Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Viernes 19 de Septiembre 2014 – R. O. No. 337

SUPLEMENTO

SUMARIO

Ministerio de Cultura y Patrimonio:

Ejecutivo:

Acuerdo

DM-2014-093 Expídense las bases técnicas para la
convocatoria de ?OBJETOS PARA LEER?

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:


Cantón Carlos Julio Arosemena Tola: Que regula
la formación del catastro predial rural, la determinación, administración y
recaudación del impuesto a los predios rurales para el bienio 2014 – 2015


Cantón Carlos Julio Arosemena Tola: Que regula
la formación de los catastros prediales urbanos, la determinación,
administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos para el bienio
2014 – 2015


Cantón Pedro Carbo: Que regula la utilización u
ocupación del espacio aéreo, suelo y subsuelo por parte de elementos de redes
pertenecientes a operadoras que brindan servicios comerciales


Cantón Putumayo:
Reformatoria a la Ordenanza de
fraccionamiento de predios ubicados en el sector urbano de Puerto El Carmen y
de los centros poblados de las parroquias Palma Roja, Puerto Bolívar, Puerto
Rodríguez y Santa Elena

CONTENIDO


Nro.
DM-2014-093

EL MINISTRO DE
CULTURA

Y PATRIMONIO

Considerando:

Que el
artículo 22 de la Constitución de la República, establece que las personas
tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y
sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la
protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las
producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.

Que el
artículo 377 de la Constitución de la República, dispone que el sistema
nacional de cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional;
proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la
libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de
bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio
cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales.

Que el
artículo 380 de la Constitución de la República, establece las
responsabilidades del Estado respecto a la cultura, como parte del régimen del
buen vivir.

Que el
Ministerio de Cultura y Patrimonio es la entidad rectora que guía el desarrollo
de las potencialidades culturales, asumiendo la responsabilidad de formular, coordinar,
ejecutar, evaluar y supervisar las políticas culturales participativas del
Estado, corresponsabilizándose con la satisfacción de las necesidades del
desarrollo cultural en la construcción de la sociedad del buen vivir; y, por mandato
de Ley, es la máxima autoridad del área cultural.

Que mediante
memorando Nro. MCYP-DM-14-0721-M de 11 de julio de 2014, el Ministro de Cultura
y Patrimonio solicita a la Coordinación General Jurídica elaborar el Acuerdo
Ministerial para la expedición de las bases técnicas para la convocatoria de
?OBJETOS PARA LEER?.

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Expedir
las bases técnicas para la convocatoria de ?OBJETOS PARA LEER?; al tenor de las
siguientes disposiciones:

El Ministerio
de Cultura y Patrimonio del Ecuador, a través de la Dirección de
Emprendimientos e Industria de Diseño y las Artes Aplicadas, invita a
participar en la convocatoria de ?OBJETOS PARA LEER?, que se desarrollará dentro del marco
de la Feria Internacional del Libro de Quito 2014, de conformidad con la
siguiente metodología:

Antecedentes

La Feria
Internacional del Libro de Quito (FIL QUITO) es una actividad organizada por el
Ministerio de Cultura y Patrimonio, que busca promover la lectura en espacios
públicos y ciudadanos.

FIL QUITO, es
un escenario inclusivo para los amantes de la literatura y de las artes, que
tiene lugar en el mes de noviembre. Este encuentro de editores, bibliotecarios,
distribuidores, agentes literarios, autores y traductores, convoca a más de 100
mil lectores curiosos de la literatura del país y del mundo y genera un
intercambio económico activo.

El Diseño, es
una profesión que lleva más de 30 años en el país, buscando a través de la
creatividad proyectar objetos que sean útiles y estéticos, en la búsqueda de
una solución en todos los campos, es por esto que la relación entre la lectura,
el libro y el diseño se encuentra estrechamente vinculadas, desde el diseño del
mismo libro, hasta objetos y/o herramientas que faciliten la lectura y su
almacenaje.

Es por ello
que el Ministerio de Cultura y Patrimonio valoriza este vínculo, y al diseño,
la creatividad y al desarrollo de productos que facilitan y acompañan a la gente
a la lectura y escritura, y que dan al libro un lugar protagónico dentro de los
espacios de los hogares y oficinas; es por ello que esta Cartera de Estado
considera importante vincular estos productos con la FIL QUITO y generar un
espacio protagónico para su exhibición y venta; es por ello que propone esta
convocatoria denominada ?OBJETOS PARA LEER?.

