n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

n MiĆ©rcoles 29 de Mayo de 2013 – R. O. No. 3

n

n SUMARIO

n

n Ministerio del Interior:

n

n Ejecutivo

n

n Acuerdos

n

n 3203 Legalízase la comisión de servicios en el exterior de los siguientes funcionarios:

n

n Dr. Carlos Baca Mancheno, Asesor 2 y otros

n

n 3204 Arq. Alfonso Sornoza Macƭas, Director TƩcnico para el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y otros

n

n 3205 Ab. MarĆ­a Laura Delgado Viteri, Asesor 2 del Despacho Ministerial

n

n 3206 SeƱor Gustavo Rosero Jaramillo, Asesor 3 del Despacho Ministerial

n

n 3207 Sgos. Edison Javier Ramƭrez SantillƔn y otra

n

n 3208 Sr. Oscar Bonilla Soria, Viceministro de Gobernabilidad

n

n Secretaría Técnica de Cooperación Internacional:

n

n Convenios

n

n – BĆ”sico de Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y la Federación de Organismos Cristianos de Servicio Internacional Voluntario (FOCSIV)

n

n – BĆ”sico de Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y Childfund International, USA

n

n Empresa PĆŗblica Correos del Ecuador CDE E.P.:

n

n Resoluciones

n

n CDE EP-2011-180 Apruébase la reimpresión y la emisión de los siguientes sellos postales:

n

n ?Ecuador Diverso (Guayas – Cotopaxi reimpresión)?

n

n CDE EP-2011-270 ?AƱo Internacional de los Bosques?

n

n CDE EP-2011-437 ?Día Internacional para la Reducción de Desastres?

n

n CDE EP-2012-011ĀŖ ?Tarjetas Postales – Ecuador en ImĆ”genes?

n

n Resoluciones

n

n CDE EP-2012-050 ?Centenario de la Muerte del Dr. Luis Cordero Crespo?

n

n 2012-105 ?Titanic 1912-2012?

n

n 2012-235 ?Legados de la Revolución Alfarista?

n

n 2012-262-A ?Expo AFE 2012-1ª Exposición Filatélica del Pacífico Sur?

n

n 2012-471 ?TrilogĆ­a Libertaria?

n

n Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos:

n

n 005-DN-DINARDAP-2013 Desígnase funciones al ingeniero Ronald Alejandro Porras León

n

n DefensorĆ­a PĆŗblica:

n

n Judicial de Justicia IndĆ­gena

n

n 009-DP-2011 Expídese el Instructivo para la administración del fondo fijo de caja chica

n

n DP-DPG-2012-062 Deléganse atribuciones al Ab. Andrés SÔnchez López, Defensor Público Regional Centro Norte

n

n DP-DPG-2012-063 Delégase al Ab. Andrés SÔnchez López, Defensor Público Regional Centro Norte, actividades de coordinación en varias defensorías públicas provinciales

n

n DP-DPG-2012-065 Deléganse al Ab. Jorge Rojas Jara, Defensor Público Regional del Litoral y otro, actividades de coordinación en varias defensorías públicas provinciales

n

n DP-DPG-2012-083 Apruébase la creación de veintiún puestos del nivel jerÔrquico superior

n

n DP-DPG-2012-084-A Refórmase el Reglamento interno de administración del fondo de caja chica

n

n DP-DPG-2012-087 Prohíbese terminantemente el traslado, traspaso y movilidad de bienes entre servidores de la institución sin contar con la autorización previa de la Dirección Nacional de Gestión y Administración de Recursos

n

n DP-DPG-2012-090 Expídese la política institucional para la valoración del componente experiencia a aplicarse en los casos de contrataciones por servicios ocasionales

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

n

n – Cantón Antonio Ante: De creación, organización y funcionamiento de la Empresa PĆŗblica FĆ”brica Imbabura – EP

n

n CONTENIDO

n n n

n No. 3203

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorandos Nos. 003 y 0225-DMI del 2 de enero y 28 de febrero de 2013, en su orden, dirigidos a la Coordinación General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado autorizó la comisión de servicios al exterior, del Dr. Carlos Baca Mancheno, Asesor 2, en reemplazo de la Dra. Carina Arguello Moscoso; Gral. (r) FabiĆ”n Machado Arroyo, Asesor 2 del Despacho del Ministro; y Dra. Iroshima Villalva Miranda, Gerente del Proyecto de Intervención Integral de Migración, para que participen conjuntamente con oficiales superiores de la PolicĆ­a Nacional, en representación de esta Cartera de Estado de la Primera y Segunda ronda de encuentros tĆ©cnicos de los Grupos de Trabajo y Foros Especializados preparatorios para la XXXIII reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR y ESTADOS ASOCIADOS, efectuados en la ciudad de Montevideo – Uruguay, del 17a1 22 de marzo de 2013;

