REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Lunes, 16 de Junio de 2008 – R. O. No. 360

n n

FUNCION EJECUTIVA

n

n

ACUERDOS:

n

n

SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y COMUNICACION:

n

n

376……… Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al doctor Pedro Páez Pérez, Ministro Coordinador de la Política Económica

n

n

377……… Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

n

n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n

n

083……… Expídese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Parque Nacional Galápagos

n

n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n

n

096……… Dispónese el registro e inscripción de la rectificación de la razón social de la organización religiosa denominada Misión Evangélica Pentecostal Tierra de Israel por Ministerio Evangelístico Pentecostés Tierra de Israel, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

n

n

RESOLUCIONES:

n

n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

n

n

NAC-RHUR2008-0296 Encárgase a la ingeniera Paola Isabel Hidalgo Verdesoto, las funciones de Directora Regional, de

n n No. 376 n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO GENERAL DE LA

n

ADMINISTRACION PUBLICA Y COMUNICACION

n n

Visto el oficio No. 957-DM-MCPE-2008 del 19 de mayo del 2008 del doctor Pedro Páez Pérez, Ministro Coordinador de la Política Económica, en el que solicita la autorización respectiva para su desplazamiento del 1 al 3 de junio del 2008, a la ciudad de Washington, D. C., Estados Unidos, para que participe en la Conferencia «IMF reform from another angle»; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al doctor Pedro Páez Pérez, Ministro Coordinador de la Política Económica, para que, en tal calidad, participe en la Conferencia «IMF reform from another angle», que se efectuará en la ciudad de Washington, D. C., Estados Unidos del 1 al 3 de junio del 2008.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Los organizadores cubrirán los gastos de pasajes aéreos y estadía.

n n

ARTICULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 21 de mayo del 2008. n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública. n n n No. 377 n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO GENERAL DE LA

n

ADMINISTRACION PUBLICA Y COMUNICACION

n n

Visto el oficio No. 0339 DGDO/RH del 20 de mayo del 2008 del economista Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, en el que solicita se le declare en comisión de servicios con remuneración en el exterior, a fin de asistir a la Reunión de Trabajo de los Países Miembros Productores de Cacao Fino o de Aroma, en Berlín-Alemania, y a la Conferencia de Alto Nivel sobre la «Seguridad Alimentaria Mundial y los Desafíos del Cambio Climático y la Bioenergía», en Roma-Italia del 28 de mayo al 7 de junio del 2008; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios del 28 de mayo al 7 de junio del 2008, al Economista Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, para que asista a la Reunión de Trabajo de los Países Miembros Productores de Cacao Fino o de Aroma, en Berlín-Alemania y, a la Conferencia de Alto Nivel sobre la «Seguridad Alimentaria Mundial y los Desafíos del Cambio Climático y la Bioenergía», en Roma-Italia.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Los pasajes aéreos de ida-retorno y viáticos serán financiados en su totalidad por el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, mientras que los gastos de representación se cubrirán de conformidad con lo dispuesto en la vigésima primera disposición del vigente Presupuesto General del Estado.

n n

ARTICULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 21 de mayo del 2008. n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n f.) Pedro Solines Chacón Subsecretario General de la Administración Pública. n n n Nº 083 n n

Marcela Aguiñaga Vallejo

n

MINISTRA DEL AMBIENTE

n n Considerando: n n

Que, mediante Decreto Ley de Emergencia 17, publicado en el Registro Oficial 873 del 20 de julio de 1959, se crea el Parque Nacional Galápagos;

n n

Que, el 5 de marzo de 1998, se expidió la Ley Orgánica de Régimen Especial para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos, publicada en el Registro Oficial 278 del 18 de marzo de 1998; se creó la Reserva Marina de la Provincia de Galápagos de uso múltiple y administración integrada;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial, publicado en Registro Oficial Nº 23 de 23 de mayo del 2005, este Ministerio del Ambiente emitió el nuevo Plan de Manejo denominado Un Pacto por la Conservación y el Desarrollo Sustentable del Archipiélago de Galápagos, el que plantea el establecimiento de un nuevo modelo de administración y manejo de las áreas naturales protegidas de Galápagos;

