n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

MiĆ©rcoles, 25 de Agosto de 2010 – R. O. No. 264

n n

n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA

n n ACUERDOS: n n

MINISTERIO DE CULTURA:

n n 141-2010 n

ExtiĆ©ndese hasta el 6 de agosto del 2010, el tĆ©rmino con el que los beneficiarios de la Convocatoria PĆŗblica Nacional denominada ā€œFondo Concursable 2009-2010ā€, cuentan para la presentaciĆ³n de documentos

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n 0958 n

OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto de la Iglesia BĆ­blica Bautista ā€œVida Eterna (1ra. de JN 5:20), 4 de Diciembreā€, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

n n 0960 n

OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto del Centro Cristiano RestauraciĆ³n Familiar, con domicilio en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

n n 0961 n

OrdĆ©nase la inscripciĆ³n del Estatuto de la Iglesia de Cristo de Esmeraldas, con domicilio en el cantĆ³n y provincia de Esmeraldas

n n

MINISTERIO DE ELECTRICIDAD Y ENERGIA RENOVABLE:

n n 146 n

ApruĆ©base el Estatuto de la CorporaciĆ³n ALQUIMIA y dispĆ³nese su registro en la SubsecretarĆ­a JurĆ­dica de este Ministerio

n n 0183 n

SepĆ”rase de este Ministerio a la Agencia de RegulaciĆ³n y Control Minero, ex-DirecciĆ³n Nacional de MinerĆ­a

n n 208 n

DispĆ³nese que las atribuciones y funciones de la Agencia de RegulaciĆ³n y Control HidrocarburĆ­fera sean ejercidas en forma transitoria por la ex DirecciĆ³n Nacional de Hidrocarburos con el personal y recursos correspondientes

n n

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:

n n

– Protocolo Modificatorio del Acuerdo de CooperaciĆ³n Interinstitucional en Materia Minera entre el Ministerio de MinerĆ­a de la RepĆŗblica de Chile y el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables de la RepĆŗblica del Ecuador suscrito el 16 de septiembre del 2008

n n

– DeclaraciĆ³n Interinstitucional de Intereses del Ministerio de MinerĆ­a de la RepĆŗblica de Chile y el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables de la RepĆŗblica del Ecuador

n n

SECRETARIA NACIONAL DEL AGUA:

n n 2010-105 n

DĆ­ctanse las disposiciones administrativas para mejorar la atenciĆ³n y prestaciĆ³n de los servicios a cargo de la SENAGUA

n n RESOLUCIONES: n n

MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:

n n MRL-FI-2010-000261 n

RevĆ­sase la ubicaciĆ³n del puesto de Secretario Nacional de Ciencia y TecnologĆ­a – SENACYT, en la escala de remuneraciĆ³n mensual unificada del nivel jerĆ”rquico superior

n n

CONSEJO NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION DE LA EDUCACION SUPERIOR DEL ECUADOR:

n n 001-CONEA-2010-122-DC n

OtĆ³rgase a la Universidad TecnolĆ³gica Equinoccial, el certificado de acreditaciĆ³n institucional

n n 002-CONEA-2010-122DC n

OtĆ³rgase a la Universidad TĆ©cnica Estatal de Quevedo, el certificado de acreditaciĆ³n institucional

n n

INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:

n n

– ApruĆ©base el Procedimiento para el expurgo de los documentos del IESS

n n

PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO:

n n 121 n

RefĆ³rmase la ResoluciĆ³n NĀŗ 017 de 29 de mayo del 2009, publicada en el Registro Oficial NĀŗ 102 de 11 de junio del 2007

n n

SECRETARIA NACIONAL DEL MIGRANTE:

n n SENAMI-80-2010 n

DelƩganse atribuciones al seƱor Oscar Alejandro Jara AlbƔn

n n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

n n NAC-DGERCGC10-00493 n

ModifĆ­case la ResoluciĆ³n NĀŗ NAC-DGERCGC09-00851, publicada en el Suplemento del Registro Oficial NĀŗ 99 del 31 de diciembre del 2009

n n

FUNCION JUDICIAL

n n

CONSEJO DE LA JUDICATURA:

n n 053-2010 n

ExpĆ­dense las Normas para el funcionamiento operativo y administrativo de jueces adjuntos temporales