n

n

n

n Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 25322, 25410 y 25514 del 11, 13 y 14 de marzo de 2013, respectivamente, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de los funcionarios mencionados;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2013-013 del 19 de marzo de 2013, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados funcionarios públicos;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió las Certificaciones Presupuestarias Nos. 510, 511 y 512 del 22 de marzo de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del Dr. Carlos Baca Mancheno, Asesor 2; Dra. Iroshima Villalva Miranda, Gerente del Proyecto de Intervención Integral de Migración, del 17 al 22 de marzo de 2013; y Gral. (r) FabiĆ”n Machado Arroyo, Asesor 2 del Despacho del Ministro, del 17 al 21 de marzo de 2013, quienes participaron conjuntamente con oficiales superiores de la PolicĆ­a Nacional, en representación de esta Cartera de Estado de la Primera y Segunda ronda de encuentros tĆ©cnicos de los Grupos de Trabajo y Foros Especializados preparatorios para la XXXIII reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR y ESTADOS ASOCIADOS, celebrados en la ciudad de Montevideo – Uruguay.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberÔn presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serÔn legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 25 de abril de 2013.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 10 de mayo de 2013.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 3204

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando No. MDI-CGAF-2013 del 27 de febrero de 2013, dirigido a la Coordinación General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado, autorizó la comisión de servicios al exterior, de los funcionarios Arq. Alfonso Sornoza Macías, Director Técnico para el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana; Ing. Byron Zúñiga VÔsconez, Director Financiero; Ab. Diego Fuentes Acosta, Director de Asesoría Jurídica; e Ing. IvÔn Quiros Vinueza, Director de Tecnologías de la Información, para que participen en la negociación efectuada en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, con la empresa Motorola Solutions y la potencial suscripción de un contrato para la adquisición de equipo de comunicaciones para la Policía Nacional del Ecuador, del 03 al 06 de marzo de 2013;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2013-051 del 01 de marzo de 2013, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados funcionarios públicos;

n

n

n

n Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 25116, 25117, 25133 y 25152 del 01 de marzo de 2013, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de los funcionarios mencionados;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió las Certificaciones Presupuestarias Nos. 393, 394, 395 y 396 del 06 de marzo de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

n

n

n

n Que, con oficio No. PR-SSADP-2013-00479-0 del 27 de marzo de 2013, la Subsecretaría Nacional de la Administración Pública, modifica la autorización de la solicitud de viaje al exterior número 25117, a nombre del Ing. IvÔn Quiros Vinueza, Director de Tecnologías de la Información, legalizando su desplazamiento del 2 al 6 de marzo de 2013;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del Arq. Alfonso Sornoza Macías, Director Técnico para el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana; Ing. Byron Zúñiga VÔsconez, Director Financiero; Ab. Diego Fuentes Acosta, Director de Asesoría Jurídica; e Ing. IvÔn Quiros Vinueza, Director de Tecnologías de la Información, quienes participaron en la negociación efectuada en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, con la empresa Motorola Solutions y la potencial suscripción de un contrato para la adquisición de equipo de comunicaciones para la Policía Nacional del Ecuador, del 02 al 06 de marzo de 2013, considerando el tiempo adicional requerido por razones de logística.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberÔn presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandaron estos desplazamientos, serƔn legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 25 de abril de 2013.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 10 de mayo de 2013.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 3205

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando No. 237-DMI del 05 de marzo de 2013, dirigido a la Coordinación General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado, autorizó la comisión de servicios al exterior, de la Ab. María Laura Delgado Viteri, Asesor 2 del Despacho Ministerial, para que participe en la ronda de reuniones programadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su 147 período, efectuada en la Embajada del Ecuador, en la ciudad de Washington D. C., Estados Unidos, del 10 al 14 de marzo de 2013;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria No. 400 del 06 de marzo de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de la funcionaria;

n

n

n

n Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 25284 del 07 de marzo de 2013, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de la funcionaria mencionada;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2013-010 del 08 de marzo de 2013, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de la citada funcionaria pública;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de la Ab. María Laura Delgado Viteri, Asesor 2 del Despacho Ministerial, quien participó en la ronda de reuniones programadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su 147° período, celebrada en la Embajada del Ecuador, en la ciudad de Washington D. C., Estados Unidos de América, del 10 al 14 de marzo de 2013.

