n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Jueves, 19 de Agosto de 2010 – R. O. No. 260

n n

n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n DECRETOS: n n 449 n

Acéptase la renuncia del señor Luis Isaac Salazar Buitrón y nómbrase al doctor Pedro Jorge Dávila Guevara, Gobernador de la provincia de Imbabura

n n 452 n

Promuévese al inmediato grado superior a varios coroneles EMC. de la Fuerza Terrestre

n n 453 n

Promuévese al inmediato grado superior a los generales de Brigada de la Fuerza Terrestre, Luis Patricio Cárdenas Proaño y Julio César Mancheno Prías

n n 456 n

Declárase en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República a la ciudad de Bogotá-Colombia

n n ACUERDOS: n n MINISTERIO DE CULTURA: n n 136-2010 n

Oficialízase la nómina de treinta (30) beneficiarios dentro de la modalidad “Festivales desde dos (2) ediciones hasta tres (3) ediciones” de la convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2010” – Fase Sostenimiento

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n 0931 n

Refórmase el Estatuto de la Iglesia Evangélica Bautista Cristo El Rey, con domicilio en el cantón y provincia de Cañar

n n 0932 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la Misión Evangelística Linaje Real, con domicilio en el cantón Otavalo, provincia de Imbabura

n n

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:

n n

– Notas Reversales del Convenio entre la República del Ecuador y la República Argentina para el Cumplimiento de Condenas Penales

n n

– Convenio entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Arabe de Egipto sobre Protección y Restitución de Bienes Culturales Robados o Ilícitamente Transferidos

n n EXTRACTOS: n n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

n n

– Extractos de las absoluciones de las consultas firmadas por el Director General del SRI correspondientes al mes de junio del 2010

n n RESOLUCIONES: n n

DIRECCION NACIONAL DE LOS ESPACIOS ACUATICOS:

n n 011/2010 n

Expídense las Normas para la navegación y maniobras de giro en el estero Santa Ana

n n

UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA:

n n UIF-DG-2010-0090 n

Refórmase la Resolución Nº UIF-DG-2008-0033 por medio de la cual se establecieron los requisitos para la obtención del código de registro de sujetos obligados a reportar a esta unidad

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n

– Gobierno Municipal del Cantón Pedro Moncayo: Que regula la constitución, organización y funcionamiento de la Empresa Pública Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Básico, EP-EMASA-PM

n n

– Gobierno Cantonal de Marcabelí: Que regula la implantación de estaciones radioeléctricas fijas de los servicios de radiocomunicaciones fijo y móvil terrestre y servicio de televisión por cable

n n

– Cantón El Tambo: Que reforma a la Ordenanza de adecentamiento

n n

– Concejo Cantonal de Santiago: Que cambia la denominación de Municipio de Santiago a Gobierno Municipal del Cantón Santiago

n n n n n n

n n n n n n n n

No. 449 n n Rafael Correa Delgado n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1840 de julio 22 del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 650 de agosto 6 del 2009, se nombró como Gobernador de la provincia de Imbabura al señor Luis Isaac Salazar Buitrón;

n n

Que el señor Luis Isaac Salazar Buitrón presentó su renuncia al cargo de Gobernador de la provincia de Imbabura; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 9 del artículo 147 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 11, literal b) del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia del señor Luis Isaac Salazar Buitrón, y agradecerle por los valiosos servicios prestados a la provincia de Imbabura y a la República del Ecuador.

n n

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Pedro Jorge Dávila Guevara, Gobernador de la provincia de Imbabura.

n n

Artículo Final.- Este decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 2 de agosto del 2010, fecha en que se rememora el Bicentenario de la Inmolación de los Patriotas del 10 de agosto de 1809.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 2 de agosto del 2010.

n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n n n n

No. 452

n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

n n

En ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 147, numeral 5 de la Constitución de la República y el 1, literal a) reformado de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de Las Fuerzas Armadas, y, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previa resolución del Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, constante en oficio No. 2010-132-SCOGFT del 14 de julio del 2010,

n n Decreta: n n

Art. 1.- Por haber cumplido con los requisitos determinados en los artículos 117 y 122 lit. d), de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y por existir las vacantes respectivas promuévase al inmediato grado superior, con la fecha que se indica a continuación, con derecho a bonificación de ascenso a los siguientes señores oficiales superiores:

n n

LISTA DE PROMOCION DEFINITIVA DE OFICIALES SUPERIORES DE LA FUERZA TERRESTRE, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010.

n n

CORONELES EMC:

n

PROMOCION No. 76. DEL 10 DE AGOSTO DEL 2003

n

CON FECHA 10 DE AGOSTO DEL 2010:

n n

704944808 CRNL EMC. Troya Orti Oscar Plutarco

n

1001143559 CRNL EMC. Proaño Daza Angel Fernando

n

1705628095 CRNL EMC. Villacís Trujillo Hugo Patricio

n

1706588918 CRNL EMC. Vásconez Hurtado Roberto Enrique

n

1705640843 CRNL EMC. Albuja Valdivieso Javier Fernando

n

1704447414 CRNL EMC. Drouet Chiriboga Fernando Francisco

n n

Art. 2.- El señor Ministro de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución del presente decreto.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a los 4 días del mes de agosto del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 4 de agosto del 2010.

