n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves, 14 de Julio de 2011 – R. O. No. 491

n

n

n n

n
n
n FUNCIÓN EJECUTIVA
n
n ACUERDOS:
n
n SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
n
n 767 Derógase el Acuerdo 756 del 23 de junio del 2011 y concédese permiso con cargo a vacaciones al ingeniero Richard Espinosa Guzmán B.A., Ministro de Relaciones Laborales.
n
n 768 Legalízase la comisión de servicios en el exterior del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
n
n Concédese permiso con cargo a vacaciones a la economista Nathalie Cely Suárez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad.
n
n MINISTERIO DE CULTURA:
n
n 118-2011 Desígnense a varios técnicos profesionales, como integrantes de los distintos comités de Evaluación, Calificación y Selección para la convocatoria ?Sistema Nacional de Festivales 2011?.
n
n MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS:
n
n 0279 Encárganse las funciones de Directora Ejecutiva de la Unidad de Coordinación para la Reforma de la Administración de Justicia en el Ecuador (ProJusticia), a la señora Katty Pazmiño Lemos.
n
n 0280 Subrógase en las funciones de la señora Viceministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos al doctor Marco Prado Jiménez, Coordinador General de Asesoría Jurídica.
n
n MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
n
n Acuerdo de Gestión de Servicios entre la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración de la República del Ecuador.
n
n Memorando de Entendimiento sobre el Establecimiento de Relaciones Diplomáticas entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Sociealista Democrática de Sri Lanka.
n
n RESOLUCIONES:
n
n MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD, SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS, PRODUCTIVIDAD E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA:
n
n Oficialízanse con el carácter de voluntaria la revisión de varias Normas Técnicas Ecuatorianas:
n
n 11 171 NTE INEN-EN 60210 (Plantas satélites de gas natural licuado (GNL)).
n
n 11 172 NTE INEN-ISO 19005-1 (Gestión de documentos – Formato de archivo de documento electrónico para conservación a largo plazo – Parte 1: Uso del PDF 1.4 (PDF/A-1)).
n
n 11 173 NTE INEN-ISO/IEC 27001 (Tecnología de la información – Técnicas de seguridad – Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI) – Requisitos).
n
n 11 174 ATI INEN-IWA 2 (Sistemas de gestión de la calidad. Directrices para la aplicación de la norma NTE INEN-ISO 9001:2009 en educación).
n
n 11 175 NTE INEN-OIML R 31 (Medidores de gas tipo diafragma).
n
n 11 176 NTE INEN-JCGM 200 (Vocabulario Internacional de Metrología – Conceptos fundamentales y generales, y términos asociados (VIM)).
n
n CONSEJO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL:
n
n DP-CNAC-001/2011 Deléganse atribuciones al señor Iván Gordón Mora, Director de Talento Humano.
n
n EMPRESA PÚBLICA CEMENTERA DEL ECUADOR:
n
n EPCE-GG-2011-005-CO Desígnase atribuciones al doctor Christian Guillermo Ochoa Castillo, Gerente General subrogante de la Dirección Distrital de Cuenca.
n
n SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR:
n
n DDC-ASJC-RE-0001 Deléganse atribuciones al ingeniero Gabino Ignacio Ordóñez Segovia, Técnico Operador, ubicado en Regímenes Especiales y Garantías.
n
n DGN-0289-2011 Expídese el Reglamento para el uso de sistemas tecnológicos de escaneo no intrusivos o similares.
n
n ORDENANZAS MUNICIPALES:
n
n 007-2011 Cantón Riobamba: Reformatoria a las ordenanzas Nos. 003-2003 y 013-2007 para el cobro de tributos por contribución especial de mejoras.
n
n Gobierno Municipal de El Carmen: Para la organización, administración y funcionamiento del Registro Municipal de la Propiedad.
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Ambato: Que establece el cobro por servicios técnicos y administrativos.
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Urdaneta: Que reforma a la Ordenanza que establece el área urbana de la cabecera parroquial rural de Ricaurte, cantón Urdaneta, provincia de Los Ríos.
n
n AVISOS JUDICIALES:
n
n Declárase la muerte presunta por naufragio del señor Ulbio Dídimo Zambrano Espinoza.
n
n Muerte presunta de la señora Mariana Palacios Hidalgo (2da. publicación).
n
n Muerte presunta del señor Edgar Aníbal Burbano (3ra. publicación).
n
n Muerte presunta del señor Manuel Secundino Bermeo Cabrera (3ra. publicación).

