Administración del Señor
Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes, 30 de Mayo de 2017 (R. O. 3, 30-mayo-2017)

SUMARIO

Vicepresidencia
de la República:

Ejecutivo:

Acuerdos

001-2017

Durante la
ausencia del señor Secretario General, subróguese sus funciones, al señor
licenciado Carlos Alvear Guzmán, Subsecretario General

Secretaría
Nacional de la Administración Pública:

2010

Otórguese
licencias, autorícese y cancélese comisiones de servicios a las siguientes
personas:

Karen Pamela
Morcillo Ortíz, Ministra del Deporte

2011

Cancélese la
solicitud de viaje No. 56741

2012

Madeleine
Leticia Abarca Runruil, Gerente General del Banco Central del Ecuador

2013

René Ramírez
Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación

2014

César Antonio
Navas Vera, Ministro de Coordinación de Seguridad

2015

Freddy Arturo
Ehlers Zurita, Secretario de la Iniciativa Presidencial para la Construcción de
la Sociedad del Buen Vivir

Ministerio de
Industrias y Productividad:

17 072

Deléguense
facultades al Director(a) Ejecutivo(a)

Ministerio de
Minería:

2017-015

Deléguese
funciones y atribuciones a las siguientes personas:

Ingeniero
Edmundo Fabricio López Torres, Subsecretario Subrogante

2017-016

Tatiana
Alexandra Rivadeneira Cabezas, Coordinadora General Jurídica Subrogante, a

Dirección
General de Aviación Civil:

08/2017

Refórmese el
Acuerdo No. 026/2013 de 15 de abril del 2013

Procuraduría
General del Estado:

Extractos -De consultas del mes de abril
2017

Ministerio del
Ambiente: Dirección Provincial del Ambiente de Manabí:

Resoluciones

013-2015

Apruébense los
estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental de los siguientes
proyectos:

Reasentamiento
de 100 Familias de las Comunidades Platanales y Coñaque, ubicadas en el cantón
Chone

014-2015

Construcción de
la vía Montecristi, La Victoria hasta Colisa en Jaramijó – 2014, ubicado en el
cantón Montecristi

016-2015

Explotación del
Área Minera A MAN CERRO DE HOJAS, ubicada en el cantón Montecristi

018-2015

Operación y
Mantenimiento de la Laguna de Recepción de Aguas Residuales de la ciudad de
Chone, provincia de Manabí

019-2015

Construcción y
Ampliación del Sistema de Alcantarillado Sanitario de Bahía de Caraquez-Primera
Etapa, ubicado en el cantón Sucre

021-2015

Facilidad
Pesquera Artesanal de Santa Marianita, ubicado en el cantón Manta

Dirección
General de Aviación Civil:

03/2017

Niéguese a la
Empresa Pública ?TAME EP?, la extensión de la suspensión parcial de varias
rutas

Dirección
Nacional de Registro de Datos Públicos:

005-NG-DINARDAP-2017

Expídese la
Resolución para la marginación de la cesión de créditos o derechos hipotecarios

013-DN-DINARDAP-2017

Autorícese el
cambio de denominación del puesto de Revisor Legal a Contador

014-DN-DINARDAP-2017

Autorícese el
traspaso de partida del puesto de Analista de Registro 2 (Servidor Público 4),
de la Dirección Regional 6 Cuenca, a la Dirección Regional 4 Portoviejo

Instituto de
Fomento al Talento Humano:

022-IFTH-DE-2017

Nómbrese en
calidad de Fedatario de la Coordinación Zonal 6 en la ciudad de Cuenca, al
servidor Christian Lutgardo López Molina

Empresa Pública
Correos del Ecuador CDE – E.P.:

CDE EP-2016-532

Dispónese a la
Secretaría General la aplicación del Manual de Políticas de Gestión Documental
y Archivo

Gobiernos
Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanzas

-Cantón Pedro
Carbo: Que regula la administración, control y recaudación del impuesto a las
utilidades en la transferencia de predios urbanos y plusvalía

CONTENIDO


No. 001-2017

Jorge Glas
Espinel

VICEPRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que, el
artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que las
instituciones del Estado, las servidoras o servidores públicos y las personas
que actúen en virtud de una potestad estatal, ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas por la Constitución y la ley.

