n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Viernes, 02 de Octubre de 2009 – R. O. No. 39

n n

n

n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n DECRETOS: n n

54……….. Autorízase el viaje del señor licenciado Lenin Moreno Garcés, Vicepresidente Constitucional de la República, para que en atención a la invitación recibida visite Perú y ofrezca charlas enmarcadas dentro de la campaña “Sonríe Ecuador, somos gente amable”

n n

55……….. Difiérese al cero por ciento (0%) el Arancel Nacional de Importaciones, para la importación de “algodón sin cardar ni peinar”, clasificado en las subpartidas NANDINA 5201.00.10.00; 5201.00.20.00; 5201.00.30.00 y 5201.00.90.00; para dos contingentes de 19.525,20 y 1.200 toneladas métricas, por un lapso de doce meses contados a partir del vencimiento del Decreto Ejecutivo No. 1296 publicado en el Registro Oficial No. 423 del 11 de septiembre del 2008

n n ACUERDOS: n n

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL:

n n

1402……. Deléganse facultades a los Subsecretarios(as) General, de Defensa Nacional, de Desarrollo, de Planificación y Coordinador(a) General Institucional

n n

MINISTERIO DE EDUCACION:

n n

0355-09.. Dase por terminado el encargo otorgado al doctor Fabricio Narváez Herrería y encár-gase al Maestro Raúl Ernesto Escobar Guevara las funciones de Director Ejecutivo del Conservatorio Nacional de Música de la ciudad de Quito

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n

0124……. Apruébase la Ordenanza Municipal expedida por el I. Concejo Cantonal de Nangaritza, provincia de Zamora Chinchipe, mediante la cual se crea la parroquia rural Nuevo Paraíso en la jurisdicción cantonal de Nangaritza, provincia de Zamora Chinchipe

n n

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD:

n n

09 247…. Cámbiase la designación de la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Compras Públicas por “Subsecretaría de la Competencia y Defensa del Consumidor.”

n n

MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS:

n n

0 87…….. Deléganse varias atribuciones a la ingeniera Soraya Arévalo Serrano, Subse-cretaria de Desarrollo Organizacional

n n

MINISTERIO DE TRANSPORTE

n

Y OBRAS PUBLICAS:

n

DIRECCION PROVINCIAL

n

DE TUNGURAHUA:

n n

013-009.. Apruébase el estatuto y concédese perso-nería jurídica a la Asociación “Los Montalvinos”, con domicilio en la parroquia Salasaca, cantón Pelileo, provincia de Tungurahua

n n

CONSEJO NACIONAL DE AVIACION CIVIL:

n n

043/2009 Modifícase el artículo 1 del Acuerdo No. 051/2006, de 4 de septiembre del 2006, mediante el cual se otorga un permiso de operación a la Compañía Aerotransportes Mas de Carga S. A. de C. V. “MAS AIR”

n n

044/2009 Modifícase el artículo 1 del Acuerdo No. 025/2004, de 16 de agosto del 2004, mediante el cual se otorga una concesión de operación internacional a la Com-pañía AEROLANE, Líneas Aéreas Nacionales del Ecuador S. A

n n

045/2009 Renuévase el permiso de operación a la Compañía Sociedad Aeronáutica de Medellín Consolidada S. A., SAM

n n

046/2009 Modifícase el Acuerdo No. 040/2008, de 29 de agosto del 2008, mediante el cual se otorga una concesión de operación a la Compañía Aeroservicios Generales C. A., ARICA

n n n RESOLUCIONES: n n

MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:

n n

MRL-2009-000002 Modifícase el Art. 2 de la Resolución SENRES-2009-000155 de 29 de junio del 2009

n n n

CONSEJO NACIONAL DE LA MARINA MERCANTE Y PUERTOS:

n n

007/09…. Modifícase la Resolución No. 021/08 del 4 de noviembre del 2008, publicada en el Registro Oficial No. 478 del 1 de diciembre del 2008

n n

011/09…. Expídese el “Reglamento Interno del Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos”

n n n FUNCION JUDICIAL n n

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

n

PRIMERA SALA DE LO CIVIL

n

Y MERCANTIL:

n n

Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas:

n n 120-08…. Teresa Narcisa Verdezoto Verdezoto contra Benilda Vallejo Herrera n n

