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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Martes, 18 de Enero de 2011 – R. O. No. 365

n n n

FUNCIÓN EJECUTIVA
n
nACUERDOS:
n
nSECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA:
n

n538 Dónase al Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, como cuerpo cierto, el predio No. 175470, clave catastral No. 3181027001, ubicado en el sector del Girón de Chillogallo, Distrito Metropolitano de Quito
n
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n

n180 Apruébase el Estatuto de la Fundación “Ecuador Green Building Council”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
n
n202 Déjase sin efecto el Acuerdo Ministerial Nº 18 del 10 de mayo del 2000, mediante el cual se aprobó la Asociación Jardín Botánico “Las Orquídeas”, con domicilio en la ciudad del Puyo, provincia de Pastaza
n
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
n

n238-2010 Declárase en comisión de servicios en el exterior y licencia con remuneración por servicios institucionales, a la señora María Daniela Castillo Jaramillo, Servidora Pública de Apoyo 3 de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural
n
n
n
nMINISTERIO DE EDUCACIÓN:
n

n560-10 Apruébase el Estatuto de la Fundación Familia y Desarrollo Social, con domicilio en la ciudad de Daule, provincia del Guayas
n
n
nMINISTERIO DEL INTERIOR:
n
n
1826 Ratifícase la delegación de funciones y atribuciones conferidas al Coordinador(a) General Administrativo Financiero
n
n1827 Deléganse facultades al Coordinador(a) General de Asesoría Jurídica
n
n
nMINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS, DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TUNGURAHUA:
n
n
021-2010 Apruébase el Estatuto de la Asociación de Conservación Vial “Los Ángeles”, con domicilio en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua
n
n
nACUERDO INTERMINISTERIAL:
n

nSECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO Y MINISTERIO DE FINANZAS:
n
n002-2010 Apruébanse y expídense las normas para la inclusión de programas y proyectos en los planes de inversión pública
n
n
nCONSULTA DE AFORO:
n
nCORPORACIÓN ADUANERA ECUATORIANA:

n
nCGA-DVN-JNC-0041 Relativa a la mercancía denominada comercialmente “Regulador vertical y manómetro incluido, marca HUM-CAR, modelo AC RAP Ø 22 mm. Código 600098”, realizada por Representaciones Valero Cía. Ltda.
n
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:

n
n498 Revócase definitivamente el ejercicio de la Regencia Forestal a la ingeniera Katia Mullo
n
n
nSERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
n

nNAC-DGERCGC10-00736 Expídense los coeficientes de estimación presuntiva de carácter general, por ramas de actividad económica, para el ejercicio fiscal 2011
n
n
nORDENANZA MUNICIPAL:
n

nCantón San Fernando: Sobre Discapacidades

n n n


n

n n n No. 538 n n SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA n DE LA REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 686, publicado en el Registro Oficial No. 202 de 31 de octubre del 2007, se crea la Secretaría General de la Presidencia de la República otorgándole la facultad de dirigir la marcha Administrativa de la Presidencia de la República;

n n

Que, el artículo 321 de la Constitución de la República manda que: “El Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta, y que deberá cumplir su función social y ambiental”, esto en concordancia con el artículo 375 de la misma norma suprema que garantiza el derecho al hábitat y a una vivienda digna, para lo cual el Estado elaborará planes y programas de hábitat y acceso universal a la vivienda;

n n

Que, el Estado Ecuatoriano representado por el Secretario Nacional de Información Pública, entidad dependiente de la Presidencia de la República, adquirió en el año de mil novecientos setenta y siete un terreno que consistió en un cuerpo cierto de 70.000 metros cuadrados de superficie, predio No. 175470, clave catastral No. 3181027001, ubicado en el sector del Girón de Chillogallo, Distrito Metropolitano de Quito, inmueble cuyos linderos son: NORTE: calle Carlos Freile Zaldumbide, SUR: la calle Nicolás Cevallos, ESTE: Prolongación de la avenida El Tránsito y al OESTE: calle pública;

n n

Que, el área útil del predio es de 68.000 metros cuadrados considerando los cambios, mejoras y apertura de vías que han afectado al predio y a la zona donde se encuentra ubicado el inmueble;

n n

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1479 de 12 de diciembre del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 495 de 24 de diciembre del 2008, se creó la Unidad de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR cuya función principal es ejercer la rectoría del Sistema Nacional de Gestión Inmobiliaria del sector público;

