Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Lunes 23 de Febrero de 2015 – R.
O. No. 274

EDICIÓN ESPECIAL

ACUERDO No.
876

EXPÍDESE:

LA REFORMA AL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL

POR PROCESOS
DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

CONTENIDO


No. 876

Dr. Vinicio
Alvarado Espinel

EL SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, el
penúltimo inciso del artículo 51 de la Ley Orgánica del Servicio Público
dispone que corresponde a la Secretaría Nacional de la Administración Pública
establecer las políticas, metodología de gestión institucional y herramientas
necesarias para el mejoramiento de la eficiencia en la Administración Pública Central, Institucional y dependiente
de la Función
Ejecutiva y coordinar las acciones necesarias con el Ministerio de Relaciones
Laborales;

Que, el
artículo 13 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, publicado en el Registro Oficial No. 536 de 18 de marzo de
2002
, y reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 3, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 14 de 13 de
junio de 2013
, determina que la Secretaría Nacional de la Administración
Pública es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica y administrativa;
y, el Secretario Nacional de la Administración Pública establecerá las
políticas, metodologías de gestión e innovación institucional y herramientas necesarias para el mejoramiento de la eficiencia,
calidad y transparencia de la gestión en las entidades y organismos de la
Función Ejecutiva, así como el control, seguimiento y evaluación de la gestión
de los planes, programas, proyectos y procesos de las entidades y organismos;

Que, el
artículo 14, ibídem, determina que el Secretario Nacional de la Administración
Pública a más de ser la máxima autoridad de la entidad, es asesor directo del
primer mandatario y Jefe del Consejo Nacional de la Administración Pública;

Que, el
artículo 15, letras b), f), h) y j), ibídem, establecen como atribuciones del
Secretario Nacional de la Administración Pública, en su orden, el ejercer la
rectoría en políticas públicas de mejora de eficiencia, eficacia, calidad,
desarrollo organizativo e innovación del Estado, fomentar una cultura de
calidad en las instituciones de la administración pública, tanto en productos
como en servicios públicos; generar metodologías para mejora de la gestión
pública en general, tales como proyectos, procesos, trámites y servicios al
ciudadano; y, controlar la ejecución de propuestas y proyectos de mejora y modernización
de la gestión pública;

Que, el
artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 195, publicado en el Registro Oficial No. 111 de 19 de enero de
2010
establece que las instituciones de la Función Ejecutiva, elaborará
la matriz de competencias y modelo de gestión de acuerdo a los lineamientos de
la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo y la Secretaría Nacional
de la Administración Pública respectivamente;

Que, en el
artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 726, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de abril de
2011
, establece que dependerán de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública las entidades creadas por la propia Secretaría para el
ejercicio de sus competencias, así como los organismos públicos dependientes y
adscritos a la Presidencia de la República;

Que, en el
artículo 15, segundo inciso, ibídem, establece que la Secretaría Nacional de
Administración Pública realizará el control, seguimiento y evaluación de la
gestión de los planes, programas, proyectos y procesos que se encuentran en
ejecución. Además, el control, seguimiento y evaluación de la calidad de la
gestión de los mismos, como también, el impulso de los procesos de
transparencia y mejora de la gestión institucional, procesos e innovación del Estado;

Que, el
artículo 7 del Decreto Ejecutivo No. 1522, publicado en el Registro Oficial No. 13 de 12 de junio de
2013
, establece la transformación de la Secretaría Nacional de
Transparencia de Gestión en Subsecretaría y dispónese su fusión por absorción a
la Secretaría Nacional de la Administración Pública;

Que, mediante
el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 106, publicado en el Registro Oficial No. 91, de 30 de
septiembre de 2013
, la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, además de las competencias señaladas en el Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva ejercerá la rectoría en
materia de calidad de servicio y excelencia; denuncias y quejas en la
prestación de los servicios públicos; atención al usuario; estatutos orgánicos
y estructuras institucionales en la Administración Pública Central,
Institucional y dependiente de la Función Ejecutiva;

