REGISTRO OFICIAL

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AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

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MiĆ©rcoles, 28 de Mayo de 2008 – R. O. No. 347

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SUPLEMENTO

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FUNCION EJECUTIVA

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ACUERDOS:

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MINISTERIO DE INCLUSION

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ECONOMICA Y SOCIAL:

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0468……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆ­a jurĆ­dica a la FundaciĆ³n de Apoyo Social ā€œEsperanza Vivaā€, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

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0470……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆ­a jurĆ­dica a la CorporaciĆ³n ā€œEsperanza Social en Desarrolloā€, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

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0482……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n de Vendedores del ā€œParque Tolagasiā€, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

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0483……. ApruĆ©banse las reformas al Estatuto de la AsociaciĆ³n de PequeƱos Comerciantes ā€œEl Guambraā€, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

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0484……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada la AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasqui, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

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0488……. ApruĆ©banse las reformas al Estatuto del ComitĆ© Pro-mejoras del Barrio ā€œSector 9 del Lote 2 de Chillogalloā€, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

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0489……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n de Apoyo a la Academia DiplomĆ”tica del Ecuador, FAADE, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

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0490……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n Andina de Desarrollo y Estudios Sociales ā€œFUNADESā€, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

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0554……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆ­a jurĆ­dica a la FundaciĆ³n para el Desarrollo Comunitario ā€œFUNDECOā€, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

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ORDENANZAS MUNICIPALES:

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-………. Gobierno Municipal del CantĆ³n Mera (Provincia de Pastaza): Que expide el Reglamento Interno de AdministraciĆ³n de Recursos Humanos

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45……….. Concejo Municipal de Milagro: Reglamentaria para la instalaciĆ³n de rĆ³tulos publicitarios

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-………. Gobierno Municipal del CantĆ³n ā€œSanta LucĆ­aā€: Sustitutiva a la Ordenanza reformatoria que reglamenta la constituciĆ³n y funcionamiento del ComitĆ© de Contrataciones para los Procedimientos Licitatorios; de concurso pĆŗblico de ofertas y de los que no se sujetan al procedimiento precontractual conocido como contrataciĆ³n directa y del ComitĆ© TĆ©cnico de ConsultorĆ­a

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n

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No. 0468

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MINISTERIO DE INCLUSION

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ECONOMICA Y SOCIAL

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Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n

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SUBSECRETARIO GENERAL

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n

Considerando:

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n

Que, de conformidad con el numeral 19 del Art. 23 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre asociaciĆ³n con fines pacĆ­ficos;

n

n

Que, el TĆ­tulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil vigente, faculta la concesiĆ³n de personerĆ­a jurĆ­dica a corporaciones y fundaciones, como organizaciones de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro;

n

n

Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆ­tulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;

n

n

Que mediante oficio s/n de fecha 26 de noviembre del 2007, con trĆ”mite No. 2007-8259 MIES, la directiva provisional de la FundaciĆ³n de Apoyo Social ā€œESPERANZA VIVAā€, con domicilio en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n del estatuto y la concesiĆ³n de la personerĆ­a jurĆ­dica. La veracidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios;

n

n

Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a Legal de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. 410-DAL-OS-CV-07 de 27 de noviembre del 2007, ha emitido informe favorable a la peticiĆ³n de la organizaciĆ³n antes mencionada, siendo documentos habilitantes del presente acuerdo, el acta constitutiva con la nĆ³mina y firmas de los socios fundadores; y, el estatuto social, entre otros; y,

n

n

En ejercicio de las facultades legales asignadas en Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,

n

n

Acuerda:

n

n

Art. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personerĆ­a jurĆ­dica a la FundaciĆ³n de Apoyo Social ā€œESPERANZA VIVAā€, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, sin modificaciĆ³n alguna.

n

n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organizaciĆ³n.

