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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Jueves, 21 de Abril de 2011 – R. O. No. 432

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nFUNCIÓN EJECUTIVA
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nDECRETOS:
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n723 Dase de baja de la Fuerza Naval al CPNV-EM Fernando Germán Aguiar Villagómez.
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n724 Déjase sin efecto el Acuerdo No. 37 publicado en la Registro Oficial Reservado No. 041-R del 16 de noviembre del 2010 y nómbrase al CAPT. Alex Patricio Guerra Leiva, Jefe Administrativo Financiero, de la Agregaduría de Defensa del Ecuador en los EE.UU.
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n725 Confiérese la Condecoración de la Orden Nacional “Al Mérito”, en el Grado de Caballero, a la Fundación “Maquita Cushunchic”.
n
nACUERDOS:
n
nMINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS:
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n12A-2010 Declárase en licencia para el cumplimiento de servicios institucionales en el exterior,al ingeniero Carlos Eduardo Barredo Heinert, Asesor del Despacho Ministerial.
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n13-2010 Amplíase la declaratoria en licencia para el cumplimiento de servicios institucionales en el exterior a los señores Jorge Glas Espinel, Ministro Coordinador y Eduardo Barredo Heinert, Asesor.
n
n14-2010 Encárgase la Secretaría Técnica de este Ministerio, al licenciado Carlos Alvear Guzmán.
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nMINISTERIO DE CULTURA:
n
n045 Deléganse atribuciones a varios funcionarios de esta Cartera de Estado.
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nMINISTERIO DEL INTERIOR:
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n1900 Dispónese que las comisarías de la Mujer y la Familia de los cantones Quito y Rumiñahui,deben inhibirse de conocer las denuncias de violencia intrafamiliar en las que tengan competencia los jueces de contravenciones de los Chillos y Tumbaco
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nMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
n
nConvenio de Cooperación para la Protección y Promoción de los Derechos Humanos de las Personas en Movilidad en Ecuador y El Salvador “Defensoría del Pueblo de Ecuador y Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador”.
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nAcuerdo de Cooperación Inter-Institucional Asociación Antígone y Defensoría del Pueblo del Ecuador.
n
nRESOLUCIONES:
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nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
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n590 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental del Sistema de Alcantarillado Integral para la población de la Comuna Engabao, cantón Playas, provincia del Guayas y otórgase la licencia ambiental a la Ilustre Municipalidad del Cantón Playas para la ejecución del proyecto.
n
n592 Ratifícase la aprobación del Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental de la estación de servicio Jesús María ahora San José, ubicada en la provincia del Guayas, cantón Naranjal, parroquia Jesús María y afiliada a la Comercializadora PDV ECUADOR S. A. y otórgase la licencia ambiental a la misma para dicho estudio.
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nDIRECCIÓN GENERAL DE
nAVIACIÓN CIVIL:
n
n056/2011 Apruébase la modificación a la RDAC Parte 11 “Procedimientos Generales de Legislación de Regulaciones” Sección 11.24 literales a) y c).
n
nCORREOS DEL ECUADOR CDE-EP:
n
nCDE EP-2011-092 Apruébase la emisión postal denominada “Cartilla Filatélica-Galápagos”.
n
nCDE EP-2011-095 Dase de baja nueve postales prefranqueadas que fueron entregadas, en la sesión del gabinete itinerante realizada en la ciudad de Baeza.
n
nDIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS:
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n028-DN-DINARDAP-2011 Expídese el Instructivo de Cauciones para los Registradores Mercantiles.
n
nJUNTA BANCARIA:
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nJB-2011-1901 Apruébanse la tarifas máximas para el período trimestral que comprende los meses de abril, mayo y junio del 2011, dentro de las cuales las instituciones del sistema financiero podrán efectuar cobros para la prestación efectiva de los servicios financieros.
n
nSERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR:
n
nDGN-0132-2011 Expídese el Reglamento para el uso de sistemas tecnológicos de escaneo no intrusivos o similares.
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nSECRETARÍA DE PUEBLOS, MOVIMIENTOS SOCIALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA:
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n024-CGJ-SPMSPC-2011 Deléganse funciones y atribuciones a la ingeniera Susana Georgina Cordovilla Núñez, Coordinadora General Administrativa Financiera.
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nSUPERINTENDENCIA DE BANCOS:
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nDéjanse sin efecto y califícanse a varias personas para que puedan ejercer diferentes cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:
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nSBS-INJ-2011-165 Arquitecto Hanz Marcelo Ochoa Donoso.
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nSBS-INJ-2011-167 Ingeniero agrónomo José Alejandro Centeno Moreira.
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nSBS-INJ-2011-168 Ingeniero agrónomo Juan Carlos Peñafiel Buitrón.
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nSBS-INJ-2011-169 Ingeniero agrónomo Joffre Gilberto Guevara Toala.
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nSBS-INJ-2011-170 Ingeniero comercial Julio César Mosquera Salazar.
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nORDENANZAS MUNICIPALES:
n
nCantones Patate y Pelileo: De Constitución de la Empresa Pública Municipal Mancomunada de Aseo Integral, EMMAI-T-EP.
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nCantón Las Lajas: Mediante la cual se declara al cantón Las Lajas, provincia de El Oro, como zona rural fronteriza para efectos educativos, económicos y presupuestarios.

