Registro Oficial No. 346 – Miércoles 22 de Diciembre de 2010
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REGISTRO OFICIAL
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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
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Presidente Constitucional de la República del Ecuador
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Miércoles, 22 de Diciembre de 2010 – R. O. No. 346
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FUNCIÓN EJECUTIVA
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nACUERDOS:
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nMINISTERIO DE CULTURA:
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n193-2010 Concédese en calidad de auspicio, a favor del señor José Olmedo Rivera Pozo, el valor correspondiente a cuatro pasajes aéreos, ruta Quito-Cochabamba (Bolivia-Quito)
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n205-2010 Concédese en calidad de auspicio, a favor de los señores Pedro Fernando Barreiro Ludeña y María Clara Osejo Páez, el valor correspondiente a dos pasajes aéreos, ruta Quito-Barcelona (España-Quito)
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n207-2010 Concédese en calidad de auspicio, a favor de la señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira, el valor correspondiente a un pasaje aéreo, ruta Quito-Madrid (Madrid)-Quito
n207 A-2010 Concédese en calidad de auspicio, favor de la señora Nhora Salgado Vejarano, el valor correspondiente a un pasaje aéreo: ruta Quito-México-Quito …..
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nMINISTERIO DE FINANZAS, COORDINACIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA FINANCIERA:
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n311 MF-CGAF-2010 Dispónese que la ingeniera Cristina Olmedo, Directora de Soluciones Conceptuales, subrogue las funciones de Subsecretaria de Innovación y Desarrollo de las Finanzas Públicas
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n314 MF-CGAF-2010 Dase por concluida la subro-gación de funciones conferida al economista Daniel Falconí Heredia y dispónese que el ingeniero Luis Villafuerte Chávez, servidor de la Subsecretaría de Crédito Público, subrogue las funciones de Subsecretario de Crédito Público
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n316 MF-2010 Delégase al economista Santiago Caviedes, para que represente al señor Ministro ante el Directorio y Comisión Ejecutiva de la Corporación Financiera Nacional, CFN
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nMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
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nAcuerdo Constitutivo del Centro del Sur
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nMINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
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n00000688 Apruébase el Estatuto Constitutivo de la Sociedad Ecuatoriana de Ozonoterapia-SEO, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
n00000703 Apruébase y autorízase la publicación del Manual del Sistema Organizado de la Red de los Servicios de Salud y Capacidad Resolutiva de las Unidades Operativas por Niveles, Sexta Edición 2010 ……………………
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n00000704 Elévase de categoría a los subcentros de salud urbanos de Paquisha y Palanda, pertenecientes a la provincia de Zamora Chinchipe
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nCONVOCATORIA:
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nCONSEJO NACIONAL ELECTORAL:
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nPLE-CNE-3-9-12-2010 Convócase a las ecuatorianas y ecuatorianos domiciliados en el país o en el exterior, mayores de dieciocho años de edad, que estén en goce de sus derechos de participación, cumplan los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Educación Superior, que estén interesados en participar en los concursos públicos de méritos y oposición para la integración del Consejo de Educación Superior (CES) y del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES)
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nRESOLUCIONES:
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nMINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES:
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n128 Deléganse funciones al ingeniero Diego Andrés Rueda Albuja, Coordinador del Proceso de Aprobación Control y Fiscalización de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo de la Dirección Nacional de Hidrocarburos
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nCONSEJO NACIONAL DE LA CALIDAD:
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n016-2010 Ratifícase el contenido de las resolucio-
nnes 009-2009 y 010-2009 CONCAL, publicadas en el Registro Oficial Nº 563 del 3 de abril del 2009 y la modificación a esta última contenida en la Resolución 013-2010 CONCAL, publicada en el Registro Oficial Nº 196 del 19 de mayo del 2010