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n

– Gobierno Cantonal de MarcabelĆ­: Que crea la Unidad de Laboratorio de Calidad de Agua Potable o Segura

n n

– Gobierno Municipal del CantĆ³n Alfredo Baquerizo Moreno Jujan: Para la implementaciĆ³n de la polĆ­tica pĆŗblica cantonal de erradicaciĆ³n de trabajo infantil en el manejo de desechos sĆ³lidos

n n

– CantĆ³n El Tambo: Que reforma a la Ordenanza que reglamenta el uso del espacio y la vĆ­a pĆŗblica

n n

– Gobierno Municipal de TulcĆ”n: De creaciĆ³n de la Empresa PĆŗblica Municipal de Rastro

n n

– Gobierno Municipal del CantĆ³n El Carmen: Que reglamenta la determinaciĆ³n y recaudaciĆ³n del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales

n n

FE DE ERRATAS:

n n – A la publicaciĆ³n de la causa NĀŗ 0026-10-TI, emitida por la Corte Constitucional para el PerĆ­odo de TransiciĆ³n, efectuada en el Registro Oficial NĀŗ 242 de 23 de julio del 2010 n n n n

n n n n n n n n

NĀ° 141-2010

n n

Erika Sylva Charvet

n

MINISTRA DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que, el artĆ­culo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone: ā€œLa administraciĆ³n pĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆ­a, desconcen-traciĆ³n, descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³nā€;

n n

Que, dentro del marco constitucional estĆ” previsto el derecho de toda persona a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas, pudiendo, ademĆ”s, desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artĆ­sticas, y a beneficiarse de la protecciĆ³n de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones cientĆ­ficas, literarias o artĆ­sticas de su autorĆ­a; y, acceder y participar del espacio pĆŗblico como Ć”mbito de deliberaciĆ³n, intercambio cultural, cohesiĆ³n social y promociĆ³n de la igualdad en la diversidad;

n n

Que, son responsabilidades del Estado, entre otras, asegurar que los circuitos de distribuciĆ³n, exhibiciĆ³n pĆŗblica y difusiĆ³n masiva no condicionen ni restrinjan la independencia de los creadores, ni el acceso del pĆŗblico a la creaciĆ³n cultural y artĆ­stica nacional dependiente; el establecimiento de polĆ­ticas e implementar formas de enseƱanza para el desarrollo de la vocaciĆ³n artĆ­stica y creativa de las personas de todas las edades con prioridad para niƱas, niƱos y adolescentes; apoyar el ejercicio de las profesiones artĆ­sticas; establecer incentivos y estĆ­mulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicaciĆ³n promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales; y, garantizar los fondos suficientes y oportunos para la ejecuciĆ³n de la polĆ­tica cultural;

n n

Que, el Sistema Nacional de Cultura contemplado en la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, tiene como finalidad el fortalecimiento de la identidad nacional; la protecciĆ³n y promociĆ³n de la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creaciĆ³n artĆ­stica y la producciĆ³n, difusiĆ³n, distribuciĆ³n y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural;

n n

Que, mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 55-2009 de 19 de marzo del 2009, el Ministerio de Cultura expide el ā€œReglamento de Asignaciones a Proyectos y Actividades Culturales del Ministerio de Culturaā€; cuyo objeto es regular la asignaciĆ³n de recursos para la ejecuciĆ³n de las actividades culturales derivadas de los procesos generados por el Ministerio de Cultura para el cumplimiento de su misiĆ³n institucional;

n n

Que, dentro de este contexto, el Ministerio de Cultura, con fecha 20 de octubre del 2009 se realizĆ³ la Convocatoria PĆŗblica Nacional denominada ā€œFondo Concursable 2009-2010ā€, la cual consiste en una asignaciĆ³n econĆ³mica que el Ministerio de Cultura del Ecuador entrega para el desarrollo de proyectos presentados por artistas, gestores, promotores culturales, investigadores, personas naturales y jurĆ­dicas; cuyos temas, productos o resultados promuevan los procesos de investigaciĆ³n, puesta en valor, fomento de la creatividad, producciĆ³n artĆ­stica, acceso universal a los bienes culturales libres y diversos, circulaciĆ³n de contenidos simbĆ³licos y productos culturales y el fortalecimiento de espacios y acciones que impulsen la interculturalidad;

