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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Jueves, 30 de Diciembre de 2010 – R. O. No. 352

n n n

FUNCIÓN EJECUTIVA
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nDECRETOS:
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n584 Dase de baja de la institución policial, al Coronel de Policía de E.M. Milton Raúl Andrade Vallejo.
n
n586 Acéptase la renuncia del doctor Gustavo Jalkh Röben y nómbrase al arquitecto Alfredo Vera Arrata, Ministro del Interior.
n
n587 Desígnase al doctor Gustavo Jalkh Röben, Secretario Particular de la Presidencia de la República.
n
n588 Acéptase la renuncia del Vicealmirante (sp) Jorge Homero Arellano Lascano y nómbrase al Vicealmirante (sp) Luis Alberto Yépez Andrade, Secretario de Inteligencia.
n
n589 Acéptase la renuncia del sociólogo Miguel Carvajal Aguirre y desígnase al Vicealmirante (sp) Jorge Homero Arellano Lascano, Ministro Coordinador de la Seguridad
n
n597 Declárase el día viernes 31 de diciembre del 2010 como jornada de descanso obligatorio para todos los trabajadores y empleados tanto del sector público como del sector privado, debiendo recuperarse el día sábado 8 de enero del 2011
n
nACUERDOS:
n
nMINISTERIO DE AGRICULTURA:
n

n718 Dispónese que todos los procesos administrativos y documentación que se encuentren en custodia o se tramitaban en el fenecido Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, INDA antes del 27 de mayo del 2010, serán entregados y puestos a disposición de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria.
n
n720 Mantiénese la operatividad financiera, administrativa y técnica del Instituto Nacional de Riego, INAR, hasta la conformación de la Subsecretaría de Riego y Drenaje dentro de esta Cartera de Estado.
n
nMINISTERIO DE CULTURA:
n

n214-2010 Legalízase la declaración en comisión de servicios con remuneración en el exterior a la señora Andrea Margarita Espinel Vásquez.
n
nMINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA:
n

n903 Apruébase el Estatuto de la Fundación Alejandro Labaka, con domicilio en la ciudad de Puerto Francisco de Orellana, provincia de Orellana.
n
nMINISTERIO DEL INTERIOR:
n

n1807 Legalízase la comisión de servicios en el exterior con remuneración a favor del doctor Carlos Tomás Alvear Peña, Subsecretario de Coordinación Política.
n
nMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
n
nNotas Reversales de Enmienda al Addéndum Nº 2 al Convenio de Financiación Nº ALA/2004/016-916 entre la Comunidad Europea y la República del Ecuador “Programa de Apoyo al Sector Salud en Ecuador (PASSE)”.
n
nMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
n

n00000694-“A” Deléganse funciones a la doctora Ximena Abarca Durán, Viceministra de Salud.
n
n00000724 Delégase a la doctora Ximena Abarca Durán, Subsecretaria de Salud, para que forme parte de la Comitiva Oficial y acompañe al señor Presidente de la República del Ecuador, economista Rafael Correa Delgado, en su visita a los países de Venezuela y Colombia.
n
n00000725 Deléganse funciones a la doctora Fátima Franco Game, Subsecretaria de Salud de la Región Costa Insular y a la doctora Ximena Abarca Durán, Subsecretaria de Salud.
n
nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n

n436 Ratifícase la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental con énfasis en el Plan de Contingencia del Sector Naviero Internacional de la Comercializadora “AGNAMAR S. A.”, y otórgase la licencia ambiental para las operaciones de dicha empresa.
n
nCONSEJO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES:
n
n599 Emítese dictamen favorable para diferir a 0% de ad-valórem el Arancel Nacional de Importaciones de 8.896 llantas bajo la subpartida arancelaria 4011.20.10.00., a favor de la Cámara Nacional de Transporte Pesado del Ecuador.
n
n600 Emítese dictamen favorable para modificar el Capítulo 98, denominado “Mercancías con Tratamiento Especial” que consta en el Anexo 1 del Arancel Nacional de Importaciones.
n
n601 Emítese dictamen favorable para reformar el Anexo I del Decreto 592, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 191 de 15 de octubre del 2007, mediante el cual se puso en vigencia el Arancel Nacional de Importaciones en el Ecuador
n
nCONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL:
n

