REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Viernes, 25 de Abril de 2008 – R. O. No. 324

n n

n

FUNCION EJECUTIVA n n DECRETO: n n

1011-ADispónese que todos los ministerios de Estado cuenten con una Subsecretaría de Planificación

n n ACUERDOS: n n

SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y COMUNICACION:

n n

328……… Declárase en comisión de servicios en el exterior a los señores Oscar Herrera Gilbert, Director de la Unidad Técnica de Asesoramiento en Materia de Seguros para la Administración Pública, Central e Institucional y Enrique Ceballos Valdivieso, funcionario de la misma unidad

n n

331……… Desígnase al ingeniero Manuel Andrés Encalada Varas, Subsecretario de Organización, Métodos y Control

n n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n n

030……… Apruébase el Estatuto de la Fundación Ecológica por la Conservación “CLUSIA”, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

032……… Apruébase el Estatuto de la Fundación “Huasi Kindi”, domiciliada en el cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos

n n

MINISTERIO DE COORDINACION DE

n

SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA:

n n

323……… Nómbrase al señor Juan Antonio Martínez Yánez, Secretario Técnico de Plan Ecuador

n n

MINISTERIO DE CULTURA:

n n

027……… Apruébase el Estatuto de la Corporación “Organización No Gubernamental de Desarrollo Cultural Corporación Quijotadas”, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha ….

n n

028……… Apruébase la inscripción y registro de la directiva de la Corporación “Cuna de Brea-Canción de Autor”, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n n

MINISTERIO DE FINANZAS:

n n

079 MF-2008 Encárganse las atribuciones y deberes del cargo de Ministro, a la economista María Elsa Viteri Acaiturri, Subsecretaria General de Finanzas

n n n

080 MF-2008 Encárgase la Subsecretaría General de Finanzas, al economista Roberto A. Murillo Cavagnaro, Subsecretario de Tesorería de la Nación y encargado de la Subsecretaría de Crédito Público .

n n

081 MF-2008 Delégase al economista Fausto Herrera Nicolalde, Subsecretario de Consistencia Macrofiscal, represente al señor Ministro en la sesión ordinaria del Comité Especial de Licitación de PETROECUADOR (CEL)

n n

MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS:

n n

129……… Desígnanse al doctor Mario Cueva Aulestia, Director Nacional de Protección Ambiental Minera, encargado e ingeniero Iván Puglla Arévalo, Delegado de Protección Ambiental de El Oro, delegados principal y alterno, integren el Comité Técnico del Convenio entre el Ministerio de Minas y Petróleos, el Gobierno Provin-cial Autónomo de El Oro, y los ilustres municipios de Zaruma, Portovelo y Piñas

n n

MINISTERIO DE RELACIONES

n

EXTERIORES:

n n

-………. Convenio Básico de Cooperación Técnica y Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y VSF-CICDA

n n RESOLUCIONES: n n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

n n

NAC-DGER2008-0464 Establécese el contenido del anexo y del Informe Integral de Precios de Transferencia

n n n

PROCURADURIA GENERAL

n

DEL ESTADO:

n n

098……… Expídese el Reglamento de Pasantías de la PGE

n n n

ORDENANZA MUNICIPAL:

n n

-………. Cantón Sucúa: De aprobación del plano del valor del suelo urbano, los factores de aumento o reducción del valor del suelo, los parámetros para la valoración de las edificaciones y las tarifas que regirán para el bienio 2008 – 2009

n n

AVISOS JUDICIALES:

n n

-………. Juicio de expropiación seguido por la M. I. Municipalidad de Guayaquil en contra de Rosa España Fuentes (2da. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Agapito Amador Mero Santana (2da. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Yuri Rocke Cantos Mendoza (2da. publicación)

n n

-………. Juicio de expropiación seguido por el Servicio de Rentas Internas en contra de Leonor Antonieta Albán Astudillo y otros (2da. publicación)

n n

-………. Juicio de expropiación seguido por el Ilustre Municipio de Pelileo en contra de Carlota Teresa Paredes Mecías y herederos presuntos y desconocidos del señor Héctor Homero Paredes Mecías (3ra. publicación)

n n

-………. Juicio de expropiación seguido por el Ilustre Municipio de Pelileo en contra del señor Kenmeth Paúl Levvis y otra (3ra. publicación)

