Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 25 de Septiembre 2014 – R. O. No. 341

SUMARIO

Ministerio de Finanzas:

Ejecutivo:

Acuerdos

130 Decláranse en comisión de servicios en el exterior y
deléganse atribuciones a los siguientes funcionarios:

Abogado Willam Vásconez Rubio, Subsecretario de
Financiamiento Público

131 Economista Edison Bolívar Reza Paocarina, Director
Nacional de Programación Fiscal

132 Economista José Alejandro Grijalva Guzmán, Director
Nacional de Calidad del Gasto Público

138 Ing. Rolando Patricio Coello Neacato, Servidor Público 7
de la Dirección de Tecnologías y Comunicación de la Coordinación General de
Gestión Estratégica Institucional

139 Dra. Sonia de las Mercedes Proaño Viteri, Directora
Nacional de Estados Financieros

140 Ing. Alex Patricio Cevallos Acosta, servidor de la
Unidad de Análisis Financiero del Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos

183 Licenciado Fernando Soria Balseca, Subsecretario de
Presupuesto

185 A Ingeniero Gabriel Iza Borja

189 Ingeniero Horacio Ayala Flores, Analista de Activos
Públicos y otra

190 Economista María Mercedes Vega, Asesora Ministerial

Secretaría del Agua:

2014-973 Deléganse atribuciones a los subsecretarios de las
Demarcaciones Hidrográficas

2014-974 Deléganse atribuciones al señor Subsecretario de la
Demarcación Hidrográfica de Pastaza, Ing. Luis Alberto Salazar Toapanta

Secretaría Nacional de Comunicación:

045 Apruébase la disolución y liquidación de la Asociación
Latinoamericana de Coaching ALCON

046 Apruébase el estatuto y concédese perso-nalidad jurídica
a la Asociación COMU-NICA-TK con domicilio en el Distrito

Metropolitano de Quito

Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría de
la Calidad:

Resoluciones

14 389 Apruébanse y oficialízanse con el carácter de
voluntarias y obligatorias varias normas y reglamentos técnicos ecuatorianos:

RTE INEN 190 ?Equipos Electromédicos ? Seguridad de las
Mesas de Operación?

14 390 RTE INEN 129 ?Filtros de Aceite, Filtros de
Combustible: Diesel y Gasolina, y, Filtros del Aire de Entrada para Motores de
Combustión Interna?

14 392 RTE INEN 114 ?Altavoces?

14 394 RTE INEN 106 ?Chocolates?

14 395 NTE INEN-ISO 8820-1 (Vehículos de carretera –
Enlaces-fusibles – Parte 1: Definiciones y requisitos generales de ensayo (ISO
8820-1:2008, IDT))

14 396 NTE INEN-ISO 4323 (Jabones ? Determinación de
contenido de cloruro – Método Potenciométrico (ISO 4323:1977, IDT)

14 397 NTE INEN 2847 (Norma de normas. Principios de
normalización)

Resoluciones: Consejo Nacional de Electricidad:

DE-2014-092 Otórgase licencia ambiental No. 038/014 de la
Empresa Eléctrica Provincial Cotopaxi S.A. ? ELEPCOSA, para el Proyecto Línea
de Transmisión a 69 kV. y Subestación Asociada de 3500 kVA para el Centro de
Rehabilitación Social Región Sierra, ubicado en la provincia de Cotopaxi

DE-2014-105 Otórgase Licencia Ambiental No. 034/14 a
EMELNORTE S.A. para la ejecución del ?Estudio de Impacto Ambiental Definitivo
de la Línea de Sub-transmisión a 69 kV de tensión 2,24 km de longitud
derivación Otavalo ? Atuntaqui?, ubicado en el cantón Antonio Ante, provincia
de Imbabura

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

0025-CC-GADMSC-2013 Cantón Santa Cruz: Que reforma a la
Ordenanza de constitución de la Empresa Pública para el Sistema Integral de Faenamiento

CONTENIDO


No. 130

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador manda que, a
las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área
a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión;

Que el Código Orgánico
de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74, numeral 16, relativo a
los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas
Públicas, establece entre otras, la de celebrar a nombre del Estado
ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los
contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que
corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de
sus competencias;

Que el
artículo 75 del invocado Código dispone que, el Ministro a cargo de las
Finanzas Públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55, faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público,
delegar sus atribuciones y deberes;