n002-046-2010 CPCCS Expídese el Reglamento del concurso de oposición y méritos para la selección y designación de las y los miembros del Tribunal Contencioso Electoral.
n
nINSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN:
n

n134-20100 Oficialízase con el carácter de obligatoria la segunda revisión del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 034 “Elementos mínimos de seguridad en vehículos automotores”.
n
nFUNCIÓN JUDICIAL
n
nCONSEJO DE LA JUDICATURA:
n

n075-2010 Modifícase la Resolución Nº 46-09 de 25 de agosto del 2009.
n
n076-2010 Modifícase la competencia, en razón de la materia del Juzgado Cuarto de lo Civil de Zamora Chinchipe, con sede en el cantón Centinela del Cóndor, convirtiéndole en Juzgado Multicompetente, facultándole expresamente para conocer todas las materias en primera instancia y con jurisdicción en los cantones Centinela del Cóndor (Zumbi), Nangaritza y Paquisha.
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n
nCantón Ventanas: Sustitutiva para la recaudación de la tasa del servicio de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos y aseo público.
n
nCantón Ventanas: Para aplicar y recaudar la contribución especial de mejoras para efectuar el reembolso del crédito para la adquisición de cuatro recolectores de basura y el equipamiento del relleno sanitario.
n
nGobierno Autónomo del Cantón Nobol: De cobro mediante la acción o jurisdicción coactiva de créditos tributarios y no tributarios que se adeudan a la Municipalidad y de baja de especies valoradas.

n n


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n n n Nº 584 n n Rafael Correa Delgado n n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

La Resolución del H. Consejo de Generales de la Policía Nacional Nº 2010-676-CsG-PN de noviembre 19 del 2010

n n

El pedido del señor Ministro del Interior, formulado mediante oficio Nº 2010-4599-SPN de diciembre 7 de 2010, previa solicitud del señor Comandante General de la Policía Nacional, con oficio Nº 2010-0946-DGP-PN de diciembre 1 del 2010;

n n

De conformidad con el Art. 65 segundo inciso de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la Policía Nacional, publicada en el (Registro Oficial Nº 607-S de 8 de junio del 2010) R. O. (SP) junio 08 No. 607 de 2009, concordancia con el Art. 66 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional; y,

n n

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,

n n Decreta: n n

Art. 1.- Dar de baja de las filas de la institución policial, con fecha de expedición de este decreto, al señor Coronel de Policía de E. M. Milton Raúl Andrade Vallejo, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria.

n n

Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese el Ministro del Interior.

n n

Dado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de Quito, a 16 de diciembre del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n f.) Gustavo Jalkh Röben, Ministro del Interior. n n Documento con firmas electrónicas. n n Nº 586 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 1579 de 11 de febrero del 2009, se designó Ministro de Gobierno, Cultos, Policía y Municipalidades, al señor doctor Gustavo Jalkh Röben;

n n

Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 410 de 30 de junio del 2010, se cambió la denominación de Ministerio de Gobierno, Cultos, Policía y Municipalidades por la de Ministerio del Interior; y,

n n

Que el señor doctor Gustavo Jalkh Röben ha presentado su renuncia al referido cargo; y, En ejercicio de la atribución que confieren el número 9 del artículo 147 de la Constitución de la República y letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n n Decreta: n n

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor doctor Gustavo Jalkh Röben, al cargo de Ministro del Interior, a quien se le agradece por los servicios prestados a la Patria.

n n

Artículo 2.- Nombrar al señor arquitecto Alfredo Vera Arrata para desempeñar el cargo de Ministro del Interior.

