REGISTRO OFICIAL

n

AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

MiĆ©rcoles, 23 de Abril de 2008 – R. O. No. 322

n n n

FUNCION EJECUTIVA

n

n

DECRETOS:

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1009……. AutorĆ­zase la utilizaciĆ³n de los recursos de la cuenta especial ā€œReactivaciĆ³n Productiva y Social del Desarrollo CientĆ­fico-TecnolĆ³gico y de la EstabilizaciĆ³n Fiscalā€ (CEREPS), por el monto de USD 3ā€™305.125,32, que se destinarĆ” a financiar exclusivamente el Proyecto Ā«Textos EscolaresĀ» que se encontraba ejecutando el Ministerio de EducaciĆ³n n

1014……. EstablĆ©cese como polĆ­tica pĆŗblica para las entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central la utilizaciĆ³n del software libre en sus sistemas y equipamientos informĆ”ticos n

1015……. AutorĆ­zase el viaje al exterior al licenciado LenĆ­n Moreno GarcĆ©s, Vicepresidente Constitucional de la RepĆŗblica, para que asista a la Conferencia Regional ā€œImplementaciĆ³n de la ConvenciĆ³n por los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas en LatinoamĆ©rica: Asociaciones, Estrategias, AcciĆ³nā€ ……………………………………. n

1016……. CĆ©sase del cargo al Teniente General HĆ©ctor Hugo Camacho Pauta y desĆ­gnase al General de DivisiĆ³n Claudio FabiĆ”n Varela Moncayo, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas …… n

1017……. CĆ©sase del cargo al General de DivisiĆ³n Guillermo Oliverio VĆ”sconez Hurtado y desĆ­gnase al General de DivisiĆ³n Luis Ernesto GonzĆ”lez Villarreal, Comandante General de la Fuerza Terrestre …….. n

1018……. CĆ©sase del cargo al Teniente General Jorge Fernando Gabela Bueno y desĆ­gnase al Brigadier General JosĆ© Rodrigo BohĆ³rquez Flores, Comandante General de la Fuerza AĆ©rea n

1019……. NĆ³mbrase al doctor Fernando Alvarado Espinel, Secretario Particular de la Presidencia de la RepĆŗblica n

1020……. DesĆ­gnase al General de Distrito licenciado Jaime Hurtado Vaca, Comandante General de la PolicĆ­a Nacional del Ecuador n

ACUERDOS: n SECRETARIA GENERAL DE LA n

ADMINISTRACION PUBLICA Y

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COMUNICACION:

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321……… DĆ©jase sin efecto el Acuerdo 306 de 24 de marzo del 2008 n

322……… DeclĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior, al seƱor Oscar Herrera Gilbert, Director de la Unidad TĆ©cnica de Asesoramiento en Materia de Seguros para la AdministraciĆ³n PĆŗblica, Central e Institucional n

324……… AutorĆ­zase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la sociĆ³loga Doris Soliz CarriĆ³n, Ministra Coordinadora de Patrimonio Natural y Cultural n

n

nMINISTERIO DE CULTURA: n

014……… ApruĆ©base el Estatuto de la FundaciĆ³n de Artistas PlĆ”sticos ā€œLa RĆ­a Guayasā€, con domicilio principal en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas n

015……… ApruĆ©base el Estatuto de la FundaciĆ³n ā€œClaroscuro Arte Museos y RestauraciĆ³nā€, con domicilio principal en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha n

nMINISTERIO DE FINANZAS: n

071 MF-2008 DelĆ©gase a la economista MĆ³nica Paredes, funcionaria de la SubsecretarĆ­a de Presupuestos, a la sesiĆ³n del Consejo Administrativo del FISE n

072 MF-2008 EncĆ”rgase la SubsecretarĆ­a de CrĆ©dito PĆŗblico, a la licenciada Cecilia Amores Segovia, Coordinadora de GestiĆ³n de Deuda PĆŗblica n

073 MF-2008 EncĆ”rgase la SubsecretarĆ­a General de Finanzas, a la economista Isela V. SĆ”nchez V., Subsecretaria de Presupuestos; y, la SubsecretarĆ­a de Presupuestos a la seƱora Gabriela CĆ³rdova, funcionaria de esta Cartera de Estado n

075 MF-2008 EncĆ”rgase la SubsecretarĆ­a de TesorerĆ­a de la NaciĆ³n, al economista Wilfrido Stanyley Vera Prieto, Subsecretario de Contabilidad Gubernamental n

076 MF-2008 Desƭgnase al seƱor Diego LandƔzuri Camacho, represente al seƱor Ministro, ante el ComitƩ Interinstitucional de Fomento Artesanal n

n

n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

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071……… DelĆ©gase al Coronel de E.M. Fernando Burgos TerĆ”n, Subsecretario de PolicĆ­a, integre el Consejo Directivo de la PolicĆ­a Judicial n

