Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 26 de Marzo de
2015 – R. O. No. 467

SUMARIO

Ministerio de Finanzas:

Ejecutivo:

Acuerdos

0341 Concédense las comisiones de servicios y deléguense
facultades a las siguientes personas:

Mgs. Nelson Eduardo Samaniego Cisneros, Servidor Público 7
de la Dirección Nacional de Activos Públicos de la Subsecretaría de
Contabilidad Gubernamental

0342 Ingeniero Milton Fabián Zamora Aizaga, Director de
Planificación e Inversión

0343 Economista Gabriela Carrasco, Subsecretaria de
Relaciones Fiscales y otra

0345 Ingeniero Carlos Iván Barrionuevo Toasa, Analista de
Mercados Financieros

0348 Economista Gabriela Carrasco Espinoza, Subsecretaria de
Estado

0349 Palmira Natalia Farfán Quimi, Asesora de la
Coordinación General de Planificación y otras

0352 Economista Madeleine Leticia Abarca Runruil,
Viceministra de Finanzas

Ministerio del Trabajo:

MDT-2015-0046 Refórmese el Acuerdo No. MRL-2014- 0222,
publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 383 de 26 de noviembre de
2014

Ministerio del Ambiente: Coordinación General Zona 3:

Resoluciones

094 Apruébense los estudios de impacto ambiental,
ratifíquese el Diagnóstico y Plan de Manejo Ambiental y otórguese licencia
ambiental a los siguientes proyectos:

?Funcionamiento y Operación de la Planta de Tratamiento de
Aguas Servidas del cantón Tisaleo?

Resoluciones

096 ?Alcantarillado Sanitario San Jacinto-La Esperanza con
su tratamiento, Parroquia San Miguelito, cantón Santiago de Píllaro, provincia
de Tungurahua?

097 ?Estación de Servicio Valle?, ubicada en el cantón
Mocha, Provincia de Tungurahua

098 ?Estación de Servicio Corhol II?, ubicada en el cantón
Ambato, provincia de Tungurahua

Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

033 Concédese personalidad jurídica a la Organización Social
de Mantenimiento Vial «Reyes del Camino», con domicilio en el cantón
y provincia de Loja

Agencia de Regulación y Control de Electricidad:

DE-2015-010 Otórguese licencia ambiental a ELECAUSTRO S. A.,
ubicada en los cantones Cañar y La Troncal, provincia del Cañar

Instituto de Fomento al Talento Humano:

001-IFTH-DE-2015 Asúmese la Estructura Orgánica a excepción
de la Gerencia de Riesgos y la Unidad de Cumplimiento que manejaba el extinto
IECE de manera provisional

003-IFTH-DE-2015 Deléguense facultades al Gerente de la
Sucursal Mayor y otros

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas


Cantón Atahualpa:
Primera reforma a la Ordenanza
que regula las condiciones para fraccionamiento de predios urbanos y rurales,
urbanizaciones y lotizaciones


Cantón Biblián
: Para la aprobación de la
actualización del Plan de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial


Cantón Píllaro: De la organización y
funcionamiento del Sistema de Protección Integral


Cantón Sozoranga:
Que regula el pago del
impuesto a la utilidad y las plusvalías en las transferencias de predios

CONTENIDO


No. 0341

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
Oficio SCPM-DS-391-2014, de 18 de noviembre de 2014, el doctor Marcelo Ortega
Rodríguez, Superintendente de Control del Poder de Mercado (S), solicita al
señor Ministro de Finanzas, se autorice la comisión de servicios sin
remuneración del Mgs. Nelson Samaniego Cisneros, a fin de que preste sus
servicios profesionales en calidad de Director Administrativo de esa Entidad,
por el lapso de dos años, de conformidad a lo que estipula el Art. 31 de la Ley
Orgánica del Servicio Público;

Que, el
Despacho Ministerial, autoriza la comisión de servicios sin remuneración del
Mgs. Nelson Samaniego Cisneros, Servidor
Público 7 de la Dirección Nacional de Activos Públicos, para que preste sus
servicios profesionales en la Superintendencia de Control del Poder de Mercado,
por el lapso de dos años;