Que, la
Disposición General Primera de la Resolución No. 118, publicada en el Registro Oficial No. 60 de 16 de agosto de
2013
, y reformada el 20 de diciembre de 2013, establece que los
productos y servicios determinados en el presente Estatuto podrán ser
reformados conforme se ejecute el proceso de implementación de la nueva Estructura
Orgánica y conforme avance el proceso, mediante acto resolutivo interno, tal
como lo señala la Norma Técnica de Diseño de Reglamentos o Estatutos Orgánicos
de Gestión Organizacional por Procesos emitida por el Ministerio de Relaciones
Laborales;

Que, en el
artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 210, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 171 de 28
de enero de 2014
, establece que las instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva,
fusionarán las unidades de planificación y gestión estratégica e implementarán
y organizarán sus estructuras, atribuciones y responsabilidades de acuerdo con
los tipos de estructura institucional;

Que, el
artículo 1 del Decreto Ejecutivo N° 393, suscrito el 04 de julio de 2014,
dispone que se reorganice la Secretaría Nacional de Comunicación y se
transfiera las atribuciones y competencias de la Subsecretaría de Imagen
Gubernamental que le fueran asignadas a la Secretaría Nacional de la Administración
Pública;

Que, el
artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 450 de 15 de septiembre de 2014, dispone: ?Escíndase
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública la Subsecretaría General
de Transparencia y créase en lugar de esta última la Secretaría Técnica de
Transparencia de Gestión, como entidad adscrita a dicha Secretaría Nacional. La
Secretaría Técnica de Transparencia de Gestión dependerá administrativa y
financieramente de la Secretaría Nacional de la Administración Pública y tendrá
independencia de gestión?;

Que, la
Disposición General Segunda, ibídem, establece: ?La Secretaría Nacional de la
Administración Pública proveerá y garantizará todos los recursos e insumos necesarios
para el normal desarrollo de la gestión de la Secretaría Técnica de
Transparencia de Gestión.?;

Que, mediante
memorando No. SNAP-SGGP-2014-000154-M, de 04 de septiembre de 2014, la
Secretaría Nacional de la Administración Pública emitió la aprobación del
proyecto de reforma al estatuto orgánico institucional, donde diga
«Subsecretaría Nacional de Transparencia de Gestión», sustitúyase por
«Subsecretaría General de Transparencia», y donde diga «Subsecretario(a)
Nacional de Transparencia», sustitúyase por «Subsecretario(a) General
de Transparencia.?;

Que, la
Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo mediante oficio No.
SENPLADES-SGDEPBV-2014-0121-OF, de 19 de agosto de 2014, emite el Informe
Favorable de la Matriz de Competencias, con el fin de que la Secretaría Nacional
de la Administración Pública continúe con la implementación de esta entidad a través de los Ministerios de
Relaciones Laborales y Finanzas;

Que, el
Ministerio de Finanzas mediante oficio No. MINFIN-DM-2014-0814, de 03 de
septiembre de 2014, emite dictamen presupuestario favorable a fin de que la Secretaría
Nacional de la Administración Pública en el ámbito de sus competencias, emita
la aprobación del proyecto de reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos;

Que, con
memorando No. SNAP-SGGP-2014-000154-M, de 04 de septiembre de 2014, la
Secretaría Nacional de la Administración Pública emitió la aprobación del
modelo de gestión, rediseño y aprobación de la estructura institucional y
proyecto de reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
de esta Secretaría Nacional;

Que, es
necesario que la Secretaría Nacional de la Administración Pública cuente con
una estructura organizacional de acuerdo con las nuevas competencias y normativa
vigente, para alcanzar la visión consagrada en su base constitutiva y sus
productos institucionales, con la finalidad de dar operatividad y productividad
a su gestión;

En uso de las
facultades y atribuciones que le confiere el artículo 15 literal n) del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Resuelve:

Expedir la
siguiente REFORMA AL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS
DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Artículo 1.- ESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL: La Secretaría Nacional de la Administración Pública se alinea con
su misión y definirá su estructura organizacional sustentada en su base legal y
direccionamiento estratégico institucional determinado en la Matriz de
Competencias y en su Modelo de Gestión.

