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REGISTRO OFICIAL

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AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

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MiĆ©rcoles, 26 de Enero de 2011 – R. O. No. 371

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FUNCIƓN EJECUTIVA
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nDECRETOS:
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n626 NĆ³mbrase al Crnl. Carlos Alberto Oleas Aldaz, Agregado Adjunto de Defensa, a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica de PerĆŗ
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n627 NĆ³mbrase al Crnl. Luis Eduardo Lara Jaramillo, Agregado de Defensa, a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica de Chile
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n628 NĆ³mbrase al Crnl. Ignacio Roberto ArĆ”uz Recalde, Agregado de Defensa, a la Embajada del Ecuador en el Estado Plurinacional de Bolivia
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n629 Dase de baja de la Fuerza AƩrea al Oficial Crnl. Emt. Avc. Edgar Oswaldo Novoa TrƔvez
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n630 Dase de baja de la Fuerza Terrestre al Crnl. Csm. JosƩ Fernando Quito Saltos
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nACUERDOS:
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nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
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n239 DelĆ©ganse funciones y atribuciones con carĆ”cter permanente al Blgo. Edwin IvĆ”n Naula GĆ³mez, Director del Parque Nacional GalĆ”pagos
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n243 DeclĆ”rase no conveniente la venta y a la vez realĆ­zase el traspaso del producto forestal consistente en: 25,91 m3 de Moral Fino (51 vigas), a Ferrocarriles del Ecuador Empresa PĆŗblica
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nMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL:
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n042 DesĆ­gnase funciones, atribuciones y obligaciones, a la doctora MarĆ­a Mercedes Placencia Andrade, Viceministra de Defensa encargada
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nMINISTERIO DE EDUCACIƓN:
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n003-11 DelĆ©gase al seƱor/a Director/a Provincial de EducaciĆ³n de Santa Elena, para que realice todas las acciones, trĆ”mites y suscriba la escritura pĆŗblica de donaciĆ³n del solar NĀŗ 1 de la manzana NĀŗ 55, sector NĀŗ 1 que otorga la Ilustre Municipalidad de Santa Elena a favor de este Ministerio, para el funcionamiento del JardĆ­n Fiscal ā€œVirginia Reyes GonzĆ”lezā€
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nMINISTERIO DE FINANZAS, COORDINACIƓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA:
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n004 MF-CGAF-2011 DispĆ³nese que el seƱor Marco Villarreal Fabara, Director de EvaluaciĆ³n de Operaciones de CrĆ©dito, subrogue las funciones de Subsecretario de CrĆ©dito PĆŗblico
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n005 DelĆ©gase al o a la titular de la CoordinaciĆ³n General de PlanificaciĆ³n de esta SecretarĆ­a, para que en representaciĆ³n del seƱor Ministro, asista a las diversas reuniones de trabajo que convoque la ContralorĆ­a General del Estado y/o la DirecciĆ³n de AuditorĆ­a Interna de esta Cartera de Estado
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n
nMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
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nAcuerdo entre el Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador y el Gobierno de la RepĆŗblica Federativa del Brasil sobre CooperaciĆ³n en el Dominio de la Defensa
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nAcuerdo de CooperaciĆ³n TĆ©cnico-Militar entre el Gobierno de la RepĆŗblica Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador
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nMINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:
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nMRL-2011-00016 AcĆ©ptase la renuncia que con carĆ”cter irrevocable presentĆ³ el abogado Hugo Arias Salgado y nĆ³mbrase al abogado Juan Fernando Salazar Granja, Viceministro del Servicio PĆŗblico
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n
nDIRECCIƓN NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUƁTICOS:
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n08/10 ApruĆ©base la actualizaciĆ³n de las tarifas de los niveles tarifarios de trĆ”fico de cabotaje de la Superintendencia del Terminal Petrolero de la Libertad
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nRESOLUCIONES:
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nMINISTERIO DEL AMBIENTE:

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n465 ApruĆ©base el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto UrbanizaciĆ³n ā€œCastillaā€ y otĆ³rgase la licencia ambiental a LOTEPEC S. A., para la ejecuciĆ³n de dicho proyecto
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nCONSEJO NACIONAL ELECTORAL:

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nPLE-CNE-2-6-1-2011 Expƭdese el Reglamento para el ejercicio de la democracia directa a travƩs de la iniciativa popular normativa, consultas populares, referƩndum y revocatoria del mandato
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nSUPERINTENDENCIA DE BANCOS:

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nCalifĆ­canse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:
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nSBS-INJ-2010-935 CompaƱƭa GestiĆ³n Externa Gestiona GTX S. A.
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nSBS-INJ-2010-940 Ingeniero agrĆ³nomo Miguel Alejandro Soto CarriĆ³n
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nSBS-INJ-2010-941 Arquitecta LiliƔn Leonor Lucio Quevedo
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nSBS-INJ-2010-953 Ingeniero forestal JosƩ Luis MuƱoz Marcillo
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nSBS-INJ-2010-954 Arquitecto Jorge Celiano Rosero NĆŗƱez
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nSBS-INJ-2010-955 Ingeniero agrĆ³nomo Homero Humberto SolĆ³rzano SolĆ³rzano
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nORDENANZAS MUNICIPALES:
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n001-2011 Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal de RumiƱahui: Para la recaudaciĆ³n del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales
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n001-2011 CantĆ³n Santa Elena: De creaciĆ³n de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del cantĆ³n en zonas urbanas y rurales ā€œEMAPSE EPā€
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nAVISO JUDICIAL:
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nDeclĆ”rase la rehabilitaciĆ³n de insolvencia de la seƱora Nancy Margarita GĆ³mez Mancheno
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nFE DE ERRATAS:
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nA la publicaciĆ³n de la ResoluciĆ³n NĀŗ 440 de 18 de diciembre del 2009, emitida por el Ministerio del Ambiente, efectuada en el Registro Oficial NĀŗ 123 de 4 de febrero del 2010

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n n n NĀŗ 626 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n

En ejercicio de las atribuciones que le concede el artĆ­culo 147, numeral 5, de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y el Art. 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Terrestre, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n n n Decreta: n n

Art. 1Āŗ.- Nombrar al seƱor 060128995-2 Crnl. Oleas Aldaz Carlos Alberto, para que desempeƱe la funciĆ³n de ā€œAgregado Adjunto de Defensaā€, a la Embajada de Ecuador en la RepĆŗblica de PerĆŗ, con sede en Lima; a partir del 10 de febrero del 2011 hasta el 9 de agosto del 2012.

n n n

Art. 2Āŗ.- El mencionado seƱor oficial percibirĆ” la asignaciĆ³n econĆ³mica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, SecciĆ³n EjĆ©rcito Ecuatoriano.

n n n

Art. 3Āŗ.- Los seƱores ministros de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecuciĆ³n del presente decreto.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de enero del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

f.) Ricardo PatiƱo Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n NĀŗ 627 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n

En ejercicio de las atribuciones que le concede el artĆ­culo 147, numeral 5, de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y el Art. 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General del EjĆ©rcito, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n n n Decreta: n n

Art. 1Āŗ.- Nombrar al seƱor 170469135-9 Crnl. Lara Jaramillo Luis Eduardo, para que desempeƱe las funciones de ā€œAgregado de Defensaā€, a la Embajada de Ecuador en la RepĆŗblica de Chile, con sede en Santiago de Chile; a partir del 15 de febrero del 2011 hasta el 15 de agosto del 2012.

n n n

Art. 2Āŗ.- El mencionado seƱor oficial percibirĆ” la asignaciĆ³n econĆ³mica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, SecciĆ³n EjĆ©rcito Ecuatoriano.

n n n

Art. 3Āŗ.- Los seƱores ministros de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecuciĆ³n del presente decreto. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de enero del 2011.

n n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

f.) Ricardo PatiƱo Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n NĀŗ 628 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n