n

n

n

n Art. 2.- La funcionaria indicada, deberÔ presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serÔn legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 25 de abril de 2013.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 10 de mayo de 2013.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 3206

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando No. 913-DMI del 28 de noviembre de 2012, dirigido a la Coordinación General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado, autorizó la comisión de servicios al exterior, del seƱor Gustavo Rosero Jaramillo, Asesor 3 del Despacho Ministerial, para que participe en las reuniones tĆ©cnicas Binacionales sobre trĆ”nsito de personas, vehĆ­culos, embarcaciones fluviales, denominado Ā«Convenio de EsmeraldasĀ», efectuadas en la ciudad de Ipiales – Colombia, del 03 al 06 de diciembre de 2012;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. PR-SSADP-2012-002039-0 del 18 de diciembre de 2012, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, legaliza la autorización de viaje al exterior del funcionario mencionado;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-092 del 19 de diciembre de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor del citado funcionario público;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria No. 026 del 09 de enero de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del funcionario;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República.

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del seƱor Gustavo Rosero Jaramillo, Asesor 3 del Despacho Ministerial, quien participó en las reuniones tĆ©cnicas Binacionales sobre trĆ”nsito de personas, vehĆ­culos, embarcaciones fluviales, denominado Ā«Convenio de EsmeraldasĀ» , celebradas en la ciudad de Ipiales – Colombia, del 03 al 06 de diciembre de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- El funcionario indicado, deberÔ presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serÔn legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 07 de mayo de 2013.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 10 de mayo de 2013.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 3207

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, en oficio No. 2753-OCNI/12.JM-G1 del 18 de diciembre de 2012, suscrito por el Tnte. Crnel. Carlos Chiriboga Sandoval, Jefe de la Oficina Central Nacional INTERPOL Quito, el titular de esta Cartera de Estado autorizó el trÔmite de comisión de servicios al exterior de los funcionarios policiales de INTERPOL Sgos. Edison Javier Ramirez Santillan y Cbos. Nancy Cecilia Chicaiza Villegas, para que realicen la extradición de la ciudadana ecuatoriana Dayanara Alejandra Cuevas Martin, conforme resolución del Ministerio de Justicia de Francia, y requerimiento de la Corte Nacional de Justicia, diligencia efectuada en Guayanas Francesas-Cayena, del 01 al 08 de enero de 2013;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2012-095 del 28 de diciembre de 2012, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados servidores públicos;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió las Certificaciones Presupuestarias Nos. 28 y 29 del 10 de enero de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los servidores;

n

n

n

n Que, mediante solicitudes de viaje al exterior Nos. 23720 y 23721 del 27 de diciembre del 2012, y rectificación a las mismas emitida con oficio No. PRSSADP-2013-000381-0 del 14 de marzo de 2013, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior de los servidores mencionados;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de los funcionarios policiales de INTERPOL Sgos. Edison Javier Ramirez Santillan y Cbos. Nancy Cecilia Chicaiza Villegas, quienes llevaron a cabo la extradición de la ciudadana ecuatoriana Dayanara Alejandra Cuevas Martin, conforme resolución del Ministerio de Justicia de Francia, y requerimiento de la Corte Nacional de Justicia, diligencia efectuada en Guayanas Francesas-Cayena, del 01 al 08 de enero de 2013, considerando el tiempo adicional requerido por razones de logística.

n

n

n

n Art. 2.- Los servidores indicados, deberÔn presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, serÔn legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 07 de mayo de 2013.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 10 de mayo de 2013.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 3208

n

n

n

n JosƩ Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto OrgÔnico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democrÔticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando 2013 CGP-DAI No. 70 del 8 de abril de 2013, dirigido a la Coordinación General Administrativa Financiera, el Titular de esta Cartera de Estado, autorizó la comisión de servicios al exterior, del Sr. Oscar Bonilla Soria, Viceministro de Gobernabilidad, para que participe como invitado internacional en el proceso electoral para las próximas elecciones Electorales Presidenciales en la República Bolivariana de Venezuela a partir del 13 al 17 de abril de 2013;

n

n

n

n Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 26187 del 15 de abril de 2013, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior del mencionado funcionario;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2013-021 del 11 de abril de 2013, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor del citado funcionario público;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria No. 657, del 16 de abril de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria Descripción ViÔticos y Subsistencias en el Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento del funcionario;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del Sr. Oscar Bonilla Soria, Viceministro de Gobernabilidad, del 13 al 17 de abril de 2013, quien participó como invitado internacional en el proceso electoral en las elecciones Presidenciales en la República Bolivariana de Venezuela.