Que, el
artículo 126 de la Ley Orgánica de Servicio Público indica que por orden
escrita la autoridad competente puede subrogar el ejercicio de un puesto de
nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente.

Que, el
artículo 59 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, dispone que cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegación,
se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por
la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que actúa.

Que, el
artículo 63 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, indica que en caso de vacancia o ausencia temporal los titulares de
los órganos administrativos serán sustituidos por quienes designe el órgano
nominador.

Que, mediante
Acuerdo Vicepresidencial No. 002-2013 de 27 de mayo de 2013, se nombró al
doctor Sergio Adrián Ruiz Giraldo como Secretario General de la Vicepresidencia
de la República.

Que, mediante
Acuerdo Vicepresidencial No. 007-2014 de 20 de diciembre de 2014, se expidió el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Vicepresidencia de
la República.

Que, mediante
Acuerdo Vicepresidencial No. 004-2015 de 02 de febrero de 2015, se delegaron
atribuciones administrativas al señor Secretario General del a Vicepresidencia
de la República.

Que, mediante
Acuerdo Vicepresidencial No. 008-2016 de 12 de octubre de 2016, se reformó el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Vicepresidencia de
la República.

Que, mediante oficio
No. VPR-VPR-2017-0727-O de 25 de abril de 2017, el señor Secretario General
puso en conocimiento de la señora Secretaria Nacional de la Administración
Pública que, con la autorización de la autoridad correspondiente, hará uso de
sus vacaciones entre el 04 y el 10 de mayo del año en curso.

En ejercicio
de sus facultades constitucionales y legales,

Acuerda:

Artículo
Primero.- Durante la ausencia del señor doctor Sergio Adrián Ruiz Giraldo,
Secretario General de la Vicepresidencia de la República, por motivo de hacer
uso de sus vacaciones, subrogará en sus funciones el señor licenciado Carlos
Alvear Guzmán, Subsecretario General de la vicepresidencia de la República,
desde el jueves 04 de mayo de 2017, hasta el miércoles 10 de mayo de 2017 inclusive.

Artículo
Segundo.- De la distribución del presente Acuerdo que entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la Coordinación General de Asesoría Jurídica de la Vicepresidencia
de la República.

Dado, en la
ciudad de San Francisco de Quito D.M., a los 28 días del mes de abril de 2017.

f.) Jorge Glas
Espinel, Vicepresidente Constitucional de la República del Ecuador.

VICEPRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA.- Es fiel copia del original.- Fecha: 05 de mayo de 2017.- Lo
certifico.- f.) Jeakeline Vallejo B., C.C. 1711913283.- Directora de Gestión
Documental y Archivo.

No. 2010

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante
Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial
No. 422 de 22 de enero de 2015 y reformado mediante Acuerdo Ministerial Nro.
1084 publicado en el Registro Oficial Suplemento 507 de 25 de mayo de 2015, el
Secretario Nacional de la Administración Pública, previo aval del Ministerio
Coordinador autorizará los viajes de los Miembros del Gabinete Ampliado y toda
autoridad que pertenezca al Nivel Jerárquico Superior Grado, 8;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 56851 de 27 de abril de 2017, Karen Pamela
Morcillo Ortíz, Ministra del Deporte solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración
Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se
autorice su desplazamiento a la ciudad de La Habana-Cuba, desde el 03 hasta el
07 de mayo 2017, con la finalidad de formar parte de la comitiva Oficial del
Presidente de la República y mantener reuniones con diferentes Organismos
Deportivos;

Que, el 28 de
abril de 2017, María Gabriela Rosero Moncayo, Ministra de Coordinación de
Desarrollo Social avala el desplazamiento de Karen Pamela Morcillo Ortíz, Ministra
del Deporte;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 28 de abril de 2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio
No. PR-SNADP-2013-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su
autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Karen Pamela Morcillo Ortíz,
Ministra del Deporte, ingresado a esta Secretaría de Estado a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 56851, con la finalidad
de formar parte de la comitiva Oficial del Presidente de la República y
mantener reuniones con diferentes Organismos Deportivos, en la ciudad de La Habana-Cuba,
desde el 03 hasta el 07 de mayo 2017.

