Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Lunes 13 de Octubre 2014 – R. O. No. 352

SUMARIO

Ministerio de Cultura y Patrimonio:

Ejecutivo:

Acuerdos

DM-201-097 Otórgase personalidad jurídica a la Asociación
Cultura Afro-Ecuatoriana de Desarrollo e Investigación Humberto Padilla
ACADI-HP, domiciliada en la ciudad de Quito

DM-2014-100 Legalízanse las prestaciones de servicios en el
exterior de las siguientes personas: Srta. Erika Zárate, Gerente del Proyecto
Patrimonio Alimentario

DM-2014-101 Sra. Valeria Andrade, Subsecretaria de Arte y
Creatividad

DM-2014-102 Sra. Pilar Páez, Directora de Regulación y
Control del Patrimonio

DM-2014-103 Soc. Jorge Luis Serrano Salgado, Viceministro de
Cultura y Patrimonio

DM-2014-104 Srta. Stefany Arboleda, Analista de la Dirección
de Relaciones Internacionales y Cooperación Cultural

DM-2014-105 Señora Verónica Miño Yépez y otras

DM-2014-106 Srta. Antrop. Daniela Fuentes Moncada,
Subsecretaria Técnica de Emprendimientos Culturales

DM-2014-107 Señora María José Martínez Ordoñez, Asesora
Viceministerial

DM-2014-108 Srta. Daniela Francisca Zaldumbide Zamora,de la
Subsecretaría de Emprendimientos Culturales

DM-2014-109 Señora Yomara Rosero Mariño y otros

DM-2014-110 Lcda. Livia Cumandá Suarez Granja, Gerente del
Proyecto Plan de Diversidad Cultural

DM-2014-111 Señora Erika Zarate Baca, Gerente del Proyecto
Patrimonio Alimentario y otro

?

Acuerdos

DM-2014-112 Señora Pilar Páez Valarezo, Directora de
Regulación y Control del Patrimonio Cultural

DM-2014-113 Señor Jorge Luis Serrano Salgado, Viceministro
de Cultura y Patrimonio y otro

DM-2014-114 Señor Alexander Herrera Tello, Dirección de
Relaciones Internacionales y Cooperación Cultural

DM-2014-115 Señora Verónica Muñoz, Analista del Despacho
Ministerial

Ministerio de Relaciones Laborales:

0162 Decláranse en comisión de servicios en el exterior con
remuneración a las siguientes personas:

Señora María del Carmen Velasco, Gerente del Proyecto de
Erradicación de Trabajo Infantil y otras

0170 Deléganse atribuciones a la doctora Verónica Reyes
Mejía, Asesora del Viceministerio del Servicio Público

0182 Señora María del Carmen Velasco, Gerente del Proyecto
de Erradicación de Trabajo Infantil

0183 Licenciada Alejandra Estefanía Maya Escobar, Directora
de Relaciones Internacionales

0184 Señora Ximena Isabel Cobos Valarezo, Subsecretaria de
Empleo y Salarios

Ministerio del Ambiente:

Resoluciones

528 Habilítase el ejercicio de la Regencia Forestal al
ingeniero Edgar Santiago Aroca Jurado

533 Revócase temporalmente del ejercicio de la Regencia
Forestal al ingeniero José Guillermo Isacas Polo

534 Habilítase el ejercicio de la Regencia Forestal a la
ingeniera Alba del Rocío León Peralta

Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.:

466-2014 Apruébase la Emisión Postal ?EXPOALADI URUGUAY
2014?

Defensoría Pública:

Judicial y Justicia Indígena

DP-DPG-2014-123 Expídese el Reglamento Interno de
Administración de Talento Humano

CONTENIDO


Nº
DM-2014-097

EL MINISTRO DE
CULTURA

Y PATRIMONIO

Considerando:

Que el
Ministerio de Cultura y Patrimonio es la entidad rectora que guía el desarrollo
de las potencialidades culturales, asumiendo la responsabilidad de formular, coordinar,
ejecutar, evaluar y supervisar las políticas culturales participativas del
Estado, corresponsabilizándose con la satisfacción de las necesidades del desarrollo
cultural en la construcción de la sociedad del buen vivir; y, por mandato de
Ley, es la máxima autoridad del área cultural.