n

n

n

n Art. 2.- El funcionario indicado, deberÔ presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad DemocrÔtica-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento, relacionado a viÔticos serÔn legalizados del presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este Acuerdo entrarÔ en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 07 de mayo de 2013.

n

n

n

n f.) JosƩ Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, a 10 de mayo de 2013.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n SECRETARƍA TƉCNICA DE COOPERACIƓN INTERNACIONAL

n

n

n

n CONVENIO BƁSICO DE FUNCIONAMIENTO

n

n ENTRE EL GOBIERNO DEL ECUADOR Y LA

n

n FEDERACIƓN DE ORGANISMOS CRISTIANOS DE SERVICIO INTERNACIONAL VOLUNTARIO

n

n (FOCSIV)

n

n

n

n La SecretarĆ­a TĆ©cnica de Cooperación Internacional a nombre y en representación del Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador, debidamente representada por la economista Gabriela Rosero Moncayo, en su calidad de Secretaria TĆ©cnica de Cooperación Internacional, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente documento se denominarĆ” Ćŗnicamente como SETECI; y, la Federación de Organismos Cristianos de Servicio Internacional Voluntario (FOCSIV), Organización No Gubernamental extranjera, persona jurĆ­dica de derecho privado, sin fines de lucro, constituida al amparo de la legislación de Italia, debidamente representada por el seƱor Tancredi Tarantino en su calidad de Apoderado de conformidad con el instrumento conferido a su favor, el cual se agrega al presente Convenio, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente Convenio se denominarĆ” Ćŗnicamente como la ORGANIZACIƓN, acuerdan en celebrar el presente CONVENIO BƁSICO DE FUNCIONAMIENTO, el cual constituye ley para las partes.

n

n

n

n ARTƍCULO 1

n

n

n

n DE LOS ANTECEDENTES

n

n

n

n 1.1 Mediante Decreto Ejecutivo número 699, de 30 de octubre de 2007, publicado en el suplemento del Registro Oficial número 206, de 07 de noviembre de 2007, se creó la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI), como una entidad pública desconcentrada, por lo tanto con gestión técnica, administrativa y financiera propias, adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES).

n

n

n

n 1.2 Con Decreto Ejecutivo número 429, de 15 de julio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 246, de 29 de julio de 2010, entre otros aspectos, se cambio la denominación de la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional por la de Secretaría Técnica de Cooperación Internacional.

n

n

n

n 1.3 Mediante Decreto Ejecutivo número 812, de 05 de julio de 2011, publicado en el Registro Oficial número 495, de 20 de julio de 2011, se cambió la adscripción de la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y se reformó el ?Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales?, confiriendo a la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional las competencias, facultades y atribuciones para suscribir Convenios BÔsicos de Funcionamiento con las organizaciones no gubernamentales extranjeras y para autorizar el inicio de sus actividades en Ecuador.

n

n

n

n 1.4 De conformidad al Informe Técnico No. 044 de 22 de febrero de 2013 y aprobado el 04 de marzo del presente año y Dictamen Jurídico No. 008 de 12 de marzo de 2013, la Organización ha cumplido con la presentación de todos los requisitos y el procedimiento determinados en los artículos 17 y siguientes del citado ?Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales?, expedido mediante Decreto Ejecutivo número 3054, publicado en el Registro Oficial número 660, de 11 de septiembre de 2002; reformado posteriormente mediante Decreto Ejecutivo número 982, de 25 de marzo de 2008, publicado en el Registro Oficial número 311, de 08 de abril de 2008; y, modificado finalmente con el Decreto Ejecutivo descrito en el numeral anterior.

n

n

n

n 1.5 Mediante Resolución No.121/SETECI/2013 de 09 de abril de 2013, la Secretaria Técnica de Cooperación Internacional, autoriza la suscripción del Convenio BÔsico de funcionamiento con la ONG Federación de Organismos Cristianos de Servicio Internacional Voluntario (FOCSIV).

n

n

n

n 1.6 Este convenio reemplaza y deja sin efecto al suscrito entre el Gobierno del Ecuador y la Federación de Organizaciones Cristianas para el Servicio Internacional Voluntario – FOCSIV, el 20 de junio del aƱo 2007, el mismo que fue publicado en el Registro Oficial nĆŗmero 185 de 05 de octubre de 2007.