n n


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n n n No. 723 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n n Considerando: n n

Que el artículo 65 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala que la situación militar para los oficiales generales, y dentro de los oficiales superiores a los coroneles y capitanes de Navío, se establecerá por decreto ejecutivo;

n n

Que el artículo 75 ibídem establece que el militar tendrá derecho hasta seis meses de disponibilidad, si acreditare por lo menos cinco años de servicio activo y efectivo ininterrumpidos, pudiendo renunciar a todo o parte del tiempo de disponibilidad, para solicitar directamente su baja;

n n

Que el artículo 87 letra a) ibídem establece que el militar es dado de baja, entre otras causales por “Solicitud voluntaria”;

n n

Que el señor CPNV-EM Aguiar Villagómez Fernando Germán, ha renunciado a parte de su tiempo de disponibilidad, para solicitar voluntariamente su baja, de acuerdo a lo establecido en los artículos 75 y 87 letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas,

n n n Decreta: n n

Art. 1.- De conformidad con lo previsto en el artículo 87 letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas en vigencia que textualmente señala: “Solicitud voluntaria” dase de baja de la Fuerza Naval, con fecha 28 de febrero del 2011 al señor 1705279675 CPNV. EM AGUIAR VILLAGÓMEZ FERNANDO GERMÁN.

n n

Art. 2.- Quien previamente fue colocado en disponibilidad de acuerdo al artículo 76 letra f) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, mediante Decreto Ejecutivo No. 655 expedido el 10 de febrero del 2011.

n n

Art. 3.- El señor Ministro de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución del presente decreto.

n n

Publíquese y comuníquese.- Dado, en el Palacio Nacional, Quito, D. M., a 6 de abril del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n Documento con firmas electrónicas. n n No. 724 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n

En ejercicio de las atribuciones que le concede el artículo 147, numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador y el Art. 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General del Ejército, a través del “Comando Conjunto” de las Fuerzas Armadas,

n n Decreta: n n

Art. 1.- Dejar sin efecto el Acuerdo No. 37, publicado en la Registro Oficial Reservado No. 041-R del 16 de noviembre del 2010.

n n n

Art. 2.- Nombrar al señor 171025877-1 CAPT. GUERRA LEIVA ALEX PATRICIO, Jefe Administrativo Financiero, de la Agregaduría de Defensa del Ecuador en los EE.UU., con sede en Washington; a partir del 1 de diciembre del 2010 hasta el 1 de junio del 2012.

n n n

Art. 3.- El mencionado señor oficial percibirá la asignación económica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Sección Ejército Ecuatoriano.

