquico Superior

09-2015 Legalícese y autorícese los viajes al exterior de
las siguientes personas:

Ingeniero Carlos Cabrera Acevedo, Asesor Ministerial

10-2015 Soc. Isabel Cristina Puente Valdiviezo, Asesora
Ministerial y otros

11-2015 Señora Angeolina Toral, Secretaria Técnica

12-2015 Subróguese el Despacho Ministerial, al ingeniero
José Icaza Romero, Viceministro

13-2015 Deléguese a la reunión de Directorio de la Empresa
Pública de Desarrollo Ecuador Estratégico EP., a la señora Angeolina Toral,
Subsecretaria de Gestión y Eficiencia Institucional

Ministerio de Finanzas:

0051 Concédanse comisión de servicios al exterior a varios
funcionarios:

Ingenieros Luis Villafuerte, Director Nacional de
Negociación y Financiamiento Público, y otro

0055 Subróguense las funciones de Subsecretario de
Financiamiento Público al ingeniero Carlos Iván Barrionuevo Toasa

0058 Doctor Carlos Paúl Villarreal Velásquez

0059 Abogado Willam Vásconez, Subsecretario de
Financiamiento Público

Acuerdos

0060 Economista Madeleine Abarca Runruil, Viceministra de
Finanzas, y otro

0061 Doctor Paúl Villarreal Velásquez, Asesor del Despacho
Ministerial y otras

0065 Economista Gabriela Carrasco, Subsecretaria de
Relaciones Fiscales

Ministerio del Interior:

5393 Créase la comisión mixta conformada por la Sociedad
Civil y familiares de los hermanos Restrepo Arismendy, denominada «POR LA
VERDAD Y LA JUSTICIA»

5394 Refórmese el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No.
3336 de 18 de julio de 2013

5395 Sepárese de manera definitiva de la Policía Nacional
del Ecuador, a trece servidores policiales calificados no idóneos

5440 Refórmese el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No.
4096 de 21 de marzo de 2014

5441 Concédense comisión de servicios con remuneración al
exterior a varios funcionarios:

Abogado Diego Xavier Fuentes Acosta, Director Jurídico

5442 Teniente Cristian Cisneros Morán y otro

5443 Ingeniero Pedro Ruales Hidalgo, Servidor Público 7 y
otro

5444 Teniente Coronel William Posso Mejía, Edecán, y otros

5445 Capitán David Andrade Daza y otro

5446 Abogado Diego Xavier Fuentes Acosta, Coordinador
General de Asesoría Jurídica y otros

5447 Doctora Diana Espinoza Valdez, Asesor 2

5448 Abogado Daniel Augusto Arboleda Villacreses, Director
Jurídico, Encargado

5449 Abogado Diego Fuentes Acosta, Viceministro de Seguridad
Interna

5450 Doctora Aracelly Martínez Chipantiza, Servidor Público
3

5451 Ingeniero Pedro Ruales Hidalgo, Servidor Público 7

5452 Ingeniero Ricardo Gómez Vega, Servidor Público 7

5453 Magíster Richard González Dávila

5454 Señor Francis Negrete Arguello, Servidor Público 1

5455 Ingeniero Pedro Ruales Hidalgo, Servidor Público 7

5456 Doctora Aracelly Martínez Chipantiza, Servidor Público
3

5457 Expídese la Reforma al Reglamento Orgánico Funcional de
la Dirección General de Personal de la Policía Nacional

Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría de
la Calidad:

Resoluciones

15-118 Apruébense y oficialícense con carácter de
obligatoria las modificatorias a los siguientes reglamentos técnicos
ecuatorianos:

RTE INEN 035 ?Eficiencia energética en artefactos de
refrigeración de uso doméstico. Reporte de consumo de energía, métodos de
prueba y etiquetado?

Resoluciones

15-119 RTE INEN 036 ?eficiencia energética. Lámparas
fluorescentes compactas. Rangos de desempeño energético y etiquetado?

15-120 RTE INEN 082 ?Salsas y Aderezos?