n n

Que, mediante la expediciĆ³n de los acuerdos ministeriales Nos. 065-2010, 066-2010, 067-2010, 068-2010 y 069-2010 de 14 de abril del 2010, el Ministerio de Cultura oficializĆ³ la nĆ³mina de beneficiarios del ā€œFondo Concursable 2009-2010ā€;

n n

Que, el numeral 3.1. de las bases tĆ©cnicas de la Convocatoria PĆŗblica Nacional denominada ā€œFondo Concursable 2009-2010ā€, establece: ā€œEl convenio se suscribirĆ” en la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a JurĆ­dica (ubicada en la Ciudad de Quito) en el tĆ©rmino mĆ”ximo de cuarenta y cinco (45) dĆ­as, contados a partir de la fecha de notificaciĆ³n a cada beneficiario con el contenido del Acuerdo Ministerial. Para suscribir el convenio de cooperaciĆ³n y asignaciĆ³n de fondos con el Ministerio de Cultura, se deberĆ” presentar la siguiente documentaciĆ³n: (…)ā€;

n n

Que, durante el perĆ­odo concedido para el efecto, los beneficiarios de la Convocatoria PĆŗblica Nacional denominada ā€œFondo Concursable 2009-2010ā€, no han logrado reunir la documentaciĆ³n habilitante requerida por el Ministerio de Cultura para la suscripciĆ³n de los respectivos convenios de cooperaciĆ³n y asignaciĆ³n de fondos; por lo que es necesario, en observancia de los principios constitucionales mencionados, brindarles mayores facilidades para que presenten la documentaciĆ³n del caso;

n n

Que, mediante memorando NĀ° 641-MC-DPDC-2010 de 19 de julio del 2010, la Directora de PromociĆ³n y DifusiĆ³n de la Creatividad informa a la SubsecretarĆ­a TĆ©cnica los inconvenientes mencionados en el considerando precedente y considera que se debe extender hasta el dĆ­a 6 de agosto el tĆ©rmino inicialmente concedido en las bases tĆ©cnicas de la Convocatoria PĆŗblica Nacional denominada ā€œFondo Concursable 2009-2010ā€. Mediante nota marginada de fecha 21 de julio del 2010, la SubsecretarĆ­a TĆ©cnica dispone a la DirecciĆ³n de AsesorĆ­a JurĆ­dica proceder con las acciones pertinentes para ampliar el plazo; y,

n n

Por disposiciĆ³n de la ley y en ejercicio de sus atribuciones,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Extender hasta el dĆ­a 6 de agosto del 2010, el tĆ©rmino con el que los beneficiarios de la Convocatoria PĆŗblica Nacional denominada ā€œFondo Concursable 2009-2010ā€, cuentan para la presentaciĆ³n de documentos habilitantes establecidos en el numeral 3.1. de las bases tĆ©cnicas de la convocatoria en menciĆ³n. Esta extensiĆ³n de tiempo, se entiende concedida Ćŗnicamente a los beneficiarios que no lograron reunir la documentaciĆ³n habilitante requerida por el Ministerio de Cultura, en el tĆ©rmino inicialmente concedido en las bases.

n n

Art. 2.- De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo ministerial encĆ”rguese a la SubsecretarĆ­a TĆ©cnica y a la DirecciĆ³n de PromociĆ³n y DifusiĆ³n de la Creatividad.

n n

Art. 3.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia desde el momento de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

ComunĆ­quese y publĆ­quese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los veintiĆŗn dĆ­as del mes de julio del 2010.

n n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura. n n n n NĀŗ 0958 n n MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS n n Ramiro Rivadeneira Silva n SUBSECRETARIO DE ASESORIA JURIDICA n n Considerando: n n

