Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Viernes 20 de Junio
2014 – R. O. No. 272

SUMARIO

Presidencia de la República:

Ejecutivo:

Decretos

343 Agradécese los servicios prestados y dase por terminadas
las funciones del Embajador del Servicio Exterior, Luis Benigno Alfredo
Gallegos Chiriboga, como Embajador – Representante Permanente del Ecuador ante
la Oficina y Organismos Especializados de la Organización de las Naciones
Unidas, con sede en Ginebra ? Suiza

349 Colócase en situación militar de disponibilidad al señor
CRNL. DE EMS. Greffa Andrade José Gustavo

350 Colócase en situación militar de disponibilidad al señor
CRNL. DE EM. Naranjo Proaño Jorge Enrique

351 Dase de baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas
al señor CRNL. DE CSM. Estrada García Mario Fernando

352 Dase de baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas,
al señor CPNV-CSM. Cevallos Ortega Edmundo Gonzalo

Ministerio de Cultura y Patrimonio:

Acuerdos

DM-2014-066 Legalízanse las comisiones de servicios de las
siguientes personas:

Señora María Gabriela Valarezo y otro

DM-2014-067 Señor Jorge Cisneros Laiquez

DM-2014-068 Señor Carlos Ignacio Calderón Vintimilla y otros

DM-2014-069 Señora Carla Sofía Endara Aguilar y otras

DM-2014-070 Señor Juan Alberto Gordillo Freire

Secretaría Nacional del Agua:

2014-932 Deléganse atribuciones al señor Subsecretario de la
Demarcación Hidrográfica de Manabí

Ministerio de Transporte y Obras Públicas: Subsecretaría de
Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial:

Resoluciones

MTOP-SPTM-2014-0076-R Actualízase la «Matriz de
Seguridad para el Ingreso, Atraque y Desatraque de Naves» en el Puerto
Marítimo «Simón Bolívar»

MTOP-SPTM-2014-0077-R Refórmase la normativa tarifaria por
servicios prestados

MTOP-SPTM-2014-0078-R Prorrógase hasta el 31 de julio del
2014 la vigencia de los permisos de tráfico nacional, de todas las naves de
bandera ecuatoriana

MTOP-SPTM-2014-0079-R Deléganse atribuciones al Ing. Javier
Fabián Bolaños Manjarrez, Experto de Tráfico Marítimo 2 y Fluvial y otro

Agencia Nacional Postal:

23-DE-ANP-2014 Dispónese la implementación del Esquema
Gubernamental de Seguridad de la Información (EGSI)

Secretaría Nacional de Gestión de la Política:

SNGP-EXT-2014-002 Legalízanse las comisiones de servicios de
varios funcionarios

Empresa Pública ?YACHAY E.P.?:

YACHAY EP-GG-2014-0010 Expídense las bases de la
convocatoria interna para el financiamiento de proyectos y actividades de
investigación científica y desarrollo tecnológico Yachay-2014 para profesores
de la universidad de investigación de tecnología experimental Yachay

Consejo Nacional de Valores:

CNV-007-2014 Refórmase la Codificación de las resoluciones expedidas
por el CNV

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas


Cantón Centinela del Cóndor:
Reformatoria a la
Ordenanza de creación de la parroquia rural Triunfo ? Dorado


Cantón Puerto López:
Sustitutiva que regula el
funcionamiento del Registro de la Propiedad y Mercantil

CONTENIDO


N° 343

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que, el
artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé
como una de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover
a embajadores y jefes de misión;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo 904, de 3 de octubre de 2011, de conformidad con la
Constitución de la República y la Ley Orgánica del Servicio Exterior, el
Embajador del Servicio Exterior, Luis Benigno Alfredo Gallegos Chiriboga, fue designado Embajador – Representante Permanente
del Ecuador ante la Oficina y Organismos Especializados de la Organización de
las Naciones Unidas, con sede en Ginebra ? Suiza

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y la Ley.

Decreta:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Agradecer los servicios prestados y dar por terminadas las funciones
del Embajador del Servicio Exterior, Luis Benigno Alfredo Gallegos Chiriboga,
como Embajador – Representante Permanente del Ecuador ante la Oficina y
Organismos Especializados de la Organización de las Naciones Unidas, con sede
en Ginebra – Suiza.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo que entrará en
vigencia a partir de la fecha de suscripción, encárguese al Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito, a 2 de junio de 2014.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) Ricardo
Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito 12 de
junio del 2014, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente.

Alexis Mera
Giler.

SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.

Secretaría
General Jurídica.

Nº 349

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que el
artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala: ?la
situación militar se establecerá: Para los Oficiales Generales, y dentro de los
Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?.

