REGISTRO OFICIAL
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AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
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MiĆ©rcoles, 28 de Mayo de 2008 – R. O. No. 347
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SUPLEMENTO
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FUNCION EJECUTIVA
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ACUERDOS:
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MINISTERIO DE INCLUSION
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ECONOMICA Y SOCIAL:
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0468……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆa jurĆdica a la FundaciĆ³n de Apoyo Social āEsperanza Vivaā, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
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0470……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆa jurĆdica a la CorporaciĆ³n āEsperanza Social en Desarrolloā, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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0482……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n de Vendedores del āParque Tolagasiā, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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0483……. ApruĆ©banse las reformas al Estatuto de la AsociaciĆ³n de PequeƱos Comerciantes āEl Guambraā, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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0484……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada la AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasqui, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha
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0488……. ApruĆ©banse las reformas al Estatuto del ComitĆ© Pro-mejoras del Barrio āSector 9 del Lote 2 de Chillogalloā, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha
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0489……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n de Apoyo a la Academia DiplomĆ”tica del Ecuador, FAADE, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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0490……. DeclĆ”rase disuelta y liquidada a la FundaciĆ³n Andina de Desarrollo y Estudios Sociales āFUNADESā, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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0554……. ApruĆ©base el estatuto y concĆ©dese personerĆa jurĆdica a la FundaciĆ³n para el Desarrollo Comunitario āFUNDECOā, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
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ORDENANZAS MUNICIPALES:
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-………. Gobierno Municipal del CantĆ³n Mera (Provincia de Pastaza): Que expide el Reglamento Interno de AdministraciĆ³n de Recursos Humanos
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45……….. Concejo Municipal de Milagro: Reglamentaria para la instalaciĆ³n de rĆ³tulos publicitarios
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-………. Gobierno Municipal del CantĆ³n āSanta LucĆaā: Sustitutiva a la Ordenanza reformatoria que reglamenta la constituciĆ³n y funcionamiento del ComitĆ© de Contrataciones para los Procedimientos Licitatorios; de concurso pĆŗblico de ofertas y de los que no se sujetan al procedimiento precontractual conocido como contrataciĆ³n directa y del ComitĆ© TĆ©cnico de ConsultorĆa
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No. 0468
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MINISTERIO DE INCLUSION
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ECONOMICA Y SOCIAL
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Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n
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SUBSECRETARIO GENERAL
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Considerando:
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Que, de conformidad con el numeral 19 del Art. 23 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre asociaciĆ³n con fines pacĆficos;
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n
Que, el TĆtulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil vigente, faculta la concesiĆ³n de personerĆa jurĆdica a corporaciones y fundaciones, como organizaciones de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro;
n
n
Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆdicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆtulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;
n
n
Que mediante oficio s/n de fecha 26 de noviembre del 2007, con trĆ”mite No. 2007-8259 MIES, la directiva provisional de la FundaciĆ³n de Apoyo Social āESPERANZA VIVAā, con domicilio en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n del estatuto y la concesiĆ³n de la personerĆa jurĆdica. La veracidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios;
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n
Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆa Legal de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. 410-DAL-OS-CV-07 de 27 de noviembre del 2007, ha emitido informe favorable a la peticiĆ³n de la organizaciĆ³n antes mencionada, siendo documentos habilitantes del presente acuerdo, el acta constitutiva con la nĆ³mina y firmas de los socios fundadores; y, el estatuto social, entre otros; y,
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n
En ejercicio de las facultades legales asignadas en Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,
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Acuerda:
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Art. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personerĆa jurĆdica a la FundaciĆ³n de Apoyo Social āESPERANZA VIVAā, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, sin modificaciĆ³n alguna.
n
n
Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organizaciĆ³n.
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n
Art. 3.- Disponer que la organizaciĆ³n una vez adquirida la personerĆa jurĆdica, proceda a la elecciĆ³n de la directiva y su registro en este Ministerio. Igualmente este registro tendrĆ” lugar cada vez que haya cambio de directiva, ingreso o exclusiĆ³n de miembros.
n
n
Art. 4.- El Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social podrĆ” requerir en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentran bajo su control, la informaciĆ³n que se relacione con sus actividades, a fin de verificar que cumplan con los fines para las cuales fueron autorizadas y con la legislaciĆ³n que rige su funcionamiento.