n n

Artículo 3.- Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 17 de diciembre del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n n Documento con firmas electrónicas. n n Nº 587 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 577 de diciembre 13 del 2010 se encargó la Secretaría Particular de la Presidencia de la República al señor Efraín Villacís Villacís; y, En ejercicio de las facultades que le confieren el número 9 del artículo 147 de la Constitución de la República del Ecuador, y letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo Único.- Desígnese al señor doctor Gustavo Jalkh Röben, Secretario Particular de la Presidencia de la República.

n n

El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 17 de diciembre del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. Documento con firmas electrónicas.

n n Nº 588 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 529 de 25 de octubre del 2010, se nombró al señor Vicealmirante (sp) Jorge Homero Arellano Lascano, para desempeñar las funciones de Secretario de Inteligencia, cargo al que ha presentado su renuncia; y,

n n

En ejercicio de la atribución que confieren el número 9 del artículo 147 de la Constitución de la República, artículo 13 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado y la letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Vicealmirante (sp) Jorge Homero Arellano Lascano, al cargo de Secretario de Inteligencia, a quien se le agradece por los servicios prestados a la Patria

n n

Artículo 2.- Nombrar al señor Vicealmirante (sp) Luis Alberto Yépez Andrade, para desempeñar las funciones de Secretario de Inteligencia.

n n

Artículo 3.- Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 17 de diciembre del 2010. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. Documento con firmas electrónicas.

n n Nº 589 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1559 de 28 de enero del 2009, publicado en el Registro Oficial Nº 526 de 11 de febrero del 2009, se nombró como Ministro Coordinador de la Seguridad al sociólogo Miguel Carvajal Aguirre;

n n

Que el sociólogo Miguel Carvajal Aguirre ha presentado su renuncia al referido cargo; y, En ejercicio de la atribución que confieren el número 9 del artículo 147 de la Constitución de la República, y letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el sociólogo Miguel Carvajal Aguirre, al cargo de Ministro Coordinador de Seguridad, a quien se le agradece por los servicios prestados.

n n

Artículo 2.- Designar al señor Vicealmirante (sp) Jorge Homero Arellano Lascano, como nuevo Ministro Coordinador de la Seguridad.

n n

Artículo 3.- Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 17 de diciembre del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n Documento con firmas electrónicas. n n Nº 597 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPÚBLICA n n Considerando: n n

Que el inciso segundo del artículo 23 de la Ley de Regulación Económica y Control del Gasto Público faculta al Presidente de la República suspender las jornadas de trabajo y establecer su recuperación fuera de los días u horas de trabajo obligatorio sin recargo alguno; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico,

n n Decreta: n n

Artículo 1.- Se declara el día viernes 31 de diciembre del 2010 como jornada de descanso obligatorio para todos los trabajadores y empleados tanto del sector público como del sector privado, debiendo recuperarse el día sábado 8 de enero del 2011, sin recargo alguno.

n n

Artículo 2.- En el día de descanso obligatorio señalado, se debe garantizar la provisión de los servicios públicos básicos de salud, bomberos, aeropuertos, terminales aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y servicios bancarios, en los que las autoridades deberán disponer que se cuente con el personal mínimo que permita atender satisfactoriamente las demandas de la colectividad.

n n

Artículo 3.- La remuneración que se debe satisfacer por la jornada de recuperación del día de descanso obligatorio será igual a la que se paga por una jornada ordinaria de trabajo.

n n

Disposición Final.- De la ejecución del presente decreto que entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al Ministro de Relaciones Laborales.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito a 22 de diciembre del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n Documento con firmas electrónicas. n n No. 718 n n