n n

n

n

n

n

n

n

n No. 767

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio D-08650 del 27 de junio del 2011 y como alcance al oficio D-MRL-2011 No. 08416 de 21 de igual mes, el ingeniero Richard Espinosa Guzmán B.A., Ministro de Relaciones Laborales manifiesta que considerando el taller de Organización del Estado próximo a realizarse con la presencia del señor Presidente de la República, solicita que sus vacaciones sean autorizadas del 22 al 29 de julio; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Derogar el Acuerdo 756 del 23 de junio del 2011, por el motivo expuesto en el primer considerando del presente acuerdo.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Conceder con cargo a vacaciones, el permiso requerido por el ingeniero Richard Espinosa Guzmán B.A., Ministro de Relaciones Laborales, en el período del 22 al 29 de julio del 2011.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 30 de junio del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 768

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 11246 del 22 de junio del 2011 a favor del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, quien se desplazó a México DF-México del 23 al 28 del mes presente, con el fin de asistir a la visita oficial en ese país; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Legalizar la comisión de servicios del economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, quien se desplazó a México D.F., México, del 23 al 28 de junio del 2011, para una visita oficial a ese país.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con este desplazamiento fueron cubiertos del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n

n

n

n Artículo Tercero.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 30 de junio del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 770

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio No. MCPEC-2011-1430 del 30 de junio del 2011, la economista Nathalie Cely, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad solicita considerar su permiso con cargo a vacaciones desde el 29 de julio al 16 de agosto próximo, con el fin de atender asuntos de índole personal; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen. Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo Primero.- Conceder con cargo a vacaciones, el permiso requerido por la economista Nathalie Cely Suárez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad, en el período del 29 de julio al 16 de agosto del 2011.

n

n

n

n Artículo Segundo.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 1 de julio del 2011. f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n Nº 118-2011

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 22 de la Constitución de la República, garantiza a las personas, el derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría;

n

n

n

n Que, el artículo 380 de la Constitución de la República, establece las responsabilidades del Estado respecto a la cultura, como parte del régimen del buen vivir;

n

n

n

n Que, el literal g) del artículo 1 de la Ley de Cultura, contempla como uno de sus objetivos, el reconocer, estimular y garantizar la actividad cultural de las personas y entidades privadas;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura, es el organismo rector y responsable de la formulación y ejecución de la política de desarrollo cultural del país, dentro del mayor respeto a la libertad de los ciudadanos y de sus organizaciones privadas; y, por mandato de ley, es la máxima autoridad del área cultural;

n

n

n

n Que, con fecha 10 de febrero del 2011, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria Nº 116 por la cantidad de quinientos mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 500.000,00), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada ?Espectáculos Culturales y Sociales?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial Nº 024-2011 de 25 de febrero del 2011, expide las bases técnicas para la Convocatoria ?Sistema Nacional de Festivales 2011″, la cual tiene por objeto asignar recursos económicos, previo concurso, para la continuidad, sostenibilidad y fortalecimiento técnico de los festivales seleccionados y financiados por el Ministerio de Cultura del Ecuador, en el ejercicio fiscal 2010; así como también, para analizar la pertinencia, viabilidad técnica y financiamiento de nuevos festivales. Mediante acuerdos ministeriales Nº 026-2011 de 26 de marzo del 2011 y Nº 092-2011 de 16 de mayo del 2011, se reforman las bases técnicas para la Convocatoria ?Sistema Nacional de Festivales 2011″;

