n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Lunes, 02 de Agosto de 2010 – R. O. No. 248

n n

n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n ACUERDOS: n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA:

n n 270 n

Prorrógase hasta el día domingo 11 de julio del 2010 inclusive, la vigencia del Acuerdo Ministerial Nº 257 del 25 de junio del 2010

n n 273 n

Refórmase el Estatuto Orgánico por Procesos del MAGAP

n n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n n 094 n

Apruébase el Estatuto de la Asociación Guayllabamba WATERKEEPER, domiciliada en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

MINISTERIO DE EDUCACION:

n n 0443-10 n

Derógase el Acuerdo Ministerial Nº 250 de 10 de julio del 2007

n n 0448-10 n

Desígnase a la master María Eugenia Racines Peñaherrera, Coordinadora Zonal de la Región Nº 6, como Vocal Principal del Directorio de la Fundación Municipal de la Bienal Internacional de Cuenca

n n

MINISTERIO DE FINANZAS:

n n 191 MF-CGAF-2010 n

Encárganse las funciones de Coordinador General de Administración de Activos y Derechos ex AGD, al doctor Cristian Escobar, Director de Fideicomisos

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n 0894 n

Ordénase la inscripción del Estatuto del Ministerio Apostólico “Unción de Dios a las Naciones”, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

n n 0895 n

Ordénase la inscripción del Estatuto del Ministerio Cristiano “Refugio Beth-el”, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

n n

MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES:

n n 202 n

Escindir de este Ministerio, al Instituto Nacional de Investigación Geológico Minero Metalúrgico, ex-Servicio Geológico Nacional

n n CONSULTA DE AFORO: n n

CORPORACION ADUANERA ECUATORIANA:

n n GGN-CGA-DVN-JNC-OF-0014 n

Relativo a la mercancía “Línea completa de embotellado, sin montar todavía”, realizada por la Compañía Cervecería Nacional CN S. A.

n n RESOLUCIONES: n n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n n 209 n

Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Ex Post y Plan de Manejo Ambiental para el Area Yanaquincha correspondiente a la Fase de Desarrollo y Producción, el cual incluye la ampliación de las plataformas Yanaquincha Este, Yanaquincha Oeste, Angel Norte, Aguajal y Pacay y construcción de la nueva plataforma Paka Norte, así como la perforación de 38 pozos, ubicada en los cantones Joya de los Sachas, Orellana y Shushufindi, provincia de Orellana y otórgase la licencia ambiental a PETROAMAZONAS EP, para la ejecución de dicha ampliación

n n

CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA:

n n 015-CNNA-2010 n

Autorízase a la Agencia “Asociación de Ayuda a la Infancia del Mundo -AAIM”, para que intermedie adopción internacional en el Ecuador

n n 016-CNNA-2010 n

Autorízase a la Agencia “Joshua Tree Adoption d/b/d/ American International Children Alliance (Joshua Tree Adoption / AICA”, para que intermedie adopción internacional en el Ecuador

n n

INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO AGRARIO (INDA):

n n 05 n

Delégase bajo su responsabilidad al Director de Solución de Conflictos, la sustanciación de los trámites de resolución a la adjudicación, oposición a la adjudicación, presentación de títulos que se sustancien de conformidad con la Ley de Tierras Baldías y Colonización, siempre que se hayan presentado a trámite antes de la expedición del Decreto Ejecutivo No. 373, de 28 de mayo del 2010

n n 06 n

Créase el Fondo a Rendir Cuentas para el pago en efectivo de egresos que se deriven del cumplimiento de las actividades propias de la institución

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n

– Gobierno Municipal de Montúfar: Que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos para el bienio 2010-2011

n n

– Cantón El Empalme: Modificatoria que regula la administración, control y recaudación por el servicio de agua potable

n

n n n n n n n n

No. 270 n n Ramón L. Espinel n

MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA

n n Considerando: n n

Que mediante Acuerdo Ministerial número 257 del 25 de junio del 2010, el señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, encargó el Despacho Ministerial al señor doctor Juan Manuel Domínguez Andrade, Viceministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, desde el día lunes 28 de junio del 2010, hasta el día miércoles 7 de julio del mismo año, inclusive; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República; y, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo único.- Prorrogar hasta el día domingo 11 de julio del 2010 inclusive, la vigencia del Acuerdo Ministerial número 257 del 25 de junio del 2010.

