Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 17 de Diciembre de
2013 – R. O. No. 145

SUMARIO

Ministerio de Cultura y Patrimonio:

Ejecutivo:

Acuerdos

DM-2013-169A Deléganse
atribuciones y legalízanse las comisiones de servicios en el exterior de las
siguientes personas:

Sociólogo Jorge Luis Serrano Salgado, Viceministro de
Cultura y Patrimonio

DM-2013-185 Señor Esteban Raymundo Tapia Merino, Técnico del
Proyecto Patrimonio Alimentario

DM-2013-186 Señorita Sonia Elizabeth Viveros Padilla

DM-2013-189 Señor Luis Miguel Vallejo Bravo

DM-2013-193 Sociólogo Jorge Luis Serrano Salgado,
Viceministro de Cultura y Patrimonio

DM-2013-194 Ingeniero Juan Alberto Gordillo Freire

Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la
Información:

053-2013 ?Dotación de
Conectividad y Equipamiento para Escuelas Fiscales y Organismos de Desarrollo
Social a Nivel Nacional?

061-2013 Califícanse como Proyectos Emblemáticos a los
siguientes:

?Ampliación de la Red Infocentros?

062-2013 Iníciase la Campaña de Reciclaje de Residuos de
Aparatos Electrónicos

Ministerio de Inclusión Económica y Social: Instituto
Nacional de Economía Popular y Solidaria:

Resoluciones

151-IEPS-2013 Otórganse las acreditaciones a las siguientes
organizaciones:

Federación Nacional de Operadoras de Transporte en Taxis del
Ecuador FEDOTAXIS

152-IEPS-2013 Compañía Intelecto S. A. INTELECTOSA

153-IEPS-2013 Compañía Audits And Consulting Services Cía.
Ltda.

Ministerio de Recursos Naturales No Renovables:

998 Deléganse funciones a el o la titular de la Dirección de
Administración de Talento Humano

Superintendencia de Bancos y Seguros:

Transparencia y Control Social

SBS-INJ-DNJ-2013-838 Califícase y amplíase la calificación a
varias personas para que puedan desempeñarse como peritos avaluadores:

Ingeniero mecánico Rómulo Francisco Javier Garrido Almeida

SBS-INJ-DNJ-2013-848 Arquitecto Andrés Fernando Panchi
Galarza

SBS-INJ-DNJ-2013-849 Arquitecta María Belén Zapata Vera

SBS-INJ-DNJ-2013-877 Doctor en medicina veterinaria y
zootecnia José Felix Chulde Lafuente

SBS-INJ-DNJ-2013-878 Ingeniero civil Daniel Santiago Campaña
Montenegro

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas


Cantón
Baños de Agua Santa:
Que regula las urbanizaciones, fraccionamientos y
edificaciones en predios urbanos y rurales

013-2013 Cantón Riobamba: Reformatoria de la Ordenanza No.
012-2011 que regula la administración y funcionamiento del Registro de la
Propiedad

CONTENIDO


No.
DM-2013-169A

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República establece que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de desconcentración y descentralización de funciones;

Que, el
artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, establece que las máximas
autoridades de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u
oficios necesarios para delegar sus atribuciones;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo 1507, de 8 de mayo de 2013, se cambia la denominación de esta
Cartera de Estado a, Ministerio de Cultura y Patrimonio;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo 1508, de 8 de mayo de 2013, se designa como Ministro de
Cultura y Patrimonio al señor Francisco Velasco Andrade;

Que, el
artículo 4 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, establece que: ?Los órganos y
entidades que comprenden la Función Ejecutiva deberán servir al interés general
de la sociedad y someterán sus actuaciones a los principios de legalidad, jerarquía,
tutela, cooperación y coordinación, según el caso, bajo los sistemas de
descentralización y desconcentración administrativa. Las máximas autoridades de
cada órgano y entidad serán responsables de la aplicación de estos principios?;

Que, el
artículo 17, segundo inciso, del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, establece que: ?Los Ministros de Estado, dentro de la
esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al
funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se
ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente,
siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del
Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y
obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario
delegado?;