n n

Que, el artículo uno del Decreto Ejecutivo No. 435 de 26 de julio del 2010, publicado en el (Registro Oficial No. 252 de 6 de agosto del 2010) R. O. (SP) agto. 06 No. 252 de 2010, manda que todos los órganos de la administración pública central traspasarán a título gratuito a INMOBILIAR, el dominio de todos los bienes inmuebles que sean de su propiedad y no estén siendo utilizados en sus actividades principales, sin perjuicio de lo anterior, consta en oficio No. INMOBILIAR- 599- 2010 de 16 de diciembre del 2010, el pedido de que el inmueble en referencia sea transferido a favor de la Empresa Metropolitana de Hábitat y Vivienda- EP;

n n

Que, mediante oficio No. DJ-EMHV-630 de 23 de diciembre del 2010, la Empresa Metropolitana de Hábitat y Vivienda-EP solicita que el inmueble ubicado en Chillogallo cuya clave catastral es 3181027001 y su número predial es 175470 que actualmente se encuentra sin uso, y que pertenece a la Presidencia de la República conforme consta en certificado No. C21477923004 de 19 de noviembre del 2010 emitido por el Registrador de la Propiedad, sea transferido a favor del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito a fin de que se pueda cumplir con el requerimiento de la población de tener su vivienda propia en una zona geográfica segura;

n n

Que, el artículo 57 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público de la Contraloría General del Estado, publicado en el Registro Oficial No. 378 de 17 de octubre del 2006 manda que: “Traspaso es el cambio de asignación de un bien mueble o inmueble que se hubiere vuelto innecesario o inútil para una entidad u organismo en favor de otro, dependiente de la misma persona jurídica, que lo requiera para el cumplimiento de sus fines, como en el caso de los ministerios de Estado o sus dependencias. Cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sino donación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a las normas especiales de la donación”;

n n

Que, el párrafo décimo del artículo 58 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública manda que: “Para la transferencia de dominio de bienes inmuebles entre entidades del sector público, siempre y cuando llegar a un acuerdo sobre aquella, no se requerirá de declaratoria de utilidad pública o interés social ni, en el caso de donación, de insinuación judicial. Se la podrá realizar por compraventa, permuta, donación, compensación de cuentas, traslado de partidas presupuestarias o de activos”;

n n

Que, es competencia de la Secretaria General de la Presidencia de la República, dirigir la marcha administrativa y financiera de la Presidencia de la República, para lo cual podrá expedir, conforme a la normativa vigente, acuerdos, resoluciones, órdenes, instructivos y disposiciones, así como autorizar todos los actos y contratos necesarios para la gestión de la Presidencia de la República; autorizar y/o celebrar los actos, convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos, administrativos y financieros que fueren necesarios para la gestión administrativa, financiera y logística de la Presidencia de la República; ejercer las demás atribuciones y responsabilidades que le sean asignadas por el Presidente/a de la República; y,

n n

En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 2 número uno del Decreto Ejecutivo No. 686, publicado en el Registro Oficial No. 202 de 31 de octubre del 2007,

n n Acuerda: n n

Artículo 1.- Donar al Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, como cuerpo cierto, el predio No. 175470, clave catastral No. 3181027001, ubicado en el sector del Girón de Chillogallo, Distrito Metropolitano de Quito, inmueble cuyos linderos son: NORTE: calle Carlos Freile Zaldumbide, SUR: la calle Nicolás Cevallos, ESTE: Prolongación de la avenida El Tránsito y al OESTE: calle pública; que actualmente se encuentra sin uso, y que pertenece a la Presidencia de la República conforme consta en certificado No. C21477923004 de 19 de noviembre de 2010 emitido por el Registrador de la Propiedad del cantón Quito.

n n

Artículo 2.- El objeto de la presente donación es la ejecución, por parte del Ilustre Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a través de la Empresa Metropolitana de Hábitat y Vivienda EP, de un plan de vivienda de interés social.

n n

Artículo 3.- Disponer la realización inmediata de la escritura de donación, para lo cual se faculta al donatario realizar todos los trámites necesarios para perfeccionar la presente donación, para el efecto se remite una copia certificada del presente acuerdo al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y al Registrador de la Propiedad de Quito para los fines de ley correspondientes.

n n

Artículo 4.- Disponer la baja de los registros contables de la Presidencia de la República el predio objeto de la donación que tiene un valor en libros de USD 1.688.640,00 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA.

n n

Artículo 5.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Del cumplimiento del presente acuerdo, encárguese la Subsecretaría General de la Presidencia de la República, la Dirección Financiera y Dirección Administrativa.

