Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Lunes 24 de Marzo de
2014 – R. O. No. 210

SUMARIO

Presidencia de la República:

Ejecutivo

250 Nómbrase al Subs. Víctor Augusto Chanatasig Sánchez,
Ayudante Administrativo de la Agregaduría de Defensa en la Embajada del Ecuador
en la Federación de Rusia con sede en la ciudad de Moscú

Decretos

251 Nómbrase al señor Subs. Denis Hernán Rojas Llumigusin,
Ayudante Administrativo de la Agregaduría de Defensa en la Embajada del Ecuador
en la República de Colombia con sede en la ciudad de Bogotá

Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana:

Acuerdos

000019 Créase la Coordinación Zonal 9 en el Distrito
Metropolitano de Quito, con sede en la ciudad de Quito

Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e
Innovación:

2014 ? 013 Desígnanse atribuciones a varios funcionarios:

Magíster Ximena Victoria Amoroso Iñiguez, Subsecretaria
General de Ciencia, Tecnología e Innovación

2014 ? 014 Magíster María Dolores Bermeo Córdova,
Subsecretaria de Innovación y Transferencia Tecnológica

2014 ? 015 Decláranse a las coordinaciones zonales
constantes en el Estatuto Orgánico de Gestión Organización por Procesos como
?Entidades Operativas Desconcentradas? de la misma

2014 ? 016 Licenciada Emilia Elizabeth Rivadeneira Loor,
Subsecretaria de Formación Académica y Profe-sional (E)

2014 ? 017 Magíster María Dolores Bermeo Córdova,
Subsecretaria de Innovación y Trans-ferencia de Tecnología

2014 ? 018 Magíster María Dolores Bermeo Córdova,
Subsecretaria de Innovación y Transferencia de Tecnología

Acuerdos

2014 ? 019 Créase el Comité de Gestión de la Información

2014 ? 020 Director General de Gestión Inmobiliaria del
Sector Público, INMOBILIAR

Secretaría Nacional de Gestión de la Política:

SNGP-001-2014 Expídese el Código de Ética

Ministerio del Interior y Ministerio de Turismo:

Acuerdo Interministerial

20140001 Aplícase a nivel nacional para los días 01, 02 y 03
de marzo de 2014 el horario de funcionamiento y expendio de bebidas alcohólicas
en los establecimientos objeto de control

Ministerio Coordinador de Desarrollo Social:

Resoluciones

MCDS-EPS-007-2014 Expídese la Regulación para la
transformación de organizaciones del sector comunitario y asociativo en
cooperativas de la economía popular y solidaria

Consejo Nacional de Electricidad:

049/13 Revócase el permiso para la construcción, instalación
y operación del Proyecto Fotovoltaico VAIANA de veinte (20) MW de capacidad
nominal instalado

Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual – IEPI:

008-2013-DNDAyDC-IEPI Deléganse facultades a la abogada
Viviana Hidrobo Sabando, servidora de la Dirección Nacional de Derecho de Autor
y Derechos Conexos

019-2013-DNPI-IEPI Deléganse facultades a la abogada
Gabriela Altamirano Llumipanta, servidora de la Dirección Nacional de Propiedad
Industrial

Secretaría Nacional de Gestión de la Política:

SNGP-EXT-2014-001 Legalízanse las comisiones de servicio de
varios funcionarios

Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.:

2013-036 Apruébase la Emisión Postal ?50 AÑOS TAME?

Junta Bancaria del Ecuador:

Transparencia y Control Social

JB-2014-2810 Emítese el procedimiento de aplicación de la
Séptima Disposición General de la Ley Orgánica para el Cierre de la Crisis
Bancaria

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas


Cantón Ambato:
De aprobación del Plan de
Desarrollo y Ordenamiento Territorial


Cantón Urdaneta:
Para el cobro del impuesto a
los vehículos motorizados dentro de la jurisdicción cantonal

CONTENIDO


Nº 250

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que el
artículo 41 de la ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala: ?Los Agregados
Militares a las embajadas, adjuntos y
ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados
por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo
pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de
las Fuerzas Armadas?;

Que en sesión
extraordinaria de 21 de septiembre de 2012, el Consejo de Tropa de la Fuerza
Terrestre, resolvió seleccionar al señor SUBS. CHANATASIG SÁNCHEZ VÍCTOR
AUGUSTO, para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo, de conformidad con lo que estipula el artículo
47, letra b) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, que señala: ?el Consejo
del Personal de Tropa de Fuerza, es el órgano encargado de conocer y resolver
sobre la situación militar y profesional del personal de tropa de las Fuerzas
Armadas. Sus atribuciones son las siguientes: (…) b) Seleccionar y calificar
al personal de tropa para el desempeño de las funciones de ayudantes
administrativos en las agregadurías militares o misiones especiales en el exterior,
de conformidad con los reglamentos;?

