REGISTRO OFICIAL

n

AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

MiĆ©rcoles, 28 de Mayo de 2008 – R. O. No. 347

n n n n FUNCION EJECUTIVA n n DECRETOS: n n

1082……. SustitĆŗyese el artĆ­culo 19 del Libro I ā€œReglamento de Operaciones de Deuda PĆŗblica Interna y Externa del Gobierno Nacional y DemĆ”s Entidades y Organismos del Sector PĆŗblicoā€, expedido mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 3410, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 5 de 22 de enero del 2003

n n n n n n

1083……. AsciĆ©ndese al grado inmediato superior a varios capitanes de PolicĆ­a de Servicios de Intendencia pertenecientes a la SĆ©ptima PromociĆ³n de Oficiales de Intendencia

n n n n n n

1084……. NĆ³mbrase a los oficiales superiores de la Fuerza AĆ©rea, para que desempeƱen las funciones de adjuntos a las agregadurĆ­as aĆ©reas CRNLS. EMT. AVC, Osiris Amable Luna SantĆ­n, a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica del PerĆŗ y Vicente BolĆ­var RenterĆ­a Estrella, a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica del Brasil ……………………………..

n n n n n n

1085……. NĆ³mbrase al CPFG-EM VĆ­ctor Ricaurte Caravias, Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en Estados Unidos de NorteamĆ©rica y Representante de la Fuerza Naval ante la Junta Interamericana de Defensa

n n n n n n

1086……. NĆ³mbrase al CPFG-EM. Alejandro Vela Loza, Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en PerĆŗ

n n n n n n n

ACUERDOS:

n n n n n n n

MINISTERIO DE INCLUSION

n n n n

ECONOMICA Y SOCIAL:

n n n n n n

0491……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n de Desarrollo Integral ā€œGuamĆ”n Pomaā€, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

n n n n n n

0493……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n de Desarrollo Comunitario ā€œSagrado CorazĆ³n de JesĆŗsā€, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n n n n n

0494……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆ­a jurĆ­dica del Grupo HonorĆ­fico de Inteligencia Militar ā€œMayor BolĆ­var Gallardoā€, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

n n n n n n

0496……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n ā€œSOLDANELLAā€, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

n n n n n n

MINISTERIO DE RELACIONES

n n n n

EXTERIORES:

n n n n n n

-………. Convenio EspecĆ­fico entre Ecuador y BĆ©lgica con relaciĆ³n al Proyecto de Apoyo a las Familias de los PequeƱos Caficultores de ManabĆ­

n n n n n n n

RESOLUCIONES:

n n n n n n n

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

n n n n

Y COMUNICACIONES, DIRECCION

n n n n

PROVINCIAL DE LOJA:

n n n n n n

001……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n ā€œLos Caminantesā€, con domicilio en el cantĆ³n Loja, provincia de Loja

n n n n n n

002……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n ā€œSabiangoā€, con domicilio en el cantĆ³n MacarĆ”, provincia de Loja

n n n n n n

003……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n ā€œAmĆ©ricaā€,con domicilio en el cantĆ³n GanzanamĆ”, provincia de Loja

n n n n n n

004……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n ā€œSanta Rosaā€, con domicilio en el cantĆ³n Olmedo, provincia de Loja

n n n n n n

005……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n ā€œGuadĆŗasā€, con domicilio en el cantĆ³n Chaguarpamba, provincia de Loja

n n n n n n

006……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n ā€œBosque Petrificado Puyangoā€, con domicilio en el cantĆ³n Puyango, provincia de Loja

n n n n n n

007……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n ā€œVirgen de los Remediosā€, con domicilio en el cantĆ³n Paltas, provincia de Loja

n n n n n n

008……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n ā€œMullunamaā€, con domicilio en el cantĆ³n Celica, provincia de Loja

n n n n n n n n

CONSEJO NACIONAL DE

n n n n

LAS MUJERES (CONAMU):

n n n n n n

1272-OM-2008 ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n de Mujeres Perlitas de Oro, domiciliada en el cantĆ³n Guamote, provincia de Chimborazo

n n n n n n

1273-OM-2008 ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n de Mujeres Tesoro Escondido, domiciliada en el cantĆ³n Lago Agrio, provincia de SucumbĆ­os