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nCONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – CONELEC:
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nDE-10-045 Otórgase la licencia ambiental Nº 014/10, para la construcción y operación de la Línea de Subtransmisión, L/ST, a 69 kV de tensión y 40.3 km de longitud, desde la S/E Chota hasta la nueva S/E Carolina, solicitada por la Empresa Eléctrica Regional del Norte
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nCONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL:
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n04-48-2010-CPCCS Expídese el Reglamento del concurso de méritos y oposición para la selección y designación de las y los vocales del Consejo de la Judicatura
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nCORTE CONSTITUCIONAL
nSALA DE ADMISIÓN
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nCAUSA:
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n0031-10-IN Demanda de inconstitucionalidad presentada en contra de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, publicada en el Suplemento del Registro Oficial 643 del 28 de julio del 2009, que se refiere al derecho de alimentos de los niños, niñas y adolescentes. LEGITIMADO ACTIVO: Marcel René Ramírez Rhor, en su calidad de Presidente de la Fundación Padres por Siempre
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nEMPRESA PÚBLICA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL CANTÓN SANTA ROSA, EMAPASR-EP:
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nExpídese el Reglamento de administra-ción, regulación, sanciones y determina-ción de las tarifas por el servicio de agua potable y alcantarillado que presta la EMAPASR-EP
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n n n Nº 193-2010 n n Ivonne Marisela Rivera Yánez n n VICEMINISTRA DE CULTURA n n n Considerando: n n
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
n n
Que, el inciso 6 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece como responsabilidades del Estado el de establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales;
n n
Que, el artículo 17 de la Ley de Regulación Económica y Control del Gasto Público, faculta a las instituciones autónomas y a las del sector público en general, a realizar asignaciones para programas de desarrollo cultural, siempre que exista la partida presupuestaria correspondiente.
n n
Que, el Acuerdo Ministerial Nº 135-2010 de 14 de julio del 2010, regula la concesión de auspicios a favor de personas naturales, jurídicas y organizaciones comunitarias, que en razón de sus actividades artísticas o culturales, sean premiadas, galardonadas o invitadas y que tengan que desplazarse a otros países, o aquellas que se dediquen a actividades científicas y académicas en el ámbito de la investigación cultural que por su función tengan que trasladarse fuera de su lugar habitual de trabajo;
n n
Que, mediante comunicación sin número de 13 de septiembre del 2010 suscrita por el señor José Olmedo Rivera Pozo, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura, para la compra de pasajes aéreos para participar en el Cuarto Encuentro Intercultural de Teatro Iberoamericano a realizarse en Cochabamba – Bolivia;
n n
Que, en sesión de 15 de septiembre del 2010, el Comité de Auspicios autoriza la solicitud realizada por el señor José Olmedo Rivera Pozo;
n n
Que, mediante memorando Nº MC-0434-DGA-NS de 21 de septiembre del 2010, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Gestión Financiera, certificar la disponibilidad presupuestaria referencial de US $ 4.800,00 (cuatro mil ochocientos 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), para el financiamiento del auspicio aprobado;
n n
Que, con fecha 23 de septiembre del 2010, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria Nº 562, por la cantidad referencial de US $ 4.800,oo (cuatro mil ochocientos 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), con cargo a la partida presupuestaria Nº 730205 denominada “Espectáculos Culturales y Sociales”; y,
n n
En ejercicio de las atribuciones previstas en el Acuerdo Ministerial Nº 135 de 14 de julio del 2010,
n n Acuerda: n n
Art. 1.- Conceder en calidad de auspicio, a favor del señor José Olmedo Rivera Pozo, el valor correspondiente a cuatro pasajes aéreos, ruta Quito-Cochabamba(Bolivia)- Quito, para participar en el Cuarto Encuentro Intercultural de Teatro Iberoamericano a realizarse en Cochabamba- Bolivia.
n n
Art. 2.- Previo a la entrega de el/los pasaje (s) aéreo (s) del que habla el artículo precedente, el Ministerio de Cultura a través de la Dirección Administrativa suscribirá con el/los beneficiario (s) la correspondiente acta entrega recepción y compromiso, en la cual se determinarán las obligaciones de las partes, constantes en los artículos 3 y 4 del presente acuerdo ministerial.
