REGISTRO OFICIAL
n
AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
n
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
n
MiĆ©rcoles, 28 de Mayo de 2008 – R. O. No. 347
n n n n FUNCION EJECUTIVA n n DECRETOS: n n
1082……. SustitĆŗyese el artĆculo 19 del Libro I āReglamento de Operaciones de Deuda PĆŗblica Interna y Externa del Gobierno Nacional y DemĆ”s Entidades y Organismos del Sector PĆŗblicoā, expedido mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 3410, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 5 de 22 de enero del 2003
n n n n n n
1083……. AsciĆ©ndese al grado inmediato superior a varios capitanes de PolicĆa de Servicios de Intendencia pertenecientes a la SĆ©ptima PromociĆ³n de Oficiales de Intendencia
n n n n n n
1084……. NĆ³mbrase a los oficiales superiores de la Fuerza AĆ©rea, para que desempeƱen las funciones de adjuntos a las agregadurĆas aĆ©reas CRNLS. EMT. AVC, Osiris Amable Luna SantĆn, a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica del PerĆŗ y Vicente BolĆvar RenterĆa Estrella, a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica del Brasil ……………………………..
n n n n n n
1085……. NĆ³mbrase al CPFG-EM VĆctor Ricaurte Caravias, Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en Estados Unidos de NorteamĆ©rica y Representante de la Fuerza Naval ante la Junta Interamericana de Defensa
n n n n n n
1086……. NĆ³mbrase al CPFG-EM. Alejandro Vela Loza, Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en PerĆŗ
n n n n n n n
ACUERDOS:
n n n n n n n
MINISTERIO DE INCLUSION
n n n n
ECONOMICA Y SOCIAL:
n n n n n n
0491……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n de Desarrollo Integral āGuamĆ”n Pomaā, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
n n n n n n
0493……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n de Desarrollo Comunitario āSagrado CorazĆ³n de JesĆŗsā, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
n n n n n n
0494……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆa jurĆdica del Grupo HonorĆfico de Inteligencia Militar āMayor BolĆvar Gallardoā, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
n n n n n n
0496……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n āSOLDANELLAā, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
n n n n n n
MINISTERIO DE RELACIONES
n n n n
EXTERIORES:
n n n n n n
-………. Convenio EspecĆfico entre Ecuador y BĆ©lgica con relaciĆ³n al Proyecto de Apoyo a las Familias de los PequeƱos Caficultores de ManabĆ
n n n n n n n
RESOLUCIONES:
n n n n n n n
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
n n n n
Y COMUNICACIONES, DIRECCION
n n n n
PROVINCIAL DE LOJA:
n n n n n n
001……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n āLos Caminantesā, con domicilio en el cantĆ³n Loja, provincia de Loja
n n n n n n
002……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n āSabiangoā, con domicilio en el cantĆ³n MacarĆ”, provincia de Loja
n n n n n n
003……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n āAmĆ©ricaā,con domicilio en el cantĆ³n GanzanamĆ”, provincia de Loja
n n n n n n
004……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n āSanta Rosaā, con domicilio en el cantĆ³n Olmedo, provincia de Loja
n n n n n n
005……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n āGuadĆŗasā, con domicilio en el cantĆ³n Chaguarpamba, provincia de Loja
n n n n n n
006……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n āBosque Petrificado Puyangoā, con domicilio en el cantĆ³n Puyango, provincia de Loja
n n n n n n
007……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n āVirgen de los Remediosā, con domicilio en el cantĆ³n Paltas, provincia de Loja
n n n n n n
008……… ApruĆ©base el estatuto funcional y otĆ³rgase personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n āMullunamaā, con domicilio en el cantĆ³n Celica, provincia de Loja
n n n n n n n n
CONSEJO NACIONAL DE
n n n n
LAS MUJERES (CONAMU):
n n n n n n
1272-OM-2008 ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n de Mujeres Perlitas de Oro, domiciliada en el cantĆ³n Guamote, provincia de Chimborazo