n

n

n

n ARTƍCULO 2

n

n

n

n DEL OBJETO DE LA ORGANIZACIƓN NO GUBERNAMENTAL EXTRANJERA

n

n

n

n De conformidad a su Estatuto, las finalidades de la Organización son ?a) favorecer un crecimiento adecuado de los organismos en el plano cultural, político y organizativo, a través de la investigación, la comparación, el control, la formación y los servicios de asesoría y asistencia; b) Promover la organización entre los organismos, estimulando acciones comunes entre sus miembros y con otras organizaciones que persiguen los mismos objetivos. c) Promover el voluntariado internacional como recurso específico para el desarrollo humano en una perspectiva de paridad, en la sociedad civil y en la comunidad eclesiÔstica italiana e internacional. d) Representar conjuntamente con los organismos en las sedes institucionales, promoviendo en los parlamentos, gobiernos y organizaciones nacionales y supranacionales iniciativas oportunas destinadas a difundir, reconocer y sostener el servicio voluntario internacional. e) Cuidar la formación profesional de los docentes de cada orden y grado, en particular sobre temas de educación orientados al desarrollo y promoción de una cultura de solidaridad social, y con tal fin cuidar la producción y publicación del material didÔctico correspondiente. (?)?

n

n

n

n En tal virtud, se compromete a desarrollar sus objetivos mediante programas de cooperación técnica y económica no reembolsable, de conformidad con las necesidades de los diferentes sectores a los que atiende, en el marco de las prioridades de las políticas de desarrollo del Estado ecuatoriano y los lineamientos bÔsicos del Comité de Cooperación Internacional (COCI).

n

n

n

n ARTƍCULO 3

n

n

n

n DE LOS PROGRAMAS, PROYECTOS Y

n

n ACTIVIDADES DE LA ORGANIZACIƓN

n

n

n

n La Organización podrÔ desarrollar sus programas, proyectos y actividades de cooperación con la participación de entidades del sector público y/o privado con finalidad social o pública que necesiten cooperación técnica no reembolsable y/o asistencia económica, en las siguientes Ôreas:

n

n

n

n Desarrollo Social

n

n

n

n Apoyo Productivo

n

n

n

n Los programas, proyectos y actividades de cooperación, antes descritos, se desarrollarÔn a través de una o varias de las siguientes modalidades:

n

n

n

n Formación del talento humano ecuatoriano a través de la cooperación técnica, organización y dirección de cursos, seminarios y conferencias a realizarse en el Ecuador y/o en el exterior;

n

n

n

n Dotación no reembolsable de bienes muebles, inmuebles e intangibles necesarios para la ejecución de programas, proyectos y actividades específicas;

n

n

n

n Intercambio y transferencia de conocimientos, procedimientos, metodologías e información técnica, económica, social, científica, cultural entre otras, con entidades ecuatorianas.

n

n

n

n ARTƍCULO 4

n

n

n

n DE LAS OBLIGACIONES DE LA ORGANIZACIƓN

n

n

n

n La Organización deberÔ cumplir con las siguientes obligaciones:

n

n

n

n Promover el desarrollo humano sostenible, para lo cual estructurarÔ planes de trabajo alineados con el Plan Nacional de Desarrollo del Ecuador y de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la Organización de Naciones Unidas; Coordinar labores a nivel gubernamental, local, con ONG?s nacionales y comunidades, con el propósito de generar sinergias y complementariedades para alcanzar los objetivos trazados;

n

n

n

n Mantener los montos de cooperación necesarios para asegurar la continuidad de los programas y sentar bases sólidas para garantizar una efectiva sostenibilidad.

n

n

n

n Transferir la propiedad intelectual de los conocimientos generados de su intervención en Ecuador a una institución pública.

n

n

n

n Apoyar y alinearse a los Planes de Desarrollo Territoriales, y respetar las agendas sectoriales.

n

n

n

n Remitir toda la información pertinente para el monitoreo, seguimiento y evaluación de conformidad con lo establecido en el Código de Planificación y Finanzas Públicas, el Código OrgÔnico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y demÔs normas pertinentes.

n

n

n

n Planificar programas, proyectos y actividades con la participación de actores territoriales involucrados y comunidades.

n

n

n

n Rendir cuentas anualmente a nivel nacional y territorial, con el fin de visualizar y transparentar el accionar de la organización y sus resultados.

