n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Martes, 13 de Julio de 2010 – R. O. No. 2010

n n

n n n n n n n n n n n

n ASAMBLEA NACIONAL n n EL PLENO n n RESOLUCION: n n

– Declárase el 21 de junio de cada año como Día de Conmemoración Nacional de los Levantamientos Indígenas y Populares del Ecuador “INTY RAYMY”

n n FUNCION EJECUTIVA n n ACUERDOS: n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA:

n n 182 n Deléganse facultades a los subsecretarios regionales del MAGAP n n 257 n

Encárgase el Despacho Ministerial al doctor Juan Manuel Domínguez Andrade, Viceministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

n n 261 n

Encárgase el Viceministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca al economista Juan Carlos Parra, Subsecretario de Planificación

n n

MINISTERIO DE COORDINACION DE LA PRODUCCION, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD:

n n MCPEC-2010-20 n

Deléganse atribuciones y deberes de la Secretaría Técnica del MCPEC a la economista Silvana Vallejo Páez

n n MCPEC-2010-21 n

Desígnase al señor Rubén Morán Castro, delegado permanente del MCPEC ante el Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana

n n

MINISTERIO DE CULTURA:

n n 0000107-2010 n

Apruébase el Estatuto de la Corporación CICOP Ecuador, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n 0000109-2010 n

Apruébase la inscripción y registro de la reforma de Estatuto de la Fundación Cultural Scorpio, con domicilio en la ciudad de Rocafuerte, provincia de Manabí

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n 0885 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la Iglesia Cristiana un Nuevo Pacto, con domicilio en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua

n n 0886 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la Congregación Bíblica Cristiana Yahshua Fuente de Vida, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha

n n 1478 n

Establécese normas y procedimientos para la organización, capacitación y funcionamiento de los comités barriales de seguridad

n n

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:

n n

– Convenio Complementario de Cooperación entre este Ministerio y la Corporación de Promoción de Exportaciones e Inversiones

n n RESOLUCIONES: n n

AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO – AGROCALIDAD:

n n 067 n

Finalízase la primera fase de vacunación contra la Fiebre Aftosa del período 2010

n n

CONSEJO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSIONES:

n n 570 n

Emítese dictamen favorable para diferir a 0% el Arancel ad valórem en la importación de trigo, harina de trigo y grañones y sémola de trigo y refórmase el Anexo 2 del Arancel Nacional de Importaciones, emitido mediante Decreto Ejecutivo 592, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 191 de 15 de octubre del 2007

n n 571 n

Emítese dictamen favorable para diferir el Arancel Nacional de Importaciones, en su Anexo 2, emitido mediante Decreto Ejecutivo 592, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 191 de 15 de octubre del 2007

n n 572 n

Aplícase lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Resolución 505 de 14 de agosto del 2009, publicada en el Registro Oficial Nº 33 de 24 de septiembre del 2009

n n 573 n

Derógase el artículo 4 de la Resolución 505 del COMEXI de 14 de agosto del 2009, publicada en el Registro Oficial Nº 33 de 24 de septiembre del 2009

n n

CONSEJO NACIONAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA:

n n 006 CNNA-2010 n

Desígnase como miembro del Comité de Asignación Familiar Regional 2, a la doctora Lucía Milyn Andrade Aguinaga

n n 007 CNNA-2010 n

Desígnase como miembro del Comité de Asignación Familiar Regional 2, a la licenciada Carmen Alvarado Chiriboga

n n 008 CNNA-2010 n

Desígnase como miembro del Comité de Asignación Familiar Regional 1, a la doctora Jannett Clemencia Chiriboga Arguello

n n 009 CNNA-2010 n

Desígnase como miembro del Comité de Asignación Familiar Regional 3, a la socióloga Carola Catalina Beatriz Cabrera Villón

n n 010 CNNA-2010 n

Desígnase como miembro del Comité de Asignación Familiar Regional 3, a la abogada Norma Alexandra Banchón Vásquez

n n 011 CNNA-2010 n

Desígnase como miembro del Comité de Asignación Familiar Regional 3, a la psicóloga Janet Patricia Vásquez González

n n 012-CNNA-2010 n

Derógase la Resolución Nº 02-CNNA-2010 del 27 de enero del 2010 y apruébase y expídese la tabla de pensiones alimenticias mínimas

n n

FISCALIA GENERAL DEL ESTADO:

n n 029-FGE-2010 n

Expídese el Instructivo de planificación, prevención, control y acreditación para los agentes fiscales de turno, en partidos oficiales y no oficiales de la disciplina de fútbol programados bajo control de los organismos deportivos existentes en el Ecuador

n n 030-FGE-2010 n

Acredítase como miembros del Cuerpo Especializado de la Policía Judicial, a 673 integrantes de la Policía Nacional