Artículo 2.-
PROCESOS DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINSTRACIÓN PÚBLICA: Para cumplir
con sus fines de emitir políticas, normas, metodologías e instrumentos técnicos
que impulsen la gestión integral de la Administración Pública Central Institucional
y Dependiente; y constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación; ha definido dentro de su estructura los procesos gobernantes,
procesos agregadores de valor, desconcentrados, habilitantes de asesoría y de apoyo.

Los Procesos
Gobernantes son aquellos procesos que proporcionan directrices, políticas y
planes estratégicos, para la dirección, control para el funcionamiento de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

Los Procesos
Sustantivos son aquellos procesos que realizan las actividades esenciales para
proveer los servicios y los productos que ofrece a sus clientes una
institución.

Los procesos
sustantivos se enfocan a cumplir la misión de la Secretaria Nacional de la
Administración Pública.

Los Procesos
Adjetivos son aquellos procesos que proporcionan productos o servicios a los
procesos gobernantes y sustantivos, se clasifican en procesos adjetivos de
asesoría y de apoyo

Los Procesos
Desconcentrados son los que permiten gestionar a la institución a nivel zonal,
participando en el diseño de políticas, metodologías y herramientas; en el área
de su jurisdicción los procesos de gestión pública y transparencia.

Artículo 3.-
PUESTOS DIRECTIVOS: Los puestos directivos establecidos en la estructura
organizacional son:

Secretario
Nacional de la Administración Pública; Subsecretario General de Administración
Pública; Subsecretario Nacional de Gestión Pública; Subsecretario Nacional
Inter-Gubernamental; Subsecretario Nacional de Desarrollo Organizacional;
Secretario Técnico de Transparencia de Gestión; Subsecretarios de Estado, Coordinadores
Generales, Coordinadores Nacionales; Directores Técnicos de Área y en forma
desconcentrada Coordinadores Zonales.

DIRECCIONAMIENTO
ESTRATÉGICO

Artículo 4.-
MISIÓN:

Mejorar la
eficiencia de las organizaciones del Estado Central e Institucional a través de
políticas y procesos que optimicen la calidad, la transparencia y la calidez
del Servicio Público.

Artículo 5.-
VISIÓN.- El Estado Central e Institucional del Ecuador será un referente
regional de eficiencia en la gestión pública, a través de políticas, procesos y
sistemas de calidad, gobierno electrónico, desarrollo organizacional y del
talento humano, así como de mejoramiento de los índices de transparencia.

Artículo 6.-
PRINCIPIOS Y VALORES:

a) Calidad: Mejorar constantemente la
productividad, provisión y acceso a los servicios que presta el Estado Central
e Institucional, bajo los más altos estándares internacionales.

b) Honestidad: Rectitud, disciplina,
honradez y mística en el cumplimiento de las obligaciones y en la prestación de
servicios.

c) Justicia: Conseguir maximizar la
utilidad agregada, lo justo es lo que beneficia al mayor número de personas a la
vez.

d) Lealtad y compromiso con el país: Actuar
con lealtad hacia los intereses del país mediante el logro de la misión y
objetivos institucionales.

e) Transparencia: Capacidad para
demostrar íntegramente sus conocimientos, actuar con idoneidad y efectividad en
el marco de principios éticos y
morales de la convivencia institucional, generando confianza
en la sociedad.

Artículo 7.-
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:

a) Incrementar la calidad en la gestión
y servicios públicos de la Administración Pública Central, Institucional y Dependiente
de la Función Ejecutiva

b) Incrementar el fortalecimiento
orgánico de la Administración Pública Central, Institucional y Dependiente.

c) Incrementar la transparencia de la
gestión en las instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y Dependiente.

d) Incrementar la eficiencia operativa
de la Administración Pública Central, Institucional y Dependiente.

e) Incrementar la eficiencia de
gobierno electrónico y tecnologías de la información y comunicación de la Administración
Pública Central, Institucional y Dependiente.

f) Incrementar la difusión y promoción
estratégicas de la imagen gubernamental.