n

n

n

n Establecer su domicilio en la ciudad de Quito en las calles: Finlandia N 36-146 y Suecia, telĆ©fono/fax 0988630295, correo electrónico [email protected]. En el evento de un cambio de domicilio, la Organización deberĆ” comunicar mediante oficio a la SETECI su nuevo domicilio, dirección y otros datos que faciliten su ubicación, asĆ­ como cualquier cambio que de Ć©stos se realice. Las comunicaciones que oficialmente dirija la Organización se identificarĆ”n exclusivamente con la denominación Federación de Organismos Cristianos de Servicio Internacional Voluntario (FOCSIV);

n

n

n

n Notificar a la SETECI los datos y período de representación de su apoderado/a, quien serÔ el responsable directo ante el Estado Ecuatoriano de todas las actividades que realice la Organización;

n

n

n

n Informar a la SETECI sobre el cambio o sustitución de sus apoderados y cualquier cambio de domicilio de sus oficinas o instalaciones;

n

n

n

n Dotar a su oficina de las instalaciones, equipos, muebles y enseres necesarios para el desempeño de sus actividades, así como los gastos de funcionamiento de la misma; mantener una pÔgina web en español, permanentemente actualizada con la información de los programas, proyectos y actividades de la Organización;

n

n

n

n La Organización es responsable de la contratación de su

n
n

n

n

n personal, con preferencia por los técnicos y profesionales ecuatorianos y de las obligaciones laborales, riesgos del trabajo, y también tiene la responsabilidad civil frente a terceros que pueda derivar de esta contratación siempre durante el ejercicio de las actividades profesionales de este personal;

n

n

n

n Sufragar todos los gastos relacionados con el traslado, instalación, manutención, seguros pertinentes y repatriación de los expertos nacionales y extranjeros, contratados por la Organización, así como de sus familiares;

n

n

n

n Sufragar los gastos de transporte de los equipos, maquinaria, vehículos e implementos que la Organización aporte para la realización de los programas, proyectos y actividades;

n

n

n

n Cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social vigentes en la RepĆŗblica del Ecuador, respecto del personal contratado para el cumplimiento de sus programas, proyectos y actividades en el paĆ­s;

n

n

n

n Responder ante las autoridades locales por todas las obligaciones que contraiga, asĆ­ como por el cumplimiento de los contratos derivados del ejercicio de sus actividades en el paĆ­s.

n

n

n

n Cumplir todas las obligaciones determinadas en el Decreto Ejecutivo N° 812, así como todas las normas de la legislación ecuatoriana, especialmente de las contenidas en los artículos 307 y 405, inciso segundo, de la Constitución de la República.

n

n

n

n Informar a la SETECI sobre el destino que se ha dado y/o se darÔ a los bienes importados por la Organización, con los privilegios establecidos en la derogada Ley OrgÔnica de Aduanas y en el artículo 125 del Código OrgÔnico de la Producción, Comercio e Inversiones.

n

n

n

n Presentar certificaciones sobre la licitud del origen de los recursos a ejecutarse en el Ecuador, determinados en los planes operativos plurianuales y anuales, presentados por la Organización.

n

n

n

n Llevar registros contables de sus movimientos financieros.

n

n

n

n En caso de terminación de las actividades en el territorio ecuatoriano, la Organización se obliga a adoptar las acciones que garanticen la continuidad de los programas y proyectos iniciados hasta su adecuada culminación, con la intervención de co-ejecutores nacionales.

n

n

n

n ARTƍCULO 5

n

n

n

n DE LOS COMPROMISOS DE LA SECRETARƍA

n

n TƉCNICA DE COOPERACIƓN INTERNACIONAL

n

n

n

n La SETECI se compromete a:Informar al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, sobre el cumplimiento de obligaciones de la Organización para efectos de obtención de visados y registros.

n

n

n

n Llevar el registro del personal extranjero de la Organización, sus dependientes y sus familiares extranjeros, de conformidad a la información otorgada por la Organización.

n

n

n

n Certificar la vigencia y calidad del presente convenio.

n

n

n

n Efectuar el registro, monitoreo, seguimiento y la evaluación del cumplimiento del plan operativo plurianual de la Organización en cada uno de los programas, proyectos y actividades, incluida la realización de supervisiones periódicas para este fin y cumplimiento de las obligaciones establecidas en este convenio.

n

n

n

n Publicar periódicamente la información inherente a la organización y a los programas, proyectos y actividades.

n

n

n

n ARTƍCULO 6

n

n

n

n DEL PERSONAL DE LA ORGANIZACIƓN

n

n

n

n El personal extranjero permanente, voluntarios, así como el contratado ocasionalmente por la Organización que deba actuar en los programas y proyectos de cooperación técnica derivadas de este Convenio, desempeñarÔ sus labores exclusivamente dentro de las actividades previstas en el Plan de Trabajo Plurianual de la Organización, de acuerdo a la legislación ecuatoriana.

n

n

n

n La Organización es responsable de que su personal extranjero permanente, voluntario, así como el contratado ocasional, se encuentren de manera legal en el país, de conformidad con lo establecido en este instrumento y lo ordenado en la norma general de extranjería y migración.