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n
De comprobarse su inobservancia, el Ministerio iniciarĆ” el procedimiento de disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n contemplado en las disposiciones legales de su constituciĆ³n.
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n
Art. 5.- Este acto administrativo no es una autorizaciĆ³n para desarrollar actividades comerciales, programas de vivienda, ocupar el espacio pĆŗblico, lucrativas en general, u otras prohibidas por la ley o contrarias al orden pĆŗblico o a las buenas costumbres. En el ejercicio de las actividades, se estarĆ” a lo dispuesto en el CĆ³digo de la NiƱez y Adolescencia.
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n
Art. 6.- Los conflictos internos de la organizaciĆ³n deberĆ”n ser resueltos internamente conforme a sus estatutos; y, en caso de persistir, se someterĆ”n a la Ley de MediaciĆ³n y Arbitraje, o a la justicia ordinaria.
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n
El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
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Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 17 de enero del 2008.
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f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n, Subsecretario General, Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social.
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MINISTERIO DE INCLUSION
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ECONOMICA Y SOCIAL
n
n
Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n
n
SUBSECRETARIO GENERAL
n
n
Considerando:
n
n
Que, de conformidad con el numeral 19 del Art. 23 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre asociaciĆ³n con fines pacĆficos;
n
n
Que, el TĆtulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil vigente, faculta la concesiĆ³n de personerĆa jurĆdica a corporaciones y fundaciones, como organizaciones de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro;
n
n
Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆdicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆtulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;
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n
Que mediante oficio s/n de fecha 3 de diciembre del 2007, con trĆ”mite No. 2007-8976-MIES-E, la directiva provisional de la CorporaciĆ³n āESPERANZA SOCIAL EN DESARROLLOā, solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n del estatuto y la concesiĆ³n de la personerĆa jurĆdica; y, la veracidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios;
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Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆa Legal de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. 076-DAL-OS-JVG-08 de enero de 9 del 2008, ha emitido informe favorable a la peticiĆ³n de la organizaciĆ³n antes mencionada, siendo documentos habilitantes del presente acuerdo, el acta constitutiva con las firmas de los socios fundadores; y, el estatuto social, entre otros; y,
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En ejercicio de las facultades legales, asignadas mediante Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,
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Acuerda:
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Art. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personerĆa jurĆdica a la CorporaciĆ³n āESPERANZA SOCIAL EN DESARROLLOā, con domicilio en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, sin modificaciĆ³n alguna.
n
n
Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organizaciĆ³n.
n
n
Art. 3.- Disponer que la organizaciĆ³n, una vez adquirida la personerĆa jurĆdica proceda a la elecciĆ³n de la directiva y su registro en este Ministerio. Igualmente este registro tendrĆ” lugar cada vez que haya cambio de directiva, ingreso o exclusiĆ³n de miembros.
n
n
Art. 4.- El Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social podrĆ” requerir en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentran bajo su control, la informaciĆ³n que se relacione con sus actividades, a fin de verificar que cumpla con los fines para los cuales fueron autorizadas y con la legislaciĆ³n que rige su funcionamiento. De comprobarse su inobservancia, el Ministerio iniciarĆ” el procedimiento de disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n contempladas en las disposiciones legales de su constituciĆ³n.
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n
n
Art. 5.- Este acto administrativo no es una autorizaciĆ³n para desarrollar actividades comerciales, programas de vivienda, ocupar el espacio pĆŗblico, lucrativas en general u otras prohibidas por la ley; o contrarias al orden pĆŗblico o a las buenas costumbres.
n
n
n
Art. 6.- Los conflictos internos de las organizaciĆ³n deberĆ”n ser resueltas internamente conforme a sus estatutos; y, en caso de persistir, se someterĆ”n a la Ley de MediaciĆ³n y Arbitraje, o a la justicia ordinaria.