ARTICULO
SEGUNDO Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede serán cubiertos con recursos del
Ministerio del Deporte, de conformidad con la documentación ingresada a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Karen Pamela Morcillo Ortíz, Ministra del
Deporte.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los veintiocho (28) días
del mes de abril de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 8 de
mayo de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 2011

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No.
998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22
de enero de 2015, el Secretario Nacional de la Administración Pública o su
delegado, previo aval del Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Ministros
de Estado y Miembros del Gabinete Ampliado;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 56741 de 24 de abril de 2017, Augusto Espín
Tobar, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos solicitó a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de
Ginebra- Suiza, desde el 28 de abril hasta el 03 de mayo 2017, con la finalidad
de participar en el III Examen Periódico universal (EPU 2017) y en los eventos
conexos;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial Nro. 2003 de 24 de abril de 2017, Luisa González Alcívar,
Secretaria Nacional de la Administración Pública autorizó el desplazamiento de Augusto
Espín Tobar, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos ingresado a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior mediante solicitud
Nro. 56741;

Que, mediante Oficio
Nro. SE-DGI-2017-0007-O de 27 de abril de 2017, Augusto Espín Tobar, Ministro
Coordinador de los Sectores Estratégicos informa que por razones de logística
el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana indicó que la
participación del Ministro y su comitiva se lo podrá realizar mediante
teleconferencia por lo que no es necesario realizar el viaje; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Cancelar la Solicitud de Viaje No. 56741, por medio de la cual se
autoriza a Augusto Espín Tobar, Ministro Coordinador de los Sectores
Estratégicos a través de Acuerdo Ministerial No. 2003 de 24 de abril de 2017,
con la finalidad de participar en el III Examen Periódico universal (EPU 2017)
y en eventos conexos, en la ciudad de Ginebra-Suiza, desde el 28 de abril hasta
el 03 de mayo 2017.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Augusto Espín Tobar, Ministro Coordinador
de los Sectores Estratégicos.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los veintiocho (28) días del mes de abril de
2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 8 de
mayo de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 2012

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No.
998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22
de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 56695 de 20 de abril de 2017, Madeleine
Leticia Abarca Runruil, Gerente General del Banco Central del Ecuador solicitó
a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de
su desplazamiento a la ciudad de Panamá-Panamá, el 19 de abril de 2017, viaje en
el que asistió a la Reunión del Directorio del Banco Latinoamericano de
Comercio Exterior (BLADEX);

Que, el 28 de
abril de 2017, Diego Martínez Vinueza, Ministro Coordinador de Política
Económica avala el desplazamiento de Madeleine Leticia Abarca Runruil, Gerente
General del Banco Central del Ecuador;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 28 de abril de 2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio
No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su
autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Madeleine Leticia Abarca Runruil,
Gerente General del Banco Central del Ecuador, ingresado a esta Secretaría de
Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número
56695, viaje en el que asistió a la Reunión del Directorio del Banco
Latinoamericano de Comercio Exterior (BLADEX), en la ciudad de Panamá- Panamá,
el 19 de abril de 2017.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos del Banco
Central del Ecuador, de conformidad con la documentación ingresada a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Madeleine Leticia Abarca Runruil, Gerente
General del Banco Central del Ecuador.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los veintiocho (28) días del mes de abril de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 8 de
mayo de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 2013

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. SENESCYT-SENESCYT-2017- 0294-CO de 02 de mayo de 2017, René Ramírez
Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
solicitó autorización de licencia con cargo a vacaciones desde el 08 hasta el
14 de mayo de 2017;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
numeral 5, del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?Corresponde al Secretario Nacional de la
Administración Pública: (…) 5. Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado ocho de la escala del nivel jerárquico
superior; (…)?;

Acuerda:

ARTÍCULO ÚNICO.-
Otorgar a René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación, licencia con cargo a vacaciones desde el 08 hasta el
14 de mayo de 2017.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a René

Ramírez
Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los dos (02) días del mes de mayo de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 8 de
mayo de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 2014

