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REGISTRO OFICIAL

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AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

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MiĆ©rcoles, 08 de Diciembre de 2010 – R. O. No. 336

n n n

FUNCIƓN EJECUTIVA
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nDECRETOS
:
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n554 DerĆ³gase el Decreto Ejecutivo NĀŗ 1096 de 18 de mayo del 2008, promulgado en el Registro Oficial NĀŗ 356 de 10 de junio del 2008 y nĆ³mbrase en representaciĆ³n del seƱor Presidente de la RepĆŗblica ante el Banco del Estado, a la magĆ­ster Doris Josefina Soliz CarriĆ³n, Vocal Principal y a la arquitecta MarĆ­a de los Ɓngeles Duarte Pesantes, Vocal Suplente
n
n556 RatifĆ­case en todos sus artĆ­culos el Estatuto de la Agencia Internacional para las EnergĆ­as Renovables (IRENA)
n
n557 RatifĆ­case en todos sus artĆ­culos el Protocolo de Enmienda al Convenio de IntegraciĆ³n CinematogrĆ”fica Iberoame-ricana
n
n559 DeclĆ”rase en comisiĆ³n de servicios a la comitiva oficial que acompaƱarĆ” al Jefe de Estado Ecuatoriano en el viaje oficial a la RepĆŗblica Cooperativa de Guyana, ciudad de Georgetown
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n
nACUERDOS:
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nMINISTERIO DE EDUCACIƓN:
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n0337-10 ApruƩbase el Estatuto del Centro de Desarrollo de Tecnologƭas Aplicadas al Comportamiento Humano, CEDETECH, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
n
n0348-10 ApruĆ©base el Estatuto de la FundaciĆ³n Educativa Hortense – FEDUHORTENSE, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
n
n0368-10 DisuĆ©lvese la FundaciĆ³n para el Desarrollo Integral de NiƱos, Adolescentes y JĆ³venes ā€œNuevo Milenioā€, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha
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nRESOLUCIONES:
n
nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
n

n383 ApruĆ©base el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Camposanto La Piedad, ubicado en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha y otĆ³rgase la licencia ambiental para la ejecuciĆ³n de dicho proyecto
n
n384 ApruĆ©base el alcance al Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para la ConstrucciĆ³n y PerforaciĆ³n de las Plataformas Exploratorias Sector EdĆ©n Alto y para la ConstrucciĆ³n del Nuevo Puerto EdĆ©n y VĆ­a de Acceso; para la ConstrucciĆ³n de la Plataforma Exploratoria Yanahurco, Muelles de Verano y de Invierno y VĆ­as de Acceso; Zona de Almacenamiento de Material PĆ©treo, Zona de Embarque Temporal y VĆ­a hacia el Acceso al Pad R, ubicado en el cantĆ³n Shushufindi, provincia de SucumbĆ­os
n
n385 ApruĆ©base el Estudio de Impacto Ambiental Ex Post y Plan de Manejo Ambiental para la Granja Porcina ā€œCRECULTā€, ubicada en el cantĆ³n Pedro Vicente Maldonado, provincia de Pichincha y otĆ³rgase la licencia ambiental para la ejecuciĆ³n de dicho proyecto
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nCONSEJO NACIONAL DE ZONAS FRANCAS:
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2010-0000024 begin_of_the_skype_highlighting 2010-0000024 end_of_the_skype_highlighting ModifĆ­case la ResoluciĆ³n NĀŗ 2010-000023 begin_of_the_skype_highlighting 2010-000023 end_of_the_skype_highlighting de 27 de septiembre del 2010, publicada en el Registro Oficial NĀŗ 311 del 29 de octubre del 2010
n
n2010-0000025 begin_of_the_skype_highlighting 2010-0000025 end_of_the_skype_highlighting RegĆ­strase la calificaciĆ³n de la Empresa Negocios Caribean Pacific Company S. A., como usuaria de la Zona Franca Metropolitana de Quito – METROZONA S. A.
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nSUPERINTENDENCIA DE COMPAƑƍAS:
n

nSC.SG.DRS.G.10.007 EmĆ­tese el Reglamento que establece la informaciĆ³n y documentos que estĆ”n obligados a remitir a esta Superintendencia, las sociedades sujetas a su control y vigilancia
n
n
nFUNCIƓN JUDICIAL
n
nCORTE NACIONAL DE JUSTICIA:
n