Que el
artículo 76, letra a) de la referida Ley establece que: ?El militar será puesto
en disponibilidad por una de las siguientes causas: a) Solicitud voluntaria?. Que
el señor: CRNL. DE EMS. GREFFA ANDRADE JOSÉ GUSTAVO, de conformidad con el
articulo 76 letra a), presenta la solicitud de disponibilidad voluntaria, con fecha
30 de abril de 2014.

Que el señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre, mediante oficio Nº 14-E-1-o-154, de
24 de abril de 2014, remite al Ministerio de Defensa Nacional el expediente
mediante el cual se coloca en situación militar de Disponibilidad, al
mencionado señor Oficial Superior; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 65 de
la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de la señora Ministra de
Defensa Nacional previo pedido del señor Comandante General la Fuerza
Terrestre.

Decreta:

Art. 1. Colocar
en situación militar de Disponibilidad con fecha 30 de abril de 2014, al señor CRNL. DE EMS. GREFFA
ANDRADE JOSÉ GUSTAVO, de conformidad con el artículo 76, letra a) de la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas.

Art. 2. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 4 de junio de 2014.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

Quito 12 de
junio del 2014, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente.

Alexis Mera
Giler.

SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.

Secretaría
General Jurídica.

Nº 350

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que el
artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala: ?la
situación militar se establecerá: Para los Oficiales Generales, y dentro de los
Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?.

Que el
artículo 76, letra a) de la referida Ley establece que: ?El militar será puesto
en disponibilidad por una de las siguientes causas: a) Solicitud voluntaria?.

Que el señor
CRNL. DE EM. NARANJO PROAÑO JORGE ENRIQUE, de conformidad con el articulo 76
letra a), presenta la solicitud de disponibilidad voluntaria, con fecha 30 de
abril de 2014.

Que el señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre, mediante oficio Nº 14-E-1-o-sp-97,
de 12 de mayo de 2014, remite al Ministerio de Defensa Nacional el expediente
mediante el cual se coloca en situación militar de Disponibilidad, al
mencionado señor Oficial Superior; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 65 de
la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de la señora Ministra de
Defensa Nacional previo pedido del señor
Comandante General la Fuerza Terrestre.

Decreta:

Art. 1. Colocar
en situación militar de Disponibilidad con fecha 30 de abril de 2014, al señor
CRNL. DE EM. NARANJO PROAÑO JORGE ENRIQUE, de conformidad con el artículo 76,
letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

Art. 2. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 4 de junio de 2014.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

Quito 12 de
junio del 2014, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente.

Alexis Mera
Giler.

SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.

Secretaría
General Jurídica.

Nº 351

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que el
artículo 65 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone que la
situación militar se establecerá: ?a) Para los Oficiales Generales, y dentro de
los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?;

Que el
artículo 87, letra c) de la referida Ley determina que el militar será dado de
baja por una de las siguientes causas: ?c) Una vez cumplido, el periodo de
disponibilidad establecido en la Ley?;

Que mediante
Decreto Ejecutivo No. 133 del 08 de octubre de 2013, el señor CRNL. DE CSM.
ESTRADA GARCIA MARIO FERNANDO fue colocado en situación jurídica de
disponibilidad, por solicitud voluntaria, con fecha 31 de agosto de 2013, de
conformidad con la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, artículo 76 que
señala: El militar será puesto en disponibilidad, por una de las siguientes
causas: ?a) Por solicitud voluntaria?;

Que el señor
CRNL. DE CSM. ESTRADA GARCIA MARIO FERNANDO, con fecha 28 de febrero del 2014 ha
cumplido con el tiempo de permanencia en situación jurídica de disponibilidad,
por lo que debe ser dado de baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas;

Que el señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre mediante oficio No. 14-E1-o-sp-41 del
20 de febrero de 2014, ha remitido al Ministerio de Defensa Nacional la documentación
respectiva para que se canalice el pedido de baja del mencionado señor Oficial
Superior, de conformidad con el artículo 87 letra c) de la Ley de Personal de
las Fuerzas Armadas;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 65
letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a pedido de la señora
Ministra de Defensa Nacional, previa solicitud del Comandante General de la
Fuerza Terrestre;

Decreta:

Art. 1 Dar de
baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas con fecha 28 de febrero de
2014, al señor CRNL. DE CSM. ESTRADA GARCIA MARIO FERNANDO, de conformidad a la
Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, artículo 87 letra e) que señala: ?una
vez cumplido el periodo de disponibilidad?.

Art. 2 De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia a partir de
la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese
a la señora Ministra de Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 4 de junio de 2014.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa Garcés, Ministra de Defensa Nacional.

Quito 12 de
junio del 2014, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente.

Alexis Mera
Giler.

SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.

Secretaría
General Jurídica.

