Registro Oficial No. 426 – Miércoles 13 de Abril de 2011
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REGISTRO OFICIAL
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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
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Presidente Constitucional de la República del Ecuador
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Miércoles, 13 de Abril de 2011 – R. O. No. 426
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nFUNCIÓN EJECUTIVA
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nACUERDOS:
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nSECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
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n648 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas.
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n650 Déjase sin efecto el Acuerdo 641 del 17 de marzo del 2011.
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n651 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista René Ramírez Gallegos, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo.
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nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
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n028 Delégase al señor Víctor Alejandro Carrión Gonzáles, para que a nombre de la señora Ministra, la represente en sus funciones y atribuciones en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de Galápagos.
n031 Declárase la emergencia, en las áreas protegidas del Estado, ubicadas en el territorio continental del Ecuador, excepto el Parque Nacional Galápagos.
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nMINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS:
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n4A-2010 Deléganse atribuciones al ingeniero Michael Agustín Mera Giler, Asesor del Despacho Ministerial.
n05-2010 Declárase en licencia para el cumplimiento de servicios institucionales en el exterior a varios funcionarios de esta Cartera de Estado.
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nMINISTERIO DE CULTURA:
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n031-2011 Concédese en calidad de auspicio a favor del señor Carlos Fidel Intriago Zambrano, el valor correspondiente a un pasaje aéreo internacional en la ruta Quito-Austria-Quito.
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nMINISTERIO DE EDUCACIÓN:
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n124-11 Expídese la normativa que regulará los aspectos académicos y administrativos de los cursos de formación continua que se proveen en el marco del Sistema Integral de Desarrollo Profesional Educativo – SÍPROFE.
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nMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
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nConvenio de Cooperación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos de las Personas Ecuatorianas y Panameñas en Situación de Movilidad.
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nMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
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n00000279 Delégase y autorízase al Director Provincial de Salud del Cañar, para que proceda a suscribir el Convenio entre la Dirección Provincial de Salud del Cañar y la Ilustre Municipalidad del Cantón Déleg, para culminar con la ampliación y mejora-miento físico del acceso principal al Subcentro de Salud.
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n00000250 Confórmase la Comisión Interinstitucional de Control y Vigilancia de Enfermedades Nosocomiales, CICVEN.
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nMINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS:
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n019 Revócase la delegación efectuada al señor Gerente General de Ferrocarriles del Ecuador Empresa Pública.
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n020 Dase por concluida la delegación del abogado Andrés Roberto Martínez Ladívar y delégase al ingeniero David Andrés Mejía Sarmiento, Viceministro de Gestión del Transporte, como representante principal ante el Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos.
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n021 Encárgase el Despacho Ministerial, al arquitecto Francisco José Estarellas Solís, Viceministro de Infraestructura del Transporte.
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nSECRETARÍA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN:
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n2011-014 Refórmase el Reglamento para el reconocimiento, homologación y revalidación de títulos expedidos en el exterior.
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nRESOLUCIONES:
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nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
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n601 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para el Proyecto de Construcción del Sistema de Alcantarillado Sanitario y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de la ciudad de Limones, ubicado en el cantón Eloy Alfaro, provincia de Esmeraldas y otórgase la licencia ambiental al Gobierno Municipal del Cantón Eloy Alfaro para dicha ejecución.
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nMINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:
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nMRL-2011-000087 Incorpórase el puesto de Defensor Público General, dentro de la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerárquico superior.
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nCORREOS DEL ECUADOR CDE – EP:
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nCDE-EP-2011-012 Dase de baja 50 postales prefranqueadas, que entregará la Gerencia de Relaciones Públicas a la ciudadanía, que asista al Gabinete Itinerante y enlace ciudadano del Gobierno Nacional que se realizará en el cantón Quijos.
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nCDE-EP-2011-027 Apruébase la emisión postal denominada “Ecuador Diverso (1era. Serie 2011)”.
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nDIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS:
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n013-DN-DINARDAP-2011 Refórmase la Norma de procedimiento para el concurso de merecimientos y oposiciónpara la selección y designación de los registradores mercantiles.
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n021-DN-DINARDAP-2011 Refórmase la Norma de procedimiento para el concurso de mere-cimientos y oposición para la selección y designación de los registradores mercantiles.
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nSERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR:
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nDGN-004-2011 Modifícanse las resoluciones Nos.DGN-002-2011 y DGN-003-2011 de 4 de enero del 2011.
