n n n n n n n n n n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Martes, 01 de Julio de 2008 – R. O. No. 371

n

SUPLEMENTO

n

n n n n n n n n n n n

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FUNCION EJECUTIVA

n

n

ACUERDO:

n

n

SECRETARIA NACIONAL DE

n

PLANIFICACION Y DESARROLLO –

n

SENPLADES:

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n

151-2008 Expídense reformas al Estatuto Orgánico por Procesos

n

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n

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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RESOLUCIONES:

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0013-2007-DI Deséchase, por improcedente e infundada la declaratoria de inaplicabilidad del inciso segundo del artículo 140 del Código de Procedimiento Penal, dentro del juicio penal No. 0057-07 seguido por Carlos Arturo Berrones Arrieta, en contra de Leopoldo Clemente Quezada Zúñiga

n

n

0042-2007-TC Acéptase la acción de inconstitucionalidad presentada por el señor Luis Angel Saavedra, representante legal de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) y otros

n

n

0470-2007-RA Revócase la resolución venida en grado y concédese la acción de amparo presentada por el señor Hugo Marcelo Maldonado Mendoza

n

n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

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n

-………….. Gobierno Municipal del Cantón “Joya de los Sachas”: Que reglamenta la protección, control, sanción de la calidad ambiental y los permisos de funcionamiento de las empresas nacionales o extranjeras de carácter hidrocarburíferas, industrial y otros afines

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n

………. Cantón Morona: Para el manejo ambiental adecuado de aceites y grasas lubricantes usados y/o solventes hidrocarburados saturados

n n

n n n n n n n n n n n n

n n n

No. 151-2008

n n

Fander Falconí Benítez

n

SECRETARIO NACIONAL DE PLANIFICACION Y DESARROLLO

n n Considerando: n n

Que la Constitución Política de la República en su artículo 254 determina que el sistema nacional de planificación establecerá los objetivos nacionales permanentes en materia económica y social, fijará metas de desarrollo a corto, mediano y largo plazo, que deberán alcanzarse en forma descentralizada y orientará la inversión con carácter obligatorio para el sector público y referencial para el sector privado;

n n

Que el artículo 255 de la Constitución Política de la República establece que el sistema nacional de planificación estará a cargo de un organismo técnico dependiente de la Presidencia de la República, con la participación de los gobiernos seccionales autónomos y de las organizaciones sociales que determine la ley;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el Registro Oficial No. 278 de 20 de febrero del 2004 se creó la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES), con sede en la ciudad de Quito, como organismo técnico responsable de la planificación nacional, dependiente de la Presidencia de la República;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 103 de 8 de febrero del 2007, el señor Presidente Constitucional de la República decretó fusionar el Consejo Nacional de Modernización -CONAM-, y la Secretaría Nacional de los Objetivos de Desarrollo del Milenio -SODEM- a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES-; y que todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones, constantes en leyes, reglamentos y demás instrumentos normativos que hasta esta fecha eran ejercidas por el CONAM y la SODEM pasan a ser ejercidas por la SENPLADES;

n n

Que, el artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 103 de 8 de febrero del 2007, faculta al Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo a determinar mediante reglamento orgánico, la estructura de la SENPLADES y las atribuciones, funciones y competencias de sus respectivas dependencias técnicas, operativas y administrativas;

n n

Que, mediante oficio No. DI-SENRES 003730 de 28 de junio del 2007, la SENRES emitió su dictamen favorable al Proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la SENPLADES, de conformidad con lo que establecen los literales a) y c) del artículo 54 de la Codificación de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, LOSCCA y el último inciso del artículo 113 de su reglamento;

n n

Que, mediante Acuerdo No. 076-2007 de 29 de junio del 2007, se expidió el Estatuto Orgánico por Procesos de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo SENPLADES, el mismo que fue publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 142 de 6 de agosto del 2007;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 490 de 20 de julio del 2007, publicado en el Registro Oficial No. 141 de 3 de agosto del 2007, se adscribe el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 699 de 30 de octubre del 2007, se crea el Sistema Ecuatoriano de Cooperación Internacional (SECI) con el objetivo de contribuir al logro de las prioridades del país; y para la implementación de las estrategias generales de cooperación internacional se crea la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI), adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo – SENPLADES;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 723 de 7 de noviembre del 2007, se expiden las reformas al Decreto Ejecutivo No. 1829, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 351 de 7 de septiembre del 2006; y se establece que la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, SENACYT, es una entidad adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo – SENPLADES;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 745 de 14 de noviembre del 2007, se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2010, siendo la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo – SENPLADES la entidad que velará que el Plan Nacional de Desarrollo se cumpla de manera integral;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 812 de 21 de diciembre del 2007, se emiten las reformas a los reglamentos que regulan el ciclo de aprobación de los proyectos de inversión pública; estableciendo en su disposición general segunda que las competencias, atribuciones y funciones de la Subsecretaría de Programación de la Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, determinadas a través de decretos ejecutivos o reglamentos de igual o menor jerarquía, pasan a ser ejercidas por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo – SENPLADES;

n n

Que. mediante Decreto Ejecutivo No. 878 de 18 de enero del 2008, se establece el Sistema Nacional de Planificación SNP, como una instancia pública, liderada y coordinada por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo – SENPLADES;

n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 878 de 18 de enero del 2008 y su modificatoria expedida con Decreto Ejecutivo No. 956 de 12 de marzo del 2008, se establece el Sistema Nacional de Planificación, SNP como una instancia pública, liderada y coordinada por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo-SENPLADES, y en el cual, en virtud de la facultad otorgada a la entidad para organizarse de manera zonal, se establecen siete zonas administrativas para la constitución de las subsecretarías zonales de planificación, mismas que ejercerán sus competencias y atribuciones técnicas, operativas, administrativas y financieras de manera desconcentrada;

n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1011 de 9 de abril del 2008, se dispone la reorganización del Instituto de Altos Estudios Nacionales IAEN y su adscripción a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo – SENPLADES;

n n

Que, mediante oficio No. MF-SP-CDPP-29008-2064 de 7 de mayo del 2008, el Ministerio de Finanzas emitió dictamen presupuestario favorable a la reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la SENPLADES;

n n

Que, mediante oficio No. SENRES-DI-2008 0002973 de 19 de mayo del 2008, de conformidad con lo que establecen los literales a) y c) del artículo 54 de la Codificación de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, LOSCCA; el último inciso del artículo 113 y el artículo 126 de su reglamento, la SENRES emitió su dictamen favorable a las reformas del Estatuto Orgánico por Procesos de la SENPLADES,

n n

Que, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) requiere de una estructura organizacional alineada a la naturaleza y especialización de la misión consagrada en su base constitutiva, que contemple principios de organización y de gestión institucional eficiente, eficaz y efectiva; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 103, expedido el 8 de febrero del 2007,

n n Acuerda: n n

Expedir las reformas al Estatuto Orgánico por Procesos de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo – SENPLADES.

n n

Art. 1.- En el artículo 3.- Puestos Directivos.- Luego de Subsecretarios añádase: “Subsecretarios Regionales (Zonales) y Directores Técnicos de Area”.

n n

Art. 2.- En el artículo 6, numeral 6.3.- De los procesos agregadores de valor: En la Subsecretaría de Información e Investigación, sustitúyase la Dirección de Capacitación por la Dirección de Formación Profesional.

n n

Art. 3.- En el artículo 6, numeral 6.3.- De los procesos agregadores de valor:

n n

La Subsecretaría de Planificación, Políticas e Inversiones Públicas, se divide en 2 subsecretarías, conforme al siguiente detalle:

n n

· Subsecretaría de Planificación