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

n n Considerando: n n

Que el Decreto Ejecutivo No. 373 de 28 de mayo del 2010, suprime el Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, INDA, y transfiere al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, las competencias, atribuciones, funciones, administración y ejecución de las políticas agrarias, patrimonio, derechos y obligaciones del Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, INDA;

n n

Que para el ejercicio y ejecución de las atribuciones mencionadas, el mencionado decreto crea la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria en el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca;

n n

Que el Decreto Ejecutivo 067 de 26 de febrero del 2010, reorganizó la Jurisdicción Administrativa del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca en siete zonas desconcentradas de desarrollo rural territorial;

n n

Que la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria como parte del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, debe articularse con la organización territorial y demás políticas de desconcentración de la gestión desarrolladas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca;

n n

Que la Ley de Desarrollo Agrario vigente, en su artículo 39 constituye cuatro direcciones distritales; competencia que recae sobre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca a través de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria, de conformidad con lo previsto en el Decreto Ejecutivo No. 373 de 28 de mayo del 2010; y,

n n

En ejercicio de las facultades que le confiere el Art. 154 de Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 17 del Estatuto de Régimen Jurídico, Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo 1.- Todos los procesos administrativos y documentación que se encuentren en custodia o se tramitaban en el fenecido Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, INDA antes del 27 de mayo del 2010, serán entregados y puestos a disposición de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria, previo inventario y mediante acta de entrega recepción suscrita por los responsables de su actual custodia y por los funcionarios que sean designados por el Subsecretario de Tierras y Reforma Agraria.

n n

Artículo 2.- Los procesos administrativos que fueron sometidos a conocimiento y resolución del fenecido Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, INDA, antes de la emisión del Decreto Ejecutivo 373 de 28 de mayo del 2010, serán asumidos y resueltos por la Subsecretaria de Tierras y Reforma Agraria del Ministerio de Agricultura Ganadería Acuacultura y Pesca.

n n

Artículo 3.- El ejercicio de funciones y atribuciones de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria, conforme a lo previsto en la Codificación de la Ley de Desarrollo Agrario vigente, se ejecutará en los distritos que operan en las ciudades de Quito, Riobamba, Cuenca y Guayaquil, así como también en todas las delegaciones provinciales que a nivel nacional de ella dependen.

n n

Artículo 4.- Para la aplicación de lo previsto en el artículo precedente, el Subsecretario de Tierras y Reforma Agraria, queda facultado para actuar y resolver sobre los procesos agrarios que se encuentren en trámite o se presenten en las dependencias del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

Los directores distritales y delegados provinciales deberán contar con la respectiva delegación otorgada por el Ministro de Agricultura, Ganadería Acuacultura y Pesca, para sustanciar todos los procesos administrativos establecidos en la legislación agraria vigente. Las resoluciones que en virtud de la delegación de que trata el presente decreto, sean expedidas por el Subsecretario de Tierras y Reforma Agraria y los delegados provinciales y directores distritales, se entenderán que las expiden a nombre del señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

Artículo 5.- Las funciones de Secretario General del ex Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, INDA, serán asumidas por un funcionario delegado expresamente para el efecto por el señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n Comuníquese y publíquese. n n Dado en Quito, a 15 de diciembre del 2010. n n

f.) Dr. Ramón L. Espinel Martínez, Ministro de Agricultura, Ganadería Acuacultura y Pesca.

n n

Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Secretario General, MAGAP.- Fecha: 16 de diciembre del 2010.

n n No. 720 n n

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

n n Considerando: n n

Que el Decreto Ejecutivo No. 564 de 30 de noviembre del 2010, suprimió el Instituto Nacional de Riego, INAR, y transfiere al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, las competencias, atribuciones, funciones, delegaciones, obligaciones, patrimonio y derechos constantes en la ley, reglamentos y demás instrumentos normativos del Instituto Nacional de Riego, INAR;

n n

Que para el ejercicio y ejecución de las atribuciones mencionadas, el mencionado decreto crea la Subsecretaría de Riego y Drenaje en el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca;

n n

Que es necesario dictar las medidas adecuadas en orden a que opere la transferencia de competencias de que trata el Decreto Ejecutivo No. 564 de 30 de noviembre del 2010; y,

n n

En ejercicio de las facultades que le confiere el Art. 154 de Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 17 del Estatuto de Régimen Jurídico, Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo 1.- Mantener la operatividad financiera, administrativa y técnica del Instituto Nacional de Riego, INAR, hasta la conformación de la Subsecretaría de Riego y Drenaje dentro de esta Cartera de Estado.