Que con Oficio
No. 2014-056-E-1-v-kz de 27 de enero de 2014, el señor General de División
Jorge Peña Cobeña, Comandante General del Ejército, remite al Comando Conjunto
de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita nombrar al señor SUBS.
CHANATASIG SÁNCHEZ VÍCTOR AUGUSTO, para que desempeñe las funciones de Ayudante
Administrativo;

Que con Oficio
Nro. 14-G-1-a1-54 de 03 de febrero de 2014, el señor General del Aire Leonardo
Barreiro Muñoz, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite a la
señora Ministra de Defensa Nacional, el trámite mediante el cual solicita
nombrar al señor SUBS. CHANATASIG SÁNCHEZ VÍCTOR AUGUSTO, para que desempeñe
las funciones de Ayudante Administrativo a la Agregaduría de Defensa de la
Embajada del Ecuador en la Federación de Rusia con sede en la ciudad de Moscú,
a partir del 20 de marzo de 2014 hasta el 20 de marzo de 2016; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5), de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 41 de
la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud de la señora Ministra
de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza
Terrestre, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;

Decreta:

Art. 1.- Nombrar
al señor SUBS. CHANATASIG SÁNCHEZ VÍCTOR AUGUSTO, como Ayudante Administrativo
de la Agregaduría de Defensa en la Embajada del Ecuador en la Federación de
Rusia con sede en la ciudad de Moscú, a partir del 20 de marzo de 2014 hasta el
20 de marzo de 2016. Reemplaza del señor SUBS. CARRANCO VALLES FAUSTO REMIGIO,
cuyo periodo de gestión fenece el 01 de marzo de 2014.

Art. 2.- El
mencionado señor Suboficial percibirá las asignaciones económicas determinadas
en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa
Nacional, sección Fuerza Terrestre.

Art. 3.- El
señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y la señora Ministra
de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.

Dado, en el
Palacio Nacional, en Quito, a 10 de marzo de 2014.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

f.) Ricardo
Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito 13 de
Marzo del 2014, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente.

Alexis Mera
Giler.

SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.

Secretaría
General Jurídica.

Nº 251

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que el
artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala: ?Los Agregados
Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares
ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud
del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales
de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas?;

Que en sesión
extraordinaria de 21 de septiembre de 2012, el Consejo de Tropa de la Fuerza
Terrestre, resolvió seleccionar al señor SUBS. ROJAS LLUMIGUSIN DENIS HERNÁN, para
que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo, de conformidad con lo que
estipula el artículo 47, letra b) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional,
que señala: ?el Consejo del Personal de Tropa de Fuerza, es el órgano encargado
de conocer y resolver sobre la situación militar y profesional del personal de
tropa de las Fuerzas Armadas. Sus atribuciones son las siguientes: (…) b)
Seleccionar y calificar al personal de tropa para el desempeño de las funciones
de ayudantes administrativos en las agregadurías militares o misiones
especiales en el exterior, de conformidad con los reglamentos;?

Que con Oficio
No. 2014-056-E-1-v-kz de 27 de enero de 2014, el señor General de División
Jorge Peña Cobeña, Comandante General del Ejército, remite al Comando Conjunto
de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita nombrar al señor SUBS.
ROJAS LLUMIGUSIN DENIS HERNÁN, para que desempeñe las funciones de Ayudante
Administrativo;

Que con Oficio
Nro. 14-G-1-a1-54 de 03 de febrero de 2014, el señor General del Aire Leonardo
Barreiro Muñoz, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite a la
señora Ministra de Defensa Nacional, el trámite mediante el cual solicita
nombrar al señor SUBS. ROJAS LLUMIGUSIN DENIS HERNÁN, para que desempeñe las
funciones de Ayudante Administrativo a la Agregaduría de Defensa de la Embajada
del Ecuador en la República de Colombia
con sede en la ciudad de Bogotá, a partir del 20 de marzo de 2014 hasta el 20
de marzo de 2016; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5), de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 41 de
la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud de la señora Ministra
de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza
Terrestre, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;

Decreta:

Art. 1.- Nombrar
al señor SUBS. ROJAS LLUMIGUSIN DENIS HERNÁN, como Ayudante Administrativo de
la Agregaduría de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de
Colombia con sede en la ciudad de Bogotá, a partir del 20 de marzo de 2014
hasta el 20 de marzo de 2016. Reemplaza del señor SUBS. CAMACHO MENDOZA VENITO
CEVERIANO, cuyo periodo de gestión fenece el 08 de marzo de 2014.