n n Quito, D. M., 30 de diciembre del 2010. n n

f.) Ingeniera María Luisa Donoso López, Secretaria General de la Presidencia de la República.

n n Documento con firmas electrónicas. n n No. 180 n n EL MINISTERIO DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y documentación requerida para la aprobación de la personalidad jurídica de las personas naturales agrupadas bajo la denominación de FUNDACIÓN ECUADOR GREEN BUILDING COUNCIL, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 056 de fecha 16 de junio del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 641 del 24 de julio del 2009, la Ministra del Ambiente, facultó al Director de Asesoría Jurídica varias de sus funciones, entre las que consta en el Art. 1, literal d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones conforme a las causales previstas en el estatuto social de cada organización”;

n n

Que, con acción de personal No. 0217047 de fecha 1 de octubre del 2010, se posesiona la Ab. Patricia Ayala en el cargo de Directora Nacional de Asesoría Jurídica del Ministerio del Ambiente;

n n

Que, la Dirección Nacional de Biodiversidad, mediante memorando No. MAE-DNB-2010-1103 del 23 de septiembre del 2010, emite el informe sin observaciones;

n n

Que, mediante memorando MAE-DNAJ-2010-1577 del 4 de octubre del 2010, se informa sobre el cumplimiento de los requisitos comprendidos en el Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002 y Decreto Ejecutivo No. 982, publicado en el Registro Oficial 311 del 8 de abril del 2008, para la aprobación, control y extinción de personalidades jurídicas de derecho privado; y,

n n

En uso de las atribuciones establecidas en el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador; de los decretos ejecutivos No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002 y No. 982, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de abril del 2008 y en base a la delegación otorgada mediante Acuerdo Ministerial No. 056 de fecha 16 de junio del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 641 del 24 de julio del 2009,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el estatuto de la Fundación “ECUADOR GREEN BUILDING COUNCIL”, domiciliada en la cuidad de Quito, provincia de Pichincha y otorgarle personalidad jurídica.

n n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las siguientes personas:

n n SOCIOS FUNDADORES: n n Orlando Ramiro Porras Porras 170820994-3 n Antonio Xavier Naranjo Andrade 170823082-4 n Manuel Antonio Naranjo Paz y Miño 170373401-0 n Freddy Luis Peñaherrera Viteri 170878923-3 n Daniel Armando Sánchez Altrieth 171438822-8 n n

Art. 3.- Disponer que la Fundación “ECUADOR GREEN BUILDING COUNCIL”, ponga en conocimiento del Ministerio del Ambiente, la nómina de la directiva, según lo establecido en el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002.

n n

Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General de Fundaciones y Corporaciones, que para el efecto lleva la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica de este Ministerio, y en el Registro Forestal que mantiene la Dirección Provincial de Pichincha, conforme a lo dispuesto en el literal e) del Art. 17 de la Resolución No. 005 RD de 7 de agosto de 1997 y Arts. 49 y 211 del Libro III del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

n n

Art. 5.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en los Arts. 126 y 127 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Art. 6.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en Quito, 12 de octubre del 2010.- Comuníquese y publíquese.

n n

f.) Patricia Ayala Happe, Directora Nacional de Asesoría Jurídica, delegada de la Ministra del Ambiente.

n n No. 202 n n EL MINISTERIO DEL AMBIENTE n n Considerando: n n

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 66, numeral 13, reconoce y garantiza a las personas: “El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse de forma libre y voluntaria”;

n n

Que, la Codificación del Código Civil, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 46 de 24 de junio del 2005 en su Art. 577 primer inciso, establece que las corporaciones no pueden disolverse por sí mismas, sin la aprobación de la autoridad que legitimó su establecimiento;

n n

Que, el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXX del Libro I de la Codificación del Código Civil y en las leyes especiales, contempla que cuando la disolución fuera decidida por la asamblea general, se comunicará de este hecho al Ministerio correspondiente;

n n

Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del estatuto de la fundación, y mediante resolución adoptada por mayoría de socios en asamblea general de miembros, realizada el día 24 de enero del 2010, en la que deciden disolver la Asociación Jardín Botánico “LAS ORQUÍDEAS”, de acuerdo a lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto Ejecutivo No. 3054 publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002;

n n

Que, mediante Acuerdo No. 056 de fecha 16 de junio del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 641 de 25 de julio del 2009, la Ministra del Ambiente, facultó al Director Nacional de Asesoría Jurídica varias de sus funciones, entre las que consta en el Art. 1, literal d) “Aprobar los Estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia de este Ministerio y sus respectivas reformas; al igual que disolver, de forma motivada, las corporaciones, fundaciones y asociaciones conforme a las causales previstas en el Estatuto Social de cada organización”;