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que mediante Oficio
Nro. MICS-MICS-2017-0211 de 03 de mayo de 2017, César Antonio Navas Vera,
Ministro de Coordinación de Seguridad, solicitó autorización de licencia con
cargo a vacaciones el 04 de mayo de 2017;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
numeral 5, del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece ?Corresponde al Secretario Nacional de la
Administración Pública: (…) 5. Expedir acuerdos de autorización de vacaciones,
licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la Función
Ejecutiva comprendidas en el grado ocho de la escala del nivel jerárquico
superior, (…)?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a César Antonio Navas Vera, Ministro de Coordinación de
Seguridad, licencia con cargo a vacaciones el 04 de mayo de 2017.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a César Antonio Navas Vera, Ministro de
Coordinación de Seguridad.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los tres (03) días del mes de mayo de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 8 de
mayo de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 2015

Luisa
Magdalena González Alcívar

SECRETARIA
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante
Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial
No. 422 de 22 de enero de 2015 y reformado mediante Acuerdo Ministerial Nro. 1084
publicado en el Registro Oficial Suplemento 507 de 25 de mayo de 2015, el
Secretario Nacional de la Administración Pública, previo aval del Ministerio
Coordinador autorizará los viajes de los Miembros del Gabinete Ampliado y toda
autoridad que pertenezca al Nivel Jerárquico Superior Grado, 8;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 56961 de 04 de mayo de 2017, Freddy Arturo
Ehlers Zurita, Secretario de la Iniciativa Presidencial para la Construcción de
la Sociedad del Buen Vivir, solicitó a la Secretaría Nacional de la
Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de Santiago de Chile?Chile,
desde el 09 hasta el 12 de mayo de 2017, con la finalidad de participar en el
III Encuentro Internacional de Municipalidades por la Felicidad con el fin de
presentar la propuesta ecuatoriana del Buen Vivir y las gestiones realizadas
por la Secretaría del Buen Vivir;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 04 de mayo de 2017, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en el Oficio
No. PR-SNADP-2013- 000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización;
y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Freddy Arturo Ehlers Zurita,
Secretario de la Iniciativa Presidencial para la Construcción de la Sociedad
del Buen Vivir, ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 56961, con la finalidad de
participar en el III Encuentro Internacional de Municipalidades por la
Felicidad con el fin de presentar la propuesta ecuatoriana del Buen Vivir y las
gestiones realizadas por la Secretaría del Buen Vivir, en la ciudad de Santiago
de Chile ? Chile, desde el 09 hasta el 12 de mayo de 2017.

ARTÍCULO
SEGUNDO Los gastos desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede serán cubiertos con recursos de la Organización
Anfitriona, de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Freddy Arturo Ehlers Zurita, Secretario de
la Iniciativa Presidencial para la Construcción de la Sociedad del Buen Vivir.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los cuatro (04) días del
mes de mayo de 2017.

f.) Luisa
Magdalena González Alcívar, Secretaria Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 8 de
mayo de 2017.

f.) Ab. Delia
Alexandra Jaramillo González, Coordinadora General Jurídico, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 17/072

Santiago León
Abad

MINISTRO DE
INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD

Considerando:

Que, el
artículo 227 de la Constitución establece ?La administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación?;

Que, el
artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado determina: ?Cuando la importancia
económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera,
los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos,
resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En
estos documentos se establecerá el ámbito geográfico o institucional en el cual
los funcionarios delegados ejercerán sus atribuciones (?)?;

Que, el
Sistema Ecuatoriano de la Calidad tiene entre sus objetivos establecer el marco
jurídico destinado a regular los principios, políticas y a las entidades
relacionadas con las actividades vinculadas con la evaluación de la
conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos internacionales en
ésta materia; así también el de promover e incentivar la cultura de la calidad
y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 1 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la
Calidad;

Que, el
artículo 8 literal c) de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad establece
que: ?(?) El Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), será la
institución rectora del Sistema Ecuatoriano de Calidad.?;

Que, el
artículo 20 ibídem reconoce al Organismo de Acreditación Ecuatoriano como: ?(?)
órgano oficial en materia de acreditación y como una entidad técnica de Derecho
Público, con personería jurídica, patrimonio y fondos propios, con autonomía
administrativa, económica, financiera y operativa (?)?;