n n
Art. 3.- En un plazo máximo de 30 días posteriores a la conclusión y ejecución del proyecto o evento en mención, el beneficiario, deberá presentar a la Subsecretaría Técnica un informe detallado de los componentes y actividades realizadas, con los justificativos económicos que den fe de la correcta utilización de los fondos asignados.
n n
Art. 4.- El beneficiario tendrá la obligación de dejar constancia del auspicio otorgado por el Ministerio de Cultura, mediante la implementación del logotipo e imagen institucional de esta Cartera de Estado, en el material que sea utilizado para promocionar o publicitar el proyecto de desarrollo cultural en mención.
n n
Art. 5.- La Dirección de Gestión Administrativa conjuntamente con la beneficiaria, suscribirán un acta entrega recepción y compromiso del auspicio concedido, en el cual se dejará constancia que el beneficiario se obliga para con el Ministerio de Cultura a realizar dos presentaciones de arte escénico en forma gratuita en coordinación con la Dirección Provincial de Pichincha, conforme lo disponga el administrador del presente auspicio.
n n
Art. 6.- Se designa como Administrador del presente auspicio al responsable de las Relaciones Internacionales de la Institución, quien coordinará y velará por el correcto desempeño de las actividades descritas en el artículo 5 del presente acuerdo ministerial.
n n
Art. 7.- El presente acuerdo entrará en vigencia desde el momento de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n n Dado en Quito D. M. a, uno de octubre del 2010. n n n Comuníquese y publíquese. n n f.) Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura. n n Nº 205-2010 n n Ivonne Marisela Rivera Yánez n VICEMINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n
Que, el señor Presidente de la República, en atención a las disposiciones constitucionales, expide el Decreto Nº 5 de 15 de enero del 2007, publicado en el Registro Oficial Nº 22 de 14 de febrero del 2007, por el cual declaró como política de Estado el desarrollo cultural de país; y, crea el Ministerio de Cultura, como organismo rector de este desarrollo y determina las competencias de dicha cartera de Estado;
n n
Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
n n
Que, el inciso 6 del artículo 380, de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales”;
n n
Que, el artículo 17 de la Ley de Regulación Económica y Control de Gasto Público, faculta a las instituciones autónomas y a las del sector público en general, a realizar asignaciones para programas de desarrollo cultural, siempre que exista la partida presupuestaria correspondiente;
n n
Que, el Acuerdo Ministerial Nº 135-2010, regula la concesión de auspicios a favor de personas naturales, jurídicas y organizaciones comunitarias, que en razón de sus actividades artísticas o culturales sean premiadas, galardonadas o invitadas y que tengan que desplazarse a otros países, o aquellas que se dediquen a actividades científicas, académicas en el ámbito de la investigación cultural que por su función tenga que trasladarse fuera de su lugar habitual de trabajo;
n n
Que, mediante comunicación sin número de 17 de septiembre del 2010, recibido en esta Cartera de Estado esa misma fecha, suscrito por el señor Pedro Fernando Barreiro Ludeña, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura, para la compra de dos pasajes aéreos ruta Quito-Barcelona (España)-Quito, para participar en el VII Certamen Internacional de Guitarra de Barcelona “Miguel Llobet”, mientras que el otro pasaje será para la señora María Clara Osejo Páez, quien prestará el apoyo logístico y actuará como representante artística en el referido evento; Que, en sesión de 13 de octubre del 2010, el Comité de Auspicios autoriza la solicitud para la concesión del auspicio del señor Pedro Fernando Barreiro Ludeña y la señora María Clara Osejo Páez y emite dictamen favorable para la concesión del auspicio a favor de los señores Pedro Fernando Barreiro Ludeña y María Clara Osejo Páez, para la ejecución del proyecto de desarrollo cultural en mención;
n n
Que, mediante memorando Nº 0481-DGA-NS de 19 de octubre del 2009, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Gestión Financiera, certificar la disponibilidad presupuestaria referencial de dos mil setecientos dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD 2.700,00), para la concesión del auspicio a favor de los señores Pedro Fernando Barreiro Ludeña y María Clara Osejo Páez;
n n
Que, con fecha 19 de octubre del 2010, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria Nº 605 por la cantidad de dos mil setecientos dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD 2.700,00), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada “Espectáculos Culturales y Sociales”;
n n
Que, mediante memorando Nº 0486-DGA-NS de 20 de octubre del 2010, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente proyecto de Acuerdo Ministerial; y, En uso de las atribuciones previstas por la ley,
n n Acuerda: n n
Art. 1.- Conceder en calidad de auspicio, a favor de los señores Pedro Fernando Barreiro Ludeña y María Clara Osejo Páez, el valor correspondiente a dos pasajes aéreos internacionales; ruta Quito-Barcelona (España)-Quito.