n n

Que, la Dirección del Parque Nacional Galápagos requiere de una estructura organizacional alineada a la naturaleza y especialización de la misión consagrada en su base constitutiva, que contemple principios de organización y de gestión institucional eficiente, eficaz y efectiva; para lo cual se ha contado con el asesoramiento técnico de la SENRES, en cumplimiento a lo dispuesto en la Norma Técnica de diseño de Reglamentos o Estatutos Orgánicos de Gestión Organizacional por Procesos, publicada en el Registro Oficial Nº 251 de 17 de abril del 2006;

n n

Que, con oficio Nº MF-SP-CDPP-2008-1275 de 26 de marzo del 2008, el Ministerio de Finanzas, acorde con lo que establece el Art. 113 inciso tercero del Reglamento de la LOSCCA, emitió el dictamen presupuestario favorable, previo la expedición de este estatuto;

n n

Que, mediante oficio Nº DI-SENRES-2282 de 14 de abril del 2008, la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, SENRES, emitió dictamen favorable al Proyecto de Estatuto Orgánico de la Dirección del Parque Nacional Galápagos; y,

n n

En uso de las facultades y atribuciones que le confiere Art. 179 numeral 6 de la Constitución Política del Estado,

n n Acuerda: n n

Expedir el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Parque Nacional Galápagos.

n n TITULO I n n DE LA GESTION ORGANIZACIONAL n POR PROCESOS n n

Artículo 1.- Estructura de gestión organizacional por procesos.- La estructura organizacional de la Dirección del Parque Nacional Galápagos, se alinea con su misión y se sustenta en la filosofía y enfoque de procesos, para la generación de productos y servicios, con el propósito de cumplir los objetivos institucionales.

n n

Artículo 2.- Procesos de la Dirección del Parque Nacional Galápagos.- Los procesos que elaboran los productos y servicios de la institución, se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado al cumplimiento de la misión institucional.

n n

Los procesos gobernantes orientan la gestión institucional a través de la formulación de políticas, directivas, normas e instrumentos para poner en funcionamiento a la organización.

n

Los procesos agregadores de valor generan, administran y controlan los productos y servicios destinados a usuarios externos y permiten cumplir con la misión institucional; y,

n n

Los procesos habilitantes están encaminados a generar productos y servicios para los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, viabilizando la gestión institucional.

n n TITULO II n n

DEL COMITE DE GESTION DE

n

DESARROLLO INSTITUCIONAL

n n

Artículo 3.- Comité de Gestión de Desarrollo Institucional.- El PNG mantiene un Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, cuyas responsabilidades y conformación están determinadas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa.

n n TITULO III n n DE LA MISION, n

OBJETIVOS Y ESTRUCTURA BASICA

n n

Artículo 4.- Misión.- La Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG) es responsable de la conservación de la integridad ecológica y la biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos de las áreas protegidas del archipiélago, así como del uso racional de los bienes y servicios que estos generan para la comunidad.

n n Artículo 5.- Objetivos.- Son objetivos de la DPNG los siguientes: n n

1. Asegurar la conservación de la integridad ecológica y la biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos del archipiélago.

n n

2. Incorporar la política de conservación que desarrolla la DPNG al modelo territorial de Galápagos que configura el Plan Regional para la Conservación y Desarrollo Sustentable del archipiélago, para de esta manera, integrarla horizontalmente con otras políticas sectoriales.

n n

3. Consolidar la capacidad de manejo de la DPNG dotándola de los recursos necesarios, reforzando sus principios, criterios y directrices para una administración eficaz.

n n

4. Generar estrategias que permitan entregar productos y servicios de calidad para lograr la satisfacción de los clientes internos y externos.

n n

5. Complementar la protección de los ambientes insulares y marinos del gran ecosistema Galápagos, reconociendo la interacción entre sí y entre estos y las áreas pobladas.