n n

Comuníquese y publíquese.

n n

Dado en la ciudad de Guayaquil, a los 8 días del mes de julio del 2010.

n n

f.) Dr. Ramón L. Espinel, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Fecha: 15 de julio del 2010.- f.) Secretario General, MAGAP.

n n n n

No. 273

n n

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA

n n Considerando: n n

Que la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, LOSCCA, promulgada en el Registro Oficial No. 16 del 12 de mayo del 2005, en su artículo 54, literales a), b) y c), estableció, entre otras atribuciones de la ex – SENRES, hoy Ministerio de Relaciones Laborales, ejercer la rectoría de la administración del desarrollo institucional en procesos de diseño; reformar e instrumentar estructuras organizacionales por procesos, así como de recursos humanos en el sector público; proponer políticas de Estado y de Gobierno sobre esta materia; y, dictar los instrumentos normativos para el cumplimiento de la misión institucional;

n n

Que el último inciso del artículo 113 del Reglamento a la Codificada de la LOSCCA estableció el procedimiento a seguir para aprobar los reglamentos y estatutos orgánicos de las instituciones del sector público;

n n

Que la ex-SENRES, hoy Ministerio de Relaciones Laborales, mediante Resolución No. SENRES-PROC-2006-0000046, dictó la norma técnica de diseño de reglamentos y estatutos orgánicos de gestión organizacional por procesos, la misma que fue promulgada en el Registro Oficial No. 251 del 17 de abril del 2006;

n n

Que el Decreto Ejecutivo No. 437, promulgado en el Registro Oficial No. 120 del 5 de julio del 2007, facultó a los ministros de Estado la organización de cada uno de sus ministerios; la creación o supresión de subsecretarías, sin que sea necesaria la expedición de decretos ejecutivos; así como la competencia para reformar los textos unificados de legislación secundaria de los ministerios, en los términos del artículo 20 del Estatuto Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;

n n

Que el Decreto Ejecutivo No. 1577 promulgado en el Registro Oficial No. 535 del 26 de febrero del 2009, en el literal e) de su artículo 5 confirió atribuciones a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES, para emitir informes previos a la creación, reorganización, fusión y supresión de los organismos y entidades públicas dependientes de la Función Ejecutiva;

n n

Que el Decreto Ejecutivo No. 373 de 28 de mayo del 2010, suprimió el Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, INDA y sus competencias fueron transferidas al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, MAGAP. El mencionado cuerpo normativo, además, creó la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria;

n n

Que en virtud del Acuerdo Ministerial número 060 del 22 de abril del 2009, publicado en el Registro Oficial número 598 del 26 de mayo del 2009, se expidió el Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca;

n n

Que el Decreto Ejecutivo No. 195 del 29 de diciembre del 2009, promulgado en el Registro Oficial, Suplemento No. 111 del 19 de enero del 2010, fijó los lineamientos estructurales para la organización de las unidades administrativas en los niveles de Dirección, Asesoría, Apoyo y Operativo de los ministerios de Coordinación y Sectoriales, así como de las secretarías e institutos nacionales pertenecientes a la Función Ejecutiva;

n n

Que la Resolución No. MRL-FI-2010-000033, promulgada en Registro Oficial No. 172 del 15 de abril del 2010, determinó el procedimiento que se aplicará en los procesos de diseño, rediseño e instrumentación de estructuras organizacionales;

n n

Que, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES, mediante el oficio No. SENPLADES-SRDE-2010-0272 de 21 de junio del 2010, emitió el informe favorable para que proceda la reforma del Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, MAGAP, en armonía con la Reforma Democrática del Estado;