123-08…. Arquitecto Alberto Santoro Williams contra el Banco Ecuatoriano de la Vivienda, BEV

n n

ORDENANZA METROPOLITANA:

n n

0301……. Concejo Metropolitano de Quito: Que establece el Régimen común para la organización y funcionamiento de las empresas públicas metropolitanas

n n

AVISO JUDICIAL:

n n

………. Muerte presunta del señor Jaime Gustavo Meneses Ontaneda

n

n n n n n n n n n

No. 54 n n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPUBLICA n n

Que mediante oficio No. 0534 del 14 de septiembre del 2009, el señor Vicepresidente Constitucional de la República comunica que el señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, Embajador José Antonio García Belaunde, lo ha invitado a visitar Perú y puedan profundizar más las inmejorables relaciones existentes y reforzar la fluidez del diálogo entre los dos gobiernos, así como también ofrezca charlas de motivación enmarcadas dentro de la campaña “Sonríe Ecuador, somos gente amable” que impulsa la Vicepresidencia de la República del Ecuador; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 147, numeral 5 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo Primero.-Autorizar el viaje del señor licenciado Lenin Moreno Garcés, Vicepresidente Constitucional de la República en las fechas del 20 al 24 de septiembre del 2009, para que en atención a la invitación recibida visite Perú y ofrezca charlas enmarcadas dentro de la campaña “Sonríe Ecuador, somos gente amable”.

n n

Artículo Segundo.-La comitiva que acompañará al señor Vicepresidente de la República está conformada por su cónyuge la señora Rocío González Navas y su asistente personal la señora Liz Giler Villamil.

n n

Artículo Tercero.-Los gastos concernientes a este desplazamiento, se cubrirán con aplicación al presupuesto de la Vicepresidencia de la República.

n n

Artículo Cuarto.-Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado, en el Palacio Nacional en Quito, a 20 de septiembre del 2009.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n Quito, 23 de septiembre del 2009. n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.

n n n n n n n

No. 55

n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPUBLICA n n Considerando: n n

Que de conformidad con el numeral 5 del artículo 261 de la Constitución de la República del Ecuador, las políticas económicas, aduanera, arancelaria, de comercio exterior entre otras, son competencias exclusivas del Estado central;

n n

Que la Comisión de la Comunidad Andina aprobó la Decisión 695, publicada en la Gaceta Oficial No. 1664 de 17 de octubre del 2008, disponiendo que hasta el 20 de octubre del 2009, los países miembros no están obligados a aplicar el Arancel Externo Común;

n n

Que vista la insuficiencia permanente de oferta nacional y subregional de algodón sin cardar ni peinar que requiere la industria textil nacional, se necesita periódicamente abrir la importación de contingentes con diferimiento arancelario a 0%, una vez que mediante el “Acuerdo de Absorción de la Cosecha de Algodón Nacional”, suscrito en noviembre del 2004 y por un período de diez años entre AITE y FUNALGODON, se ha garantizado la absorción de la cosecha nacional al sector algodonero;

n n

Que el Consejo de Comercio Exterior e Inversiones -COMEXI-, en sesión celebrada el 5 de agosto del 2009, mediante Resolución No. 500, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 9 de agosto 21 del 2009, emitió el dictamen previo favorable para diferir temporalmente al arancel ad-valórem a 0% para las importaciones de algodón sin cardar ni peinar, clasificadas en las subpartidas 5201.00.10.00; 5201.00.20.00; 5201.00.30.00 y 5201.00.90.00; para dos contingentes de 19.525,20 y 1.200 toneladas métricas, por un lapso de doce meses;

n n

Que de acuerdo al artículo 15 de la Ley Orgánica de Aduanas, con sujeción a los convenios internacionales y cuando las necesidades del país lo requieran, el Presidente de la República mediante decreto y previo dictamen favorable del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones establecerá, reformará o suprimirá los aranceles, tanto en su nomenclatura como en sus tarifas; y,

n n

En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 305 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo 1.-Diferir al cero por ciento (0%) el Arancel Nacional de Importaciones, para la importación de “algodón sin cardar ni peinar”, clasificado en las subpartidas NANDINA 5201.00.10.00; 5201.00.20.00; 5201.00.30.00 y 5201.00.90.00; para dos contingentes de 19.525,20 y 1.200 toneladas métricas, por un lapso de doce meses contados a partir del vencimiento del Decreto Ejecutivo No. 1296 publicado en el Registro Oficial No. 423 del 11 de septiembre del 2008, a ser distribuidos de conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 500 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI) y sus anexos.