n n n n n n

1274-OM-2008 ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n de Mujeres Granitos de Mostaza, domiciliada en el cantĆ³n Mira, provincia del Carchi

n n n n n

FUNCION JUDICIAL

n n n n n

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

n n n n

SEGUNDA SALA DE LO PENAL:

n n n n n n

Recursos de casaciĆ³n en los juicios penales seguidos en contra de las siguientes personas:

n n n n n n

69-07…… Wilson Azogue Salazar, por el delito de abuso de confianza previsto y sancionado en el Art. 560 del CĆ³digo Penal en perjuicio de JosĆ© Francisco NĆŗƱez JordĆ”n

n n n n n n

72-07…… Luis Abelardo SolĆ­s GutiĆ©rrez, por el delito tipificado y reprimido en el Art. 452 del CĆ³digo Penal

n n n n n n

74-07…… Nilo Clemente RodrĆ­guez RodrĆ­guez, por el delito de lesiones en perjuicio de MarĆ­a Rosario Guerrero NarvĆ”ez

n n n n n n

75-07…… Wilber Gustavo Orbea Carvajal, por el delito de estafa tipificado y sancionado en el Art. 563 del CĆ³digo Penal en perjuicio de Olivia Esperanza Cueva

n n n n n n

79-07…… Luis Alberto Iza Toctaguano, por el delito tipificado y sancionado en el Art. 563 del CĆ³digo Penal en perjuicio de Luis Alcides Toctaguano Caiza

n n n n n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n n n n n

-………. Gobierno Municipal de Santo Domingo: Que regula la instalaciĆ³n y control de la publicidad y propaganda exterior

n n n n n n

-………. Gobierno Municipal de Santa Cruz: De publicidad visual y propaganda auditiva

n n n

n

No. 1082

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

Considerando:

n

n

Que el artĆ­culo 136 de la Ley OrgĆ”nica de AdministraciĆ³n Financiera y Control, prescribe que autorizada legalmente una emisiĆ³n de bonos, se procederĆ” a realizarla mediante escritura pĆŗblica, con el seƱalamiento de los funcionarios que intervendrĆ”n en el otorgamiento de la misma;

n

n

Que el artĆ­culo 19 del Libro I ā€œReglamento de Operaciones de Deuda PĆŗblica Interna y Externa del Gobierno Nacional y DemĆ”s Entidades y Organismos del Sector PĆŗblicoā€, expedido con el Decreto No. 3410 de 2 de diciembre del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 5 de 22 de enero del 2003, establece el contenido obligatorio de las escrituras de emisiĆ³n de valores que fueren autorizados legalmente;

n

n

Que la ContralorĆ­a General del Estado, mediante informe DAE-0013-2007, aprobado el 1 de agosto del 2007, correspondiente al examen especial realizado a la Deuda PĆŗblica – TĆ­tulos de Deuda Interna y Bonos Brady, por el perĆ­odo comprendido entre el 1 de enero del 2002 al 30 de junio del 2006, realizĆ³ varias recomendaciones al Ministro de Finanzas, entre estas la No. 32, referida a la determinaciĆ³n de los requisitos de forma y contenido que deberĆ­an reunir las escrituras pĆŗblicas de emisiĆ³n de bonos, los que deberĆ”n ser detallados al menor nivel posible con el fin de que sirvan de base para reformar en lo pertinente el Decreto Ejecutivo 3410;

n

n

Que el artĆ­culo 92 de la Ley OrgĆ”nica de la ContralorĆ­a General del Estado, establece que las recomendaciones de la ContralorĆ­a General del Estado, son de cumplimiento obligatorio y, su inobservancia se halla sujeta a la imposiciĆ³n de sanciones; y,

n

n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 5 del artĆ­culo 171 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica,

n

n

n

Decreta:

n

n

Art. 1.- SustitĆŗyese el artĆ­culo 19 del Libro I ā€œReglamento de Operaciones de Deuda PĆŗblica Interna y Externa del Gobierno Nacional y demĆ”s entidades y Organismos del Sector PĆŗblicoā€, expedido mediante Decreto Ejecutivo 3410, publicado en el Registro Oficial No. 5 de 22 de enero del 2003, por el siguiente:

n

n

ā€œArt. 19.- Una vez que fuere autorizada en forma legal la emisiĆ³n de tĆ­tulos valores, se procederĆ” a la suscripciĆ³n de la escritura pĆŗblica de emisiĆ³n, otorgada por los funcionarios especificados en el artĆ­culo 136 de la Ley OrgĆ”nica de AdministraciĆ³n Financiera y Control.