Que, el
artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, establece que: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y
autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán
delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que
se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto??;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1507 de 08 de mayo de 2013, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 960 de
23 de mayo de 2013
, el Economista Rafael Correa Delgado, Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, decretó, en el art. 1, la supresión
del Ministerio de Coordinación de Patrimonio;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 18 de 10 de junio de 2013, se reforma el Decreto
Ejecutivo No. 1507 e incorpora luego de ?Ministerios de Coordinación de Sectores
Estratégicos, Conocimiento y Talento Humano y Desarrollo Social? las palabras
?o cualquier institución del sector público relacionada con el patrimonio?;

Que, mediante
Convenio Interinstitucional de 20 de junio de 2013 suscrito por las máximas
autoridades de la Administración Temporal del Ministerio de Coordinación de
Patrimonio y Ministerio de Cultura y Patrimonio, se determina el traspaso de
los bienes, recursos e información referente a la gestión realizada por el ex
Ministerio de Coordinación de Patrimonio;

Que, el
numeral 4.3 de la cláusula cuarta del Convenio suscrito el 20 de junio de 2013,
señala entre los compromisos del ex – Ministerio de Coordinación de Patrimonio,
transferir al Ministerio de Cultura y Patrimonio: ?Los derechos y obligaciones
que consten en convenios, contratos, u otros instrumentos jurídicos, nacionales
o internacionales, vinculados con los planes y proyectos transferidos?;

Que, el
Ministerio de Cultura y Patrimonio, en virtud de los Decretos Ejecutivos No.
1507 de 08 de mayo de 2013; No. 18 de 10 de junio de 2013; y, Convenio Interinstitucional
de 20 de junio de 2013, asumió la continuidad de los proyectos y procesos
iniciados por el ex – Ministerio de Coordinación de Patrimonio;

Que, con
Acuerdo Ministerial N° 013-MCP-2012, de 8 de mayo de 2012, el Soc. Juan
Coellar, Ministro Coordinador de Patrimonio Subrogante, expide el Reglamento
que regula la administración y funcionamiento del proyecto ?Financiamiento para
la rehabilitación de inmuebles patrimoniales privados? y su reforma constante
el Acuerdo Ministerial No. 033-MCP-2012 de 17 de diciembre de 2012;

Que, el
literal j) del artículo 7 del Acuerdo Ministerial N° 013-MCP-2012 determina
como una de las responsabilidades del Ministerio la suscripción de convenios
específicos con los propietarios de los CUAVIP beneficiarios directos del
Proyecto;

Que, es
necesario desconcentrar las diferentes atribuciones que tiene la máxima
autoridad de esta Cartera de Estado, de conformidad a la Constitución de la
República, leyes, reglamentos y demás normativa vigente; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República, en concordancia con los artículos 17 y 55 del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
a el/la Viceministro/a de esta Cartera de Estado, la suscripción de convenios
con personas naturales de derecho privado que se generen para cumplir los objetivos
y compromisos que asuman los Proyectos Emblemáticos denominados: ?FINANCIAMIENTO
PARA LA REHABILITACIÓN DE INMUEBLES PATRIMONIALES PRIVADOS? y ?CIUDAD DEL CONOCIMIENTO
? YACHAY?, provenientes de planes, programas y proyectos sujetos o no a la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Contratación Pública, en beneficio de la colectividad.

Art. 2.- El
ejercicio de la presente delegación, se sujetará en forma estricta y bajo la
total y exclusiva responsabilidad de el/la Viceministro/a de esta Cartera de
Estado, a las normas legales, reglamentos institucionales y más disposiciones
vigentes.

Art. 3.- La
máxima autoridad cuando lo estime pertinente, podrá avocar para sí el
conocimiento de las facultades delegadas en el presente Acuerdo Ministerial, e
intervenir en las mismas.

Art. 4.- Ratificar
las disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial N° 013-MCP-2012, de 8 de
mayo de 2012 y su reforma constante el Acuerdo Ministerial No. 033-MCP-2012 de
17 de diciembre de 2012.

Art. 5.- Encárguese
al titular de la Dirección de Gestión Administrativa la notificación del
presente instrumento legal, al señor Secretario General de la Administración Pública,
de conformidad a lo establecido en el tercer inciso, del artículo 17 del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

DISPOSICIÓN
GENERAL

En los
Acuerdos Ministeriales N° 013-MCP-2012 y 033- MCP-2012, de 8 de mayo de y 17 de
diciembre de 2012, respectivamente, se entenderá como: ?Ministerio de Cultura y
Patrimonio? todo lo que se refiera a ?Ministerio de Coordinación de
Patrimonio?.