n n n

Art. 4.- Los señores ministros de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente decreto.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, 6 de abril del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n Documento con firmas electrónicas. n n No. 725 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que la Fundación “Maquita Cushunchic” por más de veinte y cinco años ha trabajado para modificar la estructura y las relaciones de la sociedad y la economía con incidencia, en favor de las familias, comunidades y organizaciones de menos recursos económicos del Ecuador, mediante procesos productivos-comerciales y asociativos, de construcción de circuitos sostenibles de economía social y solidaria con productos estratégicos que permiten incrementar el ingreso familiar, mejorar su calidad de vida y practicar valores humanos y cristianos;

n n

Que la Fundación “Maquita Cushunchic” se ha convertido en la organización articuladora de las cadenas de valor de productos estratégicos seleccionados, logrando un alto impacto en la economía de las familias a través de redes, liderazgos y procesos de incidencia, con los principios de la economía social y solidaria;

n n

Que su arduo trabajo ha contribuido al mejoramiento de la calidad de vida de más de cien mil familias ecuatorianas en la Costa, Sierra y Amazonia;

n n

Que es deber del Estado reconocer a quienes han servido al país con desinterés y eficacia; y, En virtud de las atribuciones que le confiere el Art. 6° literal a) del Decreto No. 3109 de 17 de septiembre del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 317 de 19 de los mismos mes y año, mediante el cual se reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacional “Al Mérito” creada por ley de 8 de octubre de 1921,

n n n Decreta: n n

Art. 1.- Conferir la Condecoración de la Orden Nacional “Al Mérito”, en el Grado de Caballero, a la Fundación “Maquita Cushunchic”.

n n

Art. 2.- Encargar la ejecución del presente decreto, al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n

Dado en Quito, en el Palacio Nacional, a 6 de abril del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República del Ecuador.

n n

f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración. Documento con firmas electrónicas.

n n Nº 12A-2010 n n Jorge David Glas Espinel n MINISTRO DE COORDINACIÓN n DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS n n Considerando: n n

Que, el 13 de enero del 2008, mediante Decreto Ejecutivo Nº 849, se creó el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos, publicado en el Registro Oficial Nº 254 de 17 de enero del 2008;

n n

Que, el artículo 4 del Decreto Ejecutivo Nº 849, señala que el: Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, será la máxima autoridad de esta dependencia de Estado y ejercerá su representación legal, tendrá la responsabilidad de emitir acuerdos y resoluciones para la reglamentación y estructura orgánica funcional, desarrollo de actividades, nombrar y remover a su personal de conformidad a las disposiciones en la ley de la materia;

n n

Que, el 5 de abril del 2010 mediante Decreto Ejecutivo Nº 311, el señor Presidente Constitucional de la República nombró como Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, al ingeniero Jorge David Glas Espinel;

n n

Que, siendo la misión del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos la de dirigir las políticas y acciones de las instituciones que integran los sectores estratégicos, para que mediante la ejecución coordinada, articulada y eficiente de planes, programas y proyectos sectoriales e intersectoriales, se propicie el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y se fomente la eficiencia en las instituciones, es importante la adquisición de conocimientos y experiencias en eventos tales como el Taller Minero a efectuarse en la ciudad de Santiago de Chile – Chile del 18 al 22 de diciembre del 2010;

n n

Que, el ingeniero Carlos Barredo, asesora al Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos en el Programa de sustitución de diesel por gas natural en lo referente a generación eléctrica; y,

n n

En ejercicio de las facultades y atribuciones previstas en el Art. 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; artículos 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; y, artículo 4 del Decreto Ejecutivo Nº 849, publicado en el R. O. 254 de 17 de enero del 2008,

n n Acuerda: n n

Artículo 1.- Declarar al ingeniero Carlos Eduardo Barredo Heinert, Asesor del Despacho Ministerial, en licencia para el cumplimiento de servicios institucionales, a fin de que asista al Taller Minero a efectuarse en la ciudad de Santiago de Chile – Chile del 18 al 22 de diciembre del 2010.

n n

Artículo 2.- Disponer la publicación del presente acuerdo en el Registro Oficial.