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n

– Gobierno Municipal de Santiago de Píllaro: Que regula el manejo y disposición de desechos sólidos

n n 86-2010 n

Cantón Milagro: Que establece normas de aplicación y control interno de los recursos financieros destinados a cubrir gastos de caja chica; fondo rotativo institucional, proyectos y programas, fondos a rendir cuentas; y, anticipo de fondos a servidoras y servidores públicos

n n

– Gobierno Municipal del Cantón Mira – Carchi: Que fija el cobro de la tasa por servicio que prestan las instalaciones de la piscina municipal

n n
n

n n n n n n n n

n

REPUBLICA DEL ECUADOR

n ASAMBLEA NACIONAL n n EL PLENO n n n CONSIDERANDO: n n

Que las Comunidades, Pueblos y Nacionalidades, mediante su acumulado histórico de saberes, capacidades y gestión de los territorios han contribuido a la conformación del Estado Intercultural y Plurinacional Ecuatoriano;

n n

Que las Comunidades, Pueblos y Nacionalidades, el movimiento indígena en general, han desarrollado sistemas dinámicos y diversos de construcción de su institucionalidad concretizados en los Gobiernos Comunitarios;

n n

Que en el Ecuador coexisten 14 nacionalidades y 18 pueblos indígenas, que cuentan con territorio, lengua y gobierno propio, interrelacionados y complementarios entre sí, descendientes de los grupos originarios que poblaron el territorio ecuatoriano desde hace miles de años, contribuyeron a la concreción del carácter Plurinacional e Intercultural del Estado Ecuatoriano;

n n

Que las Comunidades, Pueblos y Nacionalidades han desarrollado mecanismos de resistencia y acciones conducentes al cuestionamiento y liberación de la opresión a los que han sometido la colonización y poderes fácticos que han acaparado y privatizado los elementos vitales de la Pachamama;

n
n n n

Que el 21 de junio del 2010, las Comunidades, Pueblos y Nacionalidades celebran los 20 años de uno de los más grandes levantamientos desarrollados a través de los tiempos, evento que fue reconocido y apoyado por las poblaciones urbanas, para combatir las injusticias e inequidades provocadas por la violencia de la colonización y los gobiernos neoliberales;

n n

Que la Constitución en su artículo 1 reconoce el Carácter Intercultural y Plurinacional del Estado Ecuatoriano, el artículo 10 afirma que “Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales.”; y,

n n En ejercicio de sus atribuciones, n n RESUELVE: n n

Reconocer la contribución histórica de las COMUNIDADES, PUEBLOS Y NACIONALI-DADES con su lucha colectiva en la transformación estructural del Estado y la liberación del pueblo ecuatoriano de todas las formas de opresión y del sometimiento de la colonización, los modelos neoliberales, poderes fácticos que han usufructuado, privatizado, acaparado el trabajo y los recursos de los ecuatorianos.

n n

Exhortar a todas las Funciones del Estado y a los diferentes niveles de gobiernos descentralizados, la elaboración y construcción de Políticas Públicas Interculturales, en el marco de los derechos establecidos en la Constitución y los Tratados Internacionales, que sean ejercidas y ejecutadas con y plena coordinación con los Gobiernos Comunitarios y las Instituciones de las Comunidades Pueblos y Nacionalidades e impulsar el principio de no interferencia y complementariedad en el ejercicio de las competencias constitucionales.

n n

Declarar el 21 de Junio, como el día de conmemoración nacional de los levantamientos indígenas y populares del Ecuador “INTY RAYMY”. Fecha histórica que será recordada y celebrada por las Instituciones Educativas, las diferentes Funciones del Estado, las Comunidades, Pueblos y Nacionalidades, mediante foros, conferencias, investigaciones, publicaciones y difusión de la contribución de las Comunidades, Pueblos y Nacionalidades, en la construcción del Estado Plurinacional e Intercultural del Sumak Kawsay.

n n

Publicar la presente resolución en los medios de cobertura nacional y en cada una de las lenguas de las Nacionalidades.

n n

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los veintinueve días del mes de junio de dos mil diez.