En ejercicio de las atribuciones que le concede el artĆ­culo 147, numeral 5, de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y el Art. 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General del EjĆ©rcito, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n n Decreta: n n

Art. 1Āŗ.- Nombrar al seƱor 170674723-3 Crnl. Arauz Recalde Ignacio Roberto, para que desempeƱe las funciones de ā€œAgregado de Defensaā€, a la Embajada de Ecuador en el Estado Plurinacional de Bolivia, con sede en La Paz y concurrente en Paraguay; a partir del 15 de febrero del 2011 hasta el 15 de agosto del 2012.

n n

Art. 2Āŗ.- El mencionado seƱor oficial percibirĆ” la asignaciĆ³n econĆ³mica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, SecciĆ³n EjĆ©rcito Ecuatoriano.

n n

Art. 3Āŗ.- Los seƱores ministros de Defensa Nacional y de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n, quedan encargados de la ejecuciĆ³n del presente decreto.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de enero del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

f.) Ricardo PatiƱo Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n NĀŗ 629 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n Considerando: n n

Que el artĆ­culo 65 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas seƱala que la situaciĆ³n militar para los oficiales generales, y dentro de los oficiales superiores a los coroneles y capitanes de navĆ­o, se establecerĆ” por decreto ejecutivo;

n n

Que el artĆ­culo 87 letra a) ibĆ­dem establece que el militar es dado de baja, entre otras causales, por solicitud voluntaria;

n n

Que el seƱor Crnl. EMT. Avc. Novoa TrƔvez Edgar Oswaldo, ha presentado la solicitud de baja voluntaria; y, En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artƭculo 65 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas,

n n Decreta: n n

Art. 1Āŗ.- Dar de baja de la Fuerza AĆ©rea, con fecha 31 de diciembre del 2010, de conformidad con el Art. 87 Lit. a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, al siguiente seƱor oficial superior:

n n 170561809-6 CRNL. EMT. AVC. Novoa TrƔvez Edgar Oswaldo. n n

Art. 2Āŗ.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto ejecutivo, que entrarĆ” en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese el Ministro de Defensa Nacional.

n n

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 13 de enero del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n NĀŗ 630 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n

En ejercicio de las atribuciones que le conceden los artĆ­culos: 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador; 10 literal g) de la Ley OrgĆ”nica de la Defensa Nacional y 3 literal a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del seƱor Comandante General de la Fuerza Terrestre,

n n Decreta: n n

Art. 1Āŗ.- De conformidad con lo previsto en el artĆ­culo 87 literal c) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas en vigencia que textualmente seƱala: ā€œUna vez cumplido el perĆ­odo de disponibilidad establecido en la Leyā€; dase de baja de la Fuerza Terrestre, con fecha 31 de diciembre del 2010, al seƱor 0601002520 Crnl. CSM. Quito Saltos JosĆ© Fernando.

n n

Quien previamente fue colocado en disponibilidad de acuerdo al artĆ­culo 76 literal a), de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 1133 expedido el 8 de julio del 2010.

n n

Art. 2Āŗ.- El seƱor Ministro de Defensa Nacional queda encargado de la ejecuciĆ³n del presente decreto. PublĆ­quese y comunĆ­quese.

n n

Dado en el Palacio Nacional, Quito, D. M., a 13 de enero del 2011.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 239 n n MINISTERIO DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, conforme establece el artĆ­culo 35 de la Ley de ModernizaciĆ³n del Estado, los mĆ”ximos personeros de las Instituciones del Estado podrĆ”n delegar sus funciones cuando la importancia econĆ³mica o geogrĆ”fica de la zona o la conveniencia institucional lo requieran;

n n

Que, las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Instituciones son delegables en las autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆ­a, conforme a lo establecido en el artĆ­culo 55 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva;

n n

Que, el artĆ­culo 57 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, establece que la delegaciĆ³n podrĆ” ser revocada en cualquier momento por el Ć³rgano que la haya conferido y se extinguirĆ”, en el caso de asuntos Ćŗnicos, cuando haya cumplido el acto cuya expediciĆ³n o ejecuciĆ³n se delegĆ³;

n n

Que, la disposiciĆ³n transitoria vigĆ©simo sexta del CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n establece que hasta que se expida la Ley OrgĆ”nica del RĆ©gimen Especial de GalĆ”pagos, la conformaciĆ³n del Consejo de Gobierno de la Provincia de GalĆ”pagos, entre sus integrantes se encuentra la establecida en el literal b) que determina en lo pertinente: ā€œLa ministra o el ministro que ejerce la rectorĆ­a de la polĆ­tica pĆŗblica ambiental o su delegado o delegada permanenteā€;

n n

Que, mediante ResoluciĆ³n No. 27-CGPG-2010 de 8 de noviembre del 2010, el Consejo de Gobierno del RĆ©gimen Especial de la provincia de GalĆ”pagos, eligiĆ³ al titular del Ministerio del Ambiente, miembro del Consejo como Vicepresidente del Consejo de Gobierno de la provincia de GalĆ”pagos; y,

n n

En virtud de lo que contempla el numeral uno del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y en ejercicio de las facultades que le confiere la ley, la Ministra del Ambiente del Ecuador,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Delegar con carĆ”cter permanente al Director del Parque Nacional GalĆ”pagos, Blgo. Edwin IvĆ”n Naula GĆ³mez, para que a nombre de la Ministra del Ambiente en su calidad de Vicepresidenta del Consejo de Gobierno de la provincia de GalĆ”pagos, la represente en sus funciones y atribuciones dentro de este organismo.

n n

Art. 2.- El Director del Parque Nacional GalĆ”pagos, en su calidad de delegado permanente podrĆ” tomar parte en las resoluciones que el Consejo de Gobierno de la Provincia de GalĆ”pagos dicte; asĆ­ como podrĆ” ejercer las atribuciones que le confiere la disposiciĆ³n transitoria vigĆ©simo octava del CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n, hasta que se dicte la correspondiente Ley OrgĆ”nica de RĆ©gimen Especial de GalĆ”pagos.

n n

Art. 3.- La presente delegaciĆ³n no constituye renuncia de las atribuciones asignadas por la ley a la titular de esta Cartera de Estado, quien podrĆ” intervenir en cualquier momento en los actos materia del presente acuerdo y ejercer cualquiera de las funciones previstas en el mismo.

n n

Art. 4.- El Director del Parque Nacional GalĆ”pagos responderĆ” personalmente ante esta Cartera de Estado por los actos realizados en ejercicio de la presente delegaciĆ³n.

n n

Art. 5.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

ComunĆ­quese y publĆ­quese.- 27 de diciembre del 2010.

n n

f.) Marcela AguiƱaga Vallejo, Ministra del Ambiente.

n n No. 243 n n LA MINISTRA DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, en los numerales 5 y 7 del artĆ­culo 3 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica se dispone que entre los deberes primordiales del Estado estĆ”n las de planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribuciĆ³n equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir asĆ­ como tambiĆ©n proteger el patrimonio natural y cultural del paĆ­s;

n n

Que, el artĆ­culo 74 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica determina que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrĆ”n derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir;

n n

Que, los numerales 6 y 13 del artĆ­culo 83 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica se describe que son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la ConstituciĆ³n y la ley respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible, asĆ­ como conservar el patrimonio cultural y natural del paĆ­s, y cuidar y mantener los bienes pĆŗblicos;

n n

Que, el artĆ­culo 226 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica establece que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras y servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗan en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n y la ley. TendrĆ”n el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la ConstituciĆ³n;

n n

Que el literal b) del artĆ­culo 5 de la CodificaciĆ³n a la Ley Forestal y de ConservaciĆ³n de Ɓreas Naturales y Vida Silvestre refiere como uno de los objetivos y funciones del Ministerio del Ambiente, velar por la conservaciĆ³n y el aprovechamiento racional de los recursos forestales y naturales existentes;