ARTÍCULO
FINAL.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su
expedición sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en la
ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los veintiún días del mes de octubre
del año dos mil trece.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro. DM-2013-185

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el Art.
154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: ?A
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión?;

Que, el
artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán
servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a
cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad
dentro del sector público;

Que el
artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, en concordancia con los
artículos 45, 46 y 47 de su Reglamento General, norman la declaratoria en
comisión de servicio con remuneración al exterior de los servidores públicos;

Que, mediante
Memorando No. MCYP-SPAT-13-0370-M, de 29 de agosto de 2013, el Subsecretario de
Patrimonio (Subrogante), solicita al señor Ministro de Cultura y Patrimonio,
Francisco Velasco Andrade, autorice la comisión de servicios del señor Esteban
Raymundo Tapia Merino, técnico del proyecto patrimonio alimentario, con la
finalidad de que viaje a Lima-Perú, del 5 al 7 de septiembre de 2013, a la
feria gastronómica ?MISTURA?;

Que, mediante
Memorando No. MCYP-DM-13-0407-M, de 2 de septiembre de 2013, el señor Ministro
de Cultura y Patrimonio, Francisco Velasco Andrade, autoriza al señor Esteban
Raymundo Tapia Merino, técnico del proyecto patrimonio alimentario, para que
asista a la feria gastronómica ?MISTURA?, a realizarse en Lima-Perú, los días
5,6 y 7 de septiembre de 2013;

Que, mediante
memorando No. MC-DM-13-0411-M, de 4 de septiembre de 2013, el señor Ministro de
Cultura y Patrimonio, dispone a la Coordinación General Administrativa
Financiera, realizar los trámites pertinentes para la Declaratoria de la
Comisión de Servicios en el Exterior, del 5 al 7 de septiembre de 2013, así como
la compra de pasajes aéreos y la asignación de viáticos para el señor Esteban
Raymundo Tapia Merino, con la finalidad de asista a la feria gastronómica
?MISTURA?;

Que, mediante
Informe No. 845-MC-DGTH-2013, la Unidad de Gestión de Talento Humano, emite dictamen
favorable para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración al
exterior, del 5 al 7 de 2013, a favor de el señor Esteban Raymundo Tapia
Merino;

Que, el 5 de
septiembre de 2013, el Subsecretario de Calidad de la Gestión Pública, autorizó
la solicitud de viaje al exterior No.
29805, a favor de el señor Esteban Raymundo Tapia Merino; y,

Que, mediante
Memorando No. MCYP-UATH-13-1796- M, de 13 de noviembre de 2013, la Unidad de
Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica,
elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial, para la declaratoria en
comisión de servicios con remuneración en el exterior del 5 al 7 de septiembre
2013, a favor de el señor Esteban Raymundo Tapia Merino.

En ejercicio
de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior entre
los días 5 y 7 de septiembre de 2013, a favor de el señor Esteban Raymundo Tapia
Merino, quien participó en la feria gastronómica ?MISTURA?, evento realizado en
Lima-Perú. El Ministerio de Cultura con recursos de su presupuesto institucional
financió los gastos de pasajes aéreos, y los gastos que por ley le
corresponden.

Art. 2.- Encárguese
la ejecución del presente Acuerdo Ministerial, al(a la) titular de la Dirección
de Gestión de Talento Humano.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a partir de su expedición,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y
publíquese. Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, 19 de noviembre
de 2013. f.) Francisco Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro. DM-2013-186

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el Art.
154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: ?A
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión?;

Que, el
artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán
servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a
cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad
dentro del sector público;

Que el
artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, en concordancia con los
artículos 45, 46 y 47 de su Reglamento General, norman la declaratoria en
comisión de servicio con remuneración al exterior de los servidores públicos;

Que, mediante
comunicación de 9 de septiembre de 2013, dirigida a la señorita Sonia Elizabeth
Viveros Padilla, se realiza la invitación a la Tercera Cumbre Mundial de Alcaldes
y Mandatarios Afrodescendientes, que se llevará a cabo en el Centro de Eventos
Valle del Pacífico de Cali – Colombia, del 12 al 16 de septiembre de 2013 y en Cartagena,
los días 17 y 18 de septiembre de 2013; señalándose a su vez que ?la
coordinación general de la Cumbre asume el costo de todos sus gastos de Tiquete
Aéreo, Hospedaje y Alimentación durante los días del evento?