Que, el
artículo 21 literales a) y c) de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad
dispone como una de las competencias del Servicio de Acreditación Ecuatoriano: ?Acreditar,
en concordancia con los lineamientos internacionales, la competencia técnica de
los organismos que operan en materia de evaluación de la conformidad» y «Ejercer
la representación internacional en materia de acreditación de evaluación de la
conformidad y coordinar la suscripción de acuerdos de reconocimiento
mutuo;»;

Que, el
artículo 22 literales e) y j) ibídem determinan como competencias del
Ministerio de Industrias y Productividad en relación al Servicio de
Acreditación Ecuatoriano, ?Suscribir acuerdos de reconocimiento mutuo con instituciones
internacionales; y, convenios de cooperación, asistencia técnica y/o financiera;?
y ?Promover, aprobar y suscribir acuerdos de reconocimiento mutuo con instituciones
internacionales; y, convenios de cooperación, asistencia técnica y/o financiera,
en materia de su competencia; y,?;

Que, de
conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nro. 338 de 16 de mayo de
2014, publicado en el Registro Oficial Suplemento Nro. 263 de 09
de junio de 2014
, el Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE), pasa
a ser Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE), como ?Organismo Público
encargado de la administración y provisión de bienes y/o servicios destinados a
la ciudadanía y a la Administración Pública Central e Institucional, que ejerce
las facultades de regulación, gestión y control, con personalidad jurídica
propia, dotado de autonomía administrativa, operativa y financiera?;

Que, el
artículo 10.1 literal h) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva establece que la Función Ejecutiva puede contar de manera
general con otros tipos de entidades, entre los que se encuentra, el Servicio,
como: «organismo público encargado de la administración y provisión de
bienes y/o servicios destinados a la ciudadanía y a la Administración Pública Central
e Institucional, que ejerce las facultades de regulación, gestión y control,
con personalidad jurídica propia, dotado de autonomía administrativa, operativa
y financiera. Contará con una instancia colegiada como máximo nivel gobernante
desde el cual se ejercerá la rectoría en el ámbito de sus competencias?;

Que, el
artículo 17 ibídem dispone: ?(?) Los Ministros de Estado, dentro de la esfera
de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior
jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de
servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las
delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho
Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y
obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado.
Las delegaciones ministeriales a las que se refiere este artículo serán
otorgadas por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo
que será puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración
Pública y publicado en el Registro Oficial. El funcionario a quien el Ministro
hubiere delegado sus funciones responderá directamente de los actos realizados en
ejercicio de tal delegación.?;

Que, el
artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva establece: «las atribuciones propias de las diversas entidades y
autoridades de la Administración Pública Central e Institucional serán
delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que
se encuentren prohibidas por la ley o por decreto (…)»;

Que, el
artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nro. 338, publicado en Registro Oficial
Suplemento 263 de 9 de Junio del 2014, se

sustituye la
denominación de ?Organismo de Acreditación Ecuatoriana? por ?Servicio de
Acreditación Ecuatoriano?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1069 de 10 de junio de 2016, el Eco. Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República, designó al Eco. Santiago León
Abad como Ministro de Industrias y Productividad; y,

En ejercicio de
las atribuciones que me confiere el artículo 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, así como el artículo 22 literales e y j de la Ley del
Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el infrascrito Ministro de Industrias y
Productividad;

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
al Director (a) Ejecutivo (a) del Servicio de Acreditación Ecuatoriano ?SAE-,
para que promueva, apruebe y suscriba acuerdos de reconocimiento mutuo con
instituciones internacionales, así como convenios de cooperación, asistencia
técnica y/o financiera, en materia de su competencia.

Artículo 2.- El
delegado observará la normativa legal aplicable y responderá directamente por
los actos realizados en ejercicio de esta delegación; y, reportará lo actuado
al Ministro de Industrias y Productividad.

Artículo 3.- La
presente delegación no constituye renuncia a las atribuciones asignadas por la
ley al titular de esta Cartera de Estado, puesto que él mismo cuando lo estime procedente,
podrá intervenir en cualquiera de los actos materia del presente Acuerdo y
ejercer cualquiera de las funciones previstas en el mismo.