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n
El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
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n
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 17 de enero del 2008.
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f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n, Subsecretario General.
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MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C. P. A. Sandra CƔrdenas V., Secretaria General.
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MINISTERIO DE INCLUSION
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ECONOMICA Y SOCIAL
n
n
Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n
n
SUBSECRETARIO GENERAL
n
n
Considerando:
n
n
Que, de conformidad con el numeral 19 del Art. 23 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre asociaciĆ³n con fines pacĆficos;
n
n
Que, el TĆtulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil vigente, faculta la concesiĆ³n de personerĆa jurĆdica a corporaciones y fundaciones, como organizaciones de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro;
n
n
Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆdicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆtulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;
n
n
Que mediante oficio s/n, ingresado a esta SecretarĆa de Estado el 13 de diciembre del 2007, con trĆ”mite No. 2007-7931-MIES-E, la directiva provisional de la AsociaciĆ³n de Vendedores del āPARQUE TOLAGASIā, solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n del estatuto y la concesiĆ³n de la personerĆa jurĆdica. La veracidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios;
n
n
Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆa Legal de esta Cartera de Estado, mediante memorando No. 552-DAL-OS-JVG-07 de 17 de diciembre del 2007, ha emitido informe favorable a la peticiĆ³n de la organizaciĆ³n antes mencionada, siendo documentos habilitantes del presente acuerdo, el acta constitutiva con las firmas de los socios fundadores; y, el estatuto social, entre otros; y,
n
n
En ejercicio de las facultades legales asignadas mediante Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,
n
n
Acuerda:
n
n
Art. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n de Vendedores del āPARQUE TOLAGASIā, con domicilio en la parroquia de Tumbaco, Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, sin modificaciĆ³n alguna.
n
n
Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organizaciĆ³n.
n
n
Art. 3.- Disponer que la organizaciĆ³n una vez adquirida la personerĆa jurĆdica, proceda a la elecciĆ³n de la directiva y su registro en este Ministerio. Igualmente este registro tendrĆ” lugar cada vez que haya cambio de directiva, ingreso o exclusiĆ³n de miembros.
n
n
Art. 4.- El Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social podrĆ” requerir en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentran bajo su control, la informaciĆ³n que se relacione con sus actividades, a fin de verificar que cumplan con los fines para las cuales fueron autorizadas y con la legislaciĆ³n que rige su funcionamiento. De comprobarse su inobservancia, el Ministerio iniciarĆ” el procedimiento de disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n contemplado en las disposiciones legales de su constituciĆ³n.
n
n
Art. 5.- Este acto administrativo no es una autorizaciĆ³n para desarrollar actividades comerciales, programas de vivienda, ocupar el espacio pĆŗblico, lucrativas en general, u otras prohibidas por la ley o contrarias al orden pĆŗblico o a las buenas costumbres, en el ejercicio de sus actividades se estarĆ” a lo dispuesto en la ley y las ordenanzas municipales.
n
n
Art. 6.- Los conflictos internos de la organizaciĆ³n deberĆ”n ser resueltos internamente conforme a sus estatutos; y, en caso de persistir, se someterĆ”n a la Ley de MediaciĆ³n y Arbitraje, o a la justicia ordinaria.
n
El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 24 de enero del 2008.
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n
f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n, Subsecretario General, Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social.
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MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C. P. A. Sandra CƔrdenas V., Secretaria General.