n n

-………. Juicio de expropiación seguido por el Municipio de Quevedo en contra de la señora Nelly Virginia Torres Moncada (3ra. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Juan Luis Calle Mero (3ra. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Edwin Eduardo López Lucas (3ra. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Wilson Medardo Quevedo Escobar (3ra. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Carlos Hugo Berzosa Tapia (3ra. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Román Florencio Valverde Villavicencio (3ra. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor José Humberto Sarmiento Urgilés (3ra. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Jorge Amable Granda Nivelo (3ra. publicación)

n n

-………. Muerte presunta del señor Armando de Jesús Minchala Abad (3ra. publicación)

n n n Nº 1011-A n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n REPUBLICA n n Considerando: n n

Que de acuerdo con el artículo 171 numeral 9 de la Constitución Política de la República, corresponde al Presidente de la República dirigir la Administración Pública y expedir las normas necesarias para regular la integración, organización y procedimientos de la Función Ejecutiva;

n n

Que mediante Decreto Nº 878, publicado en el Registro Oficial Nº 268 el 8 de febrero del 2008, se crea el Sistema Nacional de Planificación;

n n

Que es necesario vincular la gestión de los ministerios de la Función Ejecutiva con la Planificación del Desarrollo a cargo de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES-, para que las políticas sectoriales, los programas y proyectos, cuya responsabilidad de implementación corresponde a los ministerios, respondan, de manera articulada, a los objetivos nacionales de desarrollo del país; y,

n n En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, n n Decreta: n n

Art. 1.- Se dispone que todos los ministerios de Estado cuenten con una Subsecretaría de Planificación.

n n

Dicha Subsecretaría deberá reemplazar a las diferentes instancias administrativas a cargo actualmente de la planificación institucional como pueden ser: otras subsecretarías, direcciones, coordinaciones u otras instancias que tengan a cargo la planificación institucional de dichos ministerios.

n n

Se exceptúan de esta disposición a los ministerios coordinadores.

n n

Art. 2.- DE LOS SUBSECRETARIOS DE PLANIFICACION.- Los subsecretarios de planificación son competentes para realizar la planificación institucional de los ministerios de la Función Ejecutiva, sobre la base de los objetivos nacionales de desarrollo, determinados por la SENPLADES, las políticas de Estado pertinentes a su sector y los lineamientos determinados por el Ministerio al que pertenecen.

n n

Art. 3.- AREAS DE TRABAJO.- La planificación institucional consistirá en la preparación de insumos técnicos necesarios y la gestión requerida para la promulgación de actos administrativos que establezcan políticas de Estado, políticas sectoriales, programación operativa y planes de inversión.

n n

La planificación institucional deberá establecer lineamientos de política de largo plazo, que permitan orientar el accionar de la institución, así como la programación operativa de corto plazo en detalle que permita el monitoreo del desempeño del Ministerio.

n n

Art. 4.- DE LA COORDINACION CON SENPLADES.- El Subsecretario de Planificación de cada uno de los ministerios de la Función Ejecutiva, deberá elaborar la planificación institucional en estricta coordinación con la SENPLADES; para ello deberá realizar la planificación institucional de acuerdo con los lineamientos metodológicos que la SENPLADES apruebe para el efecto.

n n

DISPOSICION GENERAL

n n

Corresponde a los distintos ministros de Estado de la Función Ejecutiva y al Secretario Nacional Técnico de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, dictar los actos administrativos correspondientes a efecto de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en este decreto ejecutivo.

n n

Art. Final.- Este decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, y de su ejecución encárguense a todos los ministerios de la Función Ejecutiva, y al Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo.

n n Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 9 de abril del 2008. n n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. n n f.) Fernando Bustamante Ponce, Ministro de Gobierno y Policía. n n

f.) María Isabel Salvador Crespo, Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n f.) Wellington Sandoval Córdova, Ministro de Defensa Nacional. n n f.) Fausto Ortiz de la Cadena, Ministro de Finanzas. n n f.) Raúl Vallejo Corral, Ministro de Educación. n n f.) Galo Mora Witt, Ministro de Cultura. n n

f.) Jorge Marún Rodríguez, Ministro de Transporte y Obras Públicas.