n n
Art. 2.- Previo a la entrega de el/los pasaje (s) aéreo (s) del que habla el artículo precedente, el Ministerio de Cultura a través de la Dirección Administrativa suscribirá con el/los beneficiario (s) la correspondiente acta entrega recepción, en la cual se determinarán las obligaciones de las partes, constantes en los artículos 3 y 4 del presente acuerdo ministerial.
n n
Art. 3.- En un plazo máximo de 30 días posteriores a la conclusión y ejecución del Proyecto o Evento en mención, el señor Pedro Fernando Barreiro Ludeña, deberá presentar a la Subsecretaría Técnica un informe detallado de los componentes y actividades realizadas, con los justificativos económicos que den fe de la correcta utilización de los fondos asignados.
n n
Art. 4.- El señor Pedro Fernando Barreiro Ludeña, tendrá la obligación de dejar constancia del auspicio otorgado por el Ministerio de Cultura del Ecuador, mediante la implementación del logotipo e imagen institucional de esta Cartera de Estado, en el material que sea utilizado para promocionar o publicitar el proyecto de desarrollo cultural en mención.
n n
Art. 5.- La Dirección de Gestión Administrativa conjuntamente con el señor Pedro Fernando Barreiro Ludeña, suscribirán un acta entrega recepción del auspicio concedido, en la cual se dejará constancia que el beneficiario se obliga para con el Ministerio de Cultura a realizar tres presentaciones y/o espectáculos totalmente gratuitos para la ciudadanía, en cualquier lugar de la provincia de Pichincha, conforme lo disponga el administrador del presente auspicio.
n n
Art. 6.- Se designa como Administrador del presente auspicio a la Unidad de Relaciones Internacionales quien coordinará y velará por el correcto desempeño de las actividades descritas en el artículo 5 del presente acuerdo ministerial.
n n
Art. 7.- El presente acuerdo entrará en vigencia desde el momento de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n n Comuníquese y publíquese. n n
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los veinte días del mes de octubre del 2010.
n n f.) Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura. n n Nº 207-2010 n n Ivonne Marisela Rivera Yánez n VICEMINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n
Que, el señor Presidente de la República, en atención a las disposiciones constitucionales, expide el Decreto Nº 5 de 15 de enero del 2007, publicado en el Registro Oficial Nº 22 de 14 de febrero del 2007, por el cual declaró como política de Estado el desarrollo cultural de país; y, crea el Ministerio de Cultura, como organismo rector de este desarrollo y determina las competencias de dicha cartera de Estado.
n n
Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
n n
Que, el inciso 6 del artículo 380, de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales”;
n n
Que, el artículo 17 de la Ley de Regulación Económica y Control de Gasto Público, faculta a las instituciones autónomas y a las del sector público en general, a realizar asignaciones para programas de desarrollo cultural, siempre que exista la partida presupuestaria correspondiente;
n n
Que, el Acuerdo Ministerial Nº 135-2010, regula la concesión de auspicios a favor de personas naturales, jurídicas y organizaciones comunitarias, que en razón de sus actividades artísticas o culturales sean premiadas, galardonadas o invitadas y que tengan que desplazarse a otros países, o aquellas que se dediquen a actividades científicas, académicas en el ámbito de la investigación cultural que por su función tenga que trasladarse fuera de su lugar habitual de trabajo;
n n
Que, mediante comunicación sin número de 30 de septiembre del 2010, recibido en esta Cartera de Estado el 6 de octubre del mismo año, suscrita por la señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura, para la compra de un pasaje aéreo ruta Quito-Madrid (España)-Quito, para participar en el Congreso Literario “SAGAS FANTÁSTICA: DEL MITO A LA NEOÉPICA”.