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n
n
n
MINISTERIO DE INCLUSION
n
ECONOMICA Y SOCIAL
n
n
Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n
n
SUBSECRETARIO GENERAL
n
n
Considerando:
n
n
Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆdicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆtulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;
n
n
Que mediante oficio s/n ingresado el 3 de enero del 2007, con trĆ”mite No. 2008-144-MIES, E la directiva de la AsociaciĆ³n de PequeƱos Comerciantes āEL GUAMBRAā, solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n de la reformas al estatuto. Conforme a lo resuelto por la asamblea general extraordinaria de fecha 23 de noviembre del 2007;
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Que, dicha organizaciĆ³n, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, obtuvo su personerĆa jurĆdica con Acuerdo Ministerial No. 728 de mayo16 de 1995;
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Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆa Legal del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, mediante memorando No. 70-DAL-OS-VP-08 de 8 de enero del 2008, ha emitido informe para la aprobaciĆ³n de las reformas al estatuto de la organizaciĆ³n antes mencionada, ya que la peticiĆ³n cumple con los requisitos previstos; y,
n
n
En ejercicio de las facultades legales asignadas en Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,
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Acuerda:
n
n
Art. 1.- Aprobar las reformas introducidas al Estatuto de la AsociaciĆ³n de PequeƱos Comerciantes āEL GUAMBRAā, con domicilio en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha, sin modificaciĆ³n alguna.
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Art. 2.- La organizaciĆ³n cumplirĆ” sus fines y sus actividades con sujeciĆ³n al estatuto reformado y codificado en esta fecha.
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Art. 3.- El Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social podrĆ” requerir en cualquier momento, de oficio, a las corporaciones y fundaciones que se encuentre bajo su control, la informaciĆ³n que se relacione con sus actividades, a fin de verificar que cumpla con los fines para los cuales fueron autorizados y que no incurran en las prohibiciones establecidas en la ley y demĆ”s normas pertinentes. De comprobarse su inobservancia por parte de la organizaciĆ³n, el Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social iniciarĆ” el procedimiento de disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n contempladas en las disposiciones legales de su constituciĆ³n.
n
n
n
Art. 4.- Los conflictos internos de las organizaciones y de esta entre sĆ, deberĆ”n ser resueltas internamente de acuerdo con sus estatutos; y en caso de persistir, se someterĆ”n a la Ley de Arbitraje y MediaciĆ³n, o a la justicia ordinaria.
n
n
n
Art. 5.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
n
n
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 24 de enero del 2008.
n
n
f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n, Subsecretario General.
n
n
MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C. P. A. Sandra CƔrdenas V., Secretaria General.
n
n
n
n
n
MINISTERIO DE INCLUSION
n
ECONOMICA Y SOCIAL
n
n
Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n
n
SUBSECRETARIO GENERAL
n
n
Considerando:
n
n
Que, de conformidad con lo prescrito en el numeral 19 del Art. 23 de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica, el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre asociaciĆ³n con fines pacĆficos;
n
n
Que, el TĆtulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil vigente, faculta la concesiĆ³n de personerĆa jurĆdica a corporaciones y fundaciones, como organizaciones de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro;
n
n
Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆdicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆtulo XXX, Libro I de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil;
n
n
Que, mediante oficio de fecha 22 de octubre del 2007, con trĆ”mite No. 4865-MIES, la seƱora Yolanda Eugenia Angulo Santacruz, Socia fundadora de AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasqui, con domicilio en Pomasqui, cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, manifiesta que casi veinte aƱos la organizaciĆ³n ha permanecido inactiva, mĆ”s aĆŗn ha disminuido el nĆŗmero de socios a menos de lo establecido legalmente, por lo que en asamblea general de 21 y 22 de agosto del 2007, los socios de la referida organizaciĆ³n, han decidido por unanimidad la disoluciĆ³n y liquidaciĆ³n de la referida asociaciĆ³n; solicitando se analice dicho pedido y se dĆ© por terminada la vida jurĆdica de la organizaciĆ³n. La veracidad de los documentos es de exclusiva responsabilidad de los peticionarios;
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n
Que, en el acta que los socios resuelven la disoluciĆ³n de la organizaciĆ³n, la comisiĆ³n liquidadora seƱala que la asociaciĆ³n no posee patrimonio activo alguno, dicha aseveraciĆ³n se ratifica en la declaraciĆ³n juramentada efectuada por la seƱora Miriam Guadalupe Espinoza Rosero, ante el doctor Jaime AillĆ³n AlbĆ”n, Notario Cuarto del CantĆ³n Quito el 2 de octubre del 2007;
n
n
Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆa Legal del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, mediante memorando 632-DAL-OS-SR de 27 de diciembre del 2007, ha emitido informe favorable a la peticiĆ³n de la organizaciĆ³n antes mencionada, siendo documentos habilitantes del presente acuerdo, los documentos enunciados en el referido informe, entre otros; y,
n
n
En ejercicio de las facultades legales, asignadas mediante Acuerdo Ministerial No. 0011 de febrero 16 del 2007,
n
n
Acuerda:
n
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Art. 1.- Declarar disuelta y liquidada la AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasqui, con domicilio, en Pomasqui, cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, por encontrarse inmersa en la causal de disoluciĆ³n, determinada en el Art. 41 del estatuto social de la organizaciĆ³n en concordancia con el Art. 15 del Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆdicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro.