Que, mediante
comunicación de 24 de noviembre del 2014, el Mgs. Nelson Samaniego Cisneros,
Servidor Público 7 de la Dirección Nacional de Activos Públicos, expresa su
aceptación a la comisión de servicios sin remuneración en la Superintendencia
de Control del Poder de Mercado;

Que, de
conformidad con lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Orgánica del Servicio
Público en concordancia con el Art. 51 del Reglamento General a la LOSEP, la
Dirección de Administración del Talento Humano, ha emitido el informe favorable
respectivo sobre la comisión de servicios sin remuneración, a favor del Mgs.
Nelson Eduardo Samaniego Cisneros, Servidor Público 7 de la Dirección Nacional
de Activos Públicos de la Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental de este Ministerio,
signado con el Informe No. MINFIN- DATH-
2014-446 de 24 de noviembre de 2014; y, En ejercicio de las facultades que le
confiere el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002, publicado en el Registro Oficial
No. 630 de 31 de enero del 2012,

Acuerda:

ARTÍCULO ÚNICO.-
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, en concordancia con el Art. 51 del Reglamento General a la LOSEP,
declarar en comisión de servicios sin remuneración al Mgs. Nelson Eduardo
Samaniego Cisneros, Servidor Público 7 de la Dirección Nacional de Activos
Públicos de la Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental de este Ministerio,
para que preste sus servicios profesionales en calidad de Director Administrativo
de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, por el lapso de dos
años a partir del 26 de noviembre de 2014.

Dado en Quito,
24 de noviembre del 2014.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- En una foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

No. 0342

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
294 de 6 de octubre de 2010
, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General de la invocada Ley Orgánica, publicado en
el Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que
la subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando
que la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que
exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto
subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la
misma institución;

Que con
Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas
delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera
todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta
Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica
del Servicio Público y Código del Trabajo;

Que por medio
del Memorando Nro. MINFIN-CGP-2014- 0434-M de 24 de noviembre de 2014, la
economista Nelly Lupe Molina Acosta, Coordinadora General de Planificación,
informa a la economista Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General
Administrativa Financiera, que debido a que ha solicitado un día de permiso con
cargo a vacaciones ha designado al ingeniero Milton Fabián Zamora Aizaga,
Director de Planificación e Inversión, para que subrogue el día 25 de noviembre
de 2014, en la Coordinación General de Planificación; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial
No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- El
ingeniero Milton Fabián Zamora Aizaga, Director de Planificación e Inversión
subrogará las funciones de Coordinador General de Planificación, el día 25 de
noviembre de 2014.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 25 de
noviembre del 2014.

f.) Econ.
Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa
Financiera.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- En una foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

Nº 0343

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
memorando Nro. MINFIN-DM-2014-0611, de 20 de noviembre de 2014, el Economista
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, solicitó a la Economista Rosana
Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera, se
realicen los trámites pertinentes para la comisión de servicios al exterior de
la economista Gabriela Carrasco, Subsecretaría de Relaciones Fiscales, y de la
economista Patricia Cobos, Gerente Institucional, para que asistan a reuniones
de trabajo a fin de continuar con los procesos de negociación de Financiamiento
Público, en Paris y Luxemburgo, del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2014;

Que, según lo
dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público; y Art. 4 del Acuerdo No. 1101, de 22 de marzo del 2012, mediante el cual
se expide el Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la
Función Ejecutiva y Entidades Adscritas, de la Presidencia de la República; la Dirección de Administración
del Talento Humano y la Secretaría Nacional de la Administración Pública, han
emitido el informe favorable para la comisión de servicios con remuneración en
el exterior, en el lapso del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2014, a
favor de la economista Gabriela Carrasco, Subsecretaria de Relaciones Fiscales,
y de la economista Patricia Cobos, Gerente Institucional, para que asistan a
reuniones de trabajo a fin de continuar con los procesos de negociación de
Financiamiento Público, en Paris, Francia, y en Luxemburgo, conforme se
desprende del Informe No. MINFIN-DATH-2014-447, de 25 de noviembre de 2014, y
de las autorizaciones de viajes Nos. 39657, 39664, 39658 y 39669, de 25 de
noviembre de 2014, emitidas por la Coordinación General de Gestión
Interinstitucional de la Secretaría Nacional de la Administración Pública; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del 2012.