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Que, en sesión de 20 de octubre del 2010, el Comité de Auspicios autoriza la solicitud para la concesión del auspicio de la señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira y emite dictamen favorable para la concesión del auspicio a favor de la señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira, para la ejecución del proyecto de desarrollo cultural en mención;
n n
Que, mediante memorando Nº 0487-DGA-NS de 20 de octubre del 2009, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Gestión Financiera, certificar la disponibilidad presupuestaria referencial de mil seiscientos cincuenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América con 70/100 (USD 1.655,70), para la concesión del auspicio a favor de la señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira;
n n
Que, con fecha 21 de octubre del 2010, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria Nº 623 por la cantidad de mil seiscientos cincuenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América con 70/100 (USD 1.655,70), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada “Espectáculos Culturales y Sociales”;
n n
Que, mediante memorando Nº 0498-DGA-NS de 25 de octubre del 2010, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente proyecto de acuerdo ministerial; y, En uso de las atribuciones previstas por la ley,
n n Acuerda: n n
Art. 1.- Conceder en calidad de auspicio, a favor de la señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira, el valor correspondiente a un pasaje aéreo internacional; ruta Quito-Madrid (Madrid)-Quito.
n n
Art. 2.- Previo a la entrega de el/los pasaje(s) aéreo(s) del que habla el artículo precedente, el Ministerio de Cultura a través de la Dirección Administrativa suscribirá con el/los beneficiario (s) la correspondiente acta entrega recepción, en la cual se determinarán las obligaciones de las partes, constantes en los artículos 3 y 4 del presente acuerdo ministerial.
n n
Art. 3.- En un plazo máximo de 30 días posteriores a la conclusión y ejecución del Proyecto o Evento en mención, la señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira, deberá presentar a la Subsecretaría Técnica un informe detallado de los componentes y actividades realizadas, con los justificativos económicos que den fe de la correcta utilización de los fondos asignados.
n n
Art. 4.- La señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira, tendrá la obligación de dejar constancia del auspicio otorgado por el Ministerio de Cultura del Ecuador, mediante la implementación del logotipo e imagen institucional de esta Cartera de Estado, en el material que sea utilizado para promocionar o publicitar el proyecto de desarrollo cultural en mención.
n n
Art. 5.- La Dirección de Gestión Administrativa conjuntamente con la señora Lya María Edith Naranjo Rivadeneira, suscribirán un acta entrega recepción del auspicio concedido, en la cual se dejará constancia que la beneficiaria se obliga para con el Ministerio de Cultura a realizar tres presentaciones y/o espectáculos totalmente gratuitos para la ciudadanía, en cualquier lugar de la provincia de Pichincha, conforme lo disponga el administrador del presente auspicio.
n n
Art. 6.- Se designa como Administrador del presente auspicio a la Dirección de Promoción y Difusión de la Creatividad quien solicitará para el efecto un informe al responsable de la Unidad de Relaciones Internacionales y coordinará y velará por el correcto desempeño de las actividades descritas en el artículo 5 del presente acuerdo ministerial.
n n
Art. 7.- El presente acuerdo entrará en vigencia desde el momento de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n n Comuníquese y publíquese. n n
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los veintidós días del mes de octubre del 2010.