n

n

n

n Que, el numeral 2.2 del artículo primero de las bases técnicas para la Convocatoria «Sistema Nacional de Festivales 2011», establece: ?El(la) Ministro(a) de Cultura del Ecuador, en base a los nombres puestos en su consideración por la Subsecretaría Técnica, designará a nueve (9) técnicos profesionales, tres (3) por modalidad, como integrantes de los Comités de Evaluación, Calificación y Selección, de acuerdo a las modalidades establecidas en el numeral 1.3.1. de las presentes bases.?;

n

n

n

n Que, mediante memorando Nº 0621-MC-SUBTEC-11 de 14 de junio del 2011, la señora Martha Cecilia Moncada Paredes, Subsecretaria Técnica, pone en consideración de la magíster Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura, el listado de personas que conformarían los distintos comités de Evaluación, Calificación y Selección dentro de la Convocatoria ?Sistema Nacional de Festivales 2011?. Con fecha 14 de junio del 2011, la Ministra de Cultura, aprueba la nómina de nueve (9) técnicos profesionales que integrarán los comités de Evaluación, Calificación y Selección dentro de la convocatoria en mención;

n

n

n

n Que, mediante memorando Nº 0635-MC-SUBTEC-11 de 16 de junio del 2011, la señora Martha Cecilia Moncada Paredes, Subsecretaria Técnica, solicita al doctor Gabriel Alcides Ocampo Andrade, Director de Asesoría Jurídica, proceder a la elaboración del ministerial que designe a los integrantes de los comités de Evaluación, Calificación y Selección dentro de la Convocatoria ?Sistema Nacional de Festivales 2011?; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- El Ministerio de Cultura ha decidido designar en base a su probidad técnica, experiencia y conocimiento, como integrantes de los distintos comités de Evaluación, Calificación y Selección para la Convocatoria ?Sistema Nacional de Festivales 2011″; a los siguientes técnicos profesionales:

n

n

n

n

n

n FESTIVALES INICIALES HASTA TRES (3)

n

n EDICIONES

n

n

n n

n Nombres y apellidos

n n

n Nº de cédula

n n

n Lugar de residencia

n

n

n n

n Edgar Allan García

n n

n 080052311-0

n n

n Quito

n n

n Dora Aguavil Aguavil

n n

n 171545859-0

n n

n Santo Domingo

n n

n Xavier Blum Pinto

n n

n 090532810-0

n n

n Quito

n n

n

n

n FESTIVALES DESDE CUATRO (4) EDICIONES

n

n HASTA SEIS (6) EDICIONES

n

n

n n

n Nombres y apellidos

n n

n Nº de cédula

n n

n Lugar de residencia

n

n

n n

n María Belén Cevallos Rueda

n

n

n n

n 170957165-5

n n

n Quito

n n

n Hugo Enrique Dávila Cobos

n n

n 010112056-6

n n

n Cuenca

n n

n Sofía Zapata Muñoz

n n

n 171636905-1

n n

n Quito

n n

n

n

n

n

n FESTIVALES DESDE SIETE (7) EDICIONES EN

n

n ADELANTE

n

n

n n

n Nombres y apellidos

n n

n Nº de cédula

n n

n Lugar de residencia

n

n

n n

n Paola Luzuriaga Campoverde

n

n

n n

n 091774697-6

n n

n Guayaquil

n n

n Roque Ernesto Iturralde Guerrero

n n

n 170401528-6

n n

n Quito

n n

n Rodolfo Kronfle Chambers

n n

n 090890213-3

n n

n Guayaquil

n n

n

n

n Art. 2.- Una vez que los comités de Evaluación, Calificación y Selección, hayan recibido las postulaciones por parte de la Subsecretaría Técnica del Ministerio de Cultura del Ecuador, realizarán la evaluación, calificación y selección de las mismas, en un término máximo de siete (7) días.

n

n

n

n La gestión de los comités de Evaluación, Calificación y Selección, comprenderá el análisis individual de las postulaciones puestas a su consideración. Para este análisis, los comités de Evaluación, Calificación y Selección, utilizarán el protocolo de selección diseñado para el efecto, así como su respectivo instructivo, documentos que les serán entregados por parte de la Subsecretaría Técnica.

n

n

n

n Los resultados que obtengan las postulaciones, se registrarán en el protocolo de selección, de acuerdo a los siguientes parámetros (sobre cien (100) puntos en total):

n

n

n

n Resumen ejecutivo, doce (12) puntos.