Que, en esta SecretarĆ­a de Estado se ha presentado una solicitud y documentaciĆ³n pertinente para la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n en los registros correspondientes, del estatuto de la entidad religiosa denominada Iglesia BĆ­blica Bautista ā€œVida Eterna (1ra. de JN 5:20), 4 de diciembreā€;

n n

Que, los numerales 8 y 13 del artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, en su orden, reconocen y garantizan a las personas el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos; y, el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que, mediante informe jurĆ­dico NĀŗ 2010-537-SJ-vv de 8 de marzo del 2010, se emite pronunciamiento favorable para que se disponga la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n en los registros correspondientes del estatuto de la entidad religiosa denominada Iglesia BĆ­blica Bautista ā€œVida Eterna (1ra. de JN 5:20), 4 de diciembreā€, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937 (Ley de Cultos), publicado en el Registro Oficial NĀŗ 547 de 23 del mismo mes y aƱo, asĆ­ como, con el Reglamento de Cultos Religiosos, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 365 de 20 de enero del 2000; y,

n n

En ejercicio de la delegaciĆ³n otorgada por el seƱor Ministro de Gobierno, PolicĆ­a y Cultos, mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 0704 de 9 de febrero del 2010 y conforme establece la Ley de Cultos y su reglamento de aplicaciĆ³n,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Ordenar la inscripciĆ³n del estatuto de la entidad religiosa denominada Iglesia BĆ­blica Bautista ā€œVida Eterna (1ra. de JN 5:20), 4 de diciembreā€ en el Registro de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del CantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, domicilio de la entidad.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Disponer que la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, PolicĆ­a y Cultos cualquier modificaciĆ³n en los estatutos o en el personal del gobierno interno; ingreso y egreso de miembros, asĆ­ como los cambios del representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTICULO TERCERO.- Disponer se incorpore al Registro General de Entidades Religiosas del Ministerio de Gobierno, el estatuto y expediente de la entidad religiosa denominada Iglesia BĆ­blica Bautista ā€œVida Eterna (1ra. de JN 5:20), 4 de diciembreā€, de conformidad con el Art. 11 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

ARTICULO CUARTO.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artĆ­culo 126 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva.

n n

ARTICULO QUINTO.- El presente acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

ComunĆ­quese.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 11 de marzo del 2010.

n n

f.) Ramiro Rivadeneira Silva, Subsecretario de AsesorĆ­a JurĆ­dica, Ministerio de Gobierno, PolicĆ­a y Cultos.

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en 2 foja(s) Ćŗtil(es) reposa en los archivos de la SubsecretarĆ­a JurĆ­dica.- Quito, 23 de abril del 2010.- f.) Ilegible, SubsecretarĆ­a JurĆ­dica.

n n n n NĀŗ 0960 n n MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS n n Ramiro Rivadeneira Silva n SUBSECRETARIO DE ASESORIA JURIDICA n n Considerando: n n

Que, en esta SecretarĆ­a de Estado se ha presentado una solicitud y documentaciĆ³n pertinente para la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n en los registros correspondientes, del estatuto de la entidad religiosa denominada Centro Cristiano RestauraciĆ³n Familiar;

n n

Que, los numerales 8 y 13 del artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, en su orden, reconocen y garantizan a las personas el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos; y, el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que, mediante informe jurĆ­dico NĀŗ 2010-535-SJ-vv de 8 de marzo del 2010, se emite pronunciamiento favorable para que se disponga la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n en los registros correspondientes del estatuto de la entidad religiosa denominada Centro Cristiano RestauraciĆ³n Familiar, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937 (Ley de Cultos), publicado en el Registro Oficial NĀŗ 547 de 23 del mismo mes y aƱo, asĆ­ como, con el Reglamento de Cultos Religiosos, publicado en el Registro Oficial NĀŗ 365 de 20 de enero del 2000; y,

n n

En ejercicio de la delegaciĆ³n otorgada por el seƱor Ministro de Gobierno, PolicĆ­a y Cultos, mediante Acuerdo Ministerial NĀŗ 0704 de 9 de febrero del 2010 y conforme establece la Ley de Cultos y su reglamento de aplicaciĆ³n,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Ordenar la inscripciĆ³n del estatuto de la entidad religiosa denominada Centro Cristiano RestauraciĆ³n Familiar en el Registro de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del CantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, domicilio de la entidad.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Disponer que la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, PolicĆ­a y Cultos cualquier modificaciĆ³n en los estatutos o en el personal del gobierno interno; ingreso y egreso de miembros, asĆ­ como los cambios del representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTICULO TERCERO.- Disponer se incorpore al Registro General de Entidades Religiosas del Ministerio de Gobierno, el estatuto y expediente de la entidad religiosa denominada Centro Cristiano RestauraciĆ³n Familiar, de conformidad con el Art. 11 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

ARTICULO CUARTO.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artĆ­culo 126 del estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la Funci&oacut