n
n
Art. 2.- Revocar el Acuerdo Ministerial No. 00209 de febrero 4 de 1988, mediante el cual se concediĆ³ personerĆa jurĆdica a la AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasqui.
n
n
Art. 3.- Eliminar de los registros constantes en el archivo de la DirecciĆ³n de AsesorĆa Legal del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, a la AsociaciĆ³n de Profesores y Empleados del Colegio Nacional Pomasquiā, con domicilio en Pomasqui, cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha.
n
n
Art. 4.- Para la liquidaciĆ³n de sus bienes, la organizaciĆ³n disuelta, procederĆ” conforme determina el Art. 42 de su estatuto.
n
n
n
Art. 5.- De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo ministerial, encĆ”rguese la DirecciĆ³n de AsesorĆa Legal.
n
n
PublĆquese de conformidad con la ley.
n
n
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano a, 24 de enero del 2008.
n
n
f.) Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n Subsecretario General.
n
n
MIES.- MINISTERIO DE INCLUSION ECONOMICA Y SOCIAL.- SECRETARIA GENERAL.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Ing. C. P. A. Sandra CƔrdenas V., Secretaria General.
n
n
n
n
n
MINISTERIO DE INCLUSION
n
ECONOMICA Y SOCIAL
n
n
Ec. Mauricio LeĆ³n GuzmĆ”n
n
SUBSECRETARIO GENERAL
n
n
Considerando:
n
n
Que, con Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidiĆ³ el Reglamento para la aprobaciĆ³n, control y extinciĆ³n de las personas jurĆdicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, sujetas a las disposiciones del TĆtulo XXX, Libro I del CĆ³digo Civil;
n
n
Que, mediante oficio s/n ingresado en esta SecretarĆa de Estado el 18 de julio del 2007, con trĆ”mite No. 2007-12896-E, la Directiva del ComitĆ© Pro-Mejoras del Barrio āSECTOR 9 DEL LOTE 2 DE CHILLOGALLOā solicita a la seƱora Ministra de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, la aprobaciĆ³n de las reformas al estatuto, conforme a lo resuelto por las asambleas generales de fechas 28 de abril y 4 de mayo del 2007;
n
n
Que, dicha organizaciĆ³n, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha obtuvo personerĆa jurĆdica con Acuerdo Ministerial No. 3345 de septiembre 7 del 2001;
n
n
Que, la DirecciĆ³n de AsesorĆa Legal del Ministerio de InclusiĆ³n EconĆ³mica y Social, mediante memorando No. 65-DAL-OS-SR-2008 de 8 de enero del 2008, ha emitido informe para la aprobaciĆ³n de las reformas al estatuto de la organizaciĆ³n antes mencionada, ya que la peticiĆ³n cumple con los requisitos previstos; y,
n
n
n
En ejercicio de las facultades legales conferidas en el Acuerdo Ministerial No. 0011 de 16 de febrero del 2007,
n
n
n
Acuerda:
n
n
Art. 1.- Aprobar las reformas introducidas al Estatuto del ComitĆ© Pro-Mejoras del Barrio āSECTOR 9 DEL LOTE 2 DE CHILLOGALLO, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, con las siguientes modificaciones:
n
n
PRIMERA: En el tercer inciso del Art. 5, despuĆ©s de āasistir a Ć©stas con derechoā en lugar de āpero no votaā pĆ³ngase āa voz pero no a votoā.
n