n n f.) Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura. n n Nº 207-A-2010 n n Ivonne Marisela Rivera Yánez n VICEMINISTRA DE CULTURA n n Considerando: n n
Que, el señor Presidente de la República, en atención a las disposiciones constitucionales, expide el Decreto Nº 5 de 15 de enero del 2007, publicado en el Registro Oficial Nº 22 de 14 de febrero del 2007, por el cual declaró como política de Estado el desarrollo cultural de país; y, crea el Ministerio de Cultura, como organismo rector de este desarrollo y determina las competencias de dicha cartera de Estado;
n n
Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
n n
Que, el inciso 6 del artículo 380, de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales”;
n n
Que, el artículo 17 de la Ley de Regulación Económica y Control de Gasto Público, faculta a las instituciones autónomas y a las del sector público en general, a realizar asignaciones para programas de desarrollo cultural, siempre que exista la partida presupuestaria correspondiente;
n n
Que, el Acuerdo Ministerial Nº 135-2010, regula la concesión de auspicios a favor de personas naturales, jurídicas y organizaciones comunitarias, que en razón de sus actividades artísticas o culturales sean premiadas, galardonadas o invitadas y que tengan que desplazarse a otros países, o aquellas que se dediquen a actividades científicas, académicas en el ámbito de la investigación cultural que por su función tenga que trasladarse fuera de su lugar habitual de trabajo;
n n
Que, mediante comunicación sin número de 4 de octubre del 2010, recibido en esta Cartera de Estado el 5 de octubre del mismo año, suscrita por la señora Nhora Salgado Vejarano, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura, para la compra de un pasaje aéreo ruta Quito-México-Quito, para participar en la Bienal Internacional del cartel México 2010;
n n
Que, en sesión de 20 de octubre del 2010, el Comité de Auspicios autoriza la solicitud para la concesión del auspicio de la señora Nhora Salgado Vejarano y emite dictamen favorable para la concesión del auspicio a favor de la señora Nhora Salgado Vejarano, para la ejecución del proyecto de desarrollo cultural en mención;
n n
Que, mediante memorando Nº 0494-DGA-NS de 25 de octubre del 2009, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Gestión Financiera, certificar la disponibilidad presupuestaria referencial de seiscientos cuarenta dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD 640,00), para la concesión del auspicio a favor de la señora Nhora Salgado Vejarano;
n n
Que, con fecha 26 de octubre del 2010, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria Nº 638 por la cantidad de seiscientos cuarenta dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 (USD 640,00), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada “Espectáculos Culturales y Sociales”;
n n
Que, mediante memorando Nº 0503-DGA-NS de 28 de octubre del 2010, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente proyecto de acuerdo ministerial; y, En uso de las atribuciones previstas por la ley,
n n Acuerda: n n
Art. 1.- Conceder en calidad de auspicio, a favor de la señora Nhora Salgado Vejarano, el valor correspondiente a un pasaje aéreo internacional; ruta Quito-México-Quito.
n n
Art. 2.- Previo a la entrega de el/los pasaje (s) aéreo (s) del que habla el artículo precedente, el Ministerio de Cultura a través de la Dirección Administrativa suscribirá con el/los beneficiario (s) la correspondiente acta entrega recepción, en la cual se determinarán las obligaciones de las partes, constantes en los artículos 3 y 4 del presente acuerdo ministerial.
n n
Art. 3.- En un plazo máximo de 30 días posteriores a la conclusión y ejecución del proyecto o evento en mención, la señora Nhora Salgado Vejarano, deberá presentar a la Subsecretaría Técnica un informe detallado de los componentes y actividades realizadas, con los justificativos económicos que den fe de la correcta utilización de los fondos asignados.
n n
Art. 4.- La señora Nhora Salgado Vejarano, tendrá la obligación de dejar constancia del auspicio otorgado por el Ministerio de Cultura del Ecuador, mediante la implementación del logotipo e imagen institucional de esta Cartera de Estado, en el material que sea utilizado para promocionar o publicitar el proyecto de desarrollo cultural en mención.
n n
Art. 5.- La Dirección de Gestión Administrativa conjuntamente con la señora Nhora Salgado Vejarano, suscribirán un acta entrega recepción del auspicio concedido, en la cual se dejará constancia que la beneficiaria se obliga para con el Ministerio de Cultura