Que el
artículo 66 numeral 13 de la Constitución de la República del Ecuador, consagra
el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria.

Que el
artículo 96 de la norma señalada y el artículo 30 de la Ley Orgánica de
Participación Ciudadana, reconocen todas las formas de organización de la
sociedad, como expresión de la soberanía popular para desarrollar procesos de
autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el
control social de todos los niveles de gobierno, así como de las entidades
públicas y de las privadas que presten servicios públicos; organizaciones que
podrán articularse en diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano y
sus formas de expresión, y deberán garantizar la democracia interna, la alternabilidad de sus
dirigentes y la rendición de cuentas.

Que el Título XXX
del Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de
constituir corporaciones y fundaciones, así como reconoce la facultad de la
autoridad que le otorgó personalidad jurídica para disolverlas a pesar de la
voluntad de sus miembros.

Que los
artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana prescriben que
el Estado garantiza el derecho a la libre asociación, así como a sus formas de expresión;
y genera mecanismos que promuevan la capacidad de organización y el fortalecimiento
de las organizaciones existentes y que debe promover y desarrollar políticas,
programas y proyectos que se realicen con el apoyo de las organizaciones
sociales, incluidos aquellos dirigidos a incentivar la producción y a favorecer
la redistribución de los medios de producción.

Que el
artículo 36 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, señala ?las
organizaciones sociales que desearen tener personalidad jurídica deberán
tramitarla en las diferentes instancias públicas que correspondan a su ámbito
de acción y actualizarán sus datos conforme a sus estatutos. El registro de las
organizaciones sociales se hará bajo el respeto a los principios de libre
asociación y autodeterminación?.

Que el
artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, faculta a los Ministros de Estado para el despacho de todos los
asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del
Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes
especiales.

Que mediante
Decreto Ejecutivo Nº 16 de 04 de junio de 2013, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 19 de 20 de
junio de 2013
, el Presidente de la República delegó la facultad a cada
Ministro de Estado, para que de acuerdo a la materia, apruebe los estatutos y
las reformas de las organizaciones que se constituyan al amparo de lo dispuesto
en el Título XXX, Libro I, del Código Civil.

Que de
conformidad con el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de
Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, las personas naturales
y jurídicas con capacidad civil para contratar se encuentran facultadas para
constituir corporaciones y fundaciones con finalidad social y sin fines de
lucro, en ejercicio del derecho constitucional de libre asociación.

Que el
artículo 3 del Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de
Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas define a las
organizaciones sociales como ?el conjunto de formas organizativas de la sociedad,
a través de las cuales las personas, comunas, comunidades, pueblos,
nacionalidades y colectivos, tienen derecho a convocarse para constituirse en
una agrupación humana organizada, coordinada y estable, con el propósito de
interactuar entre sí emprender metas y objetivos lícitos para satisfacer
necesidades humanas, para el bien común de sus miembros y/o de la sociedad en general, con responsabilidad
social y en armonía con la naturaleza, cuya voluntad, se expresa mediante acto
constitutivo, colectivo y voluntario de sus miembros y se regula por normas establecidas
para el cumplimiento de sus propósitos?.

Que de acuerdo
con el artículo 17 del citado Reglamento, los Ministros de Estado son
competentes para aprobar la constitución de fundaciones o corporaciones,
solicitadas por personas naturales y jurídicas, contempladas en el artículo 12
de dicho cuerpo normativo, siempre que se cumplan los requisitos previstos para
el efecto.

Que mediante
comunicaciones de 23 de abril, 20 y 21 de mayo; y 28 de julio de 2014, e
ingresadas a esta Coordinación General Jurídica los días 05 de mayo, 20 y 27 de
mayo; y 30 de julio de 2014 respectivamente, el señor Jorge Raúl Vilca
Quilumba, en calidad de Presidente provisional de la organización en formación
denominada Asociación Cultura Afro-Ecuatoriana de Desarrollo e Investigación
Humberto Padilla ACADI-HP, domiciliada en la ciudad de Quito, solicita a esta
Cartera de Estado, el otorgamiento de personalidad jurídica para dicha organización.