Secretaría Técnica para la Gestión Inclusiva en
Discapacidades:

RA-019-2015 Refórmese la Resolución Administrativa Nro.
RA-017-2015, de fecha 02 de marzo de 2015

Servicio de Rentas Internas: Zonal 3:

DZ3-SZORDRI15-00000058 Deléguense a los jefes zonales de
departamentos del Servicio de Rentas Internas Zona 3 y Supervisor de Gestión
Tributaria ? CGT del cantón Baños

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanza

CMQ-002-2015 Cantón Quinsaloma: Sustitutiva a la Ordenanza
que regula el Servicio de Cementerio

CONTENIDO


No. 07-2015

Angeolina
Toral Hidalgo

MINISTRA DE
COORDINACION DE LOS

SECTORES ESTRATEGICOS
(S)

Considerando:

Que, el inciso
segundo del artículo 141 de la Constitución de la República señala que la
Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República,
los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios
para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación,
ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se
creen para ejecutarlas;

Que, el
artículo 154 de la Norma Suprema señala que corresponde a las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, ejercer
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos
y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República establece que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, el
artículo 28 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación
de Servicios Públicos por Parte de la Iniciativa Privada, dispone que: ?La
formación, extinción y reforma de los actos administrativos de las instituciones
de la Función Ejecutiva, ser regirán por las normas del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva?;

Que, el
artículo 35 de la referida norma legal establece que: ?Cuando la importancia
económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera,
los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos,
resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En estos
documentos e establecerá el ámbito geográfico o institucional en el cual los
funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones?;

Que, el
artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva señala que, los Ministros de Estado dentro de la esfera de su
competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior
jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de
servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las
delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial,
todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de
acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado;

Que, el
artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva dispone: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas
por Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro Oficial; Que,
es necesario delegar las atribuciones y competencias a los órganos de inferior
jerarquía, a fin de obtener eficiencia, celeridad y oportunidad en la gestión institucional;

Que, el 03 de
enero del 2008, mediante Decreto Ejecutivo No. 849, se creó el Ministerio de
Coordinación de los Sectores Estratégicos, publicado en el Registro Oficial No.
254 de 17 de enero del 2008;

Que, el 28 de
noviembre de 2012, mediante Decreto Ejecutivo No. 1365, el señor Presidente
Constitucional de la República nombró como Ministro de Coordinación de los
Sectores Estratégicos, al doctor Rafael Poveda Bonilla;

Que, mediante
Acuerdo No. 05-2015 de 06 de febrero de 2015, se dispone que durante la
ausencia del Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos por motivo
de licencia por vacaciones, subrogar el Despacho Ministerial a la Sra.
Angeolina Toral, Secretaria Técnica (E) de esta Cartera de Estado, los días 09,
12 y 13 de febrero de 2015, inclusive.

Que, es misión
del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos la de dirigir las
políticas de acciones de la instituciones que integran los sectores
estratégicos, para que mediante la ejecución, articulada y eficiente de planes,
programas y proyectos sectoriales e intersectoriales, se propicie el
cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo a través de la consecución de los objetivos
institucionales de este Ministerio y de la entidades coordinadas por éste;

Que, mediante
Resolución No. DIR-EPP-41-2010 de 15 de noviembre de 2010, adoptada por el
Directorio de la EP PETROECUADOR, se resuelve: ?1. En relación a aquellos Directorios
cuya conformación está compuesta de 7 Miembros, modificar el numeral 2, incisos
3 y 4 de la Resolución DIR-EPP-11-2010, los mismos que dirán: 3. El Delegado
del Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos; y, 4. El Gerente General
de EP PETROECUADOR, o su delegado, quien a su vez presidirá este Directorio?.

En ejercicio
de sus atribuciones constitucionales y legales; y, de conformidad con lo
dispuesto en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República y
17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1. Delegar
a la Reunión de Directorio de la Compañía de Economía Mixta Austrogas, a
efectuarse el 10 de febrero de 2015, al Licenciado Leonardo Morejón Coral,
Asesor Ministerial, para que actué en representación del Ministerio de Coordinación
de los Sectores Estratégicos, en calidad de Miembro.

Artículo 2.- Todos
los actos que se expidan en virtud de esta delegación son de responsabilidad
exclusiva del delegado.

Artículo 3.- El
funcionario a quien se le confiere el ejercicio de atribuciones a través de
esta delegación, deberá observar que sus actos o hechos se cumplan apegados a
las leyes y normas del ordenamiento jurídico del país.

Artículo 4.- Disponer
la publicación del presente Acuerdo en el Registro Oficial.

Artículo 5.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en San
Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 09 días del mes de febrero de
2015.

f.) Angeolina
Toral Hidalgo, Ministra de Coordinación de los Sectores Estratégicos (S).