Que, mediante
Memorando No. MCYP-DM-13-0435-M, de 10 de septiembre de 2013, el señor Ministro
de Cultura y Patrimonio, dispone a la Coordinación General Administrativa
Financiera, realizar los trámites pertinentes para la Declaratoria de la
Comisión de Servicios en el Exterior, del 12 al 19 de septiembre de 2013, en
favor de la señorita Sonia Elizabeth Viveros Padilla, quien asistirá en
representación de esta Cartera de Estado, a la Tercera Cumbre Mundial de Alcaldes
y Mandatarios Afrodescendientes, señalándose además que ?los organizadores
cubrirán los gastos de pasajes aéreos, alojamiento y alimentación, en tal razón
la Dirección de Gestión Financiera no debe realizar ningún pago por concepto de
viático, subsistencias o pago de pasajes aéreos a favor de la indicada
funcionaria?.

Que, mediante
Informe No. 848-MC-DGTH-2013, de 11 de septiembre de 2013, la Unidad de Gestión
de Talento Humano, emite dictamen favorable para la declaratoria en comisión de
servicios con remuneración en el exterior del 12 al 18 de septiembre de 2013, a
favor de la señorita Sonia Elizabeth Viveros Padilla;

Que, el 11 de
septiembre de 2013, el Subsecretario de Calidad de la Gestión Pública, autorizó
la solicitud de viaje al exterior No. 29968, a favor de la señorita Sonia
Elizabeth Viveros Padilla; y,

Que, mediante
Memorando No. MCYP-UATH-13-1803- M, de 14 de noviembre de 2013, la Unidad de
Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica,
elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial, para la declaratoria en
comisión de servicios con remuneración en el exterior del 12 al 18 de
septiembre de 2013, a favor de la señorita Sonia Elizabeth Viveros Padilla.

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior entre
los días 12 y 19 de septiembre de 2013, a favor de la señorita Sonia Elizabeth
Viveros Padilla, quien participó, en la Tercera Cumbre Mundial de Alcaldes y
Mandatarios Afrodescendientes, evento realizado en Cali ? Colombia.

Art. 2.- Encárguese
la ejecución del presente Acuerdo Ministerial, al(a la) titular de la Dirección
de Gestión de Talento Humano.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a partir de su expedición,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en la
ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, 19 de noviembre de 2013.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro.
DM-2013-189

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que, el Art.
154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: ?A
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión?;

Que, el
artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán
servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a
cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o
dignidad dentro del sector público;

Que el
artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, en concordancia con los
artículos 45, 46 y 47 de su Reglamento General, norman la declaratoria en
comisión de servicio con remuneración al exterior de los servidores públicos;

Que, mediante
Memorando No. MCYP-SEC-2013-0929- M, de 7 de octubre de 2013, la Subsecretaria
Técnica de Emprendimientos Culturales, solicita al señor Ministro de Cultura y
Patrimonio, Francisco Velasco Andrade, autorice la comisión de servicios de el
señor Luis Miguel Vallejo Bravo, con la finalidad de que viaje a Montevideo –
Uruguay, del 16 al 20 de octubre de 2013, al ?Encuentro Latinoamericano de
Políticas Públicas y Diseño?;

Que, mediante
memorando No. MCYP-DM-13-0497-M, de 9 de octubre de 2013, el señor Ing. Juan
Alberto Gordillo Freire, Asesor, delegado de la Máxima Autoridad, mediante
Acuerdo Ministerial No. DM-2013-139, de 11 de septiembre de 2013, dispone a la
Coordinación General Administrativa Financiera, realizar los trámites
pertinentes para la Declaratoria de la Comisión de Servicios en el Exterior,
del 16 al 20 de octubre de 2013, así como la compra de pasajes aéreos y la
asignación de viáticos para el señor Luis Miguel Vallejo Bravo, con la
finalidad que asista al ?Encuentro Latinoamericano de Políticas Públicas y
Diseño?;

Que, mediante
Informe No. 864-MC-DGTH-2013, de 16 de octubre de 2013, la Unidad de Gestión de
Talento Humano, emite dictamen favorable para la declaratoria en comisión de
servicios con remuneración al exterior, del 16 al 20 de octubre de 2013, a
favor de el señor Luis Miguel Vallejo Bravo;

Que, el 14 de
octubre de 2013, el Subsecretario de Calidad de la Gestión Pública, autorizó la
solicitud de viaje al exterior No. 30777, a favor de el señor Luis Miguel
Vallejo Bravo; y,

Que, mediante
Memorando No. MCYP-UATH-13-1805- M, de 14 de noviembre de 2013, la Unidad de
Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica,
elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial, para la declaratoria en
comisión de servicios con remuneración en el exterior del 16 al 20 de octubre
de 2013, a favor de el señor Luis Miguel Vallejo Bravo.