n

n

n

n Formulación técnica del proyecto, setenta (70) puntos.

n

n

n

n Cumplimiento de requisitos fundamentales del festival, dieciocho (18) puntos.

n

n

n

n Concluido este término, los comités de Evaluación, Calificación y Selección, presentarán a la Subsecretaría Técnica del Ministerio de Cultura del Ecuador, el veredicto con los resultados que las postulaciones hayan alcanzado dentro de la Convocatoria ?Sistema Nacional de Festivales 2011?; con la determinación de aquellos cuyo puntaje obtenido sea igual o mayor a ochenta (80) puntos, de entre los cuales se considerarán seleccionados, los de mayor puntaje en función del presupuesto institucional.

n

n

n

n Art. 3.- Cada miembro de los distintos comités de Evaluación, Calificación y Selección, contra factura, a cambio de sus servicios profesionales y una vez entregado el veredicto final al Ministerio de Cultura; percibirán la cantidad de mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 1.000,00). El Ministerio de Cultura actuará como agente de retención, de conformidad a la ley.

n

n

n

n Art. 4.- De la ejecución del presente acuerdo, encárguese a los(as) titulares de la Subsecretaría Técnica y Dirección de Promoción y Difusión de la Creatividad.

n

n

n

n Art. 5.- El presente acuerdo, entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 17 de junio del 2011.

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n No. 0279

n

n

n

n Dra. Johana Pesántez Benítez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS

n

n HUMANOS Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado en la esfera de su competencia, expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión ministerial;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 748 de 14 de noviembre del 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 220 de fecha 27 de noviembre del 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 883 de 24 de enero del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 267 de 7 de febrero del 2008, se adscribe la Unidad de Coordinación para la Reforma de la Administración de Justicia en el Ecuador (ProJusticia), a esta Cartera de Estado, estableciendo además que el Director Ejecutivo de la Unidad será nombrado por el señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos y tendrá rango de Subsecretario de Estado;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 410 de 30 de junio del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235 de 14 de julio del 2010, Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República, cambia la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 772 de 13 de mayo del 2011, Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;

n

n

n

n Que, el Art. 16 de la Ley Orgánica de Servicio Público señala: ?Nombramiento y posesión.- Para desempeñar un puesto público se requiere de nombramiento o contrato legalmente expedido por la respectiva autoridad nominadora.?;

n

n

n

n Que, el Art. 127 de la Ley Orgánica de Servicio Público señala: ?Encargo en puesto vacante.- El encargo de un puesto vacante procede por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente. La servidora o servidor de la institución asume el ejercicio de un puesto directivo ubicado o no, en la escala del nivel jerárquico superior. El pago por encargo se efectuará a partir de la fecha en que se ejecute el acto administrativo, hasta la designación del titular del puesto.?;

n

n

n

n Que, el Art. 271 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Servicio Público señala: ?Encargo en puesto vacante.- El encargo en puesto vacante procederá cuando la o el servidor de carrera o no, deba asumir las competencias y responsabilidades de un puesto directivo ubicado o no en la Escala del Nivel Jerárquico Superior, y que cumpla con los requisitos establecidos en los Manuales de Clasificación Puestos Genérico e Institucional, para lo cual y por excepción tratándose de casos que por las atribuciones, funciones y responsabilidades del puesto a encargarse, deban legitimar y legalizar actos administrativos propios de dicho puesto, siempre y cuando la o el servidor cumpla con los requisitos del puesto a encargarse. Los asesores únicamente podrán encargarse de puestos de igual o mayor jerarquía o con igual o mayor remuneración a la que se encuentre percibiendo. El encargo en puesto vacante correrá a partir del primer día del ejercicio y hasta cuando dure el tiempo del encargo; los aportes al IESS serán los que corresponda al puesto encargado. En caso de que la remuneración del puesto encargado fuere menor, percibirá la remuneración de mayor valor.?;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. MJDHC-GM-288-2011 de 20 de mayo del 2011, la Dra. Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos solicita a la Directora de Asesoría Jurídica (E), elabore el acto administrativo mediante el cual se encargue las funciones de Directora de Projusticia a Katty Pazmiño Lemos, a partir del día lunes 23 de mayo del 2011; y,