n

n

Art. 3.- Disponer que la organizaciĆ³n una vez adquirida la personerĆ­a jurĆ­dica, proceda a la elecciĆ³n de la directiva y su registro en este Ministerio. Igualmente este registro tendrĆ” lugar cada vez que haya cambio de directiva, ingreso o exclusiĆ³n de miembros.

n

n

Art. 4.- El Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social podrĆ” requerir en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentran bajo su control, la informaciĆ³n que se relacione con sus actividades, a fin de verificar que cumplan con los fines para las cuales fueron autorizadas y con la legislaciĆ³n que rige su funcionamiento.

n

n

De comprobarse su inobservancia, el Ministerio iniciarĆ” el procedimiento de disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n contemplado en las disposiciones legales de su constituciĆ³n.

n

n

Art. 5.- Este acto administrativo no es una autorizaciĆ³n para desarrollar actividades comerciales, programas de vivienda, ocupar el espacio pĆŗblico, lucrativas en general, u otras prohibidas por la ley o contrarias al orden pĆŗblico o a las buenas costumbres. En el ejercicio de las actividades, se estarĆ” a lo dispuesto en el CĆ³digo de la NiƱez y Adolescencia.

n

n

Art. 6.- Los conflictos internos de la organizaciĆ³n deberĆ”n ser resueltos internamente conforme a sus estatutos; y, en caso de persistir, se someterĆ”n a la Ley de MediaciĆ³n y Arbitraje, o a la justicia ordinaria.

n

n

El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 17 de enero del 2008.

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f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n, Subsecretario General, Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social.

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No. 0470

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MINISTERIO DE INCLUSION

n

ECONOMICA Y SOCIAL

n

n

Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n

n

SUBSECRETARIO GENERAL

n

n

Considerando:

n

n

Que, de conformidad con el numeral 19 del Art. 23 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre asociaciĆ³n con fines pacĆ­ficos;

n

n

Que, el TĆ­tulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil vigente, faculta la concesiĆ³n de personerĆ­a jurĆ­dica a corporaciones y fundaciones, como organizaciones de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro;

n

n

Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆ­tulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;

n

n

Que mediante oficio s/n de fecha 3 de diciembre del 2007, con trĆ”mite No. 2007-8976-MIES-E, la directiva provisional de la CorporaciĆ³n ā€œESPERANZA SOCIAL EN DESARROLLOā€, solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n del estatuto y la concesiĆ³n de la personerĆ­a jurĆ­dica; y, la veracidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios;

n

n

Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a Legal de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. 076-DAL-OS-JVG-08 de enero de 9 del 2008, ha emitido informe favorable a la peticiĆ³n de la organizaciĆ³n antes mencionada, siendo documentos habilitantes del presente acuerdo, el acta constitutiva con las firmas de los socios fundadores; y, el estatuto social, entre otros; y,

n

n

En ejercicio de las facultades legales, asignadas mediante Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,

n

n

Acuerda:

n

n

Art. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personerĆ­a jurĆ­dica a la CorporaciĆ³n ā€œESPERANZA SOCIAL EN DESARROLLOā€, con domicilio en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, sin modificaciĆ³n alguna.

n

n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organizaciĆ³n.

n

n

Art. 3.- Disponer que la organizaciĆ³n, una vez adquirida la personerĆ­a jurĆ­dica proceda a la elecciĆ³n de la directiva y su registro en este Ministerio. Igualmente este registro tendrĆ” lugar cada vez que haya cambio de directiva, ingreso o exclusiĆ³n de miembros.

n

n

Art. 4.- El Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social podrĆ” requerir en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentran bajo su control, la informaciĆ³n que se relacione con sus actividades, a fin de verificar que cumpla con los fines para los cuales fueron autorizadas y con la legislaciĆ³n que rige su funcionamiento. De comprobarse su inobservancia, el Ministerio iniciarĆ” el procedimiento de disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n contempladas en las disposiciones legales de su constituciĆ³n.

n

n

n

Art. 5.- Este acto administrativo no es una autorizaciĆ³n para desarrollar actividades comerciales, programas de vivienda, ocupar el espacio pĆŗblico, lucrativas en general u otras prohibidas por la ley; o contrarias al orden pĆŗblico o a las buenas costumbres.

n

n

n

Art. 6.- Los conflictos internos de las organizaciĆ³n deberĆ”n ser resueltas internamente conforme a sus estatutos; y, en caso de persistir, se someterĆ”n a la Ley de MediaciĆ³n y Arbitraje, o a la justicia ordinaria.

n

n

El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 17 de enero del 2008.

n

n

f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n, Subsecretario General.