n

n

La escritura pĆŗblica de emisiĆ³n, a mĆ”s de las solemnidades de fondo y de forma establecidas en el CĆ³digo Civil para su otorgamiento, tendrĆ” obligatoriamente el siguiente contenido:

n

n

1. La determinaciĆ³n del emisor.

n

n

2. La referencia del acto administrativo que autorizĆ³ la emisiĆ³n y el tipo de valor a emitirse.

n

n

3. Clase de emisiĆ³n: cartular o desmaterializada.

n

n

4. El valor total de la emisiĆ³n.

n

n

5. El plazo de vigencia de los tĆ­tulos valores.

n

n

6. La determinaciĆ³n de la serie y numeraciĆ³n de los tĆ­tulos, con sus respectivos valores.

n

n

7. NĆŗmero de cupones que contiene cada tĆ­tulo por capital e intereses, con indicaciĆ³n clara de las fechas de su vencimiento.

n

n

8. La indicaciĆ³n de: (i) Las rentas, asignaciones o partidas presupuestarias destinadas a la amortizaciĆ³n de los tĆ­tulos y sus intereses; y, (ii) La cuenta o cuentas con aplicaciĆ³n a la cual se tomarĆ”n los recursos necesarios para dicho servicio.

n

n

9. La denominaciĆ³n de los proyectos o proyectos y subproyectos que se financiarĆ”n con los recursos de la emisiĆ³n, con el detalle del valor destinado a cada uno de tales proyectos o subproyectos.

n

n

10. Cualquier otro tĆ©rmino o condiciĆ³n financiera de la emisiĆ³n autorizada, adicional a las referidas anteriormente.

n

n

A la escritura de emisiĆ³n, se agregarĆ”n los siguientes documentos habilitantes: (i) Copia certificada del acto administrativo que autorizĆ³ la emisiĆ³n respectiva; (ii) Copia certificada del documento emitido por el ComitĆ© de Deuda y Financiamiento en los casos previstos en el artĆ­culo 13 de la Ley OrgĆ”nica para la RecuperaciĆ³n del Uso de los recursos Petroleros del Estado y RacionalizaciĆ³n Administrativa de los Procesos de Endeudamientoā€; (iii) Copia certificada del documento o documentos que contengan el anĆ”lisis tĆ©cnico efectuado por la SubsecretarĆ­a de CrĆ©dito PĆŗblico del Ministerio de Finanzas sobre la respectiva operaciĆ³n de crĆ©dito, con sus respectivas recomendaciones al Ministro de Finanzas; (iv) Copia certificada de la ResoluciĆ³n del Ministro de Finanzas que aprueba la emisiĆ³n; (v) Copia de los documentos que evidencien el cumplimiento de los requisitos previstos en el artĆ­culo 10 de la Ley OrgĆ”nica de Responsabilidad, EstabilizaciĆ³n y Transparencia Fiscal; y, (vi) Copia certificada de los nombramientos de los representantes legales de las entidades del Estado que comparecen a la celebraciĆ³n de la escritura pĆŗblica.

n

n

Art. 2.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto ejecutivo, que entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese el Ministro de Finanzas.

n

n

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de mayo del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n

n

f.) Fausto Ortiz de la Cadena, Ministro de Finanzas.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

n

n

No. 1083

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

Considerando:

n

n

La ResoluciĆ³n del H. Consejo Superior de la PolicĆ­a Nacional No. 2008-131-CS-PN de marzo 27 del 2008;

n

n

El pedido del seƱor Ministro de Gobierno y Policƭa, formulado mediante oficio No. 2008-761-SPN de mayo 5 del 2008, previa solicitud del seƱor Comandante General de la Policƭa Nacional, con oficio No. 2008-245-DGP-PN, de abril 28 del 2008;

n

n

De conformidad con los Arts. 76 y 77 de la Ley de Personal de la Policƭa Nacional y Art. 18 literal e) de la Ley OrgƔnica de la Policƭa Nacional; y,

n

n

En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley OrgƔnica de la Policƭa Nacional,

n

n

Decreta:

n

n

Art. 1.- Ascender con fecha 30 de diciembre del 2007, al grado inmediato superior a los seƱores capitanes de PolicĆ­a de Servicios de Intendencia pertenecientes a la sĆ©ptima promociĆ³n de oficiales de intendencia, que se detallan a continuaciĆ³n:

n

n

CampaƱa Flores Rafael Edmundo.

n

n

Pacheco Navas Emerson Roberto.

n

n

Tenezaca Tenezaca Fausto Luciano.

n

n

Quezada Cabrera Luis Mario.

n

n

Silva RodrĆ­guez Luis Humberto.

n

n

Chachapoya Morales Luis Giovanny.

n

n

VƔsquez RomƔn Miguel Eduardo.

n

n

Shambi Guilcapi Carlos Fernando.

n

n

Armijos Salinas Carlos Aurelio.

n

n

JƔcome Lozada Carlos RenƩ.

n

n

Art. 2.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto encĆ”rguese el Ministro de Gobierno y PolicĆ­a.

n

n

Dado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de la ciudad de Quito, a 15 de mayo del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n

n

f.) Fernando Bustamante Ponce, Ministro de Gobierno y PolicĆ­a.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

n

n

n

No. 1084

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

En uso de las atribuciones que le concede el Art. 171, numeral 14 concordante con el Art. 179, numeral 2 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica del Ecuador y el Art. 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y, a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza AĆ©rea, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n
n n

n

Decreta:

n

n

Art. 1.- Nombrar a los siguientes seƱores oficiales superiores de la Fuerza AƩrea, para que desempeƱen las funciones de Adjuntos a las Agregadurƭas AƩreas, a partir del 1 de julio del 2008 y por el lapso de 12 meses.

n

n

Ā· CRNL. EMT. AVC. Osiris Amable Luna SantĆ­n, Adjunto a la AgregadurĆ­a AĆ©rea a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica del PerĆŗ, con sede en la ciudad de Lima.

n

n

Ā· CRNL. EMT. AVC. Vicente BolĆ­var RenterĆ­a Estrella, Adjunto a la AgregadurĆ­a AĆ©rea a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica del Brasil, con sede en la ciudad de Sao Paulo.

n

n

Art. 2.- Los mencionados seƱores oficiales percibirĆ”n las asignaciones econĆ³micas determinadas en el reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, SecciĆ³n Fuerza AĆ©rea.

n

n

Art. 3.- La seƱora Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n y el seƱor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecuciĆ³n del presente decreto.

n

n

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de mayo del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n

n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

f.) Dra. MarĆ­a Isabel Salvador Crespo, Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

n

n

n

No. 1085

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

En uso de las atribuciones que le conceden los artĆ­culos 171, numeral 14 concordante con el 179, numeral 2 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica del Ecuador y el artĆ­culo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

n

n

Decreta:

n

n

Art. 1.- Nombrar al seƱor CPFG-EM. Ricaurte Caravias Vƭctor, para que desempeƱe las funciones de Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en Estados Unidos de NorteamƩrica y representante de la Fuerza Naval ante la Junta Interamericana de Defensa, a partir del 2 de junio del 2008 y por el lapso de 18 meses.

n

n

Art. 2.- El mencionado seƱor oficial percibirĆ” la asignaciĆ³n econĆ³mica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, SecciĆ³n Fuerza Naval.

n

n

Art. 3.- La seƱora Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n y el seƱor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecuciĆ³n del presente decreto.

n

n

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de mayo del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n

n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

f.) Dra. MarĆ­a Isabel Salvador Crespo, Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

n

n

n

No. 1086

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

En uso de las atribuciones que le conceden los artĆ­culos 171, numeral 14 concordante con el 179, numeral 2 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica del Ecuador y el artĆ­culo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,