n n

DISPOSICIÓN FINAL.- Este acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 17 días del mes de diciembre del 2010.

n n

f.) Jorge Glas Espinel, Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos.

n n

SECTORES ESTRATÉGICOS, MINISTERIO COORDINADOR.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 21 de marzo del 2011.- f.) Ilegible, Director Administrativo Financiero.

n n Nº 13-2010 n n Jorge Glas Espinel n MINISTRO DE COORDINACIÓN n DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS n n Considerando: n n

Que mediante Acuerdo Ministerial Nº 12 de 16 de diciembre del 2010 de declaró en licencia para el cumplimiento de servicios institucionales al exterior en la República de Chile al Ing. Jorge Glas Espinel, Ministro Coordinador, Dr. Rafael Poveda, Secretario Técnico e Ing. Eduardo Barredo, Asesor;

n n

Que como resultado de las reuniones de trabajo llevadas a cabo en Santiago de Chile, el Ministro de Energía de la República de Chile invitó a la delegación ecuatoriana a realizar una visita técnica al Puerto de Mejillones, lugar donde la República de Chile cuenta con infraestructura especializada de primer nivel para la gestión y procesamiento de gas;

n n

Que para el Ecuador, la experiencia chilena en la gestión del gas puede construir un insumo fundamental para el desarrollo de nuevos planes y proyectos en ese sector;

n n

Que la indicada visita técnica está programada llevarse a acabo el 22 de diciembre del 2010, razón por la que los funcionarios de esta Cartera de Estado deberán realizar su retorno el día de 23 de diciembre del año en curso; y,

n n

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales; y, especialmente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo 1.- Ampliar la declaratoria en licencia para el cumplimiento de servicios institucionales al exterior en la República de Chile del Ministro Coordinador, Jorge Glas Espinel y del Asesor Eduardo Barredo Heinert, hasta el 23 de diciembre del 2010.

n n

Artículo 2.- Durante la ausencia del Ministro, entre el 22 y 23 de diciembre del 2010, incluido, encargar el Despacho Ministerial al Dr. Rafael Poveda Bonilla, Secretario Técnico de este Ministerio Coordinador.

n n

Artículo 3.- Notificar con el presente acuerdo ministerial a la Secretaría Nacional de la Administración Pública y disponer su publicación en el Registro Oficial.

n n

DISPOSICIÓN FINAL.- Este acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en Santiago de Chile, a los 21 días del mes de diciembre del 2010.

n n

f.) Jorge Glas Espinel, Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos.

n n

SECTORES ESTRATÉGICOS, MINISTERIO COORDINADOR.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 21 de marzo del 2011.- f.) Ilegible, Director Administrativo Financiero.

n n Nº 14-2010 n n Jorge Glas Espinel n MINISTRO DE COORDINACIÓN n DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 311 de 5 de abril del 2010, el señor Presidente Constitucional de la República resolvió designar Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos al ingeniero Jorge David Glas Espinel;

n n

Que el Dr. Rafael Poveda Bonilla, Secretario Técnico de esta Cartera de Estado ha solicitado hacer uso de sus vacaciones durante el período comprendido entre el 27 y el 29 de diciembre del 2010, lo cual ha sido aprobado por el Ministro Coordinador; y,

n n

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales; y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo 1.- Durante la ausencia del Secretario Técnico titular por goce de vacaciones, Dr. Rafael Poveda Bonilla, entre el 27 y el 29 de diciembre, incluido, encargar la Secretaría Técnica del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos al Lic. Carlos Alvear Guzmán.

n n n

DISPOSICIÓN FINAL.- Este acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 27 días del mes de diciembre del 2010.

n n

f.) Jorge Glas Espinel, Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos.

n n n

SECTORES ESTRATÉGICOS, MINISTERIO COORDINADOR.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 21 de marzo del 2011.- f.) Ilegible, Director Administrativo Financiero.

n n No. 045 n n Erika Sylva Charvet n MINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n n