nDispĆ³nese que para el ejercicio de las facultades que segĆŗn la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero le compete a la Superintendencia de Bancos y Seguros, la FiscalĆ­a General del Estado, para el inicio de la acciĆ³n penal por los delitos financieros, no requerirĆ” ningĆŗn informe adicional, sin perjuicio de ejercer las demĆ”s atribuciones que le confiere la ley, cuando conozca, de cualquier manera, de la perpetraciĆ³n de alguna infracciĆ³n de esta naturaleza
n
nRefĆ³rmase la ResoluciĆ³n de 1 de abril de 2009, publicada en el Registro Oficial No. 572 de 17 de abril del 2009
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nCORTE CONSTITUCIONAL
nPARA EL PERIODO DE TRANSICIƓN
n
nSALA DE ADMISIƓN
n
nCAUSAS:
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n0048-10-IN Demanda de inconstitucionalidad parcial y por el fondo presentada en contra del artĆ­culo 73 numeral 5; artĆ­culo 95 pĆ”rrafo final de inciso segundo de la Ley OrgĆ”nica del Sistema de ContrataciĆ³n PĆŗblica y la reforma al artĆ­culo 42 de la Ley General de Seguros que establece un procedimiento especial para el pago de garantĆ­as otorgadas por bancos o instituciones financieras y pĆ³lizas de seguros. Legitimado Activo: JosĆ© Fernando Rosero GonzĆ”lez, por sus propios derechos
n
n0052-10-IN Demanda de inconstitucionalidad por el fondo, presentada en contra del Acuerdo Ministerial NĀŗ 055 que expide el ā€œInstructivo para la CalificaciĆ³n y Registro de Consultores Ambientalesā€, dictado el 13 de abril del 2010 y publicado en el Registro Oficial NĀŗ 198 de viernes 21 de mayo del 2010. Legitimado Activo: Oscar Juan Valenzuela Morales, por sus propios derechos
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n
n
nORDENANZAS MUNICIPALES:
n

nGobierno AutĆ³nomo Descentralizado del CantĆ³n Paltas: Modificatoria de la reforma a la Ordenanza que regula la organizaciĆ³n, funcionamiento y control del Mercado Centro Comercial Paltense y ferias libres
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nCantĆ³n CaƱar: De formalizaciĆ³n y regularizaciĆ³n del funcionamiento del Centro de Apoyo a la GestiĆ³n Rural del Agua Potable (CENAGRAP)
n
nGobierno Municipal del CantĆ³n Quinsaloma: Que crea el Departamento de ProducciĆ³n AgrĆ­cola, GestiĆ³n Ambiental y Manejo de los Recursos Naturales
n
nGobierno Municipal de San Pedro de Pimampiro: Que establece el cobro de la tasa por el servicio de recolecciĆ³n de basura, desechos sĆ³lidos y aseo pĆŗblico

n n n


n

n n n No. 554 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1096 de mayo 18 del 2008, promulgado mediante publicaciĆ³n en el Registro Oficial No. 356 de junio 10 del 2008, se nombrĆ³ a la seƱora Arquitecta MarĆ­a de los Ɓngeles Duarte Pesantes como Vocal Principal en representaciĆ³n del seƱor Presidente de la RepĆŗblica ante el Directorio del Banco del Estado, y al seƱor Arquitecto Walter Rodrigo GonzĆ”lez Kelz como Vocal Suplente; y,

n n n

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral quinto del artĆ­culo 147 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica; y, literal b) del artĆ­culo 117 de la Ley OrgĆ”nica de RĆ©gimen Monetario y Banco del Estado,

n n n Decreta: n n

ArtĆ­culo 1.- DerĆ³guese el Decreto Ejecutivo No. 1096 de mayo 18 del 2008, promulgado mediante publicaciĆ³n en el Registro Oficial No. 356 de junio 10 del 2008.

n n n

ArtĆ­culo 2.- NĆ³mbrese a la seƱora MagĆ­ster Doris Josefina Soliz CarriĆ³n, como Vocal Principal en representaciĆ³n del seƱor Presidente de la RepĆŗblica ante el Directorio del Banco del Estado.

n n n

ArtĆ­culo 3.- NĆ³mbrese a la seƱora arquitecta MarĆ­a de los Ɓngeles Duarte Pesantes, como Vocal Suplente en representaciĆ³n del seƱor Presidente de la RepĆŗblica ante el Directorio del Banco del Estado.