Art. 2.- El
mencionado señor Suboficial percibirá las asignaciones económicas determinadas
en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa
Nacional, sección Fuerza Terrestre.

Art. 3.- El
señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y la señora Ministra
de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución del presente Decreto.

Dado, en el
Palacio Nacional, en Quito, a 10 de marzo de 2014.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

f.) Ricardo
Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito 13 de
Marzo del 2014, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente.

Alexis Mera
Giler.

SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO.

Secretaría
General Jurídica.

No. 000019

EL MINISTRO DE
RELACIONES EXTERIORES Y

MOVILIDAD
HUMANA

Considerando:

Que, el
numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe:
?Atribuciones de los Ministros de Estado.- A las Ministras y Ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer
la rectoría de las políticas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión??;

Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la
Administración Pública constituye un servicio de la colectividad que se rige
por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;

Que, el
artículo 424 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: ?La
Constitución es la norma suprema prevalece sobre cualquier otra del
ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán
mantener conformidad con las disposiciones constitucionales en caso contrario
carecerán de eficacia jurídica;

Que, el
artículo 7 de la Codificación Ley Orgánica del Servicio Exterior, manifiesta:
?El Ministro de Relaciones Exteriores expedirá las normas, acuerdos y
resoluciones del Ministerio, el de las misiones diplomáticas y el de las oficinas
consulares;

Que, de
conformidad con el artículo 2 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo
de la Función Ejecutiva, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana,
está sujeto a dicho cuerpo estatutario; y, además como lo señala el artículo 3
del referido Estatuto, y por ser parte de la Administración Pública Central
goza de personalidad jurídica única para el cumplimiento de sus fines;

Que, el
artículo 17 del citado cuerpo estatutario manifiesta: ?DE LOS MINISTROS.- Los
Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos
inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente
de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales??;

Que, el
Estatuto Orgánico de Estructura Organizacional de Gestión por Procesos del
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, publicado en el
del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, cuyo
responsable es el/la Coordinador/a Zonal;

Que, dicho
Estatuto Orgánico establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio e Integración tendrá unidades desconcentradas en las nueve zonas
establecidas por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo
(SENPLADES) y además oficinas de servicios y atención especializada, en otras
provincias en cada zona;

Que, de
conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 000126, de 28 de diciembre de 2012,
el mismo que se encuentra publicado en el Registro Oficial No. 873 de 17 de enero de
2013
, en el artículo 4 se procede a Reformar el artículo 8 numeral 4.4
del Estatuto Orgánico de Estructura Organizacional de Gestión por Procesos,
PROCESOS DESCONCENTRADOS EN EL PAÍS, quedando
así establecidas las siguientes Zonas: Zona 1 (Tulcán); Zona 2 (Tena); Zona 3
(Ambato); Zona 4 (Manta); Zona 5 (Guayaquil); Zona 6 (Cuenca); ZONA 7
(Machala); Zona 8 (Quito matriz); Zona 9 (Guayaquil);

Que, mediante
Resolución No. SENAMI-2013-0047, de 01 de abril de 2013, la Secretaría Nacional
del Migrante ahora Viceministerio de Movilidad Humana, incorporado a la estructura
administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración,
resuelve en el artículo 1 lo siguiente: ?Trasladar permanentemente el domicilio
principal de la Secretaría Nacional del Migrante a la ciudad de Azogues,
provincia del Cañar?;

Que, el
Acuerdo Ministerial No. 000038, de 5 de abril de 2013 delega a las
Coordinaciones Zonales para que dentro del ámbito de su jurisdicción
territorial asuman bajo su responsabilidad el ejercicio de las competencias
determinadas en el mismo;