Artículo 4.- El
presente instrumento entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

DISPOSICIÓN
GENERAL

ÚNICA.- Será
de exclusiva responsabilidad del Director (a) Ejecutivo (a) del Servicio de
Acreditación Ecuatoriano ?SAE-, los documentos suscritos, su contenido y el cumplimiento
de los procedimientos establecidos en las leyes y demás normativa vigente en
los cuales consta su firma, en el marco del presente Acuerdo.

COMUNÍQUESE Y
PUBLÍQUESE.- Dado en Quito D.M. a los 09 de mayo de 2017.

f.) Santiago
León Abad, Ministro de Industrias y Productividad.

MINISTERIO DE
INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD.- CERTIFICA.- Es fiel copia del original que reposa
en Secretaría General.- Fecha 10 de mayo de 2017.- 10:29.- 3 fojas.- f.)
Ilegible.

Nº 2017-015

Javier Felipe
Córdova Unda

MINISTRO DE
MINERÍA

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº
449 de 20 de octubre de 2008, en el artículo 154 dispone: ?A las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión.?

Que, el
artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación
de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada establece: ?Cuando la
importancia económica o geográfica de la zona o la conveniencia institucional
lo requiera los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán
acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus
atribuciones.?

Que, el
artículo 126 de la Ley Orgánica de Servicio Público, dispone: ?Cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto de nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente.?

Que, el
artículo 270 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Servicio Público,
establece: ?A efectos de la subrogación se deberá cumplir con los requisitos
del puesto a subrogarse y en función de la misma se ejercerán las funciones
correspondientes al puesto subrogado.?

Que, el
artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, indica: ?Los Ministros de Estado son competentes para el despacho de
todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización
alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados
en leyes especiales. Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su
competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior
jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de
servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las
delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial,
todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de
acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado. Las
delegaciones ministeriales a las que se refiere este artículo serán otorgadas
por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será
puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública y
publicado en el Registro Oficial. El funcionario a quien el Ministro hubiere
delegado sus funciones responderá directamente de los actos realizados en
ejercicio de tal delegación.?

Que, con
memorando Nro. MM-MM-2017-0148-ME de 18 de abril de 2017, suscrito por el señor
Ministro de Minería, Javier

Felipe Córdova
Unda, informa a la ingeniera Fernanda Sabrina Erazo Guaigua, Coordinadora General
Administrativa Financiera, que al ?Intercambio de Experiencias en torno a la
Consulta Previa?, asistirán: el abogado Henry Mauricio Troya Figueroa,
Subsecretario de Minería Industrial y le acompañará la abogada Andrea Balseca,
Asesora de la Subsecretaría de Minería Industrial, en representación a este
Portafolio en la referida actividad, que se cumplirá en las ciudades de Toronto
y Otawa? Canadá del 23 al 28 de abril de 2017.

Que, con
memorando Nro. MM-VM-SMI-2017-0311- ME de 21 de abril de 2017, suscrito por el
abogado Henry Mauricio Troya Figueroa, Subsecretario de Minería Industrial,
solicita al señor Ministro de Minería, Javier Felipe Córdova Unda, la
subrogación al cargo de Subsecretario de Minería Industrial al ingeniero
Edmundo Fabricio López Torres, servidor de esta Cartera de Estado, desde el 24
hasta el 30 de abril del 2017.

Que, en
atención a la sumilla inserta en la hoja de ruta del Sistema Documental Quipux
del memorando precedente, el señor Ministro Javier Felipe Córdova Unda, autorizó
a la ingeniera Fernanda Sabrina Erazo Guaigua, Coordinadora General
Administrativa Financiera, proceder con la subrogación al cargo de
Subsecretario Nacional de Minería Industrial, al ingeniero Edmundo Fabricio
López Torres.

En ejercicio
de las atribuciones que le confi ere el artículo 154 de la Constitución de la
República del Ecuador; el artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría
General del Estado, los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva; y el Decreto Ejecutivo Nro. 579, en
calidad de Ministro de Minería:

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
las atribuciones y deberes de la Subsecretaría de Minería Industrial, en
calidad de Subsecretario Subrogante, al ingeniero Edmundo Fabricio López Torres,
servidor de esta Cartera de Estado, desde el 24 hasta el 30 de abril del 2017.