En ejercicio
de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior entre
los días 16 al 20 de octubre de 2013, a favor de el señor Luis Miguel Vallejo
Bravo, que participó en el ?Encuentro Latinoamericano de Políticas Públicas y
Diseño?; evento realizado en Montevideo – Uruguay.

El Ministerio
de Cultura con recursos de su presupuesto institucional financió los gastos de
pasajes aéreos, y los gastos que por ley le corresponden.

Art. 2.- Encárguese
la ejecución del presente Acuerdo Ministerial, al(a la) titular de la Dirección
de Gestión de Talento Humano.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a partir de su expedición,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en la
ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, 20 de noviembre de 2013.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro.
DM-2013-193

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que el
Ministerio de Cultura y Patrimonio es la entidad rectora que guía el desarrollo
de las potencialidades culturales, asumiendo la responsabilidad de formular,
coordinar, ejecutar, evaluar y
supervisar las políticas culturales participativas del Estado, corresponsabilizándose
con la satisfacción de las necesidades del desarrollo cultural en la
construcción de la sociedad del buen vivir; y, por mandato de Ley, es la máxima
autoridad del área cultural.

Que mediante
Memorando Nro. MCYP-DM-13-0660-M de 28 de noviembre de 2013, el Ministro de
Cultura y Patrimonio dispone a la Coordinación General Jurídica, elaborar un
Acuerdo Ministerial de subrogación de funciones a favor del actual Viceministro
de esta Cartera de Estado, debido a la participación que tendrá en la ?Feria
Internacional del Libro de Guadalajara 2013?.

Que es
necesaria la subrogación de funciones en virtud del viaje oficial que realizará
Francisco Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio, a los Estados
Unidos de Mexicanos.

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
las atribuciones y deberes de Ministro de Cultura y Patrimonio, al sociólogo
Jorge Luis Serrano Salgado, actual Viceministro de Cultura y Patrimonio, del 29
de noviembre de 2013 al 5 de diciembre de 2013, en virtud del viaje al exterior
que por razones de trabajo realizará la máxima autoridad de esta Cartera de
Estado, Francisco Velasco Andrade.

Art. 2.- Encárguese
a la Coordinación General Administrativa Financiera, la notificación con el
contenido del presente Acuerdo Ministerial al Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a partir de su expedición,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 28 de noviembre de 2013.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro.
DM-2013-194

Francisco
Velasco Andrade

MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que el
Ministerio de Cultura y Patrimonio es la entidad rectora que guía el desarrollo
de las potencialidades culturales, asumiendo la responsabilidad de formular,
coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas culturales
participativas del Estado,
corresponsabilizándose con la satisfacción de las necesidades del desarrollo
cultural en la construcción de la sociedad del buen vivir; y, por mandato de
Ley, es la máxima autoridad del área cultural.

Que mediante
Memorando Nro. MCYP-DM-13-0660-M de 28 de noviembre de 2013, el Ministro de
Cultura y Patrimonio dispone a la Coordinación General Jurídica, elaborar un
Acuerdo Ministerial de subrogación de funciones de Viceministro de esta Cartera
de Estado, a favor del ingeniero Juan Alberto Gordillo Freire, entre los días
29 de noviembre de 2013 y 5 de diciembre de 2013.

Que es
necesaria la subrogación de funciones a fin de dar continuidad a los procesos
administrativos propios del Despacho Viceministerial.

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
las atribuciones y deberes de Viceministro de Cultura y Patrimonio, al
ingeniero Juan Alberto Gordillo Freire, del 29 de noviembre de 2013 al 5 de
diciembre de 2013.