n n n

6. Conservar los ecosistemas insulares y marinos del archipiélago como el capital natural que sirve de base para el desarrollo socio-económico y cultural de la población local, promoviendo el uso racional de los bienes y servicios ambientales generados por estos.

n n n

7. Promover el funcionamiento de un sistema de manejo adaptativo y participativo del Parque Nacional y la Reserva Marina, en el que se utilice el mejor conocimiento científico disponible para la toma de decisiones de forma que se pueda realizar ajustes a los objetivos de manejo de acuerdo a la realidad socio-económica y ambiental del archipiélago.

n n n

Artículo 6.- Estructura básica compatible con la misión.- La DPNG para el cumplimiento de su misión, objetivos y responsabilidades, desarrolla procesos internos y está conformada por:

n n PROCESOS GOBERNANTES n n

· DIRECCION

n

· COORDINACION TECNICA

n n PROCESOS AGREGADORES DE VALOR n n

· CONSERVACION Y USO RACIONAL DE LOS ECOSISTEMAS MARINOS

n n

? Manejo pesquero

n

? Control y vigilancia marina

n

? Monitoreo e investigación aplicada

n

? Manejo participativo

n n

· CONSERVACION Y RESTAURACION DE LOS ECOSISTEMAS INSULARES

n n

? Manejo de especies nativas y endémicas

n

? Control y erradicación de animales introducidos

n

? Control y erradicación de plantas introducidas

n

? Control y vigilancia insular

n n

· ADMINISTRACION TURISTICA

n n

? Monitoreo y control turístico

n

? Gestión ecoturística

n

? Administración del sistema de guías naturalistas

n n

· COMUNICACION, EDUCACION Y PARTICIPACION AMBIENTAL (CEPA)

n n

? Educación e interpretación ambiental

n

? Comunicación ambiental

n

? Participación, integración social e identidad isleña

n n

· CONSERVACION Y DESARROLLO SUSTENTABLE

n n

? Conservación y desarrollo agropecuario y manejo de usos especiales

n

? Gestión ambiental y ordenamiento territorial

n

? Administración de la investigación

n

? Relaciones internacionales y coordinación de proyectos

n n

· PROCESOS HABILITANTES

n n DE ASESORIA n n

· GESTION JURIDICA

n n

? Patrocinio institucional

n

? Contratación pública

n

? Potenciación del marco normativo

n

? Asesoría legal

n n

AUDITORIA INTERNA

n n

? Asesoría

n n

? Exámenes especiales

n

? Auditoría de gestión

n n

PLANIFICACION INSTITUCIONAL

n n

? Planificación y programación

n

? Seguimiento y evaluación

n n

· RELACIONES PUBLICAS

n n Relaciones públicas y manejo de información n n DE APOYO n n

· ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS

n n

? Desarrollo institucional

n

? Gestión del talento humano

n

? Bienestar laboral

n n

· SERVICIOS INSTITUCIONALES

n n

? Servicios generales

n

? Proveeduría

n

? Gestión de bienes

n

? Mantenimiento

n

? Obra civil y fiscalización

n n

· GESTION FINANCIERA

n n

? Presupuesto

n

? Contabilidad

n

? Administración de caja

n n

· GESTION TECNOLOGICA

n n

? Sistemas, aplicaciones y bases de datos

n

? Sistema de información ambiental

n

? Telemática y seguridad informática

n

? Difusión y divulgación

n

? Gestión, asistencia técnica y mantenimiento

n n n

· GESTION DOCUMENTARIA

n n

? Documentación y archivo

n

? Servicio al cliente

n n n PROCESOS DESCONCENTRADOS n n

· OFICINAS TECNICAS

n n

? Isabela

n

? San Cristóbal

n

? Floreana

n n n

· DELEGACIONES

n n Quito n Guayaquil n n Artículo 7.- Representaciones gráficas: n
n n


n

n n n n n

a) Cadena de valor

n n n

n n n b) Mapa de procesos n n n

n
n n n n n n c) Estructura del Parque Nacional Galápagos n n n n n n n n


n

n n n n TITULO IV n n

DE LOS PROCESOS DE LA

n

DIRECCION PARQUE NACIONAL GALAPAGOS

n n CAPITULO I n n

PROCESOS GOBERNANTES

n n Artículo 8.- Dirección del Parque Nacional Galápagos. n n Misión n n

Liderar la gestión institucional mediante el establecimiento de políticas, directrices y normas que coadyuven al cumplimiento de su misión y objetivos.