n n f.) Antonio Gagliardo Valarezo, Ministro de Trabajo y Empleo. n n

f.) Walter Poveda Ricaurte, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

f.) Raúl Sagasti Lupera, Ministro de Industrias y Competitividad.

n n f.) Galo Chiriboga Zambrano, Ministro de Minas y Petróleos. n n

f.) Alecksey Mosquera Rodríguez, Ministro de Electricidad y Energías Renovables.

n n f.) Coroline Chang Campos, Ministra de Salud Pública. n n

f.) Jeannette Sánchez Zurita, Ministra de Inclusión Económica y Social.

n n

f.) María Duarte Pesantes, Ministra de Desarrollo Urbano y Vivienda.

n n f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente. n n f.) Raúl Carrión Fiallos, Ministro de Deportes. n n

f.) Gustavo Jalkh Röben, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

n n f.) Carolina Portaluppi, Ministra del Litoral (E). n n f.) Verónica Sión Montes, Ministra de Turismo. n n n

f.) Fander Falconí, Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo.

n n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n n f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública. n n n No. 328 n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO GENERAL DE LA

n

ADMINISTRACION PUBLICA Y COMUNICACION

n n

Visto el memorando No. UNSE-M-08-139 del 10 de abril del 2008, del señor Oscar Herrera, Director de la Unidad Técnica de Seguros, en el que comunica que conjuntamente con el señor Enrique Ceballos Valdivieso, funcionario de dicha unidad, se desplazarán a las ciudades de Londres-Inglaterra, Munich-Alemania y París-Francia, desde el día sábado 19 de abril hasta el sábado 26 de los corrientes, con la finalidad de cumplir con la disposición del señor Presidente Constitucional de la República de elaborar un nuevo escenario para la contratación de seguros estatales; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006, reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Declarar en comisión de servicios en las ciudades de Londres-Inglaterra, Munich-Alemania y París Francia del 19 al 26 de abril de 2008, a los señores Oscar Herrera Gilbert, Director de la Unidad Técnica de Asesoramiento en Materia de Seguros para la Administración Pública, Central e Institucional y Enrique Ceballos Valdivieso, funcionario de dicha unidad, con la finalidad de cumplir con la disposición del señor Presidente Constitucional de la República de elaborar un nuevo escenario para la contratación de seguros estatales, para lo cual mantendrán reuniones con directivos de compañías de seguros internacionales.

n n n

ARTICULO SEGUNDO.- Los pasajes aéreos al igual que los respectivos viáticos para cada uno de los funcionarios, se aplicarán con cargo al presupuesto de la Presidencia de la República.

n n n

ARTICULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 10 de abril del 2008. n n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n n f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública. n n n n No. 331 n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y COMUNICACION

n n

Que mediante Acuerdo No. 330 del 11 de abril del 2008 se creó la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control, misma que estará adscrita a la Secretaría General de la Administración Pública y Comunicación;

n n

Que la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control, deberá estar a cargo de un Subsecretario que será nombrado por el Secretario General de la Administración Pública y Comunicación; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 15 letra g) del Estatuto del Régimen Jurídico-Administrativo de la Función Ejecutiva y, el Artículo 3 del Acuerdo No. 330 del 11 de abril del 2008,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Designar al señor ingeniero Manuel Andrés Encalada Varas, para desempeñar las funciones de Subsecretario de Organización, Métodos y Control.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 14 de abril del 2008. n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública. n n n No. 030 n n

EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

n n Considerando n n

Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y documentación requerida para la aprobación de la personería jurídica de la Pre-Fundación Ecológica por la Conservación “CLUSIA”, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, cuyos objetivos son los siguientes:

n n

1. Promover la conservación y el uso sustentable de la vida silvestre ecuatoriana.

n n

2. Apoyar la gestión del Ministerio del Ambiente en el desarrollo de estrategias de conservación de la flora y fauna ecuatoriana.