n n n

Artículo 2.-Disponer a la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE) el control del cumplimiento de este contingente, debiendo reportar al MAGAP y a la Secretaría del COMEXI sobre la utilización de estos cupos mensualmente.

n n

Para efectos de ejecutar el beneficio otorgado a las empresas que se detallan en los anexos de la Resolución No. 500 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI), la Corporación Aduanera Ecuatoriana deberá verificar que estas compañías se encuentren en el registro de Lista Blanca del Servicio de Rentas Internas.

n n

De la ejecución del presente decreto ejecutivo encárguese a los ministerios de Finanzas, Industrias y Productividad y de Agricultura y Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 23 de septiembre del 2009.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Xavier Abad Vicuña, Ministra de Industrias y Productividad.

n n

f.) Ramón Espinel, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n f.) María Elsa Viteri Acaiturri, Ministra de Finanzas. n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n Quito, 23 de septiembre del 2009. n n

f.) Ab. Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.

n n

No. 1402

n n

Javier Ponce Cevallos

n

MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

n n Considerando: n n

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 1208 de 3 de octubre del 2007, publicado en la orden general ministerial No. 192 de la misma fecha, se delegaron varias atribuciones por parte del Ministro de Defensa Nacional de ese entonces al: Subsecretario General, Subsecretario de Defensa y Subsecretario de Desarrollo del Ministerio de Defensa Nacional;

n n

Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, faculta para que las atribuciones propias de las entidades y autoridades de la Administración Pública Central puedan ser delegadas a las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las prohibidas por ley o decreto;

n n

Que el literal m) del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional faculta al Ministro de Defensa Nacional a “Delegar su representación legal al Subsecretario General, al Jefe del Comando Conjunto, Comandantes de Fuerza, Subsecretarios y otras autoridades, de conformidad con el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, para firmar convenios, contratos y desarrollar actos administrativos”;

n n

En ejercicio de la atribución prevista en el artículo 154 numeral 1) de la Constitución de la República del Ecuador; y artículo 10 literal b) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Delegar al Subsecretario(a) General del Ministerio de Defensa Nacional, las siguientes facultades:

n n

· Autorizar la firma de convenios de cooperación interinstitucional.

n n

· Disponer el cumplimiento de las recomendaciones y la corrección de deficiencias administrativas dirigidas a los órganos de la Defensa Nacional por parte de los organismos estatales de control y la Auditoría Interna del Ministerio de Defensa Nacional.

n n

· Supervisar los procesos de selección de personal para el Ministerio de Defensa Nacional que realice la Coordinación General Institucional; y, presidir el cuerpo colegiado encargado de la selección y otorgamiento de patrocinio institucional y becas para capacitación de los servidores del Ministerio de Defensa Nacional.

n n n

Art. 2.- Delegar al Subsecretario(a) de Defensa Nacional, las siguientes facultades:

n n

· Legalizar la documentación referente a estímulos y condecoraciones del personal militar de Fuerzas Armadas.

n n

· Emitir resoluciones rectificatorias de nombres y/o números de cédula del personal militar y servidores públicos de Fuerzas Armadas.

n n

· Legalizar los nombramientos de los presidentes de las juntas de calificación, sorteo, destinación y sanción de provincias, a pedido del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas.

n n

· Autorizar por resolución el uso de condecoraciones al personal militar de Fuerzas Armadas otorgadas en el extranjero, previo dictamen favorable del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas.

n n

· Legalizar las salidas en comisión y tratamiento médico especializado del personal militar y de servidores públicos de Fuerzas Armadas; permisos y licencias del personal militar, a pedido del Comando Conjunto de Fuerzas Armadas y de las comandancias generales de fuerza, con excepción de los señores Oficiales Generales o sus equivalentes en las otras fuerzas.

n n

· Autorizar los pedidos de atracamiento y aterrizaje de embarcaciones y aeronaves extranjeras en puertos y aeropuertos nacionales.

n n

Art. 3.- Delegar al Subsecretario(a) de Desarrollo, la siguiente facultad:

n n

· Suscribir los convenios y acuerdos interinstitucionales que correspondan al ámbito de competencias de dicha Subsecretaría previsto en el Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de Defensa Nacional.

n n

Art. 4.- Delegar al Subsecretario(a) de Planificación, las siguientes facultades:

n n

· &n