n n

Artículo 2.- Dispónese el inventario de documentos, bienes muebles e inmuebles, recursos administrativos, financieros, humanos y tecnológicos del INAR, el mismo que estará a cargo del Subsecretario de Desarrollo Organizacional de esta Cartera de Estado;

n n

Artículo 3.- De todos los procesos que realice el Instituto Nacional de Riego, INAR, en aplicación del Decreto Ejecutivo No. 564 de 30 de noviembre del 2010, será informado al Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; Viceministro; y, Subsecretario de Reforma Institucional.

n n

Artículo 4.- De la ejecución del presente acuerdo ministerial, encárguese al Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Riego, INAR y al Subsecretario de Reforma Institucional.

n n Comuníquese y publíquese. n n Dado en Quito, a l5 de diciembre del 2010. n n

f.) Dr. Ramón L. Espinel Martínez, Ministro de Agricultura, Ganadería Acuacultura y Pesca.

n n

Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Secretario General, MAGAP.- Fecha: 16 de diciembre del 2010.

n n Nº 214-2010 n n Erika Sylva Charvet n MINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n

Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;

n n

Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n n

Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica de Servicio Público norma la concesión de comisiones de servicios con remuneración al exterior;

n n

Que, el artículo 123 de la Ley Orgánica de Servicio Público establece que la reglamentación para el reconocimiento y pago de viáticos, movilizaciones y subsistencias será expedida mediante Acuerdo del Ministerio de Relaciones Laborales de conformidad con la ley;

n n

Que, mediante Nota 4-6 20/10 de 25 de agosto del 2010, el señor Wellington Sandoval Córdova en calidad de Embajador del Ecuador en Argentina, comunica a la Ministra de Cultura del Ecuador que el país ha sido invitado al Foro Latinoamericano por la Identidad y la Integración, en calidad de oradora principal, reunión mensual que se efectúa en el Auditorio Presidente Belgrano del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina;

n n

Que, mediante memorando Nº 0326-MC-DM-10 de 29 de octubre del 2010, la Ministra de Cultura del Ecuador dispone realizar los trámites pertinentes para la declaratoria en comisión de servicios, la asignación de viáticos y la compra de pasajes aéreos del 4 al 7 de noviembre del 2010, en favor de la señora Andrea Margarita Espinel Vásquez, servidora de esta Cartera de Estado, para que integre la comitiva oficial del Ministerio de Cultura del Ecuador, que asistirá al Foro Latinoamericano por la Identidad e Integración;

n n

Que, mediante oficio Nº MCP-2775-2010 de 30 de octubre del 2010, la Ministra Coordinadora de Patrimonio, avala el viaje la comisión de servicios de la señora Andrea Margarita Espinel Vásquez, para que asista al Foro Latinoamericano por la Identidad e Integración a realizarse en Buenos Aires, Argentina;

n n

Que, mediante informe Nº 183-MC-DRRHH-2010 de 30 de octubre del 2010, la Dirección de Recursos Humanos concluye: “(…) es criterio de la unidad de Administración del Talento Humano, que el referido desplazamiento por parte de la citada servidora fuera del país demanda de una concesión de licencia con remuneración por parte de este Ministerio, para el cumplimiento de los servicios institucionales requeridos en el exterior.”;

n n

Que, con fecha 10 de noviembre del 2010 el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la solicitud de viaje al exterior Nº 7590 a favor de Andrea Margarita Espinel Vásquez, para que integre la comitiva oficial del Ministerio de Cultur