Que, los artículos 61 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 109 de su reglamento general, facultan a los ministros de Estado delegar la celebración de los contratos a funcionarios de la entidad para que lo gestionen;

n n

Que, la Ley Orgánica del Servicio Público, norma rectora de la Administración del Talento Humano, establece como sustento los principios de descentralización y desconcentración;

n n

Que, la Ley de Modernización del Estado, en el artículo 35, determina que las máximas autoridades de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios, necesarios para delegar sus atribuciones;

n n

Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, dispone que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía; excepto las que se encuentren prohibidas por ley o por decreto;

n n

Que, el artículo 4 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública promulgado en el Registro Oficial N. 588 de 12 de mayo del 2009, establece que en aplicación de los principios de derecho administrativo, son delegables todas las facultades previstas para la máxima autoridad tanto en la ley como en este reglamento general, aún cuando no consten en dicha normativa la facultad de delegación expresa;

n n

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Cultura, el Ministro de Cultura ejerce la representación legal, judicial y extrajudicial del Ministerio de Cultura, pudiendo celebrar a nombre de este toda clase de actos administrativos, convenios y contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos de conformidad con la legislación vigente;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial N° 001-2011 de 10 de enero del 2011, la Ministra de Cultura constituye en Unidad de Administración Financiera – UDAF a esta Cartera de Estado, y aprueba la creación de unidades ejecutoras desconcentradas en sus subsecretarías regionales, direcciones provinciales y direcciones culturales;

n n

Que, con Acuerdo Ministerial No. 158 de agosto 9 del 2010, fueron delegadas varias atribuciones al Viceministro, subsecretarios y directores;

n n

Que, el/la Ministro/a de Cultura como autoridad nominadora, tiene atribuciones para nombrar, remover, contratar, autorizar movimientos de personal referentes a ingresos, ascensos, restituciones, subrogaciones, encargos, traslados, rotación de personal, licencias y comisiones de servicio con y sin remuneración, aplicar el régimen disciplinario, reintegros, disponer la cesación de funciones, y las demás relacionadas con la Administración de los Recursos Humanos entre otras; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Norma Suprema,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Delegar al/la Viceministro/a de Cultura, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

n n

Autorizar la realización de concursos abiertos y cerrados de merecimientos y oposición y presidir el correspondiente Tribunal de Méritos y Oposición;

n n

Suscribir los formularios de legalización de firmas de manejo de las cuentas institucionales; y,

n n Autorizar traslados administrativos. n n

Art. 2.- Delegar al Director de Gestión de Recursos Humanos, el ejercicio de las atribuciones para autorizar y suscribir mediante acciones de personal, los siguientes actos administrativos:

n n

Vacaciones anuales y permisos con cargo a vacaciones, de acuerdo con las normas vigentes;

n n

Licencias con remuneración prescritas en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Servicio Público “LOSEP”;

n n

Licencias sin remuneración hasta por 60 días durante cada año de servicio de acuerdo con el artículo 28 de la LOSEP;

n n

Sanciones disciplinarias de: amonestación verbal, escrita y pecuniaria administrativa;

n n Finalización de comisiones con remuneración y sin remuneración; n n

Permisos de hasta dos horas diarias para estudios regulares en establecimientos de educación superior, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 33 de la LOSEP; y,

n n

Encargos y/o subrogaciones de funcionarios, servidores y trabajadores, a excepción del Viceministro y subsecretarios;

n n

Art. 3.- Delegar al Director de Gestión de Recursos Humanos el ejercicio de las siguientes atribuciones:

n n

La suscripción de los actos administrativos necesarios para la realización de programas de bienestar social, laboral y de capacitación del recurso humano de la entidad;

n n

La autorización del trabajo en horas suplementarias y extraordinarias de acuerdo con la ley y normas internas;

n n

La autorización del gasto de nómina del recurso humano del Ministerio de Cultura;

n n La autorización del gasto para guarderías; y, n n

La suscripción de los avisos de entrada y salida al IESS del personal del Ministerio de Cultura;

n n