Objetivo de la
convocatoria

La exhibición
de ?OBJETOS PARA LEER? pretende identificar y generar una muestra destacada de
productos ecuatorianos relacionados con la lectura y escritura, con la
finalidad de apoyar, promover e impulsar la comercialización del trabajo creativo
y utilitario de diseñadores y artesanos ecuatorianos.

Financiamiento
El Ministerio de Cultura y Patrimonio en su Plan Operativo Anual (POA) 2014
contemplará el proyecto ?Fomento, Circulación y Consumo de las Industrias y Emprendimientos
Culturales?, y cuenta con el presupuesto suficiente para financiar la ?Feria Internacional
del Libro de Quito 2014?, e incluir como uno de sus componentes esta
convocatoria.

Los objetos
seleccionados a través de un Jurado Calificador Externo, serán exhibidos y podrán
ser comercializados en el marco de la FIL QUITO 2014.

El Ministerio
de Cultura y Patrimonio adecuará el espacio de exhibición de los productos de
la convocatoria ?OBJETOS PARA LEER?, y administrará el punto de venta a través
de gestores especializados.

Esta
convocatoria no involucra compromiso de remuneración, sobre los productos
enviados y exhibidos.

Participantes

Podrán
participar en esta convocatoria, personas naturales nacionales o extranjeras
residentes al menos cinco (5) años y mayores de edad, o personas jurídicas ecuatorianas
de derecho privado, con o sin fines de lucro, en forma individual o colectiva.

Los
participantes deberán disponer del Registro Único de Contribuyente – RUC y
estar al día con sus obligaciones tributarias regidas por el Servicio de Rentas
Internas ? SRI; y disponer de facturas con vigencia mínima de dos (2) meses.

Los
participantes deberán ser los(las) autores(as) de los productos. Y podrán
participar con un máximo de diez (10) objetos o sistema de objetos que
consideren pertinentes.

Restricciones
e inhabilidades

No podrán
participar en esta convocatoria:

Las personas
naturales o jurídicas que por cualquiera de las inhabilidades establecidas en
la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública, estén impedidas de contratar
con el Estado.

Las personas
naturales o jurídicas que se encuentren prestando sus servicios de consultoría al
Ministerio de Cultura y Patrimonio, o que laboren en dicha Cartera de Estado
bajo nombramiento o cualquier otra modalidad prevista en la Ley Orgánica de
Servicio Público (LOSEP) y/o en el Código de Trabajo.

Las personas
naturales o jurídicas con parentesco en línea directa hasta el cuarto grado de consanguinidad
o segundo grado de afinidad, con las máximas autoridades del Ministerio de Cultura
y Patrimonio

Las personas
naturales o jurídicas que se encuentren ejecutando o en proceso de rendición de
cuentas y que no hayan suscrito el acta de entrega recepción total definitiva y
única, respecto de algún proyecto financiado por el Ministerio de Cultura y
Patrimonio en años anteriores, cualesquiera
sea el proceso administrativo mediante el cual se haya concedido dicho financiamiento.

Las personas
naturales que formen parte de la directiva de aquellas personas jurídicas que postulen
en la presente convocatoria, y que no hayan suscrito el acta de entrega
recepción total definitiva y única (por demora atribuible al beneficiario o
contratista) de algún proyecto y/o postulación financiado(a) por el Ministerio
de Cultura y Patrimonio en años anteriores, cualesquiera sea el proceso
administrativo mediante el cual haya concedido dicho financiamiento.

Las personas
naturales que formen parte de la directiva de aquellas personas jurídicas que postulen
en la presente convocatoria ? Las personas naturales o jurídicas que hayan sido notificadas con la
terminación unilateral de cualquier convenio y/o contrato suscrito con el Ministerio
de Cultura y Patrimonio. ? Los miembros del Jurado Calificador. ? Las personas naturales que sean servidores
públicos, por las restricciones establecidas en la Ley Orgánica del Servicio Público
(LOSEP).

A la
presentación, los postulantes declararán bajo juramento no encontrarse inmersos
en ninguna de las restricciones e inhabilidades arriba descritas, en caso de
verificarse la falta de veracidad, la postulación será descalificada.

Clasificación
de los ?OBJETOS PARA LEER?

?OBJETOS PARA
LEER? son todos los objetos o sistemas de productos que se utilizan en
cualquier etapa del proceso de lectura y escritura, que facilitan y acompañan
al lector y/o escritor, y que dan al libro un lugar protagónico dentro de los
espacios de los hogares y oficinas; para lo cual se ha clasificado a los mismos
en las siguientes categoría:

Mobiliario. Pudiendo
ser estos:

Mesas

Sillas o
sillones

Libreros o
Estanterías

Accesorios. Pudiendo
ser estos:

Sujeta libros

Lámparas

Porta-?apoyos?

Otros que
aporten a la lectura, escritura y/o almacenaje de libros. Requerimientos de los
?OBJETOS PARA LEER?

Los objetos o
sistemas de productos que se utilizan en cualquier etapa del proceso de lectura
y escritura, que facilitan y acompañan al lector y/o escritor, y que dan al
libro un lugar protagónico dentro de los espacios de los hogares y oficinas
podrán participar en esta convocatoria y deberán cumplir con los siguientes requerimientos:

El objeto o
sistema de objetos debe ser original y de autoría del postulante.

Ser objetos o
sistema de objetos con incorporación del diseño como un factor de innovación, y
satisfacción de necesidades.

El objeto o
sistema de objetos a postular debe estar constituido como un producto final,
con materiales y acabados definitivos; y de ser seleccionado deberá ser
entregado para su exhibición y venta, en un máximo de cinco (5) unidades por
producto.

El objeto o
sistema de objetos debe tener su respectiva etiqueta, empaque y embalaje, para
la entrega final.

Propiedad
Intelectual.

En
concordancia con lo estipulado en las presentes bases, se entenderá que cada
postulante es titular de los derechos de propiedad intelectual de su respectivo
libro-objeto.

Los de los
objetos ganadores, desde el momento de firma del contrato, autorizan al
Ministerio de Cultura y Patrimonio de manera no-exclusiva: la difusión y promoción
de manera directa o indirecta de su producto, por cualquier medio o forma.

El Ministerio
de Cultura y Patrimonio del Ecuador garantizará el pleno reconocimiento de los
derechos de propiedad intelectual sobre el producto.

El Ministerio
de Cultura y Patrimonio exhibirá y comercializará su obra y/u obras en el marco
de la Feria Internacional del Libro de Quito 2014. El Ministerio de Cultura y
Patrimonio no se responsabilizará con terceros en caso de generarse
controversias en el ámbito del derecho de autor.

Parámetros de
la Comercialización

Todos los
objetos o sistema de objetos seleccionados, participan bajo un sistema de venta
por consignación en el período de funcionamiento de la FIL QUITO 2014.

Los
seleccionados se comprometen a entregar personalmente, los objetos o sistema de
objetos en el lugar, fecha y hora previamente indicados, con su respectiva
etiqueta, empaque y embalaje. Todos los gastos
que esto implique corren por cuenta exclusiva de los participantes.

El Ministerio
de Cultura y Patrimonio se compromete a administrar el punto de venta a través
de gestores especializados, y vender los objetos o sistema de objetos
seleccionados, para lo cual se aplicará para cubrir gastos administrativos de
uso de tarjetas de crédito, de débito, entre otros, un incremento del 11% al
precio (sin IVA), mismo que se considera como precio de venta al público final
al cual a su vez se le sumará el porcentaje correspondiente del IVA conforme a
la ley.

En caso de
compra de cualquier objeto, objetos o sistema de objetos que se encuentren en
exhibición en el marco de la FIL QUITO 2014, por cualquiera sea el monto, se
procederá con la emisión de la factura y cobro de impuestos (más IVA) de
acuerdo a la normativa tributaria vigente estipulado a través del SRI.

En caso de
compra de cualquier objeto, objetos o sistema de objetos que requieran de
transporte especializado, estará disponible el servicio de transporte opcional
por un valor adicional de VEINTE DÓLARES AMERICANOS CON 00/100 (USD 20,00)
hasta CINCUENTA DÓLARES AMERICANOS CON 00/100 (USD 50,00), aplicado según la
distancia de envío, con entrega máxima de una (1) semana a partir de la
finalización de la FIL QUITO 2014.

Terminada la
feria se realizará la entrega de los productos vendidos en un plazo de siete
(7) días a sus respectivos compradores de existir stock, de lo contrario los
participantes se comprometen a la producción del objeto, objetos o sistema de
objetos que se haya comprometido su venta en un plazo de veinte (20) días, para
proceder con la entrega del producto final en un plazo de treinta (30) días calendario.
En caso de los productos que no se vendan se procederá a la respectiva
devolución a los participantes.

Finalizada la
FIL QUITO 2014, los participantes se comprometen a acercarse personalmente,
para proceder con la facturación y cobro del objeto, los objetos o sistema de
objetos vendidos o en su defecto con su respectiva devolución en el lugar,
fecha y hora previamente indicado. Todos los gastos que esto implique corren
por cuenta exclusiva de los participantes.

Cronograma

Para el
proceso de selección de esta convocatoria, se considerará el siguiente
cronograma:

Lanzamiento

8 de agosto de 2014

Presentación de postulaciones

Del 8 de agosto de 2014 hasta al 19 de octubre de 2014 a
las 24:00

Proceso de pre- admisibilidad y admisibilidad

Hasta el 1 de octubre de 2014

Revisión de los proyectos y deliberación por parte del
Jurado Calificador Exterior

23 y 24 de octubre de 2014

Notificación de resultados

24 de octubre de 2014

Firma de contrato

Hasta el 31 octubre de 2014

Recepción de los objetos

18 y 19 de noviembre de 2014

Pago y/o devolución de objetos

2 de diciembre de 2014

Presentación
de postulaciones

Los
interesados en participar en esta convocatoria, deberán seguir el siguiente
procedimiento:

Ingresar al
siguiente enlace para su postulación: objetosparaleer.culturaypatrimonio.gob.ec

Llenar el
formulario de inscripción en línea, con el envío de los siguientes archivos:

Carta de
presentación, compromiso y contactos (ANEXO 1), deberá estar llena, firmada y
enviada como un archivo digital.

Carta de
compromiso de disponibilidad y entrega de productos (ANEXO 2), deberá estar llena,
firmada y enviada como un archivo digital.

Carta de
ratificación de la titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre
los productos entregados (ANEXO 3), deberá estar llena, firmada y enviada como
un archivo digital.

3 imágenes
representativas del objeto, objetos o sistema de objetos (fotografías, renders,
bocetos, esquemas o cualquier imagen que comunique el proyecto), cada imagen
debe medir 15 x 15 cm a una resolución de 72 dpi / RGB, comprimido en formato
JPG de alta calidad.

1 descripción
del objeto, objetos o sistema de objetos con un máximo de 1000 caracteres (con
espacios)

Copia de la
cédula de ciudadanía o identidad según corresponda y el certificado de votación
del participante de ser el caso, enviado como un archivo digital.

En caso de
persona jurídica, copia del RUC, nombramiento del representante legal, copia de
la cédula de ciudadanía o identidad según corresponda y el certificado de votación del representante
legal de ser el caso, enviado como un archivo digital.

Los
organizadores enviarán un correo electrónico de confirmación de la inscripción,
en un período de 48 horas.

En caso de que
la documentación no se haya completado en el período de pre-admisibilidad serán
eliminados automáticamente. Los postulantes serán admitidos únicamente cuando
se cumpla de forma estricta con lo estipulado en este acápite.

El Ministerio
de Cultura y Patrimonio se reserva el derecho de solicitar información
adicional o solicitar ajustes o cambios a las fotografías y textos en caso de ser
necesario.

Proceso de
Pre-admisibilidad y Admisibilidad

La pre
admisibilidad de las postulaciones se realizará según su orden de envío. La pre
admisibilidad consiste en la revisión del expediente completo de cada
postulante -de acuerdo con lo que debe contener la postulación- con el objetivo
de informar al mismo, sobre la falta de datos o documentos en la postulación.