n n

3. Elaborar y ejecutar proyectos para el desarrollo y manejo sustentables de los ecosistemas naturales del Ecuador.

n n

4. Proponer lineamientos de legislación, protección y conservación del medio ambiente.

n n

5. Integrar activamente a las comunidades locales, rurales y urbanas en la protección del medio ambiente.

n n

6. Fomentar el desarrollo social a través de programas de aprovechamiento sustentable de recursos naturales.

n n

7. Disminuir el impacto ambiental causado por las diversas actividades antropogénicas en el país

n n

Que, mediante memorando No. 13161-07 DAJ-MA de fecha 23 de octubre del 2007, esta Dirección solicita el informe técnico a la Dirección Nacional de Biodiversidad, Areas Protegidas, Vida Silvestre, Recursos Genéticos y Bioseguridad, para que emita informe técnico respecto de los objetivos y fines de la Pre-Fundación Ecológica para la Conservación CLUSIA, unidad administrativa que con memorando No. 015104-07 DNBAOVS/MA de fecha 26 de noviembre del 2007, emite el informe sin observaciones;

n n

Que, la Dirección Jurídica de este Ministerio, mediante memorando No. 016085-07 DAJ-MA de fecha 11 de diciembre del 2007 informa sobre el cumplimiento de los requisitos contenidos en el Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002, para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 008 de 30 de enero del 2008, la señora Ministra del Ambiente titular Marcela Aguiñaga, encarga al biólogo Manuel Bravo Cedeño su despacho, en calidad de Ministro del Ambiente, encargado; y,

n n

En uso de las atribuciones establecidas en los numerales 6 y 7 del artículo 179 de la Constitución Política de la República del Ecuador; y, del Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Fundación Ecológica por la Conservación “CLUSIA”, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha y otorgarle personería jurídica con las modificaciones que se detallan a continuación:

n n

En el artículo 6, numeral 6 inclúyase al final “en concordancia con el marco legal ambiental vigente”.

n n

En el artículo 2, suprímase las palabras dentro o fuera.

n n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las siguientes personas:

n n n Leonardo Fabricio Narváez Ponce n n C.C. 171468033-5 n n Andrés Alfredo Laguna Cevallos n n C.C. 040157152-6 n n Juan Eduardo Yépez Cadena n n C.C. 171791419-4 n n Christian Danilo Coloma Gudiño n n C.C. 171729961-2 n n Miguel Andrés Urgilés Merchán n n C.C. 171904218-4 n n Stalin Rafael Cáceres Santacruz n n C.C. 171354970-5 n n Luis Giovanni Gualotuña Sangoquiza n n C.C. 171809490-5 n n n n

Art. 3.- Disponer que la Fundación “ECOLOGICA POR LA CONSERVACION “CLUSIA”, ponga en conocimiento del Ministerio del Ambiente, la nómina de la Directiva, según lo establecido en el Art. 8 del Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002.

n n

Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General de Fundaciones y Corporaciones, que para el efecto lleva la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, y en el Registro Forestal que mantiene el Distrito Regional de Pichincha, conforme a lo dispuesto en el literal e) del Art. 17 de la Resolución No. 005 RD de 7 de agosto de 1997, y Arts. 49 y 211 del Libro III del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

n n

Art. 5.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en los Arts. 126 y 127 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Art. 6.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en Quito, a 3 de marzo del 2008. n n Comuníquese y publíquese. n n f.) Manuel Bravo Cedeño, Ministro del Ambiente (E). n n n n No. 032 n n

EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

n n Considerando: n n

Que, en esta Cartera de Estado, se ha presentado la solicitud y documentación requerida para la aprobación de la personería jurídica de la Pre-Fundación “HUASI KINDI”, domiciliada en el cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos, cuyos objetivos son los siguientes:

n n

a) Establecer en la jurisdicción de Shushufindi y en el resto de la Amazonía, un campo de acción con el propósito único de proyectar un trabajo a corto, mediano y largo plazo, referente al cuidado y protección del medio ambiente;

n n

b) Trabajar en la elaboración y ejecución de proyectos con el objetivo de impulsar programas de prevención y manejo adecuado de los impactos ambientales en la zona;

n n

c) Impulsar proyectos de control y monitoreo de los sitios afectados por impactos ambientales, ya sea en la población, flora y fauna, derivados de la actividad petrolera, agrícola y maderera en la región amazónica; y,

n n

d) Ayudar a la población de la zona, a impulsar proyectos para la consecución de recursos económicos con el fin de ejecutar programas de remediación de las consecuencias de impactos ambientales;