072……… DelĆ©gase al Coronel de E.M. Fernando Burgos TerĆ”n, Subsecretario de PolicĆ­a, en representaciĆ³n del seƱor Ministro, integre el Directorio del Consejo Nacional de Sustancias Estupefacientes y PsicotrĆ³picas (CONSEP) n

n

n

MINISTERIO DE RELACIONES

n

EXTERIORES:

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-………. Convenio BĆ”sico de CooperaciĆ³n TĆ©cnica y Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y Extreme Response International, Inc. n

MINISTERIO DE TURISMO: n

20080012 DeclĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la ingeniera Gabriela GonzĆ”lez Jaramillo, Profesional 4 de la Gerencia Nacional de Mercadeo n

20080013 DeclĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la licenciada Rita Betancourt GuzmĆ”n, Profesional 5 de la Gerencia Nacional de PlanificaciĆ³n n

20080014 DeclĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior al CapitĆ”n RaĆŗl GarcĆ­a GutiĆ©rrez, Subsecretario de Turismo n

20080015 DeclĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a los licenciados Lola Torres GĆ³mez y Freddy Rivadeneira Lascano, profesionales 4 de la DirecciĆ³n Nacional de ComunicaciĆ³n Social ………………….. n

nRESOLUCIONES: n

DIRECCION GENERAL DE

n

AVIACION CIVIL:

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021 2008 ApruĆ©base la modificaciĆ³n de la RDAC Parte 121, subpartes R y S n


n

n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

n

DIRECCION REGIONAL CENTRO II:

n

RC2-DRERA2008-0002 DesĆ­gnase a la ingeniera Sandra Marilyn Palacios Orna, la suscripciĆ³n de varios documentos n

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ORDENANZAS MUNICIPALES: n

-………. CantĆ³n Sevilla de Oro: Que reforma a la Ordenanza que regula la determinaciĆ³n, administraciĆ³n y recaudaciĆ³n del impuesto a los predios urbanos para el bienio 2008-2009 n

-………. Gobierno Municipal de Sucre: Que regula la determinaciĆ³n, administraciĆ³n y recaudaciĆ³n del impuesto a los predios urbanos para el bienio 2008-2009 n

-……… CantĆ³n Olmedo: Que establece la tasa por servicios tĆ©cnicos y/o administrativos n n n n n n

n

No. 1009

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

Considerando:

n

n

Que, el numeral 2 del artĆ­culo 15 de la CodificaciĆ³n de la Ley OrgĆ”nica de Responsabilidad, EstabilizaciĆ³n y Transparencia Fiscal, destina el 15% de la cuenta especial denominada Ā«ReactivaciĆ³n Productiva y Social, del Desarrollo CientĆ­ficoĀ­-TecnolĆ³gico y de la EstabilizaciĆ³n FiscalĀ» (CEREPS) para inversiĆ³n en el sector educaciĆ³n;

n

n

Que, el artĆ­culo 16 de la citada CodificaciĆ³n de la Ley OrgĆ”nica de Responsabilidad, EstabilizaciĆ³n y Transparencia Fiscal dispone que para la utilizaciĆ³n de los recursos de la cuenta especial Ā«ReactivaciĆ³n Productiva y Social, del Desarrollo CientĆ­fico-TecnolĆ³gico y de la EstabilizaciĆ³n FiscalĀ», el Presidente Constitucional de la RepĆŗblica, en cada ocasiĆ³n, expedirĆ” el respectivo decreto ejecutivo;

n

n

Que mediante Decreto Ejecutivo 189 de marzo 16 del 2007 se autorizĆ³ la utilizaciĆ³n de la cuenta CEREPS por USD 15ā€™000.000.00 para financiar el proyecto ā€œTextos Escolaresā€;

n

n

Visto el oficio No. 0629 DM-08 de marzo 28 del 2008, en el cual la Ministra de EducaciĆ³n (E) manifiesta que los recursos no han podido ser utilizados a pesar de haberse implementado el proceso precontractual y contractual destinado a la ediciĆ³n de los textos para la RegiĆ³n Costa; y,

n

n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere los artĆ­culos 15 y 16 de la CodificaciĆ³n de la Ley OrgĆ”nica de Responsabilidad, EstabilizaciĆ³n y Transparencia Fiscal,

n

n

n

Decreta:

n

n

Art. 1.- Autorizar la utilizaciĆ³n de los recursos de la cuenta especial Ā«ReactivaciĆ³n Productiva y Social, del Desarrollo CientĆ­fico-TecnolĆ³gico y de la EstabilizaciĆ³n FiscalĀ» (CEREPS), a que se refiere el numeral 2 del artĆ­culo 15 de la CodificaciĆ³n de la Ley OrgĆ”nica de Responsabilidad, EstabilizaciĆ³n y Transparencia Fiscal, por el monto de USD 3ā€™305.125,32 (tres millones trescientos cinco mil ciento veinticinco dĆ³lares de los Estados Unidos de AmĆ©rica 32/100), mismo que se destinarĆ” a financiar exclusivamente el proyecto ā€œTextos Escolaresā€ que se encontraba ejecutando el Ministerio de EducaciĆ³n.