n n

Que, mediante oficios de fechas 29 de marzo y 14 de junio del 2010, emitidos por el Registrador de la Propiedad del Cantón Pastaza, certifica que la Asociación de Rescate de Flora Amazónica Jardín Botánico LAS ORQUÍDEAS, no registra bienes;

n n

Que, la doctora Doris Jaramillo, funcionaria de la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica de esta Cartera de Estado, verifica los documentos de respaldo, el cumplimiento de los requisitos y emite el informe favorable para la disolución de la Asociación Jardín Botánico “LAS ORQUÍDEAS”, mediante memorando No. MAE-DNAJ-2010-1768, de fecha 10 de noviembre del 2010; y,

n n

Que, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; de los decretos ejecutivos Nos. 3054, publicado en el Registro Oficial 660 del 11 de septiembre del 2002 y No. 982, publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de abril del 2008,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Dejar sin efecto el Acuerdo Ministerial No. 18 del 10 de mayo del 2000, mediante el cual se aprobó la Asociación Jardín Botánico “LAS ORQUÍDEAS”, con domicilio en la ciudad del Puyo, provincia de Pastaza; y por lo tanto declarar disuelta la misma.

n n

Art. 2.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto por los Arts. 126 y 127 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Art. 3.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en Quito, 15 de noviembre del 2010. n n Comuníquese y publíquese. n n

f.) Patricia Serrano Roca, Directora de Asesoría Jurídica, delegada de la Ministra del Ambiente.

n n No. 238-2010 n n Erika Sylva Charvet n MINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n

Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;

n n

Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público; Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica de Servicio Público regula las comisiones de servicios con remuneración;

n n

Que, el artículo 123 de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que la reglamentación para el reconocimiento y pago de viáticos, movilizaciones y subsistencias será expedida mediante acuerdo del Ministerio de Relaciones Laborales de conformidad con la ley;

n n

Que, mediante correo electrónico de 25 de noviembre del 2010 la señora Antia Villela, Coordinadora de las Unidades Técnicas del Programa Ibermuseos, remite la invitación al Ministerio de Cultura por intermedio de la señora María Elena Bedoya, Directora de Conservación y Desarrollo del Patrimonio, a fin de que deleguen un funcionario de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural para que participe como observador en el “Seminario Internacional de Catalogación y Gestión de Acervos Museológicos”;

n n

Que, mediante memorando No. 1042-SUBPAT-10 de 29 de noviembre del 2010, la señora Ivette Celi Piedra, Subsecretaria de Patrimonio Cultural, sugiere el nombre de la señora María Daniela Castillo Jaramillo, Servidora Pública de Apoyo 3 de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, para que participe en calidad de observadora en el “Seminario Internacional de Catalogación y Gestión de Acervos Museológicos”, evento que se llevará a cabo en la ciudad de Río de Janeiro-Brasil del 15 al 18 de diciembre del 2010;

n n

Que, mediante sumilla de 1 de diciembre del 2010 inserta en el memorando No. 1042-SUBPAT-10 de 29 de noviembre del 2010, la señora Ministra de Cultura delega a la señora María Daniela Castillo Jaramillo, Servidora Pública de Apoyo 3 de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, para que asista al “Seminario Internacional de Catalogación y Gestión de Acervos Museológicos”, evento que se llevará a cabo en la ciudad de Río de Janeiro-Brasil del 15 al 18 de diciembre del 2010 y solicita a la Dirección de Recursos Humanos elaborar el correspondiente informe;

n n

Que, mediante informe técnico No. MC-UATH-223-10 de 7 de diciembre del 2010, la Dirección de Recursos Humanos, emite informe favorable para la concesión de la licencia con remuneración a favor de la señora María Daniela Castillo Jaramillo, una vez que su participación al evento denominado “Seminario Internacional de Catalogación y Gestión de Acervos Museológicos” cuenta con los justificativos correspondientes y con la autorización de la señora Ministra;

n n

Que, mediante informe No. MC-DATH-048-2010 de 7 de diciembre del 2010, la Dirección de Recursos Humanos, emite dictamen favorable para la declaración en comisión de servicios en el exterior, entre el 15 y 18 de diciembre del 2010, a favor de la señora María Daniela Castillo Jaramillo, Servidora Pública de Apoyo 3 de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, para que en misión institucional y en cumplimiento de tareas oficiales, asista al evento denominado “Seminario Internacional de Catalogación y Gestión de Acervos Museológicos”, que se realizará en la ciudad de Río de Janeiro- Brasil, por considerar justificada y procedente la asistencia de la referida servidora en representación del Ministerio de Cultura;