Que conforme
consta en el proyecto de Estatuto la organización en formación Asociación
Cultura Afro- Ecuatoriana de Desarrollo e Investigación Humberto Padilla
ACADI-HP, se regirá por las disposiciones del Título XXX, del Libro I, del
Código Civil.

Que los
miembros de la Asociación Cultura Afro- Ecuatoriana de Desarrollo e
Investigación Humberto Padilla ACADI-HP, han discutido y aprobado el proyecto de
Estatuto en las Asambleas realizadas el 05 y 19 de abril del 2014, según consta
de las Actas certificadas por el Secretario de la Directiva provisional.

Que el
presente proyecto de Estatuto no se opone al ordenamiento jurídico vigente, ni
a la moral y buenas costumbres.

Que de la
revisión del expediente se desprende que cumple con los requisitos y
formalidades establecidos en la ley y en el Reglamento para el Funcionamiento
del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas.

Que en uso de
las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Otorgar
personalidad jurídica a la Asociación Cultura Afro-Ecuatoriana de Desarrollo e
Investigación Humberto Padilla ACADI-HP, domiciliada en la ciudad de Quito,
provincia de Pichincha, República del Ecuador.

Art. 2.- Aprobar
el Estatuto de la Asociación Cultura Afro-Ecuatoriana de Desarrollo e Investigación
Humberto Padilla ACADI-HP, el mismo que se someterá a la evaluación y control que realice el Ministerio de Cultura y Patrimonio,
a fin de velar por el cumplimiento de los objetivos que constan en el Estatuto
que se aprueba.

Art. 3.- Las
actividades de la Asociación y/o de sus personeros serán las que determinen si
es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas, de acuerdo con
la ley.

La Asociación
Cultura Afro-Ecuatoriana de Desarrollo e Investigación Humberto Padilla
ACADI-HP, cumplirá lo dispuesto en el Reglamento para el Funcionamiento del Sistema
Unificado de Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, los
estatutos, reglamentos internos y otras normas de la materia.

Art. 4.- De
conformidad con el Acta Constitutiva de 22 de marzo de 2014, se registran como
miembros fundadores a las siguientes personas:

APELLIDOS Y
NOMBRES

Nº DE CÉDULA

Galindo
Suárez Liliana Narciza

1715971378

Minda Arce
Juan José Homero

1703832251

Suárez Chala
Diego Fernando

1003431077

Vilca
Quilumba Jorge Raúl

1711670016

Vilca Rosero
Verónica Alejandra

1752973162

Art. 5.- De
conformidad con lo dispuesto en el Art. 21 del Reglamento para el
Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las Organizaciones
Sociales y Ciudadanas, la Asociación Cultura Afro-Ecuatoriana de Desarrollo e
Investigación Humberto Padilla ACADI-HP, remitirá a esta Cartera de Estado, en
el plazo máximo de treinta (30) días posteriores a la fecha de otorgamiento de la
personalidad jurídica, la elección de la directiva con la documentación
establecida en la Sección IV del antes citado Reglamento, para su registro.
Cada período de elección de la directiva deberá ser registrada en el Ministerio
de Cultura y Patrimonio, puesto que no son oponibles a terceros las actuaciones
de directivas que no consten registradas en esta Cartera de Estado.

Art. 6.- Queda
expresamente prohibido a la Asociación Cultura Afro-Ecuatoriana de Desarrollo e
Investigación Humberto Padilla ACADI-HP, realizar actividades contrarias a los
fines y objetivos constantes en su Estatuto, el Reglamento Unificado de
Información de Organizaciones Sociales; y al presente Acuerdo Ministerial.

Art. 7.- Para
la solución de los conflictos y controversias internas, los asociados en primer
lugar buscarán como medios de solución el diálogo conforme a sus normas estatutarias.