n

n

n

n Conforme a lo dispuesto en el artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador; artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva; artículos 16 y 127 de la Ley Orgánica de Servicio Público; y, artículo 271 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Encargar las funciones de Directora Ejecutiva de la Unidad de Coordinación para la Reforma de la Administración de Justicia en el Ecuador (ProJusticia), a Katty Pazmiño Lemos, a partir del 23 de mayo del 2011.

n

n

n

n El presente acuerdo rige a partir del 23 de mayo del 2011; sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.- Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 31 de mayo del 2011.

n

n

n

n

n

n f.) Dra. Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a tres fojas reposa en los archivos de la Secretaría General.- Fecha 30 de junio del 2011.-

n

n

n

n f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaría General, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

n

n

n

n No. 280

n

n

n

n Dra. Johana Pesántez Benítez

n

n MINISTRA DE JUSTICIA, DERECHOS

n

n HUMANOS Y CULTOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, corresponde a los ministros de Estado, en la esfera de su competencia, expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión ministerial;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo 748 de 14 de noviembre del 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 220 de fecha 27 de noviembre del 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo 410 de 30 de junio del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235 del 14 de julio del 2010, Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República, cambia la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 772 de 13 de mayo del 2011, Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;

n

n

n

n Que, mediante acción de personal No. 0215705 de 18 de mayo del 2011, legalmente expedida, la Dra. Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, autoriza la licencia con remuneración por maternidad a favor de la Ab. Carmen Simone, Viceministra de esta Cartera de Estado, de conformidad con el artículo 27, literal c) de la Ley Orgánica de Servicio Público, en concordancia con el Art. 35 de su Reglamento General de Aplicación;

n

n

n

n Que, el Art. 16 de la Ley Orgánica del Servicio Público señala: ?Nombramiento y posesión: Para desempeñar un puesto público se requiere de nombramiento o contrato legalmente expedido por la respectiva autoridad nominadora. (?)?;

n

n

n

n

n

n Que, el Art. 126 de la Ley Orgánica de Servicio Público señala: ?De la Subrogación.- Cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular.?;

n

n

n

n Que, el artículo 270 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Servicio Público señala: ?De la subrogación.- La subrogación procederá de conformidad al artículo 126 de la LOSEP, considerando que la o el servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución. A efectos de la subrogación se deberá cumplir con los requisitos del puesto a subrogarse y en función de la misma se ejercerán las funciones correspondientes al puesto subrogado. El pago por subrogación correrá a partir del primer día y hasta cuando dure el tiempo de subrogación; y los aportes al IESS serán los que corresponda al puesto subrogado;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. MJDHC-GM-297-2011 de 1 de junio del 2011, la Dra. Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, solicita a la Directora de Asesoría Jurídica (E), elabore el acto administrativo mediante el cual se subrogue en las funciones de la señora Viceministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos al Dr. Marco Prado Jiménez, a partir del 2 de junio del 2011, en virtud de la licencia con remuneración por maternidad legalmente concedida a la Ab. Carmen Simone; y,

n

n

n

n Conforme a lo dispuesto en el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; artículos 16 y 126 de la Ley Orgánica de Servicio Público; y, artículo 270 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n

n

n Art. 1.- Subrogar en las funciones de la señora Viceministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos al Dr. Marco Prado Jiménez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, a partir del 2 de junio del 2011.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- Delegar al Dr. Marco Prado Jiménez, Viceministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos Subrogante, a partir del 2 de junio del 2011, las atribuciones establecidas en el Acuerdo Ministerial No. 276 de 13 de mayo del 2011.

n

n

n

n

n

n El presente acuerdo entra en vigencia a partir de su suscripción; sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Comuníquese y publíquese. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 2 de junio del 2011.