n n n n n n
1273-OM-2008 ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n de Mujeres Tesoro Escondido, domiciliada en el cantĆ³n Lago Agrio, provincia de SucumbĆos
n n n n n n
1274-OM-2008 ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n de Mujeres Granitos de Mostaza, domiciliada en el cantĆ³n Mira, provincia del Carchi
n n n n n
FUNCION JUDICIAL
n n n n n
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
n n n n
SEGUNDA SALA DE LO PENAL:
n n n n n n
Recursos de casaciĆ³n en los juicios penales seguidos en contra de las siguientes personas:
n n n n n n
69-07…… Wilson Azogue Salazar, por el delito de abuso de confianza previsto y sancionado en el Art. 560 del CĆ³digo Penal en perjuicio de JosĆ© Francisco NĆŗƱez JordĆ”n
n n n n n n
72-07…… Luis Abelardo SolĆs GutiĆ©rrez, por el delito tipificado y reprimido en el Art. 452 del CĆ³digo Penal
n n n n n n
74-07…… Nilo Clemente RodrĆguez RodrĆguez, por el delito de lesiones en perjuicio de MarĆa Rosario Guerrero NarvĆ”ez
n n n n n n
75-07…… Wilber Gustavo Orbea Carvajal, por el delito de estafa tipificado y sancionado en el Art. 563 del CĆ³digo Penal en perjuicio de Olivia Esperanza Cueva
n n n n n n
79-07…… Luis Alberto Iza Toctaguano, por el delito tipificado y sancionado en el Art. 563 del CĆ³digo Penal en perjuicio de Luis Alcides Toctaguano Caiza
n n n n n n
ORDENANZAS MUNICIPALES:
n n n n n n
-………. Gobierno Municipal de Santo Domingo: Que regula la instalaciĆ³n y control de la publicidad y propaganda exterior
n n n n n n
-………. Gobierno Municipal de Santa Cruz: De publicidad visual y propaganda auditiva
n n n
n
n
n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n
REPUBLICA
n
n
Considerando:
n
n
Que el artĆculo 136 de la Ley OrgĆ”nica de AdministraciĆ³n Financiera y Control, prescribe que autorizada legalmente una emisiĆ³n de bonos, se procederĆ” a realizarla mediante escritura pĆŗblica, con el seƱalamiento de los funcionarios que intervendrĆ”n en el otorgamiento de la misma;
n
n
Que el artĆculo 19 del Libro I āReglamento de Operaciones de Deuda PĆŗblica Interna y Externa del Gobierno Nacional y DemĆ”s Entidades y Organismos del Sector PĆŗblicoā, expedido con el Decreto No. 3410 de 2 de diciembre del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 5 de 22 de enero del 2003, establece el contenido obligatorio de las escrituras de emisiĆ³n de valores que fueren autorizados legalmente;
n
n
Que la ContralorĆa General del Estado, mediante informe DAE-0013-2007, aprobado el 1 de agosto del 2007, correspondiente al examen especial realizado a la Deuda PĆŗblica – TĆtulos de Deuda Interna y Bonos Brady, por el perĆodo comprendido entre el 1 de enero del 2002 al 30 de junio del 2006, realizĆ³ varias recomendaciones al Ministro de Finanzas, entre estas la No. 32, referida a la determinaciĆ³n de los requisitos de forma y contenido que deberĆan reunir las escrituras pĆŗblicas de emisiĆ³n de bonos, los que deberĆ”n ser detallados al menor nivel posible con el fin de que sirvan de base para reformar en lo pertinente el Decreto Ejecutivo 3410;
n
n
Que el artĆculo 92 de la Ley OrgĆ”nica de la ContralorĆa General del Estado, establece que las recomendaciones de la ContralorĆa General del Estado, son de cumplimiento obligatorio y, su inobservancia se halla sujeta a la imposiciĆ³n de sanciones; y,
n
n
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 5 del artĆculo 171 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica,
n
n
n
Decreta:
n
n
Art. 1.- SustitĆŗyese el artĆculo 19 del Libro I āReglamento de Operaciones de Deuda PĆŗblica Interna y Externa del Gobierno Nacional y demĆ”s entidades y Organismos del Sector PĆŗblicoā, expedido mediante Decreto Ejecutivo 3410, publicado en el Registro Oficial No. 5 de 22 de enero del 2003, por el siguiente:
n
n
āArt. 19.- Una vez que fuere autorizada en forma legal la emisiĆ³n de tĆtulos valores, se procederĆ” a la suscripciĆ³n de la escritura pĆŗblica de emisiĆ³n, otorgada por los funcionarios especificados en el artĆculo 136 de la Ley OrgĆ”nica de AdministraciĆ³n Financiera y Control.