En caso de no
cumplir con todos los requerimientos y documentación solicitada por el
Ministerio de Cultura y Patrimonio, a través de la Dirección de Emprendimientos
e Industria de Diseño y Artes Aplicadas, notificará de manera escrita a la
dirección de correo electrónico consignado en el ANEXO 1. sobre la
documentación que se encuentra pendiente, con el fin de que los postulantes
puedan entregar los faltantes en un plazo de 24 horas. Es importante tomar en
cuenta que esta será la única instancia en la cual los postulantes podrán completar
documentos pendientes en sus propuestas. Posteriormente si las propuestas no
cumplen con las especificaciones solicitadas en las bases del concurso dentro
de los plazos establecidos en el cronograma, la propuesta será considerada
inadmisible.

La admisibilidad
de las postulaciones presentadas, se realizará a través de un comité compuesto
por tres (3) servidores del Ministerio de Cultura y Patrimonio, dos (2)
funcionarios de la Dirección de Emprendimientos e Industria de Diseño y Artes
Aplicadas, y un (1) representante de la Coordinación General Jurídica del Ministerio
de Cultura y Patrimonio, para que en un término de dos (2) días, luego de
recibidas las postulaciones, verifiquen el cumplimiento de la información
documental requerida en las presentes bases técnicas, en la totalidad de los
proyectos postulantes de todas las provincias del País. Esta etapa permitirá
identificar las postulaciones que, al cumplir con los requisitos, son admitidas
para el período de deliberación y veredicto final. El representante de la Coordinación
General Jurídica se encargará de resolver las inquietudes de índole legal que
se desprendan de las postulaciones.
Durante esta etapa no existirá la posibilidad de completar la documentación
faltante por parte de los postulantes.

Una vez
finalizadas las actas de admisibilidad, el Ministerio de Cultura y Patrimonio
publicará a través de su página web: www.culturaypatrimonio.gob.ec, las listas de proyectos
admitidos y no admitidos. La Dirección de Emprendimientos e Industria de Diseño
y Artes Aplicadas entregará los sobres de las postulaciones admitidas al Jurado
Calificador, durante el proceso de deliberación y veredicto final, que se encargará
de la calificación y selección final. La decisión del Jurado Calificador no
podrá ser reconsiderada.

Del Jurado
Calificador

El Jurado
Calificador estará compuesto por tres (3) especialistas nacionales, de probada
trayectoria y reconocimiento que se hayan destacado en el campo del diseño y/o
editorial, designados mediante Acuerdo Ministerial por la máxima autoridad de
esta Cartera de Estado con base en los nombres puestos a consideración por la
Dirección de Emprendimientos e Industria de Diseño y Artes aplicadas.

Período de
revisión y deliberación

El proceso de
evaluación y calificación se registrará en un Protocolo de Selección, cuya
valoración total será sobre cien (100) puntos, de acuerdo a parámetros cualitativos
y cuantitativos. Se tomará en consideración: ?

Conceptualización
del proyecto. Es la perspectiva abstracta y simplificada del proyecto, el punto
de partida que enlaza la razón que se quiere representar a través del diseño.

Aspectos
formales. Siendo lo formal básicamente todo aquello que hace referencia al
aspecto exterior y/o superficial de un objeto y por ende es lo que nos anuncia,
nos comunica y nos traslada su carácter y todos sus adjetivos de forma más
inmediata y visual. Lo formal, lógicamente ligado estrechamente a la
comunicación que nos permiten las formas, lo utilizamos para otorgar a los
objetos ciertas cualidades simbólicas. En realidad el diseño, a través de todos
los recursos formales (volúmenes geométricos sino que las líneas, los rasgos,
los colores, las texturas y todas sus relaciones nos ofrecen todo tipo de
soporte para enfatizar el lenguaje pretendido) que nos ofrece, nos permite
impregnar de una personalidad concreta a cualquier tipo de objeto. Este recurso
se utiliza normalmente para acercar con más éxito los productos también a un
usuario concreto o simplemente porque deseamos comunicar ciertos mensajes, funciones,
añadirle algún rasgo cultural o simplemente trabajar bajo este aspecto el valor
añadido. ? Aspectos funcionales. Se refiere a las funciones técnicas u operativas
del objeto. Determina la utilidad del producto. Está estrechamente relacionado
con la función estética, porque la forma debe indicar las funciones que cumple
el objeto. Para esto se considerará la relación con el uso, mecanismos y
movimientos, y aspectos antropométricos y ergonómicos si se aplica. ?

