n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Martes, 10 de Agosto de 2010 – R. O. No. 254

n n

n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n ACUERDOS: n n

MINISTERIO DE EDUCACION:

n n 119-09 n

Apruébase el estatuto y concédese personería jurídica, a la Fundación Municipal Bienal de Cuenca, con domicilio en la ciudad de Cuenca, provincia del Azuay

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n 0870 n

Refórmase el Estatuto de la Iglesia Evangélica “El Altar de Dios”, con domicilio en el cantón Riobamba, provincia de Chimborazo

n n 1276 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la Iglesia Santidad Pentecostal, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha

n n

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA:

n n 00000299 n

Apruébase el estatuto constitutivo y concédese personalidad jurídica a la Fundación Ayúdame a Vivir con Cáncer – FAVCa, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

n n 00000300 n

Declárase como prioridad de salud pública el control epidemiológico de la tuberculosis, para lo cual este Ministerio es el responsable de establecer y controlar la aplicación de la normativa para la detección precoz, diagnóstico, tratamiento, y vigilancia epidemiológica de esta patología

n n EXTRACTOS: n n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

n n

– Extractos de las absoluciones de las consultas firmadas por el Director General del SRI correspondientes al mes de marzo del 2010

n n RESOLUCIONES: n n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n n 227 n

Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto “Reforzamiento de pista y plataforma, calle de rodaje, construcción de edificio terminal, edificaciones técnicas de apoyo, cerramientos, vías de acceso y obras civiles para las instalaciones eléctricas del aeropuerto de Lago Agrio”, ubicado en la ciudad de Nueva Loja, provincia de Sucumbíos y otórgase la licencia ambiental al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para la ejecución de dicho proyecto

n n

CONSEJO NACIONAL DE AVIACION CIVIL:

n n DP-CNAC-002/2010 n

Deléganse atribuciones a la licenciada Margie Salvador Jaramillo

n n

CONSEJO NACIONAL ELECTORAL:

n n PLE-CNE-3-27-7-2010 n

Expídese el Reglamento para consultas populares, iniciativa popular normativa y revocatoria del mandato

n n

INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL:

n n 006-2010 DNPI-IEPI n

Deléganse facultades al abogado Gustavo Xavier Pesantes Román, Experto Principal en Protección y Observancia (E)

n n 10-021 P-IEPI n

Expídese el Instructivo para la Aplicación del Reglamento para la calificación y registro de las y los peritos o las expertas y los expertos técnicos ante el IEPI

n n

INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA:

n n INCOP-044-2010 n

Inclúyense disposiciones en la declaración de agregado nacional en los modelos de pliegos de uso obligatorio para los procedimientos de adquisición de bienes y servicios

n n INCOP-045-2010 n

Expídense disposiciones para las contrataciones en situaciones de emergencia

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n

– Gobierno Municipal del Cantón Naranjal: Que reforma a la Ordenanza que reglamenta la conservación y ocupación del espacio y de la vía pública

n n

– Gobierno Municipal del Cantón Shushufindi: Sustitutiva que reglamenta la conservación y uso de la vía pública

n

n n n n n n n n

No. 119-09 n n

Gloria Vidal Illingworth

n

MINISTRA DE EDUCACION (E)

n n Considerando: n n

Que el artículo 66 numeral 13 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que según los artículos 565 y 567 de la Codificación del Código Civil, publicada en el Registro Oficial No. 46 de junio 24 del 2005, corresponde al Presidente de la República aprobar mediante la concesión de personería jurídica, a las organizaciones de derecho privado, que se constituyan de conformidad con las normas del Título XXX, Libro I del citado cuerpo legal;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de noviembre 28 de 1998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de noviembre 30 del mismo año, el Presidente Constitucional de la República delegó la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo al ámbito de su competencia, apruebe los estatutos y las reformas a los mismos, de las organizaciones pertinentes;