n
n
La escritura pĆŗblica de emisiĆ³n, a mĆ”s de las solemnidades de fondo y de forma establecidas en el CĆ³digo Civil para su otorgamiento, tendrĆ” obligatoriamente el siguiente contenido:
n
n
1. La determinaciĆ³n del emisor.
n
n
2. La referencia del acto administrativo que autorizĆ³ la emisiĆ³n y el tipo de valor a emitirse.
n
n
3. Clase de emisiĆ³n: cartular o desmaterializada.
n
n
4. El valor total de la emisiĆ³n.
n
n
5. El plazo de vigencia de los tĆtulos valores.
n
n
6. La determinaciĆ³n de la serie y numeraciĆ³n de los tĆtulos, con sus respectivos valores.
n
n
7. NĆŗmero de cupones que contiene cada tĆtulo por capital e intereses, con indicaciĆ³n clara de las fechas de su vencimiento.
n
n
8. La indicaciĆ³n de: (i) Las rentas, asignaciones o partidas presupuestarias destinadas a la amortizaciĆ³n de los tĆtulos y sus intereses; y, (ii) La cuenta o cuentas con aplicaciĆ³n a la cual se tomarĆ”n los recursos necesarios para dicho servicio.
n
n
9. La denominaciĆ³n de los proyectos o proyectos y subproyectos que se financiarĆ”n con los recursos de la emisiĆ³n, con el detalle del valor destinado a cada uno de tales proyectos o subproyectos.
n
n
10. Cualquier otro tĆ©rmino o condiciĆ³n financiera de la emisiĆ³n autorizada, adicional a las referidas anteriormente.
n
n
A la escritura de emisiĆ³n, se agregarĆ”n los siguientes documentos habilitantes: (i) Copia certificada del acto administrativo que autorizĆ³ la emisiĆ³n respectiva; (ii) Copia certificada del documento emitido por el ComitĆ© de Deuda y Financiamiento en los casos previstos en el artĆculo 13 de la Ley OrgĆ”nica para la RecuperaciĆ³n del Uso de los recursos Petroleros del Estado y RacionalizaciĆ³n Administrativa de los Procesos de Endeudamientoā; (iii) Copia certificada del documento o documentos que contengan el anĆ”lisis tĆ©cnico efectuado por la SubsecretarĆa de CrĆ©dito PĆŗblico del Ministerio de Finanzas sobre la respectiva operaciĆ³n de crĆ©dito, con sus respectivas recomendaciones al Ministro de Finanzas; (iv) Copia certificada de la ResoluciĆ³n del Ministro de Finanzas que aprueba la emisiĆ³n; (v) Copia de los documentos que evidencien el cumplimiento de los requisitos previstos en el artĆculo 10 de la Ley OrgĆ”nica de Responsabilidad, EstabilizaciĆ³n y Transparencia Fiscal; y, (vi) Copia certificada de los nombramientos de los representantes legales de las entidades del Estado que comparecen a la celebraciĆ³n de la escritura pĆŗblica.
n
n
Art. 2.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto ejecutivo, que entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese el Ministro de Finanzas.
n
n
Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de mayo del 2008.
n
n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n
n
f.) Fausto Ortiz de la Cadena, Ministro de Finanzas.
n
n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.
n
n
f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n
REPUBLICA
n
n
Considerando:
n
n
La ResoluciĆ³n del H. Consejo Superior de la PolicĆa Nacional No. 2008-131-CS-PN de marzo 27 del 2008;
n
n
El pedido del seƱor Ministro de Gobierno y PolicĆa, formulado mediante oficio No. 2008-761-SPN de mayo 5 del 2008, previa solicitud del seƱor Comandante General de la PolicĆa Nacional, con oficio No. 2008-245-DGP-PN, de abril 28 del 2008;
n
n
De conformidad con los Arts. 76 y 77 de la Ley de Personal de la PolicĆa Nacional y Art. 18 literal e) de la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆa Nacional; y,
n
n
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley OrgĆ”nica de la PolicĆa Nacional,
n
n
Decreta:
n
n
Art. 1.- Ascender con fecha 30 de diciembre del 2007, al grado inmediato superior a los seƱores capitanes de PolicĆa de Servicios de Intendencia pertenecientes a la sĆ©ptima promociĆ³n de oficiales de intendencia, que se detallan a continuaciĆ³n:
n
n
CampaƱa Flores Rafael Edmundo.
n
n
Pacheco Navas Emerson Roberto.
n
n
Tenezaca Tenezaca Fausto Luciano.
n
n
Quezada Cabrera Luis Mario.
n
n
Silva RodrĆguez Luis Humberto.
n
n
Chachapoya Morales Luis Giovanny.
n
n
VƔsquez RomƔn Miguel Eduardo.
n
n
Shambi Guilcapi Carlos Fernando.
n
n
Armijos Salinas Carlos Aurelio.
n
n
JƔcome Lozada Carlos RenƩ.
n
n
Art. 2.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto encĆ”rguese el Ministro de Gobierno y PolicĆa.
n
n
Dado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de la ciudad de Quito, a 15 de mayo del 2008.
n
n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n
n
f.) Fernando Bustamante Ponce, Ministro de Gobierno y PolicĆa.
n
n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.
n
n
f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n
REPUBLICA
n
n
En uso de las atribuciones que le concede el Art. 171, numeral 14 concordante con el Art. 179, numeral 2 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica del Ecuador y el Art. 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas; y, a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza AĆ©rea, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,
n
n n
n
Decreta:
n
n
Art. 1.- Nombrar a los siguientes seƱores oficiales superiores de la Fuerza AĆ©rea, para que desempeƱen las funciones de Adjuntos a las AgregadurĆas AĆ©reas, a partir del 1 de julio del 2008 y por el lapso de 12 meses.
n
n
Ā· CRNL. EMT. AVC. Osiris Amable Luna SantĆn, Adjunto a la AgregadurĆa AĆ©rea a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica del PerĆŗ, con sede en la ciudad de Lima.
n
n
Ā· CRNL. EMT. AVC. Vicente BolĆvar RenterĆa Estrella, Adjunto a la AgregadurĆa AĆ©rea a la Embajada del Ecuador en la RepĆŗblica del Brasil, con sede en la ciudad de Sao Paulo.
n
n
Art. 2.- Los mencionados seƱores oficiales percibirĆ”n las asignaciones econĆ³micas determinadas en el reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, SecciĆ³n Fuerza AĆ©rea.
n
n
Art. 3.- La seƱora Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n y el seƱor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecuciĆ³n del presente decreto.
n
n
Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de mayo del 2008.
n
n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n
n
f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.
n
n
f.) Dra. MarĆa Isabel Salvador Crespo, Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.
n
n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.
n
n
f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n
REPUBLICA
n
n
En uso de las atribuciones que le conceden los artĆculos 171, numeral 14 concordante con el 179, numeral 2 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica del Ecuador y el artĆculo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,
n
n
Decreta:
n
n
Art. 1.- Nombrar al seƱor CPFG-EM. Ricaurte Caravias VĆctor, para que desempeƱe las funciones de Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en Estados Unidos de NorteamĆ©rica y representante de la Fuerza Naval ante la Junta Interamericana de Defensa, a partir del 2 de junio del 2008 y por el lapso de 18 meses.
n
n
Art. 2.- El mencionado seƱor oficial percibirĆ” la asignaciĆ³n econĆ³mica determinada en el reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, SecciĆ³n Fuerza Naval.
n
n
Art. 3.- La seƱora Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n y el seƱor Ministro de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecuciĆ³n del presente decreto.
n
n
Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 15 de mayo del 2008.
n
n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.
n
n
f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.
n
n
f.) Dra. MarĆa Isabel Salvador Crespo, Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.
n
n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.
n
n
f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.
n
n
n
n
n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n
REPUBLICA
n
n
En uso de las atribuciones que le conceden los artĆculos 171, numeral 14 concordante con el 179, numeral 2 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica del Ecuador y el artĆculo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud del seƱor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a travĆ©s del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,