n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n n n n

No. 453

n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

n n

En ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 147, numeral 5 de la Constitución de la República y el 1, literal a) reformado, de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de Las Fuerzas Armadas, y, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previa resolución del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, constante en oficio No. CSFA-076-2010-O del 20 de julio del 2010,

n n Decreta: n n

Art. 1.- Por haber cumplido con los requisitos determinados en los artículos 117 y 122 lit. “e”, de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y por existir las vacantes respectivas PROMUEVASE al inmediato grado superior, con la fecha que se indica a continuación, con derecho a bonificación de ascenso a los siguientes señores oficiales generales:

n n

LISTA DE PROMOCION DEFINITIVA DE OFICIALES GENERALES DE LA FUERZA TERRESTRE, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2010.

n n

GENERALES DE BRIGADA:

n

PROMOCION No. 72, DEL 10 DE AGOSTO DEL 2005

n

CON FECHA 10 DE AGOSTO DE 2010:

n n

1704373305 GRAB. Cárdenas Proaño Luis Patricio

n

0601002595 GRAB. Mancheno Prías Julio César

n n

Art. 2.- El señor Ministro de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución del presente decreto.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 4 de agosto del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 4 de agosto del 2010.

n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n n n n

No. 456

n n

Rafael Correa Delgado

n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 147 número 5 de la Constitución de la República del Ecuador, y el artículo 11 literal f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Decreta: n n

Artículo Primero.- Declarar en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República a la ciudad de Bogotá-Colombia, el 7 de agosto del 2010, con motivo de su asistencia a la ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial, conformada de la siguiente manera:

n n

Socióloga Doris Solíz Carrión, Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n n

Sociólogo Miguel Carvajal Aguirre, Ministro Coordinador de Seguridad.

n n

Economista Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n

Señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n n

Señor Andrés Terán Parral, Encargado de Negocios a.i. del Ecuador en Colombia.

n n

Señor Plácido Armando Aguilar, Asambleísta.

n n

Señor Augusto Barrera Guarderas, Alcalde del Distrito Metropolitano de Quito.

n n

General (SP) René Yandún Pozo, Prefecto Provincial del Carchi.

n n

Señor Orlando René Grefa, Prefecto Provincial de Sucumbíos.

n n

Artículo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones para cada uno de los ministros de Estado, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

Artículo Tercero.- Los viáticos y más gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva.

n n

Artículo Cuarto.- Este decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 5 de agosto del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 5 de agosto del 2010.

n n

f.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n n n n

N° 136-2010

n n

Erika Sylva Charvet

n

MINISTRA DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el artículo 22 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.”;

n n

Que el numeral 1 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Serán responsa-bilidades del Estado: 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador.”;

n n

Que el numeral 6 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Serán responsa-bilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales.”;

n n

Que el numeral 7 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Serán responsa-bilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, así como su difusión masiva.”;

n n

Que el artículo 17 de la Ley de Regulación Económica y Control de Gasto Público, establece: “prohíbese a las instituciones autónomas y a las del sector público en general, realizar donaciones a personas naturales o jurídicas privadas, pagos por trofeos, premios, agasajos y otros conceptos similares, así como asignaciones a organismos privados, con excepción de aquellos que correspondan a programas de desarrollo cultural, desarrollo y promoción turística, deportiva, comunitaria y científica, o que hayan sido establecidos mediante disposición legal y siempre que exista la partida presupuestaria correspondiente.”;

n n

Que el Ministerio de Cultura es el organismo rector y responsable de la formulación y ejecución de la política de desarrollo cultural del país, dentro del mayor respeto a la libertad de los ciudadanos y de sus organizaciones privadas;

n n

Que mediante Acuerdo Ministerial N° 007-2010 de 26 de enero del 2010, se aprueban y expiden las bases técnicas para la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2010” – Fase Sostenimiento, la cual tiene por objeto asignar recursos económicos para la continuidad, sostenibilidad y fortalecimiento técnico de los festivales financiados por el Ministerio de Cultura del Ecuador en el ejercicio fiscal 2009. Mediante Acuerdo Ministerial N° 032-2010 de 1 de marzo del 2010, se reforman varios artículos de las bases técnicas para la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2010” – Fase Sostenimiento;

n n

Que el numeral 1.10 del capítulo 1 del artículo primero de las bases técnicas para la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2010” – Fase Sostenimiento, establece: “Plazo de ejecución de festivales.- Los festivales que se presenten a la Convocatoria “Sistema Nacional de Festivales 2010” – Fase Sostenimiento, podrán incluir en su plan de ejecución (cronograma temporalizado) actividades realizadas a partir del mes de enero hasta diciembre del año 2010, siempre y cuando tengan relación con el ítem 1.17 – categoría de los gastos, señalado en la presente convocatoria, para tal efecto, el Ministerio de Cultura permitirá que los festivales seleccionados presenten o incluyan en sus informes (control, seguimiento, evaluación y final), justificativos técnicos y económicos efectuados o incurridos a partir del mes de enero del año 2010.”;

n n

Que dentro de los proyectos contemplados en el Plan Operativo Anual (POA) 2010 de esta Cartera de Estado, se encuentra la asignación de fondos para el proyecto denominado “Sistema Nacional de Festivales 2010” – Fase Sostenimiento;

n n

Que mediante memorando N° 72-MC-SUBPLAN-010 de 25 de enero del 2010, la Subsecre