n n

Que el Ministro de Relaciones Laborales mediante el oficio No. MRL-FI-2010-0005507 de 6 de julio del 2010, emitió el dictamen favorable para que proceda la reforma del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, MAGAP, de conformidad con lo que establecen los literales a) y c) del artículo 54 de la Codificación de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público, LOSCCA; así como, el último inciso del artículo 113 de su reglamento;

n n

Que el Ministro de Finanzas, mediante el oficio No. MF-SP-DR-2010-501923 de 2 de julio del 2010, emitió el dictamen presupuestario favorable con relación a la reforma del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, MAGAP y su plantilla mínima de recursos humanos; y,

n n

En uso de las facultades y atribuciones que le confiere el artículo 154 de la Constitución Política de la República del Ecuador y el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Reformar el estatuto orgánico por procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

Artículo 1.- En el artículo 7: Estructura Básica alineada a la Misión, numeral 3, incorporar lo siguiente:

n n

“3.4 GESTION DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA

n n

3.4.1 Normativa y políticas.

n n

3.4.2 Estudios Técnicos y Sistema de Información.

n n

3.4.3 Reforma Agraria.

n n

3.4.4 Titulación de Tierras.

n n

3.4.5 Saneamiento de Tierras y Patrocinio”.

n n

Artículo 2.- En el artículo 8: Representaciones Gráficas, literal a): Estructura Orgánica, será reemplazada por la siguiente:

n n n n

Artículo 3.- En el artículo 8: Representaciones Gráficas, literal c): Estructura Orgánica, reemplazarla por la siguiente:

n n n n

Artículo 4.- En el artículo 8: Representaciones Gráficas, literal c): Estructura Orgánica, Numeral v: Estructura Orgánica Direcciones Provinciales, incluir la unidad agregadora de valor: Tierras y Reforma Agraria, de la siguiente manera:

n n n n

Artículo 5.- En el artículo 9: Estructura Orgánica Descriptiva, numeral 3: MACROPROCESOS AGREGADORES DE VALOR, incluir el numeral 4. SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA, conforme el siguiente detalle:

n n

“4.- SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA:

n n

4.1.- Misión:

n n

Gestión estratégica en la formulación, aplicación e implementación de las políticas, programas, normas e instrumentación de acceso, distribución, redistribución, reagrupamiento, legalización y uso de la tierra integrado a planes productivos, para un uso sostenible del recurso tierra y el perfeccionamiento de la reforma agraria.

n n

4.2.- Responsable:

n n

Subsecretario de Tierras y Reforma Agraria

n n

4.3.- Atribuciones y responsabilidades:

n n

a) Proponer y recomendar al Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, para su aprobación, las políticas y estrategias de acceso, legalización y uso de la tierra;

n n

b) Dirigir la aplicación de las políticas y estrategias de acceso, legalización y uso de la tierra, y evaluar su ejecución y aplicación;

n n

c) Ejecutar las políticas y estrategias dictadas por el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca o fueren previstas en la Ley;

n n

d) Dictar directrices, lineamientos, normas e instrumentación técnica para el desarrollo y control de acceso, legalización y uso de la tierra;

n n

e) Aprobar los planes, programas y proyectos, en el ámbito de su competencia;

n n

f) Legalizar los actos, documentos administrativos y documentos técnicos que se requieran para el cumplimiento de los objetivos institucionales, en el marco de su jurisdicción y competencia;

n n

g) Administrar y controlar las direcciones y dependencias de la Subsecretaría a su cargo;

n n

h) Presidir o asistir por delegación del Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca a los cuerpos colegiados que integre el titular de esta Cartera de Estado, de acuerdo con lo estipulado en la normativa vigente;

n n

i) Coordinar con entidades públicas y privadas el desarrollo de las actividades relacionadas al tema de tierras y reforma agraria;

n n

j) Representar al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, de acuerdo con las disposiciones legales o instrucciones impartidas por el Titular de la Cartera, ante organismos nacionales e internacionales y en el ámbito de su competencia;

n