Aporte en los
procesos de lectura y escritura y el protagonismo que se da al libro dentro de
los espacios de los hogares y oficinas. Identificar la problemática y como a través
del diseño permite satisfacer las necesidades y cumplir con el objetivo planteado.

Finalizado el
proceso, los Miembros del Jurado Calificador Externo harán entrega de un
registro firmado por cada uno de ellos de las calificaciones cuantitativas y
cualitativas de todos los objetos, objetos o sistema de objetos analizadas,
junto con el Acta de Veredicto. Estos documentos serán entregados a la
Subsecretaría Técnica de Emprendimientos Culturales del Ministerio de Cultura y
Patrimonio.

Notificación

El(la)
Ministro(a) de Cultura y Patrimonio o su delegado, hará pública la selección de
los objetos a través de su página web: www.culturaypatrimonio.gob.ec y dispondrá a la Dirección de
Emprendimientos e Industria del Diseño y las Artes Aplicadas, notificar por
escrito, del particular a los (as) seleccionados (as); e informar el lugar y
hora exacta para la recepción del objeto, objetos o sistema de objetos.

Suscripción
del Contrato

El (La)
Ministro(a) de Cultura y Patrimonio o su delegado suscribirá en forma conjunta
con los/las ganadores(as) de la convocatoria ?OBJETOS PARA LEER?, un contrato
de venta por consignación en donde se incluirá una cláusula con autorización al
Ministerio de Cultura y Patrimonio para la difusión y promoción de manera
directa o indirecta de su proyecto, por cualquier medio o forma; y, su distribución
al público, durante el marco de la Feria Internacional del Libro de Quito 2014.

Una vez
seleccionados los proyectos ganadores de la convocatoria por parte del Jurado
Calificador, la notificación señalará la obligación de suscripción del contrato,
en el que se detallarán las responsabilidades y obligaciones de las partes

El contrato se
suscribirá en la Coordinación General Jurídica del Ministerio de Cultura y
Patrimonio, con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, según el formato
elaborado en dicha dependencia, a partir de los insumos contenidos en las
presentes bases. Para este efecto, los beneficiarios deberán presentar la siguiente
documentación:

Copia del
Registro Único de Contribuyentes (RUC)

Certificado
emitido por el Servicio de Rentas Internas, de encontrarse en lista blanca.

Copia del
oficio de notificación con el cual se informó de la selección de su proyecto.

En caso de
persona jurídica, copia actualizada del estatuto de constitución de la persona
jurídica.

La
Coordinación General Jurídica, verificará a través del portal del Servicio
Nacional de Contratación Pública (SERCOP), en el Registro Único de Proveedores
(RUP), que el (la) beneficiario(a) no conste en el registro de contratistas incumplidos
o adjudicatarios fallidos. De igual manera, verificará el estado tributario del
(de la) beneficiario(a), a través del Portal del Servicio de Rentas Internas
(SRI).

La negativa o
falta de suscripción del contrato en el término establecido en el presente documento,
constituye renuncia tácita del (de la) beneficiario(a).

El (la)
titular de la Subsecretaría Técnica de Emprendimientos Culturales podrá
autorizar (por escrito) una prórroga para la legalización del contrato, sólo en
casos de fuerza mayor o circunstancias no atribuibles al (a la)
beneficiario(a).

En caso de que
el (la) beneficiario (a), no suscribiera el contrato y/o hubiera incurrido en
algún impedimento establecido a lo largo de las presentes bases técnicas, la
selección de su postulación queda sin efecto y el Ministerio de Cultura y
Patrimonio se reserva el derecho de considerar como seleccionado a la
postulación ubicada en el lugar inmediato inferior de la última postulación
seleccionada, en cuyo caso, la Dirección de Emprendimientos e Industria Diseño
y Artes Aplicadas, procederá a notificar al (a la) beneficiario(a) para la
suscripción del contrato en las mismas consideraciones de tiempo.

Recepción de
los Objetos

En la
notificación, se informará el lugar y horas de entrega de los productos que se
realizará en el Distrito Metropolitano de Quito, los seleccionados disponen
hasta el 17 de noviembre para preparar la entrega del objeto, objetos o sistema
de objetos, considerando:

De una (1)
unidad hasta cinco (5) unidades de cada producto

Cada objeto
debe tener etiqueta (sin precio), empaque y embalaje.