n

n

n

n ARTƍCULO 7

n

n

n

n DE LAS PROHIBICIONES

n

n

n

n La Organización estÔ prohibida de ejecutar recursos negociados oficialmente de forma bilateral o multilateral, en los términos del artículo 22, del Decreto Ejecutivo N° 812.

n

n

n

n La Organización se compromete a que su personal extranjero desempeñe sus labores conforme al ordenamiento jurídico y constitucional del Ecuador. Se prohíbe expresamente a este personal y a sus familiares y/o dependientes intervenir en asuntos de política interna y/o proselitismo, conforme lo establece el artículo 23 del citado Decreto Ejecutivo No. 812.

n

n

n

n En caso de incumplimiento por parte de uno o mÔs miembros del personal extranjero de la Organización en el Ecuador, de las obligaciones establecidas en el pÔrrafo anterior, la SETECI estÔ facultada para proceder conforme a la normativa pertinente.

n

n

n

n ARTƍCULO 8

n

n

n

n SOBRE LA INFORMACIƓN OPERATIVA Y

n

n FINANCIERA

n

n

n

n El apoderado de la Organización presentarÔ anualmente, durante el primer trimestre de cada año, a la SETECI un plan operativo anual para el año calendario y las fichas de proyectos de lo ejecutado durante el año anterior, luego de haber establecido su presupuesto para ese período, a mÔs de los informes que reflejen el grado de ejecución y evaluación de los programas y proyectos ejecutados en el Ecuador.

n

n

n

n La SETECI mantendrÔ un registro de proyectos presentados por la Organización.

n

n

n

n El goce de los beneficios para la Organización, establecidos en el Código OrgÔnico de la Producción, Comercio e Inversiones y en la Ley de Régimen Tributario Interno estarÔ condicionado al cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Convenio y a las normas de la legislación ecuatoriana.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO 9

n

n

n

n DE LAS ACTIVIDADES AUTORIZADAS

n

n

n

n La Organización podrÔ:

n

n

n

n Abrir cuentas corrientes o de ahorros, mantener fondos y depósitos en dólares de los Estados Unidos de América o en moneda extranjera en entidades bancarias que efectúen actividades en la República del Ecuador, de conformidad con la legislación ecuatoriana vigente;

n

n

n

n Para el cumplimiento de sus objetivos, celebrar todo tipo de actos y contratos, inclusive contratos de asociación; o actuar como mandante o mandataria de personas naturales o jurídicas; y,

n

n

n

n Todas las demƔs actividades permitidas por la Ley.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO 10

n

n

n

n DEL REGISTRO

n

n

n

n En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, la SETECI registrarÔ este Convenio así como toda la información que se obtenga como resultado de la ejecución de este Convenio.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO 11

n

n

n

n RƉGIMEN TRIBUTARIO

n

n

n

n La Organización deberÔ cumplir con todas las obligaciones tributarias y deberes formales de conformidad con la normativa tributaria vigente del Ecuador.

n

n

n

n ARTƍCULO 12

n

n

n

n SOLUCIƓN DE CONTROVERSIAS

n

n

n

n Las diferencias que surjan entre las partes derivadas de la ejecución del presente convenio, serÔn resueltas mediante la negociación directa y amistosa.

n

n

n

n En ausencia de un acuerdo, se recurrirÔ a la Mediación, conforme lo previsto y dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación ecuatoriana.

n

n

n

n Si las controversias persisten y se ha firmado un acta de imposibilidad de mediación, las partes se sujetaran a la legislación contenciosa, conforme los procedimientos y jueces determinados por la legislación nacional.

n

n

n

n ARTƍCULO 13

n

n

n

n DE LA VIGENCIA

n

n

n

n El presente Convenio entrarÔ en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, y tendrÔ una duración de cuatro años.

n

n

n

n Las Partes podrÔn denunciar el presente Convenio, en cualquier momento, mediante comunicación escrita. Dicha denuncia surtirÔ efecto tres meses después de notificada la otra Parte.

n

n

n

n En ningún caso existe renovación automÔtica del presente convenio.

n

n

n

n No obstante haber fenecido la vigencia de este convenio, la Organización se obliga a concluir el o los proyectos que se encontraren en ejecución, a menos que exista un pronunciamiento de la SETECI en sentido contrario.

n

n

n

n

n

n Suscrito en Quito, en tres originales de igual tenor y valor, el 03 de mayo de 2013.

