n n n n n

n n

n n

n n n n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Lunes, 12 de Julio de 2010 – R. O. No. 233

n n

n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n ACUERDOS: n n

SECRETARIA NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA:

n n 358 n

Legalízase la comisión de servicios en el exterior al doctor David Chiriboga Allnutt, Ministro de Salud Pública

n n 359 n

Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al ingeniero Angel Medina Lozano, Secretario Nacional Ejecutivo del Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador

n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA:

n n 171-A n

Delégase al doctor Juan Manuel Domínguez Andrade, Viceministro del MAGAP, para que integre el Directorio del Banco Nacional de Fomento

n n 257 n

Encárgase el Despacho Ministerial al doctor Juan Manuel Domínguez Andrade, Viceministro del MAGAP

n n MINISTERIO DE CULTURA: n n 070-2010 n

Apruébase el Estatuto de la Fundación de los Artistas para los Artistas, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n 0000103-2010 n

Rectifícase el Acuerdo Ministerial Nº 063-2010

n n

MINISTERIO DEL FINANZAS:

n n 141-A-MF-2010 n

Delégase al señor Cristian Escobar Ruiz, funcionario de esta Cartera de Estado, para que en representación de este Ministerio, participe en la Junta Virtual Nº 18 de Fideicomiso AGD – CFN – No Más Impunidad

n n 147-A-MF-2010 n

Delégase al señor Cristian Escobar Ruiz, funcionario de esta Cartera de Estado, para que en representación de este Ministerio, participe en la Junta Virtual Nº 19 de Fideicomiso AGD – CFN – No Más Impunidad

n n 150 MF-2010 n

Desígnase al licenciado Fernando Soria, Subsecretario de Presupuestos, represente a este Ministerio, ante la Junta Directiva de la Orquesta Sinfónica Nacional

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n 0700 n

Expídese el Instructivo para la renovación del permiso de operación por parte de las Compañías de Vigilancia y Seguridad Privada

n n 1435 n

Dispónese a la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional que, aún cuando hubiese transcurrido el tiempo procesal de investigación, se reabran todos aquellos casos sobre violaciones de derechos humanos en los que se constate que han sido cerrados o archivados sin una adecuada investigación y/o aquellos en los cuales aparezcan nuevos elementos que pudieran llegar a determinar posibles responsabilidades civiles, penales y administrativas de miembros policiales, para derivarlas a las autoridades pertinentes

n n

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS:

n n 0204 n

Encárgase este Ministerio al ingeniero Freddy Pavón Vásquez, Viceministro de Justicia y Derechos Humanos

n n

MINISTERIOS DE TURISMO Y DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS:

n n 1470 n

Regúlase la venta de bebidas alcohólicas de cualquier tipo en establecimientos registrados como turísticos

n n EXTRACTOS: n n

PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO:

n n

– Consultas de la Subdirección de Asesoría Jurídica

n n RESOLUCIONES: n n

CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES:

n n 196-09-CONATEL-2010 n

Refórmase la Resolución Nº 1003-CONARTEL-99 de 17 de noviembre de 1999, publicada en el Registro Oficial Nº 325 de 24 de noviembre de 1999

n n

FISCALIA GENERAL DEL ESTADO:

n n 025-FGE-2010 n

Impleméntase el Sistema de Gestión de Calidad, considerando las disposiciones que establece la Norma Internacional ISO 9001 versión 2008

n n

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS:

n n NAC-DGERCGC10-00280 n

Dispónese que las personas naturales o sociedades que promuevan un espectáculo público ocasional, deberán declarar y pagar el anticipo conforme lo determina la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento, mediante la presentación de un formulario 106, utilizando para el efecto el código de impuesto 1075 (Anticipo de Impuesto a la Renta por Espectáculos Públicos)

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n 09-2010 n

Cantón Loja: Que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios rurales para el bienio 2010-2011

n n

– Cantón Sozoranga: Que regula la determinación, administración y recaudación de las tasas por servicios técnicos y administrativos

n n

– Gobierno Municipal de Atahualpa: Que reglamenta la gestión y manejo integral de los desechos sólidos

n

n n n n n n n n

Nº 358

n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior Nº 5288 del 16 de junio del 2010 a favor del doctor David Chiriboga Allnutt, Ministro de Salud Pública para su desplazamiento a Bruselas-Bélgica del 8 al 13 del mes presente, a fin de atender la invitación del Director General Responsable de Salud de la Unión Europea y participar en la Conferencia Mundial de Alto Nivel sobre Salud Global; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo Nº 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Legalizar la comisión de servicios del doctor David Chiriboga Allnutt, Ministro de Salud Pública, quien participó en la Conferencia Mundial de Alto Nivel sobre Salud Global, que tuvo lugar en Bruselas – Bélgica, del 8 al 13 de junio del 2010.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos fueron financiados por la Unión Europea, no así los viáticos y gastos de representación que se cubrieron con presupuesto del Ministerio de Salud Pública.