n n

Que, el artĆ­culo 235 del Libro III del Texto Unificado de LegislaciĆ³n Secundaria del Ministerio del Ambiente dispone que si al primer seƱalamiento para el remate no hubiere sido posible la venta de los bienes y productos decomisados, la mĆ”xima autoridad ambiental nacional podrĆ” declarar no conveniente su venta, y en consecuencia determinar su destino a travĆ©s de donaciĆ³n o traspaso conforme los intereses institucionales o nacionales que estĆ©n relacionados con actividades de beneficencia social y de mejoramiento de calidad de vida de los habitantes;

n n

Que, el artĆ­culo 57 del Reglamento General de Bienes del Sector PĆŗblico determina que el traspaso es el cambio de asignaciĆ³n de un bien mueble o inmueble que se hubiere vuelto innecesario o inĆŗtil para una entidad u organismo a favor de otro, dependiente de la misma persona jurĆ­dica, que lo requiera para el cumplimiento de sus fines, como en el caso de los ministerios de Estado o sus dependencias. Cuando intervengan dos personas jurĆ­dicas distintas no habrĆ” traspaso sino donaciĆ³n y; en este evento, existirĆ” transferencia de dominio que se sujetarĆ” a las normas especiales de la donaciĆ³n;

n n

Que, mediante Acuerdo Interministerial No. 001 del 24 de septiembre del 2008, suscrito entre el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda esta Cartera de Estado cuando declare no conveniente la venta de madera decomisada en los diversos distritos regionales y que no hubiere sido posible la venta en el primer seƱalamiento para el remate esta deberƔ autorizar el traspaso definitivo o a perpetuidad de dichos productos forestales a favor de las direcciones provinciales del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda;

n n

Que, mediante resoluciĆ³n de fecha 7 de septiembre del 2009, a las 09h20, dentro del proceso administrativo forestal No. 013-09, el Director Provincial del Ministerio del Ambiente de Chimborazo (E), resuelve decomisar el producto forestal, consistente en 25.91 m3 de madera aserrada de Moral Fino;

n n

Que, mediante providencia de 26 de mayo del 2010, dentro del proceso administrativo 13-2009, el Director Provincial de Chimborazo, designa al Sr. Ɓngel Abad DĆ­as Briones, como perito encargado para realizar el avalĆŗo de los 25,91 m3 de Moral Fino;

n
n n n

Que, mediante memorando No. MAE-UPN-201-0403 de 28 de mayo del 2010, el Sr. Ɓngel Abad DĆ­as Briones, perito designado por el Director Provincial de Chimborazo, presentĆ³ su informe y avalĆŗo de la madera decomisada dentro del proceso administrativo No. 013-09, arrojando un resultado de 51 piezas (25,9 1m3) con un valor de USD 8.313,00 dĆ³lares de los Estados Unidos de AmĆ©rica;

n n

Que, mediante acta de fecha 2 de junio del 2010, suscrita por el Ing. Patricio Hermida GarcĆ­a, Presidente de la Junta de Remates, Ing. Ana Soria, representante de la Unidad Financiera y Abg. Galo Amores, Secretario, se constituye la Junta de Remates, de conformidad con lo que establece el artĆ­culo 16 del Reglamento General de Bienes del Sector PĆŗblico, y resuelve seƱalar el dĆ­a viernes 11 de junio del 2010 para que tenga lugar el remate de cincuenta y un piezas de Moral Fino;

n n

Que, el artƭculo 1 del Acuerdo Interministerial No. 001 de 24 de septiembre del 2008 establece que el Ministerio del Ambiente en su calidad de mƔxima autoridad ambiental nacional, declararƔ no conveniente la venta de madera decomisada en los diversos distritos regionales y que no hubiere sido posible la venta en el primer seƱalamiento para el remate con la finalidad de autorizar el traspaso definitivo o a perpetuidad de dichos productos forestales a favor de las direcciones provinciales del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda;