n n n

DISPOSICIƓN FINAL.- El presente decreto ejecutivo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su promulgaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n n

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 18 de noviembre del 2010.

n n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 556 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n Considerando: n n

Que el Estatuto de la Agencia Internacional para las EnergĆ­as Renovables (IRENA), fue suscrito en la ciudad de Bonn, Alemania, el 26 de enero del 2009;

n n

Que el citado estatuto tiene como objeto promover la adopciĆ³n generalizada y el uso sostenible de todas las formas de energĆ­a renovables, teniendo en cuenta las prioridades nacionales e internas y los beneficios derivados;

n n

Que mediante dictamen No. 021-10-DTI-CC de 24 de junio del 2010, la Corte Constitucional declarĆ³ que el Estatuto de la Agencia Internacional para las EnergĆ­as Renovables (IRENA) requerĆ­a aprobaciĆ³n previa por parte de la Asamblea Nacional por encontrarse dentro de los casos que establece el artĆ­culo 419, numeral 4 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica;

n n

Que de conformidad con el 419 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, el Presidente de la RepĆŗblica notificĆ³ con oficio No. T.4914-SNJ-10-1093 de fecha 15 de julio del 2010, a la Asamblea Nacional el contenido del estatuto a fin de que se sirva aprobarlo;

n n

Que mediante oficio No. SAN-10-820 de 11 de noviembre del 2010, la Asamblea Nacional notificĆ³ al Presidente de la RepĆŗblica que en sesiĆ³n efectuada el 1 de septiembre del 2010, resolviĆ³ aprobar el Estatuto de la Agencia Internacional para las EnergĆ­as Renovables (IRENA); y,

n n

En ejercicio de la facultad conferida por el artĆ­culo 147 numeral 10 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,

n n n Decreta: n n

ArtĆ­culo Primero.- Ratificase en todos su artĆ­culos el Estatuto de la Agencia Internacional para las EnergĆ­as Renovables (IRENA), suscrito en la ciudad de Bonn, Alemania, el 26 de enero del 2009.

n n n

ArtĆ­culo Segundo.- El presente decreto entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial y de su ejecuciĆ³n encĆ”rgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n n n

Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 22 de noviembre del 2010.

n
n n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 557 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n Considerando: n n

Que el Protocolo de Enmienda al Convenio de IntegraciĆ³n CinematogrĆ”fica Iberoamericana fue suscrito en la ciudad de CĆ³rdova el 28 de noviembre del 2007;

n n

El citado Protocolo de Enmienda tiene por objeto fortalecer y ampliar el desarrollo cinematogrƔfico y audiovisual de los paƭses iberoamericanos;

n n

Que mediante dictamen No. 012-10-DTI-CC de 24 de junio del 2010, la Corte Constitucional declarĆ³ que el Protocolo de Enmienda al Convenio de IntegraciĆ³n CinematogrĆ”fica Iberoamericana requerĆ­a aprobaciĆ³n previa por parte de la Asamblea Nacional por encontrarse dentro de los casos que establece el artĆ­culo 419, numeral 4 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica;

n n

Que de conformidad con el 419 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, el Presidente de la RepĆŗblica notificĆ³ con oficio No. T.1506-SNJ-10-1092 de fecha 15 de julio del 2010, a la Asamblea Nacional el contenido del Estatuto a fin de que se sirva aprobarlo;

n n

Que mediante oficio No. SAN-10-822 de 11 de noviembre del 2010, la Asamblea Nacional notificĆ³ al Presidente de la RepĆŗblica que en sesiĆ³n efectuada el 1 de septiembre del 2010, resolviĆ³ aprobar el Protocolo de Enmienda al Convenio de IntegraciĆ³n CinematogrĆ”fica Iberoamericana; y,

n n n

En ejercicio de la facultad conferida por el artĆ­culo 147 numeral 10 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica,

n n n Decreta: n n

ArtĆ­culo Primero.- RatifĆ­case en todos sus artĆ­culos el Protocolo de Enmienda al Convenio de IntegraciĆ³n CinematogrĆ”fica Iberoamericana, suscrito en la ciudad de CĆ³rdova el 28 de noviembre del 2007.

n n

ArtĆ­culo Segundo.- El presente decreto entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial y de su ejecuciĆ³n encĆ”rgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n n

Dado en el Palacio de Gobierno; en Quito, a 22 de noviembre del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 559 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPƚBLICA n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el artĆ­culo 147 nĆŗmero 5 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, y el artĆ­culo 11 literal f) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n n Decreta: n n