Nº 352

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que el
artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone que
la situación militar se establecerá: a) ?Para los Oficiales Generales, y dentro
de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?;

Que el
artículo 87, letra c) de la referida Ley determina que el militar será dado de
baja por una de las siguientes causas: c) ?Una vez cumplido, el período de
disponibilidad establecido en la ley?;

Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 134, de 08 de octubre de 2013, el señor CPNV-CSM.
CEVALLOS ORTEGA EDMUNDO GONZALO, fue colocado en situación jurídica de
disponibilidad con fecha 31 de agosto de 2013, de conformidad con la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas, artículo 76 que señala: El militar será puesto
en disponibilidad, por una de las siguientes causas: a) ?Por solicitud
voluntaria?;

Que el señor
CPNV-CSM. CEVALLOS ORTEGA EDMUNDO GONZALO, con fecha 28 de febrero de 2014 ha
cumplido con el tiempo de permanencia en situación jurídica de disponibilidad,
por lo que debe ser dado de baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas;

Que el señor
Comandante General de la Marina, mediante oficio N° AE-COGMAR-PER-2014-117-O-OF
de 03 de abril de 2014, ha remitido al Ministerio de Defensa Nacional la
documentación respectiva para que se canalice el pedido de baja del mencionado
Oficial Superior, de conformidad al artículo 87, letra c) de la Ley de Personal
de las Fuerzas Armadas;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 65
letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a pedido d la señora
Ministra de Defensa Nacional previa solicitud del señor Comandante General de
Marina;

Decreta:

Art. 1 Dar de
baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas con fecha 28 de febrero de
2014, al señor CPNVCSM. CEVALLOS ORTEGA EDMUNDO GONZALO, de conformidad con la
Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, artículo 87 letra c) que señala ?Una
vez cumplido, el período de disponibilidad?.

Art. 2 De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 4 de junio de 2014.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

Quito 12 de
junio del 2014, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente.

Alexis Mera
Giler.

SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.

Secretaría
General Jurídica.

Nro.
DM-2014-066

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el Art.
154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: ?A
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión?;

Que, el
artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán
servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a
cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad
dentro del sector público;

Que, de
acuerdo al Art. 259 del Reglamento de la LOSEP se establece sobre el
cumplimiento de servicio institucionales: ?Cuando una servidora o servidor
público se desplace a cumplir tareas oficiales en reuniones, conferencias,
visitas de observación o a desempeñar actividades propias de su puesto, dentro
o fuera del país se le reconocerá los correspondientes viáticos, subsistencias,
alimentación, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que dure los
servicios desde la fecha de salida hasta el retorno en razón de las tareas
oficiales cumplidas. Para estos casos, no será necesario haber cumplido un año
de servicio en la Institución?;

Que, de
acuerdo al Art. 17 del Reglamento para el pago de viáticos, movilizaciones y
subsistencias en el exterior, para las y los servidores y obreros públicos,
establece: ?Las autorizaciones de viaje al exterior, para cumplir tareas oficiales
o servicios institucionales derivados de las funciones de un puesto de las
servidoras, servidores, obreras u obreros que laboren en entidades de la
Función Ejecutiva y de las entidades adscritas a la misma, se las realizará a
través del correspondiente acuerdo o resolución, según sea el caso, previa
autorización de la Secretaría Nacional de la Administración Pública a través del sistema
informático para viajes al exterior de la Presidencia. La autorización para las
demás instituciones, organismos, dependencias y entidades del Estado, descritas
en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público, con las excepciones
previstas en el artículo 94 de la misma ley la realizará la máxima autoridad a
través de la correspondiente resolución?;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial Nro. DM-2014-015, de 03 de febrero de 2014, el señor
Francisco Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio delegó a la Eco.
Jennifer Marcillo Chasy, la atribución para autorizar las comisiones de
servicios en el exterior;

Que, mediante
memorando No. MCYP-SEC-2014-0468- M, de fecha 14 de abril de 2014, la señorita
Antrop. Daniela Fuentes Moncada, Subsecretaria Técnica de Emprendimientos
Culturales, solicita al señor Ministro de Cultura y Patrimonio autorice la
comisión de servicios en el exterior a los siguientes funcionarios: María
Gabriela Valarezo de la dirección de Diseño y Artes Aplicadas, del 18 al 27 de
abril de 2014 y Mateo Guayasamín de la Dirección de Emprendimientos e Industria
Editorial, del 5 al 13 de mayo de 2014; para realizar actividades correspondientes
a la organización de la 40° Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, en
la ciudad de Buenos Aires, Argentina;

Que, mediante
memorando No. MCYP-DM-14-0318-M, de fecha 14 de abril de 2014, el señor
Ministro de Cultura y Patrimonio, dispone a la Coordinación General Administrativa
Financiera, realizar los trámites pertinentes para la Declaratoria de la
Comisión de Servicios en el Exterior de los siguientes funcionarios: María
Gabriela Valarezo de la Dirección de Diseño y Artes Aplicadas del 18 al 27 de
abril de 2014 y Mateo Guayasamín de la Dirección Editorial del 5 al 13 de mayo
de 2014; para realizar actividades correspondientes a la organización de la 40°
Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, en la ciudad de Buenos Aires,
Argentina;