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MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C. P. A. Sandra CƔrdenas V., Secretaria General.

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No. 0482

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MINISTERIO DE INCLUSION

n

ECONOMICA Y SOCIAL

n

n

Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n

n

SUBSECRETARIO GENERAL

n

n

Considerando:

n

n

Que, de conformidad con el numeral 19 del Art. 23 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre asociaciĆ³n con fines pacĆ­ficos;

n

n

Que, el TĆ­tulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil vigente, faculta la concesiĆ³n de personerĆ­a jurĆ­dica a corporaciones y fundaciones, como organizaciones de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro;

n

n

Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆ­tulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;

n

n

Que mediante oficio s/n, ingresado a esta SecretarĆ­a de Estado el 13 de diciembre del 2007, con trĆ”mite No. 2007-7931-MIES-E, la directiva provisional de la AsociaciĆ³n de Vendedores del ā€œPARQUE TOLAGASIā€, solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n del estatuto y la concesiĆ³n de la personerĆ­a jurĆ­dica. La veracidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios;

n

n

Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a Legal de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. 552-DAL-OS-JVG-07 de 17 de diciembre del 2007, ha emitido informe favorable a la peticiĆ³n de la organizaciĆ³n antes mencionada, siendo documentos habilitantes del presente acuerdo, el acta constitutiva con las firmas de los socios fundadores; y, el estatuto social, entre otros; y,

n

n

En ejercicio de las facultades legales asignadas mediante Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,

n

n

Acuerda:

n

n

Art. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n de Vendedores del ā€œPARQUE TOLAGASIā€, con domicilio en la parroquia de Tumbaco, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, sin modificaciĆ³n alguna.

n

n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organizaciĆ³n.

n

n

Art. 3.- Disponer que la organizaciĆ³n una vez adquirida la personerĆ­a jurĆ­dica, proceda a la elecciĆ³n de la directiva y su registro en este Ministerio. Igualmente este registro tendrĆ” lugar cada vez que haya cambio de directiva, ingreso o exclusiĆ³n de miembros.

n

n

Art. 4.- El Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social podrĆ” requerir en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentran bajo su control, la informaciĆ³n que se relacione con sus actividades, a fin de verificar que cumplan con los fines para las cuales fueron autorizadas y con la legislaciĆ³n que rige su funcionamiento. De comprobarse su inobservancia, el Ministerio iniciarĆ” el procedimiento de disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n contemplado en las disposiciones legales de su constituciĆ³n.

n

n

Art. 5.- Este acto administrativo no es una autorizaciĆ³n para desarrollar actividades comerciales, programas de vivienda, ocupar el espacio pĆŗblico, lucrativas en general, u otras prohibidas por la ley o contrarias al orden pĆŗblico o a las buenas costumbres, en el ejercicio de sus actividades se estarĆ” a lo dispuesto en la ley y las ordenanzas municipales.

n

n

Art. 6.- Los conflictos internos de la organizaciĆ³n deberĆ”n ser resueltos internamente conforme a sus estatutos; y, en caso de persistir, se someterĆ”n a la Ley de MediaciĆ³n y Arbitraje, o a la justicia ordinaria.

n

El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 24 de enero del 2008.

n

n

f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n, Subsecretario General, Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social.

n

n

MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C. P. A. Sandra CƔrdenas V., Secretaria General.