Que el Comité
de Deuda y Financiamiento en ejercicio de la facultad que le confieren los
artículos 289 de la Constitución de la República y 139 del Código Orgánico de
Planificación y Finanzas Públicas, mediante Acta Resolutiva No. 003 de 15 de
enero de 2014, autorizó la contratación y aprobó los términos y condiciones financieras
del Convenio de Línea de Crédito que suscribirá la República del Ecuador,
representada por el Ministerio de Finanzas, en calidad de Prestataria, con Goldman
Sachs International, en calidad de Prestamista Original y Estructurador y
Citibank Internacional, en calidad de Agente de Línea de Crédito, por un monto
de hasta USD 400’000.000,00, (CUATROCIENTOS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTEAMÉRICA 00/100), destinados a financiar parcialmente el
?PROGRAMA DE INVERSIÓN PARA INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA, A TRAVÉS DEL FINANCIAMIENTO
PRESUPUESTARIO Y EL MANEJO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, PERÍODO 2013 – 2014,
SEGUNDA ACTUALIZACIÓN 2014?;

Que el 16 de
mayo de 2014, se suscribió el Convenio de Línea de Crédito referido en el
considerando anterior;

Que el Anexo 2
(CONDICIONES SUSPENSIVAS), del aludido Convenio de Línea de Crédito, en su
numeral 1 (Prestatario y Autorizaciones), literal (a) estipula: ?(a) Una copia
fiel y certificada de la prueba documental de la autoridad de cada persona que
(i) hubiera firmado esta Convenio en nombre del Prestatario y (ii) firmará las declaraciones,
informes financieros, certificados contables en relación con cualquier
Solicitud de Utilización y demás documentos a los que se hace referencia en
este Convenio en nombre del Prestatario y actuará de otro modo como
representante del Prestatario en relación con la implementación de este
Convenio (dicha prueba documental será suficiente con la muestra de firma
autenticada y certificado de mandato y poder o cualquier instrumento cuya
autoridad fuera delegada en relación con cada persona que se describe
arriba)… ?; y,

En ejercicio
de la facultad que le confieren los artículos 154 numeral 1 de la Constitución
de la República, 74 y 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
al señor Abogado Wil1am Vásconez Rubio, para que en su calidad de Subsecretario
de Financiamiento Público, a nombre y en representación de la República del
Ecuador, suscriba con GOLDMAN SACHS INTERNATIONAL, en calidad de Prestamista Original
y Estructurador y, Citibank Internacional, en calidad de Agente de Línea de Crédito, las declaraciones, informes
financieros, certificados contables en relación con cualquier Solicitud de
Utilización y demás documentos en nombre del Prestatario y actuará de otro modo
como representante del Prestatario en relación con la implementación del
Convenio de Línea de Crédito, por un monto de hasta USD 400’000.000,00,
(CUATROCIENTOS MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA 00/100),
destinados a financiar parcialmente el ?PROGRAMA DE INVERSIÓN PARA
INFRAESTRUCTURA ECONÓ- MICA, A TRAVÉS DEL FINANCIAMIENTO PRESUPUESTARIO Y EL
MANEJO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, PERÍODO 2013-2014, SEGUNDA ACTUALIZACIÓN
2014?.

Artículo 2.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE.- Quito,
26 de mayo del 2014.

f.) Fausto
Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.

No. 131

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su Art. 126 dispone que cuando por disposición
de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el
servidor deba subrogar en el ejercicio un puesto del nivel jerárquico superior,
cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la
remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo
que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que, el Art.
270 del Reglamento General de la invocada Ley Orgánica, publicada en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación
procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él
servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la
remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma
institución;

Que, con
Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas
delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera
todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta
Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica
del Servicio Público y Código del Trabajo;

Que, mediante
memorando No. MINFIN-SPF-2014-0085- M, de fecha 23 de mayo de 2014, el señor
Econ. Juan Carlos García Fol1eco, Subsecretario de Política Fiscal, informa que
estará fuera del país, en cumplimiento de una comisión de servicios en el
exterior, por lo que solicita se proceda con la acción de personal
correspondiente para la subrogación de funciones al Eco. Edison Bolívar Reza Paocarina,
Director Nacional de Programación Fiscal, del 26 de mayo de 2014 al 05 de junio
de 2014.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público; y, 270 del Reglamento General a la invocada Ley; y, 1 del Acuerdo
Ministerial No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- El
Economista EDISON BOLIVAR REZA PAOCARINA, Director Nacional de Programación
Fiscal, subrogará las funciones de SUBSECRETARIO DE POLITICA FISCAL, del 26 de
mayo de 2014 al 05 de junio de 2014, mientras dure la mencionada comisión de servicios
en el exterior del titular.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San. Francisco de Quito, a 26 de mayo
del 2014.

f.) Econ.
Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General, Administrativa
Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.

