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REGISTRO OFICIAL

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Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Viernes, 26 de Marzo de 2010 – R. O. No. 159

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SUPLEMENTO

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CORTE CONSTITUCIONAL

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Para el Período de Transición

n n DICTAMENES: n n

0004-10-SEE-CC Declárase la constitucionalidad de la Declaración de Estado de Excepción establecida en el Decreto Nº 228 de 19 de enero del 2010 y exhórtase a las autoridades, directivos y trabajadores de la Empresa Estatal de Petróleos del Ecuador, PETROECUADOR, sus empresas filiales, y a la empresa PETROAMAZONAS, a que adopten los esfuerzos y precauciones para garantizar y proteger los derechos constitucionales y cumplir con el objetivo que persigue la declaratoria de estado de excepción

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0005-10-SEE-CC Emítese dictamen favorable de constitucionalidad a la declaratoria de Estado de Excepción, contenida en el Decreto Nº 230 de 20 de enero del 2010

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SENTENCIA INTERPRETATIVA:

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0001-09-SIC-CC Los plazos establecidos en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución de la República deben contarse a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de la República, es decir, del 20 de octubre del 2008, día de su publicación en el Registro Oficial Nº 449

n n SENTENCIAS: n n

001-10-SCN-CC Declárase que el contenido del artículo 69 del Código Penal, objeto de la consulta de constitucionalidad, no contra-dice ni vulnera lo dispuesto en el artículo 94 de la Constitución de la República

n n

002-10-SCN-CC Declárase que los artículos 83, inciso quinto del 122, e inciso quinto del 123 de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, no contradicen ni vulneran lo dispuesto en el artículo 176 numeral 9 de la Constitución de la República

n n

003-10-SCN-CC Declárase que el contenido del artículo 889 del Código de Procedimiento Civil, objeto de la consulta de constitucionalidad, no contradice ni vulnera el artículo 76, numeral 7, literal m de la Constitución de la República

n n

004-10-SCN-CC Declárase la inconstitucionalidad de los incisos tercero y quinto del tercer artículo innumerado, agregado luego del artículo 226 por la Ley Reformatoria al Código de Procedimiento Penal, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nº 555 del 24 de marzo del 2009

n n

0004-10-SEP-CC Declárase la existencia de la violación a los derechos de la tutela judicial efectiva y debido proceso y, en consecuencia, acéptase la acción extraordinaria de protección planteada por Freddy Martín Romero Romoleroux

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005-10-SEP-CC Niégase la acción extraordinaria de protección deducida por el señor Vicente Antonio Habze Auad, por los derechos que representa de la compañía Panificadora Automática Rey Pan C. A., por improcedente

n n

0006-10-SEP-CC Acéptase la acción extraordinaria de protección planteada por el señor Faisal Antonio Misle Zaidan, por haberse demostrado la violación de los derechos de tutela judicial efectiva y seguridad jurídica

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ORDENANZA MUNICIPAL:

n n Gobierno Municipal Autónomo del Cantón Huaquillas: Que reglamenta el cobro de la tasa por servicio de alcantarillado n

n n n n n n n n n

n Quito, D. M., 24 de febrero del 2010 n n Sentencia N.° 0004-10-SEE-CC n n n

CASO N.° 0001-10-EE

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Juez Sustanciador: Dr. Edgar Zárate Zárate

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LA CORTE CONSTITUCIONAL,

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Para el período de transición

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