ArtĆ­culo Primero.- Declarar en comisiĆ³n de servicios a la comitiva oficial que acompaƱarĆ” al Jefe de Estado Ecuatoriano en el viaje oficial a la RepĆŗblica Cooperativa de Guyana, ciudad de Georgetown del 25 al 26 de noviembre del 2010, para asistir a la IV Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno Miembros de la UniĆ³n de Naciones Suramericanas (UNASUR), conformada de la siguiente manera:

n n Licenciado Edwin JarrĆ­n, Ministro del Interior (E). n n

Economista Ricardo Patino Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n n Doctora Gloria Vidal, Ministra de EducaciĆ³n. n n Doctor David Chiriboga, Ministro de Salud. n n

Doctor RenĆ© RamĆ­rez, Secretario Nacional de PlanificaciĆ³n y Desarrollo.

n n

Arquitecto Fernando Cordero, Presidente de la Asamblea Nacional.

n n

Doctor Fernando Bustamante, Presidente de la ComisiĆ³n de Asuntos Internacionales.

n n

Doctor JosƩ Luis Femando VƩlez Cabezas, Asambleƭsta por Santo Domingo de los TsƔchilas.

n n

SeƱor Francisco HagĆ³ Cely, AsambleĆ­sta EEUU – CanadĆ”.

n n n Movimientos Sociales: n n

SeƱor Jorge Loor, Presidente de la Coordinadora Campesina Eloy Alfaro.

n n SeƱor Ɓngel Rivero, Presidente de la FENACLE. n n

SeƱor Luis Yampis, Dirigente de Tierras y Territorios de la CONAIE.

n n

ArtĆ­culo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones para cada uno de los ministros de Estado, en su ausencia, se regirĆ”n a lo dispuesto en el artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva.

n n

ArtĆ­culo Tercero.- Los viĆ”ticos y mĆ”s gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirĆ”n con cargo a los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva, conformada ademĆ”s por representantes de movimientos sociales antes mencionados, cuyos gastos serĆ”n cubiertos del presupuesto de la Presidencia de la RepĆŗblica.

n n

ArtĆ­culo Cuarto.- Este decreto entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 24 de noviembre del 2010. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n NĀŗ 0337-10 n n LA MINISTRA DE EDUCACIƓN n n Considerando: n n

Que el artĆ­culo 66 numeral 13 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que segĆŗn los artĆ­culos 565 y 567 de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil, publicada en el (Registro Oficial NĀŗ 46 de junio 24 del 2005) R. O. (SP) junio 24 No. 46 de 2005, corresponde al Presidente de la RepĆŗblica aprobar mediante la concesiĆ³n de personerĆ­a jurĆ­dica, a las organizaciones de derecho privado, que se constituyan de conformidad con las normas del TĆ­tulo XXX, Libro I del citado cuerpo legal;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 339 de noviembre 28 de 1998, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 77 de noviembre 30 del mismo aƱo, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica delegĆ³ la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo al Ć”mbito de su competencia, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones pertinentes;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 311 de 5 de abril del 2010, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica designĆ³ como Ministra de EducaciĆ³n a la doctora Gloria Vidal Illingworth, Secretaria de Estado, que de conformidad con el Art. 17 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, es competente para el despacho de los asuntos inherentes a esta Cartera de Estado;

n n

Que la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a JurĆ­dica del Ministerio de EducaciĆ³n, mediante memorando NĀŗ 1370-DNAJ-2010 de 6 de abril del 2010, ha emitido informe favorable, para la aprobaciĆ³n

n
n n n

del estatuto y concesiĆ³n de la personalidad jurĆ­dica a favor del CENTRO DE DESARROLLO DE TECNOLOGƍAS APLICADAS AL COMPORTAMIENTO HUMANO, CEDETECH, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha por cumplir los requisitos establecidos en el Decreto Ejecutivo NĀŗ 3054 de agosto 30 del 2002, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 660 de septiembre 11 del mismo aƱo, reformado segĆŗn Decreto NĀŗ 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 311 de 8 de abril del 2008; y,

n n

En uso de las atribuciones legales que le confieren el Art. 154 numeral 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador y el Art. 17 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personerƭa jurƭdica, al CENTRO DE DESARROLLO DE TECNOLOGƍAS APLICADAS AL COMPORTAMIENTO HUMANO, CEDETECH, con domicilio la ciudad de Quito, provincia de Pichincha.

