Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Lunes 13 de Octubre 2014 – R. O. No. 185

EDICIÓN ESPECIAL

ACUERDO

No. 008

ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL

POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE

COORDINACIÓN DE SEGURIDAD

CONTENIDO


ACUERDO MINISTERIAL No. 008

EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD

Considerando:

Que, la Constitución Política de la República en su artículo 3,
numeral 8, dispone como uno de los deberes primordiales del Estado, garantizar
a sus habitantes el derecho a una cultura de paz, a la seguridad integral y a
vivir en una sociedad democrática y libre de corrupción;

Que, la Constitución Política de la República en el artículo 393,
dispone que el Estado garantizará la seguridad humana a través de políticas y
acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas,
promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación
y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de estas
políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de
gobierno;

Que, la Constitución de la República en el artículo 227, dispone
que la administración pública constituye un servicio
a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, la Ley de Seguridad Pública y del Estado en su artículo 9,
dispone que el Ministerio de Coordinación de Seguridad es responsable de la
elaboración de las políticas públicas, la planificación integral y la
coordinación de los organismos que conforman el Sistema de Seguridad Pública y
del Estado, así como también el seguimiento y evaluación de las acciones
aprobadas en materias de seguridad;

Que, la Ley de Seguridad Pública y del Estado en el artículo 23,
establece que la seguridad ciudadana es una política de Estado destinada a
fortalecer y modernizar los mecanismos necesarios para garantizar los derechos
humanos, en especial el derecho a una vida libre de violencia y criminalidad;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 117-A, publicado en el Registro Oficial No. 33 de 5 de marzo de
2007
, se incorpora al artículo 16 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo
de la Función Ejecutiva, al Ministerio de Coordinación de Seguridad Interna y
Externa;

Que, posteriormente con Decreto Ejecutivo No. 980 de 25 de marzo
de 2008, publicado en el Registro Oficial No. 311 de 08 de abril de
2008
, se dispone que el Ministerio de Coordinación de Seguridad
Interna y Externa, funcione de manera desconcentrada, y para el cumplimiento de
sus fines gozará de autonomía administrativa y financiera;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1787 de 18 de junio de 2009,
publicado en el Registro Oficial No. 626 de 03 de julio de
2009
, se cambia el nombre del Ministerio de Coordinación de Seguridad
Interna y Externa por el de Ministerio de Coordinación de Seguridad;

Que, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador,
mediante Decreto Ejecutivo No. 274 de 31 de marzo de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 224 de 11 de abril de 2014, nombró al arquitecto Fernando
Cordero Cueva, como Ministro de Coordinación de Seguridad;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 339 emitido el 16 de mayo de
2014, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 262 de 6 de
junio de 2014
, el Presidente Constitucional de la
República del Ecuador, expide: ?Disposiciones para la Organización de los
Ministerios de Coordinación?, en cuyo artículo 2 se dispone sustituir el
artículo 17.3 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
en el que se establecen las funciones de los Ministerios de Coordinación;

Que, dicho instrumento legal determina que los Ministerios de
Coordinación tienen por finalidad la concertación y coordinación de la
formulación y ejecución de las políticas y acciones que adopten las diferentes
instituciones que integran sus áreas de trabajo; el seguimiento y evaluación del
cumplimiento de las decisiones de los
Consejos Sectoriales; la consolidación,
análisis y difusión de la información sectorial e intersectorial; así como, el monitoreo
de la gestión institucional de las entidades que integran el área de trabajo y
de los proyectos y procesos de las mismas;

Que, el referido Decreto reforma la estructura de los Ministerios
de Coordinación y establece nuevas atribuciones y facultades, por lo que es
necesaria la reforma de la normativa y estructura internas, para adaptarlas a
la normativa vigente;

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 042 emitido el 2 de agosto
de 2010, publicado en el Registro Oficial en la Edición Especial No.
71 de 17 de septiembre de 2010
, el Ministerio de Coordinación de
Seguridad emite su Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos;