Que, mediante
memorando No. MCYP-DM-14-0323-M, de fecha 15 de abril de 2014, la señorita
Econ. Jennifer Nathaly Marcillo Chasy, Asesora Ministerial, dispone a la Coordinación
General Administrativa Financiera, realizar la comisión de servicios en el
exterior, la compra de pasajes aéreos y la asignación de viáticos del 18 de
abril al 27 de abril de 2014, para la señora María Gabriela Valarezo; y del 5
al 13 de mayo de 2014, para el señor Mateo Guayasamín;

Que, mediante
oficio No. MCYP-DM-14-0818-O, de fecha 15 de abril de 2014, el señor Ministro
de Cultura y Patrimonio, solicita a la Secretaría Nacional de la Administración
Pública emitir la autorización de la comisión de servicios al exterior a favor
de la señora María Gabriela Valarezo y del señor Mateo Guayasamín;

Que, mediante
oficio Nro. SNAP-SCGP-2014-001472-O, de fecha 17 de abril de 2014, el
Subsecretario de calidad en la Gestión Pública, Subrogante, autorizó la
Solicitud de Viaje al Exterior, a favor de, María Gabriela Valarezo de la
Dirección de Diseño y Artes Aplicadas del 18 al 27 de abril de 2014, quien estará encargada del diseño, construcción y
montaje del stand para la Feria Internacional del Libro de Buenos Aires, que se
llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires-Argentina, los días 24 de abril al
12 de mayo de 2014;

Que, el 16 de
abril del 2014, el Subsecretario de Calidad en la Gestión Pública, autorizó la
Solicitud de Viaje al Exterior No. 33935, a favor de Mateo Nicolás Guayasamín Mogrovejo,
Dirección de Emprendimientos e Industria Editorial, quien estará encargado de
realizar las actividades de apoyo en la administración del stand y de la
preparación de la agenda de los embajadores culturales ecuatorianos y sus
eventos de presentación, del 05 al 13 de mayo de 2014, en la Feria
Internacional del Libro de Buenos Aires, que se llevará a cabo en la ciudad de
Buenos Aires-Argentina, los días 24 de abril al 12 de mayo de 2014;

Que, mediante
Memorando No. MCYP-UATH-14-0517- M, de fecha 24 de abril de 2014, la Unidad de
Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica,
elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial, para la declaratoria en
comisión de servicios con remuneración en el exterior del 18 al 27 de abril de
2014, a favor de María Gabriela Valarezo, y del 05 al 13 de mayo de 2014, a
favor de Mateo Nicolás Guayasamín Mogrovejo, quienes asistieron a la Feria
Internacional del Libro de Buenos Aires, que se llevó a cabo en la ciudad de Buenos
Aires-Argentina, los días 24 de abril al 12 de mayo de 2014;

Que, en
atención al Memorando Nro. MCYP-CGJ-14- 0745-M, de fecha 02 de mayo de 2014,
emitido por la Coordinación General Jurídica del Ministerio de Cultura y Patrimonio
y en concordancia al Art. 17 del Reglamento para el pago de viáticos,
movilizaciones subsistencias en el exterior, para las y los servidores y
obreros públicos; la Dirección de Gestión de Talento Humano, emite Informe Técnico
Favorable con Nro. MCYP-DGTH-0195-2014; a favor de la señorita María Gabriela
Valarezo, asista a coordinar las actividades del diseño, construcción, montaje y
atención en el stand del Ministerio de Cultura y Patrimonio, a partir del 18 al
27 de abril de 2014; y el señor Mateo Guayasamín quien realizará la preparación
de la agenda de los embajadores culturales ecuatorianos y sus eventos de
presentación, del 05 al 13 de mayo de 2014, en la 40° Feria Internacional de
Buenos Aires 2014, que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires –
Argentina;

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la comisión de servicios en el exterior a favor de María Gabriela Valarezo y
Mateo Nicolás Guayasamín Mogrovejo, quienes asistieron a la Feria Internacional
del Libro de Buenos Aires, que se llevó a cabo en la ciudad de Buenos
Aires-Argentina, los días 24 de abril al 12 de mayo de 2014.

Art. 2.- El
Ministerio de Cultura y Patrimonio con recursos de su presupuesto institucional, financió los gastos
de pasajes aéreos, alojamiento, y alimentación.

Art. 3.- De la
ejecución de este Acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa
Financiera.

Art. 4.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en la
ciudad de Quito, Distrito Metropolitano a 02 de junio de 2014.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro.
DM-2014-067

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que,