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nDDQ-DAJQ-RE-0241 Refórmase la Resolución Nº DDQ-DAJQ-RE-00139 de 3 de febrero del 2011.
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nORDENANZAS MUNICIPALES:
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nGobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán: Que reglamenta la administración, control y recaudación del impuesto vehicular.
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nCantón Espíndola: Que reforma a la Ordenanza que regula las tasas por el uso del servicio de alcantarillado.
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nGobierno Municipal del Cantón Rocafuerte: Que reglamenta la determi-nación, administración y recaudación de la contribución especial de mejoras por obras ejecutadas.
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n n n n Nº 648 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA n n
Vista la solicitud de viaje al exterior Nº 9620 del 24 de marzo del 2011 a favor del economista Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas, para su desplazamiento a Calgary – Canadá del 26 al 29 del mes presente, a fin de que participe en la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Cooperación Interamericana de Inversiones; y,
n n n
En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo Nº 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n n n Acuerda: n n
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas, para que atienda la invitación del Banco Interamericano de Desarrollo a participar en la Asamblea de Gobernadores del BID y de la Cooperación Interamericana de Inversiones en Calgary – Canadá, del 26 al 29 de marzo del 2011.
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ARTÍCULO SEGUNDO.- Los pasajes aéreos, viáticos y gastos de representación serán asumidos del presupuesto del Ministerio de Finanzas.
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ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a jueves, 24 de marzo del 2011.
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f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.
n n Nº 650 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA n n Considerando: n n
Que mediante memorando interno MJDHC-GM-158-2011 del 23 de marzo del 2011, el doctor José Serrano Salgado, solicita dejar sin efecto el requerimiento de solicitud de permiso de salida del país, numero 9484 de 16 de los presentes mes y año, ya que el evento del traslado de 10 personas privadas de libertad, se realizó en Rumichacafrontera Colombo-Ecuatoriana; y,
n n
En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo Nº 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n n Acuerda: n n
ARTÍCULO PRIMERO.- Dejar sin efecto el Acuerdo 641 del 17 de marzo del 2011, relacionado con la comisión de servicios del señor doctor José Serrano Salgado, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, correspondiente al 17 de marzo del 2011, sobre el traslado de 10 personas privadas de libertad de nacionalidad colombiana.
n n
ARTÍCULO SEGUNDO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.
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Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 24 de marzo del 2011.
n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Documento con firmas electrónicas. n n Nº 651 n n Vinicio Alvarado Espinel n n SECRETARIO NACIONAL DE n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA n n Considerando: n n
Vista la solicitud de viaje al exterior Nº 9654 del 25 de marzo del 2011 a favor del economista René Ramírez Gallegos, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, para su desplazamiento a Buenos Aires – Argentina del 29 de marzo al 3 de abril próximo, a objeto de participar en el Seminario Internacional sobre Desigualdad y Políticas Socio – Laborales en Perspectiva Comparada, con una disertación acerca del proyecto social y la política del país; y,
n n
En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo Nº 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n n n Acuerda: n n
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista René Ramírez Gallegos, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, quien participará en el Seminario Internacional sobre Desigualdad y Políticas Socio – Laborales en Perspectiva Comparada, con una disertación acerca del proyecto social y la política del país, que tendrá lugar en Buenos Aires – Argentina, del 29 de marzo al 3 de abril del 2011.
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ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos incurridos en el viaje serán cubiertos con recursos fiscales de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.
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ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a viernes, 25 de marzo del 2011.
n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Documento con firmas electrónicas. n n No. 028 n n Marcela Aguiñaga Vallejo n MINISTRA DEL AMBIENTE n n Considerando: n n
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, faculta a las ministras y ministros de Estado, expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
n n
Que, los incisos agregados a continuación del primer inciso del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, conceden a los ministros de Estado la facultad de delegar atribuciones y deberes mediante acuerdo ministerial, al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente;
n n
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva establece que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por ley o por decreto;
n n
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 239 de 27 de diciembre del 2010, la Ministra de Ambiente delega con carácter permanente al Director del Parque Nacional Galápagos, Blgo. Edwin Naula Gómez, para que a nombre de la Ministra del Ambiente en su calidad de Vicepresidenta del Consejo de Gobierno de la provincia de Galápagos, la represente en sus funciones y atribuciones dentro de este organismo; y,
n n n
Que, el Blgo. Edwin Naula Gómez se encuentra en uso de sus vacaciones por el período de 10 días, desde el 21 de febrero hasta el 3 de marzo del presente año y encarga al señor Víctor Alejandro Carrión Gonzáles, la Dirección del Parque Nacional Galápagos,
n n n Acuerda: n n
Art. 1.- Delegar al Sr. Víctor Alejandro Carrión Gonzáles para que a nombre de la Ministra del Ambiente en su calidad de Vicepresidenta del Consejo de Gobierno de la Provincia de Galápagos, la represente en sus funciones y atribuciones dentro de este organismo, exclusivamente para la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de Galápagos a llevarse a cabo el día lunes, 28 de febrero del 2011, en la ciudad de Puerto Baquerizo Moreno, provincia de Galápagos, quien estará acompañado del señor Walter Bustos, Asesor de Galápagos del Despacho Ministerial.
n n n
El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n n Dado en Quito, a 25 de febrero del 2011. n n Comuníquese y publíquese. n n
f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente.
n n No. 031 n n Marcela Aguiñaga Vallejo n MINISTRA DEL AMBIENTE n n Considerando: n n
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay;
n n
Que, el artículo 71 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce a la naturaleza o pacha mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema;
n n
Que, el artículo 73 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce que el Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales;
n n
Que, el artículo 83, en sus numerales 6 y 13 de la Constitución de la República del Ecuador establece que son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución, respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible y conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos;
n n
Que, el numeral primero del artículo 395 de la Constitución de la República del Ecuador que reconoce los principios ambientales, establece que el Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras;
n n
Que, el artículo 400 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se declara de interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio genético del país;
n n
Que, el artículo 405 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión;
n n
Que, el Art. 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, numeral 31 establece que son situaciones de emergencia, aquellas generadas por acontecimientos graves tales como accidentes, terremotos, inundaciones, sequías, grave conmoción interna, inminente agresión externa, guerra internacional, catástrofes naturales y otras que provengan de fuerza mayor o caso fortuito a nivel nacional sectorial o institucional. Una situación de emergencia, es concreta, inmediata, imprevista, probada y objetiva.”;
n n
Que, el artículo 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece el procedimiento para atender las situaciones de emergencia definidas en el número 31 del artículo 6 de esta ley, previamente a iniciarse el procedimiento, el Ministro de Estado o en general la máxima autoridad de la entidad deberá emitir resolución motivada que declare la emergencia, para justificar la contratación. Dicha resolución se publicará en el Portal de Compras Públicas”;
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Que, el segundo inciso del artículo 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece que para atender las situaciones de emergencia definidas en el número 31 del artículo 6 de esta ley, previamente a iniciarse el procedimiento, el Ministro de Estado o en general la máxima autoridad de la entidad deberá emitir resolución motivada que declare la emergencia, para justificar la contratación. Dicha resolución se publicará en el Portal COMPRAS PUBLICAS;
n n
Que, mediante memorando No. MAE-DNB-2011-0292, de fecha 1 de marzo del 2011, remitido por la Directora Nacional de Biodiversidad pone en conocimiento de la Coordinación General de Asesoría Jurídica que las áreas protegidas del Estado requieren una intervención urgente en lo referente a personal, infraestructura administrativa y turística, señalización, senderización, equipamiento básico, delimitación física y automatización de procesos. En este sentido se solicitó se realice el correspondiente acuerdo ministerial para la declaratoria de emergencia en las áreas protegidas del Estado, a fin de poder intervenir durante el presente año, a través de un plan emergente y la creación de una Unidad de Emergencia constituida por el personal de la Dirección Nacional de Biodiversidad y especialistas que se requiera contratar, para lo cual se remite el informe técnico respectivo; y,
n n
En ejercicio de las atribuciones concedidas por los artículos 151 y 154 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
n n Acuerda: n n
Art. 1.- Declarar la Emergencia, en las Áreas Protegidas del Estado, ubicadas en el territorio continental del Ecuador, excepto el Parque Nacional Galápagos.
n n
Art. 2.- Conformar la Unidad Ad-hoc de Manejo y Control de la Emergencia en las Áreas Naturales del Estado, integrada de la siguiente manera:
n n El Subsecretario o la Subsecretaria de Patrimonio Natural; n n
El Director o la Directora Nacional de Biodiversidad;
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Los Jefes o las Jefas de las Áreas Protegidas, declaradas en estado de emergencia;
n n
Un delegado o delegada de la Coordinación General Administrativa Financiera; y,
n n
Un delegado o delegada de la Coordinación General de Asesoría Jurídica.