n

n

Los desembolsos de fondos para los referidos proyectos se efectuarĆ”n de acuerdo con el cronograma de ejecuciĆ³n solicitado por la entidad, previa la presentaciĆ³n de los justificativos tĆ©cnicos y a las disponibilidades financieras de la cuenta CEREPS.

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n

n

ArtĆ­culo final.- De la ejecuciĆ³n del presente decreto, que entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial, encĆ”rguese a los ministros de Finanzas y de EducaciĆ³n.

n

n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 1 de abril del 2008.

n

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n

n

f.) Fausto Ortiz de la Cadena, Ministro de Finanzas.

n

n

f.) Gloria Vidal Illingworth, Ministra de EducaciĆ³n (E).

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

n

n

n

No. 1014

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

Considerando:

n

n

Que en el apartado g) del numeral 6 de la Carta Iberoamericana de Gobierno ElectrĆ³nico, aprobada por la IX Conferencia Iberoamericana de Ministros de AdministraciĆ³n PĆŗblica y Reforma del Estado, realizada en Chile el 1 de junio del 2007, se recomienda el uso de estĆ”ndares abiertos y software libre, como herramientas informĆ”ticas;

n

n

Que es el interĆ©s del Gobierno alcanzar soberanĆ­a y autonomĆ­a tecnolĆ³gica, asĆ­ como un significativo ahorro de recursos pĆŗblicos y que el software libre es en muchas instancias un instrumento para alcanzar estos objetivos;

n

n

Que el 18 de julio del 2007 se creĆ³ e incorporĆ³ a la estructura orgĆ”nica de la Presidencia de la RepĆŗblica la SubsecretarĆ­a de InformĆ”tica, dependiente de la SecretarĆ­a General de la AdministraciĆ³n, mediante Acuerdo NĀ° 119, publicado en el Registro Oficial No. 139 de 1 de agosto del 2007;

n

n

Que el numeral 1 del artĆ­culo 6 del Acuerdo NĀ° 119, faculta a la SubsecretarĆ­a de InformĆ”tica a elaborar y ejecutar planes, programas, proyectos, estrategias, polĆ­ticas, proyectos de leyes y reglamentos para el uso de software libre en las dependencias del Gobierno Central; y,

n

n

En ejercicio de la atribuciĆ³n que le confiere el numeral 9 del artĆ­culo 171 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica,

n

n

Decreta:

n

n

ArtĆ­culo 1.- Establecer como polĆ­tica pĆŗblica para las entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central la utilizaciĆ³n de software libre en sus sistemas y equipamientos informĆ”ticos.

n

n

ArtĆ­culo 2.- Se entiende por software libre, a los programas de computaciĆ³n que se pueden utilizar y distribuir sin restricciĆ³n alguna, que permitan su acceso a los cĆ³digos fuentes y que sus aplicaciones puedan ser mejoradas.

n

n

Estos programas de computaciĆ³n tienen las siguientes libertades:

n

n

a) UtilizaciĆ³n del programa con cualquier propĆ³sito de uso comĆŗn;

n

n

b) DistribuciĆ³n de copias sin restricciĆ³n alguna;

n

n

c) Estudio y modificaciĆ³n del programa (Requisito: cĆ³digo fuente disponible); y,

n

n

d) PublicaciĆ³n del programa mejorado (Requisito: cĆ³digo fuente disponible).

n

n

ArtĆ­culo 3.- Las entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central previa a la instalaciĆ³n del software libre en sus equipos, deberĆ”n verificar la existencia de capacidad tĆ©cnica que brinde el soporte necesario para el uso de este tipo de software.

n

n

ArtĆ­culo 4.- Se faculta la utilizaciĆ³n de software propietario (no libre) Ćŗnicamente cuando no exista una soluciĆ³n de software libre que supla las necesidades requeridas, o cuando estĆ© en riesgo la seguridad nacional, o cuando el proyecto informĆ”tico se encuentre en un punto de no retorno.

n

n

Para efectos de este decreto se comprende como seguridad nacional, las garantĆ­as para la supervivencia de la colectividad y la defensa de patrimonio nacional.