Art. 2.- Encárguese
a la Coordinación General Administrativa Financiera, la notificación con el
contenido del presente Acuerdo Ministerial al Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a partir de su expedición,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 28 de noviembre de 2013.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro. 053-2013

EL MINISTRO DE
TELECOMUNICACIONES

Y DE LA
SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

Considerando:

Que, el
numeral 2 del artículo 16, de la Carta Magna, determina: ?Todas las personas,
en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 2. El acceso universal a las
tecnologías de la información y comunicación?;

Que, el
artículo 313 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: ?El
Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los
sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución,
prevención y eficiencia.- Los sectores estratégicos, de decisión y control
exclusivo del Estado, son aquellos que por su trascendencia y magnitud tienen
decisiva influencia económica, social, política o ambiental, deberán orientarse
al pleno desarrollo de los derechos y al interés social.- Se consideran
sectores estratégicos la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones,
los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de
hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro
radioeléctrico, el agua, y los demás que determine la ley?;

Que, conforme
lo dispone el artículo 314, de la Constitución de la República del Ecuador, el
Estado es el responsable de la provisión de los servicios públicos de agua
potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones,
vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y las demás que determine
la ley;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 8, de 13 de agosto de 2009, publicado en el Registro Oficial No. 10, de 24 de agosto de
2009
, el Presidente Constitucional de la República resolvió crear el
Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, como
órgano rector del desarrollo de las tecnologías de la información y
comunicación, que incluye las telecomunicaciones y el espectro radioeléctrico;

Que, el
numeral 2 del artículo 2 del referido Decreto, establece que corresponderá al
Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, formular,
dirigir, coordinar y evaluar las políticas, planes y proyectos para la
promoción de la Sociedad de la Información y del Conocimiento y de las
Tecnologías de la Información y Comunicación;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 195, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 111, de
19 de enero de 2010
, reformado con Decreto Ejecutivo No. 689, publicado
en el Registro Oficial No. 410 de 22 de marzo de
2011
, se emitieron los lineamientos estructurales para organizar las
unidades administrativas en los niveles de dirección, asesoría, apoyo y
operativo, de los ministerios de coordinación y sectoriales, secretarías e
institutos nacionales pertenecientes a la Función Ejecutiva;

Que, la
Disposición General Octava del antedicho Decreto, determina: ?Los ministerios
de coordinación, sectoriales y secretarías nacionales, identificarán sus
proyectos emblemáticos, luego de lo cual podrán designar el cargo de Gerente de
Proyecto, bajo la modalidad de contrato de servicios ocasionales, para atender
las necesidades de continuidad, seguimiento, operatividad y ejecución de dichos
proyectos, con atribuciones y responsabilidades específicas, para lo cual el Ministerio
de Relaciones Laborales emitirá la resolución correspondiente, siempre que se
cuente con el informe presupuestario del Ministerio de Finanzas?;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 56, publicado en el Registro Oficial No. 172, de 15 de
abril de 2010, el Ministerio de Relaciones Laborales reglamentó la contratación
de Gerentes de Proyectos, en el cual se determinó que los ministerios de coordinación, sectoriales y secretarías
nacionales podrán contratar gerentes de proyectos, para aquellos proyectos
calificados como emblemáticos, bajo la modalidad de contrato de servicios
ocasionales;

Que, el
artículo 2 del referido Acuerdo Ministerial, señala: ?Los proyectos
emblemáticos deben ser representativos y considerados producto estrella de las
instituciones establecidas en el artículo 1 de la presente resolución. Además,
deberán estar considerados en el Plan Nacional de Desarrollo-PND, Plan
Plurianual Institucional-PPI, Plan Operativo Anual-POA, y/o calificados como
tales por la Presidencia de la República a través del Sistema de Información de
Gobernabilidad Democrática-SIGOB?;

Que, la
Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, mediante Oficio No.
SENPLADES-SIP-dap-2010-954, de 29 de noviembre de 2010, priorizó al Proyecto
?DOTACIÓN DE CONECTIVIDAD Y EQUIPAMIENTO PARA ESCUELAS FISCALES Y DE LOS
ORGANISMOS DE DESARROLLO SOCIAL A NIVEL NACIONAL?, tomando en cuenta que el
proyecto se enmarca dentro del Plan Nacional de Desarrollo, denominado para
este periodo de Gobierno ?Plan Nacional para el Buen Vivir 2009-2013?,
concretamente con el Objetivo 2: ?Mejorar las capacidades y potencialidades de
la ciudadanía?;

Que, la
Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, mediante Oficio No.
SENPLADES-SIP-dap-2011-698, de 29 de noviembre de 2011, calificó al Proyecto
?DOTACIÓN DE C