Que, mediante oficio No. SENPLADES-SGTEPBV-2014- 0087-OF de 25 de
junio de 2014, el Subsecretario General de Transformación del Estado para el
Buen Vivir de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES),
emite informe favorable de la Matriz Temática, a fin de que el Ministerio de
Coordinación de Seguridad (MICS), continúe con su proceso de Reforma Institucional;

Que, el Ministerio de Finanzas, con Oficio No. MINFINDM- 2014-0595
de 18 de julio de 2014, con sus atribuciones determinadas en el Art. 132 de la
Ley Orgánica de Servicio Público, emite dictamen presupuestario favorable para
la promulgación del Estatuto Orgánico del Ministerio de Coordinación de
Seguridad;

Que, con Oficio No. MICS-D-2014-0798 de 23 de julio de 2014, el
Ministerio de Coordinación de Seguridad realiza un alcance a la matriz temática
y solicita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo agregar
información fundamental respecto a las atribuciones, facultades, productos y
servicios a la gestión de: Información, Planificación y Política Sectorial e
Intersectorial, Eficiencia Institucional, Movilización, Relaciones
Internacionales y Secretaría del Consejo de Seguridad Pública y del Estado;

Que, mediante oficio No. SENPLADES-SGTEPBV-2014- 0115-OF de 12 de
agosto de 2014, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo
(SENPLADES), manifiesta que no considera viable la reforma a la matriz temática
propuesta por el Ministerio de Coordinación de la Seguridad, sin embargo ?recomienda
analizar la desagregación solicitada en el Modelo de Gestión y Estatuto
Orgánico por Procesos?; y,

Que, mediante Oficio Nro. SNAP-SGGP-2014-000256-O de 22 de agosto
de 2014, la Secretaría Nacional de la Administración Pública aprueba el modelo
de gestión, el rediseño y aprobación de la estructura institucional y el proyecto
de reforma al estatuto orgánico de gestión organizacional por procesos del
Ministerio de Coordinación de Seguridad

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del
artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 17
del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,


Acuerda

Sustituir el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos del Ministerio de Coordinación de Seguridad, publicado en el Registro Oficial en la Edición Especial No.
71 de septiembre del 2010
, por el siguiente:

ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN

ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

Art. 1.- Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos.- Constituye una herramienta de gestión que determina la estructura
orgánica y funcional de la institución para el cumplimiento de su Misión y
Objetivos Estratégicos.

El Estatuto contiene la estructura principal del Ministerio de Coordinación
de Seguridad, la misión de cada área y unidad de gestión, sus relaciones de
dependencia, supervisión y coordinación y el detalle de las principales
atribuciones, productos y servicios de cada una de ellas.

El Ministerio de Coordinación de Seguridad, concertará y coordinará
las políticas y acciones que en seguridad adopten las siguientes instituciones:

Ministerio de Defensa Nacional.

Ministerio del Interior.

Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

Secretaría de Gestión de Riesgos.

Secretaría de Inteligencia.

Sistema Integrado de Seguridad ECU-911.

Artículo 2.- Procesos.- Para cumplir con la coordinación, asesoramiento,
supervisión y preparación de políticas públicas, planes, estrategias y acciones
para garantizar la Seguridad Integral del Estado; se ha definido dentro de su estructura
los procesos gobernantes, sustantivos y adjetivos.

Gobernantes.- Son aquellos procesos que proporcionan directrices,
políticas y planes estratégicos, para la dirección y control de la institución.

Sustantivos.- Son aquellos procesos que realizan las actividades
esenciales para proveer los servicios y los productos que ofrece a sus clientes
una institución. Los procesos sustantivos se enfocan a cumplir la misión de la
institución.

Adjetivos.- Son aquellos procesos que proporcionan productos o
servicios a los procesos gobernantes y sustantivos, se clasifican en procesos
adjetivos de asesoría y de apoyo.

Artículo 3.- De los puestos directivos.- Los puestos directivos
establecidos en la estructura organizacional son:

Ministro/a

Viceministro/a

Subsecretario/a

Coordinador/a Estratégico/a

Coordinador/a General

Director/a

Artículo 4.- Comité de Gestión de Calidad del Servicio y el
Desarrollo Institucional.- De conformidad con lo previsto en el artículo 138
del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), el
Ministerio de Coordinación de Seguridad, contará con un Comité de Gestión de
Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional, que tendrá la
responsabilidad de proponer, monitorear y evaluar la aplicación de las
políticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de la eficiencia
institucional.

El Comité tendrá la calidad de permanente y estará integrado por:

a) La autoridad
nominadora o su delegado, quien lo presidirá;

b) El responsable
del proceso de gestión estratégica;

c) Una o un
responsable por cada uno de los procesos o unidades administrativas; y,

d) La o el
responsable de la Unidad Administrativa de Talento Humano (UATH) o quien
hiciere sus veces.

CAPÍTULO I

DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

Artículo 5.- Misión.- Coordinar, asesorar, supervisar y preparar
políticas públicas, planes, estrategias y acciones para garantizar la Seguridad
Integral con enfoque hacia los derechos humanos.

Artículo 6.- Principios y Valores.- Constituyen la filosofía institucional
y el soporte de la cultura organizacional tomando como marco de referencia el liderazgo
efectivo mediante el cual los valores se vuelven contagiosos y afectan los
hábitos de pensamiento de la gente, lo cual inspira y regula la vida de la
organización.

A más de los valores establecidos en el Código de Ética vigente,
el Ministerio de Coordinación de Seguridad ha identificado los siguientes
valores propios de la institución:

Honestidad.- Es la cualidad que consiste en comportarse y expresarse
con coherencia y sinceridad (decir la verdad), de acuerdo con los valores de verdad y
justicia.

Respeto.- Es la consideración de que alguien o algo tiene un valor
por sí mismo y se establece una relación de reciprocidad: respeto mutuo,
reconocimiento mutuo. Se muestra considerando las libertades y derechos de los demás
y cumplimiento con las normas y leyes que rigen un país. Implica una relación
cordial y tolerante.

Orientación al logro.- Tener Capacidad para dirigir el comportamiento
propio hacia el cumplimiento de estándares elevados, con miras al mejoramiento
continuo, en lo personal y profesional. Implica que la servidora o servidor público
trabaja con tesón y disciplina para cumplir sus funciones con altos niveles de
calidad alcanzando los resultados esperados y cerrando los procesos. Demuestra esfuerzo
y persistencia en la consecución de sus objetivos, afrontando obstáculos y
situaciones difíciles; procura que los servidores públicos de la institución
obtengan resultados de excelencia.

Orientación al servicio.- Preocuparse por realizar el trabajo
teniendo en cuenta los requerimientos y las demandas del usuario con eficacia y
eficiencia. Mantener una relación permanente con el usuario para conocer y entender
sus expectativas, intereses, necesidades buscando su satisfacción y mejora del
servicio prestado en lineamientos de alta calidad y calidez.

Calidad de Trabajo.- Se refiere al conjunto de propiedades inherentes
a un objeto que le confieren capacidad para satisfacer necesidades implícitas o
explícitas de eficiencia y cumplimiento de objetivos propuestos para el cargo
que desempeña la/el servidora/or y la/el trabajadora/or.

Artículo 7.- Objetivos Institucionales.- Los objetivos estratégicos
institucionales del Ministerio de Coordinación de Seguridad responden al rol,
competencias y atribuciones asignadas en la normativa vigente así como en el
Plan Nacional del Buen Vivir y el Plan Nacional de Seguridad Integral.

Objetivo 1: Incrementar la efectividad de las políticas públicas,
planificación institucional y de la inversión pública.

Objetivo 2: Incrementar la efectividad del control, seguimiento y
evaluación de la gestión en las instituciones coordinadas.

Objetivo 3: Incrementar la calidad de la información intersectorial.

Objetivo 4: Incrementar la seguridad de la ciudadanía frente a
emergencias y estados de excepción.

CAPÍTULO II

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Artículo 8.- De la Estructura Orgánica.- El Ministerio de Coordinación
de Seguridad, para el cumplimiento de sus competencias, atribuciones, misión y
visión, desarrollará los siguientes procesos internos que estarán conformados
por:

8.1. Procesos
Gobernantes:

8.1.1 Direccionamiento
Estratégico para la Planificación, Monitoreo y Evaluación de Seguridad.

Responsable: Ministro/a de Coordinación de Seguridad.

8.2. Procesos
Sustantivos:

8.2.1. Gestión
Estratégica para la Planificación, Monitoreo y Evaluación de Seguridad.

Responsable: Viceministro/a de Coordinación de Seguridad.

8.2.2. Gestión de
Información.

Responsable: Subsecretario/a de Gestión de Información.

8.2.2.1. Gestión de
Información.

Responsable: Director/a de Información.

8.2.2.2. Gestión de
Análisis y Estadísticas.

Responsable: Director/a de Análisis de Estadísticas.

8.2.3. Gestión de
Planificación y Política Sectorial e Intersectorial.

Responsable: Subsecretario/a de Planificación y Política Sectorial
e Intersectorial.

8.2.3.1. Gestión de
Políticas Sectoriales e Intersectoriales.

Responsable: Director/a de Políticas Sectoriales e Intersectoriales.

8.2.3.2. Gestión de
Planificación e Inversión Pública.

Responsable: Director/a de Planificación e Inversión Pública.

8.2.4. Gestión de
Eficiencia Institucional.

Responsable: Subsecretario/a de Gestión y Eficiencia
Institucional.

8.2.4.1. Gestión
Estratégica de Asuntos Reservados.

Responsable: Coordinador/a Estratégico/a de Asuntos Reservados.

8.2.4.2. Gestión Estratégica de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos

Responsable: Coordinador/a Estratégico/a de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.

8.2.4.3. Gestión
Estratégica de Consejos.

Responsable: Coordinador/a Estratégico/a de Consejos.

8.2.4.4. Gestión
Estratégica de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Responsable: Coordinador/a Estratégico/a de Relaciones Exteriores.

8.2.4.5. Gestión
Estratégica de Defensa. Responsable: Coordinador/a Estratégico/a de Defensa.

8.2.4.6. Gestión
Estratégica de Riesgos.

Responsable: Coordinador/a Estratégico/a de Riesgos.

8.2.4.7. Gestión
Estratégica del Interior.

Responsable: Coordinador/a Estratégico/a del Interior.

8.2.5. Gestión Nacional
de Movilización.

Responsable: Director/a Nacional de Movilización.

8.2.6. Gestión de
Relaciones Internacionales.

Responsable: Director/a de Relaciones Internacionales.

8.3. Procesos
Adjetivos:

8.3.1 DE APOYO

8.3.1.1 Gestión
Administrativa Financiera.

Responsable: Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a.

8.3.2 DE ASESORÍA:

8.3.2.1 Gestión Jurídica.

Responsable: Coordinador/a General Jurídico/a.

8.3.2.2 Gestión de
Comunicación.

Responsable: Director/a de Comunicación.

8.3.2.3 Gestión de
Auditoría Interna.

Responsable: Director/a de Auditoría Interna.


Artículo 9.- Representaciones Gráficas.- La estructura orgánica,
mapa de procesos y cadena de valor se muestran en los gráficos que se presentan
a continuación:

9.1. Estructura Organizacional:

j993.png

9.2. Cadena de Valor:

j994.png