n n
Art. 3.- La Subsecretaría de Patrimonio Natural, elaborará un Plan Emergente para el manejo de la emergencia en las Áreas Naturales del Estado, mismo que deberá ser presentado en el término de cuarenta y ocho (48) horas, después de la suscripción del presente acuerdo ministerial. Una vez aprobado el mencionado Plan Emergente deberá ser implementado de forma inmediata.
n n
Art. 4.- El Ministerio del Ambiente, contratará a través de la máxima autoridad de manera directa o a través de invitaciones, las obras, bienes fungibles y no fungibles, o servicios que se requieran de manera estricta para superar esta situación de emergencia. Podrá inclusive contratar con empresas extranjeras sin requerir los requisitos previos de domicilio ni de presentación de garantías; los cuales se cumplirán una vez suscrito el respectivo contrato.
n n
Art. 5.- Una vez superada la situación de emergencia, se publicará en el Portal COMPRAS PÚBLICAS un informe que detalle las contrataciones realizadas y el presupuesto empleado, con indicación de los resultados obtenidos.
n n
Art. 6.- De la ejecución y cumplimiento del presente acuerdo ministerial, que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese a la Subsecretaría de Patrimonio Natural a través de la Dirección Nacional de Biodiversidad.
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Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, a 2 de marzo del 2011.
n n
f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente.
n n Nº 4A-2010 n n Jorge David Glas Espinel n
MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS
n n Considerando: n n
Que, el 13 de enero del 2008, mediante Decreto Ejecutivo Nº 849, se creó el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos, publicado en el Registro Oficial Nº 254 de 17 de enero del 2008;
n n
Que, el artículo 4 del Decreto Ejecutivo Nº 849, señala que el Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, será la máxima autoridad de esta dependencia de Estado y ejercerá su representación legal, tendrá la responsabilidad de emitir acuerdos y resoluciones para la reglamentación y estructura orgánica funcional, desarrollo de actividades, nombrar y remover a su personal de conformidad a las disposiciones en la ley de la materia;
n n
Que, el 5 de abril del 2010 mediante Decreto Ejecutivo Nº 311, el señor Presidente Constitucional de la República nombró como Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, al ingeniero Jorge David Glas Espinel;
n n
Que, siendo la misión del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos la de dirigir las políticas y acciones de las instituciones que integran los sectores estratégicos, para que mediante la ejecución coordinada, articulada y eficiente de planes, programas y proyectos sectoriales e intersectoriales, se propicie el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y se fomente la eficiencia en las instituciones, es de vital importancia desarrollar jornadas de trabajo con el objetivo de llegar a la concreción de un Acuerdo de Cooperación Técnica con Brasil; y,
n n
En ejercicio de las facultades y atribuciones previstas en el Art. 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; y, artículo 4 del Decreto Ejecutivo Nº 849, publicado en el R. O. 254 de 17 de enero del 2008,
n n Acuerda: n n
Artículo 1.- Delegar al Ing. Michael Agustín Mera Giler, Asesor del Despacho Ministerial, en licencia para el cumplimiento de servicios institucionales, a fin de que represente al Sr. Ministro de Coordinación de Sectores Estratégicos con el fin de suscribir el referido acuerdo de cooperación técnica del 19 al 20 de julio en la ciudad de Sao Paulo-Brasil.
n n
Artículo 2.- Disponer la publicación del presente acuerdo en el Registro Oficial.
n n
DISPOSICIÓN FINAL.- Este acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n n
Dado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los 16 días del mes de julio del 2010.
n n
f.) Jorge Glas Espinel, Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos.
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SECTORES ESTRATÉGICOS, MINISTERIO COORDINADOR.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 21 de marzo del 2011.- f.) Director Administrativo Financiero.
n n Nº 05-2010 n n Jorge Glas Espinel n MINISTRO DE COORDINACIÓN n DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS n n Considerando: n n
Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 311, de 5 de abril del 2010, el señor Presidente Constitucional de la República resolvió designar Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos al ingeniero Jorge David Glas Espinel;
n n
Que por disposición del señor Presidente de la República, es necesario que esta Cartera de Estado, en ejercicio de sus competencias de coordinación y articulación de esfuerzos de los diferentes ministerios y entidades relacionadas, acompañe a las gestiones internacionales que varias entidades públicas han emprendido con el objeto de conseguir financiamiento para varios proyectos estratégicos para el desarrollo nacional;
n n
Que varias empresas y bancos estatales de las repúblicas de China, Corea y Japón han expresado su interés en varios proyectos constantes en el catálogo de inversiones preparado por el Ministerio de Co