n

n

n

n

n

n Por el Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador

n

n

n

n f.) Gabriela Rosero Moncayo, Secretaria Técnica de Cooperación Internacional.

n

n

n

n

n

n Por la Organización No Gubernamental

n

n

n

n f.) Tancredi Tarantino, Representante Legal de la Federación de Organismos Cristianos de Servicio Internacional Voluntario (FOCSIV).

n

n

n

n

n

n Certifico que las 5 fojas que anteceden, son fiel copia de su original que reposan en el archivo de Secretaría Técnica de Cooperación Internacional.- Fecha: 03-05-2013.- Lo certifico.- f.) Ab. Silvia YÔnez, Dirección Jurídica.

n

n

n

n SECRETARƍA TƉCNICA DE COOPERACIƓN INTERNACIONAL

n

n

n

n CONVENIO BƁSICO DE FUNCIONAMIENTO

n

n ENTRE EL GOBIERNO DEL ECUADOR Y

n

n CHILDFUND INTERNATIONAL, USA

n

n

n

n La SecretarĆ­a TĆ©cnica de Cooperación Internacional a nombre y en representación del Gobierno de la RepĆŗblica del Ecuador, debidamente representada por la economista Gabriela Rosero Moncayo, en su calidad de Secretaria TĆ©cnica de Cooperación Internacional, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente documento se denominarĆ” Ćŗnicamente como SETECI; y, Childfund International, USA, Organización No Gubernamental extranjera, persona jurĆ­dica de derecho privado, sin fines de lucro, constituida al amparo de la legislación de los Estados Unidos de NorteamĆ©rica, debidamente representada por la seƱora Susana Janet Cruz Granda en su calidad de Apoderada de conformidad con el instrumento conferido a su favor, el cual se agrega al presente Convenio, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente Convenio se denominarĆ” Ćŗnicamente como la ORGANIZACIƓN, acuerdan en celebrar el presente CONVENIO BƁSICO DE FUNCIONAMIENTO, el cual constituye ley para las partes.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO 1

n

n

n

n DE LOS ANTECEDENTES

n

n

n

n 1.1 Mediante Decreto Ejecutivo número 699, de 30 de octubre de 2007, publicado en el suplemento del Registro Oficial número 206, de 07 de noviembre de 2007, se creó la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI), como una entidad pública desconcentrada, por lo tanto con gestión técnica, administrativa y financiera propias, adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES).

n

n

n

n 1.2 Con Decreto Ejecutivo número 429, de 15 de julio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 246, de 29 de julio de 2010, entre otros aspectos, se cambio la denominación de la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional por la de Secretaría Técnica de Cooperación Internacional.

n

n

n

n 1.3 Mediante Decreto Ejecutivo número 812, de 05 de julio de 2011, publicado en el Registro Oficial número 495, de 20 de julio de 2011, se cambió la adscripción de la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y se reformó el ?Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales?, confiriendo a la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional las competencias, facultades y atribuciones para suscribir Convenios BÔsicos de Funcionamiento con las organizaciones no gubernamentales extranjeras y para autorizar el inicio de sus actividades en Ecuador.

n

n

n

n 1.4 De conformidad al Informe Técnico No. 047 de 14 de enero de 2013 y aprobado el 14 de abril año en curso y Dictamen Jurídico No. 011 de 18 de abril de 2013, la Organización ha cumplido con la presentación de todos los requisitos y el procedimiento determinados en los artículos 17 y siguientes del citado ?Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales?, expedido mediante Decreto Ejecutivo número 3054, publicado en el Registro Oficial número 660, de 11 de septiembre de 2002; reformado posteriormente mediante Decreto Ejecutivo número 982, de 25 de marzo de 2008, publicado en el Registro Oficial número 311, de 08 de abril de 2008; y, modificado finalmente con el Decreto Ejecutivo descrito en el numeral anterior.

n

n

n

n 1.5 Mediante Resolución No. 128/SETECI/2013 de 19 de abril de 2013, la Secretaria Técnica de Cooperación Internacional, Subrogante, autoriza la suscripción del Convenio BÔsico de funcionamiento con la ONG Childfund International, USA.

n

n

n

n 1.6 Este convenio reemplaza y deja sin efecto al suscrito entre el Gobierno del Ecuador y el CCF ?Fondo Cristiano para Niños?, el 22 de noviembre del año 1990, el mismo que fue publicado en el Registro Oficial número 649 de 25 de marzo de 1991.

n

n

n

n

n

n ARTƍCULO 2

n

n

n

n DEL OBJETO DE LA ORGANIZACIƓN NO GUBERNAMENTAL EXTRANJERA

n

n

n

n