n n f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente. n n f.) Dr. Francisco Vergara O., Secretario General. n n Nº 182 n n EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA n n Considerando: n n

Que el Art. 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”;

n n

Que es necesario impulsar la descentralización y desconcentración administrativa previstas en la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada y su reglamento;

n n

Que el Art. 54 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva manda que: “La titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, cuyo efecto será el traslado de la competencia al órgano desconcentrado. La desconcentración se hará por Decreto Ejecutivo o Acuerdo Ministerial”;

n n

Que los acuerdos ministeriales 121 y 243 de 21 de julio y 25 de noviembre del 2008; suscritos por el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, delegan a los directores técnicos de área de las provincias del país, para que en sus jurisdicciones realicen y suscriban los contratos de ejecución y fiscalización de los proyectos aprobados por el Comité Tripartito Interinstitucional 2KR, los mismos que se encuentran vigentes;

n n

Que con Acuerdo Ministerial Nº 192 de 18 de noviembre del 2009, publicado en Registro Oficial Nº 93 de 22 de diciembre del 2009, el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, delega a los directores técnicos de área del MAGAP a nivel nacional para que bajo su responsabilidad, a nombre y en representación del titular suscriban contratos de obras, adquisición de bienes y prestación de servicios, incluidos los de consultoría hasta por el monto del 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado, conforme lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y su reglamento; así como también actuar como ordenador de gasto hasta por el mismo monto, esto es del 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado. Además dispone que en las provincias donde se encuentren las sedes de las subsecretarías regionales, serán los subsecretarios los que ejecuten dicha delegación;

n n

Que el Acuerdo Ministerial Nº 192 de 18 de noviembre del 2009, no deroga los acuerdos ministeriales 121 y 243 que tienen relación con la delegación a los directores técnicos de área para que suscriban contratos de ejecución y fiscalización de los proyectos aprobados por el Comité Tripartito Interinstitucional 2KR, ni tampoco los deroga expresamente;

n n

Que con el propósito de agilitar, desconcentrar y ampliar el servicio en beneficio de sus usuarios, es necesario delegar atribuciones a los subsecretarios regionales del “MAGAP”; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, Arts. 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n n Acuerda: n n

Art. 1.- Delegar a los subsecretarios regionales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, para que, bajo su responsabilidad, a nombre y en representación del titular de esta Cartera de Estado y dentro de su jurisdicción, ejecuten las siguientes:

n n

Suscribir contratos de obras y fiscalización, así como también de adquisición de bienes, prestación de servicios, incluidos los de consultoría, sin límite de cuantía, de los proyectos específicos aprobados por el Comité Tripartito Interinstitucional 2KR, conforme lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su reglamento;

n n

Presidir las comisiones técnicas de contrataciones de obras, adquisición de bienes y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, para la ejecución de los proyectos específicos aprobados por el Comité Tripartito Interinstitucional 2KR;

n n

Actuar en calidad de ordenador de gasto en la adquisición de bienes y prestación de servicios, ejecución de obras, incluidos los de consultoría, en cada Dirección Provincial Agropecuaria de su jurisdicción, sin límite de cuantía exclusivamente de los proyectos aprobados por el Comité Tripartito Interinstitucional, conforme a lo estipulado en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes; y,

n n

Responder directamente ante el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, por los actos realizados en el ejercicio de la presente delegación.

n n

Art. 2.- En todo lo demás y en lo que no se oponga al presente acuerdo, surtirán los mismos efectos los acuerdos ministeriales Nº 121 y 243 de 21 de julio y 25 de noviembre del 2008, respectivamente.

n n

El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 10 de mayo del 2010.

n n

f.) Dr. Ramón L. Espinel, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Secretario General, MAGAP.- Fecha: 29 de junio del 2010.

n n Nº 257 n n Ramón L. Espinel n MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUALCULTURA Y PESCA n n Considerando: n n

Que el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, por razones de índole personal, no estará al frente de las funciones de esta Secretaría de Estado desde el día lunes 28 de junio del 2010, hasta el día miércoles 7 de julio del 2010 inclusive; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confieren: el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República; y, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo Unico.- Encargar el Despacho Ministerial al señor doctor Juan Manuel Domínguez Andrade, Viceministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, a partir del día lunes 28 de junio del 2010 hasta el día miércoles 7 de julio del 2010, inclusive.

n n

Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los 25 días del mes de junio del 2010.

n n

f.) Dr. Ramón L. Espinel, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA A