Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 15 de Abril de
2014 – R. O. No. 226

SUMARIO

Ministerio del Interior:

Ejecutivo:

Acuerdos

3894 Deléganse funciones y atribuciones al Comandante del
Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional

Secretaría Técnica del Mar:

STM-DAJ-2014-026 Expídese el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos

Instrumentos Internacionales: Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana:


Acuerdo entre el Gobierno de la República delEcuador y el Gobierno de la República Italiana sobre la exención de laobligación de visa para los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales


Acuerdo de Ginebra sobre el Comercio de Bananos


Convenio de Cooperación Económica y Técnicaentre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la RepúblicaPopular China

Ministerio del Interior:

Resoluciones

3912 Liquídanse los comisariatos de la Policía Nacional de
Quito y Guayaquil

Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas:

031-DIR-IECE-2013 Refórmase el Código de Ética

002-DIR-IECE-2014 Expídese el Reglamento Interno de
Administración del Talento Humano

003-DIR-IECE-2014 Expídese el Reglamento para el pago de
horas suplementarias y/o extraordinarias de las y los servidores y trabajadores

Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

Resoluciones

001-2013 SG-IEPI atifícanse las resoluciones realizadas por
la Dra. Ximena Palma Aguas, Secretaria General en el año 2012

006-2013 SG-IEPI Deléganse funciones de esta Secretaría a la
abogada Daniela Cifuentes

009-2013 DNDAyDC-IEPI Deléganse facultades al abogado Daniel
Díaz Reza y otra

CONTENIDO


No. 3894

José Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR

Considerando:

Que, el artículo 163 de la Constitución de la República del Ecuador
establece que la Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil,
armada, técnica, jerarquizado, disciplinada, profesional y altamente
especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden
público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las
personas dentro del territorio nacional y que sus miembros tendrán una
formación basada en derechos humanos, investigación, prevención del delito y
utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de
la fuerza;

Que, la Constitución de la República del Ecuador en su
artículo 326, numeral 16 determina que en las instituciones del Estado y en las
entidades de derecho privado en las que haya participación mayoritaria de
recursos públicos, quienes cumplan actividades de representación, directivas,
administrativas o profesionales, se sujetarán a las leyes que regulan la
Administración Pública;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de
la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, corresponde a la máxima
autoridad, dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización
del sistema de control interno y de los sistemas de administración financiera, planificación,
organización, información de recursos humanos, materiales, tecnológicos,
ambientales y más sistemas administrativos;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 632, de 17 de enero del
2011 publicado en el Registro Oficial No. 372 de 27 de enero de
2011
, el señor Presidente Constitucional de la República, economista
Rafael Correa Delgado ordenó la reorganización de la Policía Nacional, dispuso
que su representación legal, judicial y extrajudicial sea asumida por el
Ministerio del Interior;

Que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 35 de la
Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios
Públicos por parte de la Iniciativa Privada; y 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva; los Ministros están
autorizados para delegar sus atribuciones a los funcionarios de la institución que
representa cuando lo estime necesario;

Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión administrativa
del Despacho del Ministro del Interior, a fi n de dar mayor agilidad a su
gestión, siendo pertinente la delegación de funciones, de manera que facilite
la administración gestión en este ámbito; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 1)
del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y los artículos
17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva:

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar al Comandante del Grupo de Intervención
y Rescate de la Policía Nacional del Ecuador (GIR), para que a nombre y
representación del Ministro del Interior, ejerza de conformidad con la Ley, las
siguientes funciones y atribuciones:

Suscribir el Acta de Finiquito del Convenio No. 132-PRO-A-2002
20022486 y Modifi atorio No. 0064-PRO-A-2004 2004285, efectuado entre La
Empresa Estatal Petróleos del Ecuador, Petroecuador; La Comandancia General y
el Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional del Ecuador (GIR), que
se desprende de la ejecución de dicho instrumento cuyo objeto es la ?Ampliación
y adecuaciones del Cuartel GIR en la ciudad de Quito, ampliación y adecuaciones
en el Cuartel del GIR en la ciudad de Guayaquil, compra y equipamiento de un
inmueble donde funcionará el Cuartel del GIR en la ciudad de Cuenca, ampliación
y adecuaciones en la Escuela Superior de la Policía en la ciudad de Quito?.

Autorizar y disponer todos los actos tendientes a realizar
el acta de Finiquito del Convenio No. 132-PRO-A-2002 20022486 y Modificatorio No. 0064-PRO-A-2004
2004285, suscrito entre La Empresa Estatal de Petróleos, Petroecuador,
integrando una Comisión para su análisis previo la suscripción de la misma.

Artículo 2.- El Comandante del Grupo de Intervención y Rescate
de la Policía Nacional del Ecuador (GIR), informará al Ministro del Interior,
de las acciones tomadas en ejercicio de la presente delegación.

Artículo 3.- El presente Acuerdo se pondrá en conocimiento de
la Secretaría Nacional de la Administración Pública y el cual entrará en
vigencia a partir de la suscripción del mismo, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE: Dado en Quito Distrito Metropolitano, a 29 de
enero del 2014.

f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

Ministerio del Interior.- Certifico que el presente
documento es fi el copia del original que reposa en el archivo de la Dirección
de Secretaría General de este ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito, a 17 de febrero de 2014.- Ilegible, Secretaría General.

STM-DAJ-2014-026

PROYECTO DE REFORMA AL ESTATUTO

ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL

POR PROCESOS DE LA SECRETARÍA TÉCNICA

DEL MAR

Considerando:

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 990 del 29 de diciembre del
2011, publicado en el Registro Oficial No. 617 del 12 de enero
del 2012
, se crea la Secretaría Técnica del Mar, como entidad adscrita
a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, con autonomía
administrativa y financiera, para la coordinación de la implementación y el seguimiento
de la política de desarrollo del territorio marino costero.

Que, mediante Oficio No. STM-STM-2013-0088-O de 17 de abril
de 2013, se solicita al Ministerio de Relaciones Laborales, la aprobación al
Proyecto de Reforma de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
de la Secretaría Técnica del Mar

Que, mediante oficio No. MINFIN-DM-2012-0298, del 08 de
junio de 2012, el Ministerio de Finanzas emitió el dictamen presupuestario
favorable a la estructura orgánica básica y al proyecto de creación de varios
puestos de la Secretaría Técnica del Mar;

Que, mediante oficio No. MRL-FI-2012-EDT-4082, de 13 de
junio de 2012, el Ministerio de Relaciones Laborales, emite el informe
favorable al proyecto de Estructura Básica Institucional, la resolución y lista
de asignaciones a través de la cual se aprueba
la creación de cinco (5) puestos del nivel jerárquico superior de la Secretaría
Técnica del Mar.

Que, mediante oficio No. SENPLADES-SGDE 2013-0050- OF del 25
de febrero de 2013, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, emite
informe favorable de la Matriz de Competencias y Modelo de Gestión de la
Secretaría Técnica del Mar.

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 106 de 11 de septiembre de
2013, se otorgan competencias a la Secretaría Nacional de la Administración
Pública señaladas en el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva, entre las que se determina la de ejercer la rectoría en
materia de estatutos orgánicos y estructuras institucionales en la
administración pública central, institucional y dependiente de la función
ejecutiva.

Que, mediante Oficio No. MRL-DM-2013-1112 de 26 de diciembre
de 2013, el Ministerio de Relaciones Laborales remite el Informe Aprobatorio
mediante el cual valida el Proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la SETEMAR, a fi n de que la Secretaría Nacional
de la Administración Pública emita dictamen favorable, acorde a lo establecido
en la Disposición Transitoria Segunda del Decreto Ejecutivo No. 106

Que, mediante Oficio No. SNAP-SNADP-2014-000106-O de 04 de
febrero de 2014, se realiza la solicitud de dictamen presupuestario para la
Reforma al Proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
de la Secretaría Técnica del Mar.

Que, mediante Oficio No. MINFIN-DM-2014-0143 de 24 de
febrero de 2014, el Ministerio de Finanzas, emite Dictamen Presupuestario para
la implementación del Proyecto de Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la Secretaría Técnica del Mar.

Que, mediante oficio No. SNAP-SNADP-2014-000187-O de marzo
07 de 2014, La Secretaria Nacional de la Administración Pública, emite dictamen
favorable al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
Secretaría Técnica del Mar.

Resuelve:

Expedir el siguiente ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN
ORGANIZACIONAL POR PROCESOS de la Secretaria Técnica del Mar.

Artículo 1.- Estructura Organizacional.- La Secretaria Técnica
del Mar se alinea con su misión y defi nirá su estructura organizacional
sustentada en su base legal y direccionamiento estratégico institucional
determinado en la Matriz de Competencias y en su Modelo de Gestión.

Artículo 2.- Procesos de la Secretaría Técnica del Mar.- Gobernantes.-
Son aquellos procesos que proporcionan directrices, políticas y planes
estratégicos, para la dirección y control de la institución.

Sustantivos.- Son aquellos procesos que realizan las actividades
esenciales para proveer los servicios y los productos que ofrece a sus clientes
una institución. Los procesos sustantivos se enfocan a cumplir la misión de la
institución.

Adjetivos.- Son aquellos procesos que proporcionan productos
o servicios a los procesos gobernantes y sustantivos, se clasifican en procesos
adjetivos de asesoría y de apoyo.

Artículo 3.- De los puestos directivos.- Los puestos
directivos establecidos en la estructura organizacional son;

Secretario/a Técnico

Coordinador/a General – Técnico/a

Directores Técnicos

Artículo 4.- Comité de Gestión de Calidad del Servicio y el
Desarrollo Institucional.- De conformidad con lo previsto en el artículo 138
del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sector Público (LOSEP), la
Secretaría Técnica del Mar, cuenta con un Comité de Gestión de Calidad de Servicio
y el Desarrollo Institucional, que tendrá la responsabilidad de proponer,
monitorear y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades
relativas al mejoramiento de la eficiencia institucional.

El Comité tendrá la calidad de permanente, y estará
integrado por;

La autoridad nominadora o su delegado, quien lo presidirá;

El responsable del proceso de gestión estratégica;

Una o un responsable por cada uno de los procesos o unidades
administrativas; y,

La o el responsable de la UATH o quien hiciere sus veces.

CAPÍTULO I

DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO

Artículo 5.- Misión: Somos una entidad pública que lidera los
ámbitos de coordinación y articulación intersectorial entre las entidades del
Estado vinculadas al espacio marino costero, a través del seguimiento y
monitoreo del cumplimiento de sus políticas, con eficiencia, calidad,
transparencia y responsabilidad, para lograr su desarrollo en beneficio de los
intereses nacionales.

Artículo 6.- Principios y Valores Ética: Parte de la fi
losofía que estudia el obrar humano en cuanto a las normas y fi nes que
determinan su rectitud.

Calidad: Propiedad o conjunto de propiedades inherentes a
algo, que permiten juzgar su valor.

Colaboración: Actitud de cooperación que permite juntar
esfuerzos, conocimientos y experiencias para alcanzar los objetivos comunes.

Responsabilidad: Cumplimiento de tareas encomendadas de
manera oportuna en el tiempo establecido, con empeño y afán, mediante la toma de
decisiones de manera consciente, garantizando el bien común y sujetas a los
procesos institucionales.

Lealtad: Confi anza y defensa de los valores, principios y
objetivos de la entidad, garantizando los derechos individuales y colectivos.

Transparencia: Acción que permite que las personas y las
organizaciones se comporten de forma clara, precisa y veraz, a fi n de que la
ciudadanía ejerza sus derechos y obligaciones, principalmente la contraloría social.

Artículo 7.- Objetivos Institucionales:

Objetivo General.

Garantizar la adecuada coordinación intersectorial para la implementación
y seguimiento de la política de desarrollo del territorio marino costero de
manera eficaz y eficiente.

Objetivos Específicos.

Lograr una eficaz labor de coordinación y articulación del
cumplimiento de las políticas intersectoriales.

Apoyar a la implementación de la Convención de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR)

Implementar herramientas de verificación y análisis de factibilidad
para el desarrollo y ejecución de estudios en el marco de las políticas
intersectoriales del ámbito marino costeras.

Implementar mecanismos de evaluación y seguimiento de
programas y proyectos alineados a las políticas intersectoriales del mar.

Crear la Agenda Intersectorial del Mar en conjunto con las
entidades vinculadas.

CAPÍTULO II

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Artículo 8.- De la Estructura Orgánica.- La Secretaría Técnica
del Mar, para el cumplimiento de sus
competencias, atribuciones, misión y visión, desarrollará los siguientes procesos
internos que estarán conformadas por:

Procesos Gobernantes

Direccionamiento Estratégico: Secretario/a Técnico.

Responsable: Secretario Técnico del Mar.

Procesos Sustantivos:

Direccionamiento Técnico: Coordinador/a General – Técnico/a.

Responsable: Coordinador/a General Técnico.

Gestión de Política Intersectorial del Mar.

Responsable: Director de Política Intersectorial del Mar.

Gestión de Seguimiento y Evaluación Marino Costero ?
Responsable: Director de Evaluación y Seguimiento

Gestión de Estudios e Información en el ámbito marino
costero.

Responsable: Director de Gestión de Estudios e Información en
el Ámbito Marino Costero.

Gestión de Apoyo a la Implementación de la Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). ? Responsable: Director de
Apoyo a la Implementación de la CONVEMAR.

Procesos Adjetivos:

De Asesoría:

Gestión de Comunicación Social.

Responsable: Director de Comunicación Social.

Gestión de Asesoría Jurídica.

Responsable: Director de Asesoría Jurídica.

Gestión de Planificación y Gestión Estratégica.

Responsable: Director Planificación y Gestión Estratégica.

De Apoyo:

Gestión Administrativa Financiera.

Responsable: Director Administrativo Financiero.

Gestión de Administración del Talento Humano.

Responsable: Director de Administración de Talento Humano.

Artículo 9.- Representaciones Gráficas.- La estructura
orgánica, mapa de procesos y cadena de valor se muestran en los gráficos que se
presentan a continuación;

9.1 Estructura Organizacional:

a) Estructura General (Actual).

i802.JPG
i803.JPG
i804.JPG

9.2 Cadena de Valor: son las actividades que la institución
debe realizar para diseñar, ordenar, producir, y entregar los productos y
servicios a la ciudadanía.

CADENA DEL VALOR SETEMAR

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9.3 Mapa de Procesos: Deben ser formulados en relación a la
matriz de competencias por niveles, identificando qué macroprocesos adjetivos y
sustantivos son necesarios para garantizar el cumplimiento de las atribuciones.

i806.png