n n Atribuciones y responsabilidades: n n

a) Cumplir y hacer cumplir dentro del ámbito de su competencia las normativas legales aplicables a las áreas protegidas de Galápagos;

n
n n n n

b) Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de la DPNG;

n n

c) Formular, cumplir y hacer cumplir las políticas, planes de manejo y planes operativos de la DPNG;

n n

d) Juzgar y sancionar las infracciones administrativas determinadas en las leyes correspondientes;

n n

e) Presidir y/o integrar por sí o su delegado los organismos colegiados que por ley le corresponde;

n n

f) Suscribir convenios con organismos nacionales e internacionales que tengan relación, con los planes programas y proyectos de la DPNG;

n n

g) Autorizar el gasto de la DPNG de conformidad con la ley y más normas existentes para el efecto;

n n n

h) Aprobar la pro forma presupuestaria, planes, programas y proyectos de la DPNG;

n n

i) Fortalecer las relaciones con las diferentes autoridades nacionales, provinciales y locales; así como manejar las relaciones con la cooperación internacional, para la conservación y desarrollo sustentable de los ecosistemas insulares y marinos del archipiélago;

n n

j) Delegar atribuciones a servidores de la DPNG cuando lo estimare conveniente;

n n

k) Desconcentrar o descentralizar acciones administrativas, presupuestarias y técnicas cuando las necesidades institucionales así lo ameriten;

n n

l) Nombrar y remover al personal de la DPNG conforme a las disposiciones legales vigentes;

n n

m) Aprobar manuales, procedimientos e instructivos para la elaboración de los productos en los procesos institucionales;

n n

n) Definir las actividades de la entidad a corto, mediano y largo plazo, enmarcadas en los objetivos, políticas y estrategias institucionales;

n n

o) Conducir la política, estrategias y alianzas externas de la entidad;

n n

p) Ejercer la Secretaría Técnica de la Autoridad Interinstitucional de Manejo (AIM) y Junta de Manejo Participativo (JMP); y,

n n

q) Ejercer las demás atribuciones determinadas en las leyes y otras normas aplicables a la gestión de la DPNG.

n n n

Artículo 9.- Coordinación Técnica de la Dirección del Parque Nacional Galápagos.

n n n Misión n n n

Administrar, coordinar y facilitar la implementación de los planes, políticas y estrategias de gestión técnica, financiera y administrativa para la conservación de la integridad ecológica y biodiversidad de los ecosistemas insulares y marinos de las áreas protegidas de Galápagos; así como el uso racional de los bienes y servicios ambientales que estos generan.

n n n Atribuciones y responsabilidades: n n n

a) Dirigir la ejecución de políticas, normas, estudios técnicos, planes de manejo, programas y proyectos; conforme a los objetivos institucionales;

n n

b) Administrar los recursos institucionales en coordinación con los procesos habilitantes correspondientes;

n n

c) Realizar el seguimiento a los convenios nacionales e internacionales que suscriba la Dirección del Parque Nacional Galápagos;

n n

d) Asesorar a la Dirección del PNG sobre las estrategias y políticas de conservación y desarrollo sustentable;

n n

e) Gestionar ante organismos nacionales e internacionales la consecución de recursos técnicos y financieros;

n n

f) Coordinar y realizar el seguimiento de las acciones ejecutadas conforme a los planes de manejo del PNG y de la RMG;

n n

g) Subrogar al Director en casos de ausencia;

n n

h) Coordinar asuntos técnicos, administrativos y financieros de acuerdo a las necesidades institucionales;

n n

i) Formular e implementar el Plan Operativo Anual en el marco de las directrices de los planes de manejo;

n n

j) Gestionar la información ambiental y socio-económica para la toma de decisiones de manejo para las áreas protegidas;

n n

k) Ejercer el control previo de las operaciones y actividades antes de que estas surtan efectos;

n n

l) Determinar la propiedad de las operaciones y actividades, su legalidad, veracidad y conformidad con el presupuesto, planes y programas;

n n

m) Realizar el seguimiento y evaluación de las actividades y objetivos de las unidades, oficinas técnicas y delegaciones; y,

n n

n) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades que en el ámbito de su competencia le asigne el Director; así como las establecidas en la normativa vigente.