n n

ARTICULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de junio del 2010.

n n

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n n

Documento con firmas electrónicas.

n n n n

Nº 359

n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior Nº 5383 del 15 de junio del 2010 a favor del señor Angel Medina Lozano, Secretario Nacional Ejecutivo del Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador, para su desplazamiento a Cartagena – Colombia del 30 de junio al 3 de julio próximo, con el propósito de participar en la VIII Reunión Intergubernamental sobre Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe y en la presentación del Informe sobre “Avances en Políticas Públicas, Inclusivas e Interculturales, hacia el Buen Vivir”, en el contexto del Panel “Avances en políticas públicas para la atención de la agenda indígena”; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo Nº 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo Nº 1332, publicado en el Registro Oficial Nº 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo Nº 1653, publicado en el Registro Oficial Nº 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo Nº 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al ingeniero Angel Medina Lozano, Secretario Nacional Ejecutivo del Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador, quien se trasladará a la ciudad de Cartagena – Colombia, del 30 de junio al 3 de julio del 2010, a fin de participar en la VIII Reunión Intergubernamental sobre los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe y en la presentación del Informe sobre “Avances en Políticas Públicas, Inclusivas e Interculturales, hacia el Buen Vivir”.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- El Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe financiará todos los gastos de participación del funcionario.

n n

ARTICULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 17 de junio del 2010.

n n

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n n

Documento con firmas electrónicas.

n n n n

Nº 171-A

n n

EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA

n n Considerando: n n

Que mediante Decreto Supremo Nº 372, publicado en el Registro Oficial Nº 526 del 3 de abril de 1974, se expide la Ley Orgánica del Banco Nacional de Fomento;

n n

Que la ley ibídem, en su artículo 11, establece que la Dirección y Administración del Banco Nacional de Fomento se ejercerán a través del Directorio y la Gerencia General respectivamente;

n n

Que el artículo 12 de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Fomento, reformada mediante Ley Nº 92, publicada en el Registro Oficial Nº 196 de 23 de octubre del 2007, determina que el Directorio de la entidad estará integrado, entre otros, por el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca o su delegado; y,

n n

En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República del Ecuador; y, los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Art. 1.- Delegar al Dr. Juan Manuel Domínguez Andrade, Viceministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, portador de la cédula de ciudadanía Nº 090850470-7, para que integre el Directorio del Banco Nacional de Fomento y que participe como Vocal del mismo, en representación del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

Art. 2.- Déjase sin efecto el Acuerdo Ministerial Nº 170 de 1 de octubre del 2008.

n n

Art. 3.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese y publíquese.- Dado y firmado en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 4 de mayo del 2010.

n n

f.) Dr. Ramón L. Espinel, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Secretario General, MAGAP.- Fecha: 28 de junio del 2010.

n n n n

Nº 257

n n

Ramón L. Espinel

n

MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA

n n Considerando: n n

Que el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, por razones de índole personal, no estará al frente de las funciones de esta Secretaría de Estado desde el día lunes 28 de junio del 2010, hasta el día miércoles 7 de julio del 2010 inclusive; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confieren: el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República; y, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

Artículo Unico.- Encargar el Despacho Ministerial al señor doctor Juan Manuel Domínguez Andrade, Viceministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, a partir del día lunes 28 de junio del 2010 hasta el día miércoles 7 de julio del 2010, inclusive.

n n

Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los 25 días del mes de junio del 2010.

n n

f.) Dr. Ramón L. Espinel, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA ACUACULTURA Y PESCA.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.) Secretario General, MAGAP.- Fecha: 28 de junio del 2010.

n n n n

No. 070-2010

n n

EL MINISTRO DE CULTURA

n n Considerando: n n

Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador consagra “…El derecho asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”;

n n

Que el Título XXX del Lib