n n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las siguientes personas:

n n n Apellidos y n nombres n n CĆ©dula de ciudadanĆ­a n n n Nacionalidad n n Valdospinos Gordillo Guillermo Vinicio n n 171554149-4 n n Ecuatoriana n n Valdospinos Cisneros Vinicio Guillermo n n 170436070-8 n n Ecuatoriana n n Gordillo GarcĆ­a Patricia del Rosario n n 170464755-9 n n Ecuatoriana n n Aranda Miguez Francisco JosĆ© Adalberto n n 020112755-2 n n Ecuatoriana n n Granja Altamirano RaĆŗl AdriĆ”n n n 171139453-4 n n Ecuatoriana n n Valdospinos Gordillo Diana Patricia n n 171554153-6 n n Ecuatoriana n n n n

Art. 3.- Disponer que el CENTRO DE DESARROLLO DE TECNOLOGƍAS APLICADAS AL COMPORTAMIENTO HUMANO, CEDETECH ponga en conocimiento del Ministerio de EducaciĆ³n, la nĆ³mina de la directiva designada, una vez adquirida la personerĆ­a jurĆ­dica y las que se sucedan, en el plazo de quince dĆ­as posteriores a la fecha de elecciĆ³n, para el registro respectivo.

n n

Art. 4.- El CENTRO DE DESARROLLO DE TECNOLOGƍAS APLICADAS AL COMPORTAMIENTO HUMANO, CEDETECH remitirĆ” al Ministerio de EducaciĆ³n el registro electrĆ³nico de los directivos y los informes anuales de actividades conforme lo dispuesto en el artĆ­culo 11 del reglamento para la aprobaciĆ³n y extinciĆ³n de personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro contenido en el Decreto Ejecutivo 3054 de agosto 30 del 2002 y reformado mediante Decreto NĀŗ 982 de 25 de marzo del 2008.

n n

Art. 5.- Los conflictos internos de las organizaciones a las que se refiere el Reglamento para la aprobaciĆ³n, y extinciĆ³n de personas jurĆ­dicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro contenido en el Decreto Ejecutivo 3054 de agosto 30 del 2002, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 660 de septiembre 11 del mismo aƱo, reformado segĆŗn Decreto NĀŗ 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 311 de 8 de abril del 2008 y de estas entre sĆ­, deberĆ”n ser resueltas de conformidad con las disposiciones estatutarias; y, en caso de persistir, se someterĆ”n a las disposiciones de la Ley de Arbitraje y MediaciĆ³n, publicada en el Registro Oficial NĀŗ 145 de septiembre 4 de 1997 o a la justicia ordinaria.

n n n PublĆ­quese de conformidad con la ley. n n

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 19 de abril del 2010.

n n

f.) Gloria Vidal Illingworth, Ministra de EducaciĆ³n.

n n

MINISTERIO DE EDUCACIƓN.- COORDINACIƓN GENERAL DE ASESORƍA JURƍDICA.- Certifico: que esta copia es igual a su original.- f.) Fernando Arcos.- Fecha: 17 de noviembre del 2010.

n n NĀŗ 0348-10 n n Gloria Vidal Illingworth n MINISTRA DE EDUCACIƓN n n Considerando: n n

Que el artĆ­culo 66 numeral 13 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que segĆŗn los artĆ­culos 565 y 567 de la CodificaciĆ³n del CĆ³digo Civil, publicada en el Registro Oficial NĀŗ 46 de junio 24 del 2005, corresponde al Presidente de la RepĆŗblica aprobar mediante la concesiĆ³n de personerĆ­a jurĆ­dica, a las organizaciones de derecho privado, que se constituyan de conformidad con las normas del TĆ­tulo XXX, Libro I del citado cuerpo legal;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 339 de noviembre 28 de 1998, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 77 de noviembre 30 del mismo aƱo, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica delegĆ³ la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo al Ć”mbito de su competencia, apruebe los estatutos y las reformas, de las organizaciones pertinentes;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo NĀŗ 311 de 5 de abril del 2010, el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica designĆ³ como Ministra de EducaciĆ³n a la doctora Gloria Vidal Illingworth, Secretaria de Estado, que de conformidad con el Art. 17 del Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, es competente para el despacho de los asuntos inherentes a esta Cartera de Estado;

n n

Que la Direcci&oacute