n n n CAPITULO II n n

PROCESOS AGREGADORES DE VALOR

n n n

Artículo 10.- Conservación y uso racional de los ecosistemas marinos.

n n n Misión n n

Administrar y manejar los ecosistemas marinos del archipiélago, para mantener su capacidad adaptativa y asegurar la conservación de su integridad ecológica, así como el uso racional de los bienes y servicios ambientales que estos generan para la población.

n n n n

COMPONENTES INTERNOS DEL PROCESO

n n

n

n CONSERVACION Y USO RACIONAL DE LOS ECOSISTEMAS MARINOS n n n n n n n n n n n n n n

n

n n n n n n n n n n n n n


n

n n n n
n

Atribuciones y responsabilidades:

n n

a) Proteger, conservar la integridad ecológica y biodiversidad de los ecosistemas marino-costeros del archipiélago;

n n

b) Vigilar y controlar el cumplimiento de las normas y regulaciones establecidas para los usos extractivos y no extractivos en la RMG;

n n

c) Coordinar y exigir el uso adecuado de la unidades a flote y aérea por parte de sus operadores;

n n

d) Coordinar con el responsable de servicios institucionales, las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades a flote y aérea del PNG;

n n

e) Coordinar las acciones de vigilancia y control marino con las demás instituciones estatales de control;

n n

f) Coordinar el desarrollo del plan de capacitación y especialización del recurso humano;

n n

g) Controlar la captura, transporte y comercialización de especies marinas de interés comercial;

n n

h) Coordinar la elaboración y ejecución de planes de capacitación, extensionismo y mejoramiento organizacional del sector pesquero artesanal;

n n

i) Promover la co-responsabilidad en el manejo de los recursos pesqueros;

n n

j) Administrar el sistema de monitoreo pesquero, tanto en sus acciones directas (captura, esfuerzo) como indirectas (consumo, mercado, pesca incidental);

n n

k) Proponer políticas de investigación científica en la RMG;

n n

l) Desarrollar programas de monitoreo ecológico de largo plazo y de especies claves;

n n

m) Proponer y priorizar la implementación de estudios biológicos y ecológicos a base de necesidades del manejo;

n n

n) Promover el desarrollo de estudios oceanográficos aplicados al manejo del agua en zonas portuarias;

n n

o) Elaborar y ejecutar planes de acercamiento a la comunidad;

n n

p) Generar información técnica para la toma de decisiones de la JMP y de la AIM;

n n

q) Apoyar a la DPNG en la coordinación del sistema de manejo participativo de la RMG;

n n

r) Ejercer el control previo de las operaciones y actividades antes de que estas surtan efectos;

n n

s) Determinar la propiedad de las operaciones y actividades, su legalidad, veracidad y conformidad con el presupuesto, planes y programas; y,

n n

t) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades que en el ámbito de su competencia le asigne el Director; así como las establecidas en la normativa vigente.

n n n Productos n n MANEJO PESQUERO: n n

· Diagnóstico y evaluación de las pesquerías.

n n

· Registro estadístico de la pesca artesanal.

n n

· Registro pesquero: licencias PARMA, permiso de pesca artesanal, de embarcaciones.

n n

· Resoluciones de la DPNG con implementación de medidas de ordenamiento pesquero.

n n

· Normativa de transporte y comercialización de productos pesqueros.

n n

· Plan de capacitación y mejoramiento organizacional del sector pesquero.

n n

· Sistema de monitoreo pesquero y cadena de custodia

n n

· Evaluación de recursos.

n n

·