Presentarse
personalmente sin delegar esta función a un tercero, para la entrega del
objeto, objetos o sistema de objetos, el 18 y 19 de noviembre, en el lugar y
horas señaladas previamente, para lo
cual deberá adjuntar adicionalmente:

2 originales
del objeto, objetos o sistema de objetos con la lista de productos – precios
sin incluir IVA (ANEXO 4), llena y firmada.

2 facturas
originales con fecha 2 de diciembre; mismas que serán llenadas con la
descripción de los productos que hayan sido vendidos al finalizar la FIL QUITO
2014, o en su defecto se procederá con la devolución de las mismas.

Durante la
recepción del objeto, objetos o sistema de objetos, se realizará la inspección
del estado de entrega de los productos, con base en la carta de compromiso de
disponibilidad y entrega de productos (ANEXO 2), con el que postuló y la lista
de productos ? precios ANEXO 4.

En caso de
encontrarse novedades con respecto a cantidades y/o estado, se detallará en la
sección de observaciones en el ANEXO 4, que deberá ser firmado por parte del participante
y el delegado del Ministerio de Cultura y Patrimonio, documento que constituye respaldo
para las partes en el acta de entrega recepción.

El Ministerio
de Cultura y Patrimonio, se reserva el derecho de no receptar los objetos, que
no se hayan postulado, y/o se encuentren en malas condiciones y/o no cuenten
con su respectiva etiqueta (sin precio), empaque y/o embalaje.

Todos los
gastos que esto implique corren por cuenta exclusiva de los participantes.

El Ministerio
de Cultura y Patrimonio podrá solicitar productos adicionales durante el
desarrollo de la FIL QUITO 2014, para reposición de stock, dependiendo de la
rotación de los mismos y del interés del público.

En caso de no
cumplir con la entrega de lo estipulado en esta cláusula, el participante será
inhabilitado para presentar proyectos en cualquiera de los concursos convocados
por el Ministerio de Cultura y Patrimonio por dos (2) años, contados desde la
fecha de notificación de la respectiva resolución administrativa que imponga la
sanción.

18. Pago y/o devolución de objetos

Para el pago
los beneficiarios deberán presentarse personalmente y no por interpuesta
persona, el 2 de diciembre, en el lugar y horas señaladas previamente, para
proceder con la facturación y cobro de los objetos o sistema de objetos
vendidos o en su defecto para su devolución. Todos los gastos que esto implique
corren por cuenta exclusiva de los participantes.

En caso de que
las ventas superen los productos existentes en stock, los participantes se comprometen
a la producción y entrega del objeto, objetos
o sistema de objetos solicitados en un plazo de veinte (20) días, para la
entrega del producto final a sus respectivos compradores. Todos los gastos que esto
implique corren por cuenta exclusiva de los participantes. En caso de no
presentarse el 2 de diciembre, el Ministerio de Cultura y Patrimonio no se responsabiliza
por el resguardo del objeto, los objetos o sistema de objetos no vendidos, y el
postulante pierde automáticamente cualquier derecho a reclamo y/o indemnización
de pago por pérdida o daño del objeto, los objetos o sistema de objetos.

19. Aceptación de bases

Por la sola
presentación de la postulación, se entiende para todos los efectos legales, que
la persona conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases, así
como también su voluntad expresa de respetar el veredicto que emitan los
integrantes del Jurado Calificador Externo.

Los
participantes aceptan, en caso de ser seleccionados ganadores cumplir con los
plazos establecidos en las presentes bases.

20. Autenticidad de los datos

La
organización se reserva el derecho a verificar la información remitida por los
postulantes. En caso de que la información y documentos proporcionados no sean
veraces, el Ministerio de Cultura y Patrimonio remitirá los antecedentes al
órgano judicial competente para determinar
responsabilidades civiles o penales a que hubiere lugar. Sin perjuicio de aquello,
la postulación que se encuentre en esta situación, no será susceptible de
selección y el participante será inhabilitado para presentar proyectos en
cualquiera de los concursos convocados por el Ministerio de Cultura y
Patrimonio hasta por dos (2) años, contados desde la fecha de notificación de
la respectiva resolución administrativa que imponga la sanción.

21. Contacto