TÍTULO I

DE LA SECRETARÍA
NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

CAPITULO I

ESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

Artículo 8.-
La Secretaría Nacional de la Administración Pública, para el cumplimiento de
sus competencias, atribuciones, misión y visión, desarrollará los siguientes procesos
internos que estarán conformadas por:

1. PROCESO GOBERNANTE:

1.1 Direccionamiento estratégico para
establecer las políticas de Gobierno y de la Administración Pública, para el
mejoramiento de la eficiencia en la Administración Pública Central,
Institucional y Dependiente.

Responsable:
Secretario(a) Nacional de la Administración Pública.

2. PROCESOS SUSTANTIVOS:

2.1. Subsecretaría Nacional de Gestión
Pública

Responsable:
Subsecretario(a) Nacional de Gestión Pública

2.1.1. Subsecretaría de Servicios, Procesos e
Innovación

Responsable:
Subsecretario(a) de Servicios, Procesos e Innovación

2.1.1.1. Dirección Nacional de Procesos

Responsable:
Director(a) Nacional de Procesos

2.1.1.2. Dirección Nacional de Servicios

Responsable:
Director(a) Nacional de Servicios

2.1.1.3. Dirección Nacional de Innovación

Responsable:
Director(a) Nacional de Innovación

2.1.1.4. Dirección Nacional de Archivo de la Administración
Pública

Responsable:
Director(a) Nacional de Archivo de la Administración Pública.

2.1.2. Subsecretaría de Calidad en la Gestión

Responsable:
Subsecretario(a) de Calidad en la Gestión

2.1.2.1. Dirección Nacional de Control de Gestión

Responsable:
Director(a) Nacional de Control de Gestión.

2.1.2.2. Dirección Nacional de Normativa para la
Calidad

Responsable:
Director(a) Nacional de Normativa para la Calidad

2.1.2.3. Dirección Nacional de Gestión de la Calidad

Responsable:
Director(a) Nacional de Gestión de la Calidad

2.1.3. Subsecretaría de Gobierno Electrónico

Responsable:
Subsecretario(a) de Gobierno Electrónico

2.1.3.1. Coordinación Nacional de Gobierno
Electrónico

Responsable:
Coordinador(a) Nacional de Gobierno Electrónico

2.1.3.2 Dirección Nacional de Arquitectura,
Seguridad y Redes.

Responsable:
Director(a) Nacional de Arquitectura, Seguridad y Redes

2.1.3.3. Dirección Nacional de Desarrollo de
Proyectos Tecnológicos

Responsable:
Director(a) Nacional de Desarrollo de Proyectos Tecnológicos

2.1.3.4. Dirección Nacional de Soporte al Servicio de
Gobierno Electrónico

Responsable:
Director(a) Nacional de Soporte al Servicio de Gobierno Electrónico

2.2. Subsecretaría Nacional
Inter-Gubernamental

Responsable:
Subsecretario(a) Nacional Inter- Gubernamental

2.2.1. Subsecretaría de Imagen Gubernamental

Responsable:
Subsecretario(a) de Imagen Gubernamental

2.2.1.1. Coordinación Nacional de Gestión de Medios

Responsable:
Coordinador(a) Nacional de Gestión de Medios

2.2.1.2. Coordinación Nacional de Comunicación Publicitaria

Responsable:
Coordinador(a) Nacional de Comunicación Publicitaria

2.2.2. Subsecretaría de Relacionamiento
Ciudadano

Responsable:
Subsecretario(a) de Relacionamiento Ciudadano

2.2.2.1. Dirección Nacional de Contacto Ciudadano

Responsable:
Director(a) Nacional de Contacto Ciudadano.

2.2.2.2. Dirección Nacional de Relacionamiento
Interno

Responsable:
Director(a) Nacional de Relacionamiento Interno

2.3. Subsecretaría Nacional de Desarrollo Organizacional

Responsable:
Subsecretario(a) Nacional de Desarrollo Organizacional.