De persistir
las discrepancias podrán optar por métodos alternativos de solución de
conflictos o a través del ejercicio de las acciones que la Ley les faculta ante
la justicia ordinaria.

Art. 8.- Notifíquese
del presente Acuerdo Ministerial de aprobación de estatutos y otorgamiento de
personalidad jurídica a la Asociación Cultura Afro-Ecuatoriana de Desarrollo e
Investigación Humberto Padilla ACADI-HP.

Art. 9.- Este
Acuerdo entrará en vigencia en forma inmediata, sin necesidad de publicación en
el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 21 de agosto 2014.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro. DM-2014-100

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA

Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el Art.
154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: ?A
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión?;

Que, el
artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán
servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a
cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad
dentro del sector público;

Que, de
acuerdo al Art. 259 del Reglamento a la LOSEP sobre el cumplimiento de servicio
institucionales establece: ?Cuando una servidora o servidor público se desplace
a cumplir tareas oficiales en reuniones, conferencias, visitas de observación o
a desempeñar actividades propias de su puesto, dentro o fuera del país se le
reconocerá los correspondientes viáticos, subsistencias, alimentación, gastos
de movilización y/o transporte por el tiempo que dure los servicios desde la
fecha de salida hasta el retorno en razón de las tareas oficiales cumplidas.
Para estos casos, no será necesario haber cumplido un año de servicio en la
Institución?;

Que, de
acuerdo al Art. 17 del Reglamento para el pago de viáticos, movilizaciones y
subsistencias en el exterior, para las y los servidores y obreros públicos,
establece: ?Las autorizaciones de viaje al exterior, para cumplir tareas oficiales
o servicios institucionales derivados de las funciones de un puesto de las
servidoras, servidores, obreras u obreros que laboren en entidades de la
Función Ejecutiva y de las entidades adscritas a la misma, se las realizará a
través del correspondiente acuerdo o resolución, según sea el caso, previa
autorización de la Secretaría Nacional de la Administración Pública a través del
sistema informático para viajes al exterior de la Presidencia. La autorización
para las demás instituciones, organismos, dependencias y entidades del Estado, descritas
en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público, con las excepciones
previstas en el artículo 94 de la misma ley la realizará la máxima autoridad a
través de la correspondiente resolución?;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial Nro. DM-2014-015, de 03 de febrero de 2014, el señor
Francisco Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio delegó a la Eco.
Jennifer Marcillo Chasy, la atribución para autorizar las comisiones de
servicios en el exterior;

Que, mediante
Memorando No. MCYP-DM-14-0327-M, de fecha 15 de abril de 2014, el señor
Ministro de Cultura y Patrimonio, delega a la Srta. Erika Zárate, Gerente del Proyecto
Patrimonio Alimentario en representación de esta Cartera de Estado para
participar en la Reunión del Comité Científico y de Dirección para tratar la
iniciativa GIAHS de FAO, a realizarse en la ciudad de Roma – Italia del 28 al 29
de abril de 2014;

Que, mediante
memorando No. MCYP-DM-14-0374-M, de fecha 23 de abril de 2014, la señorita
Econ. Jennifer Nathaly Marcillo Chasy, Asesora Ministerial, dispone a la Coordinación
General Administrativa Financiera, realizar los trámites pertinentes, para la
comisión de servicios en el exterior, la compra de pasajes aéreos y la
asignación de viáticos del 26 de abril al 01 de mayo de 2014, para la Srta. Erika
Zárate, Gerente del Proyecto Patrimonio Alimentario;

Que, la
Dirección de Gestión de Talento Humano, emite Informe Técnico Favorable con
Nro. MCYP-DGTH-0300- 2014; a favor de la Srta. Erika Zárate, Gerente del Proyecto
Patrimonio Alimentario, para que participe en la Reunión del Comité Científico
y de Dirección para tratar la iniciativa GIAHS de FAO, a realizarse en la ciudad
de Roma – Italia del 28 al 29 de abril de 2014;