n n

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 9 de 15 de enero del 2007, el Presidente Constitucional de la República designó como Ministro de Educación al Lic. Raúl Vallejo Corral, Secretario de Estado, que de conformidad con el Art. 17 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, es competente para el despacho de los asuntos inherentes a esta Cartera de Estado;

n n

Que la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, mediante memorando No. 661-DNAJ-2009 de 19 de marzo del 2009, ha emitido informe favorable, para la aprobación del estatuto y concesión de la personería jurídica a favor de la Fundación Municipal Bienal de Cuenca, con domicilio en la ciudad de Cuenca, provincia del Azuay por cumplir los requisitos establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 3054 de agosto 30 del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 660 de septiembre 11 del mismo año, reformado según decreto No. 982 de 25 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008; y,

n n

En uso de las atribuciones legales que le confieren el Art. 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y el Art. 17 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personería jurídica, a la Fundación Municipal Bienal de Cuenca, con domicilio la ciudad de Cuenca, provincia del Azuay.

n n

Art. 2.- En el Art. 1 sustitúyase Título XXIX por Título XXX y Decreto Ejecutivo No. 3055 por Decreto Ejecutivo No. 3054.

n n

Art. 3.- Registrar en calidad de miembro fundador a la Ilustre Municipalidad de Cuenca.

n n

Art. 4.- Disponer que la Fundación Municipal Bienal de Cuenca ponga en conocimiento del Ministerio de Educación, la nómina de la directiva designada, una vez adquirida la personería jurídica y las que se sucedan, en el plazo de quince días posteriores a la fecha de elección, para el registro respectivo.

n n

Art. 5.- La Fundación Municipal Bienal de Cuenca remitirá al Ministerio de Educación el registro electrónico de los directivos y los informes anuales de actividades conforme lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento para la aprobación y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro contenido en el Decreto ejecutivo 3054 de agosto 30 del 2002.

n n

Art. 6.- Los conflictos internos de las organizaciones a las que se refiere el Reglamento para la aprobación, y extinción de personas jurídicas de derecho privado, con finalidad social y sin fines de lucro contenido en el Decreto Ejecutivo 3054 de agosto 30 del 2002, publicado en el Registro Oficial No. 660 de septiembre 11 del mismo año reformado según Decreto No. 982 de 35 de marzo del 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008 y de estas entre sí, deberán ser resueltas de conformidad con las disposiciones estatutarias, y, en caso de persistir, se someterán a las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, publicado en el Registro Oficial No. 145 de septiembre 4 de 1997 o a la justicia ordinaria.

n n

Art. 7.- La fundación se sujetará a los siguientes controles:

n n

a) Control de funcionamiento a cargo del Ministerio de Educación quien verificará en el cumplimiento de los fines para los cuales es creada;

n n

b) Control de utilización de recursos públicos por parte de los organismos de control del Estado y de la institución a través de la cual transfiere los recursos públicos; y,

n n

c) Control tributario a cargo del Servicio de Rentas Internas.

n n

Publíquese de conformidad con la ley.

n n

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 2 de abril del 2009.

n n

f.) Gloria Vidal Illinworth, Ministra de Educación (E).

n n

MINISTERIO DE EDUCACION.- DIRECCION NACIONAL DE ASESORIA JURIDICA.- Certifico.- Que esta copia es igual a su original.- Fecha: 21 de julio del 2010.- f.) Fernando Arcos.

n n n n

No. 0870

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS

n n

Ramiro Rivadeneira Silva

n

SUBSECRETARIO DE ASESORIA JURIDICA

n n Considerando: n n

Que, el representante legal de la Iglesia Evangélica “El Altar de Dios”, con domicilio en el cantón Riobamba, provincia de Chimborazo, ha solicitado a este Ministerio el registro del estatuto reformado, instrumento que ha sido aprobado en asamblea general realizada el día 25 de junio del 2009;

n n

Que, dicha organización religiosa fue reconocida jurídicamente mediante Acuerdo Ministerial No. 1051 de 3 de agosto de 1998 con el nombre Iglesia Evangélica “El Altar de Dios”;