n n

Que, mediante memorando No. 05428-07 DAJ-MA del 30 de noviembre del 2007, la Dirección de Asesoría Jurídica solicita a la Dirección Nacional de Control y Prevención de la Contaminación, para que emita el informe técnico respecto de los objetivos y fines de la Pre-Fundación HUASI KINDI, unidad administrativa que con memorando No. 016987-07 MC-DPCC-SCA-MA de fecha 22 de diciembre del 2007, emite el informe con observación;

n n

Que, la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, mediante memorando No. 000744-08 DAJ-MA de fecha 18 de enero del 2008, informa sobre el cumplimiento de los requisitos contenidos en el Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002, para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 23 de fecha 25 de febrero del 2008, la Ministra del Ambiente, delegó al Director de Asesoría Jurídica varias de sus funciones, entre las que consta la de aprobar los estatutos de corporaciones, fundaciones y asociaciones vinculadas a los ámbitos de competencia del Ministerio y sus respectivas reformas; y,

n n

En uso de las atribuciones establecidas en los numerales 6 y 7 del artículo 179 de la Constitución Política de la República del Ecuador; y, del Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Fundación “HUASI KINDI”, domiciliada en el cantón Shushufindi, provincia de Sucumbíos y otorgarle personería jurídica, con la siguiente modificación:

n n

En el artículo 4 agréguese al final el siguiente párrafo: “El cumplimiento de los objetivos y fines específicos, se cumplirán en concordancia con el marco legal ambiental vigente y los procedimientos establecidos por el Ministerio del Ambiente”.

n n

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las siguientes personas:

n n n Nelson Edgar Huanca Ajila n n C.C. 171031455-8 n n Ramón Germán Anchundia Riquero n n C.C. 120392594-4 n n Blanca Marilín Yunapanta Sisa n n C.C. 210047434-1 n n Francisco Vicente Merisalde Campoverde n n C.C. 150037151-1 n n Clemencia Tapuy Tanguila n n C.C. 150037575-1 n n Jorge Lorenzo Huanca Ajila n n C.C. 070210522-2 n n Héctor Danilo Vargas Moreta n n C.C. 210050557-3 n n n

Art. 3.- Disponer que la Fundación “HUASI KINDI”, ponga en conocimiento del Ministerio del Ambiente, la nómina de la Directiva, según lo establecido en el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial Nº 660 del 11 de septiembre del 2002.

n n n

Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General de Fundaciones y Corporaciones, que para el efecto lleva la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, y en el Registro Forestal que mantiene el Distrito Regional de Sucumbíos-Orellana, conforme a lo dispuesto en el literal e) del Art. 17 de la Resolución No. 005 RD de 7 de agosto de 1997, y Arts. 49 y 211 del Libro III del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

n n

Art. 5.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en los Arts. 126 y 127 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Art. 6.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

n n Dado en Quito, a 12 de marzo del 2008. n n Comuníquese y publíquese. n n f.) Yury Manuel Iturralde H., Director de Asesoría Jurídica. n n n Nº 323 n n

EL MINISTRO DE COORDINACION DE

n

SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA

n n Considerando: n n

Que, en el Decreto Ejecutivo Nº 906 de fecha 7 de febrero del 2008, en el artículo 1 establece que la Secretaría Técnica de Plan Ecuador es una unidad adscrita al Ministerio Coordinador de Seguridad Interna y Externa a quien corresponde nombrar al Secretario Técnico de Plan Ecuador; y,

n n En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución, n n Acuerda: n n

Art. 1.- Nombrar en el cargo de Secretario Técnico de Plan Ecuador a Juan Antonio Martínez Yánez, quien asumirá las siguientes funciones:

n n

1. Administrar y representar jurídica y legalmente a la Secretaría Técnica del Plan Ecuador así como los programas y proyectos que esta ejecute y coordine.

n n

2. Presentar para conocimiento y aprobación del Consejo Directivo planes estratégicos cada cuatro años, y planes operativos anuales con su respectiva propuesta presupuestaria.

n n

3. Planificar, coordinar, priorizar y ejecutar las actividades y recursos asignados al Plan Ecuador, con las entidades nacionales y delegadas de las entidades del Estado, las gobernaciones, los comités permanentes de desarrollo provincial y los gobiernos locales.

n n

4. Suscribir acuerdos de coordinación y cooperación con actores públicos y privados que actúen en el territorio de la Frontera Norte.