n

n

Para efectos de este decreto se entiende por un punto de no retorno, cuando el sistema o proyecto informƔtico se encuentre en cualquiera de estas condiciones:

n

n

a) Sistema en producciĆ³n funcionando satisfactoriamente y que un anĆ”lisis de costo beneficio muestre que no es razonable ni conveniente una migraciĆ³n a software libre; y,

n

n

b) Proyecto en estado de desarrollo y que un anĆ”lisis de costo – beneficio muestre que no es conveniente modificar el proyecto y utilizar software libre.

n

n

PeriĆ³dicamente se evaluarĆ”n los sistemas informĆ”ticos que utilizan software propietario con la finalidad de migrarlos a software libre.

n

n

ArtĆ­culo 5.- Tanto para software libre como software propietario, siempre y cuando se satisfagan los requerimientos, se debe preferir las soluciones en este orden:

n

n

a) Nacionales que permitan autonomĆ­a y soberanĆ­a tecnolĆ³gica;

n

n

b) Regionales con componente nacional;

n

n

c) Regionales con proveedores nacionales;

n

n

d) Internacionales con componente nacional;

n

n

e) Internacionales con proveedores nacionales; y,

n

n

f) Internacionales.

n

n

ArtĆ­culo 6.- La SubsecretarĆ­a de InformĆ”tica como Ć³rgano regulador y ejecutor de las polĆ­ticas y proyectos informĆ”ticos en las entidades del Gobierno Central deberĆ” realizar el control y seguimiento de este decreto.

n

Para todas las evaluaciones constantes en este decreto la Subsecretarƭa de InformƔtica establecerƔ los parƔmetros y metodologƭas obligatorias.

n

n

n

n

ArtĆ­culo 7.- EncĆ”rguese de la ejecuciĆ³n de este decreto los seƱores ministros coordinadores y el seƱor Secretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica y ComunicaciĆ³n.

n

n

Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el dĆ­a de hoy 10 de abril del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

n

n

n

No. 1015

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

Considerando:

n

n

Que mediante oficio No. 0291 del 7 de abril del 2008, el seƱor Vicepresidente Constitucional de la RepĆŗblica comunica que la organizaciĆ³n no gubernamental Ā«RehabilitaciĆ³n InternacionalĀ» le ha cursado una invitaciĆ³n a la Conferencia Regional Ā«ImplementaciĆ³n de la ConvenciĆ³n por los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas en LatinoamĆ©rica: Asociaciones, Estrategias, AcciĆ³nĀ», que tendrĆ” lugar en MĆ©xico del 15 al 16 de abril del 2008; y,

n

n

En ejercicio de la facultad que le confiere el artĆ­culo 171, numeral 10 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica,

n

n

Decreta:

n

n

ArtĆ­culo primero.- Autorizar el viaje del seƱor licenciado LenĆ­n Moreno GarcĆ©s, Vicepresidente Constitucional de la RepĆŗblica, para que asista a la Conferencia Regional Ā«ImplementaciĆ³n de la ConvenciĆ³n por los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas en LatinoamĆ©rica: Asociaciones, Estrategias, AcciĆ³nĀ», y mantenga una reuniĆ³n con miembros del Directorio del Consejo Nacional para Personas con Discapacidad, ademĆ”s de autoridades locales y gubernamentales del 14 al 19 de abril del 2008, en MĆ©xico, con la siguiente comitiva:

n

n

Ā· SeƱora RocĆ­o GonzĆ”lez de Moreno, cĆ³nyuge del seƱor Vicepresidente de la RepĆŗblica.

n

n

Ā· SeƱor doctor Carlos Almeida A., Asesor Vicepresidencial.

n

n

Ā· SeƱor CapitĆ”n de Fragata Hugo Alvarez Romero, EdecĆ”n Vicepresidencial.

n

n

ArtĆ­culo segundo.- Los gastos que implique este desplazamiento, se aplicarĆ”n al presupuesto de la Vicepresidencia de la RepĆŗblica.

n

n

ArtĆ­culo tercero.- Este decreto entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 10 de abril del 2008.

n

n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica.

n

n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n

n

f.) Pedro Solines ChacĆ³n, Subsecretario General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica.

n

n

n

No. 1016

n

n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

REPUBLICA

n

n

Considerando:

n

n

Que el artĆ­culo 171 numeral 14 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica establece la facultad del seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica para designar a los integrantes del alto mando militar y policial;

n

n

Que el artĆ­culo 19 de la Ley OrgĆ”nica de la Defensa Nacional establece que el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es designado por el Presidente de la RepĆŗblica, de entre los tres oficiales generales de mayor antigĆ¼edad de las Fuerzas Armadas; y,

n

n

En uso de las atribuciones conferidas por el artĆ­culo 171 numeral 14 de la ConstituciĆ³n PolĆ­tica de la RepĆŗblica y 19 de la Ley OrgĆ”nica de la Defensa Nacional,

n

n

Decreta:

n

n

Art. 1.- Cesar con fecha 10 de abril del 2008, del cargo de Jefe del