Que, mediante
Oficio No. MCYP-DM-14-0925-O, de fecha 23 de abril de 2014, el señor Ministro
de Cultura y Patrimonio, solicita a la Secretaría Nacional de la Administración
Pública emitir la autorización de la comisión de servicios al exterior a favor
de la Srta. Erika Zárate, Gerente del Proyecto Patrimonio Alimentario, a partir
del 26 de abril al 01 de mayo de 2014;

ue, mediante
oficio Nro. SNAP-SCGP-2014-001611-O, de fecha 28 de abril de 2014, el Subsecretario
de Calidad en la Gestión Pública, autorizó la Solicitud de Viaje al Exterior, a
favor de, Erika Zárate, Gerente del Proyecto Patrimonio Alimentario a partir
del 26 de abril al 01 de mayo de 2014, quien asistirá para participar en la
Reunión del Comité Científico y de Dirección para tratar la iniciativa GIAHS de
FAO, a realizarse en la ciudad de Roma – Italia del 28 al 29 de abril de 2014;

Que, mediante
Memorando No. MCYP-UATH-14-0992- M, de fecha 15 de julio de 2014, la Unidad de
Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica,
elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial, para la declaratoria en
comisión de servicios con remuneración en el exterior del 26 de abril al 01 de
mayo de 2014, a favor de la Srta. Erika Zárate, Gerente del Proyecto Patrimonio
Alimentario, quien participó en la Reunión del Comité Científico y de Dirección
para tratar la iniciativa GIAHS de FAO, que se realizó en la ciudad de Roma –
Italia del 28 al 29 de abril de 2014; y,

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República en concordancia con el
artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la prestación de servicios en el exterior a favor de la Srta. Erika Zárate,
Gerente del Proyecto Patrimonio Alimentario, quien asistió a la Reunión del Comité
Científico y de Dirección para tratar la iniciativa GIAHS de FAO, que se
realizó en la ciudad de Roma – Italia del 28 al 29 de abril de 2014.

Art. 2.- El
Ministerio de Cultura y Patrimonio con recursos de su presupuesto
institucional, financió los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, y
alimentación.

Art. 3.- De la
ejecución de este Acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa
Financiera.

Art. 4.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en la
ciudad de Quito, Distrito Metropolitano a, 29 de agosto de 2014.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro.
DM-2014-101

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA

Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el Art.
154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: ?A
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión?;

Que, el
artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán
servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a
cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad
dentro del sector público;

Que, de
acuerdo al Art. 259 del Reglamento a la LOSEP sobre el cumplimiento de servicio
institucionales establece: ?Cuando una servidora o servidor público se desplace
a cumplir tareas oficiales en reuniones, conferencias, visitas de observación o
a desempeñar actividades propias de su puesto, dentro o fuera del país se le
reconocerá los correspondientes viáticos, subsistencias, alimentación, gastos
de movilización y/o transporte por el tiempo que dure los servicios desde la
fecha de salida hasta el retorno en razón de las tareas oficiales cumplidas. Para estos casos, no será necesario
haber cumplido un año de servicio en la Institución?;

Que, de
acuerdo al Art. 17 del Reglamento para el pago de viáticos, movilizaciones y
subsistencias en el exterior, para las y los servidores y obreros públicos,
establece: ?Las autorizaciones de viaje al exterior, para cumplir tareas oficiales
o servicios institucionales derivados de las funciones de un puesto de las servidoras,
servidores, obreras u obreros que laboren en entidades de la Función Ejecutiva
y de las entidades adscritas a la misma, se las realizará a través del
correspondiente acuerdo o resolución, según sea el caso, previa autorización de
la Secretaría Nacional de la Administración Pública a través del sistema
informático para viajes al exterior de la Presidencia. La autorización para las
demás instituciones, organismos, dependencias y entidades del Estado, descritas
en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público, con las excepciones
previstas en el artículo 94 de la misma ley la realizará la máxima autoridad a
través de la correspondiente resolución?;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial Nro. DM-2014-015, de 03 de febrero de 2014, el señor
Francisco Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio delegó a la Eco.
Jennifer Marcillo Chasy, la atribución para autorizar las comisiones de
servicios en el exterior;