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la
Ley Orgánica del Servicio Público, conceder la comisión de servicios con
remuneración en el exterior, en el lapso del 28 de noviembre al 02 de diciembre
de 2014, a favor de la economista Gabriela Carrasco, Subsecretaria de Relaciones
Fiscales, y de la economista Patricia Cobos, Gerente Institucional, para que
asistan a reuniones de trabajo a fin de continuar con los procesos de
negociación de Financiamiento Público, en Paris, Francia, y en Luxemburgo.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- El presente viaje al exterior deberá ser justificado mediante informe
sometido al análisis de la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control, y
a su vez registrado en el Sistema de Información para la Gobernabilidad
Democrática – SIGOB, conforme consta en la disposición del doctor Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública y
Comunicación, contenida en el oficio No. SUBP-0-08-09097 de 24 de noviembre del
2008.

ARTÍCULO
TERCERO.- Los gastos de boletos aéreos, movilización, alojamiento y
alimentación serán financiados con cargo al vigente presupuesto del Ministerio
de Finanzas.

Quito, a 25 de
noviembre del 2014.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- En una hoja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de certificación.

Nº 0345

LA COORDINADORA
GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación
procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él
servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la
remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución;

Que con
Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas
delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera
todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta
Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica
del Servicio Público y Código del Trabajo;

Que el señor
Ministro de Finanzas, autorizó al señor Subsecretario de Financiamiento
Público, para que asista a varias reuniones de trabajo con distintas
instituciones Financieras internacionales en Nueva York, a fin de continuar con
los procesos de negociación de financiamiento público; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial
No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- El
Ingeniero Carlos Iván Barrionuevo Toasa, Analista de Mercados Financieros,
subrogará las funciones de Subsecretario de Financiamiento Público del 30 de
noviembre al 04 de diciembre del 2014.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 26 de
noviembre del 2014.

f.) Econ.
Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa
Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- En una hoja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

Nº 0348

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador manda que, a
las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área
a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74, numeral 16,
relativo a los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de
Finanzas Públicas, establece entre otras, la de celebrar a nombre del Estado
ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los
contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que
corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de
sus competencias;

Que el
artículo 75 del invocado Código dispone que, el Ministro a cargo de las
Finanzas Públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55, faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público,
delegar sus atribuciones y deberes;

Que el Comité
de Deuda y Financiamiento en ejercicio de la facultad que le confieren los
artículos 289 de la Constitución de la República y 139 del Código Orgánico de
Planificación y Finanzas Públicas, mediante Acta Resolutiva No. 023 de 28 de
noviembre de 2014, autorizó la contratación y aprobó los términos y condiciones
financieras del Contrato de Financiación a suscribirse entre la República del
Ecuador, por intermedio del Ministerio de Finanzas, en calidad de Prestataria,
y el Banco Europeo de Inversiones, en calidad de Prestamista, por el monto
equivalente a EUR 100 millones, destinados al financiamiento del proyecto
?Infraestructura Administrativa y Urbana (Ecuador)?; y,

En ejercicio
de la facultad que le confieren los artículos 154 numeral 1 de la Constitución
de la República, 74 y 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,
17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
a la señorita Economista Gabriela Carrasco
Espinoza, para que en su calidad de Subsecretaría de Estado del Ministerio de
Finanzas, a nombre y en representación del Gobierno de la República del
Ecuador, suscriba con el Banco Europeo de Inversiones BEI, el Contrato de
Financiación por el monto equivalente a EUR 100 millones, destinados al financiamiento
del proyecto ?Infraestructura Administrativa y Urbana (Ecuador)?.

Artículo 2.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE.- Quito,
28 de noviembre del 2014.

f.) Fausto
Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

Ministerio de
Finanzas del Ecuador.- 1 foja.- f.) Ilegible.- Es fiel copia del original.

Nº 0349

LACOORDINADORA
GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
memorando Nro. MINFIN-DM-2014-0597, de 17 de noviembre de 2014, el Economista
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, solicitó a la Economista
Alexandra Román Lozano, Coordinadora General Administrativa Financiera,
Subrogante, se realicen los trámites pertinentes para la comisión de servicios
al exterior de los servidores: Natalia Farfán, Patricia Trujillo, Myrian
Iturralde, Gloria Bermudez, Margarita Román, Norma Mayorga y Oscar Garzón, para
que asistan al curso ?Indicadores para Control de Gestión ¿Cómo mejorar la
Gestión Pública a través de estos instrumentos??, a realizarse en Buenos Aires,
Argentina, del 01 al 05 de diciembre de 2014;

Que, según lo
dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público; y Art. 4 del Acuerdo No. 1101, de 22 de marzo del 2012, mediante el cual
se expide el Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos de la
Función Ejecutiva y Entidades Adscritas, de la Presidencia de la República; la
Dirección de Administración del Talento Humano y la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, han emitido el informe favorable para la comisión de
servicios con remuneración en el exterior, en el lapso del 30 de noviembre al
06 de diciembre de 2014, a favor de los servidores: Palmira Natalia Farfán
Quimi, Asesora de la Coordinación General de Planificación, Patricia Ivonne Trujillo
Cárdenas, Directora de Información Seguimiento y Evaluación, Myrian Natalia
Iturralde García y Gloria Carlota Bermudez Leiva, Analistas 2 de Centro de Servicios,
Margarita Elizabeth Román Martínez y Norma Dionicia Mayorga Escalante,
Analistas 3 de Caja Fiscal, y Oscar Oswaldo Garzón Ante, Analista 2 de
Operaciones de los Sistemas de Información de las Finanzas Públicas, para que
asistan al curso ?Indicadores para Control de Gestión ¿Cómo mejorar la Gestión
Pública a través de estos instrumentos??, en Buenos Aires, Argentina, conforme se desprende del Informe No.
MINFIN-DATH- 2014-450 de 28 de noviembre de 2014, y de las autorizaciones de
viajes Nos. 39677, 39681, 39682,39683, 39685, 39687 y 39688, de 26 de noviembre
de 2014, emitidas por la Coordinación General de Gestión Interinstitucional de
la Secretaría Nacional de la Administración Pública; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002, r
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del 2012.

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la
Ley Orgánica del Servicio Público, conceder la comisión de servicios con
remuneración en el exterior, en el lapso del 30 de noviembre al 06 de diciembre
de 2014, a favor de los servidores: Palmira Natalia Farfán Quimi, Asesora de la
Coordinación General de Planificación, Patricia Ivonne Trujillo Cárdenas,
Directora de Información Seguimiento y Evaluación, Myrian Natalia Iturralde
García y Gloria Carlota Bermudez Leiva, Analistas 2 de Centro de Servicios,
Margarita Elizabeth Román Martínez y Norma Dionicia Mayorga Escalante,
Analistas 3 de Caja Fiscal, y Oscar Oswaldo Garzón Ante, Analista 2 de
Operaciones de los Sistemas de Información de las Finanzas Públicas, para que
asistan al curso ?Indicadores para Control de Gestión ¿Cómo mejorar la Gestión
Pública a través de estos instrumentos??, en Buenos Aires, Argentina.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- El presente viaje al exterior deberá ser justificado mediante informe
sometido al análisis de la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control, y
a su vez registrado en el Sistema de Información para la Gobernabilidad
Democrática – SIGOB, conforme consta en la disposición del doctor Vinicio Alvarado
Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública y Comunicación,
contenida en el oficio No. SUBP-0-08-09097 de 24 de noviembre del 2008.

ARTÍCULO
TERCERO.- Los gastos de boletos aéreos, hospedaje, alimentación y traslados
internos serán financiados con recursos de Cooperación Internacional para el
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, por lo que no representa erogación
alguna para el vigente presupuesto del Ministerio de Finanzas.