n n

5. Coordinar y articular con SENPLADES los subsistemas de planificación, inversión pública, información, seguimiento y evaluación regional en la Frontera Norte para integrar las prioridades identificadas por la Secretaría.

n n

6. Presidir la mesa de Frontera Norte de Cooperación Internacional, promoviendo la articulación, complementación y alineamiento de la cooperación internacional en la Zona Norte.

n n

7. Impulsar el comité consultivo para Frontera Norte conjuntamente con AGECI y Cancillería, así como otros espacios de cooperación internacional en beneficio de la Frontera Norte.

n n

8. Fomentar e implementar acciones de carácter binacional en coordinación con Cancillería, para fomentar la paz, la seguridad y el desarrollo en la Frontera Norte.

n n

9. Implementar un sistema de recopilación y gestión de información de actores claves en la Frontera Norte y de monitoreo y evaluación de proyectos en la Frontera Norte.

n n

10. Poner en marcha mecanismos de participación de la sociedad civil, integrando acciones binacionales, impulsando entre otros, espacios de coordinación interinstitucional entre las entidades nacionales y locales.

n n

11. Diseñar e implementar la estrategia de comunicación de Plan Ecuador en la Frontera Norte.

n n

12. Seleccionar y contratar el personal necesario para el buen funcionamiento de la Secretaría Técnica del Plan Ecuador, con base en perfiles y procesos de contratación enmarcados en las normas vigentes.

n n

13. Coordinar el traspaso administrativo, técnico y financiero de acuerdo a la ley; del Plan Ecuador al Ministerio Coordinador de Seguridad Interna y Externa.

n n

Este acuerdo entrará en vigencia sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n Dado en Quito, a 9 de abril del 2008. n n

f.) Gustavo Larrea Cabrera, Ministro Coordinador de Seguridad Interna y Externa.

n n Es fiel copia del original.- Lo certifico. n n f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública. n n n No. 027 n n

EL MINISTERIO DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el artículo 23 numeral 19 de la Constitución Política vigente consagra el derecho a la libre asociación con fines pacíficos;

n n

Que el Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones; así como reconoce la facultad de la autoridad que otorgó personerías para disolverlas, por causas legales, a pesar de la voluntad de sus miembros;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n

Que a través de Decreto Ejecutivo No. 3054 de 30 de agosto del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002 se expidió el “Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado con finalidad social y sin fines de lucro que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil.”;

n n

Que se ha presentado a este Ministerio la petición y documentación pertinente para la aprobación del Estatuto de la Corporación “ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO CULTURAL CORPORACION QUIJOTADAS”, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador; y,

n n n

En uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 05 de 15 de enero del 2007,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Corporación “ORGANIZACION NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO CULTURAL CORPORACION QUIJOTADAS”, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, República del Ecuador y conceder personería jurídica a dicha institución, con el siguiente agregado:

n

“Articulado….- La Corporación se someterá a las disposiciones del Ministerio de Cultura en cumplimiento de los objetivos para los cuales es creada.

n n n

Serán las actividades de la Corporación y/o de sus personeros las que determine si esta es o no sujeto de obligaciones tributarias directas o indirectas.

n n n

La Corporación cumplirá estrictamente lo dispuesto en el Reglamento para la aprobación, control y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro, que se constituyan al amparo de lo dispuesto en el Título XXIX (actual XXX) del Libro I del Código Civil”.

n n n

Art. 2.- Remitir copia de este acuerdo ministerial a la Dirección del Registro Oficial para su publicación, este acuerdo entrará en vigencia en forma inmediata sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n n

Comuníquese y publíquese.- Quito, Distrito Metropolitano, a los tres días del mes de abril del 2008.

n n n f.) Lcdo. Galo Mora Witt, Ministro de Cultura. n n n No. 028 n n

EL MINISTERIO DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el artículo 23 numeral 19 de la Constitución Política vigente consagra el derecho a la libre asociación con fines pacíficos;

n n

Que el Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y fundaciones; así como reconoce la facultad de la autoridad que otorgó personerías para disolverlas, por causas legales, a pesar de la voluntad de sus miembros;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de 28 de noviembre de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de 30 de noviembre de 1998 el Presidente de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo a la materia que le compete, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones que se constituyen al amparo de lo dispuesto en el Título XXX de Libro I del Código Civil;

n n