n n

Que, mediante acta de fecha 11 de junio del 2010, suscrita por el Director Provincial del Ministerio del Ambiente de Chimborazo, se declarĆ³ desierto el remate en primer seƱalamiento del producto forestal decomisado dentro del proceso administrativo No. 13-09;

n n

Que, mediante oficio No. MAE-DPCH-2010-0795 de 25 de noviembre del 2010, la DirecciĆ³n Provincial del Ministerio del Ambiente – Chimborazo, puso en conocimiento del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda sobre la existencia del producto forestal que no ha sido posible su venta en primer seƱalamiento;

n n

Que, mediante oficio No. MIDUVI-OF-0005-UTPMCH- 2010 de 25 de noviembre del 2010, la Directora de la Unidad TĆ©cnica Provincial – Chimborazo del MIDUVI, solicita la anulaciĆ³n del pedido realizado por el producto forestal decomisado, en virtud de la dificultad para procesar la madera;

n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 313 de 6 de abril del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 179 de abril del 2010, se crea la Empresa Ferrocarriles del Ecuador, Empresa PĆŗblica, FEEP, como una persona jurĆ­dica de derecho pĆŗblico, con patrimonio propio, dotada de autonomĆ­a presupuestaria, financiera, econĆ³mica, administrativa, operativa y de gestiĆ³n;

n n

Que, mediante oficio No. FEEP-GG-2010-0852 de 4 de octubre del 2010, suscrito por el Gerente General de Ferrocarriles del Ecuador Empresa PĆŗblica (FEEP), solicitĆ³ a esta Cartera de Estado, el traspaso del producto forestal decomisado dentro del proceso administrativo No. 13-09, para la rehabilitaciĆ³n del sistema ferroviario;

n n

Que, el artĆ­culo 1 de la Ley OrgĆ”nica de Empresas PĆŗblicas define a las empresas pĆŗblicas como entidades que pertenecen al Estado en los tĆ©rminos que establece la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, personas jurĆ­dicas de derecho pĆŗblico, con patrimonio propio, dotadas de autonomĆ­a presupuestaria, financiera, econĆ³mica, administrativa y de gestiĆ³n. EstarĆ”n destinadas a la gestiĆ³n de sectores estratĆ©gicos, la prestaciĆ³n de servicios pĆŗblicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes pĆŗblicos y en general al desarrollo de actividades econĆ³micas que corresponden al Estado;

n n

Que, Ferrocarriles del Ecuador Empresa PĆŗblica, FEEP, creada mediante Decreto Ejecutivo No. 313 de 6 de abril del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 179 de abril del 2010, se enmarca en lo establecido por el artĆ­culo 4 del la Ley OrgĆ”nica de Empresas PĆŗblicas, puesto que el objeto social de la misma es la de prestar un servicio pĆŗblico;

n n

Que, mediante memorando No. MAE-DPCH-2010-0733 del 29 de noviembre del 2010 suscrito por el Director Provincial de Chimborazo, dirigido a la Ministra del Ambiente, remite el informe de verificaciĆ³n y certifica la existencia del volumen y especies que se solicita en traspaso, copias certificadas de las actas de declaratoria de desierto de remate, asĆ­ como certifica que no encuentra pendiente ningĆŗn recurso administrativo dentro de los procesos en los cuales se realizĆ³ el decomiso del producto forestal solicitado; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y el artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Declarar no conveniente la venta y a la vez realizar el traspaso del producto forestal consistente en: 25,91 m3 de Moral Fino, (51 vigas); a Ferrocarriles del Ecuador Empresa PĆŗblica, para utilizarlos en la rehabilitaciĆ³n del sistema ferroviario.

n n

Art. 2.- En todo momento, la DirecciĆ³n Provincial de Chimborazo del Ministerio del Ambiente, podrĆ” verificar el destino y uso del producto forestal, materia del presente traspaso, reservĆ”ndose el derecho de tomar las acciones legales correspondientes en caso de que el mismo no sea utilizado por Ferrocarriles del Ecuador Empresa PĆŗblica, de acuerdo a su solicitud.

n n n

Art