Quito, a 28 de
noviembre del 2014.

f.) Econ. Rosana
Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- En una foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

Nº 352

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Oficial No. 294 de 6 de octubre de cuando por disposición de la Ley o por orden
escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el
ejercicio de un puesto de nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre
legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada
que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir
de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General de la LOSEP, dispone que la subrogación
procederá de conformidad al anotado artículo 126 de LOSEP, considerando que la
o el servidor subrogante tendrá derecho a permitir la diferencia que existas
entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma institución;

Que en por
motivos laborales en mi calidad de Ministro de Finanzas, encabezaré la
delegación de esta Cartera de Estado, en distintas reuniones oficiales fuera
del país, inherentes a las actividades institucionales del 5 al 7 de diciembre
del 2014; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley,

Acuerda:

Art. 1.- La
economista Madeleine Leticia Abarca Runruil, Viceministra de Finanzas,
subrogará las funciones de Ministra de Finanzas del 5 al 7 de diciembre de
2014.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 28 de noviembre
del 2014.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- En una foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

No. MDT-2015-0046

EL MINISTRO DEL
TRABAJO

Considerando:

Que, el
artículo 54 de la Ley Orgánica del Servicio Público – LOSEP establece que el
sistema integrado de desarrollo del talento
humano del servicio público estará conformado, entre otros, por el subsistema
de selección de personal;

Que, el
artículo 65 de la LOSEP señala que el ingreso a un puesto público será
efectuado mediante concurso de merecimientos y oposición, que evalúe la
idoneidad de los interesados y se garantice el libre acceso a los mismos;

Que, el
Reglamento General a la LOSEP, en los artículos 176 al 185, determina los
lineamientos generales en los cuales se deberá desarrollar el subsistema de
selección de personal; Que, el Ministerio del Trabajo, mediante Acuerdo No. MRL-2014-0222,
publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 383, de
26 de noviembre de 2014
, emitió la Norma Técnica del Subsistema de
Selección de Personal;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. MDT-2015-0007, publicado en el Registro Oficial No. 427
de 29 de enero de 2015, se expidieron reformas a la Norma Técnica del Subsistema
de Selección de Personal considerando las particularidades de los profesionales
de la salud y el personal de las Unidades de Auditoría Interna;

Que, es
necesario resaltar y cuidar de la confidencialidad de la información emanada de
los Concursos de Méritos y Oposición que lleven a cabo las instituciones determinadas
en el artículo 3 de la LOSEP; y

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el literal a) del artículo 51 de la Ley
Orgánica del Servicio Público y el artículo 178 de su Reglamento General,

Acuerda:

REFORMAR EL
ACUERDO No. MRL-2014-0222, PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO DEL REGISTRO OFICIAL No.
383 DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2014, POR EL QUE SE EXPIDIÓ LA NORMA TÉCNICA DEL
SUBSISTEMA DE SELECCIÓN DE PERSONAL

Art. 1.- En el
artículo 13, numeral 4, primer inciso, suprímase el texto: ?, que deberá ser
subido por la UATH institucional a la plataforma tecnológica del Ministerio de
Relaciones Laborales junto con las bases del concurso?

Art. 2.- En el
artículo 14, inciso final, suprímanse los numerales 1) y 2); y los numerales 3)
y 4) pasarán a ser 1) y 2), respectivamente.

Art. 3.- Inclúyanse
las siguientes Disposiciones Generales:

?NOVENA.- Toda
la información de un concurso de méritos y oposición que sea personal de las y
los postulantes, así como la documentación reservada necesaria para la
ejecución del mismo tal como los bancos de preguntas para las pruebas de
conocimientos técnicos, las baterías de las pruebas psicométricas o cualquier
otro tipo de documentación cuya publicación o divulgación pueda influir en el
desarrollo o resultados del proceso, tiene estricto carácter confidencial y no
puede ser objeto de divulgación ni antes ni después de su aplicación, sea por el responsable de la
unidad administrativa que los elaboró, el administrador del concurso, los
postulantes o cualquier servidora o servidor de la institución donde se lleva a
cabo el concurso, del Instituto Nacional de la Meritocracia o del Ministerio
del Trabajo, que en razón de la Norma Técnica hayan tenido acceso a los mismos.
Todos las y los servidores mencionados deben suscribir los acuerdos de confidencialidad
respectivos.