n n

Que, mediante informe jurídico No. 2010-461-SJ/vv de 1 de marzo del 2010, se emite pronunciamiento favorable para el registro del estatuto reformado; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos con Acuerdo Ministerial No. 0704 de 9 de febrero del 2010 y conforme dispone la Ley de Cultos y el Reglamento de Cultos Religiosos,

n n Acuerda: n n

Artículo Primero: Disponer al Registrador de la Propiedad del cantón Riobamba, domicilio de la entidad religiosa, tome nota en el respectivo registro la reforma del Estatuto de la Iglesia Evangélica “El Altar de Dios”, al tenor de lo dispuesto en el Art. 4 del Decreto No. 212, publicado en el Registro Oficial No. 547 de 23 de julio de 1937, y Art. 12 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

Artículo Segundo: Ordenar que la entidad religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos, siempre que así lo resolviere, cualquier modificación en el estatuto, ingreso o salida de miembros, cambios en el personal del gobierno interno o del representante legal de la entidad, a efectos de disponer su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

Artículo Tercero: El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su notificación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Comuníquese. n n

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 3 de marzo del 2010.

n n

f.) Ramiro Rivadeneira Silva, Subsecretario de Asesoría Jurídica, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos.

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en una foja(s) útil(es) reposa en los archivos de la Subsecretaría Jurídica.- Quito, a 5 de julio del 2010.- f.) Ilegible, Subsecretaría Jurídica.

n n n n

Nº 1276

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS

n n

Tania Pauker Cueva

n

SUBSECRETARIA DE COORDINACION POLITICA

n n Considerando: n n

Que, en esta Secretaría de Estado se ha presentado una solicitud y documentación pertinente para la inscripción y publicación en los registros correspondientes del estatuto de la entidad religiosa denominada Iglesia Santidad Pentecostal, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha;

n n

Que, los numerales 8 y 13 del artículo 66 de la Constitución de la República, en su orden, reconocen y garantizan a las personas el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos; y, el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

n n

Que, mediante informe jurídico Nº 2010-0891-SJ-ggv de 12 de abril del 2010, se emite pronunciamiento favorable para que se disponga la inscripción y publicación en los registros correspondientes del estatuto de la entidad religiosa denominada Iglesia Santidad Pentecostal, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937 (Ley de Cultos), publicado en el Registro Oficial Nº 547 de 23 del mismo mes y año, así como, con el Reglamento de Cultos Religiosos, publicado en el Registro Oficial Nº 365 de 20 de enero del 2000; y,

n n

En ejercicio de la delegación otorgada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos, mediante Acuerdo Ministerial Nº 0953 de 11 de marzo del 2010 y conforme establece la Ley de Cultos y su reglamento de aplicación,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Ordenar la inscripción del estatuto de la entidad religiosa denominada Iglesia Santidad Pentecostal, en el Registro de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del Cantón Quito, provincia de Pichincha, domicilio de la entidad.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Disponer que la organización religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos cualquier modificación en los estatutos o en el personal del gobierno interno; ingreso y egreso de miembros, así como los cambios del representante legal de la entidad, a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

n n

ARTICULO TERCERO.- Disponer se incorpore al Registro General de Entidades Religiosas del Ministerio de Gobierno, el estatuto y expediente de la entidad religiosa denominada Iglesia Santidad Pentecostal, de conformidad con el Art. 11 del Reglamento de Cultos Religiosos.

n n

ARTICULO CUARTO.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 126 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

ARTICULO QUINTO.- El presente acuerdo, entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n Comuníquese. n n

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 5 de mayo del 2010.

n n

f.) Tania Pauker Cueva, Subsecretaria de Coordinación Política, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que en dos foja(s) útil(es) reposa en los archivos de la Subsecretaría Jurídica.- Quito, 25 de junio del 2010.- f.) Ilegible, Subsecretaría Jurídica.

n n n