n

n

n

No. 0483

n

n

MINISTERIO DE INCLUSION

n

ECONOMICA Y SOCIAL

n

n

Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n

n

SUBSECRETARIO GENERAL

n

n

Considerando:

n

n

Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆ­tulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;

n

n

Que mediante oficio s/n ingresado el 3 de enero del 2007, con trĆ”mite No. 2008-144-MIES, E la directiva de la AsociaciĆ³n de PequeƱos Comerciantes ā€œEL GUAMBRAā€, solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n de la reformas al estatuto. Conforme a lo resuelto por la asamblea general extraordinaria de fecha 23 de noviembre del 2007;

n

n

Que, dicha organizaciĆ³n, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, obtuvo su personerĆ­a jurĆ­dica con Acuerdo Ministerial No. 728 de mayo16 de 1995;

n

n

Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a Legal del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, mediante memorando No. 70-DAL-OS-VP-08 de 8 de enero del 2008, ha emitido informe para la aprobaciĆ³n de las reformas al estatuto de la organizaciĆ³n antes mencionada, ya que la peticiĆ³n cumple con los requisitos previstos; y,

n

n

En ejercicio de las facultades legales asignadas en Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,

n

n

n

Acuerda:

n

n

Art. 1.- Aprobar las reformas introducidas al Estatuto de la AsociaciĆ³n de PequeƱos Comerciantes ā€œEL GUAMBRAā€, con domicilio en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, sin modificaciĆ³n alguna.

n

n

Art. 2.- La organizaciĆ³n cumplirĆ” sus fines y sus actividades con sujeciĆ³n al estatuto reformado y codificado en esta fecha.

n

n

Art. 3.- El Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social podrĆ” requerir en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentre bajo su control, la informaciĆ³n que se relacione con sus actividades, a fin de verificar que cumpla con los fines para los cuales fueron autorizados y que no incurran en las prohibiciones establecidas en la ley y demĆ”s normas pertinentes. De comprobarse su inobservancia por parte de la organizaciĆ³n, el Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social iniciarĆ” el procedimiento de disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n contempladas en las disposiciones legales de su constituciĆ³n.

n

n

n

Art. 4.- Los conflictos internos de las organizaciones y de esta entre sĆ­, deberĆ”n ser resueltas internamente de acuerdo con sus estatutos; y en caso de persistir, se someterĆ”n a la Ley de Arbitraje y MediaciĆ³n, o a la justicia ordinaria.

n

n

n

Art. 5.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 24 de enero del 2008.

n

n

f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n, Subsecretario General.

n

n

MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C. P. A. Sandra CƔrdenas V., Secretaria General.

n

n

n

No. 0484

n

n

MINISTERIO DE INCLUSION

n

ECONOMICA Y SOCIAL

n

n

Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n

n

SUBSECRETARIO GENERAL

n

n

Considerando:

n

n

Que, de conformidad con lo prescrito en el numeral 19 del Art. 23 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre asociaciĆ³n con fines pacĆ­ficos;

n

n

Que, el TĆ­tulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil vigente, faculta la concesiĆ³n de personerĆ­a jurĆ­dica a corporaciones y fundaciones, como organizaciones de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro;

n

n

Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆ­tulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;

n

n

Que, mediante oficio de fecha 22 de octubre del 2007, con trĆ”mite No. 4865-MIES, la seƱora Yolanda Eugenia Angulo Santacruz, Socia fundadora de AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasqui, con domicilio en Pomasqui, cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, manifiesta que casi veinte aƱos la organizaciĆ³n ha permanecido inactiva, mĆ”s aĆŗn ha disminuido el nĆŗmero de socios a menos de lo establecido legalmente, por lo que en asamblea general de 21 y 22 de agosto del 2007, los socios de la referida organizaciĆ³n, han decidido por unanimidad la disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n de la referida asociaciĆ³n; solicitando se analice dicho pedido y se dĆ© por terminada la vida jurĆ­dica de la organizaciĆ³n. La veracidad de los documentos es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios;