En caso de que
se viole la confidencialidad o exista un indicio de que eso habría ocurrido, y
mientras no se aplique la prueba de conocimientos técnicos; el responsable de
la UATH institucional, previo informe del administrador del concurso, debe
invalidar el banco de preguntas y solicitar al responsable de la unidad administrativa
del puesto objeto del concurso, que elabore un nuevo banco de preguntas. Si ya
se ha aplicado la prueba, el Tribunal de Méritos y Oposición, con fundamento en
el informe del administrador del concurso, debe declararlo desierto.?

?DÉCIMA.- Aquellos
servidores que a la fecha de publicación de la Ley Orgánica del Servicio
Público mantenían contratos de servicios ocasionales por más de 4 años de
manera ininterrumpida en la misma institución, deberán ingresar a la carrera
administrativa de acuerdo a lo establecido en la Disposición Transitoria
Séptima de la LOSEP y en concordancia con el numeral 2 del artículo 326 de la
Constitución de la República del Ecuador. El proceso será el siguiente:

Preparación
del proceso de méritos y oposición.- La UATH institucional delegará a una o un administrador
de concursos internos, el mismo que deberá encargarse de los siguientes pasos
previos:

Elaborar el
informe técnico ? legal de procedencia del concurso interno. En este informe
identificará a las y los servidores que dentro de la institución cumplen con
todas las condiciones previstas en la Disposición Transitoria Séptima de la
LOSEP, anexando la copia de los contratos originales de los servidores que
demuestren sus años de servicio, una copia del perfil del puesto creado para
tal fin, así como todo tipo de información adicional que considere necesaria
para justificar el proceso a favor de la o el servidor. Será necesario llevar a
cabo un informe por cada servidor.

Solicitar el
banco de preguntas para el puesto que será elaborado de conformidad con las
disposiciones contenidas en el numeral 4 del artículo 13 de la presente norma
y, en base al mismo, la o el administrador de los concursos internos deberá elaborar
la prueba de conocimientos técnicos que será aplicada al servidor durante el
concurso interno. Si existen varios servidores que tienen derecho a un concurso
interno en una misma unidad administrativa, podrá usarse el mismo banco de
preguntas para todas las pruebas.

Elaborar el
informe técnico de aplicación de pruebas psicométricas. Dentro del mismo,
deberá planificarse la aplicación de una batería de pruebas psicométricas con
el fin de evaluar las competencias
conductuales del perfil del puesto mediante un informe técnico que determine
qué batería se utilizará con su respectiva justificación técnica.

d) Elaborar el cronograma del concurso.
Deberá contener todas las etapas señaladas en el numeral 2 de la presente
Disposición General y no podrá durar más allá de 20 días hábiles desde la
convocatoria interna hasta la declaratoria de ganador. Fuera de lo establecido
en el presente literal, deberá ceñirse a las reglas determinadas en el literal

c) del artículo 14 de la presente
norma. e) Convocar a los Tribunales de Méritos y Oposición y de Apelaciones
para el concurso interno y conservar las actas respectivas. La integración de
los Tribunales seguirá las reglas de los artículos 10 y 11 de la presente
norma.

La o el
administrador de concursos internos deberá contar con todos los documentos
habilitantes descritos desde el literal a) al e) del presente numeral para llevar
a cabo el Concurso Interno de Méritos y Oposición.

El concurso
interno de méritos y oposición.- El concurso interno tendrá las siguientes
etapas:

De la
convocatoria interna.- La convocatoria interna deberá cumplirse con una
comunicación en la página web institucional durante no menos de 4 días hábiles que
contendrá: los nombres completos de los servidores que serán llamados a
concurso interno de méritos y oposición y el cronograma del concurso. Adicionalmente
deberá notificarse mediante un oficio físico dirigido a la o el servidor con
derecho al concurso interno por parte de la o el administrador de concursos
internos que deberá contener la invitación a participar en el con