n

n

n

n

n

n f.) Dra. Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

n

n

n

n

n

n Certifico que el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los archivos de la Secretaría General.- Fecha 30 de junio del 2011.- f.) Geovanna Palacios Torres, Secretaría General, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

n

n

n

n

n

n MINISTERIO DE RELACIONES

n

n EXTERIORES

n

n

n

n ACUERDO DE GESTIÓN DE SERVICIOS ENTRE

n

n LA ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL

n

n INTERNACIONAL (OACI) Y EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E

n

n INTEGRACIÓN DE LA REPÚBLICA DEL

n

n ECUADOR

n

n

n

n El Ecuador como país soberano es signatario del Convenio sobre Aviación Civil Internacional firmado el 7 de diciembre de 1944 en la ciudad de Chicago; en virtud del Art. 43 del Convenio aludido se creó la Organización de Aviación Civil Internacional, gobernada por la Asamblea General y el Consejo cuyo objetivo primigenio es desarrollar los principios técnicos de la navegación aérea internacional y fomentar la organización y desenvolvimiento del transporte aéreo internacional, eficiente y seguro.

n

n

n

n La OACI como un Organismo de las Naciones Unidas, Legisla, Norma y Audita a los Estados miembros en la consecución de Objetivos Estratégicos como son la Seguridad de la Aviación, la Seguridad Operacional, la Protección al Medio Ambiente relativo a la Aviación, y otros, y para ello ha fortalecido su área de Cooperación Técnica (TCB – Technical Cooperation Bureau) brindando a los Estados la capacidad de optimizar la interpretación y aplicación de las Normas y Métodos Recomendados (SARPS) de la OACI y ayudar a las Autoridades de Gobierno en el fortalecimiento de sus sistemas inherentes a la seguridad del transporte aéreo, y sus actividades anexas al mismo.

n

n

n

n El artículo 416 de la Constitución de la República del Ecuador señala, en lo correspondiente, que las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores.

n

n

n

n Por su parte, el artículo 417 de la Constitución de IU; República del Ecuador, prescribe que los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la Constitución, la misma que de conformidad con el artículo 424 prevalece sobre cualquier otra norma del ordenamiento jurídico.

n

n

n

n El Gobierno de la República del Ecuador y la Organización de Aviación Civil Internacional, suscribieron un Memorándum de Entendimiento, cuyo objetivo es promover la cooperación técnica especializada en la materia de aviación civil, entre las Partes.1

n

n

n

n Es de interés del Estado Ecuatoriano y de la OACI el contar con un Acuerdo renovado directamente entre las partes y fortalecer aún más esta cooperación a través de un Acuerdo de Gestión de Servicios.

n

n

n

n

n n n n n

n

n

n 1 Registro Oficial del Ecuador N° 528-21-2-2005

n

n

n

n En consecuencia se establece el presente Acuerdo de Gestión de Servicios (Management Service Agreement – MSA) (en adelante el presente Acuerdo) entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración (en adelante el MRECI) y la Organización de Aviación Civil Internacional (en adelante la OACI), relativo a los servicios de gestión y otros servicios de apoyo que ha de proporcionar la OACI, de conformidad con las cláusulas del presente Acuerdo. La descripción detallada de los proyectos figurará en los Anexos que se generen y que se incorporen bajo el presente Acuerdo.

n

n

n

n a) La OACI será responsable de proporcionar, a petición y en nombre del MRECI, los servicios especificados en el anexo del presente acuerdo (en adelante los servicios) de conformidad con las políticas, prácticas, procedimientos y reglas de la OACI.

n

n

n

n b) El MRECI tendrá la responsabilidad general del MSA y lo concerniente a los proyectos específicos establecidos para el MRECI a ser ejecutados por la Dirección de Cooperación Técnica de la OACI, no obstante el MRECI podrá delegar a las Instituciones Públicas del Gobierno Central (en adelante agencias o instituciones de implementación) interesadas en los servicios de cooperación técnica de la OACI, la firma y ejecución de los proyectos inherentes a sus actividades y detallados en los anexos que se generen bajo el presente Acuerdo.

n

n

n

n c) La OACI y el MRECI se consultarán con respecto a todos los aspectos de la provisión de los servicios previstos en el presente Acuerdo.

n

n

n

n