2.3.1. Coordinación Nacional de Políticas y
Estrategias de Gestión Organizacional

Responsable:
Coordinador(a) Nacional de Políticas y Estrategias de Gestión Organizacional

2.3.2. Subsecretaría de Arquitectura
Institucional

Responsable:
Subsecretario(a) de Arquitectura Institucional

2.3.2.1. Dirección Nacional de Investigación y
Análisis Organizacional

Responsable:
Director(a) Nacional de Investigación y Análisis Organizacional.

2.3.2.2. Dirección Nacional de Ordenamiento
Institucional

Responsable:
Director(a) Nacional de Ordenamiento Institucional

2.3.3. Subsecretaría de Cambio de Cultura
Organizacional

Responsable:
Subsecretario(a) de Cambio de Cultura Organizacional

2.3.3.1. Dirección Nacional de Control Organizativo

Responsable:
Director(a) Nacional de Control Organizativo

2.3.3.2. Dirección Nacional de Gestión del Cambio Organizativo

Responsable:
Director(a) Nacional de Gestión del Cambio Organizativo

3. PROCESOS ADJETIVOS:

3.1. Subsecretaría General de
Administración Pública

Responsable:
Subsecretario(a) General de Administración Pública

3.1.1. Coordinación General de Asesoría Jurídica

Responsable:
Coordinador(a) General de Asesoría Jurídica

3.1.1.1. Dirección de Asesoría Jurídica

Responsable:
Director(a) de Asesoría Jurídica

3.1.1.2. Dirección de Análisis Legal

Responsable:
Director(a) de Análisis Legal

3.1.2. Coordinación General de Planificación y
Gestión Estratégica

Responsable:
Coordinador(a) General de Planificación y Gestión Estratégica

3.1.2.1. Dirección de Planificación e Inversión

Responsable:
Director(a) de Planificación e Inversión

3.1.2.2. Dirección de Seguimiento de Planes,
Programas y Proyectos

Responsable:
Director(a) de Seguimiento de Planes, Programas y Proyectos

3.1.2.3. Dirección de Servicios, Procesos y Gestión
del Cambio

Responsable: Director(a) de Servicios,
Procesos y Gestión del Cambio

3.1.2.4. Dirección de Tecnologías de la Información y
Comunicaciones

Responsable:
Director(a) de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

3.1.3. Dirección de Comunicación Social

Responsable:
Director(a) de Comunicación Social

3.1.4. Coordinación General
Administrativa-Financiera

Responsable:
Coordinador(a) General Administrativo(a)-Financiero(a)

3.1.4.1. Dirección de Administración de Recursos
Humanos

Responsable:
Director(a) de Administración de Recursos Humanos

3.1.4.2. Dirección Administrativa

Responsable:
Director(a) Administrativo(a)

3.1.4.3. Dirección Financiera

Responsable:
Director(a) Financiero(a)

3.1.4.4. Dirección de Gestión Documental y Archivo

Responsable:
Director(a) de Gestión Documental y Archivo

3.2. Coordinación General de Investigación
y Estadística Responsable:
Coordinador(a) General de Investigación y Estadística

3.3. Coordinación General de Gestión
Interinstitucional

Responsable:
Coordinador(a) General de Gestión Interinstitucional

3.3.1 Dirección de Análisis y Alineamiento
Estratégico

Responsable:
Director(a) de Análisis y Alineamiento Estratégico

3.3.2. Dirección de Gabinetes y Eventos

Responsable:
Director(a) de Gabinetes y Eventos

3.3.3. Dirección de Autorizaciones

Responsable:
Director(a) de Autorizaciones

4. PROCESOS DESCONCENTRADOS

4.1. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR

4.1.1. Coordinación Zonal de la Administración
Pública

Responsable:
Coordinador(a) Zonal de la Administración Pública

Artículo 9.-
REPRESENTACIONES GRÁFICAS:

La estructura orgánica, mapa de
procesos y cadena
de valor se
muestran en los gráficos que se presentan a continuación:


9.1.
Estructura Orgánica

a) Estructura
General

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j1632.png

9.3. Cadena de
Valor:

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