Que, en virtud
del Decreto Ejecutivo No. 20, publicado en el Registro Oficial No. 22 de 25 de junio de
2013
, señala en el artículo 1 lo siguiente: ?Transfórmese la Secretaría
Nacional del Migrante en Viceministerio de Movilidad Humana e incorpóraselo en
la en la estructura administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio e Integración, con todas las competencias, responsabilidades,
atribuciones, programas, proyectos, recursos y delegaciones que le
correspondían?;

Que, de
conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo ibídem,
manifiesta: ?Cámbiese la denominación del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio e Integración por Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana?;

Que, conforme
Oficio No. SENPLADES-SGDE-2014- 0009-Of, de 20 de enero de 2014, emitido por el
Subsecretario General de Democratización del Estado, quien emite Informe
favorable a fin de que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad
Humana continúe con el proceso de reforma institucional;

Que, en
relación al Oficio No. SENPLADES-SGDE-2014- 0009-Of, de 20 de enero de 2014, al
que se anexa, el Informe de los Productos del Proceso de Cambio Institucional y
Desconcentración de la Función Ejecutiva, en su parte pertinente señala: No
obstante, se debe resaltar que en el citado Acuerdo Ministerial No. 126 de 28
de diciembre de 2012, existen errores respecto a la ubicación y jurisdicción de
las zonas de planificación 5, 8 y 9. Para el caso de las zonas 8 y 9 se
solventó la ubicación en la ciudad de Guayaquil y Quito, respectivamente;

Que, en virtud
del traslado administrativo del Viceministerio de Movilidad Humana y sus
Unidades Directivas a la ciudad de Azogues es necesaria la creación de una
Oficina de Servicios en Quito que atienda la alta demanda de los servicios que
presta el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en la Zonal 9,
con un personal capacitado u con experiencia, con recursos materiales e
infraestructura que le permiten desempeñarse adecuadamente y que pueden ser
potenciados;

Que, en base
al Informe de los Productos del Proceso de Cambio Institucional y
Desconcentración de la Función Ejecutiva, aprobado por la SENPLADES mediante
Oficio No. SENPLADES-SGDE-2014-0009-Of, de 20 de enero de 2014, señala: ?En
base al último modelo de gestión aprobado a la ex Secretaría Nacional del
Migrante- SENAMI en marzo de 2011, la Coordinación Zonal 6 ubicada en Cuenca
cambiaría su sede a la ciudad de Azogues, cuidad en que operará el
Viceministerio de Movilidad Humana con la Subsecretaría de Comunidad
Ecuatoriana Migrante y la Subsecretaría de Servicios Migratorios y Consulares.
Además, para la prestación de servicios, el Viceministerio de Movilidad Humana
funcionará a nivel desconcentrado en la Coordinación Zonal 9 Quito, ciudad en
la que también funcionará la Subsecretaría de Atención a Inmigrantes como parte
del citado Viceministerio.?;

Que, la cuidad
de Quito tiene un flujo importante de viajeros y migrantes, que requieren
atención del Estado;

Que, es
importante administrar con eficiencia los recursos públicos y aprovechar las
capacidades institucionales existentes; y;

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador y artículo 17 del Estatuto del Régimen
Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Crease la Coordinación Zonal 9 en el Distrito Metropolitano de Quito,
con sede en la ciudad de Quito, la cual contará con autonomía técnica,
administrativa y financiera.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Para la Coordinación Zonal 9 en el Distrito Metropolitano de Quito se
otorgarán las mismas atribuciones y competencias previstas en el Estatuto
Orgánico de Estructura Organizacional de Gestión por Procesos del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

DISPOSICIÓN
TRANSITORIA

La oficina del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, ubicada en la ciudad de
Guayaquil comprende la jurisdicción de las zonas 5 y 8 establecidas por la
Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.

De la
ejecución del presente Acuerdo que entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese
a las Coordinaciones Generales Administrativa Financiera, de Planificación y de
Gestión Estratégica, en coordinación con el Viceministerio de Movilidad Humana.

COMUNIQUESE Y
PUBLIQUESE.

Dado y firmado
en el Distrito Metropolitano de Quito, el día 25 de febrero de 2014.

f.) Ricardo
Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

REPÚBLICA DEL
ECUADOR.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA.- Certifico.- Que
el Acuerdo Ministerial N° 000019, del 25 de febrero de 2014 que en 04 (cuatro)
fojas antecede, es fiel copia del original que reposa en el Archivo de
Secretaría General de este Ministerio.- Quito, D.M. 06 de marzo de 2014.- f.)
Ab. Diego Madero Poveda, Secretario General.

No. 2014 ?
013

María Del
Pilar Troya

SECRETARIA DE
EDUCACIÓN SUPERIOR,

CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (S)

Considerando:

Que el
artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador determina
que a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: ??1. Ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión??;

Que el
artículo 17 inciso segundo del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de
la Función Ejecutiva establece que: ??Los Ministros de Estado, dentro de la
esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al
funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se
ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente,
siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del
Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y
obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario
delegado??;

Que el
artículo 182 de la Ley Orgánica de Educación Superior publicada en el Registro
Oficial Suplemento Nro. 298, de 12 de Octubre del 2010, establece que: ??La
Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, es
el órgano que tiene por objeto ejercer la rectoría de la política pública de
educación superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las
instituciones del Sistema de Educación Superior??;

Que mediante
Decreto Ejecutivo N° 934, de fecha 10 de noviembre del 2011, el señor
Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado,
designó a René Ramírez Gallegos como Secretario Nacional de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, mismo que fue ratificado en el cargo mediante
Decreto Ejecutivo No. 2 del 27 de mayo de 2013, publicado en el Segundo
Suplemento del Registro Oficial No.5 de 31 de mayo de 2013;

Que mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 62 de 05 de agosto del 2013, publicado en el Registro
Oficial 63 de 21 de agosto del 2013, reformado mediante Decreto Ejecutivo Nro.
131 de fecha 08 de octubre de 2013 se reforma el artículo 17.2 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva, en virtud de lo cual cambia la denominación de la Secretaría
Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación por Secretaría
de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación;

Que mediante
Acuerdo Nro. 2013-101 de 11 de septiembre de 2013, el Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, designó a la magíster Ximena
Victoria Amoroso Iñiguez como Subsecretaria General de Ciencia, Tecnología e
Innovación;

Que mediante
Acuerdo Nro. 2014-011 de 10 de enero de 2014, René Ramírez Gallegos, Secretario
de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, designó a María del
Pilar Troya, Subsecretaria General de Educación Superior, para que lo subrogue
en sus funciones, a partir de la fecha de suscripción del mencionado acuerdo;
y,

Que mediante
Memorando Nro. SENESCYT-DCOI-2014- 0017-MI de 9 de enero de 2014, el magíster
Diego Fernando Vega, Director de Cooperación Internacional, solicita que se
delegue a la magíster Victoria Ximena Amoroso Iñiguez, Subsecretaria General de
Ciencia, Tecnología e Innovación, para que suscriba el ?ACUERDO DE COOPERACIÓN
INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL ECUADOR Y LA UNIVERSIDAD DEL ESTADO DE NUEVO MEXICO
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA?.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren el artículo 154 numeral 1 de la
Constitución de la República del Ecuador; y el artículo 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva:

Acuerda:

Artículo 1.- Designar
a la magíster Ximena Victoria Amoroso Iñiguez, Subsecretaria General de
Ciencia, Tecnología e Innovación para que suscriba el ?ACUERDO DE COOPERACIÓN
INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL ECUADOR Y LA UNIVERSIDAD DEL ESTADO DE NUEVO MEXICO
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA?.

Artículo 2.- En
el instrumento jurídico a suscribirse por motivo de la delegación del presente
Acuerdo, se hará constar la frase: ?POR DELEGACIÓN DEL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN?;

Artículo 3.- Notifíquese
con el contenido de este Acuerdo, a la magíster Ximena Victoria Amoroso
Iñiguez, Subsecretaria General de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Artículo 4.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de San Francisco de Quito, a los catorce (14) días del
mes de enero de 2014.

f.) María del
Pilar Troya, Secretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación
(S).

Secretaría de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.- Coordinación General de
Asesoría Jurídica.- 07 de febrero de 2014.- f.) Ilegible.- Fiel copia del
original que reposa en el archivo de esta Coordinación.

Nro. 2014
? 014

María Del Pilar
Troya

SECRETARIA DE
EDUCACIÓN SUPERIOR,

CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (S)

Considerando:

Que el
artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador determina
que a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: ??1. Ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión??;

Que el
artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador señala que: ?Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras y
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de la potestad estatal
(?). Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y
hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución?;

Que el
artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe: ?La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación (?)?;

Que el
artículo 182 de la Ley Orgánica de Educación Superior publicada en el Registro
Of