n

n

Que, en el acta que los socios resuelven la disoluciĆ³n de la organizaciĆ³n, la comisiĆ³n liquidadora seƱala que la asociaciĆ³n no posee patrimonio activo alguno, dicha aseveraciĆ³n se ratifica en la declaraciĆ³n juramentada efectuada por la seƱora Miriam Guadalupe Espinoza Rosero, ante el doctor Jaime AillĆ³n AlbĆ”n, Notario Cuarto del CantĆ³n Quito el 2 de octubre del 2007;

n

n

Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a Legal del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, mediante memorando 632-DAL-OS-SR de 27 de diciembre del 2007, ha emitido informe favorable a la peticiĆ³n de la organizaciĆ³n antes mencionada, siendo documentos habilitantes del presente acuerdo, los documentos enunciados en el referido informe, entre otros; y,

n

n

En ejercicio de las facultades legales, asignadas mediante Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,

n

n

Acuerda:

n

n

Art. 1.- Declarar disuelta y liquidada la AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasqui, con domicilio, en Pomasqui, cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, por encontrarse inmersa en la causal de disoluciĆ³n, determinada en el Art. 41 del estatuto social de la organizaciĆ³n en concordancia con el Art. 15 del Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆ­dicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro.

n

n

Art. 2.- Revocar el Acuerdo Ministerial No. 00209 de febrero 4 de 1988, mediante el cual se concediĆ³ personerĆ­a jurĆ­dica a la AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasqui.

n

n

Art. 3.- Eliminar de los registros constantes en el archivo de la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a Legal del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, a la AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasquiā€, con domicilio en Pomasqui, cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha.

n

n

Art. 4.- Para la liquidaciĆ³n de sus bienes, la organizaciĆ³n disuelta, procederĆ” conforme determina el Art. 42 de su estatuto.

n

n

n

Art. 5.- De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo ministerial, encĆ”rguese la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a Legal.

n

n

PublĆ­quese de conformidad con la ley.

n

n

Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano a, 24 de enero del 2008.

n

n

f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n Subsecretario General.

n

n

MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C. P. A. Sandra CƔrdenas V., Secretaria General.

n

n

n

No. 0488

n

n

MINISTERIO DE INCLUSION

n

ECONOMICA Y SOCIAL

n

n

Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n

n

SUBSECRETARIO GENERAL

n

n

Considerando:

n

n

Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆ­tulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil;

n

n

Que, mediante oficio s/n ingresado en esta SecretarĆ­a de Estado el 18 de julio del 2007, con trĆ”mite No. 2007-12896-E, la Directiva del ComitĆ© Pro-Mejoras del Barrio ā€œSECTOR 9 DEL LOTE 2 DE CHILLOGALLOā€ solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n de las reformas al estatuto, conforme a lo resuelto por las asambleas generales de fechas 28 de abril y 4 de mayo del 2007;

n

n

Que, dicha organizaciĆ³n, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha obtuvo personerĆ­a jurĆ­dica con Acuerdo Ministerial No. 3345 de septiembre 7 del 2001;

n

n

Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a Legal del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, mediante memorando No. 65-DAL-OS-SR-2008 de 8 de enero del 2008, ha emitido informe para la aprobaciĆ³n de las reformas al estatuto de la organizaciĆ³n antes mencionada, ya que la peticiĆ³n cumple con los requisitos previstos; y,

n

n

n

En ejercicio de las facultades legales conferidas en el Acuerdo Ministerial No. 0011 de 16 de febrero del 2007,

n

n

n

Acuerda:

n

n

Art. 1.- Aprobar las reformas introducidas al Estatuto del ComitĆ© Pro-Mejoras del Barrio ā€œSECTOR 9 DEL LOTE 2 DE CHILLOGALLO, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, con las siguientes modificaciones:

n

n

PRIMERA: En el tercer inciso del Art. 5, despuĆ©s de ā€œasistir a Ć©stas con derechoā€ en lugar de ā€œpero no votaā€ pĆ³ngase ā€œa voz pero no a votoā€.

n