Que, mediante
Memorando No. MCYP-DM-14-0407-M, de fecha 28 de abril de 2014, el señor Ministro
de Cultura y Patrimonio, delega a la Sra. Valeria Andrade, Subsecretaria de
Arte y Creatividad, para participar en la Reunión Regional de Coordinadores
Nacionales de Danza, que se realizará del 2 al 4 de mayo de 2014 en la ciudad
de Montevideo – Uruguay;

Que, mediante
memorando No. MCYP-DM-14-0414-M, de fecha 29 de abril de 2014, la señorita
Econ. Jennifer Nathaly Marcillo Chasy, Asesora Ministerial, dispone a la Coordinación
General Administrativa Financiera, realizar los trámites pertinentes, para la
comisión de servicios en el exterior, la compra de pasajes aéreos y la
asignación de viáticos del 01 al 05 de mayo de 2014 para la Sra. Valeria Andrade,
Subsecretaria de Arte y Creatividad;

Que, la
Dirección de Gestión de Talento Humano, emite Informe Técnico Favorable con
Nro. MCYP-DGTH-0304- 2014; a favor de la Sra. Valeria Andrade, Subsecretaria de
Arte y Creatividad, para que participe en la Reunión Regional de Coordinadores
Nacionales de Danza, que se realizará del 02 al 04 de mayo de 2014 en la ciudad
de Montevideo – Uruguay;

Que, mediante
oficio No. MCYP-DM-14-0942-O, de fecha 29 de abril de 2014, el señor Ministro
de Cultura y Patrimonio, solicita a la Secretaría Nacional de la Administración
Pública emitir la autorización de la comisión de servicios al exterior a favor
de la Sra. Valeria Andrade, Subsecretaria de Arte y Creatividad, a partir del 01
al 05 de mayo de 2014;

Que, mediante
Oficio Nro. SNAP-SCGP-2014-001675-O, de fecha 06 de mayo de 2014, el
Subsecretario de Calidad en la Gestión Pública, autorizó la Solicitud de Viaje
al Exterior, a favor de, la Sra. Valeria Andrade, Subsecretaria de Arte y
Creatividad a partir del 01 al 05 de mayo de 2014, quien asistirá para
participar en la Reunión Regional de Coordinadores Nacionales de Danza, que se
realizará del 02 al 04 de mayo de 2014 en la ciudad de Montevideo – Uruguay;

Que, mediante
Memorando No. MCYP-UATH-14-0998- M, de fecha 15 de julio de 2014, la Unidad de
Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica, elaborar
el correspondiente Acuerdo Ministerial, para la declaratoria en comisión de
servicios con remuneración en el exterior del 01 al 05 de mayo de 2014, a favor
de la Sra. Valeria Andrade, Subsecretaria de Arte y Creatividad, quien
participó en la Reunión Regional de Coordinadores Nacionales de Danza, que se
realizó del 02 al 04 de mayo de 2014 en la ciudad de Montevideo – Uruguay; y,

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la prestación de servicios en el exterior a favor de la Sra. Valeria Andrade,
Subsecretaria de Arte y Creatividad, quien asistió a la Reunión Regional de Coordinadores
Nacionales de Danza, que se realizó del 02 al 04 de mayo de 2014 en la ciudad
de Montevideo – Uruguay.

Art. 2.- El
Ministerio de Cultura y Patrimonio con recursos de su presupuesto
institucional, financió los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, y
alimentación.

Art. 3.- De la
ejecución de este Acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa
Financiera.

Art. 4.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en la
ciudad de Quito, Distrito Metropolitano a, 29 de agosto de 2014.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro. DM-2014-102

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA

Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el Art.
154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: ?A
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

Que, el
artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán servidoras
o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier
título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad
dentro del sector público;

Que, de
acuerdo al Art. 259 del Reglamento a la LOSEP sobre el cumplimiento de servicio
institucionales establece