Es fiel copia
del original.- f.) Ilegible.

No. 08 -2015

Rafael Poveda
Bonilla

MINISTRO DE
COORDINACION DE LOS

SECTORES
ESTRATEGICOS

Considerando:

Que, el inciso
segundo del artículo 141 de la Constitución de la República señala que la
Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República,
los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios
para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría,
planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y
planes que se creen para ejecutarlas;

Que, el
artículo 154 de la Norma Suprema señala que corresponde a las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, ejercer
la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos
y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República establece que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, el 03 de
enero del 2008, mediante Decreto Ejecutivo No. 849, se creó el Ministerio de
Coordinación de los Sectores Estratégicos, publicado en el Registro Oficial No.
254 de 17 de enero del 2008;

Que, el 28 de
noviembre de 2012, mediante Decreto Ejecutivo No. 1365, el señor Presidente
Constitucional de la República nombró como Ministro de Coordinación de los
Sectores Estratégicos, al doctor Rafael Poveda Bonilla;

Que, mediante
Registro Oficial Edición Especial, No, 118 de 14 de febrero de 2011, se publicó
el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación
de los Sectores Estratégicos.

Que, mediante
Registro Oficial Edición Especial, No, 193 de 22 de octubre de 2014, se publicó
la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio
de Coordinación de los Sectores Estratégicos.

Que, mediante
oficios No. SE-DM-2014-0443-O, de 14 de agosto de 2014, se ha solicitado al
Ministerio del Trabajo la creación de once (11) puestos directivos, y la
revisión a la clasificación y cambio de
denominación de doce (12) puestos del Nivel Jerárquico Superior.

Que, mediante
Resolución No. MDT-DFI-2015-0000014, de 03 de febrero de 2015, el Ministerio
del Trabajo, resuelve revisar la clasificación y cambiar la denominación de
doce (12) puesto del Nivel Jerárquico Superior del Ministerio de Coordinación
de los Sectores Estratégicos, y su remuneración mensual unificada se ajustará
al grado y valoración correspondiente, además resuelve que la Unidad de
Administración de Talento Humano del Ministerio de Coordinación de los Sectores
Estratégicos ejecute las acciones administrativas respectivas para el cumplimiento
de dicha resolución.

Que, mediante
Resolución No. MDT-DFI-2015-0000015, de 03 de febrero de 2015, el Ministerio
del Trabajo, resuelve aprobar la creación de once 8119 puestos del Nivel
Jerárquico Superior para el Ministerio de Coordinación de los Sectores
Estratégicos, de conformidad a lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas según
Oficio MINFIN-DM-2015-0026, de 21 de enero de 2015.

En ejercicio
de sus atribuciones constitucionales y legales; y, especialmente de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Artículo 1.- Revisar
la clasificación y cambiar la denominación de doce (12) puestos del Nivel
Jerárquico Superior así como su remuneración mensual unificada se ajustará al
grado y valoración correspondiente, de conformidad con el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos y de
acuerdo con la lista que se encuentra anexa al presente Acuerdo Ministerial.

Artículo 2.- Crear
once (11) puestos dentro de la escala del Nivel Jerárquico Superior, de acuerdo
con el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio
de Coordinación de los Sectores Estratégicos, de acuerdo con la lista que se
encuentra anexa al presente Acuerdo Ministerial.

Artículo 3.- Disponer
que la Unidad de Talento Humano del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos
ejecute las respectivas acciones administrativas para el cumplimiento del
presente Acuerdo Ministerial.

Artículo 4.- De
la aplicación del presente Acuerdo Ministerial, encárguese al Coordinador
General Administrativo Financiero, para lo cual ejecutará los procedimientos
necesarios para viabilizar las autorizaciones emitidas por parte del Ministerio
del Trabajo Finanzas y Ministerio de Finanzas.

DISPOSICIÓN
FINAL.- Este Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en San
Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 10 días del mes de enero de
2015.

f.) Rafael
Poveda Bonilla, Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos.

Es fiel copia
del original.- f.) Ilegible.

j1991.png

No. 09 -2015

Angeolina
Toral Hidalgo

MINISTRA DE
COORDINACION DE LOS

SECTORES
ESTRATEGICOS (S)

Considerando:

Que, el inciso
segundo del artículo 141 de la Constitución de la República señala que la
Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República,
los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios
para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación,
ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se
creen para ejecutarlas;