No. 132

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde
ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75
dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá
delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que el Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, expedida mediante Ley
publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 de 4 de agosto de 2008
y, reformada mediante Ley publicada en Suplemento del Registro Oficial No. 100
de 14 de octubre de 2013, en su artículo 10 crea el Servicio Nacional de
Contratación Pública – SERCOP el mismo que, se encuentra integrado entre otras
autoridades por el Ministro de Finanzas;

Que mediante
Oficios Nos. SERCOP-DG-2014-0636-OF y SERCOP-DG-2014-0646-OF de 27 de mayo de
2013, el Director Ejecutivo del SERCOP, de conformidad con lo solicitado por el
Presidente del Directorio de dicho Cuerpo Colegiado, convoca a la Segunda
Sesión Ordinaria del Directorio del Servicio Nacional de Contratación Pública, la
misma que se llevará a cabo el día lunes 2 de junio de 2014, a las 15h00, a fin
de tratar la orden del día constante en la convocatoria referida; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al economista José Alejandro Grijalva Guzmán, Director Nacional de Calidad del
Gasto Público para que, a nombre y en representación de este Ministerio asista
a la reunión ordinaria del Directorio del Servicio Nacional de Contratación
Pública, a llevarse a cabo el lunes 2 de junio de 2014.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 27 de mayo del
2014.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.

No. 138

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
oficios Nros. YACHAY-GG-2014-0644- CO de 16 de mayo del 2014 y
YACHAY-GG-2014-0677- CO de 26 de mayo del 2014, el Mgs. Héctor Rodríguez, Gerente
General de la Empresa Pública Yachay EP, solicita al Econ. Fausto Herrera
Nicolalde, Ministro de Finanzas, se autorice la comisión de servicios sin remuneración
a favor del Ing. Rolando Patricio Coello Neacato, Servidor Público 7 de la
Dirección de Tecnologías y Comunicación
de la Coordinación General de Gestión Estratégica Institucional de esta
Secretaría de Estado, para que continúe prestando sus servicios profesionales
en esa Institución, ya que el referido servidor se encuentra liderando procesos
en etapa de desarrollo que fortalecen la Ciudad del Conocimiento, de
conformidad con el Art. 31 de la Ley Orgánica del Servicio Público;

Que, el señor
Ministro de Finanzas, autoriza la comisión de servicios sin remuneración del
Ing. Rolando Patricio Coello Neacato, Servidor Público 7 de la Dirección de Tecnologías
y Comunicación de la Coordinación General de Gestión Estratégica Institucional
de esta Secretaría de Estado, para que continúe prestando sus servicios profesionales
en la Empresa Pública ?YACHAY EP?, por el lapso de un año, a partir del 01 de
junio del 2014; Que, mediante oficio Nro. YACHAY-DTIC-2014-0001- CO de 30 de
mayo del 2014, el Ing. Rolando Patricio Coello Neacato, Servidor Público 7 de
la Dirección de Tecnologías y Comunicación de la Coordinación General de
Gestión Estratégica Institucional, expresa su aceptación a la comisión de
servicios sin remuneración a la Empresa Pública ?YACHAY EP?;

Que, de
conformidad con lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Orgánica del Servicio
Público en concordancia con el Art. 51 del Reglamento General a la LOSEP, la
Dirección de Administración del Talento Humano, ha emitido el informe favorable
respectivo sobre la comisión de servicios sin remuneración, a favor del Ing.
Rolando Patricio Coello Neacato, Servidor Público 7 de la Dirección de
Tecnologías y Comunicación de la Coordinación General de Gestión Estratégica
Institucional de este Ministerio, signado con el Informe No. MINFINDATH- 2014-193
de 30 de mayo de 2014; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del 2012,

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, en concordancia con el Art. 51 del Reglamento General a la LOSEP,
declarar en comisión de servicios sin remuneración al Ing. Rolando Patricio
Coello Neacato, Servidor Público 7 de la Dirección de Tecnologías y Comunicación
de la Coordinación General de Gestión Estratégica Institucional de este
Ministerio, para que continúe prestando sus servicios profesionales en la Empresa
Pública ?YACHAY EP?, por el lapso de un año, a partir del 01 de junio del 2014.

Dado en Quito,
30 de mayo del 2014.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General, Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.

No. 139

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
294 de 6 de octubre de 2010
, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley, o por orden escrita de autoridad competente, la
servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel
jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que, el Art.
270 del Reglamento General de la invocada Ley Orgánica, publicada en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación
procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él
servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la
remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma
institución;

Que con
Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas
delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera
todas las funciones, y atribuciones que le corresponden al titular de esta
Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica
del Servicio Público y Código del Trabajo;

Que, la Eco.
Magdalena del Pilar Vicuña Cevallos, Subsecretaria de Contabilidad
Gubernamental, solicita que se proceda con la acción de personal
correspondiente para que se tramite la subrogación de funciones a la Dra. Sonia
de las Mercedes Proaño Viteri, Directora Nacional de Estados Financieros,
durante los días 2 y 3 de junio de 2014, en razón de que en esas fechas se
encuentra con reposo médico.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público; y, 270 del Reglamento General a la invocada Ley; y, 1 del Acuerdo
Ministerial No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- La
Dra. SONIA DE LAS MERCEDES PROAÑO VITERI, Directora Nacional de Estados
Financieros, subrogará las funciones de la SUBSECRETARIA DE CONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL, del 02 al 03 de junio de 2014, mientras la titular, se encuentra
con reposo médico.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 02 de junio
del 2014.

f.) Econ.
Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General, Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.