n n

Que, con fecha 10 de diciembre del 2010, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la solicitud de viaje al exterior No. 8299 a favor de la señora María Daniela Castillo Jaramillo, Servidora Pública de Apoyo 3 de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, a fin de asistir en representación del Ministerio de Cultura al “Seminario Internacional de Catalogación y Gestión de Acervos Museológicos”, evento que se realizará en la ciudad de Río de Janeiro-Brasil;

n n

Que, mediante memorando No. 0093-MC-DRRHH-10 de 13 de diciembre del 2010, la Dirección de Recursos Humanos, solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente acuerdo ministerial con la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior entre el 15 y 18 de diciembre del 2010, (incluyendo los días necesarios para desplazamiento de ida y retorno) a favor de la señora María Daniela Castillo Jaramillo, quien en misión institucional y en cumplimiento de tareas oficiales asistirá al “Seminario Internacional de Catalogación y Gestión de Acervos Museológicos”, evento que se realizará en la ciudad de Río de Janeiro-Brasil, en consideración de la disposición de la señora Ministra de Cultura emitida según sumilla inserta en el memorando No. 1042-SUBPAT-10, remitido por Ivette Celi Piedra, Msc., Subsecretaria de Patrimonio Cultural, a la norma establecida en el artículo 30 inciso cuarto de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP expedida en el R. O. Segundo Suplemento No. 294 de 6 de octubre del 2010; y,

n n n

Por disposición de la ley y en uso de sus atribuciones,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Declarar en comisión de servicios en el exterior, licencia con remuneración por servicios institucionales, entre los días 15 al 18 de diciembre del 2010 (incluyendo los días necesarios para desplazamiento de ida y retorno), a la señora María Daniela Castillo Jaramillo, Servidora Pública de Apoyo 3 de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, quien participará en calidad de observadora en el “Seminario Internacional de Catalogación y Gestión de Acervos Museológicos”, evento que se realizará en la ciudad de Río de Janeiro-Brasil del 15 al 18 de diciembre del 2010.

n n n

Art. 2.- Los gastos de traslado y alojamiento serán cubiertos por la institución organizadora (Instituto Brasilero de Museos con la colaboración del Instituto de los Museos y de la Conservación de Portugal).

n n n

Art. 3.- Encárguese a la Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Gestión Administrativa, Dirección de Gestión Financiera, Secretaría General y a la señora María Daniela Castillo Jaramillo, Servidora Pública de Apoyo 3 de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, de la debida ejecución del presente acuerdo ministerial.

n n n

Art. 4.- El presente instrumento legal entrará en vigencia desde el momento de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n n

Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 13 de diciembre del 2010.

n n n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura. n
n n n No. 560-10 n n Gloria Vidal Illingworth n MINISTRA DE EDUCACIÓN n n Considerando: n n

Que el artículo 66 numeral 13 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que según los artículos 565 y 567 de la Codificación del Código Civil, publicada en el Registro Oficial No. 46 de junio 24 del 2005, corresponde al Presidente de la República aprobar mediante la concesión de personalidad jurídica, a las organizaciones de derecho privado, que se constituyan de conformidad con las normas del Título XXX, Libro I del citado cuerpo legal;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de noviembre 28 de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de noviembre 30 del mismo año, el Presidente Constitucional de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo al ámbito de su competencia, apruebe los estatutos y las reformas, de las organizaciones pertinentes;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 311 de 5 de abril del 2010, el Presidente Constitucional de la República designó como Ministra de Educación a la profesora Gloria Vidal Illingworth, Secretaria de Estado, y que de conformidad con el Art. 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, es competente para el despacho de los asuntos inherentes a esta Cartera de Estado;

n n

Que con oficio s/n de 15 de junio del 2010, ingresado a la Coordinación General de Asesoría Jurídica con trámite No. 201589 el 15 de julio del 2010, la señora María Elena Ramírez en calidad de Gerente General solicita la aprobación de estatutos y concesión de personalidad jurídica de la FUNDACIÓN FAMILIA Y DESARROLLO SOCIAL, por lo que adjunta la documentación pertinente;

n n n

Que la Coordinación General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, mediante memorando No. 2618- CGAJ-2010 de 9 de septiembre del 2010, ha emitido informe favorabl