No. 140

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, a través
de Memorando Nro. MINFIN-SIFP-2014- 0247-M de 05 de mayo de 2014, el Ing. Luis
Amable Carvajal, Subsecretario de Innovación de las Finanzas Públicas solicitó
al Eco. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, autorice la comisión de
servicios sin remuneración del Ing. Alex Cevallos Acosta, servidor de la Unidad
de Análisis Financiero del Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos, a esta
Secretaría de Estado en calidad de servidor público 7, por el lapso de dos años;

Que, mediante
oficio No. MINFIN-DM-2014-0414 de 22 de mayo del 2014, el Eco. Fausto Herrera
Nicolalde, Ministro de Finanzas, solicitó al Dr. Byron Valarezo Olmedo,
Director General, Encargado del Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos –
Unidad de Análisis Financiero, autorice la comisión de servicios sin remuneración
del Ing. Alex Patricio Cevallos Acosta, de conformidad al Art. 31 de la Ley
Orgánica del Servicio Público, en concordancia con el Art. 51 del Reglamento General
a la LOSEP, para que preste sus servicios profesionales en la Dirección
Nacional de Sistemas de Información de las Finanzas Públicas de la
Subsecretaría de Innovación de las Finanzas Públicas, en calidad de Servidor
Público 7, por el lapso de dos años a partir de su autorización;

Que, con
oficio Nro. CONCLA-UAF-DG-1033 de 02 de junio de 2014, el Dr. Byron Valarezo
Olmedo, Director General de la Unidad de Análisis Financiero, comunica que
autoriza la comisión de servicios sin remuneración del Ing. Alex Patricio
Cevallos Acosta, por el lapso de dos años, y adjunta la acción de personal Nro.
0510604 de 30 de mayo de 2014.

Que, de
conformidad con lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Orgánica del Servicio
Público en concordancia con el Artículo 51 del Reglamento General a la LOSEP,
la Dirección de Administración del Talento Humano, acepta en comisión de
servicios sin remuneración al Ing. Alex Patricio Cevallos Acosta, servidor de
la Unidad de Análisis Financiero del Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos,
para que preste sus servicios profesionales en la Dirección Nacional de
Sistemas de Información de las Finanzas Públicas de la Subsecretaría de
Innovación de las Finanzas Públicas, en calidad de Servidor Público 7, por el lapso
de dos años a partir del 02 de junio del 2014; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002 de 5
de enero del 2012, publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del
2012,

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, en concordancia con el Artículo 51 del Reglamento General a la
LOSEP, aceptar en comisión de servicios sin remuneración al Ing. Alex Patricio
Cevallos Acosta, servidor de la Unidad de Análisis Financiero del Consejo Nacional
Contra el Lavado de Activos, para que preste sus servicios profesionales en la
Dirección Nacional de Sistemas de Información de las Finanzas Públicas de la Subsecretaría
de Innovación de las Finanzas Públicas, en calidad de Servidor Público 7, por
el lapso de dos años a partir del 02 de junio del 2014 hasta el 01 de junio del
2016.

Dado en Quito,
D.M., 02 de junio del 2014.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General, Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- f.) Dayana Rivera, Directora de
Certificación.

No. 183

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro
Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General de la invocada Ley Orgánica, publicada en
el Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que
la subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando
que la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista
entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma
institución;

Que con
Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas
delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera
todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta
Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica
del Servicio Público y Código del Trabajo; Que la economista Madeleine Abarca
Runruil, Viceministra de Finanzas por causas inherentes a su cargo debe
ausentarse del país en comisión oficial del 02 de julio al 08 de julio de 2014.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial
No. 002,

Acuerda:

Art. 1.- El
licenciado Fernando Soria Balseca, Subsecretario de Presupuesto, subrogará las
funciones de Viceministro de Finanzas del 02 de julio al 08 de julio de 2014,
inclusive.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 02 de julio
del 2014.

f.) Econ.
Gloria Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General, Administrativa
Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- f.) Dayana Rivera, Directora de Certificación.

No. 185

A LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
294 de 6 de octubre de 2010
, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que, el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subrogación
procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él
servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista entre la
remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
inc1uyendo estos los puestos que dependan administrativa mente de la misma institución;

Que, con
Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas
delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera
todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta Secretaría
de Estado en lo referente al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica del
Servicio Público y Código del Trabajo;